10 septiembre 2010

PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Banco Agropecuario (Agrobanco) con Eusebio Martin Lescano Asin y Margarita Marina Quispe Conde sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 63-09, por orden del Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos y Especialista Legal Doctor Omar Velásquez Ochoa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Predio Rural La Máquina, con Código Catastral 8_3308610_15701, Proyecto Predios de Calango Valle Mala, distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 0.1606 Has. y cuyas demás características se encuentran en la Partida N° 17025149 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, Zona Registral N° IX Sede Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 2,473.00 (Dos mil cuatrocientos setenta y tres con 00/100 Dólares Americanos).
BASE DE REMATE: US$ 1,648.67 (Mil seiscientos cuarenta y ocho con 67/100 Dólares Americanos).
AFECTACIONES:
1) Hipoteca.- Constituida por sus propietarios a favor del Banco Continental hasta por la suma de US$ 4,000.00 y según Escritura Pública de fecha 20/7/06 ante Notario Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento D00003 de la Partida N° 17025149 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao. Fecha de Inscripción 29/8/06. 2) Hipoteca.- Constituida a favor del Banco Agropecuario hasta por la suma de US$ 2,473.00, según Escritura Pública de fecha 17/8/06 ante Notario Pedro Alonso Noriega Altamirano, inscrita en el asiento D00004 de la Partida N° 17025149 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao. Fecha de Inscripción 30/11/06.
DIA Y HORA DEL REMATE: 21 de Setiembre del 2010, a horas 12:00 del medio día.
LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado Civil de Cañete.
POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de Gerencia girado a su nombre, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copias de los mismos). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera más IGV conforme al D.S. 008-05-JUS. María Ángela Zeballos Alva, Martillera Pública, Reg. N° 142. Cel. 1998706190
María Ángela Zeballos Alva
Martillera Pública - Reg. N° 142
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial - Juzgado Civil de Cañete
Publicar: Del 06 al 11 de Setiembre.

EDICTOS PENALES
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA, ha dispuesto notificar a los siguientes inculpados y agraviados:
EXP.-2010-0008; inculpado CESAR HILARIO FLORES MELGAR, la RESOLUCIÓN N°_04, fecha 10/08/2010 que DECLARA: CONSENTIDA la Resolución N°01, de fecha 10-08-2010, por Accidente de Tránsito-c.Daños materiales en agravio de Manuel Alberto Vindrola Rivas Plata...Asia, 10.08.2010; Secretaria: Medina.
EXP.-2010-0018; inculpado JULIO MANCILLA CUETO, la RESOLUCIÓN N°_03, fecha 10/08/2010 que DECLARA: CONSENTIDA la Resolución N°01, de fecha 04-05-2010, por Accidente de Tránsito c.daños materiales...Asia, 10.08.2010; Secretaria: Medina.
EXP.-2009-0111; cita para el Día 29.10.2010 a los Agraviados: HILDA MENDOZA HUAMAN, Hora: 9.30_a.m.; a SOLEDAD ROBLES ABARCA, Hora: 10.00_a.m.; a AURELIO TUMBA VILCA, Hora: 11.30_a.m.; para que formulen la Denuncia penal y presenten el Certificado médico legal realizado en su persona, bajo apercibimiento de archivarse la presente denuncia por inconcurrencia. Proceso seguido contra ELOY FLORES FLORES, por Faltas c.la Persona-Lesiones Dolosas.-Resolución N°_32;.fecha 27.08.2010; Secretaria: Medina.
8, 9 y 10 de Setiembre

EDICTO FAMILIA
EXP.2010-00634.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.-Juez POLANCO; mediante edicto ha ordenado se publique extracto de Resolución 01 de fecha 13.07.2010, ADMITIR LA DEMANDA interpuesta contra MARIO NARCIZO ROSAS VALLADARES, como presunto autor de Actos de VIOLENCIA FAMILIAR-Maltrato Físico, en agravio de JUANA BRIGIDA VILLAVICENCIO OLIVO, y córrase TRASLADO AL DEMANDADO por el término de QUINCE DIAS, a efectos que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL, y a conocimiento de la agraviada. Fdo.Secretaria: Herrera. Cañete, 01.09.2010.
9, 10 y 11 de Setiembre

EDICTO PENAL
EXP.00400-2010-40-0801-JR-PE-02.- EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE, Juez Chuquillanqui, NOTIFICA al imputado JUAN RUBEN VILLALOBOS ACUÑA; la RESOLUCION N°01, fecha 01.09.2010 que resuelve la FORMALIZACION Y CONTINUACION DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA que se sigue en su contra por la presunta comisión del Delito Contra la Libertad Sexual-Violación Sexual de Menor de Edad-en agravio de la menor de iniciales .M.R.G.V..Asimismo se informa con fecha 01.09.2010 se formó el CUADERNO DE PRISIÓN PREVENTIVA y se citó a Audiencia el Lunes 06.09.2010 a horas 15.00; siendo que Mediante resolución N° 02, fecha 06.09.2010, se declaró REPROGRAMAR la Audiencia de requerimiento de Prisión preventiva contra el imputado, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria, sito Avenida Mariscal Castilla 657-San Vicente ; DIA: MARTES 14.09.2010; HORA EXACTA: 15.00.horas; en relación a la investigación que se le sigue. Cañete: 07.09.2010.Especialista: Ancharaico.
9, 10 y 11 de Setiembre

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- EXP. N° 2006-00598-0-0801-JR-CI-1
Proceso Contencioso Administrativo
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.- Cañete, dos de setiembre de dos mil diez.- AUTOS y VISTOS; efectuada la votación en la presente causa; Y CONSIDERANDO: ———————————————————
PRIMERO.- Que, la señora Jueza Superior Luz Roque Montesillo (Ponente) emite su VOTO para que se REVOQUE la sentencia contenida en la resolución número veintiuno de fecha dos de diciembre del dos mil nueve, obrante a fojas ciento ochenta y siete a ciento noventa y dos, que resuelve declarar fundada en parte la demanda de fojas trece a diecisiete, subsanada a fojas diecinueve; y reformándola se declare INFUNDADA la demanda interpuesta por Rosa Godoy Aliaga contra la Unidad de Gestión Educativa Local número cero ocho - Cañete sobre Proceso Contencioso Administrativo.
SEGUNDO.- Que, el señor Juez Superior Paulo Vivas Sierra, emite su VOTO en el sentido que se declare CONFIRME la sentencia (resolución número veintiuno) del dos de diciembre del dos mil nueve, de fojas ciento ochenta y siete a ciento noventa y dos, que declara FUNDADA la demanda de fojas trece al diecisiete, subsanada a fojas diecinueve; con todo lo demás que contiene.——————————————-——
TERCERO.- Que, al voto a que se contrae el considerando precedente, se ha adherido suscribiendo el mismo el señor Juez Superior Provisional Isaías Ascencio Ortiz, magistrado que ha integrado el colegiado en la vista de la causa.——————————----------------------------------------------
CUARTO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente no contándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.————————
QUINTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia - conforme al artículo 144° de la citada Ley Orgánica - en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.————————————————
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Juez Superior Provisional FEDERICO QUISPE MEJÍA, magistrado de la Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior, a fin que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA por el Vocal Dirimente el lunes VEINTISIETE DE SETIEMBRE del año en curso, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DÍA; en los seguidos por Rosa Godoy Aliaga con el Gobierno Regional de Lima Provincias y otro sobre Proceso Contencioso Administrativo. Notificándose.
S. S.
ROQUE MONTESILLO
VIVAS SIERRA
ASCENCIO ORTIZ


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
Se hace saber que don Rudel Alex Matos Bullon, de 30 años de edad, natural de Lima - Lima, de ocupación Empleado, con DNI N° 40552948, domiciliado en Urb Los Libertadores 1515 - San Vicente; y doña Magaly Milagros Flores Huari, de 28 años de edad, natural de San Vicente de Cañete, con DNI N° 41461478, de ocupación empleada, domiciliada en Urb. Los Libertadores B-16, San Vicente, van a contraer matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, eldía 24 de Setiembre del 2010, a partir de las 02:30 p.m.
Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 09 de Setiembre del 2010.
Maribel R. Sánchez Vicente
Oficial de Registro

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