01 noviembre 2010

LAS NUEVAS AUTORIDADES YA DEBEN ESTARPENSANDO EN REALIZAR EL PROCESO DE TRANSFERENCIA…

El día de ayer hemos dado a conocer los resultados de las elecciones al 100%, dado por la ONPE, a nivel de la provincia de Cañete; por ahora solo queda conocer una apelación ante la nulidad de un acta en el distrito de San Antonio, así como el pedido de nulidad de elecciones en la provincia de Cañete solicitado por Fuerza 2011 y Concertación para el Desarrollo Regional, los mismos que fueron vistos el último sábado en la sede del organismo electoral.
Luego de ello, lo que viene es que el Jurado Electoral Especial de Cañete, proclame los resultados y entregue las respectivas credenciales a las nuevas autoridades edilicias que gobernarán en nuestra provincia de Cañete, a partir del 1 de enero de 2011.
La pregunta que se hacen muchos es ¿cuándo se instala la comisión de transferencia?, ¿es acaso en Diciembre?, ¿es necesario la comisión?.
El blog «BUENOS DIAS CAÑETE», consultó a algunos con especialistas, encontrando las siguientes respuestas, que en este medio damos a conocer:
Dentro del plazo de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes a la proclamación de las autoridades electas, el alcalde en ejercicio convoca al alcalde electo y conforma e instala una Comisión de Transferencia (mixta). La Comisión de Transferencia puede ser
conformada mediante resolución de Alcaldía.
La comisión de transferencia debe estar integrada por:
- El alcalde o alcaldesa en ejercicio, quien preside la comisión
- El alcalde o alcaldesa electo/a o su representante
- Dos representantes del/la alcalde/sa en ejercicio, uno de los cuales será el gerente municipal o el funcionario administrativo de mayor rango de la municipalidad.
- Dos representantes del/la alcalde/sa electo/a.
Cabe agregar que el número de miembros de la Comisión de Transferencia podría ser ampliado, por acuerdo de ambos alcaldes.
Debe quedar claro que la Transferencia de Gestión es la entrega de cargo formal y personal por parte de la autoridad saliente a la nueva autoridad que lo sucede en las funciones; es la acción administrativa idónea para transmitir información facilitando la continuidad del servicio.
Es bueno dejar aclarado que todos los Concejos Municipales cesan en su función el 31 de diciembre del presente año y con ellos también los alcaldes y regidores que hayan obtenido la reelección, por lo tanto diciéndolo en forma más clara señalaremos que todos los alcaldes ingresantes y los reelectos también, bajo responsabilidad, deberán seguir el procedimiento de transferencia que en todo caso atiende a los principios de transparencia y rendición de cuenta a la que están sujetos en forma permanente todos los funcionarios y servidores públicos conforme lo señala la guía técnica de probidad administrativa sobre «transferencia de gestión» aprobada por Resolución de Contraloría Nº 373-2006-CG.
¿Qué pasa si el alcalde saliente no convoca al alcalde electo o no conforma la comisión de transferencia?
En ese caso, le corresponde al nuevo alcalde designar a todos los integrantes de la comisión de transferencia e instalarla. Asimismo, el alcalde o cualquier otra autoridad electa (regidor) deben poner en conocimiento del fiscal correspondiente, el incumplimiento del mandato legal por parte del alcalde saliente.
¿Qué pasa si el alcalde o alcaldesa ha sido reelecto para el período sucesivo de gestión?
En una situación así, no se instala una Comisión de Transferencia; el alcalde reelecto esta obligado a informar al Concejo Municipal, en su sesión de instalación o dentro de los 10 (diez) días siguientes, sobre la situación de la municipalidad, el acervo documentario y otros aspectos relacionados a la recopilación de toda la información obligatoria a transferir y la información sobre el desempeño y los resultados de la gestión para la Memoria sobre la Gestión Municipal.
La labor de la Comisión de Transferencia culmina, a más tardar, un día antes de la instalación pública del nuevo Concejo Municipal con la entrega de cargos del alcalde y los regidores salientes. Todo lo actuado se registra en el Acta de Transferencia debidamente suscrita por los miembros de la Comisión. En algunos casos se hace ante notario público.
Pues bien, el Diario «Al Día Con Matices» no ha querido quedarse ajeno a lo que significará el proceso de transferencia en nuestra provincia, toda vez que somos testigos como es que ha influido en el mal manejo por desconocimiento en muchos municipios distritales.
Es por ello, que a partir del día de hoy, vamos a dar a conocer una Guía Informativa que han realizado varias instituciones del estado, en relación al proceso de Transferencia, bajo el título «Hagamos un Cierre y Transferencia Ordenada de la Administración y Gestión Municipal». Este documento consta de más de 80 páginas, y nosotros trataremos de irlo dando a conocer en varias ediciones.
De otro lado, es bueno resaltar lo que viene haciendo el municipio provincial de Yauyos, que viene capacitando a todos las autoridades electas de su provincia, a iniciativa del Alcalde Provincial, para mejorar el accionar edilicio de las nuevas autoridades.
Ojalá que algo similar se pueda hacer en nuestra provincia de Cañete.

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