11 marzo 2010

DESALOJO JUDICIAL CONVERTIDO EN SAINETE... AZUZADO POR UN JACTANCIOSO POLITIQUERO…
Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

En las inmediaciones del Ovalo Grau en San Vicente de Cañete, el día de ayer en horas de la tarde se hicieron presentes en el lugar el Juez de la causa Gustavo Jáuregui Vargas, el Procurador Municipal, una veintena de PNP con apoyo de personal del Serenazgo, etc., con la finalidad de efectuar el operativo de desalojo judicial contra los ocupantes del local municipal signado con el N° 3 que correspondía a David Leonardo Campos Lévano, quien adeuda al municipio la suma de 9 mil nuevos soles por concepto de merced conductiva.
Pero, increíblemente, llegado el momento del operativo de desalojo, como por obra de «misterio» había desaparecido la numeración indicada del local habiendo sido sustituida por otra, de modo que el local existía menos el número, y ocupando dicho local un intruso impertinente totalmente ajeno al proceso judicial, que hace algunos días había inaugurado su local partidario, y sólo al amparo de un documento producto del tinterillaje presuntamente transferido por el titular moroso.
Al transcurrir los minutos y ante la presencia inusual de las autoridades mencionadas, el público transeúnte, los ambulantes y curiosos se congregaron rápidamente en el lugar, y pudieron observar una notoria incapacidad y timidez de las autoridades que tenían que llevar a cabo la diligencia, quienes en un primer momento se dejaron «arrinconar» mediante la falacia de argumentos del intruso y su defensor que no era nadie en el acto judicial; los protagonistas como autoridades sólo ofrecieron un ridículo espectáculo, y el público al ver la secuencia de escenas, diálogos y soberbia desafiante de algunos, gozó de una prolongada tarde de alegre y entretenida jocosidad gratuita, quienes al retirarse de la escena intercambiaban diversos comentarios.
En este caso anecdótico para la posteridad, lo curioso es que la autoridad judicial, policial y municipal, en plena zona urbana donde se encuentra el local motivo del desalojo, no tengan documento oficial de ubicación, detalles de infraestructura, linderos, etc.; vergonzante incapacidad, negligencia y hasta falta de sentido común de las autoridades, deficiencias que dio lugar por algunos momentos a la suspensión del desalojo. Un sabio pensamiento nos enseña que «los malos actos, siempre serán defendidos por hombres malos y por malos medios». En esta oportunidad, por unos momentos, el usurpador y la sin razón se sobrepusieron a la razón, y la legalidad; sin embargo, ya en horas de la noche, la Municipalidad Provincial de Cañete, lograba desocupar el local, tomando el control del mismo.o
Cabe precisar que el contribuyente Campos Lévano mantiene una deuda de S/. 9,225.00, por el arrendamiento de la tienda 03 ubicada en el Ovalo Grau desde el año 2006 y era a él a quien la Municipalidad Provincial de Cañete le inicio la orden de desalojo y no a otra persona que solo buscaba llamar la atención a fin de promocionarse políticamente y quizás hacer creer que es victima del alcalde provincial Javier Alvarado.
Para que nuestros estimados lectores no se dejen sorprender por quien quiere hacerse pasar como presunta «victima política», sin serlo, podríamos indicar que en el extremo de los casos, el ciudadano que inauguró su local partidario en la tienda del ovalo estaba cometiendo una falta.
Recientemente el Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución Nº 136-2010-JNE en la que aprobaba el Reglamento de propaganda electoral y las sanciones establecidas a los infractores.
En el punto 1 de dicha resolución precisa lo siguiente: «…está prohibido el uso de locales, oficinas o instalaciones de cualquier entidad del gobierno nacional, los gobiernos regionales y municipalidades a favor de cualquier organización política o candidato.
Tampoco se pueden utilizar esos locales para la instalación de juntas directivas o el funcionamiento de cualquier comité partidario…»
Las cosas son claras y contundentes, ese local de propiedad de la Municipalidad Provincial de Cañete no puede ser utilizado como local de campaña política de candidato alguno, lo que implicaría que estaría incurriéndose en una infracción que ameritaría una multa de 30 a 100 UIT.
Es más el funcionario municipal que hubiera permitido que ese local sea utilizado para fines políticos podría ser suspendido en el ejercicio de sus funciones si no adoptaba las medidas correctivas pertinentes dentro del plazo establecido. El infractor también puede ser pasible de sanción penal, de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.
Cuestionable la actitud de este folklórico personaje que con tal de llamar la atención tenga que apelar a este tipo de montajes, demostrando el verdadero nivel personal y «político» por el que se conduce.

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