13 agosto 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2010-MDM

Mala, 05 de Agosto del 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL EL DISTRITO DE MALA

VISTO:
En sesión Ordinaria de Concejo Municipal, celebrada en el salón de Actos de esta Municipalidad, de fecha 22 de julio del 2010, sobre Estación Orden del Día de parte de la Regidora Erika Cecilia Ramírez Chumpitaz sobre la aprobación del Reglamento de Cabildo Abierto de la Municipalidad Distrital de Mala, Provincia de Cañete, Región Lima Provincia, ingresado mediante expediente administrativo Nº 5361-10-MDM de fecha 22 de Julio del 2010.

CONSIDERANDO:
Que, de conforme lo establece la Constitución Política del Perú en su Artículo 194, modificado por la ley de Reforma Constitucional Nº 27680, señala: «Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia».

Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 9, numeral 8, determina que corresponde al Consejo Municipal: «Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos».

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 119 de la Ley de Municipalidades Nº 27972, determina: «El Cabildo Abierto es una instancia de consulta directa del Gobierno Local al pueblo, convocada con un fin especifico. El Consejo Provincial o el Distrital, mediante ordenanza reglamentará la convocatoria a cabildo abierto».

Que, luego del análisis y debate correspondiente el Pleno del Concejo Municipal, con la aprobación y lectura del acta y con el voto mayoritario 04 votos Regidores: Erika Ramírez Chumpitaz, Francisco Francia Yaya, Esteban Avalos Quispe y Víctor Zevallos Colan, con las abstenciones sustentadas de 03 Regidores: Arturo Ruiz Francia, Gaby Quispe Díaz y Mercedes Huapaya Caballero, y en estricto cumplimiento del artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, aprueba la presente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CABILDO ABIERTO DEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ARTÍCULO PRIMERO: APRUÉBESE el Reglamento del cabildo Abierto del Concejo de la Municipalidad Distrital de Mala, que consta de 13 artículos y Disposiciones Complementarias.

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Mala, su difusión, participación y presencia para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

REGÌSTRESE, PUBLÌQUESE, COMUNÌQUESE Y CÙMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde


REGLAMENTO DE CABILDO ABIERTO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

I.- INTRODUCCION:

Artículo 1: El presente Reglamento tiene por objeto normar el Cabildo Abierto por la cual el Municipio convoca a la ciudadanía, que se realizará el día 08 de Agosto del 2010, en la Plaza de Armas s/n (Frontis del Palacio Municipal) a las 10:00 a.m.

Artículo 2: Los temas a tratarse en el Cabildo Abierto, será:

1.- Embargo Municipal.
2.- Terminal terrestre.
3.- Palacio Municipal.
4.- Situación del funcionamiento provisional de la Municipalidad y
Despacho de Alcaldía.
5.- Denuncia a la Municipalidad por parte de CONIESA EIRL.
6.- Los gastos por rendir al 31 de diciembre del 2008.
7.- Bonos de Productividad.
8.- Otorgamiento de Licencia a Santa Patricia, contraviniendo
Ordenanza Nº 010-2004.
9.- Bono de de s/. 6,000.00 a los damnificados del terremoto del 15
de agosto del 2007.
10.- Los gastos por rendir de la comisión de las fiestas Patronales
2007 al 2010 (Verbena, desfile, reinado, feria y otros).
11.- Los gastos por rendir, del Día de la Madre 2007 al 2010.
12.- Los gastos por rendir de la Navidad del niño 2007 al 2010.
13.- Los gastos por rendir del Concurso de Marinera 2008.
14.- Gatos por rendir de Concurso Magisterial de Danzas Folklóricas, denominado «Maestro bailando con el corazón» 2008.
15.- Licencia Vía el Silencio Administrativo al establecimiento denominado «Café Rojo».
16.- Programa Vaso de Leche.
17.- Los gastos por rendir de Capacitación de Profesores 2007 al 2010.
18.- Malecón Bujama.
19.- Pavimentación Antigua Panamericana Sur-tramo Jirón Coronel Castillo-Prolongación Jirón Sánchez Cerro.
20.- Pavimentación de Interconexión Vial Dignidad Nacional – Santa Rosa.
21.- Re capeo de la Plaza de Armas.
22.- Compra de la camioneta de la Municipalidad.
23.- Compra del Compactador.
24.- Pavimentación de Prolongación Jirón Real, tramo San Pedro – Jr. Sánchez Cerro – Mala Cercado.

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3: El Concejo Distrital de Mala, es un cuerpo Colegiado integrado por el Alcalde y siete Regidores conforme a Ley y constituye el máximo Órgano de la Municipalidad.

Artículo 4: El Concejo ejerce funciones normativas, administrativas y de fiscalización.

TITULO II
DE LOS MIEMBROS INTEGRANTES DEL CABILDO ABIERTO

Artículo 5: Son miembros integrantes del Cabildo Abierto, el Alcalde, los Regidores, Funcionarios y pueblo en general.

Artículo 6: El Cabildo Abierto esta presidido por el Alcalde, quien estará acompañado por los Regidores, el Gerente Municipal y los funcionarios cuyas gerencias u oficinas se encuentren vinculas a los temas materia de agenda.

Artículo 7: Se cursara citación a los funcionarios de la Administración que tengan que ver con los temas a tratar.

Artículo 8: Se solicitará las garantías necesarias para el normal desarrollo del Cabildo.

TITULO III
DE LA REALIZACIÓN DEL CABILDO ABIERTO

Artículo 9: El Alcalde aperturará el evento. Acto seguido, se informará temas preliminares y asuntos de la convocatoria.

Artículo 10: La consulta será llevada de acuerdo a las técnicas Parlamentarias de una Asamblea General de acuerdo a las formalidades establecidas, es decir cumplirse todas las estaciones: a) Despacho, b) Informes, c) Orden del día y d) Lectura y aprobación del Acta.

Artículo 11: Se concederá el uso de la palabra a los vecinos que lo soliciten al pleno del concejo. Cada vecino podrá hacer uso de la palabra por un lapso no mayor de tres minutos.

Artículo 12. Las preguntas formuladas por los vecinos serán absueltas por el Alcalde y/o funcionario designado para el tema.

Artículo 13: Al finalizar el evento con la suscripción del acta por el Alcalde, Regidores, Gerente Municipal y vecinos que lo deseen; el Alcalde procederá a declarar concluido el Cabildo Abierto.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA: Es de aplicación en los casos no previstos por el presente reglamento, lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalices.



MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ACUERDO DE CONCEJO Nº 068 -2010-MDM

Mala, 05 de Agosto del 2010

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 05 de Agosto del 2010, sobre cambio de fecha de realización del Cabildo Abierto en el Distrito de Mala.

CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Mala goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, donde se determina la autonomía que concede la Constitución Política del Estado Peruano, que establece para las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración; con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, en Sesión de Concejo de fecha 22 de Julio el Concejo aprobó por mayoría el Reglamento del Cabildo Abierto del Distrito de Mala, que en su primer artículo señalaba la realización del citado Cabildo el día 08 de Agosto del 2010, en la Plaza de armas s/n (Frontis del Palacio Municipal) a las 10:00 a.m.

Que, luego del amplio debate de los Señores Regidores, y realizar las propuestas de cambio de fecha del primer artículo del Reglamento del Cabildo Abierto, señalándose que el plazo es muy corto para poder realizar con la debida preparación el Cabildo Abierto en nuestro Distrito.

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en la que señala que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
El Concejo Municipal con tres votos a favor de los Regidores: Arturo Ruiz Francia, Gaby Quispe Díaz, Mercedes Huapaya Caballero; con dos votos en contra Regidores: Erika Ramírez Chumpitaz, Francisco Francia Yaya, dos abstenciones Regidores: Esteban Avalos Quispe, Víctor Zevallos Colan, y con la dispensa de la lectura del acta, por Mayoría se,

ACUERDA:
ARTÍCULO ÙNICO: Modificar el Reglamento del Cabildo Abierto del Distrito de Mala, en su primer artículo, ampliándose el plazo para la realización y fijándose fecha para el día 22 de Agosto del 2010, en la Plaza de Armas s/n (Frontis del Palacio Municipal) a las 10:00 a.m. Manteniéndose conforme en sus demás extremos

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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