23 enero 2009

LA SOCIEDAD CONYUGAL COMO DEMANDANTE
Escribe: FERNANDO JESUS TORRES MANRIQUE
Ex Juez Mixto Titular Decano, Ex Registrador Publico 

El Código Procesal Civil Peruano de 1,993 introdujo muchas innovaciones en nuestro ordenamiento jurídico procesal, tales como el saneamiento procesal, medidas cautelares diferentes a la demanda y embargo, nuevos criterios para permitir el acceso al servicio de justicia, entre otras.
Sobre éste último tema sólo trataremos un tópico, que es el referido a que dicho Código permite que la sociedad conyugal pueda iniciar un proceso representada por sólo uno de sus integrantes, es decir, nuestro Código Procesal Civil permite que la sociedad conyugal pueda intervenir como demandante en un proceso, sólo representada por uno de sus integrantes, aunque el otro cónyuge no esté de acuerdo, o ni esté enterado que se ha  iniciado dicho proceso, e incluso aunque un cónyuge no quiera que se inicie el proceso judicial (C.P.C. art. 65).
Cuando se difundió esta novedad legislativa, se indicó que era un avance legislativo y que se justificaba sólo cuando la sociedad de gananciales era demandante por que esta situación podía implicar un incremento en el patrimonio de la misma; a diferencia de cuando era demandada que podía significar disminución en el patrimonio de la sociedad de gananciales. Es decir, se indicó que cuando una persona participa como demandante puede ganar pero no perder, lo cual es incorrecto por que en los procesos civiles puede perder el demandado (sentencias que declaran fundada la demanda) o el demandante (sentencias inhibitorias y las sentencias que declaran infundada la demanda), es decir, el referido artículo 65 ha sido redactado bajo una concepción inapropiada del proceso. En todo caso en nuestro ordenamiento jurídico no existe ninguna norma que prohiba ganar procesos civiles al demandado.
El supuesto que nos interesa en el presente trabajo es el supuesto en el cual el demandante pierde el proceso existiendo una sentencia infundada.
Con la redacción actual del artículo 65 del Código Procesal Civil podría ocurrir lo siguiente: que la sociedad conyugal siempre demande con la intervención de un solo cónyuge y si pierde entonces demande el otro cónyuge y se tiene de esta manera una ventaja sobre la otra parte que intervienen en el proceso, lo que atentaría contra el principio de la igualdad ante la ley, ya que no existiría igualdad entre la sociedad conyugal y la otra parte, dejando constancia que si gana el primer proceso no vuelve a iniciar otro proceso.
En el Estado Peruano con las normas actuales la sociedad conyugal representada por uno de sus integrantes (sin que el otro cónyuge tome conocimiento) inicia un proceso judicial sobre resolución de contrato, luego éste mismo cónyuge abandona el hogar y se va a vivir a España, a consecuencia de lo cual pierde el proceso la sociedad de gananciales. Cuando el otro cónyuge inicia el proceso judicial sobre resolución de contrato, el demandado que en este caso es demandado por segunda vez propone una excepción de cosa juzgada, y en ese momento dicho cónyuge recién toma conocimiento que su cónyuge había iniciado el proceso judicial y había perdido dicho proceso judicial frente a dicho problema existen dos posiciones:
1) La cosa juzgada no abarca a terceros, por tanto, el primer proceso no le es oponible al cónyuge que no participó, y en consecuencia, el demandado tendrá que ganarle un nuevo proceso a éste último cónyuge. Es decir, se expone dos veces al demandado al riesgo de perder un proceso judicial, e incluso el demandado podría perder éste proceso (por una inadecuada estrategia procesal) y existirían dos sentencias contradictorias entre sí amparadas en la santidad de la cosa juzgada, lo cual es un absurdo por que el demandado no ha incurrido en ningún acto ilícito, y en consecuencia debe desecharse esta interpretación.
2) El primer proceso le es oponible a la sociedad conyugal, y no importa si no intervino algún cónyuge, por que en este supuesto la sentencia no surte efectos contra los cónyuges sino contra la sociedad conyugal, máxime que el art. 65 del Código Procesal Civil regula este supuesto. Es decir, en este supuesto se perjudica al cónyuge que no intervino en el primer proceso, el cual no ha incurrido en ningún acto ilícito, y en consecuencia esta interpretación también debe desecharse.
Es decir, o se perjudica al demandado por una sociedad conyugal o se perjudica a la sociedad conyugal.
Hemos llegado a un problema sin salida, ya que en ambas posiciones se perjudica a quien no ha incurrido en ningún acto ilícito, y éste problema no debió haberse presentado, pero se presentó por la inadecuada redacción del artículo 65 del Código Procesal Civil.
Además en el régimen de sociedad de gananciales no procede la disposición de los bienes o derechos de la misma por parte de uno de los cónyuges, salvo que el otro cónyuge le haya otorgado poder (C.C. art. 315), sin embargo, con el artículo 65 del Código Procesal Civil es posible que uno de los cónyuges burle dichas medidas de seguridad y consiga un fin no querido por la norma, por tanto, dichas medidas de seguridad son insuficientes y es necesario atacar la causa del problema modificando el artículo 65 del Código Procesal Civil para proteger a la familia (Constitución, art. 4).
Algunas personas sostienen que el artículo 82 del Código Procesal Civil soluciona el problema, el cual establece lo siguiente:
“La sentencia, de no ser recurrida, será elevada en consulta a la Corte Superior. La sentencia definitiva que declare fundada la demanda, será obligatoria además para quienes no hayan participado del proceso”.
Sin embargo, esta “solución” o “medida de seguridad” es fácilmente burlada, por que es suficiente que el demandante o demandado recurra la sentencia, aunque lo haga o lo hagan exprofesamente mal, es decir, basta presentar un escrito de apelación intencional-mente sin los requisitos de ley para burlar dicha medida de seguridad y conseguir un fin no querido por el derecho positivo peruano. 
Por todo lo cual es necesario que se modifique dicha norma para evitar que problemas como el indicado se presenten, los que originan procesos judiciales generadores a su vez de otros procesos judiciales y en caso de no modifi-carse el art. 65 del Código Procesal Civil las sociedades conyugales podrán iniciar procesos judiciales sólo representadas por un cónyuge para que en caso de perder el proceso exista la posibilidad de un nuevo proceso judicial (claro que los supuestos planteados son  inmorales, por estar en contra de las normas de la ética) lo cual nos preocupa.
JUDICIALES

CONVOCATORIA A SEGUNDO REMATE PUBLICO
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con María Elizabeth Cerrón Sánchez, Edelmira Doris Cerrón Sánchez y Gervasio Néstor Rivas Moreno, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial Cañete a cargo del Señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Víctor H. Rivera del Risco, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, Lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el Código de Predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles), título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03.  2) Embargo en forma de Inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04 y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACION: US $ 3,822.80 (Tres mil ochocientos veintidós y 80/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: US $ 2,166.25 (dos mil ciento sesenta y seis y 25/100 dólares americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación con la deducción del 15%.
DIA Y HORA DEL REMATE: 27 de Enero del 2009, a las 12:00 del mediodía.
LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado; Jirón 2 de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán un arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de Ley.  Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.
Cañete, 30 de Diciembre del 2008.
Mauricio Ponce Valdivia – Martillero Público – Reg. Nº 236.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
21, 22 y 23 de Enero del 2009.

EDICTOS
LA  SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE,  cita  y  emplaza  a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por  los cargos  que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 1992-0244, a MARCO ANTONIO RENGIFO PONCE; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado;  agraviado: Teodoro Malasquez Chumpitaz y Otros, 12/01/2009.
Presidente: Martínez. Secretario: Peralta
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EXP. N° 2008-0630.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; CITA , LLAMA y EMPLAZA  a JULIANA CORREA LEVANO, para efectos de que se apersone al Juzgado el  04/02/2009 a horas 11:00 A.M., a efectos de recibirse su declaración preventiva, en los autos seguidos contra JOSE LUIS QUISPE ARCE; delito Infracción contra el Patrimonio; Fdo. Dr. FLORES, Sec. Herrera. Cañete.- 07/01/2009. 
Secretario: HERRERA 
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0419, a WILMER GUILLERMO TOCASCA RAMOS; Delito: HURTO AGRAVADO; agraviado: Angelica Milagros Cachuas Hurtado. 15/01/2009.
EXP. 2008-0464, a MIGUEL ANGEL PEÑA SAMANIEGO; D0elito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: Mariel Estaban Albites Peña. 15/01/2009.
EXP. 2007-0741, a FELIPE SILVIO SANTOS PAJUELO; Delito: RECEPTACION; agraviado: Oswaldo Bladimir Cenise Almeyda. 16/01/2009.
Secretario: Vivas
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados a horas de Despacho  para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue, por haber sido declarado REO CONTUMAZ y ordene su captura.
EXP. 2003-0326, a SEGUNDO JAIME LUNA MONTERO; Delito: Defraudación de Rentas de Aduanas; agraviado: El Estado Peruano. 14/01/2009.  Secretario: Vivas
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EXP. N° 2008-0018.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; tramita RS. Nº 6 de fecha, 29-09-2008, DECLARAR REBELDE al Demandado: MOISES AUGUSTO AQUINO FLORES; señala fecha para Audiencia Única, el día: 26-01-2009 a hora: 8:15 AM .- Rs. Nº 09. Emplaza a la Agraviada: Claudia Gutiérrez Zevallos, RS. 6 de Fecha 29-09-08. Fdo. Dr. FLORES, Sec. Herrera. Cañete.- 19/12/2008.
EXP. N° 2005-0906.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; CITA , LLAMA y EMPLAZA  a CARLOS ANDRES CHIMOY VERASTEGUI, en Agravio: BLUDITH RIVA CARO, Delito: VIOLENCIA FAMILIAR, con RES.01 de fecha 06/11/2005: ADMITIR la demanda del Ministerio Publico y CORRASE traslado al demandado, por el termino de 05 días, bajo el apercibimiento de declararse rebelde;  Res. 16 de 12/01/2009: SEÑALESE, fecha de Audiencia Única: 27/05/2009 a horas 08:15 AM. Fdo. Dr. FLORES, Sec. Herrera. Cañete.- 12/01/2009.
EXP. N° 2004-0688.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; CITA , LLAMA y EMPLAZA  a FELIX RIVERO MEDRANO, en Agravio: MARIANA LIMAS SOSA, Delito: VIOLENCIA FAMILIAR, publicación de extracto de RES. 26 de fecha 31/12/2008: FUNDADA LA DEMANDA, declara EXISTENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR, dispone se dicten las medidas de protección a favor de la agraviada.: Fdo. Dr. FLORES, Sec. Herrera. Cañete.- 31/12/2008.
Secretario: HERRERA
23, 24 y 26 de Enero

EDICTO
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2002-0681, a ALBETO GUILLERMO HUERTAS PEÑA; Delito: HOMICIDIO CULPOSO; agraviado: Emilio Suarez Tapiaza. Cañete, 09/01/2009.
EXP. 2007-0379, a SEVERO CERDAN LEON; Delito: HURTO AGRAVADO; agraviado: Telefónica. 15/01/2009.
EXP. 2008-0429, a DANIEL NARCISO LUYO GUTIERREZ; Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: ANEL MARISELA LUYO ÑACCHA. 06/01/2009.
EXP. 2008-0415, a ALBERTO ATANACIO VICENTE ELIAS; Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: MONICA IVETTE MILLONES CUMPA. 06/01/2009.
Secretario: Anyona
23, 24 y 26 de Enero

EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
 
LUGAR: Camino al CPM Pueblo Nuevo de Conta
ZONAS AFECTADAS: CPM Casa Pintada, CPM Pueblo Nuevo de Conta, Anexo San Fernando, CPM Bellavista de Conta, CP Rinconada de Conta de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-02.
CIRCUITOS: PDS 20700.
DIA: Jueves 22 de Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 19:18 hrs. Jueves 22 de Enero de 2009.
HORA FINAL: 21:06 hrs. Jueves 22 de Enero de 2009.

Las interrupciones del servicio fueron causadas por daños en la red M.T., ocasionada por Afectación por Terceros- Impacto de Ave contra red aérea de Media Tensión 10 Kv, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control. 
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

INVITACION

Se invita a los profesionales abogados, bachilleres y estudiantes de los últimos ciclos de Derecho; así como a profesionales en psicología, licenciados (as) en trabajo social y técnicos en computación e informática a presentar sus hojas de vida documentadas, a fin de ser incorporados a la Base de Datos de postulantes para una posible contratación temporal en labores de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

REQUISITOS MINIMOS:
1.- Tener título profesional de abogado, psicólogo o licenciado en trabajo social; o ser bachiller o estudiante de Derecho de los últimos ciclos, o técnico en computación.
2.- Tener estudios de Computación e/o informática.
3.- No tener incompatibilidad legal por razón de parentesco por consanguinidad, afinidad y/o por matrimonio con trabajadores y/o magistrados de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
4.- No registrar antecedentes penales ni judiciales.

RECEPCION DE CURRICULUM VITAE:
- La entrega de los curriculum vitae documentados se realizará en la Mesa de Partes de la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicada en la Av. Condoray Mz. A, Lote 09, San Vicente de Cañete, en el horario de 08:00 a 13:30 horas y de 14:15 a 16:45 horas.
- La documentación a presentar deberá contener una declaración jurada de no registrar antecedentes penales, ni judiciales y no tener incompatibilidad por razón de parentesco por consanguinidad, afinidad y/o por matrimonio con trabajadores y/o Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Cañete.  Asimismo los interesados deberán precisar sus números telefónicos respectivos (domicilio, móvil, etc.).

La Presidencia.

PROYECTO 
PERU LNG
Melchorita

Lima, 02 de Enero  de 2009.

PERU LNG informa a la población en general que como parte de las actividades requeridas para la construcción de la Planta de Licuefacción ubicada a la altura del kilómetro 170 de la carretera Panamericana Sur, la empresa contratista Stiglich Transportes S.A. transportará, desde el lunes 05 de enero al  viernes  06 de marzo del  presente año, equipos pesados  por la carretera Panamericana Sur desde el Puerto de San Martín en Paracas hasta  la Planta de Licuefacción de Gas. El transporte de carga pesada se realizara en horario nocturno en la ruta que comprende desde la entrada a Chincha en el  Km. 201 hasta  la zona de Jahuay en el Km. 179. 

Para ello se han tomado las previsiones de seguridad necesarias y se ha coordinado con las autoridades correspondientes cumpliendo con todos los requerimientos normativos.

Para mayor información favor acercarse a las siguientes oficinas informativas:

Chincha: Calle Pedro Moreno 114, Chincha Alta.
Cañete: Calle Jirón Grau 329, San Vicente de Cañete

PERU LNG agradece su comprensión.

PERU LNG, contribuyendo al desarrollo del Perú.

22 enero 2009

Su objetivo es conseguir terreno para edificar local…
LIC. CARLOS BARRIOS FRANCIA VUELVE A LA JEFATURA DE U.O. DE SENATI – CAÑETE…

IMPERIAL.- El Lic. Carlos Barrios Francia, después de una década de ausencia y haber estado a cargo de SENATI – Villa El Salvador, volvió a su tierra natal para asumir nuevamente las riendas de SENATI – Cañete.
Carlos Barrios, tiene importantes proyectos que consolidar y una de ellas es, sin duda, la adquisición de un área de terreno para la edificación de su moderno local.
Dijo haber tenido conocimiento del ofrecimiento de muchas autoridades para la edificación de su local y no estar hacinados hoy en día en las inmediaciones del IEP CNI de Imperial.
“Lo último que sé es el ofrecimiento que hizo el alcalde Javier Alvarado. Y creo que su propuesta ha sido muy interesante y espero conversar con él”, manifestó Barrios Francia.
Se le notaba sumamente emocionado y confió que la Municipalidad Provincial de Cañete, le otorgará el área de terreno y de inmediato SENATI comienza a invertir, tal como se hizo en otras ciudades del país.
“Tenemos que hacer mucho por Cañete. Hay grandes empresas que están llegando a nuestra provincia y estas necesitan de técnicos de primera, justo que nuestra institución lo capacita”, dijo Barrios.
PROGRAMA…
Por otro lado, invocó a la juventud cañetana a aprovechar su tiempo estudiando los programas de Mecánico Automotriz, Mecánico de Mantenimiento y Electricista Industrial.
Dijo que las ventajas son estudio gratuito con empresas patrocinadoras, equipos con tecnología de punta, instructores con experiencia industrial, metodología Aprender Haciendo y ocupaciones solicitadas por las empresas.
¡De Ripley…! Alvarado ganará 7,800 nuevos soles al mes…
ALCALDE Y REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE SE INCREMENTAN SUELDO Y DIETAS…

SAN VICENTE.- ¡Lo que faltaba…! Mediante Acuerdo de Concejo del pasado tres de enero del año en curso, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete Javier Alvarado y sus regidores, se aumentaron el sueldo y las dietas respectivamente en 7,800.00 y 2,340 nuevos soles respectivamente.
Según el acuerdo publicado en el Diario Oficial el Peruano, el pasado 17 de Enero, las autoridades edilicias, sustentaron el incremento debido al aumento poblacional.

POBLACION INDIGNADA...
No faltaron las voces discrepantes de un gran sector de la población, mientras que muchos ciudadanos ganan diez a quince soles diario trabajando todo el día en el campo, las autoridades edilicias, se fijan los sueldos de acuerdo a sus intereses.
Mientras que unos luchan en forma consciente para que nuestra provincia sea sede del Gobierno Regional de Lima, por el aumento poblacional; en la Municipalidad Provincial de Cañete, el alcalde y sus regidores, se aprovechan de ello, para aumentase el sueldo y las dietas.

BALANZA COMERCIAL 2009 PODRÍA SER NEGATIVA...
Escribe: Mario Cama Sánchez

Es importante recordar que la caída de los precios internacionales de los productos básicos, algunos tienen repercusión negativa y otros tienen efectos positivos.  Así por ejemplo, la disminución de los precios en el mercado exterior de los minerales: cobre, zinc, plomo, plata, estaño, etc., inciden negativamente en el valor de las importaciones, y que a la vez afectan el saldo de la balanza comercial, siendo esto así, el impuesto a la renta decaerá y el Estado recaudará menor ingreso por concepto de tributos, consecuentemente los gobiernos regionales y gobiernos municipales recepcionarán menores ingresos por canon. Por otro lado, la caída de otros bienes básicos tales como: el trigo, el maíz, el aceite, etc. repercuten positivamente en los empresarios que importan dichos productos.
La caída de los precios de los bienes en el mercado internacional deben ser corroborado con una disminución de la misma magnitud en los consumidores finales, sin embargo esto no es posible en razón a que las empresas constituyen mercados oligopólicos y se muestran renuentes a trasladar esta caída de los precios en el mercado exterior a los consumidores finales. Teniendo en cuenta las cifras estadísticas presentadas por el Banco Central de Reserva del  Perú (BCRP), las exportaciones para el año 2007 fueron del orden de 27 956 millones de dólares, siendo los productos no tradicionales los que alcanzaron la suma de 8 490 millones de dólares, representando el 30.4%  del total, seguido del cobre y el oro con 7 241 millones de dólares (25.9%) y 4 157 millones de dólares (14.9%), respectivamente. También es preciso mencionar que el año pasado, los precios de los minerales sufrieron una caída drástica en el mercado internacional: plomo (63.4%), cobre (53.7%), zinc (53.2%), estaño (31.1%), plata (27.6%), petróleo (55.7%), harina de pescado (3.9%) y los precios en el mercado internacional del oro y de los productos no tradicionales crecieron en 2.3% y 3.1%, respectivamente.
A partir de las estadísticas respecto a los cambios de los precios en el mercado externo se ha proyectado las exportaciones para el presente año, la misma que finalmente podría alcanzar la cifra de 20 818 millones de dólares (25.5% menos que el año 2007). En el 2007 las exportaciones mineras alcanzaron un valor de US$ 16,010 millones y se estima que para el 2009 alcanzará la cifra de US$ 9 908 millones (se aprecia una disminución del 38.1%). Pues bien, el intercambio comercial de nuestro país con el mercado internacional y muy en especial con los países industrializados como Estados Unidos, China, Japón, etc. (periodo 2006-2008) muestra una tendencia al deterioro, toda vez que las ventas han crecido mínimamente y las compras aumentaron de manera sorprendente haciendo incluso negativo el saldo de la balanza comercial con estos países industrializados, lo cual incidirá preponderantemente el posibilitar una balanza comercial negativa para el año que transcurre. Por los que se hace necesario que  el gobierno central y las instituciones públicas relacionadas con el tema implementen y desarrollen políticas que tiendan en revertir esta situación. 
MUNICIPIO IMPERIALINO SUSCRIBE IMPORTANTE CONVENIO PARA ASFALTAR CARRETERA IMPERIAL - CARMEN ALTO...

Un importante convenio suscribió el Alcalde de Imperial Richard Andrés Yactayo Durán, con el Gobierno Regional de Lima, la Municipalidad Provincial de Cañete y el Municipio de Nuevo Imperial, con la finalidad de hacer realidad la obra de asfaltado de la carretera que conduce al Centro Poblado de Carmen Alto.
Dicho convenio establece que el Gobierno Regional de Lima destinará un monto ascendente a un millón y medio de  nuevos soles, la Municipalidad Provincial, aportará medio millón de soles, mientras que los Municipios de Imperial y Nuevo Imperial desembolsarán 250 mil soles cada uno.
Cabe indicar que el trabajo unido de las autoridades, permitirá hacer realidad una de las obras más anheladas por la población de Carmen Alto y de los amigos transportistas que transitan por dicha carretera, ya que ello permitirá también que los agricultores puedan tener mayor acceso para sacar sus productos a los principales mercados.                                                                                      
MALESTAR EN POBLACION…
De otro lado, hay un malestar intenso en un sector de la población cañetana, específicamente de San Benito, La Quebrada, Casa Pintada y Pueblo Nuevo de Conta, ya que la ansiada carretera que uniría la Panamericana Sur con estos centros poblados, todavía no se culmina su construcción.
Esta demás señalar que la obra, también fue programada en unión de diversos entes como el Gobierno Regional, la Municipalidad Provincial de Cañete, y los Municipios Distritales de Imperial y San Luis, y pese al tiempo transcurrido, todavía su ejecución marcha a paso de tortuga.
Ojalá que la mencionada construcción de la carretera hacia Carmen Alto, no pase por los mismos problemas.
!Delitos no deben quedad impune!
ROMULO PARDO HACE DE CONOCIMIENTO A CONTRALORIA, RETARDO EN LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN SONADO CASO DE TELEFONICA EN LUNAHUANA.

SAN VICENTE.- ¡Y Rómulo Pardo Ortega, sigue haciendo noticia!. El polémico ciudadano hizo de conocimiento a la Contraloría General de la República de la lentitud del accionar de las autoridades judiciales en iniciar las investigaciones sobre las denuncias efectuadas por su despacho contra las autoridades municipales del distrito de Lunahuaná de Cañete, en el periodo de Javier Alvarado, en el sonado caso del cobro ilegal del millón de dólares americanos a Telefónica del Perú en agravio del Estado. 
Rómulo Pardo, precisa que han transcurrido más de cuatro meses y hasta la fecha la Segunda Fiscalía, no ha formulado denuncia alguna sobre la presunta comisión de delitos que fueron encontrados por la Contraloría General de la República.
Todo parece indicar que el documento “duerme en el sueño de los justos”, sin tomar en cuenta de las acusaciones hechas por la Contraloría General de la República en la modalidad de los delitos de Asociación ilícita para delinquir, Colusión, Peculado, Falsificación de Documentos y Falsedad Genérica en agravio del Estado.
“Me he constituido a la mesa de partes del Juzgado Penal de Cañete y hasta la fecha no aparece el ingreso de formulación de denuncia burlándose de esta manera las autoridades con respecto a la investigación que ha realizado vuestro órgano de control”, remarca en su carta de fecha 13 de enero del año en curso.
Informa que al existir un retardo en la administración de Justicia, presentó un recurso al Fiscal Decano de Cañete y al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sin encontrar respuesta alguna de ambos.
Invoca a las autoridades de la Contraloría General que siendo el titular de la investigación, se preocupen por esta denuncia para que no quede impune el caso y que el Procurador Público, asuma su responsabilidad.
Rómulo Pardo, exige en su condición de ciudadano y amparado en el Art 2., Inc 4 de la Constitución Política del Estado, contando con la rúbrica de su agogado, Dr. Fernando Italo Quispe Lévano. (cl).
PRESIDENTA DE CORTE CAÑETANA EN REUNIÓN ANUAL DE  PRESIDENTES DE CORTES DEL PAIS...

La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández asiste a la Reunión  Anual de Presidentes de Cortes Superiores del país, la misma que estará encabezado por el Presidente del Poder Judicial y del Consejo Ejecutivo de este Poder del Estado, Dr. Javier Villa Stein.
La agenda de trabajo se cumplirá los días jueves 22 y viernes 23 en la ciudad altina de Huancavelica, donde tratarán asuntos de suma importancia para la buena marcha institucional del Poder  Judicial. 
Como es de conocimiento, el Presidente del Poder Judicial, Dr. Javier Villa Stein anunció en su discurso de Apertura del Año Judicial 2009 la convocatoria a la Primera Reunión Anual de Presidentes de Cortes del país en la ciudad de Huancavelica para delinear la política judicial 2009-2010.
Sería el virtual candidato a la alcaldía de Cañete…
PROCLAMAN A PAUL ARIAS PACHAS, SECRETARIO GENERAL PROVINCIA DE PERÚ POSIBLE…

SAN VICENTE.- La Lista del Prof. Paúl Arias Pachas, fue proclamada como ganadora de las elecciones internas en la agrupación política Perú Posible, desarrollada el pasado domingo en el local de la Federación de Empleados Bancarios de esta ciudad.
El coordinador de la Región Lima de esta agrupación política, Perú Posible, David Waisman, en comunicación telefónica, felicitó a la Lista de Paúl Arias y le invocó continuar con el trabajo en la organización de las bases. 
“Perú Posible, es un partido que asentó la economía de nuestro país, ahora con nuestro líder Alejandro Toledo, nuevamente vamos a llegar a gobernar al país”; precisó Waisman en medio de la algarabía de sus militantes.
Por su parte, el representante del mencionado congresista, Miguel Hidalgo Paz, corroboró que las elecciones se desarrollaron con toda normalidad y la única Lista presidida por Paúl Arias, recibió el respaldo total de sus adherentes.
La Lista de consenso y descentralizada, confeccionada con el apoyo de las diferentes bases distritales, está integrada por personas honestas que en su momento defendieron con sus vidas la democracia.

COMITÉ EJECUTIVO PROVINCIAL..
Al flamante secretario general, Paúl Arias, lo  acompañan Luís Elías Huayamares (Sec. Organización – San Vicente), José Luís Medina Saavedra (Sec. Comunicación y Difusión- Mala), Florencia  Genoveva Valenzuela de Caycho (Sec. Ética y Disciplina – Chilca) y Himler Javier Ferrer Mesajil (Sec. Economía y Finanzas – Imperial).
Heber Ñañez Vargas (Sec. Capacitación Política y Doctrina – San Vicente), Oscar Persia Flores Palomino (Sec. Movilización Social – San Antonio), Zoila Mercedes Caycho Chumpitaz (Sec, de la Mujer), Javier Benito Villalobos Sánchez (Sec. De Juventudes – Nuevo Imperial) y Patricia Bruno Reyes (Sec. Organizaciones Sociales – Cerro Azul).

CHUI Y ALVARADO… IDEM…
Tras juramentar el cargo, Paúl Arias, fustigó la política económica del régimen actual, señalando que se ha olvidado de su promesa electoral y ésta ha sido reemplazada por la corrupción.
 “Tenemos que renovar la clase política en nuestra provincia. Aquellos que ya estuvieron en el cargo, tienen que dar un paso al costado. Todos ya han tenido su oportunidad”, comentó Paúl Arias.
Dijo que “le da pena” el accionar de las autoridades municipales y regionales que no han cumplido con desarrollar obras de impacto a favor de nuestra región.
“¿En qué gastan… y cómo gastan los miles de soles que ingresan mensualmente a los municipios y a la región nuestras autoridades?”, se preguntó Paúl Arias Pachas, quien se convierte en el virtual candidato a la alcaldía de Cañete por los “chakana”.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE DICIEMBRE  DEL 2008
SALA CIVIL

DIA: 02 DE DICIEMBRE DEL 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N°2007-045 – Civil.- En los seguidos Maria Araujo Corrilla con Victoria García Carbonell, sobre Pago de Soles; se declaro inadmisible el concesorio de apelación por no haberse pagado la tasa judicial por dicha solicitud. Ponente Dr. Ricardo Astoquilca.
EXP. N°2006-776 – CIVIL.- En los seguidos por Profinanzas con Gina Aedo Copara, sobre Ejecución de Garantías.- CONFIRMARON la resolución  número veintinueve.- Ponente Dr. Ricardo Astoquilca.
EXP. N°2003-0970 – Familia.- En los seguidos por Jorge Medrano Cervantes, contra Ivonne Luyo Rivadeneyra, sobre Divorcio por Causal; APROBARON la consulta efectuada por el Juzgado de Familia de Cañete.- Ponente doctor Ricardo Astoquílca.-
EXP. N°2007-0344 – Civil.- En los seguidos INTERBANK contra Juan Audante Portugués, sobre Ejecución de Garantías; Nula la resolución numero doce.- Ponente doctor Ricardo Astoquilca.-
EXP. N°2007-084 – Contencioso.- En los seguidos por Diana Grimaldo, sobre Acción Contenciosa Administrativa; Nula la resolución numero treinta y uno.- Ponente doctora Rueda Fernández.-
EXP. N°2007-0136 – Contencioso.- En los seguidos por Fernando Javier Ramos con Hospital Rezola sobre Acción Contenciosa Administrativa; CONFIRMA la sentencia expedida en autos.- Ponente doctora Rueda Fernández.-
EXP. N°2005-0713 – Civil.- En los seguidos Jessica Mary Sánchez Saman sobre Indemnización; CONFIRMA  la sentencia expedida en autos.- Ponente doctora Rueda Fernández.-

DIA: 03 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2003-548 - Familia.- En los seguidos por Roció Quispe Caycho contra Roberto Quispe Ávila, sobre Alimentos; se confirmo la resolución 42 que desaprobo la liquidación d helamientos devengados.- Ponente  doctora Rueda Fernández.-   
EXP. N° 2008-017 – Queja de Derecho - Civil.- En los seguidos contra Elsa Flora Ignacio de Calixto, sobre Desalojo por Ocupante Precario; se declaro improcedente la Queja de Derecho interpuesta.-Ponente  doctor Luz Roque.-
EXP. N° 2007-0137 – Queja de Derecho - Civil.- En los seguidos contra Elsa Flora Ignacio de Calixto, sobre Desalojo por Ocupante Precario; se declaro improcedente la Queja de Derecho interpuesta.-Ponente  doctor Luz Roque.-

DIA: 04 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008-0139 – Familia - Civil.- En los seguidos por Luzmila Romero de la Cruz contra Leonardo Raymondi Salazar, sobre Reconocimiento de Unión de Hecho; se confirmo la sentencia expedida que declaro improcedente la demanda.-Ponente  Rueda Fernández.-
EXP. N° 2005-0774 – Familia - Civil.- En los seguidos por Guillermina Ojeda Luyo contra Ministerio Publico sobre Interdicción Civil; se aprobo la sentencia que declaro fundad en parte la demanda.-Ponente  Rueda Fernández.-
EXP. N° 2006-0776 – Civil.- En los seguidos por Profinanzas contra Gina Aedo Copara sobre Ejecución de Garantías; se confirmo la resolución numero treinta que declaro improcedente al nulidad de remate.-Ponente  Astoquilca Medrano.-
EXP. N° 2008-035 – Familia Penal.- En los seguidos por D.R.M.CH. contra Nilton Gutiérrez Chávez sobre Infracción a la libertad Sexual; se declaro nula la sentencia.-Ponente  Astoquilca Medrano.-
EXP. N° 2005-0459 – Civil.- En los seguidos por Fajardo Valenzuela contra Lucion Leon Molina sobre dar Suma de Dinero; se confirmo la sentencia.- Ponente  Astoquilca Medrano.-

DIA: 05 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008-0957 – Infracción Penal.- En los seguidos contra Cesar Cortez Gutiérrez contra Moisés Becerra Quiroz sobre Robo Agravado; se confirmo la resolucion numero dos.- Ponente  Astoquilca Medrano.-

DIA: 09 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008-0713 – Infracción Penal.- En los seguidos contra Nilton Diaz Asto contra Manuel Ojeda Dávila sobre Robo Agravado; se confirmo la sentencia.- Ponente  Astoquilca Medrano.-

DIA: 11 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2005-0110 – Civil.- En los seguidos por Margarita Cáceres Quiñones contra Santa Rojas Luyo  sobre Nulidad de Acto Jurídico; se confirmo la sentencia.- Ponente  Astoquilca Medrano.-

DIA: 12 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-0564 – Familia Civil.- En los seguidos por el Ministerio Publico contra Jorge Gómez Mamani sobre Violencia Familiar; se aprobo la sentencia expedida.- Ponente  Rueda Fernández.-
EXP. N° 2007-0733 – Civil.- En los seguidos por Guillermina Condor Durand sobre Nulidad de Acto Jurídico; desaprobaron la abstención por decoro.- Ponente  Rueda Fernández.-
EXP. N° 2000-0375 – Civil.- En los seguidos por Guillermina Condor Durand sobre Nulidad de Acto Jurídico; desaprobaron la abstención por decoro.- Ponente  Rueda Fernández.-
EXP. N° 2005-0110 – Civil.- En los seguidos por Eulogio Espichan Saba contra Luis La Rosa Caycho sobre Interdicto de Retener; confirmaron la sentencia.- Ponente  Luz Roque.-
EXP. N° 2005-0289-25 – Civil.- En los seguidos por Ana Lostanau Pineda sobre Administración Judicial de Bienes; se revoco la resolución  numero veintidós y la revocaron declarándola improcedente.- Ponente  Luz Roque.-
EXP. N° 2008-0114 – Civil.- En los seguidos por Nicanor Yaya Chumpitaz contra Fortunato Chumpitaz Arias sobre Desalojo por Ocupante Precario; se declaro nula la resolución numero uno que declaro improcedente demanda.- Ponente: Luz Roque.-
EXP. N° 2007-097 – Civil.- En los seguidos por Reynalda Alarcón Ramos contra Mirtha Román Chanco sobre Nulidad de Acto Jurídico; se confirmo la resolución numero once.- Ponente  Astoquilca Medrano. Luz Roque.-

DIA: 13 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-0123 – Civil.- En los seguidos por Lionel Campos Alvarado contra Melesio Tito Huamancayo sobre Interdicto de Retener; se REVOCO la sentencia expedida.- Ponente  Rueda Fernández.-

DIA: 16 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-0444 – Civil.- En los seguidos por Mauro Santos Alana contra Luis Eugenio Magallanes sobre Nulidad de Acuerdo; se confirmo la resolución numero tres.- Ponente  Luz Roque.-

DIA: 17 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-099 – Civil.- En los seguidos por Sabino Lozano Guerra contra la Municipalidad de Pacaran sobre Acción Contenciosa Administrativa; se confirmo la sentencia dictada.- Ponente  Luz Roque.-
EXP. N° 2003-048-25 – Civil.- En los seguidos por Carolina Essenwanger Ordóñez contra Lucinda campos Egui sobre División y Partición; se confirmo la resolución cuarenta y nueve.- Ponente  Luz Roque.-
EXP. N° 2005-0390 – Civil.- En los seguidos por Delia Peralta Muñoz contra ONP sobre Nulidad de Resolución Administrativa; se confirmo la sentencia dictada en autos.- Ponente  Astoquilca Medrano.-

DIA: 18 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2005-0567-14 – Constitucional.- En los seguidos por Julián Orihuela Carrasco contra la ONP sobre Acción DE Cumplimiento; se confirmo la resolución cuarenta y nueve.- Ponente  Luz Roque.-
EXP. N° 2007-053– CIVIL.- En los seguidos por Julio Cesar Siles Alegría contra EMAPA Cañete sobre Pago de Beneficios Sociales; se revoco la sentencia.- Ponente  Luz Roque.-
EXP. N° 2005-0265- CIVIL.- En los seguidos por Juana de la Cruz de García con ONP sobre Nulidad de Resolución Administrativa; se confirmo  la sentencia.- Ponente  Astoquilca Medrano.-
EXP. N° 2007-0105- CIVIL.- En los seguidos por Bacilo Medrano Cáceres contra ONP sobre Nulidad de Resolución Administrativa; se confirmo  la sentencia.- Ponente  Astoquilca Medrano.-

DIA: 22 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008-0147– Civil.- En los seguidos por José Colonia Díaz contra Matías Alejos Rojas sobre Oposición ala Inscripción; se desaprobó la consulta.- Ponente  Luz Roque.-
EXP. N° 2007-089– Familia Penal.- En los seguidos  a favor de Eduardo Principe Santa sobre Infracción a la Ley Penal; se confirmo la sentencia.- Ponente  Dr. Astoquilca Medrano.-

DIA: 24 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, VIVAS SIERRA y ROQUE MONTESILLO han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008-036– Civil – Cautelar.- En los seguidos por José Arias Chumpitaz sobre Medida Cautelar; se revoco resolución numero uno.- Ponente  Dr. Astoquilca Medrano.-

DIA: 29 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2007-079– Civil.- En los seguidos por José Gago Aguado con Celinda Lázaro Gálvez sobre Ejecución de Garantías; se confirme resolución apelada.- Ponente  Dr. Roque Montesillo.-
EXP. N° 2006-0268– Civil.- En los seguidos por Julia Sánchez de Yaya Luis Sánchez Caycho sobre Interdicto de Retener; se confirmo la sentencia  apelada.- Ponente  Dr. Astoquilca Medrano

DIA: 30 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2006-016– Civil.- En los seguidos por ETTUSA contra Emmanuel Leopoldo Cuzcano sobre Remoción de Directorio; se declaro nula la sentencia.- Ponente  Dr. Rueda Fernández.-
EXP. N° 2008-028– Civil.- En los seguidos por Maria Tume Bautista sobre proceso de Amparo; se declaro improcedente Amparo .- Ponente  Dr. Rueda Fernández.-
EXP. N° 2006-0267– Civil.- En los seguidos por Juan Tovar Freyre contra los Registros Públicos sobre Amparo; se revoco la sentencia.- Ponente  Dr. Rueda Fernández.-
EXP. N° 2005-0227– Civil.- En los seguidos por Ruperto Calderon Ortiz con la ONP sobre Contencioso Administrativo; se confirmo la sentencia.- Ponente  Dr. Rueda Fernández.-
EXP. N° 2005-0418– Civil.- En los seguidos por Vidal del Pozo Romani contra la ONP sobre Contencioso Administrativo; se confirmo la sentencia.- Ponente  Dr. Rueda Fernández.-
EXP. N° 2005-0642– Civil.- En los seguidos por Vicente Luyo Portugués  contra la ONP sobre Contencioso Administrativo; se confirmo la sentencia.- Ponente  Dr. Rueda Fernández.-
EXP. N° 2007-0272– Civil.- En los seguidos por Natividad Castillo Cerron sobre inclusión de herederas; se confirmo la sentencia.- Ponente  Dr. Luz Roque.-
EXP. N° 2006-0539– Civil.- En los seguidos por Miguel Mendieta Espinoza con Rosa espinoza Vda de Mendieta sobre Nulidad de Acto Jurídico; se confirmo la sentencia.- Ponente  Doctor Ricardo Astoquilca.-

DIA: 31 de Diciembre del 2008
Con los señores Vocales, doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y ROQUE MONTESILLO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2001-0132– Civil.- En los seguidos por José Rodríguez Arnaiz sobre Reivindicación; se declaro nula la sentencia.- Ponente  Dr. Rueda Fernández.-
EXP. N° 2008-031 – Civil.- En los seguidos por Edwin Mallqui Matamoros contra Agropecuaria salamanca sobre Indemnización por Despido Arbitrario; se declaro nula la sentencia.- Ponente  Dr. ROQUE MONTESILLO.-
EXP. N° 2008-029 – Constitucional.- En los seguidos por Elvis Chumpitaz Cuya contra Magistrados de la Sala Penal sobre Acción de Amparo; se revoco la sentencia.- Ponente  Doctor Ricardo Astoquilca

Con los señores Vocales, doctores: MARTINEZ MEZA, PAREDES DAVILA Y DURAND PRADO, han expedido la siguiente resolución:
EXP. N° 2008-024– Civil.- En los seguidos por Zenon Reyes Javier contra Juzgado Mixto de cañete sobre Proceso de Amparo; se declaro Improcedente demanda.- Ponente  Dr. DURAND PRADO.-

Cañete, 12 de Enero del 2009
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

INVITACION

Se invita a los profesionales abogados, bachilleres y estudiantes de los últimos ciclos de Derecho; así como a profesionales en psicología, licenciados (as) en trabajo social y técnicos en computación e informática a presentar sus hojas de vida documentadas, a fin de ser incorporados a la Base de Datos de postulantes para una posible contratación temporal en labores de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

REQUISITOS MINIMOS:
1.- Tener título profesional de abogado, psicólogo o licenciado en trabajo social; o ser bachiller o estudiante de Derecho de los últimos ciclos, o técnico en computación.
2.- Tener estudios de Computación e/o informática.
3.- No tener incompatibilidad legal por razón de parentesco por consanguinidad, afinidad y/o por matrimonio con trabajadores y/o magistrados de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
4.- No registrar antecedentes penales ni judiciales.

RECEPCION DE CURRICULUM VITAE:
- La entrega de los curriculum vitae documentados se realizará en la Mesa de Partes de la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicada en la Av. Condoray Mz. A, Lote 09, San Vicente de Cañete, en el horario de 08:00 a 13:30 horas y de 14:15 a 16:45 horas.
- La documentación a presentar deberá contener una declaración jurada de no registrar antecedentes penales, ni judiciales y no tener incompatibilidad por razón de parentesco por consanguinidad, afinidad y/o por matrimonio con trabajadores y/o Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Cañete.  Asimismo los interesados deberán precisar sus números telefónicos respectivos (domicilio, móvil, etc.).

La Presidencia.

JUDICIALES

CONVOCATORIA A SEGUNDO REMATE PUBLICO
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con María Elizabeth Cerrón Sánchez, Edelmira Doris Cerrón Sánchez y Gervasio Néstor Rivas Moreno, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial Cañete a cargo del Señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Víctor H. Rivera del Risco, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, Lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el Código de Predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles), título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03.  2) Embargo en forma de Inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04 y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACION: US $ 3,822.80 (Tres mil ochocientos veintidós y 80/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: US $ 2,166.25 (dos mil ciento sesenta y seis y 25/100 dólares americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación con la deducción del 15%.
DIA Y HORA DEL REMATE: 27 de Enero del 2009, a las 12:00 del mediodía.
LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado; Jirón 2 de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán un arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de Ley.  Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.
Cañete, 30 de Diciembre del 2008.
Mauricio Ponce Valdivia – Martillero Público – Reg. Nº 236.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
21, 22 y 23 de Enero del 2009.

EDICTOS
LA  SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE,  cita  y  emplaza  a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por  los cargos  que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
EXP. 1992-0244, a MARCO ANTONIO RENGIFO PONCE; para que se ponga a derecho y se defiendan por el Delito: Robo Agravado;  agraviado: Teodoro Malasquez Chumpitaz y Otros, 12/01/2009.
Presidente: Martínez. Secretario: Peralta
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EXP. N° 2008-0630.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; CITA , LLAMA y EMPLAZA  a JULIANA CORREA LEVANO, para efectos de que se apersone al Juzgado el  04/02/2009 a horas 11:00 A.M., a efectos de recibirse su declaración preventiva, en los autos seguidos contra JOSE LUIS QUISPE ARCE; delito Infracción contra el Patrimonio; Fdo. Dr. FLORES, Sec. Herrera. Cañete.- 07/01/2009. 
Secretario: HERRERA 
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0419, a WILMER GUILLERMO TOCASCA RAMOS; Delito: HURTO AGRAVADO; agraviado: Angelica Milagros Cachuas Hurtado. 15/01/2009.
EXP. 2008-0464, a MIGUEL ANGEL PEÑA SAMANIEGO; D0elito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: Mariel Estaban Albites Peña. 15/01/2009.
EXP. 2007-0741, a FELIPE SILVIO SANTOS PAJUELO; Delito: RECEPTACION; agraviado: Oswaldo Bladimir Cenise Almeyda. 16/01/2009.
Secretario: Vivas
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados a horas de Despacho  para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue, por haber sido declarado REO CONTUMAZ y ordene su captura.
EXP. 2003-0326, a SEGUNDO JAIME LUNA MONTERO; Delito: Defraudación de Rentas de Aduanas; agraviado: El Estado Peruano. 14/01/2009.
Secretario: Vivas
22, 23 y 24 de Enero

EDICTO
EL JUZGADO MIXTO DE MALA, Juez VILLANUEVA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0167, a JESUS SALVADOR PEREZ ORE; para su LECTURA DE SENTENCIA, el Día: 29-01-2009 a horas 11:00 AM, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordénese su ubicación y captura, por el Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR;  agraviado: Sergio Jesús Perez Ventura – otros. 19/01/2009.
Secretario: Fernandez

AVISO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-583-CI.- Ante el 2º JPLCÑ, que despacha la Dra. Patricia Martínez Guando, solicita ANATOLIA SIVIPAUCAR CARDOSA de las partidas de nacimiento número 19, año 1993, folio 19, de JOSSER LUIS PAREDES PAUCAR; número 374, año 1995, folio 174 de LUZMERY PAREDES PAUCAR y número 63284478, año 2003, libro 483 de Erald Eddy Paredes Paucar, en el extremo que se ha consignado su apellido materno PAUCAR siendo lo correcto SEVIPAUCAR, debiendo figurar en lo sucesivo en dichas partidas como JOSSER LUIS PAREDES SIVIPAUCAR, LUZMERY PAREDES SIVIPAUCAR, ERALD EDDY PAREDES SIVIPAUCAR, igualmente el nombre de la progenitora en dichas partidas aparece como progenitora como ANA PAUCAR CARDOSO, habiéndose consignado el apellido paterno de PAUCAR siendo lo correcto de SEVIPAUCAR, siendo lo correcto ANATOLIA SIVIPAUCAR CARDOSA, quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 06 de Enero del 2009.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial - 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
 
LUGAR: Panamericana Sur Km. 133.5.
ZONAS AFECTADAS: C.P. Laura Caller, Distrito de San Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de Asia de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05.
CIRCUITOS: CEPS 5020.
DIA: Jueves 22 de Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 01:43 hrs. Jueves 22 de Enero de 2009.
HORA FINAL: 05:57 hrs. Jueves 22 de Enero de 2009.

Las interrupciones del servicio fueron causadas por daños en la red M.T., ocasionada por Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control. 

21 enero 2009

OFICIALMENTE CREADA LIGA DEL CENTRO POBLADO PUEBLO NUEVO DE CONTA...

Una nueva Liga de carácter distrital, se ha creado en Cañete... se trata de la creación de la Liga Intradistrital del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Conta... con fecha 19 de Enero del 2009, la Liga Departamental de Fútbol de Lima, dio a conocer a Juan Crisóstomo Manrique De La Cruz, la Resolución Nº 01/2009/LDFL, que siendo de carácter provisional, es la partida de nacimiento de esta novísima Liga cañetana.
Aquí el tenor completo de dicha Resolución.

Resolución Nº 01/2009-LDEFL
Lima, 16 de enero de 2009
VISTO:
El expediente con fecha 18 de diciembre de 2008 que presenta la municipalidad del centro poblado Pueblo Nuevo de Conta, ubicado en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, solicitando la constitución de una liga intradistrital. En los conversatorios previos han estado presente los pobladores del lugar, la comisión técnica de estadio, dirigentes de la Liga Departamental de Futbol de Lima, el Presidente de la Liga Provincial de Futbol de Cañete, el presidente de la Liga Distrital de Nuevo Imperal, representantes de la Municipalidad del Centro Poblado.
CONSIDERANDO:
QUE, de acuerdo con la ley de bases de descentralización Nº 27783, el territorio del Perú, está conformado por regiones, departamentos, provincias, distrito y centro poblados en cuyas circunscripciones se organiza el estado y el gobierno en los ámbitos nacional, regional y local. Los centros poblados se rigen por la Ley de Municipalidades Nº 27972, y por la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados, Ley Nº 28440.
QUE, el articulo 41 de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nº 28036, proscribe, que en el caso del futbol se constituirán las ligas a nivel de zona intradistrital, teniendo como fundamento los objetivos de la ley, que es promover y masificar el deporte, en la forma descentralizada a nivel del ámbito local, regional y nacional.
QUE, esta norma ha sido reglamentada por la Federación Peruana de Fútbol en la cuarta disposición transitoria de la base de la etapa distrital, con mandato expreso de que funcionaran única y exclusivamente con la tercera categoría. En lo que se refiere al departamento de Lima, la explosión demográfica producto de la migración en gran escala de pobladores proveniente de otros departamento, produce que se comiencen a poblar mayores zonas geográficas con un gran volumen en familias; por lo que resulta necesario implementar políticas deportivas de acuerdo a la realidad de cada jurisdicción, organizadas sobre acciones de demarcación territorial y se sustente en principios de unidad, continuidad, integración y criterios de orden  población geográfica, socio económico y cultural.
QUE, la Liga Departamental de Futbol de Lima, con finalidad de masificar y fomentar la practica del futbol en el ámbito departamental, impulsa programas de interés público y social, acortes con plan deportivo y los planes de desarrollo. Planteo a la federación peruana de futbol, mediante oficio Nº 1426-LDEFL-2008, la necesidad de atender a los pueblos para hacer deporte, y se constituyan las ligas intradistritales, con las tres divisiones, con los mismos derechos de constitución y participación de las ligas distritales en el sistema deportivo nacional de la “Copa Perú”, recibiendo la autorización con oficio Nº 089-FPF-2009. Para el efecto, presentado el proyecto, debe ser sometido a la evaluación previa sobre cumplimiento de requisitos para su confirmación.
QUE, el petitorio de la población se da por problema de distancia, ya que el centro poblado Pueblo Nuevo de Conta, se encuentra a 12 kilómetros de la capital de su distrito  y sus pobladores tienen problemas de traslado por la falta de transporte y el camino de trocha carrozable, y cuando abandonan sus hogares para movilizarse  y ver su deporte favorito están expuesto al robo. El resultado de propiciar esta clase de competencias deportivas va a estimular el desarrollo socio-económico, una mejor calidad de vida de los niños y jóvenes, donde se promoverán nuevos valores, formar dirigentes y técnicos a través de la capacitación permanente y sostenible.
QUE, se ha evaluado el petitorio de la población, organizada sobre acciones en demarcación territorial de su jurisdicción y se ha verificado el cumplimiento de requisitos. Cuenta con su campo propio con las medidas reglamentarias en buenas condiciones incluso con pista atlética, estando por iniciarse los trabajos de la colocación de la malla olímpica, y posteriormente en cerco perimétrico y tribunas. Así como la creación de la liga intradistrital  tiende a impulsar la practica deportiva de otros centro poblados como san Fernando, Bellavista, Rinconada, Casa Pintada, La Joya y el pueblo joven Carmen Alto.
QUE, el centro poblado pueblo Nuevo de Conta, tiene seis (6) clubes deportivos, que se encuentra participando en las ligas distritales de Nuevo Imperial e Imperial de la provincia de cañete, los que darán creación y constitución legal  de la liga intradistrital, y tiene la opinión favorable de la liga provincial de futbol de cañete.
Por lo anteriormente expuesto y estando a lo acordado, con cardo a registrar en el libro de actas.
RESUELVE:
1.- Aceptar la constitución de la liga intradistrital del centro poblado Pueblo Nuevo de Conta, ubicado en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de cañete, departamento de lima; la misma que deberá constituirse como una asociación sin fines de lucro e inscribirse en el registro de personas jurídicas(SUNARP).
 2.- Los clubes que participen en esta liga deberán de pertenecer a la jurisdicción, o a los centro poblados de san Fernando, Bellavista, rinconada, Casa pintada, La joya, Pueblo joven Carmen Alto y otros que se encuentren cercanos a la ubicación de la zona departamental de futbol de Lima. 
3.- La liga iniciara sus actividades oficiales en el año 2009 en tres divisiones, teniendo que afiliarse a la liga provincial de futbol de cañete y en el distrito federativo.
4.- Los clubes que se encuentren participando en las ligas distritales de Nuevo Imperial e Imperial y que se van a integrar a esta liga, deberán solicitar la desafiliación de la liga de origen y los jugadores que tienen inscritos hasta ese momento deberán ser transferidos conforme lo establece el reglamento del sistema nacional de inscripción y transferencia de jugadores; el tramite, en esta liga departamental tendrá un costo cero.
5.- Los clubes de tercera división y los clubes nuevos, es de decir que no se encuentran registrados en otras ligas de sistemas deportivo departamental, la liga los aceptara, pero deberá programarse un torneo de carácter seleccionable y previo a la iniciación del calendario oficial; los primeros puestos pasaran a cubrir el número de clubes para hacer un total de 10 en la primera división, los restantes pasaran a integrar la segunda división.
6.- La liga participara en el sistema nacional de campeonatos “COPA PERU “, con todos los derechos de las ligas distritales.
7.- La liga se compromete a realizar torneos de menores y en la medida de sus posibilidades otras actividades reconocidas por la federación peruana de futbol, incluso deporte para todos.
8.- La presente Resolución tiene carácter de provisional, para que se lleve a cabo todos los actos administrativos de la constitución y funcionamiento dispuesto, debiendo regularizar su situación legal dentro de los 30 días siguientes.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE     
Tulio Reyes Avalos, Presidente; Edgar Santos Oyola, Vicepresidente
Eleodoro Munayco Sotomayor, Tesorero
Ismael Aquino Ingunza, Director de Técnica Deportiva       
“EL CHIROTE”, SE CONVIERTE EN CIBERNAUTA Y EN SU LARGO VIAJE ALBOROTA A CRÍTICOS LITERARIOS…

El Dr. Antonio Ruiz Tovar, quien radica en Wisconsin – USA desde hace más de una década, encontró el lugar propicio al utilizar los sitios webs, que abundan en el internet, para “colgar” sus trabajos literarios, cuyas inspiraciones salieron desde el más profundo de su ser, estando en su tierra natal, San Vicente de Cañete – Perú.
Antonio Ruiz Tovar, maestro, político, abogado, literato, poeta y periodista, tiene un sin número de producciones literarias, que merecen su reedición inmediata para que las nuevas generaciones, puedan conocerla y transportarse al pasado fascinante de su Cañete.
“El Chirote”, (Lima - 1,977), cuento con el que inauguró los blogs vinculantes con los amantes de la poesía y Literatura, tras ser publicados, causaron revuelo y alboroto inmediato entre sus lectores en distintas partes del orbe.
“El Chirote” es una escritura digna de grandes concursos literarios y quedaría en muy buen lugar. Lo felicito”, comentó el periodista de www.perumagiayen-canto.com, Gerardo Rehuel Sánchez de Miamik, Florida, el 06 de enero del 2009,
Además, tras publicar la obra completa en su edición del sábado 10 de Enero del año en curso, invitó al autor a integrar la plana de “corresponsal voluntario”, para que publique sus escritos.
Igualmente, la familia de Walter Fernando Mendoza Petrovich que radica en España, dijo: “El CHIRR, del pen...denciero Chirote, se  desliza por cada célula de nuestro cuerpo, siguiendo por las fibras nerviosas, atrapando la mente, con todos sus sentidos y llega al alma. Allí, donde albergamos nuestros elevados sentimientos; allí, donde llevamos la felicidad mejor guardada. Esa felicidad que buscamos lejos de sí; sin ser conscientes…que la tenemos tan cerca”.
Por su parte, Sandra Marko, editora de un importante blog de España, dio a conocer dos de los muchos lectores que ya tiene España sobre “El Chirote”, incidiendo que las críticas recibidas son muy interesantes.
Sandra Marko, lanzó por su web a sus miles de lectores, dos preguntas: “¿el simple relato rebasa los linderos humanos? y ¿Coincide con los “axiomas” de los amigos analistas?. Luego lanza el reto: ¿Usted, qué opina?”.

JOSE GAGLIARDI Y DIEGO QUISPE….
No era para menos. El Dr. Antonio Ruiz Tovar, se sintió muy contento y emocionado por la aceptación que tiene “El Chirote” en países, sobre todo, altamente desarrollados en el aspecto educativo y cultural
Le viene al recuerdo el año 1977, fecha en que culminó con la edición de El Chirote y que recién en unos años más tarde, logró publicar el “micro cuento” con el apoyo de don Diego Quispe Gonzáles de D&J Artes Gráficas de Lima, denominándolo “colección brevis”, al publicarse también su par MAKAKO.
Aún podemos rememorar la Presentación de la obra, hecha por don Juan José Gagliardi Ruiz, señalando: “Visiones y conductas de un (pajarillo) CHIRR, obligaron al autor a ingresar al mundo de su pasado juvenil, y rescatar hermosos pasajes o vivencias; recuerdos lejanos, que muy bien los hace caminar a nuestro encuentro inundándonos con profundas emociones”.
Luego remata: “¡Qué tal descripción del animalito…! de su forma de vivir; y cómo nos trasmite su especial admiración por este pequeño ser de la naturaleza… Un gran cuento con profundo mensaje de salir en defensa de la ecología. Además del amor a la madre, al terruño, del amor juvenil, de esos aspectos sublimes y puros”, remarcó Gagliardi. 
 En su momento, Antonio Ruiz, dijo que El Chirote, es un pequeño monumento literario cañetano. Por lo que irradia, será pieza de lectura obligada en los centros educativos, particularmente, en ese trozo de Perú que se llama Cañete. 
“Vislumbramos que generaciones tras generaciones cañetanas vibrarán con su lectura; y esto nos complace sobremanera. El “aprendiz” a escritor, como dice ser nuestro respetado progenitor, cuando ya no exista, desde arriba verá que su original creación supervivirá en el tiempo. Padre, gracias por permitirnos ingresar en tu publicación. Tus hijos”, se lee. 
Pero, la proyección de Antonio Ruiz Tovar, gracias a la tecnología de nuestros tiempos, ha sido superada y El Chirote, ya no sólo “vuela” en las callecitas de su San Vicente querido, sino que hoy hace “Chirr… en todo el mundo causando admiración y haciéndonos imaginar su clásico color. (Wicecal)
COMITE EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL DELEGA FACULTADES A PRESIDENTES DE CORTES SUPERIORES
Se Busca Brindar Un Servicio De Justicia Más Eficiente Y Oportuno...

Con el objetivo de contribuir a la desconcentración administrativa y brindar un servicio cada vez más eficiente y oportuno, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), máximo órgano administrativo de este poder del Estado, resolvió delegar algunas facultades a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República.
El CEPJ lo preside el doctor Javier Villa Stein y lo integran los Vocales Supremos doctores Antonio Pajares Paredes y Javier Román Santisteban; la Vocal Superior, doctora Sonia Torres Muñoz; el Juez doctor Walter Cotrina Miñano; y el representante de los abogados, doctor Enrique Rodas Ramírez.

LAS NUEVAS FACULTADES DE LOS PRESIDENTES DE CORTE...
A través de la Resolución Administrativa Nº 002 – 2009 – CE-PJ, se faculta a los titulares de las Cortes Superiores a autorizar certámenes académicos que se programen en su Distrito Judicial y fuera del horario de trabajo.
Asimismo, se les delega la función de autorizar la realización de declaraciones instructivas, inspecciones judiciales, y otras diligencias que por disposición legal tienen que ser llevadas a cabo por el juez del proceso fuera del Distrito Judicial y dentro del territorio nacional.
En el caso de audiencias para el otorgamiento de beneficios penitenciarios, sólo se autorizarán cuando previamente se hubiera agotado el trámite respectivo ante el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe).
También se faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores de la República, autorizar la participación de magistrados en eventos internacionales, cursos de perfeccionamiento o becas de su especialidad, cuya duración no exceda los 30 días calendario.
En este último caso, se concede la licencia que corresponda, con sujeción estricta a lo establecido en el Reglamento de Licencias para Magistrados del Poder Judicial.
La citada Resolución precisa que las impugnaciones que se presenten, serán resueltas por el Consejo Ejecutivo Distrital o la Sala Plena de la respectiva Corte Superior a falta de aquél; o por el CEPJ cuando no existan los dos primeros.  
CARTA ABIERTA

San Vicente, ENERO 20 del 2009

Señor
JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ACCIONISTAS DE EMAPA CAÑETE S.A.

De nuestra consideración
Nos dirigimos a usted, con el objeto de expresar y dejar constancia de nuestra NO responsabilidad por los hechos ocurridos el día 14 de enero del 2009, ante los ACUERDOS DE LA JUNTA en uso de su libre decisión, la cual no compartimos POR NO CORRESPONDER al orden de legalidad, manifestando lo siguiente:
1.- La Junta de Accionista decidió sin justificación alguna y actuando ilegalmente a desconocer una convocatoria a Junta General Extraordinaria, realizada formalmente por el Directorio, de CONFORMIDAD con los artículos 24º y 25º del Estatuto. Dejando sin efecto los puntos de agenda.
2.- La Junta de Accionista POR MAYORIA acordó REMOVER AL DIRECTORIO EN PLENO (5 Directores); ACUERDO que contraviene en forma directa lo normado en el artículo 39º del D.S. Nº 023-2005-VIVIENDA, modificado por el D.S. Nº 010-2007- VIVIENDA y, el art. 154º de la Ley General de Sociedades.
3.- El Directorio, ACEPTO la designación del nuevo Director Ingº Tomas A. García Puente Arnao, en estricta concordancia con el artículo 35º Y 44º (Modificado por la Junta de Accionistas el 18 de Julio del 2007), del Estatuto de Emapa Cañete y el artículo 154º de la Ley general de Sociedades.
Existe antecedente  en relación a la REMOCION  de los Directores de una EPS, en el sentido que la Junta General de Accionistas de una EPS, NO tiene facultad para REMOVER a los Directores ELEGIDOS - por imperio de la ley - por EL GOBIERNO REGIONAL y LA SOCIEDAD CIVIL (Cámara de Comercio y Colegio de Ingenieros), conforme a lo establecido en la Ley 28870 (art. 2º, que garantiza la presencia de los usuarios en el Directorio).
· Acuerdo de Consejo Regional Nº 036-2008-CR/GRL de fecha 7 de abril y  publicado en el diario Oficial El Peruano el 22 de agosto del 2008.
4.- Los Directores firmantes, ADVIERTEN  a la opinión pública de nuestra provincia y a la SUNASS, estos hechos que generan un mal precedente de legalidad y de injerencia política en EMAPA. 
5.- Con fecha 30 de DICIEMBRE 2008 la Municipalidad Provincial entrega el CONTRATO DE EXPLOTACION, que constituye el instrumento legal de EMAPA CAÑETE S.A. por el cual se otorga el derecho de explotación de los servicios de saneamiento y se señalan el ámbito geográfico en la provincia de Cañete.  
6.- Dejamos constancia expresa que nuestro trabajo de gestión y decisión en EMAPA siempre fue técnico, en base a nuestra experiencia profesional y empresarial, actuando siempre, bajo el principio rector  de AUTONOMIA DE GESTION, sin injerencia política. 
Las diversas obras concluidas y en ejecución son el mayor respaldo a nuestro trabajo, que fue enmarcado dentro de una coyuntura de emergencia por el lamentable suceso del 15 de agosto del 2007.

Atentamente,
INGº RAFAEL H. ESPINOZA DE TOMAS, INGº JOSE CAMA VICENTE, INGº FILIBERTO D. RAMOS MEDRANO, 
CPC N. FERNADO LUI VASQUEZ y INGº TOMAS A. GARCIA PUENTE ARNAO
ANEXO BARCELONA DE MALA... SE REBELA POR EL AGUA… 
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (Corresponsal en Mala)

Los Cazadores atrapan las liebres con los perros; muchos hombres atrapan a los  ignorantes con la adulación, entender que cualquier cambio por bueno que sea,  cuenta inicialmente con pocos amigos, que no comprenden bien los enormes  beneficios eventuales y con muchos enemigos que defienden el “Status Quo” (La situación existente), pero también  hay revolucionarios  que se revelan a la injusticia, a no ser miserables, a nunca mas estar de rodillas, lo ayudan a sentir  que son dignos de sí mismo.
El 15 de enero de 1987 un grupo de vecinos entusiastas fundaron  “San Juan de Barcelona”, (Patrón San Juan Bautista - 24 de Junio), soñaron tener otro futuro y alimentaron ese sueño con diligencia, pero recibieron solo ignorancia y olvido.  Don Demetrio Landa Romero (el mas antiguo poblador) recuerda: “Aquí vivieron mis padres  Guzmán Landa y Maximiliana Navarro, antes de 1987 esta  zona era bella, había mucha arqueología, restos humanos, prendas de algodón, cerámica, y otros vestigios; pero cuando se construyó la autopista  panamericana, el Ministerio de Transportes  destruyó gran parte de ella, sacando tierra de los cerros para relleno de la autopista… reclamamos pero no nos hicieron caso, aquí viven 320 personas aproximadamente (80 cabezas de familias)… cuando hicimos nuestro puente de  ingreso, que nos costó sacrificio, y que hoy pasan con peso llevando material de  acarreo para los clubes y que pronto colapsará, quiero decirle que nadie nos ayudó, pusimos la luz en 1997, dejando de comer, fue esfuerzo de todos los pobladores ¿ Dónde estuvieron las autoridades?, cuando el Señor Venero (Caso Mafia- Fujimori- Montesinos) se apoderó de la Zona Arqueológica “Cerro Salazar”, quisimos evitarlo, pero vinieron con matones y fusiles, cercó con púas, puso un tractor  caterpillar y destruyó la zona arqueológica… ¿Dónde estuvieron las autoridades?... me siento muy triste e indignado – balbucea…
Cuidábamos un terreno para recreación y educación para nuestros hijos, vino el Señor Willy Tartarini (Banco Hipotecario) y de manera prepotente se apoderó de los terrenos colindantes, con la complacencia del Alcalde Andrés  Bancayán Villavicencio (Mala) y Jorge Brignole Santolalla (Cañete), fuimos a Mala  y desconocieron nuestros  derechos, han pasado los años y los abusivos del Club  Aventure desde 1999 intentaron poner sus cables de alta tensión  por  nuestro  territorio, sin importarles la seguridad de la población.  
Por defender nuestros derechos hemos sido denunciados en Cañete, por que le dijimos primero que abran la tranquera que nos impide el acceso a nuestras playas, en venganza han colocado por el otro lado con la venia de Luz del Sur un gran transformador eléctrico, que succiona toda la energía... ha bajado el voltaje de luz   y ha ocasionado que se malogren nuestros artefactos eléctricos… venga Ud. los días martes para que vea que aquí al lado (señala la falda del cerro), queman todos los plásticos del club Aventure y las playas… en verano se contamina el ambiente es insoportable, nadie  hace nada, abusan de nuestra pobreza, y lo que es peor el vehículo de la Limpieza Pública de la Municipalidad ingresa durante el año al Club   a recoger los residuos, pero nos indigna que nunca vengan por acá… De igual  manera en los 4 años del gobierno anterior del Alcalde Juan Hugo Nolasco Manco, nunca vinieron en 4 años y tampoco hicieron una sola obra.  Mirando hacia atrás el Alcalde Juan Arturo Yaya Huapaya construyó el PRONOEI y una Minilosa de 4 x 4 m aproximadamente, ambos no guardan las características apropiadas, como Ud. está viendo, pero en febrero del 2000 salió en la revista municipal como una gran obra,  pero si por lo menos venía el camión de limpieza pública de vez en cuando.
Con este gobierno edil se empezó a construir una losa, hace un año que nos han abandonado, no sabemos porque se suspendieron los trabajos, en los laterales han dejado unas tremendas zanjas que son un peligro para nuestros niños; puede imaginar Ud. que ni el Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzáles y sus regidores, no han venido ni una sola vez en estos dos años para reunirse y solucionar nuestros problemas “in situ”.
Los mejores momentos que recuerdo fueron en 1989 cuando formamos con otros vecinos la Junta Vecinal, por lo menos tuvimos el apoyo moral del Alcalde de  entonces Walter Chumpitaz Agapito.
Muchas gracias por venir, para mi es un orgullo que Ud. haya venido, no se olviden  de nosotros  que también somos de Mala,.. concluyó con mucha nostalgia.

TENIENTE GOBERNADOR... DENUNCIA SEQUIA DE POZOS…
Luis Alfredo Landa Tomaylla (33) Teniente Gobernador del Anexo San Juan de Barcelona, recuerda que algunas veces vivimos nuestras vidas encadenados, sin saber que nosotros tenemos la llave de la libertad… hace 5 años que decidió ignorar  el olvido de autoridades y abusivos clubes de playa; casado con doña Sandra Garro Rosas, fundaron la Empresa  Landa Produce S.A.C con los  famosos productos “MARCE”, que se  lucen en los supermercados peruanos (Santa Isabel, Plaza Vea, Bibanda....)… exporta de Mala a Lima diariamente entre 400 a 500 bolsas de lechuga de cultivos hidropónicos (sin suelo o cultivo en  agua artificial,  se cosecha  en la mitad del tiempo normal que el cultivo tradicional), da trabajo a 8 trabajadores   mas toda la familia y brinda apoyo social a sus propios vecinos, emplea tecnología ecológica.  Entre 1996-1998 integró como Pro Tesorero la Junta Vecinal del Anexo, y elaboraron con recursos propios un plano del pueblo, acompañado de los  dirigentes Leonardo Tomaylla Huaylla (Presidente), Roberto  Lozano Reginaldo (Secretario), Juana  Gonzáles  de Tomaylla (Tesorera) .... entre otros notables  pobladores.  En este lugar donde no existe un Comedor Popular, solo el Programa del Vaso de Leche que funciona en una alicaída infraestructura llamado “Local Comunal (Víctima del terremoto), que viene  reforzando con columnas, una  desolada capilla que se construye a punta de  faenas comunales; siguiendo los pasos de sus padres y abuelos hace la siguiente denuncia: “ El pueblo es agricultor, antes por ejemplo mi pozo tenía 1.5 m de agua, ahora solo 1 m es alarmante ha bajado 50 cm los pozos se están salinizando, todo  porque el agua  se la lleva  a APRILS de 4 pozos  que succionan el agua de los platanales al balneario de Asia…  antes lo normal  y promedio era 10 cm el descenso del agua.  Ud puede ver yo utilizo  medidas oficiales, no nos pueden engañar, estamos tomando agua contaminada   porque nuestros pozos y silos están a una distancia de 8 a 10 m.  aproximadamente, no tenemos otra opción, se han olvidado de nosotros… increíblemente al lado está las Totoritas, tienen abundancia de agua, y nosotros  nada, hay una línea  de tuberías  cercana que podríamos tomar con  la ayuda de la Municipalidad, el problema es mayor de lo que ustedes ‘pueden  imaginarse, tenemos que hacer algo, los Club Aventure y Barceloneta, han cambiado un  antiguo camino de servidumbre, ponen tranqueras y nos  han dejado otro caminito en perjuicio de todos  nosotros, parecemos esclavos,  aquí  en Mala, se favorece a la gente adinerada pero esto se acabó, ya no mas  miedo, quiero salvar  lo que queda de la zona arqueológica, yo llegué  a conocer la  belleza de Cerro  Salazar, que mi pueblo progrese, que no  mendigue, que no tenga hambre y sed por falta de agua, solicito que la Municipalidad haga un plano catastral, que se respete nuestros derechos, que no nos abandonen y cierren las  puertas… Señor Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzáles,  hay que cerrar los 4 pozos de APRILS que ya nos están afectando, que llegué el agua potable, mi pueblo es muy unido hemos caminado y construido las obras solos, sin ayuda, estoy seguro que lograremos nuestros  objetivos. Muchas  Gracias.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de dos interrupciones en el servicio eléctrico.
 
LUGAR: Panamericana Sur Km. 141.8 San Vicente y Panamericana Sur Km. 128 Cerro Azul.
ZONAS AFECTADAS: Av. 9 de Diciembre, Urb. San José, Urb. San Agustín, Urb. Tercer Mundo, Libertadores del distrito de San Vicente, Distrito de San Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de Asia de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05.
CIRCUITOS: Todo el Alimentador CÑ-05.
DIA: Martes 20 de Enero de 2009.
HORA DE INICIO: 02:55 hrs. Martes 20 de Enero de 2009.
HORA FINAL: 18:03 hrs. Martes 20 de Enero de 2009.

Las interrupciones del servicio fueron causadas por daños en la red M.T., ocasionada Acto Vandálico (cable seccionados y Rotura de Poste), lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control. 

JUDICIALES

EDICTO
Ante mi se ha presentado TEODORO JESUS VICENTE OCHOA, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fue su madre ADELAIDA OCHOA CARDENAS, fallecida el día 12 de Mayo de 1984, a fin de que se declare como heredero universal al solicitante y a sus hermanos Juana Enma Vicente Ochoa y Claudio Donato Vicente Ochoa.  Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho .  Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.  Cañete, 19 de Enero del 2009.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Los Andes s/n. – Lunahuaná – Cañete
Telefax 2841060

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2009-0006, MIGUEL ANGEL BENAVENTE ESCOBAR, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento; a fin de que se ADICIONE su apellido materno “AYLLON” de su difunta madre, siendo su nombre correcto “MODESTA ESCOBAR AYLLON”.
Lunahuaná, 13 de Enero del 2009.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO
La Suplente, Jefe del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Coayllo, JENNY MARY VILLALOBOS ACUÑA, hace de conocimiento que: ELIZABETH ANA VEGA REYNA, solicita Rectificación de Partida de Nacimiento de su menor hija: JOSSY INES VEGA VEGA, por apreciarse ilegible en el rubro sexo en la que dice femenino, siendo lo correcto “femenino”, la hora de nacimiento no se aprecia claro, lo correcto es TRES TREINTA – TARDE, la declarante lo correcto es la madre ELIZABETH ANA VEGA REYNA y la fecha de Registro del Acta es Jueves 30 de Enero del año 1992, quien tenga motivos para oponerse haga valer su derecho en el Despacho de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Coayllo.
Jenny M. Villalobos Acuña
Sub Jefe RRCC

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital, se han presentado don Geny Clay Mendoza Pumaylle, de treinta y ocho años, de nacionalidad peruano, ocupación docente, estado civil soltero, domiciliado en CPM Santa Bárbara Mz. “F”, Lote 03, hijo de don Teodoro Mendoza Bitron y doña Agustina Pumaylle Rojas, con DNI Nº 28849743; y doña Apolonia Rosario Arotinco Saire, de 41 años de edad, de nacionalidad peruano, ocupación docente, domiciliado en CPM Santa Bárbara Mz. “F”, Lote 03; estado civil soltera, hija de don Timoteo Arotinco Flores, y de doña Florentina Saire Huamán, con DNI Nº 15353957, pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio.  Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término señalado, que es de ocho días conforme a Ley.
Cerro Azul, 15 de Enero del 2009.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO
En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Schiaffino Cebrian de Velasco Teresa y Javier Velasco Pérez, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00509-2007, el Noveno Juzgado Subespecializado Comercial de Lima que despacha el señor doctor Juez Carlos Armando Huerta Ortega y Especialista Legal Diana Mavel Tafur Jareca, ha dispuesto el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble: Lote Nº 53, Fila A de la Urbanización Habilitación Vacacional Playa del Sol, del distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Registral Nº 2147, que continúa en la Partida Electrónica 90028820 del Registro de Predios de Cañete, de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima: VALOR DE TASACION: US $ 161,190.00 (ciento sesentiun mil ciento noventa y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $ 107,460.00 (ciento siete mil cuatrocientos sesenta con 00/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de su tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: 1).- Asiento 3 d- HIPOTECA: Constituida por la sociedad conyugal Velasco – Schiaffino en favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US $ 40,000.00 dólares americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones ante el mencionado Banco.- Así consta de la escritura pública del 16/05/97 Notario Alfredo Paino; 2.- Asiento 5 d- AMPLIACION DE HIPOTECA.- La sociedad conyugal Velasco - Schiaffino, acuerdan ampliar la hipoteca inscrita en el as. 3-D, hasta por la suma de US $ 60,00.00 dólares americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, con el objeto de garantizar sus obligaciones con el mencionado Banco.  Así consta de la escritura pública del 21/11/97. Notario Alfredo Paino; 3).- Asiento D 00001 CONDICION PARA TRANSFERENCIA.- De conformidad con lo normado por el Reglamento Interno de copropiedad inscrito en el asiento 6-B de la Ficha Nº 1132 del Registro de Propiedad, se establece que en los contratos de adquisición del derecho a edificar sobre los lotes de la Habilitación, la aprobación del comprador por la Junta Directiva del Condominio Playa del Sol, así consta del título archivado Nº 8698 del 17/02/95; 4).- Asiento D 00003 AMPLIACION DE HIPOTECA: Ampliada la Hipoteca inscrita en los asientos 3 y 5 del rubro “d” de la Ficha Nº 2147 que antecede constituida a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, elevando su monto de afectación hasta por la suma de US $ 150,000.00 Dólares Americanos respaldando las obligaciones que en forma expresa han sido asumidas por éstos ante la citada entidad bancaria en el instrumento público que da origen a este asiento.  Así fluye de la Escritura Pública del 10/07/2003 otorgada ante Notario Público Alberto Flores Barrón. 5).- Asiento D 00004 ARRENDAMIENTO.- Los propietarios del predio inscrito en esta Partida han otorgado a favor de ROLANDO CAPELLA PINASCO, soltero, identificado con DNI Nº 07815961, en arrendamiento el predio a que esta Partida se refiere, por un plazo de 10 años, contados a partir de la firma de la minuta (05-05-2005) el mismo que podrá ser modificado y ser prorrogado por acuerdo de ambas partes.  El monto del alquiler asciende a la suma de S/. 300.00, mensuales, los cuales serán pagados en forma adelantada.  Así consta de la Escritura Pública del 08/05/2006 (Kardex 6845) otorgada ante Notario Público de Lima Mónica Margot Tambini Avila. 6).- Asiento D 00005 ANOTACION DE DEMANDA.- Por resolución Nº 01, de fecha 26/09/2007, expedida por el Dr. Carlos Armando Huerta Ortega, Juez del 9º Juzgado Civil Sub-especialidad Comercial de Lima, Sec. Diana Mabel Tafur Jareca, se ha dispuesto se ANOTE LA DEMANDA sobre Ejecución de Garantías. En los seguidos por Banco de Crédito del Perú con Teresa Schiaffino Cebrian de Velasco y Javier Velasco Pérez, sobre ejecución de garantías (Exp. Nº 2007-509-20-9-JCL). DIA Y HORA DEL REMATE: VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO 2009 A LAS DIEZ DE LA MAÑANA.  LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates del Juzgado, ubicada en el Jr. Puno Nº 158 y en el Jr. Carabaya Nº 718, del Cercado de Lima.
POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación y presentar su arancel judicial número de expediente y DNI/RUC; los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil, Decreto Supremo 008-2005-JUS, y están afectos al IGV.  Rosa Francisca Díaz García, Martillero Público Registro Nacional Nº 168.
Diana Mavel Tafur Jareca - Secretario Judicial - Noveno Juzgado Civil Subespecialidad Comercial -  Corte Superior de Justicia de Lima
Rosa F. Dïaz García.- Martillero Público.- Reg. Nº 168
Publicar del 14, 15, 16, 19, 20 y 21 de Enero del 2009.

CONVOCATORIA A 
SEGUNDO REMATE PUBLICO
En los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. con María Elizabeth Cerrón Sánchez, Edelmira Doris Cerrón Sánchez y Gervasio Néstor Rivas Moreno, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial Cañete a cargo del Señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Víctor H. Rivera del Risco, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, Lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el Código de Predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles), título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03.  2) Embargo en forma de Inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04 y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACION: US $ 3,822.80 (Tres mil ochocientos veintidós y 80/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: US $ 2,166.25 (dos mil ciento sesenta y seis y 25/100 dólares americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación con la deducción del 15%.
DIA Y HORA DEL REMATE: 27 de Enero del 2009, a las 12:00 del mediodía.
LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado; Jirón 2 de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia y presentarán un arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de Ley.  Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732º del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.
Cañete, 30 de Diciembre del 2008.
Mauricio Ponce Valdivia – Martillero Público – Reg. Nº 236.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
21, 22 y 23 de Enero del 2009.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA

Resolución Administrativa Nº 02-2009/PJ-CSJCÑ-P

San Vicente de Cañete, 05 de Enero del 2009.

VISTOS:
El Acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de Diciembre del dos mil ocho; y

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad de los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena, siendo además los encargados de cautelar la pronta y correcta administración de justicia en el Distrito Judicial a su cargo;

Que resulta necesario designar jueces provisionales que, reuniendo los requisitos de Ley, se encarguen del trámite de los diversos procesos que giran ante los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cañete durante el año judicial 2009.

Por tales consideraciones, visto el acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de diciembre del dos mil ocho, y en uso de sus atribuciones conferidas por los numerales 3), 6) y 9) del artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RATIFICAR para el Año Judicial 2009, a los Jueces que a continuación se detallan como Magistrados Provisionales de los siguientes Órganos Jurisdiccionales:
1.- Dr. Javier Donato Ventura López, como Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí.
2.- Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, como Juez Provisional del Juzgado Mixto de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete.
3.- Dr. Rommel Hugo Flores Santos, como Juez Provisional del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Yauyos.

Artículo 2º.- REMITIR la presente Resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de las Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General del Poder Judicial y Escalafón Judicial del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Órganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia y de los señores magistrados designados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Silvia Consuelo Rueda Fernández
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete