08 febrero 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2011-MDM

Mala, 04 de febrero del 2011

EL CONCEJO DISTRITAL DE MALA

VISTO:
El Concejo Distrital de Mala, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04 de Febrero del 2011, el Informe de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas respecto a proyecto de Ordenanza Municipal de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Distrito de Mala.

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194°de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, las municipalidades ejercen su función normativa, entre otros, vía ordenanza, la cual de conformidad a lo establecido en el numeral 4) del artículo 200 de la Constitución Política del Estado, tiene rango de ley;

Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 en el artículo 36° señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA.

Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LOS IMPORTES POR CONCEPTO DE DERECHO DE TRAMITACIÓN Y EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la modificación de los importes por concepto de derecho de tramitación de las ordenes señaladas en el anexo 1 adjunto al presente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Mala aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 025-2009-MDM.

ARTÍCULO TERCERO: Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza.

ARTICULO CUARTO: La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde


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