04 agosto 2012

CONOZCA EN QUÉ CONSISTE EL POLÉMICO PROYECTO DE LEY DE DESARROLLO DOCENTE

El gobierno no estarían comunicando bien sus intenciones, ya que se está tomando lo mejor de la Ley de Carrera Pública Magisterial y no se empieza desde cero.
El proyecto de Ley de Desarrollo Docente que el gobierno entregará al Congreso la próxima semana sería lo mejor para los 260 mil maestros en el Estado, según se desprende de la exposición inicial de dicha iniciativa. Sin embargo, cae en el error político de no ser comunicado apropiadamente, según expertos.
El documento parte de la premisa de los errores de la Ley de Carrera Pública Magisterial (29062), aprobada en el gobierno de Alan García, según informó el diario La República.
«En la práctica existen dos marcos normativos para los docentes, la Ley del Profesorado y la Ley 29062 que reconocen derechos y escalas remunerativas diferentes que terminan dividiendo y enfrentando a los maestros», señala la exposición de motivos.
Como consecuencia, continúa, tras cinco concursos nacionales con más vacantes que inscritos, solo se incorporaron 25 mil docentes, del total de 267 mil. Menos del diez por ciento. Para el gobierno humalista, la incorporación gradual y voluntaria en diez años, desde el 2008, no fue lo mejor.
«El proyecto de ley se plantea como el nuevo y único marco normativo que debe integrar a todos los profesores, ofreciéndoles las mismas posibilidades de desarrollo profesional a través de procedimientos meritocráticos», refiere la iniciativa. Esta integración permitiría «poner en orden las planillas de pagos e impulsar el desarrollo profesional como parte de un plan de reforma estructural y descentralizada».
El anteproyecto de 67 artículos da prioridad a la formación docente, fija incentivos y ocho niveles, con diferencia salarial de 160% entre el último y primero. El ascenso será en base a desempeño laboral, formación y ética y a evaluación universal. Dos disposiciones finalesreconocen a los profesores de acuerdo a su nivel en la Ley del Profesorado, y a los ya evaluados en la ley aprista. Uno de los aspectos es el énfasis que la nueva ley pone en el desempeño del maestro en el aula.

Mala comunicación
Para expertos en el tema educativo, la intención es buena, pero hay problemas de comunicación. »El Ministerio de Educación y el gobierno no están comunicando bien sus intenciones, porque no se empieza de cero, se está tomando lo mejor de la LCPM y Ley del Profesorado»,  señaló  Ricardo Cuenca, investigador del Instituto de Estudios Peruanos.
Sostuvo que mientras la ley aprista privilegia la relación contractual del maestro con el Estado, la Ley de Desarrollo Docente pretende el avance docente en base a méritos y las rutas para llegar a niveles altos (director, subdirector) o para ser funcionario del sector: «Terminaría con la politización de cargos en las UGELes (Unidad de Gestión Educativa Local) del ministerio».
El proyecto de ley plantea ampliar los actuales niveles magisteriales para permitir que los profesoresno vean recortadas sus expectativas de desarrollo profesional durante su vida laboral activa, comoocurre actualmente con el número de niveles establecidos.Para ello postula una carrera de ocho niveles con tiempos de permanencia menores en cada nivel,que en conjunto cubren un promedio de treinta años de servicio activo en el Estado.El objetivo es que el profesor se sienta permanentemente estimulado a mejorar sus competencias ydesempeño laboral sabiendo que ello le abre posibilidades reales de ascenso, mejores retribucionesy acceso a cargos de mayor responsabilidad.

Áreas de desempeño del profesor
El proyecto de ley amplía las áreas de desempeño laboral del profesor buscando cubrir otrasfunciones necesarias para el conjunto del servicio educativo y que todas ellas se constituyan enalternativas reales para su desarrollo profesional.Por un lado busca potenciar las áreas existentes y por otro reconocer nuevos campos de accióndocente que actualmente se ejercen fuera de la carrera magisterial.En el primer caso se busca fortalecer cargos existentes del área de gestión institucional, como el delos Especialistas en Educación, que no han merecido reconocimiento alguno en los últimos años,desalentado su ejercicio y rebajando las exigencias académicas y profesionales para su ejercicio.En el segundo caso, se busca reconocer como parte de la carrera magisterial las acciones deformación y capacitación ejercidas por docentes calificados, previa selección. Actualmente losdocentes nombrados que asumen estas importantes tareas deben solicitar licencia sin goce de haber,con el perjuicio que ello les irroga para el reconocimiento de su tiempo de servicios y los años depermanencia en su nivel magisterial.

El escalafón magisterial
El proyecto de ley lo establece como un sistema nacional, desconcentrado y público, que actualiza permanentemente la información laboral y profesional de cada profesor. El objetivo es lograr que la información registrada en el escalafón llegue a constituir la únicainformación válida para los procesos evaluativos contemplados en la ley, permitiendo un mejorcontrol de la veracidad de los documentos aportados y liberando al profesor de la obligación depresentar reiteradamente los mismos documentos en cada proceso.

Evaluaciones docentes
El proyecto de ley mantiene la exigencia de las evaluaciones como procedimiento obligatorio yuniversal para acceder a niveles y cargos dentro de la carrera magisterial y para valorar eldesempeño laboral.En cuanto al acceso busca hacer más transparentes y fiables las etapas de los procesos evaluativos, particularmente en las instituciones educativas, reforzando los mecanismos de vigilancia mediante Comités Regionales y/o Locales.
En cuanto a la evaluación del desempeño laboral se postula un sistema que ponga énfasis en laexperiencia y el desempeño del maestro en el aula buscando valorar la práctica cotidiana de losprocesos de enseñanza y su impacto en los aprendizajes, además de los conocimientos que tiene el docente de las materias o disciplinas a su cargo.La evaluación favorable del desempeño laboral es uno de los criterios determinantes en losconcursos públicos para ascenso de nivel. Para guiar el diseño e implementación de las políticas de evaluación docente se plantea laaprobación consensuada de un Marco de Buen Desempeño Docente, con la participación activa y elcompromiso de los maestros.

Conceptos remunerativos
El proyecto de ley plantea una estructura remunerativa simplificada para todos los docentes, queincluye la remuneración integra mensual como concepto central al que se asocian un conjunto de asignaciones por tres conceptos: a) desempeño de cargos de responsabilidad directiva o especialidad, b) labores en ámbitos rurales y de frontera y c) características de la institucióneducativa: unidocente, multigrado o bilingüe. Adicionalmente se bonifica el trabajo docente en zonasque presentan dificultades particulares como el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM).Se agregan un conjunto de pagos ocasionales que bonifican los años de servicio (20, 25 o 30 años), el luto y gastos de sepelio, además del pago de la compensación por tiempo de servicios al momento del cese.Disponer una estructura de pagos única para todos los profesores en base a lo avanzado con la LeyN° 29062, permitirá reordenar y simplificar la dispersión de conceptos remunerativos que se han venido ampliando a lo largo del tiempo y un mejor control de las planillas de pago por parte del sistema administrativo de personal.

Deberes y derechos
El proyecto de ley actualiza y ordena el conjunto de deberes y derechos que corresponden alprofesor, estableciendo un equilibrio entre ambos a fin de lograr una relación equitativa entre losderechos del profesor y los derechos de los estudiantes a una enseñanza de calidad.En todos los casos el proyecto resguarda el derecho de los profesores a no ser marginados porrazones diversas como género, religión, raza, opinión, etc.

Sanciones
El proyecto de ley amplía los tipos de sanciones según la gravedad de la falta y jerarquía del cargo desempeñado por el profesor, señalando causales específicas para la amonestación escrita, suspensión, cese temporal o destitución del servicio.
El objetivo es contar con un proceso sancionador que observe las garantías constitucionales del debido proceso y al mismo tiempo proceda de manera expeditiva y eficiente en la aplicación de las sanciones.

Un solo marco normativo para todos los profesores
El proyecto de ley dispone que todos los docentes en actividad, se sujetan a sus disposicionesquedando sin efecto las normas magisteriales hasta ahora vigentes.La ubicación inicial en los nuevos niveles magisteriales es diferente según la procedencia delprofesor. Quienes han participado de procesos evaluativos públicos para incorporarse en la Ley29062 son ubicados entre el II y VI nivel. Quienes no lo han hecho se les ubica en los niveles I y II y seapertura para ellos dos evaluaciones nacionales de carácter excepcional que les permita desplazarsehasta el VI nivel, siempre que cumplan los requisitos establecidos.Culminados estos procesos, los desplazamientos en la carrera magisterial se sujetaránnecesariamente a las disposiciones sobre ascensos contemplados en la ley.

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