25 noviembre 2010

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Bolognesi N° 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don LORENZO ROJAS QUISPE, manifestando ser esposo de quien fuera en vida doña SANTOS PAULA CHANCO PEVE; quien falleció AB – INTESTADA el día 07 de Setiembre del año 2006, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su cónyuge supérstite don LORENZO ROJAS QUISPE. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 11 de Noviembre de 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza aL siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se le imputa:
EXP.-1994-0135; a WILLY DANTE RIOS SOLIS; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales A.S.R.Q.-Cañete.29.10.2010.
EXP.-1995-0423; a ISMAEL FELIX ESPINOZA CUEVA y EMILIANO JULIO ESPINOZA CUEVA;. Delito: LESIONES GRAVES; Agraviado: Juvenal Roger Espinoza Huamanlazo.-Cañete.29.10.2010.
EXP.-1995-0424; a FELIX PASCUAL JESUS y TORRES FERNANDEZ ZOILO; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Casimiro Emeterio Castro Soriano;-Cañete.29.10.2010.
EXP.-1996-0375; a PADILLA QUISPE ALBERTO EDWIN; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviada: menor de iniciales R.L.L.L.B.. Cañete.02.11.2010.
EXP.-1997-0205; a LAURA CANCHARI RODOLFO; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviada: menor de iniciales N.P.C.H..-Cañete 29.10.2010.
EXP.-1998-0877; a JUSTO ARAGONEZ ROQUE; Delito: Secuestro; Agraviado: Juana Avalos Caycho.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-1999-0130; a GUEVARA DELZO ALEJANDRO; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviada: menor de iniciales F.R.O.CH..-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2000-1747; a MARIO GINO DANTE RIGACCI DEZA; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2001-2117; a HUAYTA SANTOS RAUL Y APOLINARIO CANCHARI JIMMY GIANCARLOS o APOLINARIO CANCHARI JIMI GIANFRANCO; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Miguel Vicente Ayllon Mendoza y otros..-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2002-0074; a SANCHEZ REBATTA ALBERTO MANUEL; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Angel Franciso Cuevas Zavaleta.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2002-0078; a FELIX VICENTE SANTOS HUAMAN; Delito: Contra la Administración Pública- Peculado Culposo; Agraviado: El estado Peruano.-Cañete 22.10.2010.
EXP.-2002-0768; a RICARDO FELIX NAPAN RIOS; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Horacio Hinostroza Huaman.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2003-0108; a MARTINEZ POMA VIRGILIO; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviada: menor de iniciales I.Y.H.I..-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2005-0071; a REYES CONTRERAS PEDRO; Delito:Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales V.A.L..-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2005-0543; a SANCHEZ CARVAJAL JAVIER MAXIMO; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Agro Industria San Isidro.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2005-1125; a COSME VILLALOBOS ERNESTO; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales Y.H.A; -Cañete, 29.10.2010.
EXP.-2006-0186; a MENDOZA CUBAS ANGEL ANTONIO; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales D.A.S.V.-Cañete, 29.10.2010.
EXP.-2006-0295; a DE LA CRUZ PALOMINO HECTOR ALEJANDRO; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviada: menor de iniciales A.E.A.F.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2006-0715; a GUTIERREZ ROMERO OSWALDO GERMAN; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales Y.LL.S.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2006-0991; a HIGINIO RAUL GUTIERREZ BLONDET; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales A.B.P.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2006-0992; a NICANOR CANDIA MOLINA; Delito: Tráfico Ilícito de Drogas; Agraviado: El Estado Peruano. -Cañete, 29.10.2010.
EXP.-2007-0270; a VILLARRUBIA HUAMAN JORGE; Delito::Robo Agravado; Agraviado:José Manuel Vicente Florián y Otro.-Cañete, 02.11.2010.
EXP.-2007-0634; a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA; Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y Salud-Homicidio Calificado; Agraviado: Valeriano Diddy Zacarías Jerónimo.-Cañete, 12.11.2010.
EXP.-2008-0004; a VICENTE GUZMAN OLIVARES REYNA; Delito: Contra la Administración Pública; Agraviado: El Estado Peruano.-Cañete, 29.10.2010.
EXP.-2008-0232; a HUGO CANO LOZANO; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales K.M.L.-Cañete 29.10.2010.
EXP.-2008-0708; a JESUS MARCIAL USCATA BALVIN; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor de iniciales E.E.N.G.-Cañete 29.10.2010.
Secretario: Miranda, de los edictos antes señalados.

EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez LUQUE, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que concurran al Juzgado a LECTURA DE SENTENCIA, en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0715; a MARCOS CALIXTO MENESES QUIROZ, para diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, DIA: 02.12.2010; HORA: 11.00.a.m.; Delito: Lesiones Culposas Graves; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y disponerse ubicación y captura en caso de inconcurrencia; Secretaria: Flores. Cañete 16.11.2010
EXP.-2008-0077; a MANUEL ANSELMO GONZALES BRACAMONTE, para diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, DIA: 06.12.2010; HORA: 11.00.a.m.; Delito: Robo Agravado; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y disponerse ubicación y captura en caso de inconcurrencia; Secretaria: Márquez. Cañete 15.11.2010

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez MEZA, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que concurran al Juzgado a LECTURA DE SENTENCIA, en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-0859-2009; a MIGUEL ANGEL ALCALA EGUI, para diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar; Secretario: Astohuamán. Cañete 11.11.2010.
25, 26 y 27 de Noviembre

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber, que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego Matrimonial: don NICKY VARGAS RAFFO, de 27 años, identificado con DNI N° 41932060, natural de Chiclayo – Lambayeque, nacionalidad peruana, estado civil soltero, domiciliado en Calle Rivera del Mar s/n Puerto Viejo – Cerro Azul, ocupación empleado, hijo de don Emilio José Vargas Inostroza y doña Carmen Rosa Raffo Ramírez; y doña MARÍA DEL CARMEN CAMACHO CHAMORRO, de 25 años, identificado con DNI 43442137, natural de San Vicente – Cañete, nacionalidad peruana, estado civil soltera, domiciliada en Calle Rivera del Mar s/n Puerto Viejo, ocupación empleada, hija de don Mauro Saturnino Camacho Francia y doña Nancy Chamorro Puentes.
Pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de ocho días conforme a ley. Cerro Azul, 24 de Noviembre de 2010.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz - Jefe OREC

SUCESIÓN INTESTADA – NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante Abogado – Notario de Cañete, Dr. Javier Alberto Inga Vásquez, sito Jr. Jorge Chávez N° 291, Imperial – Cañete: MARIA VICTORIA SILVA QUISPE, solicita la SUCESIÓN INTESTADA, de quien en vida fuera su madre, doña: ALBERTA VICTORIA QUISPE CAYCHO, fallecida el día OCHO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO, señalando bajo declaración jurado que tuvo como último domicilio en Cañete, y ser la única heredera universal la siguiente: MARIA VICTORIA SILVA QUISPE. Se publica para fines y efectos de ley. Imperial – Cañete, 20 de Noviembre de 2010.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez - Abogado - Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA - SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HAYDEE BRAVO BARRETO, con DNI N° 09152135, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre SIXTO CELESTINO BRAVO GONZALES, fallecido el 24 de Junio del 2005, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 24 de Noviembre de 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA - SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, FRANCISCA FERNANDEZ DE CAMPOS, con DNI N° 15347521, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre FILOMENO FERNANDEZ HUALPARUCA, fallecido el 27 de Octubre de 1997, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 24 de Noviembre de 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA - SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HAYDEE BRAVO BARRETO, con DNI N° 09152135, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su bisabuela VICTORIANA LARA VIUDA DE ALGUERA, fallecida el 10 de Marzo de 1944, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 24 de Noviembre de 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA - SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HAYDEE BRAVO BARRETO, con DNI N° 09152135, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su abuelo ALFREDO BRAVO LARA, fallecido el 13 de Marzo de 1981, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 24 de Noviembre de 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ALEJANDRO NERY CUBILLAS JARA, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite los apellidos maternos de sus progenitores dice: RELINDO CUBILLAS, MARGARITA JARA, debe decir: RELINDO CUBILLAS CUZCANO, MARGARITA JARA VILLALOBOS, lo que se publica para los fines de ley. Cañete, 22 de Noviembre de 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA - SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ADELIA MARTHA PEVES DE HERNANDEZ, con DNI 15343385, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo DOMINGO HERNANDEZ MARTINEZ, fallecido el 28 de Setiembre de 2010, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 23 de Noviembre de 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

EDICTOS
En los autos seguidos por RUBY DORIS ROSELL CASTILLO, contra JOSÉ ANGEL GERARDO CACERES BARRUETO, por DIVORCIO POR CAUSAL, Expediente N° 2010-00910, la señorita Juez del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dra. Marlín Gaspar Calle, asistida por la Sec. Dra. Erika Herrera Taxa, ha resuelto mediante resolución 01 de fecha 17-11-2010: ADMITIR la demanda incoada por RUBY DORIS ROSELL CASTILLO DE CACERES, representada por NEMIAS MORI VALQUI, sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO, y la dirige contra JOSÉ ANGEL GERARDO CACERES BARRUETO, y al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA SEGUNDA FISCALIA CIVIL Y DE FAMILIA DE CAÑETE; tramitándose en la Vía Procedimental de CONOCIMIENTO; 2°.- TRASLADO de la demanda al demandado JOSÉ ANGEL GERARDO CACERES BARRUETO, por el término de SESENTA DÍAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; PARA EL EFECTO NOTIFÍQUESE POR EDICTOS.
Cañete, 17 de Noviembre de 2010.
Dra. Erika Edith Herrera Taxa - Secretaria Judicial - Segundo Juzgado de Familia
Publicar: 23, 24 y 25 de Noviembre de 2010.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2010-MDI

Imperial, 18 de Octubre del 2010.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CANETE;

VISTO: El Informe Nº 384-DTMR-2010-MDI del Jefe del Departamento de Tributación Municipal y Rentas, en Sesión Ordinaria del 18 de Octubre del 2010, sobre el programa de Beneficio Tributario en la jurisdicción del Distrito de Imperial;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Articulo 194º de Ia Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N0 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en Ia facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración;

Que, el Artículo 41º del T.U.O. del Código Tributario aprobado por D. S. N° 135-99-EF, establece que Ia deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley, y que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general los intereses moratorios y factor de reajuste, quedando subsistente el tributo insoluto, debiendo para ello emitirse norma expresa con rango de ley, como es Ia presente Ordenanza; asimismo en la Norma IV del mismo Texto se establece que mediante esta Ordenanza se puede crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y Licencias con los limites que Ia la ley;

Que, es política de Ia actual Administración Edil brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, sean de naturaleza tributaria o administrativa y se ha visto por conveniente otorgar una Campaña de Beneficio Tributario con descuentos;

Que, teniendo en cuenta los saldos por cobrar de años anteriores, registrados en nuestra base de datos, es necesario buscar mecanismos legales que conlleven a sincerar el estado de adeudos tributarios existentes y el de exigir a los contribuyentes que antes de efectuar pagos por obligaciones tributarias recientes, previamente deberán cancelar desde las deudas mas remotas a las mas recientes, evitando con ella las prescripciones; en tal sentido se debe otorgar facilidades para que les contribuyentes que aun no han podido cancelar las deudas de años anteriores puedan acogerse a este nuevo beneficio y cumplir con sus obligaciones;

Que, es imperioso reconocer el cumplimiento puntual y oportuno de los contribuyentes, por lo que resulta procedente otorgar un descuento por el pago al contado de Arbitrios de Limpieza Publica;

En uso de las facultades conferidas en el Artículo Nº 90 de Ia Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. 135-99-EF y su modificatoria Decreto Legislativo 953; en cumplimiento al Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D. S. 156-2004-EF, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente;

ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICI0 TRIBUTARIO EN EL DISTRITO DE IMPERIAL POR LOS 101º ANIVERSARIOS
ARTICULO PRIMERO.- OTORGAR el 40% de descuento del monto insoluto del pago al contado del Arbitrio de Limpieza Publica del año 2010.

ARTICULO SEGUNDO.- EL PLAZO IMPRORROGABLE de acogimiento al presente beneficio vence el 20 de Noviembre del 2010;

ARTICULO TERCERO.- ENCARGUESE al Departamento de Tributación Municipal y Rentas y a Ia Oficina de Ejecutaría Coactiva el cumplimiento de Ia presente Ordenanza.

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a Ia Secretaria General, la publicación y difusión de la presente Ordenanza, mediante Ia Oficina de Relaciones Públicas.

ARTICULO QUINTO.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación, hasta el 20 de Noviembre del 2010.

ARTICULO SEXTO.- Déjese en suspenso cualquier disposición municipal que se oponga al presente o limite su cumplimiento, mientras dure el presente beneficio.

ARTICULO SEPTIMO.- Facúltese al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía norme y/o amplié el presente beneficio.

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011 -2010-MDI

Imperial, 29 de Octubre del 2010.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CANETE;

VISTO:
El Informe Nº 177-2010-ASE/LEG-MDI, del Jefe del Departamento de Asesoría Legal, en Sesión Ordinaria del 18 de Octubre del 2010, sobre gratuidad de inscripción de nacimiento;

CONSIDERANDO:
Que en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Estado Peruano, que establece que los Estados partes respetarán los derechos enunciados en la citada Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión, política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.

Que nuestra Constitución Política en su Articulo 2º y 6º establece que toda las personas tienen derecho a su identidad y que todos los hijos tienen iguales derechos y deberes y reconoce a las municipalidades como órganos del gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; conforme al Artículo 194º y el numeral 4º del articulo 195º de la Constitución Política del Perú.

Que, el Código Civil señala en su Art. 19º de manera expresa que toda persona tiene derecho y el deber de llevar un nombre y que este incluye los apellidos.

Que, el Código de Niños y Adolescente establece en su Artìculo IX de su Título Preliminar que en toda medida concerniente al niño y adolescente que adopte el Estado a través de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, se considerara el Principio de interés Superior del Niño y Adolescente y el respeto a sus derechos.

Que, es rol del Estado promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombre, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno de éste derecho, con el fin de erradicar todas las formas de discriminación en concordancia con la Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y varones-Ley Nº 28983, artículo 4º numeral 1.
Que, de acuerdo al Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2020 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2005-MIMDES, el derecho al Nombre y la Identidad es un derecho humano y su respeto constituye un imperativo en el accionar del Estado como base para la vigencia de un Estado Democrático y el desarrollo Integral de las personas.

Que, conforme con el Artículo 73º, numeral 6.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades deben difundir y promover los derechos del niño y adolescente.

Que, la Ley Nº 29462 de fecha 27 de noviembre del 2009, establece la gratitud de la inscripción del nacimiento de la primera copia certificada del acta de nacimiento y de la expedición del certificado de nacido vivo; y es de aplicación a todas aquellas dependencias que tengan a su cargo la inscripción de nacimientos incluidas las Oficinas de registro civil de los Gobiernos locales que aún no se hayan incorporado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorgando un plazo de sesenta (60) días calendario para adecuar los Textos únicos de Procedimientos Administrativos –TUPA correspondiente.

Que, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444 establece, que para la procedencia del derecho de cobro de tramitación la Entidad debe estar facultada para exigirlo por una norma con rango de ley y que este consignado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativo y; al mismo tiempo señala que cada (02) años, las Entidades a publicar el integro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular, sin embargo podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten, debiendo ser aprobado por Ordenanza Municipal, concordante con Art. 38º y con numeral 44.2 del Artículo 44 de la citada norma.

Que, estando la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Registros Civiles, en ejercicio de las facultades y atribuciones que lo confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO PRIMERO.- APRUEBA, la modificación del Texto único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Distrital de Imperial, en la parte que corresponde a la inscripción de nacimientos, estableciendo la gratitud de la inscripción en todas sus modalidades en aplicación de la Primera Disposición Complementaria de la Ley 29462.

ARTICULO SEGUNDO.- APRUEBA la gratitud de la Inscripción del nacimiento y la expedición de la primera copia certificada del acta de nacimiento y expedición de la copia certificada del acta de nacimiento para la tramitación del Documento Nacional de Identidad, expedida por la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Imperial, concordante con la Ley Nº 29462.

ARTICULO TERCERO.- DISPONER brindar las facilidades para que el personal de Registro Civil y de la DEMUNA acceda a la capacitación necesaria para la aplicación de lo dispuesto por la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO CUARTO.- DEJAR sin efecto toda norma municipal que se oponga a la vigencia de la presente.

ARTICULO QUINTO.- PUBLICAR la presente ordenanza en el diario Oficial El peruano y en el portal electrónico de la Municipalidad, remítase a los órganos pertinentes, para el cumplimiento de la ordenanza bajo responsabilidad.

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde

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