MUINICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ACUERDO DE CONCEJO Nº 114-2012-MPC
Cañete, 27 de diciembre de 2012.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 539-2012-AL/MDQ, por el cual la Municipalidad Distrital de Quilmaná, solicita la Ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-MDQ que determina el Régimen Tributario de Arbitrios Municipales para el distrito de Quilmaná, durante el año 2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y las sentencias recaídas en los Expedientes Nº 0041-2004-AI/TC, 0053-2004-PI/TC y 0018-2005-PI/TC, establecen que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del Art. 68º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal – Decreto Legislativo Nº 776, los arbitrios municipales son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente;
Que, asimismo el Art. 69º del referido Decreto Supremo, dispone que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar. En consecuencia, estando dentro del plazo de ley, corresponde al Concejo Provincial de Cañete proceder a ratificar la ordenanza en mención, conforme a sus atribuciones;
Que, Subgerencia de Asesoría Legal, mediante Informe Legal Nº 542-2012/AJ-MPC, de fecha 26 de diciembre de 2012, opina porque se apruebe la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-MDQ, que determina el Régimen Tributario de Arbitrios Municipales para el distrito de Quilmaná, durante el año 2013;
Que, la Comisión de Planificación, Economía y Administración de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Dictamen Nº 037-2012-CPEAM/MPC, de fecha 26 de diciembre de 2012, recomienda ratificar la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-MDQ que determina el Régimen Tributario de Arbitrios Municipales para el distrito de Quilmaná, durante el año 2013, disponiendo que en su oportunidad sea puesto a consideración del Pleno del Concejo para su pronunciamiento;
Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
SE ACORDÓ:
Artículo 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 015-2012-MDQ, que determina el Régimen Tributario de Arbitrios Municipales para el distrito de Quilmaná, durante el año 2013; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo.
Artículo 2º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Quilmaná; y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA
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