06 octubre 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ACUERDO DE CONCEJO Nº 014 -2011/MDCA

Cerro Azul, 01 de Octubre de 2011

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Setiembre de 2011, referido a la propuesta de «Declaratoria de Emergencia del Servicio de Seguridad Ciudadana» en el distrito de Cerro Azul; y

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Articulo II del Título Preliminar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en concordancia con los Artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Estado, referidos a que los gobiernos locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción, de conformidad con el Art. IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, de conformidad con el Art. 85º apartado 3, Inciso 3.1) de la Ley Nº 27972, las Municipalidades Distritales tienen como funciones especificas, exclusivas, organizar un servicio de Serenazgo o Vigilancia Municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Distrital respectiva; en concordancia con la Ley General de Seguridad Ciudadana y la Ley del Sistema Nacional, en la jurisdicción del Distrito;

Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Setiembre de 2011, se dio a conocer la situación actual del servicio de Seguridad Ciudadana, la misma que se viene dando de manera insatisfactoria e incumpliendo con las perspectivas y objetivos institucional; por lo que se requiere tomar las acciones inmediatas para superar tal situación y mejorar el servicio en bien de la ciudadanía; y estando el Informe de la Gerencia de Servicios Generales de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul; el Concejo considera oportuno se declare por única vez en emergencia y reorganización el servicio de Seguridad Ciudadana, por un plazo de quince (15) días calendario;

Que, la Vigésima Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades Provinciales o Distritales, por única vez, con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del Concejo Municipal, podrán declararse en emergencia Administrativa o Financiera, por un plazo máximo de noventa días, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente;

Que, dicha norma es de aplicación para el presente caso, toda vez que tiene el carácter de disposición complementaria no sujeta a transitoriedad, es decir, a un determinado período de tiempo luego de la dación de la Ley Nº 27972, que es de naturaleza potestativa por lo que su realización es una discreción de la autoridad respectiva, que es la primera vez que se solicita y se aplica la declaratoria de emergencia en Cerro Azul desde la vigencia de la Ley Nº 27972, que su aplicación no está referida al ámbito de las contrataciones y adquisiciones, y que su propósito esencial es hacer los cambios que fueran necesarios para optimizar el servicio de Seguridad Ciudadana en el distrito de Cerro Azul;

Estando a lo expuesto precedentemente, el Concejo Municipal, en uso de la función establecida en los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD;

ACORDÓ:

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar en Emergencia Administrativa, el Servicio de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, disponiéndose su Reorganización por un plazo máximo de quince (15) días naturales, facultándose al Despacho de Alcaldía a efectuar las acciones que sean necesarias para la defensa y cautela de los derechos e intereses de la Municipalidad.

ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración, Gerencia de Servicios Generales y demás órganos competentes llevar a cabo las acciones necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo, en base a la normatividad legal o administrativa correspondiente.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE

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AVISO DE III CONVOCATORIA DEL CONCURSO PUBLICO DE MERITOS
EJECUTOR COACTIVO

La Municipalidad Provincial de Cañete, comunica al público en general que se encuentra en proceso de selección para la contratación de un EJECUTOR COACTIVO, para mayor información ingresar pagina web MPC www.municanete.gob.pe, Paneles informativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, sito en el local del Palacio Municipal - Jr. Bolognesi N° 250 y Biblioteca Garro Muñante - Urb. os Libertadores Mz. B., Lte. 12, San Vicente de Cañete.

Cañete, 03 de Octubre del 2011.

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EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 045-2011, por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: Resolución Número dos.- Cañete, once de Agosto del año 2011, ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesto por RAFAEL SANCHEZ CUZCANO, contra la SUCESION DE CELEDIONIO HERNANDEZ DEL RIO, debiendo tramitarse en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO (…), EMPLACESE la demanda a la Sucesión de don Celedonio Hernández Del Río, mediante EDICTO, por el plazo de TREINTA DIAS absuelvan la demanda, bajo de APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento (…) PUBLIQUESE en el Diario Oficial El Peruano, y en el Diario Matices de esta localidad un extracto de la presente resolución (auto Admisorio); por tres veces con intervalo de tres días. José De La Cruz Vargas, Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón.- Secretario Judicial.
Cañete, 19 de Setiembre del 2011.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Por tres veces

SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE
Expediente N° 00215-2010-0-0801-JR-CI-01, en los autos seguidos por LA CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO SEÑOR DE LUREN S.A. contra MARIA INES LUNA ATAVAR, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, a cargo de la Dra. Norma Gonzales Ventura, Especialista Legal Dr. Manolo Dantas Aparcana, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA, el siguiente bien inmueble:
1.- Inmueble constituido y ubicado Inscripción de Propiedad Inmueble Sección 5 – Tienda Comercial signada con el N° 101 con Frente a la Plaza San Martín, del distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° P21009317 de la Zona Registral IX – Sede Lima.
VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación asciende a la suma de US$ 30,000.00 Dólares Americanos.
BASE DE REMATE: Las dos terceras partes de la tasación, menos un 15% por tratarse de una 2da. Convocatoria, lo que asciende a la suma de US$ 17,000.00 Dólares Americanos.
AFECTACIONES:
1.- HIPOTECA a favor de LA CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO SEÑOR DE LUREN S.A. hasta por la suma de US$ 24,300.00 DÓLARES AMERICANOS inscrito en el Asiento D00002 de esta Partida.
2.- EMBARGO JUDICAL: Hasta por la suma de US$ 7,000.00 DÓLARES AMERICANOS a favor de PEDRO ENRIQUE VILLAR RONCEROS, inscrito en el Asiento D00003 de esta Partida.
FECHA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día 18 de Octubre del año 2011, a horas 15:00 p.m.
LUGAR DE REMATE: En el local del Juzgado que ordena el presente remate, sito en la Av. Mariscal Benavides 657, distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación mediante depósito judicial, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el arancel judicial correspondiente y su DNI en original, suscribiendo dichos documentos, con el número de expediente, Juzgado y generales de ley en forma legible. La presente diligencia lo efectuará Alberto Oscar Ramos Wong, Abogado Martillero Público, Registro N° 226, con Telf. 942089706, RPM *0074114, E-mail: albertooscarramos@hotmail.com. Los honorarios del Martillero Público más el IGV serán por cuenta del Adjudicatario, y serán cancelados al finalizar el acto de remate. Cañete, 03 de Octubre del año 2011.
Alberto Oscar Ramos Wong
Martillero Público
Reg. N° 226
Publicar: 5, 6 y 7 de Octubre.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 035-2011 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cañete diecisiete de Junio del año 2011. ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por FELIPE STEFANO RODRIGUEZ RICETTI y OTRO contra SUCESIÓN DE NICASIO QUIROZ FRANCIA y OTRO sobre PROCESO DE REIVINDICACIÓN, debiendo tramitarse la misma en la VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. (…) EMPLÁCESE la demanda A LA SUCESIÓN DE DON NICASIO QUIROZ FRANCIA y SUCESIÓN DE DOÑA ANTONIA HUAPAYA HUAPAYA. Para que dentro del PLAZO de SESENTA DIAS de notificados por EDICTOS absuelvan la demanda, BAJO APERCIBIMIENTO de NOMBRÁRSELES CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad un extracto de la presente Resolución (Auto Admisorio), por TRES VECES, con intervalo de TRES DIAS.
José De la Cruz Vargas Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón Secretario Judicial. Cañete, 05 de Setiembre de 2011.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 30 de Setiembre, 06 y 12 de Octubre.

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial sito en Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña GISELA JULISA CARDENAS SANDOVAL, manifestando ser hija de quien fuera en vida doña ESTELA FILADELFA SANDOVAL PAUCAR; quien falleció AB – INTESTADA el día 06 de Febrero de 2011, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a sus hijos: NIEL FRANKLIN CARDENAS SANDOVAL, JULIO ENRIQUE CARDENAS SANDOVAL, GISELA JULISA CARDENAS SANDOVAL, ERIKA VICTORIA MARTINEZ SANDOVAL, RONALD MARLON MARTINEZ SANDOVAL y ALEJANDRO CONCEPCION MARTINEZ SANDOVAL. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 28 de Setiembre de 2011.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MARITZA ESTELA GARCIA RIVAS, con DNI N° 15373245, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre ALEJANDRO GARCIA CASTILLO, fallecido el 02 de Setiembre del 2007, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. LO que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 03 de Octubre de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, DANIEL VEGA CHUMPITAZ, con DNI 06074071, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor HERMINIO VEGA NAPAN, fallecido el 25 de Noviembre del 2009, teniendo como último domicilio en el distrito de Quilmaná – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 30 de Setiembre de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7923-2011, doña GIOVANA DEL PILAR VALERIO PAYANO, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA, inscrita en esta Municipalidad en el libro 80, folio 179, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular AMANCIO VALERIO VEGA, siendo lo correcto AMANCIO VERGILIO VALERIO VEGA.
Esto al amparo del a Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete 30 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

CITACION
El Consejo Directivo de la Asociación de Damnificados «15 de Agosto del 2007» de San Vicente de Cañete, cita a los socios a la ASAMBLEA GENERAL que se llevará a cabo el día 6 de los corrientes, en su local institucional, sito en Jr. San Agustín N° 265, San Vicente de Cañete (al costado de las Galerías de la MPC).
HORA: Primera Convocatoria: 03:30 p.m.
Segunda Convocatoria: 04:00 p.m.
AGENDA:
1.- Informes
2.- Elección de la nueva Junta Directiva
Cañete, 04 de Octubre del 2011.
Juan Alberto Neyra Bolívar
Presidente

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