30 junio 2012

VEHICULOS FABRICADOS EN 1990 SALDRAN DE CIRCULACION EN DICIEMBRE DE ESTE AÑO

El Ministerio de Transportes aprobó un nuevo Régimen Extraordinario de Permanencia de Vehículos destinados al Servicio de Transporte Terrestre de Personas, en el ámbito nacional, el cual establece que las unidades con fecha de fabricación en 1990 saldrán de circulación el 31 de diciembre de este año.
El régimen, aprobado vía el Decreto Supremo 006-2012-MTC y publicado el día de ayer en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, contiene las fechas de salida del servicio de los vehículos fabricados entre 1990 y 2021.
En el caso de los vehículos fabricados entre 1990 y 2009, se deberán sumar 22 años para determinar la fecha de salida del servicio. Por ejemplo, si se fabricó en el 2001 saldrá de circulación el 31 de diciembre del 2023, y si se fabricó en el 2005 saldrá del servicio el 31 de diciembre del 2027.
Sin embargo, la cantidad de años de permanencia varía para los vehículos fabricados a partir del 2010-2011, en cuyo caso saldrán del servicio el 31 de diciembre del 2032; los fabricados en el 2012-2013 saldrán en el 2033 y los que se fabricaron en 2014-2015 saldrán en el 2034.
El cronograma culmina con los vehículos fabricados en el 2016-2017, en cuyo caso saldrán de circulación el 31 de diciembre del 2035; los que se fabricaron en el 2018-2019 saldrán en 2036, y los fabricados en el 2020-2021 harán lo propio el 31 de diciembre del 2037.

YA NO EXISTIRA
PRIVILEGIOS
La norma advierte que el nuevo régimen obedece a que el anterior permitía que los vehículos que superaban los 15 años de antigüedad presten servicio más tiempo que aquellos fabricados desde el 2010, con lo cual se observaba un privilegio a los vehículos antiguos sobre los de menos antigüedad.

OBJETIVO: RENOVAR PARQUE AUTOMOTOR
«Ahora, el objetivo esencial de este nuevo régimen es lograr la renovación del parque automotor», añade el decreto, que además advierte que la autoridad competente dispondrá de oficio la deshabilitación de los vehículos una vez que se vayan venciendo las fechas del cronograma.

MEDIDAS LOCALES, SE COORDINARA CON GOBIERNOS REGIONALES Y PROVINCIALES...
En el ámbito regional y provincial, el régimen de permanencia será determinado mediante resolución ministerial del citado portafolio, la misma que se expedirá previa coordinación con los gobiernos regionales y provinciales.
Más adelante, el decreto señala que, excepcionalmente, los vehículos que excedan los 20 años de antigüedad deberán pasar la revisión técnica vehicular cada cuatro meses. En caso de no hacerlo, se deshabilitará al vehículo del registro correspondiente, bajo responsabilidad.
La norma lleva las firmas del titular de Transportes y Comunicaciones, Carlos Paredes Rodríguez, y del Jefe del Estado, Ollanta Humala Tasso.

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