MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
“AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERÚ”
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2008-MDCA
Cerro Azul, 05 de Noviembre de 2008.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
El Informe Nº 231-2008/GDUR/MDCA de fecha 17 de Octubre de 2008, por el que la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural propone la ampliación del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 004-2008/MDCA de fecha 12 de Abril de 2008, así como la opinión legal de fecha 04 de Noviembre de 2008.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 004-2008-MDCA de fecha 12 de Abril de 2008 se otorgó a favor de damnificados del terremoto del año 2007, exoneraciones al pago de derechos administrativos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado por Ordenanza Nº 007-2002-MDCA de fecha 05 de Septiembre de 2002;
Que, en el artículo 4º de la referida Ordenanza se establece el plazo para acogerse a las exoneraciones de los derechos administrativos, el mismo que vence el 31 de Octubre del 2008;
Que, mediante Informe Nº 231-2008-GDUR/MDCA de fecha 17 de Octubre de 2008, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural propone que se amplíe el plazo de vigencia de la Ordenanza a fin de posibilitar que puedan acogerse a la misma los beneficiarios del bono de S/. 6,000.00 normado por el D.S. Nº 091-2007-PCM y disposiciones complementarias para la reconstrucción de sus viviendas, siendo conveniente efectuar dicha ampliación, en tanto que hasta la fecha aún no se ha culminado con la entrega de dichos bonos.
De conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política, modificado por el artículo único de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el artículo IV del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF;
En uso de las facultades contenidas en los artículos 9º acápite 8 y 40º de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades y; con dispensa del trámite de aprobación del acta y por unanimidad, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA
Nº 004-2008-MDCA
ARTÍCULO 1º .- Prorrogar hasta el 31 de Marzo del año 2009, el plazo previsto en el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 004-2008/MDCA que otorgó beneficios a favor de los damnificados del terremoto del año 2007, para la construcción o reconstrucción de sus viviendas.
ARTÍCULO 2º .- Autorizar a la Alcaldesa a fin que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la Ordenanza hasta que culminen con el proceso de la entrega del Bono 6000 a los Damnificados, dando un tiempo prudencial para que se ejecuten las obras de construcción o reconstrucción.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
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