02 julio 2012

EDICTOS JUDICIALES

EDICTO
Expediente 2012-51-CI por ante el Juzgado Mixto de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda, y Secretaria Judicial Katia Gissela Herrera Quispe, por Resolución número dos de fecha seis de Junio del año dos mil doce, en la vía de proceso ABREVIADO se resolvió ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ABREVIADO, la demanda de acumulación objetiva de pretensiones siendo la pretensión principal la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de un área de terreno denominado LOTE B, de una extensión superficial de 3.5269 hectáreas, hectáreas que vienen ocupando en la zona denominada Laderas del maní altura de kilómetro 75 de la Panamericana Sur en los distritos de San Antonio y Santa Cruz, de la provincia de Cañete, departamento de Lima y como pretensión objetiva originaria accesoria la inscripción de la propiedad materia de litis del demandante asi como la cancelación del derecho de propiedad del antiguo propietario, interpuesto por C.H. SIERRALTA CONSTRUCTORA INMOBILIARIA E.I.R.L. en contra del ESTADO REPRESENTADO POR LA SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES. En consecuencia TRASLADO a la demandada por el plazo de DIEZ DIAS para que absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, téngase por ofrecido los medios probatorios de la demanda y agréguense a los autos los anexos.
Mala, veintiséis de Junio del año dos mil doce.
Dra. Katia Gissela Herrera Quispe
Secretaria
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 02, 06 y 12 de Julio

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Exp. Nº 2005-310.- El Sr. Juez del Primer Juzgado Mixto de Cañete, Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carvajal, ha ordenado se publique un extracto de la Resolución cuarenta y uno, de fecha ocho de Junio del año dos mil doce: NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS al demandado JORGE PACHECO ZELA, para que en el PLAZO DE TREINTA DIAS, se apersone al proceso señalando domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad, BAJO APERCIBIMIENTO de nombrársele CURADOR PROCESAL, y continuarse el proceso según su estado. Fdo. Esther Lázaro Vicente – Secretaria Judicial.
Esther Lázaro Vicente
Secretaria Judicial
1º Juzgado Mixto de Cañete
Publicar: 02, 06 y 12 de Julio

AVISO DE PUBLICACIÓN DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE, Exp. Nº 1898-2012 de doña HORMAZA CUADROS CIRIA, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de Hormaza Cuadros Ciria Mercedes, Libro Nº 044, Folio Nº 027, Año 1947 que, erróneamente se ha consignado en el Cuerpo y Sumilla de la Partida el apellido paterno de la titular del Acta donde dice: CIRIA MERCEDES ORMAZA CUADROS debiendo decir correctamente CIRIA MERCEDES HORMAZA CUADROS, quedando los demás datos sin ninguna modificación. Esto amparado a la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26479, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75 Directiva DI-263-GRC/017, Rectificación Administrativa de Acta por Error ú Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 29 de Junio de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil

AVISO DE PUBLICACIÓN DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE, Exp. Nº 1929-2012 de ABURTO GUTIERREZ AQUILINO, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de Victoria Sarabia, Libro Nº 048, Folio Nº 135, Año 1952 que, erróneamente no se ha consignado correctamente el apellido paterno del padre donde dice ANTONIO SARAVIA SANCHEZ, debe decir: ANTONIO SARAVIA SÁNCHEZ; como también el apellido de la titular del Acta donde dice: VICTORIA SARABIA GONZALES debiendo decir VICTORIA SARAVIA GONZALES; asimismo se debe de considerar los datos en la Sumilla VICTORIA SARAVIA GONZALES y se debe tener en cuenta la firma actual de la Registradora, por no consignarse la firma y sello de aquella época. Esto amparado a la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26479, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75 Directiva DI-263-GRC/017, Rectificación Administrativa de Acta por Error ú Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Luis de Cañete, 29 de Junio de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil

AVISO DE PUBLICACIÓN DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE, Exp. Nº 1920-2012 de LINO ANTONIO SÁNCHEZ PORTUGUEZ, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de PORFIRIA ERNESTA SÁNCHEZ, Libro Nº 43, Folio Nº 23, Año 1946 que, erróneamente no se ha consignado en el Cuerpo del Acta los apellidos materno de sus progenitores de la titular del Acta donde dice: Padre: VALENTIN SÁNCHEZ, debe decir: VALENTIN SÁNCHEZ LEON; Madre: HIPOLITA PORTUGUEZ debe decir: HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO; y en la Sumilla y Cuerpo del Acta no se ha consignado el apellido materno de la titular del Acta donde dice: PORFIRIA ERNESTA SÁNCHEZ debiendo decir: PORFIRIA ERNESTA SÁNCHEZ PORTUGUEZ. Esto amparado a la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26479, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75 Directiva DI-263-GRC/017, Rectificación Administrativa de Acta por Error ú Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 29 de Junio de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil

AVISO DE PUBLICACIÓN DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE, Exp. Nº 1921-2012 de SANCHEZ PORTUGUEZ LINO ANTONIO, solicita RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de LINO ANTONIO SÁNCHEZ, Libro Nº 037, Folio 146, Año 1937 que, erróneamente no se ha considerado en el Cuerpo del Acta los apellidos materno de sus progenitores del titular del Acta donde dice: Padre: VALENTIN SÁNCHEZ, debe decir: VALENTIN SÁNCHEZ LEÓN; Madre: hIPOLITA PORTUGEZ, debe decir: HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO; y en la Sumilla y Cuerpo del Acta no se ha consignado el apellido materno del titular del Acta donde dice: LINO ANTONIO SANCHEZ debe decir: LINO ANTONIO SÁNCHEZ PORTUGUEZ. Esto amparado a la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26479, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75 Directiva DI-263-GRC/017, Rectificación Administrativa de Acta por Error ú Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 29 de Junio de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial sito en Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña GRABIELA ALEJANDRINA SAMANIEGO CERRON, manifestando ser hija de quien fuera en vida don ZACARIAS SAMANIEGO REYES, quien falleció AB-INTESTADO el día 06 de Febrero de 2008, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a su cónyuge doña ELZA FELIPA CERRON PEREZ y a sus hijos: EDA ELSA SAMANIEGO CERRON, GRABIELA ALEJANDRINA SAMANIEGO CERRON, JUAN FERNANDO SAMANIEGO CERRON y DORAIDA SUSY SAMANIEGO CERRON, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 27 de Junio de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

EDICTO
Exp. 0041-2012-JMY, en los seguidos por el demandante Agroviñak S.A.C., en contra del demandado Manuel Enrique Joaquin Umbert Sandoval, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, el Sr. Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ha ordenado se publique en el Diario Oficial El Peruano y Al Día Con Matices, un extracto de la Resolución Nº 01 de fecha 04 de Junio del 2012, que tiene el siguiente texto: ADMITIR a trámite VÍA PROCESO ABREVIADO la demanda acumulativa objetiva originaria accesoria sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio e inscripción de sentencia en Registros Públicos interpuesta por AGROVIÑAK SAC. Contra Manuel Enrique Joaquín Umbert Sandoval, sobre Prescripción Adquisitva de Dominio, y por ofrecidos los medios probatorios que señala; cuya admisibilidad o procedibilidad se resolverá en la etapa correspondiente, en consecuencia, CÓRRASE TRASLADO al demandado MANUEL ENRIQUE JOAQUIN UMBERT SANDOVAL con la demanda, anexos y autoadmisorio por el término de DIEZ DIAS para que la conteste, bajo apercibimiento de tenerse por absuelta en su rebeldía. Remitiéndose el exhorto respectivo. Yauyos, 05 de Junio de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 25 de Junio, 02 y 06 de Julio

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