MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
ORDENANZA MUNICIPAL Nº007–2012-MDI
Imperial, 09 de mayo del 2012
El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Imperial, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de mayo del 2012; y
VISTO:
El Informe N° 090-2012-SGT-MDI
de fecha 18 de abril del 2012 de la Subgerencia de Transporte, Transito
y Seguridad Vial, El Informe N° 007-2012-CTSCDC-MDI, de fecha 08 de Mayo del
2012, que contiene el Dictamen N°
002-2012, de la Comisión de Transporte, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil,
referente a la Propuesta para Ampliación
de Plazo para atención de solicitudes de autorización de servicio de transporte
de pasajeros de vehículos menores en el distrito de Imperial;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Imperial, goza de autonomía
política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del
Estado Peruano modificado por la Ley de reforma Constitucional Ley N°27680;
Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.3 inciso 3) del
articulo 81 de la Ley Orgánica de Municipalidades y otros preceptos
legales que concuerdan a esta, son
funciones especificas de las municipalidades Distrital el otorgar licencias
para la circulación de vehículos menores y demás que en ella se señalan..;
Que, mediante la Tercera Disposición Transitoria y final de la
Ordenanza Municipal N° 013-2011-MDI de fecha 09 de setiembre del año 2011,
publicado en el diario oficial de
circulación de nuestra Provincia de fecha 08 de octubre del 2011, se
estableció que las empresas de Transporte que hubieran solicitado autorización
para prestar servicio de transporte en la modalidad de moto taxi en vehículos
menores en el Distrito de Imperial y que hasta esa fecha de expedición del
reglamento marco de prestación de servicios de transporte publico especial de
pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados del distrito de Imperial no
hubieran obtenido su autorización, así como las demás empresas que quisieran formalizarse, se les concedió
un plazo de 30 días calendarios, a
partir de su publicación de la ordenanza acotada para que se adecuen a lo
establecido en el siguiente reglamento;
Que, por múltiples razones no has sido atendidas muchas
solicitudes de permiso de operaciones, durante el plazo señalado en el párrafo
precedente; por lo que es conveniente conceder y/o prorrogar la vigencia del
plazo aprobando una ampliación por 05 días a partir de la expedición de la
presente ordenanza, una vez aprobada por el Pleno de Concejo, con la finalidad
de resolver las solicitudes que a la fecha de la aprobación se encontraran en
tramites y aquellas que tengan que presentarse por razones de haberse cumplido
la fecha expresada en la tercera
disposición de la ordenanza N°013-2011-MDI,
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la oficina de
asesoría jurídica de nuestra entidad, expresado en su informe Legal
N°89-202/OAJ-MDI, el visto bueno de la Gerencia Municipal, la aprobación
Unánime del Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria y, con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la AMPLIACION
por un plazo de cinco (05) días la atención y expedición de PERMISOS DE
OPERACIONES a las Empresas de Servicio de Transporte Público que a la fecha de
la entrada en vigencia de la presente ordenanza han presentado su solicitud y
se encuentran en tramite; así como aquellas solicitudes nuevas que se
presentasen con la finalidad de proceder a la regularización y formalización
del servicio de moto taxis en el Distrito
de Imperial y por las razones descritas en el considerando.
ARTICULO SEGUNDO:
Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Servicios Públicos, a través de la Subgerencia de
Transporte, Transito y Seguridad Vial de la Municipalidad Distrital de
Imperial.
ARTICULO TERCERO.-
Encargar a Secretaria General,
Oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad, Oficina de Informática y
Estadística, la publicación y la difusión de la presente Ordenanza en el portal
institucional, el mismo que entrara en vigencia al dia siguiente de su
publicación.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
EDDY
CESAR DEL MAZO TELLO
ALCALDE
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