20 abril 2009

JUDICIALES

EDICTO
EXP.2005-0753.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA-CAÑETE, Juez Flores; en la demanda seguida sobre VIOLENCIA FAMILIAR, contra MIGUEL HIDALGO ESPICHAN  y  FLOR DE LINA CALERO LUCIANO en agravio de ellos mismos, ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN UNO, fecha  22/07/2005, ADMITIR la Demanda interpuesta y CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el término de CINCO DIAS  bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; RESOLUCIÓN­­_TREINTA, fecha 16/03/2007, notifíquese a la demandada FLOR DE LINA CALERO LUCIANO, por el plazo de VEINTICINCO DIAS a efectos se apersone al proceso  y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento denombrársele Curador Procesal. Fdo.Juez Flores; Secretaria:_Herrera. Cañete,26/03/2009.

EDICTOS JUZGADO PENAL
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez ARONI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2000-2443-, FERMÍN FORTUNATO ARCOS URIBE, para que se apersone al Juzgado, por el  Delito: ESTAFA;  agraviado: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE,  28/01/2009.
Secretario: Vivas.

EDICTO
En los autos seguidos por ANA BEATRIZ DEL SOCORRO CALMET MOLER DE UBILLUS, contra ANA MARITZA UBILLUS CALMET Y OTROS, sobre INTERDICCIÓN CIVIL, Expediente Nº 2008-0038, el Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete, Dr. Rommel Hugo Flores Santos y Sec. Dra. Erika Herrera Taxa, ha ordenado se publique un extracto de la RES. 02 de fecha 06/02/2009, se resuelve: ADMITIR la demanda por ANA BEATRIZ DEL SOCORRO CALMET MOLERO DE UBILLUS contra JUAN MANUEL UBILLUS CALMET, CARLOS UBILLUS CALMET, JUAN LUIS UBILLUS CALMET, JUAN FELIPE UBILLUS CALMET, ANA MARITZA UBILLUS CALMET, JUAN ALONSO UBILLUS CALMET y JUAN ALEXIS UBILLUS CALMET, sobre INTERDICCIÓN CIVIL, tramítese la demanda en la vía procedimental del PROCESO SUMARÍSIMO, en consecuencia TRASLADO de la demanda, a los demandados por el plazo de CINCO DÍAS, quienes deberán contestarla en dicho plazo, para el caso del presunto interdicto, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, y con relación a los demás demandados bajo apercibimiento de declarársele su REBELDÍA.- Res. 14 de fecha 26/0372009, CONCEDASE el plazo de quince días a la demanda ANA LILIANA UBILLUS CALMET a efectos de que absuelva la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 550º del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- Fdo. Dr. Rommel Flores Santos; Fdo. Sec. Dra. Erika Herrera Taxa.  Cañete, 26 de Marzo del 2009.
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial - Segundo Juzgado de Familia
Publicar: 18, 20 y 21 de Abril

NOTIFICACION
DERECHOS DE SERVIDUMBRE A FAVOR DE TRANSPORTADORA DE GAS DEL PERÚ S.A.
Se notifica al Señor JOSÉ MANUEL DE LA JARA ARRUÉ, propietario del predio ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete y departamento de Lima, con una extensión de 27,400 m2, y que linda por el Norte con la U.C. N° 01756, por el Sur con la UC N° 01754, por el Este con la UC N° 01755 y por el Oeste con la UC N° 01755, lo siguiente:
La empresa Transportadora de Gas del Perú, en su calidad de Concesionaria del Transporte de gas Natural por ductos desde Camisea hacia el City Gate y del Transporte de Líquidos  de Gas Natural por ductos desde Camisea hacia la costa, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 101° del Reglamento de Transporte  de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 081-2007-EM, ha comunicado a la Dirección General de Hidrocarburos  del Ministerio de Energía y Minas su intención de constituir una servidumbre  sobre 702.87 m2 del inmueble citado en el párrafo precedente, con el fin de ejecutar las obras de ampliación del sistema de Transporte de Gas  Natural. 
En tal sentido, y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 101° del referido Reglamento, ponemos en su conocimiento la mencionada solicitud, a fin de que se sirva manifestarlo conveniente a su derecho, presentando la comunicación correspondiente ante la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. en el plazo de 10 días Calendario, que será contando desde la última publicación del presente aviso.
20 y 21 de Abril del 2009.


NOTIFICACION
DERECHOS DE SERVIDUMBRE A FAVOR DE TRANSPORTADORA DE GAS DEL PERÚ S.A.
Se notifica a las empresas AGROPECUARIA LUELE S.A. Y FE I ESPERANZA GRIMALDO EUGENIO SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, copropietarios del predio denominado La Fé y Esperanza, ubicado entre las laderas  de los cerros de las quebradas de la Abandonada y San Carrasco, en el  distrito de San Luis, provincia de Cañete y departamento de Lima, con una extensión de 15 hectáreas, e inscrito en la Partida Electrónica N° 90187333 de la Oficina Registral de Cañete, Zona Registral N° IX- Sede Lima, lo siguiente:
La empresa Transportadora de Gas del Perú, en su calidad de Concesionaria del Transporte de gas Natural por ductos desde Camisea hacia el City Gate y del Transporte de Líquidos  de Gas Natural por ductos desde Camisea hacia la costa, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 101° del Reglamento de Transporte  de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 081-2007-EM, ha comunicado a la Dirección General de Hidrocarburos  del Ministerio de Energía y Minas su intención de constituir una servidumbre  sobre 9181.96 m2 del inmueble citado en el párrafo precedente, con el fin de ejecutar las obras de ampliación del sistema de Transporte de Gas  Natural. 
En tal sentido, y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 101° del referido Reglamento, ponemos en su conocimiento la mencionada solicitud, a fin de que se sirva manifestarlo conveniente a su derecho, presentando la comunicación correspondiente ante la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. en el plazo de 10 días Calendario, que será contando desde la última publicación del presente aviso.
20 y 21 de Abril del 2009.

EDICTOS SALA PENAL
LA  SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE,  cita  y  emplaza  a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por  los cargos  que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 2003-0088, a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES, LEONCIO ROMAN FUENTES YALLE, LUIS GUILLERMO GUSTAVO MARROQUIN CASTILLO Y GLADIS ROSA SUTTI ROJAS; para que se apersonen a la Sala de Audiencia, el día: 12/05/09 a horas 09:00 AM., a fin de llevarse la Apertura del Juicio Oral por el Delito: PECULADO;  agraviado: EL ESTADO. 14/04/2009.
EXP. 2006-0012, a JESÚS ISIDORO ABURTO MAYTA; para que se apersone a la Sala de Audiencia, el día: 12/05/09 a horas 09:30 AM., a fin de llevarse la Apertura de Juicio Oral por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: PEDRO ADVINCULO SARAVIA ARMAS. 14/04/2009.
EXP. 2007-0228, a MIGUEL OSWALDO CHUQUISPUMA MANRIQUE; para que se apersone a la Sala de Audiencia, el día: 05/05/09 a horas 10:15 AM., a fin de llevarse la Apertura de Juicio Oral por el Delito: VIOLENCIA SEXUAL;  agraviado: MENOR DE EDAD. 14/04/2009.
EXP. 2006-0511, a BILLY HUANTA ASPAJO; para que se apersone a la Sala de Audiencia, el día: 05/05/09 a horas 09:30 AM., a fin de llevarse la Apertura de Juicio Oral por el Delito: VIOLACIÓN SEXUAL;  agraviado: C.I.J.M. 14/04/2009.
EXP. 2006-0838, a PABLO CESAR LAZO PÉREZ; para que se apersone a la Sala de Audiencia, el día: 05/05/09 a horas 09:00 AM., a fin de llevarse la Apertura de Juicio Oral por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: ILIANA HARALY VARGAS GOMEZ Y OTROS. 14/04/2009.
EXP. 2002-0668, a ANDY WILLIAMS AZCARATE MENDOZA; para que se apersone a la Sala de Audiencia, el día: 05/05/09 a horas 10:45 AM., a fin de llevarse la Apertura de Juicio Oral por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: COMERCIA “EL SIGLO”. 14/04/2009.
EXP. 2007-0166, a PABLO CESAR LAZO PÉREZ; para que se apersone a la Sala de Audiencia, el día: 05/05/09 a horas 11:15 AM., a fin de llevarse la Apertura de Juicio Oral por el Delito: ROBO AGRAVADO;  agraviado: MIGUEL ANGEL PORTUGUÉS ALVIS Y OTRO. 14/04/2009.
Presidente: Martínez.  Secretario: Martínez.
18 de Abril del 2009.

EDICTO
En los autos seguidos por ANA BEATRIZ DEL SOCORRO CALMET MOLER DE UBILLUS, contra ANA MARITZA UBILLUS CALMET Y OTROS, sobre INTERDICCIÓN CIVIL, Expediente Nº 2008-0038, el Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete, Dr. Rommel Hugo Flores Santos y Sec. Dra. Erika Herrera Taxa, ha ordenado se publique un extracto de la RES. 02 de fecha 06/02/2009, se resuelve: ADMITIR la demanda por ANA BEATRIZ DEL SOCORRO CALMET MOLERO DE UBILLUS contra JUAN MANUEL UBILLUS CALMET, CARLOS UBILLUS CALMET, JUAN LUIS UBILLUS CALMET, JUAN FELIPE UBILLUS CALMET, ANA MARITZA UBILLUS CALMET, JUAN ALONSO UBILLUS CALMET y JUAN ALEXIS UBILLUS CALMET, sobre INTERDICCIÓN CIVIL, tramítese la demanda en la vía procedimental del PROCESO SUMARÍSIMO, en consecuencia TRASLADO de la demanda, a los demandados por el plazo de CINCO DÍAS, quienes deberán contestarla en dicho plazo, para el caso del presunto interdicto, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, y con relación a los demás demandados bajo apercibimiento de declarársele su REBELDÍA.- Res. 14 de fecha 26/0372009, CONCEDASE el plazo de quince días a la demanda ANA LILIANA UBILLUS CALMET a efectos de que absuelva la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 550º del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- Fdo. Dr. Rommel Flores Santos; Fdo. Sec. Dra. Erika Herrera Taxa.  
Cañete, 26 de Marzo del 2009.
Dra. Erika Edith Herrera Taxa 
Secretaria Judicial
Segundo Juzgado de Familia
Publicar: 18, 20 y 21 de Abril

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