25 abril 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Cerro Azul, 17 de Abril de 2007.

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006 2007- MDCA

VISTO:
El Informe Nº 031-2007-MDTA/GAT, de fecha 14 de Abril de 2007, suscrito por la Gerente de Administración Tributaria respecto a la regulación de Ordenanza Nº 019-2006/MDCA.

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 42ª prescribe que: “ los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.”

Que, la Ordenanza Nº 019-2006/MDCA, expedida con fecha 15 de Diciembre de 2006, publicada el 22 de diciembre del presente año, estableció en su artículo 1º la emisión y distribución domiciliaria del autovaluo, disponiendo la emisión mecanizada y distribución domiciliaria de los formularios HR (Hoja Resumen), PU (Predio Urbano), PR (Predio Rústico) y recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al año Fiscal 2007, en la Jurisdicción del distrito de Cerro Azul.

Que, en su Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza en mención, se faculto al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza Nº 019-2006/MDCA.

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2007-MDCA de fecha 14 de Marzo de 2007, en su artículo único se estableció que el primer trimestre y pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios, podría efectuarse hasta el 14 de Abril del presente año, sin intereses.

Que, es indispensable volver a regular la Ordenanza Nº 019-2006/MDCA., a razón que la distribución domiciliaria de los formularios del año 2007 aún se encuentra en proceso de distribución.

De conformidad a lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Establecer que el 1er trimestre y pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios, podrá efectuarse hasta el 15 de Mayo del año 2007, sin intereses.

REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

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