22 noviembre 2007

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 026-2007-MPC
Cañete, 16 de Noviembre de 2007
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 15 de Noviembre de 2007;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica e Municipalidades No. 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración;
Que, el Artículo 41° del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. No.135-99-EF, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley, y que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general los intereses moratorios y factor de reajuste, quedando subsistente el tributo insoluto, debiendo para ello emitirse norma expresa con rango de Ley, como es la presente Ordenanza;
Que, a través de la Ordenanza No. 021-2007-MPC de fecha 19 de Septiembre de 2007, se aprobó otorgar Beneficio de Regularización Tributario hasta el 31 de Octubre del presente año;
Que, existiendo aún saldos por cobrar registrado en la base de datos de la Municipalidad Provincial de Cañete, el criterio adoptado por la Gerencia y las Sub-Gerencias del área de Tributación Municipal, es buscar mecanismos legales que conlleven a sincerar el estado de adeudos tributarios existentes;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, el Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S.No.135-99-EF y su modificatoria Decreto Legislativo No. 953, en cumplimiento al Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. No. 156-2004-EF; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por unanimidad se aprobó la siguiente;
ARTICULO 1°.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 021-2007-MPC, que otorga Beneficio de Regularización Tributaria, hasta el día 30 de Noviembre de 2007.
ARTICULO 2°.- Encárguese a la Gerencia de Tributación Municipal y a la Oficina de Ejecución Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°.- Encárguese a la Secretaría General realizar la difusión masiva de la presente norma.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE

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