DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2007/MDCA
Cerro Azul, 7 de marzo del 2007
LA ALCALDESA DE
VISTO el Informe N° 028-2007/MDCA/OAJ de
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Nº 007-2002 del 5 de setiembre del 2002, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de
Que, mediante sentencia recaída en el Expediente Nº 3741 – 2004 AA/TC publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de octubre del 2006, el Tribunal Constitucional ha resuelto que todo cobro que se haya establecido al interior de un procedimiento administrativo como condición o requisito previo a la impugnación de un acto de la propia administración pública, es contrario a los derechos constitucionales al debido proceso, de petición y de acceso a la tutela jurisdiccional, por tanto, las normas que lo autorizan son nulas y no pueden exigirse a partir de la publicación de dicha sentencia.
Que, el numeral 36.3 del artículo 36 de
Que, con sujeción a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, resulta necesario modificar el TUPA de
De conformidad con lo dispuesto por
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de
Regístrese, comuníquese y publíquese
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
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