02 junio 2009

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2009-AL-MPC

Cañete, 29  de Mayo  del 2009

EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución, las Municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza Nº 019-2009-MPC se aprobó el cronograma y se establecieron lineamientos para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo del año fiscal 2010 de la Municipalidad Provincial de Cañete, disponiendo en su Artículo Sexto, que mediante Decreto de Alcaldía se aprobará su reglamento, y que en todo lo no previsto se estará a lo dispuesto por el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01;

Que, conforme al cronograma el plazo para la inscripción e identificación de los agentes participantes concluye el 29 de mayo de 2009, resulta atendible que conforme indica el Punto 2 del Capítulo II del mencionado instructivo, la Municipalidad Provincial de Cañete convoque a la población organizada a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicación con los Agentes Participantes;

Que, estando próximo a concluir la fase de inscripción e identificación, y siendo que conforme al cronograma la Primera Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local Provincial se realizará el 18 de junio de los corrientes, y con la única finalidad de promover la integración al proceso, de representantes de las distintas entidades del Estado y representaciones sociales, debe ampliarse el plazo establecido en la Fase de Preparación;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Constitución, el Artículo 20º inciso 6), Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley Nº 29298, y el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, y lo señalado en el Artículo 2º del Acuerdo de Concejo Nº 038-2009-MPC, donde se encargan las funciones del Despacho de Alcaldía en la persona del Teniente Alcalde;

SE DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Ampliar hasta el 12 de Junio de 2009 la inscripción e identificación de los Agentes Participantes al Presupuesto Participativo Provincial del Año Fiscal 2010, respetando el horario establecido en el respectivo cronograma.

ARTÍCULO 2º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General y áreas pertinentes, la publicación, distribución y difusión del presente Decreto de Alcaldía.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÌQUESE Y CÚMPLASE.

JÓSE ANTONIO ESPINOZA PEÑA
TENIENTE ALCALDE
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

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