22 noviembre 2007

JUDICIALES

ASOCIACIÓN "LAS BRISAS DE CONCON"
ASOBRICO
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA: 02 DE DICIEMBRE DEL 2007
Conforme al Art. 37 del Estatuto, la Sra. Rita Carmen Chiok Barraza, Presidente de Asociación "Las Brisas de Concon", "ASOBRICO", CONVOCA a Asamblea General Extraordinaria A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA que se realizará el día 02 de Diciembre del 2007, en el local Institucional de la asociación ubicado en el AA.HH. "José María Escriva de Balaguer" de la Asocación Las Brisas de Concon, sito en el Km. 164.5 de la Carretera Panamericana Sur - Cañete, en la Mz. Súper A1 Lote 1
AGENDA:
1.- Determinar situación del Secretario de Agricultura.
2.- Nombrar Comisión para depurar asociados del Libro Padrón.
3.- Tomar acuerdo sobre compra de terreno.
LA PRIMERA CONVOCATORIA SE REALIZARA A LAS 10.00 HORAS Y EN SEGUNDA CONVOCATORIA A LAS 10.30 HORAS, LLEVÁNDOSE A CABO LA ASAMBLEA CON EL QUORUM ESTABLECIDO EN EL ART. 39 Y 41 DEL ESTATUTO.
San Vicente de Cañete, 20 de Noviembre del 2007
RITA CARMEN CHIOK BARRAZA
PRESIDENTE


EDICTO
Exp. Nº 382-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Dr. José De La Cruz Vargas; Secretario Ricardo Lóvera Hernández, GERARDO QUINTO PONCE, solicita se rectifique la Partida de Nacimiento de su padre Pedro Quinto Céspedes, en el sentido que se ha consignado por error el nombre de la progenitora de su padre como "Irene" siendo lo correcto YRENE. Asimismo, en la misma partida se ha consignado erróneamente el apellido materno de la progenitora de su padre como el de "Chumpitaz" siendo lo correcto CHUMPITAZI, debiendo entenderse su nombre completo como el de YRENE CESPEDES CHUMPITAZI. Se comunica para los fines de Ley. Imperial, 26 de Octubre del 2007.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

EDICTO
En el distrito de Mala de Cañete, en el Juzgado Mixto de Mala en el Expediente 2006-220; se admitió a trámite la demanda interpuesta por JULIO GUILLERMO MENCHELLI MONTANO contra JUAN GUILLERMO TOVAR NAVARRETE y SAMUEL OSPINA BUSTAMANTE sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO; tramítese la demanda en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, téngase ofrecido los medios probatorios de la demandante y agréguese a los autos los anexos adjuntados; NOTIFIQUESE por edictos al demandado JUAN GUILLERMO TOVAR NAVARRETE y SAMUEL OSPINA BUSTAMANTE, a efectos de que dentro del término de TREINTA DIAS se apersone al proceso y absuelvan el traslado conferido bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; Fdo. Juez Dra. Estela Solano Alejos. Sec. Dr. Iván Eduardo Sánchez Rivas. Mala, dos de Agosto del 2007.
Eván Eduardo Sánchez Rivas
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala - Corte Superior de Justicia de Cañete
22, 28 de Noviembre y 04 de Diciembre

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