28 julio 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2010-MDCA

Cerro Azul, 21 de julio de 2010

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUENTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 21 de Julio del 2010, referente a la Creación del Museo Municipal en el Distrito de Cerro Azul;

CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y rigen su accionar conforme a la Constitución Política del Perú;

Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el numeral 12 del artículo 82º dispone que las municipalidades tienen competencias y funciones especificas en materia de educación, cultura, deporte; entre estas, promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con lo organismos regionales y nacionales competentes para su identificación, registro, control, conservación y restauración»;

Que, la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación señala, en su artículo 29º que; en concordancia con las competencias y funciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde a las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones: c) Elaborar planes y programas orientados a la protección, conservación y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su localidad, en coordinación con los organismos a que se refiere el artículo 19 de la presente Ley»

Que, con la finalidad de incentivar la investigación y promover el desarrollo turístico del distrito de Cerro Azul se ha visto conveniente crear el «Museo Municipal de Cerro Azul» para rescatar y conservar nuestro pasado; que es una aspiración de los ciudadanos Cerroazuleños para mantener y acrisolar los valores de sus antepasados, que dieron origen al progreso socio económico de nuestra población, siendo obligación ineludible de las autoridades lograr estos anhelados propósitos;

Que, es necesario crear espacios donde se reconozca e identifique los elementos propios de la población, tendientes a la difusión, valorización y enriquecimiento de un auténtico valor cultural local de Cerro Azul; por lo que un museo local preservará y conservará el patrimonio natural y cultural, tangible e intangible, que se genera y se hereda;

Que, el Reglamento para la Creación, Registro e Incorporación de Museos al Sistema Nacional del Estado; en su artículo 2º dispone que; «Se denomina Museo a la Institución que tiene por función principal, conservar, investigar, exhibir y difundir el patrimonio, así como toda actividad que contribuya a enriquecer la vida cultural de la sociedad. Su clasificación según la UNESCO abarca a todas las actividades culturales, regímenes de propiedad o ámbitos geográficos»;

Que el Concejo Municipal de Cerro Azul ha estudiado detenidamente la inquietud de plasmar esta iniciativa, determinando su viabilidad, consubstanciada con sus nobles valores, que servirá de aliciente y apoyo para que nuestra juventud y generaciones venideras valoren su terruño al conocer debidamente su pasado;

Estando a lo expuesto, conforme a las facultades conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de sus miembros, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL Museo Municipal de Cerro Azul

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la creación del «Museo Municipal de Cerro Azul»; que dependerá orgánicamente de la Oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos que demanden su creación, implementación y funcionamiento, serán imputados a la partida del presupuesto asignado para el Museo Municipal.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- Facultar al Alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía designe al administrador del «Museo Municipal de Cerro Azul»; quien tendrá a su cargo exclusivo todos los aspectos relacionados con la planificación, programación y conducción institucional del museo; así como la obtención de reconocimiento oficial del Instituto Nacional de Cultura y la inscripción en el Registro Nacional de Museos del Perú.

Segunda.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, se apruebe el reglamento del Museo, su tarifario y otras normativas para cumplir con su finalidad.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JUANA RASPA VDA. DE PAÍN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

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