29 diciembre 2012

EMITEN ORDENANZA QUE FIJA MONTOS POR EMISION, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE DIVERSOS CONCEPTOS RELATIVOS A TRIBUTOS MUNICIPALES, PARA EL AÑO FISCAL DEL 2013, EN EL DISTRITO DE ASIA.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ORDENANZA MUNICIPAL
N° 011- 2012–MDA

FIJACION DE MONTOS POR EMISIÓN, DETERMINACION Y DISTRBUCIÓN DE DIVERSOS CONCEPTOS RELATIVOS A TRIBUTOS MIUNICIPALES, PARA EL AÑO FISCAL DE 2013, EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE ASIA.

Asia, 20 de Diciembre del 2012

En Sesión de Concejo de fecha 20-12-2012;

VISTO:
El Informe N° 0261-2012-DATR/MDA de la División de Administración Tributaria y Rentas – MDA, el Proyecto de Ordenanza, sobre Fijación de montos por Emisión, Determinación y Distribución de Diversos Conceptos relativos a Tributos Municipales, para el año fiscal 2013, en la jurisdicción del Distrito de Asia.

POR CUANTO:
Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Las Municipalidades, son órganos de gobierno local con autonomía administrativa, económica y política en asuntos de su competencia.

Que, dicho cuerpo normativo igualmente les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de los limites establecidos por Ley, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades y el Texto Único Ordenado – TUO del Código Tributario.

Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal – TUO, aprobado por DS. 156-2004-EF, la Municipalidad Distrital de Asia, brinda a sus vecinos el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago, así como su distribución a domicilio.

Que resulta necesario establecer los montos que deben de abonar los contribuyentes por los servicios mencionados en relación al Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública y de Serenazgo, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2013.

Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa, a través de Ordenanzas, que tiene rango de Ley, de conformidad con el numeral 4), articulo 200° de la Constitución Política del Perú.

Que, de acuerdo con el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, las Ordenanzas en materia tributaria, expedidas y aprobadas por las Municipalidades, deben de ser ratificadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripción para que tengan vigencia.

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 69° de Texto Único de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S.156-2004-EF, la determinación del costo del servicio a prestar deberá de sujetarse a los criterios de racionalidad, que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado basado en el costo de la demanda, el servicio y su mantenimiento.

Estando a lo dispuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 9°, numeral 9), N° 38°, 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por Unanimidad, y con dispensa de trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente Ordenanza.

ORDENANZA
FIJACION DE MONTOS POR EMISION, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE DIVERSOS CONCEPTOS RELATIVOS A TRIBUTOS MUNICIPALES, PARA ELAÑO FISCAL DEL 2013, EN EL DISTRITO DE ASIA.

Artículo Primero.- Apruébese la Estructura de Costos y la Estimación de Ingresos que establece el importe del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución de cuponeras, relativo al impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2013.

Artículo Segundo.- Fíjese en S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles), el importe que deberán abonar los contribuyentes, titulares de un predio, por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación, difusión y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y recibidos de pago del impuesto predial y de los arbitrios de limpieza pública y de Serenazgo, correspondiente al año 2013.

Artículo Tercero.- Los titulares de más de un predio deberán abonar la suma de S/. 2.00 (dos y 00/100 NuevosSoles) por concepto de emisión de cada predio adicional.

Artículo Cuarto.- la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del acuerdo de la Ratificación que emita la Municipalidad Provincial de Cañete.

Artículo Quinto.- Encárguese el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza a la Unidad de Rentas, su aplicación; a la Secretaria General su publicación y la Oficina de Imagen Institucional la difusión correspondiente.

POR TANTO
MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE Y PUBLIQUE.

José Arias Chumpitaz
Alcalde

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