15 mayo 2012


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL



ORDENANZA MUNICIPAL Nº007–2012-MDI



Imperial,  09 de mayo del 2012



El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE  IMPERIAL;



POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de  Imperial, en Sesión  Extraordinaria de fecha  09 de mayo del 2012; y



VISTO:

El Informe N° 090-2012-SGT-MDI  de fecha 18 de abril del 2012 de la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, El Informe N° 007-2012-CTSCDC-MDI, de fecha 08 de Mayo del 2012, que contiene el Dictamen  N° 002-2012, de la Comisión de Transporte, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, referente a  la Propuesta para Ampliación de Plazo para atención de solicitudes de autorización de servicio de transporte de pasajeros de vehículos menores en el distrito de Imperial;



CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad Distrital de Imperial, goza de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano modificado por la Ley de reforma Constitucional Ley N°27680;



Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.3 inciso 3) del articulo 81 de la Ley Orgánica de Municipalidades y otros preceptos legales  que concuerdan a esta, son funciones especificas de las municipalidades Distrital el otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás que en ella se señalan..;



Que, mediante la Tercera Disposición Transitoria y final de la Ordenanza Municipal N° 013-2011-MDI de fecha 09 de setiembre del año 2011, publicado en el diario oficial de  circulación de nuestra Provincia de fecha 08 de octubre del 2011, se estableció que las empresas de Transporte que hubieran solicitado autorización para prestar servicio de transporte en la modalidad de moto taxi en vehículos menores en el Distrito de Imperial y que hasta esa fecha de expedición del reglamento marco de prestación de servicios de transporte publico especial de pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados del distrito de Imperial no hubieran obtenido su autorización, así como las demás empresas  que quisieran formalizarse, se les concedió un plazo de 30 días  calendarios, a partir de su publicación de la ordenanza acotada para que se adecuen a lo establecido en el siguiente reglamento;



Que, por múltiples razones no has sido atendidas muchas solicitudes de permiso de operaciones, durante el plazo señalado en el párrafo precedente; por lo que es conveniente conceder y/o prorrogar la vigencia del plazo aprobando una ampliación por 05 días a partir de la expedición de la presente ordenanza, una vez aprobada por el Pleno de Concejo, con la finalidad de resolver las solicitudes que a la fecha de la aprobación se encontraran en tramites y aquellas que tengan que presentarse por razones de haberse cumplido la fecha  expresada en la tercera disposición de la ordenanza N°013-2011-MDI,



Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la oficina de asesoría jurídica de nuestra entidad, expresado en su informe Legal N°89-202/OAJ-MDI, el visto bueno de la Gerencia Municipal, la aprobación Unánime del Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente:



ORDENANZA



ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la AMPLIACION por un plazo de cinco (05) días la atención y expedición de PERMISOS DE OPERACIONES a las Empresas de Servicio de Transporte Público que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ordenanza han presentado su solicitud y se encuentran en tramite; así como aquellas solicitudes nuevas que se presentasen con la finalidad de proceder a la regularización y formalización del servicio de moto taxis en el Distrito  de Imperial y por las razones descritas en el considerando.



ARTICULO SEGUNDO: Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos, a través de la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial de la Municipalidad Distrital de Imperial.



ARTICULO TERCERO.-  Encargar a  Secretaria General, Oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad, Oficina de Informática y Estadística, la publicación y la difusión de la presente Ordenanza en el portal institucional, el mismo que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicación.



REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE



EDDY CESAR DEL MAZO TELLO

ALCALDE

No hay comentarios.: