MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 008-2009-MDSA
San Antonio, 30 de abril de 2009
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN ANTONIO
VISTO:
El informe de la Gerencia de Rentas y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración y Asesoría Legal;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley;
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo;
Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago;
Que, de acuerdo al T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal - D.S. Nº 156-2004-EF, se determina que la fecha de vencimiento de pago anual del Impuesto Predial es hasta el 28 de Febrero de cada año, o fraccionado en cuatro cuotas trimestrales, en cuyo caso la primera cuota de pago vence el 28 de febrero y las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre;
Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2009
Artículo Primero.- FIJAR las FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO FRACCIONADO DEL IMPUESTO PREDIAL para el EJERCICIO 2009 en las siguientes fechas de vencimiento:
- Segunda Cuota : 30 de Mayo
- Tercera Cuota : 29 de Agosto
- Cuarta Cuota : 29 de Noviembre
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA DE RENTAS el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, al AREA DE INFORMATICA, su debida implementación en el sistema informático y a la OFICINA DE SECRETARÍA GENERAL su difusión.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Esteban Agapito Ramos
Alcalde
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