27 junio 2012

EDICTOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL
Expediente Nº 25-2012 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal y Secretaria Giovanna Mendoza Magallanes, se tramita el Expediente Nº 25-2012 seguido por MANUEL GASPAR SANCHEZ YACTAYO contra NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS se expidió la Resolución número Dos (25-05-2012); 1) ADMÍTASE A TRÁMITE LA DEMANDA sobre DESLINDE interpuesta por MANUEL GASPAR SANCHEZ YACTAYO, contra NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS, debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. 2) TRASLADO de la demanda a NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS para que dentro del plazo de DIEZ DIAS absuelva la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de declararse su REBELDÍA y proseguirse el proceso según su estado 3) Téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante para ser calificados en la estación procesal correspondiente. 4) ORDENAR LA PUBLICACIÓN del extracto del autoadmisorio de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de la localidad «Al Día Con Matices», por TRES VECES con intervalo de TRES DÍAS. Firmado por el Juez y Secretaria Judicial.
Cañete, 25 de Mayo de 2012.
Abog. Giovana E. Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial
1º Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Junio y 04 de Julio.

EDICTO
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Juez Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos se tramita el Exp. Nº 0087-2012 seguidos por Diómedes Heredia Palomino y Clara Mercedes Velorio Kuramoto contra Manuel Lizarme García y Regina Carbajal Cahuana sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: SE RESUELVE ADMITIR a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble ubicado en la Urbanización El Olivar Mz. B, Lote 07 del distrito de Cerro Azul de Cañete de un área de UN MIL CIENTO TRES PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, en proceso abreviado y se confiere traslado a la parte demandada por el término de diez días, se ordena publicar un extracto de la demanda para que se puedan apersonar los que crean tener derecho y los ejerzan como corresponde. Firma Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos – Juez.- Fdo. Dr. Henry Manuel Dantas Aparcana.
Cañete, ocho de Mayo del dos mil doce.
Henry M. Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Junio y 04 de Julio.

EDICTO
Exp. Nº 2009-163-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Katia Herrera Quispe por Resolución número quince de fecha tres de Mayo del año dos mil doce, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO interpuesta por HUGO MÁRIO PEDEMONTE THOMPSON, en contra de los demandados JUAN MARTINEZ GARAY y ESPOSA CLELIA LERCARI FLORES, a fin de que se le declare propietarios por prescripción del bien inmueble de un área de 1,183.60 m2. más 88.00 m2. de pasaje interno conforme el testimonio de compraventa de fecha 21 de Mayo de 1997 del predio urbano llamado Ex Fundo Chacalla ubicado en la Mz. D sub lote 3º jurisdicción del distrito de Asia – Cañete – Lima. EMPLAZANDO a los demandados y a los que crean tener interés en el proceso, para que contesten dentro del plazo de diez días, notificándose también a los predios colindantes. Mala, 14 de Junio de 2012.
Dra. Katia Gissela Herrera Quispe
Secretaria
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar 21, 25 y 27 de Junio.

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Exp. 2012-162, se ha dictado la Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN DOS. Treinta de Mayo del dos mil doce. AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por LUIS GONZALES RIEGA contra la COOPERATIVA DE VIVIENDA «BANCARIA CAÑETE» LTDA. Nº 409 sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA (demandada), del lote 8 de la Mz. «C» de la Urbanización Valle Hermoso de San Vicente de Cañete, de un área de 300.000 m2., ordenándose el Emplazamiento por Edictos a la mencionada demandada, para que dentro del término especial de TREINTA DÍAS, se apersone a la instancia bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Una firma Dr. Cárdenas Chancos – Juez.- Una firma Dr. Dantas – Secretario. Cañete, 21 de Junio de 2012.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: 25, 26 y 27 de Junio.

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Exp. 2012-163, se ha dictado la Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN DOS. Treinta de Mayo del dos mil doce. AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por LUIS GONZALES RIEGA contra la COOPERATIVA DE VIVIENDA «BANCARIA CAÑETE» LTDA. Nº 409 sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA (demandada), del lote 7 de la Mz. «C» de la Urbanización Valle Hermoso de San Vicente de Cañete, de un área de 300.000 m2., ordenándose el Emplazamiento por Edictos a la mencionada demandada, para que dentro del término especial de TREINTA DÍAS, se apersone a la instancia bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Una firma Dr. Cárdenas Chancos – Juez.- Una firma Dr. Dantas – Secretario. Cañete, 21 de Junio de 2012.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: 25, 26 y 27 de Junio.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los quince días de junio del año dos mil doce siendo las ocho y treinta de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores Víctor Durand Prado (Presidente de Sala), Elmer Rebaza Parco y Ángel Polanco Tintaya, a fin de programar la fecha para la realización de la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 031–2012–P–CSJCÑ-PJ del nueve de enero del dos mil doce, señalándose para el JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a efecto que se garantice que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro del plazo fijado por la ley, y el derecho de todo procesado a ser juzgado en plazos razonables o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 25476; en consecuencia OFICIESE al Juzgado Penal Liquidador de Cañete, Segundo Juzgado Mixto de Cañete, Juzgado Liquidador de Mala, Juzgado Penal Liquidador de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Penal de Nuevo Imperial, a efecto que INFORMEN antes de la fecha de la audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieran los acusados hasta el jueves 28 de junio del año en curso, cuyas causas estén pendiente de sentencia y dictamen. Oficiando y mandándose publicar la presente resolución en el Diario «El Peruano», y el de mayor circulación de ésta localidad.
S.S.
DURAND PRADO
REBAZA PARCO
POLANCO TINTAYA

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