A menos de una semana de que culmine el plazo
final para la presentación de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta 2011,
un total de 540,000 contribuyentes ha cumplido con esta obligación, informó la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Ello significa un incremento de dos por ciento en
relación con la campaña del año anterior, precisó.
Del total de declaraciones presentadas, 400,000
corresponden a empresas y 140,000 a personas naturales, siendo Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe)
el medio más utilizado para poder cumplir con esta obligación tributaria, ya
que simplifica y ahorra tiempo en el trámite.
EL
10 FINALIZA PLAZO
El cronograma de vencimientos para presentar la
declaración finalizará el próximo martes 10.
Para brindar mayores facilidades a los
contribuyentes, la Sunat ha implementado la Declaración Simplificada de Renta,
formulario virtual disponible en www.sunat.gob.pe, que en sólo tres
pasos permite presentar de una manera más rápida la declaración de renta.
Además, como en años anteriores, se cuenta con el
Archivo Personalizado, que contiene información referencial del contribuyente
(retenciones, declaraciones y pagos mensuales, entre otros) que le facilitará
la presentación y elaboración de la declaración.
OBLIGADOS A PRESENTAR
Están obligadas a presentar la declaración las
personas naturales que hayan obtenido ingresos por rentas de Primera Categoría
(alquileres de bienes muebles o inmuebles), de Segunda Categoría (únicamente
por ganancia en la transferencia de acciones y otros valores mobiliarios) si es
que tienen saldo por pagar a favor del fisco.
También están obligadas a presentar la
declaración las personas naturales que hayan percibido un monto superior a
31,500 nuevos soles en 2011 por rentas de trabajo independiente (Cuarta
Categoría) o cuando la suma de sus ingresos laborales (Cuarta y Quinta) más
rentas del exterior (trabajos eventuales realizados en el extranjero) superen
el mismo monto.
Igualmente
deberán cumplir con esta obligación todos los contribuyentes que generen rentas
de Tercera Categoría (empresas), comprendidos en el régimen general, utilizando
el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 670.
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