Un cenDesdice el prestigio y calidad académica de un centro superior de estudios
UNIVERSIDAD SERGIO BERNALES FUNCIONA POR AMPARO JUDICIAL, QUE POR NORMAS DE CONAFU
tro de estudios universitarios, sea estatal o privado tiene como carta de presentación para el estudiantado, su organización, funcionamiento legal y la calidad académicas, aspectos que inicialmente tienen que evaluar su conformidad el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamientos de Universidades (CONAFU). Sin embargo actualmente la Universidad Privada Sergio Bernales de Cañete se encuentra en una encrucijada, por un lado las acciones del Poder Judicial y por el otro los Directivos del Consejo de CONAFU.
RECONOCE SU FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL
El Directorio Promotor de la mencionada universidad, mediante la Resolución No. 171-2002-CONAFU fue autorizada a funcionar provisionalmente con las carreras profesionales de Obstetricia, Ingeniería de Sistemas y Computación y Derecho (está última sustituyó a la carrera de Educación Secundaria), teniendo como sede la ciudad de San Vicente de Cañete donde está ubicado su campus universitario.
ESTARIA
ACTUANDO CON PLENA AUTONOMIA SIN
TENERLA
Es el caso, que en Abril del presente año convocó a concurso de admisión para tres nuevas carreras profesionales: ENFERMERIA, TECNOLOGIA MEDICA y TURISMO – HOTELERIA – GASTRONOMIA, sin contar con la autorización de CONAFU. Con este engañoso concurso de admisión los perjudicados económicamente son los alumnos ingresantes que ahora al haberse informado de todas las irregularidades tienen un horizonte incierto. Además, aperturó filiales descentralizadas en Lima, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Puente Piedra, Chosica Huaral y Barranca; según dicen, es al amparo de otros dispositivos vigentes; o es que se han olvidado que,» El que mucho abarca, poco aprieta».
DEMANDA JUDICIAL CONTRA CONAFU
La representación de la Universidad Privada Sergio Bernales, al no lograr la descentralización y presuntamente por la dilación negativa, planteó la denuncia ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, según el EXPEDIENTE No. 22008-00196, cuya sentencia del proceso textualmente dice: «FALLO: Declarando fundada en parte la demanda de foja treinta y siete al cuarentaicuatro; en consecuencia inaplícase para la demandante Universidad Sergio Bernales Sociedad Anónima Cerrada, el último párrafo de la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo No. 882, adicionado por la Ley No. 27278; en consecuencia, téngase a la demandante por sustraida del ámbito de evaluación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de las Universidades».
Según la interpretación del Directorio de la Universidad en cuestión, esta sentencia de ACCION DE AMPARO que prácticamente lo desvincula de la intervención de CONAFU le habría otorgado un gran favor para proceder libremente, justificar la descentralización y la creación de nuevas carreras profesionales. Sin embargo, es categórico y contundente el INFORME LEGAL Nº 193-2009-CONAFU- CJ con fecha 04 de Mayo pasado procedente de la COMISION JURIDICA de CONAFU que afirma todo lo contrario que sostiene la parte demandante; cuya fotocopia insertamos.
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