07 junio 2007

Sin Embargo, RENIEC Sugiere Pagar 23 soles por renovación total de datos...
COSTO DE ACTUALIZACION DEL ESTADO CIVIL EN DNI SERA DE 21 NUEVOS SOLES...
Trámites se deben realizar en plazo máximo de 30 días...

El costo del trámite para actualizar los datos del estado civil en el Documento Nacional de Identidad (DNI), en un plazo máximo de 30 días tal como lo dispuso hoy el Reniec, ascenderá a 21 soles, informó el titular de esa entidad, Eduardo Ruiz Botto.
En conferencia de prensa, el funcionario sostuvo que los ciudadanos que se encuentren en esta situación pueden realizar su trámite de inmediato, ya sea vía internet o mediante las oficinas que la institución tiene en todo el país, de lo contrario, su documento de identidad será declarado inválido una vez que venza el plazo.
Ruiz Botto aconsejó, sin embargo, pagar 23 soles por la renovación total de los datos en el DNI (estado civil, domicilio, donación de órganos, grado de instrucción, etc.), con el agregado que en este nuevo documento –con los datos renovados- tendrá seis años más de vigencia, lo cual no ocurrirá con el pago de los 21 soles.
Dicha entidad, a través de la Resolución Jefatural Nº 492-2007 publicada ayer en el diario oficial El Peruano, especifica que las personas que contraen matrimonio, se divorcian o cuyo matrimonio haya sido anulado o declarado nulo, tendrán 30 días para actualizar sus datos de su estado civil.
El plazo se computará, en el caso de los matrimonios que desde ayer se produzcan, desde la fecha de su celebración, y en el caso de divorcio, anulación o nulidad, desde la fecha de su inscripción en los Registros Civiles.
De no realizar dicha actualización, el DNI respectivo será inválido para los actos civiles de acuerdo a lo estipulado en el artículo 37º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Reniec, hasta la subsanación de dicha omisión.
Es decir, la persona que incumpla con tal actualización no podrá realizar contratos, cobrar cheques, comprar o vender inmuebles, casarse, hipotecar bienes, realizar trámites administrativos o judiciales entre otros actos civiles.
Tal restricción aparecerá en las consultas de verificación de la identidad a la cual accedan las entidades públicas y privadas con la frase: "DNI inválido para ejercer actos civiles por contravenir el artículo 37º de la Ley Nº 26497".
La Gerencia de Informática del RENIEC ya recibió la autorización para invalidar los DNI para los fines de ejercer todo tipo de actos civiles, de aquellos ciudadanos que hayan variado su estado civil y que incumplan el plazo establecido sin regularizar su estado civil y hasta que lo regularicen.
¿Cómo actualizar su estado civil…? Los ciudadanos que se han casado en los distritos limeños cuya acta de matrimonio obra ya en el archivo del Reniec (Comas, San Martín de Porres, Los Olivos, Independencia, Santiago de Surco, San Borja, Lince, San Isidro, Surquillo, San Luis y Santa Anita) podrán realizar su actualización de estado civil ingresando a la página web: www.reniec.gob.pe (previo pago de 21 soles por rectificación de datos en el Banco de la Nación).
En la web, aparecerá el link rectificación de estado civil y siguiendo el formulario interactivo se podrá declarar su nuevo estado civil.
En caso el acta de matrimonio no figure en el archivo del Reniec, se deberá realizar todo el trámite en una de sus agencias.
La renovación, en tanto, es un trámite que se puede realizar en una agencia de la RENIEC, previo pago de 23 nuevos soles en el Banco de la Nación, llevando una fotografía tamaño pasaporte a colores en fondo blanco, original y copia de un recibo de servicio público (luz, agua o teléfono).
Documentos a presentar
a) Para modificar o actualizar el estado civil:
De soltero a casado: Llenar el formulario correspondiente del Reniec. Las mujeres que deseen llevar el apellido del esposo deben llevar su partida de matrimonio.
A divorciado: Los divorciados deben presentar la partida de matrimonio con la anotación marginal del divorcio.
A viudo: Los viudos para actualizar su estado civil deben presentar su partida de matrimonio y el acta de defunción de su cónyuge.
b) Para modificar o actualizar el grado de instrucción: Sólo se requiere presentar el documento que acredite el grado de instrucción en original y copia, vale decir título profesional, carnet universitario u otro documento que acredite el grado de instrucción.
c) Para modificar o actualizar la firma: Quienes deseen rectificar o modificar su firma como agregar el apellido del esposo por ejemplo, pueden realizar dicho cambio durante el trámite de renovación cuando firme el formulario que se llena al momento del trámite.

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