04 marzo 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007-2011-MDM

Mala, 24 de Febrero del 2011
VISTO:
En la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal realizada el día 24 de Febrero del 2011, sobre modificación en el TUPA el cobró por expedición de carnet de lector de la Biblioteca Municipal, e Informe Nº 151-2011-GDH-PVL-MDM de la Gerencia de Desarrollo Humano de esta Municipalidad respecto a modificación de procedimiento administrativo en el TUPA vigente.

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 señala que: «Los Gobiernos Locales están sujetos a leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamientos del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio».

Que, la Ley Nº 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, precisa en su Artículo 36º Numeral 36.1que: «Los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, de Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforme a la Constitución, según su naturaleza. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad».

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en materia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación en su artículo 82º, numeral 11, como funciones de las Municipalidades el de: «Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados»

Que, estando a lo Dictaminado, y en uso de las facultades conferidas en Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por mayoría con un voto de abstención el Concejo Municipal de Mala en Sesión Ordinaria ha aprobado la siguiente :

«ORDENANZA QUE MODIFICA EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA EL PROCEDIMIENTO DE EXPEDICION DEL CARNET DE LECTOR DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL DE MALA»

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la modificación de los importes por concepto de derecho de tramitación de las ordenes señaladas en el anexo 1 adjunto al presente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Mala aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 025-2009-MDM.

ARTÍCULO TERCERO: Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y la Oficina de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza.

ARTICULO CUARTO: La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGISTRE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2011-MPC

Cañete, 03 de Marzo del 2011

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:

CONSIDERANDO
Qué, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades Provinciales son órgano de gobierno, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Qué, el numeral 5.1 del artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No 27972 establece que las municipalidades tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen competencia y ejercen las funciones con carácter exclusivo o compartido la de promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción;

Que, la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobó mediante Ordenanza Nº 024-2010-MPC del 07 de octubre de 2010, la creación del Registro Único de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal en el Distrito de San Vicente, publicada con fecha 16 de Noviembre del 2010 en el diario en donde se publican los avisos Judiciales de la Provincia de Cañete;

Qué, es necesario dar cumplimiento, a los plazos que se ha establecido en la Ordenanza Nº 024-210-MPC como norma de mayor jerarquía dentro de la normatividad municipal vigente de la Provincia de Cañete;
Qué, habiéndose publicado la Ordenanza Nº 024-2010-MPC el 16 de Noviembre del 2010 el plazo al que se refiere de Primera y Segunda Disposición Transitoria y Complementaria vencerá el 15 de Marzo próximo;

Qué, la 5ª Disposición Transitoria y Complementaria faculta al Despacho de Alcaldía, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones para la mejor aplicación de la Ordenanza Nº 024-2010-MPC;

Qué, es necesario dictar el dispositivo municipal que permita la ampliación del plazo al que se refiere la 2da Disposición Transitoria y Complementaria de la Ordenanza No 024-2011-MPC;
Estando a lo expuesto con el dictamen favorable de la Comisión de Desarrollo Social y Participación Vecinal, opinión favorable de la Asesoría Legal, Gerencia General de la Municipalidad Provincial de Cañete.

SE DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Amplíese hasta el 31 de Marzo del 2011 el plazo al que se refiere la 2da. Disposición Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 024-2010-MPC.

ARTÍCULO 2º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario de publicaciones judiciales de la Provincia, así como en los medios de comunicaciones de la Provincia.

ARTÍCULO 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, el cumplimiento estricto del presente Decreto de Alcaldía.

ARTÍCULO 4º.- Encargar a la Gerencia de Administración, Economía y Finanzas disponga los recursos que demande la aplicación del presente Decreto de Alcaldía, conforme al presupuesto que establecerá la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MARIA MAGDALENA MONTOYA CONDE
ALCALDESA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

ORDENANZA Nº 002 -2011-MDSA

San Antonio, 28 de Febrero del 2011

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO-CAÑETE

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 28 de febrero del 2011, el Informe Nº 014-2011-OAT/MDSA, de la Oficina de Administración Tributaria de fecha 26 de febrero del 2011, solicitando AMPLIACIÓN DE PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011 Y BENEFICIO DE PRONTO PAGO.

CONSIDERANDO:
Que, según el Art. 195 numeral 4 de la Constitución Política del Perú, concordante con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de Autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y por tanto pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;

Que, el inciso b) del artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que el pago del impuesto predial podrá efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales; en este caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de Febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre;

Que, el último párrafo del Art. 29 del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general por la Administración Tributaria;

Que, es necesario dinamizar la recaudación tributaria, promoviendo el pago de los tributos antes del vencimiento establecido en el cronograma correspondiente, otorgando en el presente ejercicio un descuento especial para aquellos contribuyentes que cumplan con efectuar el pago por adelantado de toda la deuda de Arbitrios Municipales correspondientes al presente ejercicio;

En uso de las facultades conferidas por la  Ley Orgánica de Municipalidades 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa de la aprobación del Acta, por UNANIMIDAD, expidió la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE
AMPLIACIÓN DE PLAZO DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011 Y
EL BENEFICIO DE PRONTO PAGO.
 
ARTÍCULO PRIMERO.- PRORROGAR, el plazo para el pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del presente ejercicio hasta el 15 de Abril del presente año.

ARTÍCULO SEGUNDO.- OTORGAR, un beneficio de pronto pago consistente en un descuento del 10% de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011, a los contribuyentes que cancelen por adelantado toda la deuda del presente ejercicio hasta el 15 abril del 2011.

ARTÍCULO TERCERO.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer la prórroga de la misma.

ARTÍCULO CUARTO.- Publíquese la Ordenanza en el Diario Oficial Provincial de Cañete, como en el Portal y Pagina Web de la Entidad.
 
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde

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SAN JUDAS TADEO
Gracias por el favor concedido.
Tu devoto L.E.R.N.

AVISO JUDICIAL
Exp. N° 2010-00389-CI.- Ante el 2|JPLCÑ que despacha el Dr. Daniel A. Soto Borjas, solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO N° 531 Folio N° 531, Libro EX 3, año 1967, perteneciente a ALBERTO ELOY MAYTA DE LA CRUZ en el extremo que se adicione su apellido materno de su progenitor «DE LA CRUZ» y su apellido materno de su progenitora «CASTILLON» debiendo figurar que el titular de la Partida de Nacimiento ALBERTO ELOY MAYTA DE LA CRUZ, es hijo de APOLINARIO MAYTA DE LA CRUZ y doña PATROCINIA DE LA CRUZ CASTILLON, que es lo correcto, quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 16 de Setiembre de 2010.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete

EDICTO
Exp. N° 271-2010 ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente de Cañete, Juez: Dr. Gilbert Alfredo Sánchez Candela; Secretario Elvis Morales Loaiza, se tramita el proceso sobre INEFICACIA DEL TÍTULO VALOR (Cheque Bancario) NÚMERO 09888735 del Banco de Crédito del Perú, por la suma de cinco mil setecientos cincuenta y nueve nuevos soles con sesenta céntimos, emitido por Agrícola Viñasol S.A.C. a favor del demandante, proceso iniciado por ANTONIO FERMIN HUAMAN MANCO contra AGRÍCOLA VIÑASOL S.A.C. y otro por motivos del extravío del referido título valor. Se comunica para los fines pertinentes de ley. San Vicente de Cañete, 03 de Marzo del 2011.
Elvis Renny Morales Loaiza
Secretario Judicial - 1er. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Publicar Del 04 al 09 de Marzo.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU contra RECAT ITP DE LAS AMERICAS SAC Y DANNY SANTIAGO HERNANDEZ CARDENAZ, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, Exp. N° 00020/2010, el 6° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial a cargo del Juez Dr. Manuel Alipio Román Olivas, Especialista Legal Dr. José Luis Yauri Silva, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, del bien inmueble sub litis, constituido por la Manzana J-1, Lote Parcela 17, Los Huertos de Oro de San Hilarión Pampas y Hoyadas de Calanguillo, distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 21015721 del a Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 40,376.96 (Cuarenta mil trescientos setenta y seis con 96/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: US$ 26,917.97 (Veintiséis mil novecientos diecisiete con 97/100 dólares americanos) que son las 2/3 partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA inscrita en el Asiento N° D00003 de la Partida Registral N° 21015721 de Registro de Predios de Lima, a favor del Banco Financiero del Perú, hasta por la suma de US$ 35,329.94 Dólares Americanos, la misma que es materia de ejecución del presente proceso.
2).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, registrado en el Asiento D00004 de la Partida Registral N° 21015721 de Registro de Predios de Lima, hasta por la suma de US$ 25,000.00 Dólares Americanos, la misma que ha sido dictada por el Décimo Cuarto Juzgado Civil Subespecialidad Comercial.
3).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION registrado en el Asiento D00005 de la Partida Registral N° 21015721 de Registro de Predios de Lima, hasta por la suma de US$ 30,000.00 Dólares Americanos, la misma que ha sido dictada por el Décimo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial.
DIA Y HORA DEL REMATE: 14 de Marzo del 2011 a las 12 del mediodía.
LUGAR DEL REMATE: en la Sala de Remates del Primer Piso, la misma que se encuentra ubicada en el Edificio Javier Alzamora Valdez, sede de la Corte Superior de Justicia de Lima, sito en la esquina de las Avenidas Abancay y Nicolás de Piérola del Cercado de Lima, distrito, provincia y departamento de Lima.
Los postores: oblarán el diez por ciento (10%) del valor de la tasación, debe presentar su arancel judicial, el que para ser válido debe indicar en el depósito del Banco de la Nación, el código N° 800150101 y a la orden del 6° Juzgado Civil en la Subespecialidad Comercial, (con copia del arancel y DNI) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Martillero Público: Rosa Emilia Quijano Corbacho – Registro Nacional N° 94
Lima 27 de Enero de 2011.
Rosa Quijano Corbacho
Martillero Público - Reg. N° 94
José Luis Yauri Silva
Secretario
6° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar:
Del 28 de Febrero al 05 de Marzo de 2011

EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAÑETE, Juez: Flores ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 259-2010-65; Resol 4 del 21.02.2011 SE RESUELVE: Declara REO CONTUMAZ a JESUS ANDRES PADILLA LARA y ordena su ubicación y captura a nivel nacional y SE DISPONE la Reserva Provisional hasta que se ponga a derecho. Se nombra como abogado del imputado al Defensor David Fortunato Paredes Hernández. Dada la inasistencia de la Parte civil SE DECLARA por Abandonada su constitución como parte en el proceso. Asist. Acosta. 21.02.2011.
EXP.- 583-2010 -99; Cita a JOSE ANGEL PALOMINO ROJAS con Resol.02 para Audiencia de Juicio Oral para 11.03.2011 a horas 08:05 de la mañana en sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales de esta Corte Superior de Justicia. Delito: Omisión a la asistencia familiar. Agraviado Brian Edgardo Palomino Arias. Asist. Acosta. San Vicente 28.03.2011.
2, 3 y 4 de Marzo del 2011.
EDICTOS PENALES
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAÑETE, Juez: Flores ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.- 259-2010-65; Resol 4 del 21.02.2011 SE RESUELVE: Declara REO CONTUMAZ a JESUS ANDRES PADILLA LARA y ordena su ubicación y captura a nivel nacional y SE DISPONE la Reserva Provisional hasta que se ponga a derecho. Se nombra como abogado del imputado al Defensor David Fortunato Paredes Hernández. Dada la inasistencia de la Parte civil SE DECLARA por Abandonada su constitución como parte en el proceso. Asist. Acosta. 21.02.2011.
EXP.- 583-2010 -99; Cita a JOSE ANGEL PALOMINO ROJAS con Resol.02 para Audiencia de Juicio Oral para 11.03.2011 a horas 08:05 de la mañana en sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales de esta Corte Superior de Justicia. Delito: Omisión a la asistencia familiar. Agraviado Brian Edgardo Palomino Arias. Asist. Acosta. San Vicente 28.03.2011
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez SIGUAS: ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2011-001; a JORGE MICHEL CAMACHO MEDINA cita a Audiencia Oral 10.03.2011 a horas 9:00a.m. Delito: Lesiones Dolosas. Agraviado: Jorge Arias Campos. Resol. 04 28.01.2011. Secretario Quezada. Asia 02.03.2011
EXP.-2010-67; Archiva la denuncia contra JHONNY LLACCHUARIMAY ALHUAY por daños materiales en agravio de WILBER PERALTA ASTETE. Resol. 03 18/02/2011 Secretario Quezada. Asia 02.03.2011
EXP.-2010-054; Archiva la denuncia contra RODOLFO FERMIN BUTILIER CHAVEZ por daños materiales en agravio de MIRO RUIZ DELGADO. Resol. 05 18/02/2011 Secretario Quezada. Asia 02.03.2011
EXP.-2010-66; Declara consentida la Resolución tres del 05.11.2011 y remítase a archivo el proceso seguido contra GERMAN FLAVIO SILVA FERNANDEZ por Falta contra la persona en agravio de Torres Malasquez Julio Enrique. Secretario Quezada. Asia 18.02.2011
Publicar: 3, 4 y 5 de Marzo

JUNTA DE USUARIOS DEL SUB DISTRITO DE RIEGO DE CAÑETE
Objetivo de la Convocatoria:
Contratar los servicios de un Comunicador Social
Requisitos:
- Bachiller en Ciencias de la Comunicación, Relacionista Público, Ingenieros; Agrónomo, Agrícola, Industrial.
- Tener conocimiento y experiencia como mínimo tres(03) años en la actividad vinculada a las comunicaciones y recursos humanos.
- No tener procesos administrativos, ni antecedentes policiales, penales, ni judiciales.
- No menor de 25 años ni mayor de 40 años.
- Experiencia en Relacionar, Capacitar y Sensibilizar a organizaciones agrarias y/o industriales.
- Tener conocimiento en Computación y en materia de Aguas.
Lugar de Recepción: Oficina de la Junta de Usuarios Cañete
Urb. Tecer Mundo Mz. A1 Lote 5 y 6 - San Vicente - Cañete
Teléfono: 581-3869

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