01 diciembre 2014

MPC PRORROGA BENEFICIO TRIBUTARIO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014



MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

DECRETO DE ALCALDIA N° 09-2014-MPC

Cañete, 27 de Noviembre de 2014

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

VISTO:
El Informe N° 067-2014-GAT-MPC, de fecha 25 de noviembre de 2014, a través del cual el Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete, peticiona que se prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 024-2014-MPC, que establece el «Régimen Temporal de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias», hasta el 31 de diciembre de 2014;

CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobado con Ley N° 27972, establece que, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Concejo Municipal Provincial de Cañete, mediante Ordenanza N° 024-2014-MPC, estableció el Régimen Temporal de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias», el mismo que estuvo vigente hasta el 30 de setiembre de 2014. Con Decreto de Alcaldía N° 07 y 08-2014-AL-MPC se prorrogó la vigencia de la mencionada ordenanza, hasta el 31 de octubre y 28 de noviembre del presente año, respectivamente;

Que, es política de la actual gestión municipal, brindar asesoría, orientación y facilidades a los contribuyentes con respecto al pago de sus obligaciones formales y sustanciales;

Que, uno de los objetivos de la actual administración municipal es disminuir la tendencia creciente de contribuyentes morosos, y la evasión tributaria brindándose las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, sean de naturaleza tributaria o administrativa, de conformidad con el ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 41° del TUO del Código Tributario, aprobado por D.S. N° 133-2013-EF, establece que, la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley; y que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren; por ello se aprobó la Ordenanza N° 024-2014-MPC;

Que, los beneficios tributarios son disposiciones dictadas por el gobierno municipal para otorgar facilidades a los contribuyentes que se encuentren en calidad de omisos y/o morosos al pago de los diferentes tributos municipales; estos
beneficios permiten a los omisos la presentación de declaraciones juradas de carácter tributario, el pago de multas y facilita la incorporación de nuevos contribuyentes, ampliándose la base tributaria e incrementándose los recursos económicos institucionales; hechos que redundan en beneficio de la población cañetana;

Que, el Artículo 12° de la Ordenanza N° 024-2014-MPC, faculta al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación del beneficio establecido en la mencionada ordenanza;

Que, mediante el informe de visto, la Gerencia de Administración Tributaria, recomienda que se prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 024-2014-MPC, hasta el 31 de diciembre de 2014;

Que, mediante Informe Legal N° 360-2014-AJ-MPC de fecha 26 de noviembre del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es factible procede emitir Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 024-2014-MPC que establece el «Régimen Temporal de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias».

Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, con cargo a dar cuenta al Pleno del Concejo y con el visto de la Gerencia General y Gerencia de Asesoría Jurídica;

SE DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 024-2014-MPC que aprueba el Régimen Temporal de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias; hasta el 31 de diciembre de 2014.

ARTÍCULO 2.- Los extremos de la Ordenanza N° 024-2014-MPC, no contemplados en el presente decreto, quedan vigentes conforme están establecidos.

ARTÍCULO 3°.- Encargar a la Secretaria General la publicación oportuna del presente Decreto en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción y/o en el diario oficial; así como a la oficina de Informática y Estadística para su publicación en la Página Web de la Institución.

ARTICULO 4°.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

LIC. MARÍA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA

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