14 noviembre 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA – CAÑETE
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 031-2007/MDA
Asia, 10 de Noviembre del 2007.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
VISTO:
Sesión de Concejo Ordinaria Nº 040-2007 de fecha ocho de Noviembre del 2007.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el Art. IIº del Título Preliminar de la Ley 27972º - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales son personas jurídicas de Derecho Público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú y que la Ley Orgánica establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico vigente.
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 39º y siguientes de la Ley 27972º los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas, siendo estas las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley.
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Inc. 4º del Art. 200 de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley, consecuentemente son de obligatorio cumplimiento dentro del ámbito de su jurisdicción.
Que, estando a los fundamentos fácticos y de derecho expuestos en los considerandos precedentes y con las facultades conferidas en el Inc. 5º del Art. 20º concordantes con el Art. 40º de la Ley 27972 y contando con la aprobación por unanimidad del concejo en pleno es aprobado la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA UN BENEFICIO TEMPORAL DE DESCUENTO DEL 50% DE LOS NICHOS
Artículo Primero.- Aprobar la Ordenanza Nº 031-2007/MDA, donde se establece un beneficio extraordinario excepcional mediante Ordenanza Municipal para condonar el 50% del valor de los nichos para traslado en el mismo Cementerio Municipal, condicionado a los siguientes parámetros:
a) Que sean reubicados en los nichos antiguos de concretos.
b) Que sean reubicados en el Pabellón San Jorge en última fila tercera categoría.
Artículo Segundo.- El plazo de vigencia de lo dispuesto es hasta fines de diciembre del presente año.
Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento de la presente disposición
Municipal al Departamento de Rentas y demás áreas pertinentes según corresponda.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Armando E. García Huasasquiche
Alcalde del Distrito de Asia – Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA CAÑETE
ORDENANZA Nº 032-2007-MDA.
Asia, 13 de Noviembre del 2007.
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA – CAÑETE
VISTOS:
El Consejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Asia, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de Noviembre del 2007, visto el proyecto de Ordenanza presentado por la Unidad de Administración Tributaria y Rentas, y la Oficina de Ejecutoria Coactiva, sobre el Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, y;
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispone el Artículo 194º y 195º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el numeral 9, del artículo 9, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el Concejo Municipal puede crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; concordante con lo establecido en la Norma IV, del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF.
Que, es de suprema importancia reglamentar la figura administrativa del fraccionamiento de pago de las deudas Tributarias y no Tributarias, en mérito a que no ha existido a la fecha un cuadro determinativo de escalas de fraccionamiento a dichas deudas, resultando muy difícil para los Órganos de esta Institución, establecer el monto mínimo de la cuota inicial y el número de armadas que se pueda establecer al administrado.
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el voto UNANIME del pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, la que consta de 09 artículos y 02 disposiciones Transitorias y Finales.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que realice las coordinaciones con los Órganos pertinentes de esta Municipalidad, ejecute las acciones de cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- La presente ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Armando E. García Huasasquiche
Alcalde del Distrito de Asia – Cañete

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