MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2010-MDSL
San Luís, 13 de Julio del 2010.
El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN LUIS
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DE SAN LUIS
Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha Trece de Julio del Dos mil Diez, el pleno del Concejo Municipal sometió para su APROBACIÓN la propuesta de Ordenanza para el EMBANDERAMIENTO Y LIMPIEZA GENERAL de los Inmuebles Públicos, Particulares o de cualquier otra índole, con motivo de celebrar el Aniversario de la Creación Política del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la conmemoración del 189º Aniversario de la Creación Política del Perú y dentro del marco de actividades por tan magna fecha, el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha trece de Julio del presente, aprobó Disponer el Embanderamiento General del Distrito de San Luís y disponer con carácter obligatorio la Limpieza General de los inmuebles públicos, particulares o de cualquier otra índole;
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado en armonía con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que «las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que tienen como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Resaltándose que la autonomía que nuestra Constitución Política establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico»;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 9° de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas legales afines; el Concejo Municipal APRUEBA por MAYORIA la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER CON CARÁCTER OBLIGATORIO, en el marco de las celebraciones del 189º ANIVERSARIO DE LA CREACION POLITICA DEL PERÚ, EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DE LAS VIVIENDAS; ASÍ COMO Y DISPONER LA LIMPIEZA GENERAL DE LOS INMUEBLES PÚBLICOS, PARTICULARES O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE DE LA LOCALIDAD DE SAN LUIS desde el 19 al 31 de Julio del presente año, con la finalidad de dar realce a la conmemoración de tan magna efeméride.
ARTÍCULO SEGUNDO: EL CONTROL Y CUMPLIMIENTO, de la presente Ordenanza, estará a cargo de la Jefatura de Rentas, Jefatura de Servicios Sociales, Seguridad Ciudadana; y de ser necesario coordinar el apoyo de la Policía Nacional del Perú.
ARTÍCULO TERCERO.- ORDENAR a la Oficina de Relaciones Públicas, proceder a la difusión y publicación de la presente ordenanza conforme a lo estipulado en el artículo 44º de la Ley Nº 27972, para lo cual deberá alcanzar copia de la presente a cada una de las Agencias Municipales e Instituciones Públicas y Privadas del Distrito de San Luís.
POR TANTO:
COMUNIQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís
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