EL DIM GANABA 3 A 1… Y DECIDEN CAMBIO DE RAUL MAGUIÑA POR JESUS SAYAN CUANDO FALTABAN 8 MINUTOS PARA QUE CULMINE PARTIDO…
Ese Cambio Lo Puede Eliminar De La Departamental… Jugador Tenía 3 Tarjetas Amarillas Acumuladas Y No Podía Jugar…
DIM Busca Improcedencia Del Reclamo… Por Errores De Forma En Presentación Del Mismo…
La verdad es que es increíble lo que le sucede al elenco del DIM, elenco que dirige Julio Sánchez y que es asesorado por el ex futbolista profesional Flavio Maestri.
El sábado pasado se jugó uno de los mejores partidos del campeonato… en el Estadio de la Universidad Nacional de Ingeniería… al frente tenía al elenco del Pacífico F.C., un elenco que es apoyado con fuerza por su municipio, el de San Martín de Porres, que tiene como Alcalde a Fredy Ternero.
Y las cosas al DIM se le presentaron complicadas desde el inicio, ya que Nicolás Nieri, del elenco del Pacífico ponía en ventaja a sus colores sobre los 29 minutos del primer tiempo, aprovechando una lúcida acción personal de Shew Obregón.
El camino se hacía cuesta arriba cuando minutos más tarde, Antonio Peralta se iba expulsado por un codazo alevoso a un rival. Fue allí donde empezó a crecer de manera insospechada la figura de su mejor jugador ‘Cusi’ Peralta. A los 34', el pequeño volante realizó una gran jugada por el flanco derecho, sirviendo un centro exacto para la testa de Jesús Sayán. Aquel cabezazo del goleador albo, venció la resistencia del ingresado Roberto Delgado, con lo que se establecía el 1-1 en el tanteador.
Para la complementaria, el DIM realizó algunos ajustes en su engranaje colectivo, que le permitieron fortalecer la tarea defensiva, sabiéndose en inferioridad numérica. A partir de allí, los dirigidos por Julio Sánchez administraron con mayor inteligencia el traslado del balón, dejando latente la posibilidad de un contragolpe letal. Precisamente, por esa vía, le darían la estocada mortal a su adversario: sobre los 75', un rápido tiro libre terminaría en una perfecta habilitación para el ‘Cusi’ Peralta, quien sacó un potente remate para colocar el 1-2.
A los 81', cuando los dueños de casa aún no habían asimilado aquel duro golpe, apareció nuevamente Carlos Peralta para efectuar un sensacional disparo que selló el 1-3 en favor de los albos. Lo que vendría después, simple y sencillamente fue para ponerse a llorar.
LOS DIAS PREVIOS…
Durante los días previos al partido, el delegado del DIM, había acudido a las oficinas de la Departamental, para indagar sobre las tarjetas amarillas de sus jugadores, así como las del rival. Revisaron planilla por planilla… y nada… Todos sus jugadores estaban aptos. Pero cometieron un gravísimo error… no se percató el delegado que una de las planillas consignaba la necesidad de presentación de un informe adicional, y en ese informe adicional se señalaba con tarjeta amarilla al jugador Raúl Maguiña… Ese informe adicional, no fue buscado ni revisado, en todo caso no estaba adosado a la planilla de juego… aparentemente no estaba en su lugar… ese informe quedó sin poder conocerse lo que informaba.
JUGO QUIEN NO DEBIA…
Faltaban pocos minutos para terminar el encuentro, en realidad después del baile que le daba el DIM al Pacífico FC en su propio feudo, no había necesidad de ningún cambio más… pero el destino es así… el profesor Julio Sánchez, técnico del DIM dispone el ingreso de Raúl Maguiña por Jesús Sayán… y el que no debía de jugar, jugó… error infantil, pero error que le cuesta la clasificación…
QUIEN DIO EL DATO…
Lo cierto es que en la Departamental a diferencia de lo que sucede en la Provincial, no hay sesiones, solo hay programación, los días lunes… Mal pueden los delegados enterarse de lo que consignan las planillas de juego, de lo que sucede en los demás partidos. No hay un buen manejo de los resultados, no hay boletín oficial que consignen las amarillas, las rojas, los goles, las incidencias de los partidos. Ello hace que solo se pueda conseguir la información requerida, si es que el delegado lo solicita.
Ayer en las oficinas de la Departamental, se sabía lo que iba a arrojar el fallo… hay algunos errores en el reclamo… formalmente no ha sido bien presentado… no ha ido en hoja membretada… las pruebas no han sido fedateadas por la departamental… argumentos que siempre se sacan por debajo de la manga para tumbarse un fallo que solo puede y debe tener una decisión final.
Ello señala entonces, que el delegado del Pacífico F.C., tampoco tenía idea de lo que había sucedido… el dato de la participación de un jugador, con amarillas acumuladas se dio desde adentro, o por un informante de última hora, que debía tener las planillas de juego de los partidos del DIM.
Lo cierto es que Raúl Maguiña jugó, no debiendo hacerlo por tener sanción automática por tarjetas amarillas acumuladas, ésta sanción es automática; como automática debe ser la entrega de los tres puntos a quien sin proponerlo, se lo ganó.
Da cólera y pena, porque un elenco como el DIM, que tiene un elenco bastante competitivo… que se ha preparado y reforzado convenientemente, por un error de su comando técnico, delegado y dirigentes, se encuentre en la situación en que se encuentra, apelando a un milagro para seguir en carrera.
De otro lado, hay que señalar que muchos reclamos que tenían asidero, siempre se han caído en esta etapa, por el aspecto formal, que se ha tornado riguroso al extremo… parece ser que éste podría ser el caso… Desde el papel membretado, el sello del dirigente… si está firmado por dirigente reconocido… si está inscrito su última directiva en registros públicos… si tienen las copias que deben tener… si las pruebas que ha presentado están fedateadas, etc., etc., etc..
Lo único que queda es esperar… esperar, y ojalá que nada discurra por debajo de la mesa… que el reclamo se resuelva con justicia. Por lo demás, mientras el DIM y el Pacífico viven horas de incertidumbre, ello debe ser bien aprovechado por el San Lorenzo de Porococha, que debe afinar detalles, para sacar al rival que tiene al frente en su camino de clasificación hacia la Etapa Regional.
07 septiembre 2011
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 010-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas, sobre propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Antonio-Cañete, la misma que debido a la necesidad de la labor Administrativa Municipal requiere de su actualización respectiva de acuerdo a los dispositivos legales vigentes para el normal desarrollo de la gestión del gobierno local de turno;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas mediante Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA propone a la Gerencia Municipal la Modificación de la Estructura Orgánica, luego de un amplio análisis y debate con las Gerencias de líneas y de apoyo y demás áreas funcionales; para su aprobación respectiva ante el pleno del Concejo Municipal;
Que, mediante informe Nº 038-2011-OPP-MDSA de la Oficina de Presupuesto, se señala que considera la modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad, adecuándola a la realidad de responsabilidad funcional y estructural; debiéndose considerar que el número de plazas que contemplan la propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas involucraría mayor asignación de gasto corriente, por lo que sugiere que en la presente modificación se considere la real y efectiva disponibilidad financiera de la entidad;
Que, mediante Informe Legal Nº 075-2011-OAL/MDSA se señala dentro de su contenido que la propuesta alcanzada tan sólo pretende que la estructura funcional de la municipalidad sea acorde con el funcionamiento real de las
Gerencias; por lo que opina que es pertinente aprobar la propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la entidad municipal;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la estructura Orgánica es un documento de gestión indispensable para la marcha administrativa municipal, cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contenido de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención del administrado, la misma que debe cumplir con las exigencias de la Administración Municipal;
Estando a lo expuesto, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Nuevo Organigrama Estructural Funcional de la Municipalidad de acuerdo a lo propuesto, el mismo que forma parte integrante de los instrumentos de gestión, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGAR en todo su contenido la Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, y todos los dispositivos que contravengan a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que la Gerencia Municipal, proceda a la adecuación normativa e implementación sistemática progresiva con respecto a la nueva Estructura Orgánica aprobada.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 011-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal sobre proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; aspecto concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, Mediante Ordenanza Nº 022-2009-MDSA de fecha 02.NOV.2009, se crea el Serenazgo en el Distrito de San Antonio-Cañete, con el fin de contribuir a asegurar la convivencia pacífica, el control de la violencia urbana e interurbana y la prevención de delitos y faltas en el distrito; la misma que se encuentra en la Estructura Orgánica vigente de la Municipalidad como Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, dentro de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal;
Que, en aras de conllevar a un buen servicio de la Oficina de Serenazgo, así como brindar un eficiente servicio por parte del personal que lo integra, y al tiempo transcurrido desde su creación, se hace necesario e imprescindible contar con su Reglamento con la finalidad de normar el servicio de labor diaria en bien del vecindario, enmarcado dentro de los principios de legalidad, objetividad, justicia y equidad, dentro de lo que es su Misión, Funciones y Atribuciones;
Que, mediante Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, se presenta el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San –Antonio – Cañete, para su evaluación y aprobación; y mediante Informe Nº 033-2011-GAF-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas se remite a la Oficina de Asesoría Legal para su revisión, señalando asimismo que se encuentra enmarcado dentro de la estructura orgánica municipal actual;
Que, mediante Informe Nº 073-2011-OAL/MDSA de la Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad, se señala que el proyecto de Reglamento presentado tiene por finalidad normar el servicio de Serenazgo en su labor cotidiana interrelacionada con el vecindario, lo cual guarda congruencia con la Constitución Política y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y lo eleva al Despacho de Alcaldía con opinión favorable para que sea tratado en Sesión de Concejo;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14) del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cual consta de cinco (05) Títulos, veintiún (21) Capítulos, y ciento veintidós (122) Artículos, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal, velar por el cumplimiento del presente Reglamento por parte de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, realizar las coordinaciones y el cumplimiento del presente reglamento aprobado.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-191, seguido por JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO, sobre PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES; la señora Juez Dra. Norma Gonzales Ventura, ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. 21-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) NOTIFICAR a la demandada SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO por el plazo especial de SESENTA DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal (…).- Una firma, Dra. Norma Gonzáles Ventura – Juez.- Una firma, Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 02 de Setiembre de 2011.
DR. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 06 y 07 de Setiembre
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
Oficina de Registros Civiles
AVISO MATRIMONIAL
Datos del Contrayente: OSCAR FREDDY EULOGIO RAMOS, natural de San Antonio – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio chofer, de 32 años, domiciliado en A.H. San José III Etapa, Mz. Ñ, Lote 2 – Chilca.
Datos de la Contrayente: SOFIA FRANCIA PALOMINO, natural de Mala – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio ama de casa, de 28 años de edad, domiciliado en A.H. San José III Etapa Mz. Ñ Lote 2 – Chilca
Lugar del Matrimonio: Antigua Panamericana Sur 365 – Chilca.
Nota: El Art. 253, establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 05 de Setiembre de 2011.
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don NECIANCENO LOPEZ HUAMAN de 35 años de edad, natural de Acocro – Ayacucho, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 10036251, con domicilio en C.P.M. Los Angeles Mz. C, Lote 25, calle San Benito – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña SOFIA INCA LLAMOCA de 33 años de edad, natural de Huaynacotas – Arequipa, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15440721, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en C.P.M. Los Angeles Mz. C Lote 25 calle San Benito – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7527-2011, don Jorge Luis Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 109, folio 188, año 1954, en el extremo que se consigna como nombre del a madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7526-2011, don Juan Domingo Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 122, folio 139, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7525-2011, doña Cecilia Luz Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 114, folio 167, año 1955, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7524-2011, doña Charo Ana Bertha Celestina Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 137, folio 76, año 1960, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 5970-2011, doña Tomasa Sarayda Lazaro Gonzales, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 535, folio 66212704, año 1977, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular NOLAZCA GONZALES YALLI, siendo lo correcto MARIA NOLASCA GONZALES YALLI. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don GUMERCINDO LEONCIO REMUZGO QUINTALLO de 47 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 15398855, con domicilio en el Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña GEORGINA ELFAS CHUQUISPUMA LEVANO, de 47 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15402485, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme i8ndica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N° 00387-2011-CI, ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete, que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Judicial Sonia Marlene Hernández Ramos, doña RAMONA SANCHEZ CRUZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se adicione su apellido materno CRUZ, debiendo figurar como «RAMONA SANCHEZ CRUZ». Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 01 de Setiembre de 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha la Sra. Juez Norma Gonzáles Ventura, se tramita el Expediente N° 0745-2002-0-08-01-JR-CI-01, seguidos por CARMEN ROSA CORDOVA BACA contra la Sucesión de SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del bien inmueble ubicado en la Av. Lima 1210 del distrito de Chilca – Cañete, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDÓS.- Cañete, veintiséis de Noviembre del año dos mil cuatro; AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por CARMEN ROSA CÓRDOVA BACA, CONTRA LA SUCESIÓN DE SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y FRANCISCO FONSECA ESCALANTE; Y LA SUCESIÓN de DORILA FAJARDO CASTRO VIUDA DE VIVANCO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, tramítesele en la vía del PROCESO ABREVIADO y ordénese notificar a los colindantes dentro de TREINTA DIAS. Cañete, 10 de Agosto de 2011.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 25 de Agosto, 01 y 07 de Setiembre.
ORDENANZA Nº 010-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas, sobre propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Antonio-Cañete, la misma que debido a la necesidad de la labor Administrativa Municipal requiere de su actualización respectiva de acuerdo a los dispositivos legales vigentes para el normal desarrollo de la gestión del gobierno local de turno;
Que, la Gerencia de Administración y Finanzas mediante Informe Nº 046-2011-OLP-MDSA propone a la Gerencia Municipal la Modificación de la Estructura Orgánica, luego de un amplio análisis y debate con las Gerencias de líneas y de apoyo y demás áreas funcionales; para su aprobación respectiva ante el pleno del Concejo Municipal;
Que, mediante informe Nº 038-2011-OPP-MDSA de la Oficina de Presupuesto, se señala que considera la modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad, adecuándola a la realidad de responsabilidad funcional y estructural; debiéndose considerar que el número de plazas que contemplan la propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas involucraría mayor asignación de gasto corriente, por lo que sugiere que en la presente modificación se considere la real y efectiva disponibilidad financiera de la entidad;
Que, mediante Informe Legal Nº 075-2011-OAL/MDSA se señala dentro de su contenido que la propuesta alcanzada tan sólo pretende que la estructura funcional de la municipalidad sea acorde con el funcionamiento real de las
Gerencias; por lo que opina que es pertinente aprobar la propuesta de modificación de la Estructura Orgánica de la entidad municipal;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14 del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Que, la estructura Orgánica es un documento de gestión indispensable para la marcha administrativa municipal, cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contenido de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención del administrado, la misma que debe cumplir con las exigencias de la Administración Municipal;
Estando a lo expuesto, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Nuevo Organigrama Estructural Funcional de la Municipalidad de acuerdo a lo propuesto, el mismo que forma parte integrante de los instrumentos de gestión, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGAR en todo su contenido la Ordenanza Nº 001-2008-MDSA de fecha 25.ENE.2008, y todos los dispositivos que contravengan a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que la Gerencia Municipal, proceda a la adecuación normativa e implementación sistemática progresiva con respecto a la nueva Estructura Orgánica aprobada.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 011-2011-MDSA
San Antonio, 12 de Agosto del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal sobre proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por las Leyes de Reforma Constitucional, Nº 27680 y Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; aspecto concordante con lo prescrito en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, Mediante Ordenanza Nº 022-2009-MDSA de fecha 02.NOV.2009, se crea el Serenazgo en el Distrito de San Antonio-Cañete, con el fin de contribuir a asegurar la convivencia pacífica, el control de la violencia urbana e interurbana y la prevención de delitos y faltas en el distrito; la misma que se encuentra en la Estructura Orgánica vigente de la Municipalidad como Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, dentro de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal;
Que, en aras de conllevar a un buen servicio de la Oficina de Serenazgo, así como brindar un eficiente servicio por parte del personal que lo integra, y al tiempo transcurrido desde su creación, se hace necesario e imprescindible contar con su Reglamento con la finalidad de normar el servicio de labor diaria en bien del vecindario, enmarcado dentro de los principios de legalidad, objetividad, justicia y equidad, dentro de lo que es su Misión, Funciones y Atribuciones;
Que, mediante Informe Nº 084-2011-JOPYSM-MDSA de la Jefatura de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal, se presenta el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San –Antonio – Cañete, para su evaluación y aprobación; y mediante Informe Nº 033-2011-GAF-MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas se remite a la Oficina de Asesoría Legal para su revisión, señalando asimismo que se encuentra enmarcado dentro de la estructura orgánica municipal actual;
Que, mediante Informe Nº 073-2011-OAL/MDSA de la Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad, se señala que el proyecto de Reglamento presentado tiene por finalidad normar el servicio de Serenazgo en su labor cotidiana interrelacionada con el vecindario, lo cual guarda congruencia con la Constitución Política y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y lo eleva al Despacho de Alcaldía con opinión favorable para que sea tratado en Sesión de Concejo;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inc. 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; y el inc. 14) del Artículo 20º de la misma Ley acotada, establece que es atribución del señor Alcalde proponer los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos lo que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, y en uso a las facultades conferidas por los artículos 9º, 20º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el cual consta de cinco (05) Títulos, veintiún (21) Capítulos, y ciento veintidós (122) Artículos, el mismo que forma parte anexa de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal, velar por el cumplimiento del presente Reglamento por parte de la Oficina de Policía Municipal y Serenazgo Municipal.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, realizar las coordinaciones y el cumplimiento del presente reglamento aprobado.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer su publicación de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
POR TANTO MANDO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde
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EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-191, seguido por JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO, sobre PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES; la señora Juez Dra. Norma Gonzales Ventura, ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. 21-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) NOTIFICAR a la demandada SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO por el plazo especial de SESENTA DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal (…).- Una firma, Dra. Norma Gonzáles Ventura – Juez.- Una firma, Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 02 de Setiembre de 2011.
DR. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 06 y 07 de Setiembre
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE
Oficina de Registros Civiles
AVISO MATRIMONIAL
Datos del Contrayente: OSCAR FREDDY EULOGIO RAMOS, natural de San Antonio – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio chofer, de 32 años, domiciliado en A.H. San José III Etapa, Mz. Ñ, Lote 2 – Chilca.
Datos de la Contrayente: SOFIA FRANCIA PALOMINO, natural de Mala – Cañete, de nacionalidad peruana, profesión, ocupación ú oficio ama de casa, de 28 años de edad, domiciliado en A.H. San José III Etapa Mz. Ñ Lote 2 – Chilca
Lugar del Matrimonio: Antigua Panamericana Sur 365 – Chilca.
Nota: El Art. 253, establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del Matrimonio, cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 05 de Setiembre de 2011.
María Felicia Camacho Porras
Oficina de Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don NECIANCENO LOPEZ HUAMAN de 35 años de edad, natural de Acocro – Ayacucho, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 10036251, con domicilio en C.P.M. Los Angeles Mz. C, Lote 25, calle San Benito – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña SOFIA INCA LLAMOCA de 33 años de edad, natural de Huaynacotas – Arequipa, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15440721, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en C.P.M. Los Angeles Mz. C Lote 25 calle San Benito – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7527-2011, don Jorge Luis Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 109, folio 188, año 1954, en el extremo que se consigna como nombre del a madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7526-2011, don Juan Domingo Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 122, folio 139, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7525-2011, doña Cecilia Luz Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 114, folio 167, año 1955, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7524-2011, doña Charo Ana Bertha Celestina Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 137, folio 76, año 1960, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ; y como nombre del padre JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 5970-2011, doña Tomasa Sarayda Lazaro Gonzales, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 535, folio 66212704, año 1977, en el extremo que se consigna como nombre de la madre de la titular NOLAZCA GONZALES YALLI, siendo lo correcto MARIA NOLASCA GONZALES YALLI. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 06 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don GUMERCINDO LEONCIO REMUZGO QUINTALLO de 47 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 15398855, con domicilio en el Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero; y doña GEORGINA ELFAS CHUQUISPUMA LEVANO, de 47 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15402485, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Anexo Buenos Aires s/n – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme i8ndica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N° 00387-2011-CI, ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete, que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Judicial Sonia Marlene Hernández Ramos, doña RAMONA SANCHEZ CRUZ solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se adicione su apellido materno CRUZ, debiendo figurar como «RAMONA SANCHEZ CRUZ». Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 01 de Setiembre de 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha la Sra. Juez Norma Gonzáles Ventura, se tramita el Expediente N° 0745-2002-0-08-01-JR-CI-01, seguidos por CARMEN ROSA CORDOVA BACA contra la Sucesión de SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del bien inmueble ubicado en la Av. Lima 1210 del distrito de Chilca – Cañete, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDÓS.- Cañete, veintiséis de Noviembre del año dos mil cuatro; AUTOS Y VISTOS: ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por CARMEN ROSA CÓRDOVA BACA, CONTRA LA SUCESIÓN DE SOFÍA BACA MONDOÑEDO DE FONSECA Y FRANCISCO FONSECA ESCALANTE; Y LA SUCESIÓN de DORILA FAJARDO CASTRO VIUDA DE VIVANCO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, tramítesele en la vía del PROCESO ABREVIADO y ordénese notificar a los colindantes dentro de TREINTA DIAS. Cañete, 10 de Agosto de 2011.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 25 de Agosto, 01 y 07 de Setiembre.
06 septiembre 2011
PREMIARON A ESCOLARES QUE GANARON LA XII OLIMPIADA DE MATEMATICAS REALIZADO EN ANIVERSARIO CAÑETANO...
La Comisión Organizadora cumplió con premiar a los escolares que ocuparon los primeros puestos en la XII Olimpiada de razonamiento matemático que se desarrolló como parte de las actividades por el 455 aniversario de fundación española de la provincia de Cañete.
La premiación de los tres primeros puestos de cada grado, así como a los colegios que acumularon los mayores puntajes se realizó en la plaza de armas con la presencia de los alumnos, profesores y padres de familia.
EN PRIMARIA... MIGUEL PALOMINO QUISPE DE MALA... Y SAN FRANCISCO DE ASIS CAMPEON...
En el nivel primario, el alumno Miguel Ángel Palomino Quispe de la Institución educativa de acción conjunta Apóstol San Pedro (MALA), obtuvo el mayor puntaje, llevándose el titulo de campeón la Institución Educativa San Francisco de Asís(MALA).
EN SECUNDARIA EL JOSE ANTONIO ENCINAS...
Por su parte, en el nivel secundario Sayuri Yosioka Barahona de la institución educativa privada «José Antonio Encinas», obtuvo el mayor puntaje, llevándose además de medalla, diploma y dinero en efectivo, un obsequio de la Universidad Nacional de Cañete.
SAN JOSE CAMPEONO EN SECUNDARIA
El centro educativo de Acción Conjunta San José de Cerro Alegre, se llevó el trofeo de campeón en el nivel secundario.
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HOY JUICIO ORAL A JOSÉ ARIAS Y COMPAÑÍA EN EL»CASO TELEFÓNICA»
Sala Penal, comienza ajustar lentamente a los involucrados
El juicio oral del expediente 1075-2005 donde se encuentran acusados ex alcalde, ex regidores y funcionarios, además terceras personas, por cobros indebidos a la empresa Telefónica del Perú, comprendidos todos en la modalidad concusión, colusión y otros, se encuentra en trámite.
Fueron las versiones del Dr. Robert Deza Quispe, Procurador Anticorrupción de la Provincia de Cañete, quien defiende al Estado en el sonado caso de las cuentas embargadas a Telefónica del Perú, en la anterior del alcalde, José Arias Chumpitaz.
Dijo que el proceso se ha avanzado bastante bien y su despacho ha presentado pruebas y conocimiento de hechos más esclarecedores de los que se evidenciaron durante las investigaciones.
«Se va a seguir aportando medios probatorios importantes durante este juicio oral, no obstante que no es la fase donde se tiene que aportar, pero de todas maneras se tiene que hacer dado que la etapa de investigación de instrucción, se llevó de manera muy pobre», precisó Deza
Puntualizó que los informes del juez instructor denota la falta de una serie de actos de investigación considerable, pero eso no ha sido óbice para complementar durante el proceso del juicio oral.
«Lo importante de este caso y se ha podido ventilar en el juicio oral es que se está demostrando que lo que algunas vez dijeron todos los involucrados que aparentemente la contratación de una empresa llamada L y C Asesores y Consultores para el trabajo de fiscalización del tendido de fibra óptica a lo largo de la jurisdicción del distrito de Asia, fue una contratación directa sin proceso de selección, haciéndose pagos de porcentajes y cobros indebidos, ahora dicen lo contrario.
Deza sustenta en este punto que la Municipalidad Distrital de Asia, no contaba con la legislación, es decir con el derecho de cobrar las tasas y licencias, menos contó con los mecanismos coercitivos para tal fin.
«Lo lamentable es que lo ejecutó por la fuerza de su Ejecutor Coactivo y un supuesto convenio realizado con el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Cieneguilla en Lima, finalmente, parando el dinero a las arcas del municipio», éxpresó
Precisó que el monto embargado a las cuentas de Telefónica del Perú, no benefició a la comunidad de Asia, porque en sendos juicios civiles les ha ganado «declarando nulo el procedimiento de cobranza» y les tendrá que ser devueltos.
Puntualizó que todo fue una mera ilusión temporal y tendrán que responder todos los funcionarios desde el alcalde (José Arias), regidores y profesionales de línea por la forma indebida de estos cobros.
Destacó la labor del Fiscal, Dr. Félix Bendrel, de quien dijo que su participación ha sido muy acorde y a la altura de las circunstancias del caso, profesional que ha demostrado siempre su trayectoria.
Deza tiene las esperanzas que de manera coordinada puedan aportar para el esclarecimiento de este hecho y eventualmente haya una ejemplar sanción, penal y lo más importante una sanción crematística pecuniario ante una reparación civil. a los que resulten responsables.
Dijo que a lo largo del proceso se ha venido cuestionando a uno de los procesados principales que es don Luis Alberto Bernal Saavedra quien tiene por estos mismos o similares hechos en otras municipalidades del país, incluyendo Cañete, sendos procesos judiciales iniciados.
Además tiene procesos judiciales en la RENIEC por contar con tres documentos de identidad, siendo uno de ellos dos números distintos con el mismo nombre Luis Alberto Bernal Saavedra y un tercero que responde al nombre de Luis Alberto Kawanichi Villalta.
CASO LUNAHUANÁ
Precisó también que viene siendo investigado por la Fiscalía Penal de Cañete que despacha la Dra. Elizabeth Vadillo en el famoso proceso del embargo a las cuentas de Telefónica del Perú de la Municipalidad de Lunahuaná.
Deza dijo que curiosamente este personaje, acudió a la Sala Civil con los documentos de identidad «vencidos o cancelados» por la RENIEC y de manera satisfactoria no ha dado a conocer su domicilio real, menos laboral.
Dijo que frente a esta situación, se solicitó a la Sala Penal que despacha el Dr. Moisés Martínez Meza, el impedimento de salida del país y hacer el cambio de mandato de comparecencia simple por la de detención.
Empero, la Sala Penal con la autonomía que tiene, declaró improcedente el pedido; pero hizo el apercibimiento de que en una nueva ausencia al juicio oral, su mandato de comparecencia será cambiado por la de detención.
En el resto de los acusados ya sea el alcalde José Arias, su ex asesora Liliana Torres, Régulo Navarrete, Antonio Quispe y otros, continuarán acudiendo al juicio oral con el mandato de comparecencia simple, siendo revocada en caso de una ausencia injustificada.
El impedimento de la salida del país de los procesados, tampoco prosperó y el proceso continuará el próximo martes (hoy) seis de Setiembre a las tres de la tarde, tras la suspensión del pasado 26 de agosto.
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POBLACION INDIGNADA EXIGE CADENA PERPETUA PARA AUTORES DE ASESINATOS QUE VIENEN OCURRIENDO EN NUESTRA PROVINCIA...
Escribe: Juan Vladimir Rojas Hinostroza
Cansados de esperar justicia y con pancartas en manos familiares de diversas victimas asesinadas despiadadamente en los últimos tiempos en nuestra provincia, realizaron un plantón frente al moderno edificio de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
«Lo que queremos es cadena perpetua para los asesinos de nuestros familiares» fueron las expresiones de los manifestantes. Fueron cinco las familias quienes no dudaron en realizar esta protesta pacífica para llamar la atención y la conciencia del juzgador.
EL CASO DE LA FISCAL VICTORIA LARA...
Entre los casos que concitaron la atención nacional se encuentran el de la fiscal Victoria Lara Ñopo que fuera asesinada 17 de febrero del 2010. Su hermana Luzmila Lara preciso que espera le den cadena perpetua a Walter Flores Ochoa y realicen la detención de 2 cómplices mas en este macabro crimen que aun se encuentran en libertad.
ALEXIS...
De igual manera la muerte por asfixia de Carlos Alexis Negrón Vicente el 6 de febrero del 2009, joven moto taxista que fuera encontrado ahorcado en su vehículo de trabajo queda aún impune con su victimario libre.
Su abuelo Alejandro Vicente Cama exige la recaptura de Richard Alberto Goycochea Miranda que aun se encuentra en libertad.
EL QUE MURIO EN LA CARCELETA POLICIAL...
La muerte aún por esclarecer de Luis Ravello Aparicio en la carceleta de la Comisaria de San Vicente sucedido el 18 de junio del 2011 continúa en investigación. Estelinda Ravello Aparicio pidió que caiga todo el peso de la ley contra los suboficiales de la policía qué están involucrados al igual que el general PNP Abel Gamarra, coronel Henry Lizzetti y el comandante PNP Juan Cotito Huallanca.
DANIEL PISCONTI...
Así mismo la muerte de Daniel Pisconti Luyo ocurrido el 1 de julio del 2010 en la panamericana sur. El hermano de la victima Abel Soriano Luyo lamentó que su victimario santos Isaac Huamani Salvador se encuentre en libertad sin que la justicia haya hecho pesar todo su peso contra el.
EL CRIMEN DEL MOTOTAXISTA MARCO SULCA
Para terminar, el horrendo crimen contra el joven moto taxista Marco Antonio Sulca Pareja el 25 de julio del 2010 que fue hallado sin vida atado de manos y pies en un canal de regadío continua aun impune sin sentencia. Lucinda Pareja Llactahuman madre del joven asesinado entre lagrimas clamo justica y el encarcelamiento de Santos Tomas Quispe Lazo que se encuentra en libertad.
Estos son algunos de los casos que aun esperan justica en los pasillos de la Corte Superior de Justicia de Cañete que viene redoblando esfuerzos para que el accionar del nuevo código procesal penal sea contundente contra los denunciados ahora en libertad.
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DEPREDADORES DEL CAMARÓN DE RÍO CON LOS DÍAS CONTADOS
Autoridades de la Región Lima acuerdan defender el recurso
El Gobierno Regional de Lima, a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente comprometió hoy a todos los involucrados en la crianza, explotación y defensa del camarón de río, a realizar acciones concretas para la defensa de este importante recurso que en las últimas semanas fue sobreexplotado en la cuenca del río Pativilca.
Para este importante acuerdo participaron el Ing. Abel Valdez Guerra, Gerente Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente; Uldarico Castillo Ramos, Alcalde del Distrito de Pativilca; las biólogas Rosario Alcántara Medrano y Sheyla Zacarías, de la Región Lima y del Instituto del Mar Peruano, IMARPE, respetivamente; la Ing. Antonia Chávez Oporto, del Gobierno Regional de Arequipa; el Lic. Héctor Romero Camarena, de la Universidad José Faustino Sánchez Carrión de Huacho; el Msc. Carlos Adrianzén Panduro, Gerente de Energía Renovable y Medio Ambiente de la Compañía Eléctrica el Platanal S.A. (CELEPSA); además de representantes de los gremios de extractores de los ríos Pativilca, Cañete y Chincha.
La cita se realizó en la Casa de la Cultura de Huacho, en el marco del «Taller de capacitación y mesa de trabajo para la defensa del recurso camarón del Río en la Región Lima», que tuvo como principal objetivo proteger a las poblaciones de camarones de los ríos de la costa peruana, especialmente de las regiones Lima y Arequipa, donde los depredadores utilizan químicos para su muerte y captura masiva.
De esta manera el Gobierno Regional de Lima, viene concientizando a todos los pescadores de camarón a la no sobreexplotación y no contaminación de aguas, e impulsar acciones para la conservación de la flora y fauna autóctona de la región siendo un crustáceo endémico del sur del Perú.
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¿ACASO QUIEREN CAUSAR LA MUERTE DE LA MADRE DEL PRESIDENTE DE LA REGIÓN LIMA?
Escribe: M. Antonio Agapito Manco
JAVIER ALVARADO CUESTIONA A QUIENES UTILIZAN COMO «CABALLITO DE BATALLA» LA HONORABILIDAD DE SU SEÑORA MADRE PARA DESPRESTIGIARLO… RECIBE RESPALDO Y CRECE REPUDIO GENERAL POR ATAQUE COBARDE A SU ANCIANA MADRE (83 AÑOS).
PODER POLÍTICO: Como en la religión, en la política «eres frio o caliente» los tibios no tienen lugar, no hay espacio para el mediocre, éste columnista ha nadado siempre contra la corriente, jamás seriamos capaces de desearle el mal a aquellos «enemigos gratuitos» que nos ganamos consciente o inconscientemente en el ejercicio de nuestra labor periodística, esa lacra de mafiosos y corruptos que en todos sus niveles, no tienen escrúpulos y hay que enfrentarlos para dignificar nuestra profesión/oficio.
CASO DE UNA ANCIANA DE 83 AÑOS
Hace unos días el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete, que despacha el señor Juez Dr. José Isaías Ascencio Ortiz, emitió una sentencia desfavorable (Patrimonio) contra la Sra. Rosa Ysabel Alvarado Gonzales del Valle (46) y Sra. Ercila Gonzales del Valle Cubillas Vda. de Alvarado (83) hermana y madre del Presidente Regional de Lima, Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle respectivamente, como agraviada se consigna a la Sra. Enma Evaristo Ordoñez Centeno.
HACIENDO LEÑA... EMBISTEN AL TORO DONDE MAS DUELE
Muchas veces los términos jurídicos son bien utilizados por la sabia interpretación del erudito, como en otras por el de mente pagana, quien a todo llama delincuente, mi experiencia particular es el mejor testimonio; en el 2009 fui denunciado por el propietario del Prostíbulo «Café Rojo» del distrito de Mala (Orlando Benjamín Tapia Ramírez) – mi delito fue dar a conocer una noticia real y objetiva de la ilegalidad del procedimiento que por el Silencio Administrativo Positivo había obtenido la licencia favorable con el amén del municipio maleño – el propósito del denunciante fue acallar la voz de quien aún arriesgando su propia vida, entiende que es mejor habitar con los principios y valores morales... la denuncia fue una condecoración a mi trabajo, el mejor tesoro que permite ver fijamente el rostro de la gente, más aún si nos atrevemos a defender a la sociedad desguarnecida e indefensa. Luego de 8 meses de lucha judicial triunfó la verdad y aquí me tienen escribiendo hasta cuando DIOS
–no el hombre– lo decida. Pregunto en voz alta, ¿el haber sido denunciado alguna vez me convierte en delincuente?.
REPUDIABLE: «SICARIOS DEL PERIODISMO» PUEDEN CAUSARLE LA MUERTE
Éste problema de intereses privados, no convierte en delincuente a la anciana mujer, a quien cobardemente se enfrentan el día de hoy, utilizando medios de comunicación con claro interés político de desacreditar al Presidente Regional, es repudiable el hecho que podría hasta originar incluso la muerte de la anciana por razones emotivas, estos sicarios no han reparado, si está mal de salud o por lo menos respetarla por los años de vida que tiene. Ustedes amigos cibernautas y lectores, pueden encontrar en éste blog y/o en mi columna del Diario «Al Día Con Matices» registros periodísticos en estos 9 meses de administración regional, donde practicamos la critica, pero sana, objetiva y constructiva, un ejemplo es la crónica del 18 de enero 2011 que terminaba así: «…tiene una doble responsabilidad, como cañetano dejar en alto nuestro nombre, que el Perú sepa que somos personas de bien, y como político demostrar que es capaz de refundar la política peruana, empezar la recolección de firmas a partir del 28 de julio del 2011, es un tiempo prudencial para esperar, Javier Alvarado debe tener paciencia y calma, caso contrario pronto tendrá un nuevo frente compuesto por la reserva moral de la región que el pueblo sabrá identificar».
OPOSICIÓN DESTRUCTIVA, PASA AL PLAN «B» CON OPERACIÓN DEMOLICIÓN...
MALAS ARTES Y SINIESTRO PLAN GENERA RECHAZO EN LA REGIÓN LIMA
Conocido es que Javier Alvarado, sólo contó con un 10% de la prensa a favor de su campaña rumbo a la presidencia, el otro 90% era favorable a su contendor el cuestionado Nelson Chui Mejía, candidato a la reelección, quien derrochó dinero a diestra y siniestra, hubo una polarización muy fuerte, el saliente buscó por todos los medios continuar con la mamadera, hoy sabemos que efectivamente fue un pésimo gobierno, cuestionado y con altos visos de corrupción que se investigan o están judicializados; los analistas refieren que fue el peor gobierno de las 25 regiones del Perú.
Es evidente que Nelson Chui, seguidores, otros opositores, o un sector de la prensa, que se ha ido reduciendo paulatinamente con el paso de los meses, no le perdonen la osadía.
«MENTIRAS VERDADERAS»
El sector opositor refiere algo que la señora no ha manifestado, es decir que estuviera abandonada o en conflicto con su hijo, como maquiavélicamente se da a entender, la sentencia fue ejecutada el 6 de agosto del 2009, curiosamente después de 2 años y 30 días, cuando se acerca el plazo de ley para el proceso de consulta popular (revocatoria) puedo presumir que empieza la fase o plan «B» de la OPERACIÓN DEMOLICIÓN, que no es otra que resquebrajar la imagen del presidente regional, no importa maltratando a su anciana madre que ya tiene bastante con la sentencia emitida
TODOS LOS CASOS NO SON IGUALES
Es muy conocido el caso de Rómulo Uribe Medina, preso en el penal Sarita Colonia, el es padre de Daniela y Mirtha Uribe que portan la camiseta bicolor y han logrado darse un nombre en el vóley peruano, son dos hijas fuertes, luchadoras, que han dado la cara en medio de la vergüenza en lo que falló su padre, mucha gente ha pedido el perdón presidencial que no ha llegado hasta el día de hoy, otro sonado caso fue la del Congresista Yehude Simón Munaro, preso 8 años por la mafia fuji-montesinista, sindicado por «apologia de terrorismo» o de ser el lider del ala legal del MRTA... con la vuelta a la democracia se demostró que todo fue venganza por razones políticas… Como vemos cada caso es distinto al otro, lo que para un ciudadano puede ser correcto, para la justicia no lo es, pero «no miremos la paja en ojo ajeno, si primero no sacamos la enorme viga que tenemos» un principio bíblico, básico para entender que «el que no cae, resbala alguna vez».
Lo cierto es que la señora Sra. Ercila Gonzales del Valle Cubillas Vda. de Alvarado, antes no ha tenido antecedentes judiciales, soy respetuoso de la decisión judicial, cuya legitimidad no observo, en cuanto cada uno debe responder por sus actos, es más esta crónica lo que cuestiona no es la sentencia (el juez conoce la ley) sino la mala utilización que corrompe y deforma la esencia noticiosa, siendo utilizada por terceros para intereses subalternos y políticos.
Por lo expuesto, debemos dar la noticia en su verdadero contexto y a quien corresponde, no hacerlo, o deformarlo quizá conlleve a victimizar al que hoy usted quiere satanizar y algo más, el hombre valiente se enfrenta con los más fuertes, sean buenos o malos, pero nunca lo hagas con los débiles, mucho menos con una anciana, aún haya pecado o sea madre de un presidente regional, quien justamente en el mitin final, su señora madre, haciendo uso de la palabra, tuvo las frases más elogiosas y hermosas para su hijo que ha quedado registrado en audios y videos.
Creo que en los peores momentos se conocen a los hombres, es preciso que Javier Alvarado se esfuerce mucho más para honrar la memoria viva de su madre, los sueños de ser Presidente de la República es un derecho ciudadano, lo es mucho más por ahora hacer un buen gobierno, honesto y transparente, que recuerde que tiempo hay para todo, pero no debe descuidar la casa grande que se llama REGIÓN LIMA donde todos habitamos, si mira el reloj sólo le queda 3 años, 3 meses y 24 días.
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CON VISITA AL TERRENO DE SAN LUIS... SE VIENE CONSOLIDANDO LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE...
El Mg. Augusto Hidalgo Sánchez, Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete y el Presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzáles, y sus respectivos equipos de trabajo visitaron el terreno de San Luis, donde se construirá la Ciudad Universitaria de la primera Universidad Nacional de la provincia de Cañete.
Al término de este recorrido, el Presidente de la Región Lima, Javier Alvarado, expresó su satisfacción porque considera que la entrega de este terreno vía donación por parte de la Municipalidad Provincial de Cañete, es un paso importante para la consolidación de la Universidad. «Es un sueño que se va haciendo realidad», precisó.
«Se logró la Ley de Creación, el presupuesto, luego de un trabajo coordinado entre los miembros de la Comisión Organizadora y el Gobierno Regional. Se han conseguido dos millones de soles para el funcionamiento de la Universidad. Ahora viene la tarea del Gobierno Regional de construir los primeros edificios. Hoy estamos con los arquitectos para ver el diseño del primer edifico, así como para la instalación del agua, desagüe y la luz, que va a correr a cuenta de nuestra gestión», precisó Alvarado Gonzáles en diálogo con la prensa.
Con respecto a las fechas el Presidente Regional señaló que en dos o tres meses se deben iniciar las obras de agua, desagüe y luz y sobre la construcción del primer edifico refirió que se hará paso a paso, para lo cual se empezará con la elaboración del expediente técnico, que estará listo el próximo año.
«La elaboración de los expedientes para el edificio toma entre 8 meses a un año, en agosto del próximo año debemos estar con estos documentos terminados para poder sacarlos a licitación», subrayó.
UN SUEÑO HECHO REALIDAD
El Presidente Regional también se dirigió a los jóvenes cañetanos y les dijo que el sueño de hace muchos años de sus padres y abuelos se hace realidad con la consolidación de la Universidad en la provincia de Cañete.
«Ahora lo único que queda es trabajar todos juntos, concretar las primeras aulas para que ellos puedan estudiar. La Comisión Organizadora determinará en su momento cuando convocará a examen de admisión, no es fácil, pero necesitamos las aulas, el sueño ya es una realidad y por parte de la región se invertirá todo lo que sea necesario en la universidad, que es un sueño que nació hace 40 años y que se consolidó en los últimos 4 años», recalcó el Presidente Regional.
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INICIAN CAMPAÑA DE USO SEGURO DE BICICLETA Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE...
El Ministerio de Salud inició una campaña del uso seguro de la bicicleta y de respeto de las normas de tránsito, con el fin de promover estilos de vida saludables que mejoren la calidad de vida de la población.
Para el efecto, el ministro de Salud, Alberto Tejada Noriega, el alcalde de Miraflores, Jorge Muñoz Wells, y el representante de la Organización Panamericana de la Salud en el Perú, Fernando Leanes, recorrieron en bicicleta las principales calles del distrito de Miraflores.
«El objetivo es sensibilizar a la población sobre la importancia del respeto a las normas de tránsito y el compromiso de los peatones y conductores en la protección de un tránsito seguro y saludable», sostuvo el titular de Salud.
Tejada Noriega dijo que debemos darle espacios adecuados a los ciclistas, así como a los peatones para respetar las normas de transito. «Es una excelente iniciativa el poder disfrutar de espacios para la vida; utilizarlos e imitar nuevos estilos de vida», precisó.
Por primera vez, las autoridades del Minsa, municipio de Miraflores y de la OPS / OMS Perú recorrieron más de 30 cuadras de la avenida Arequipa, desde su intersección de la cdra. 27 con la Av. Javier Prado hasta el Parque Kennedy en Miraflores, impulsando la promoción del uso de vehículos no motorizados, los cuales mejoran la calidad de vida de la población.
La Semana de Tránsito Seguro y Saludable se inició el último domingo y se prolongará hasta el 9 de septiembre, para lo cual se tienen previstas actividades como el foro de evidencias de políticas públicas para la prevención de accidentes de tránsito; las Conferencias Por un Conductor Saludable, que orientará a los conductores en prácticas saludables que optimicen sus funciones durante sus labores.
En el Perú los accidentes de tránsito son considerados la tercera causa de carga de enfermedad; habiéndose convertido en un problema de desarrollo para el país.
Entre el 2005 y 2010 se han producido 487,773 accidentes de tránsito, 63.8% de ellos en Lima. Solo el año pasado se produjeron 2,856 muertes y 15,794 heridos de acuerdo a cifras de la Policía Nacional del Perú.
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SUNAT DUPLICARA OPERATIVOS PARA LUCHAR CONTRA LA EVASION TRIBUTARIA...
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) duplicará el número de sus operativos de fiscalización tributaria con el objetivo de luchar contra la evasión de impuestos, anunció el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.
«Vamos a más que duplicar los operativos de fiscalización, para llegar a tener más recursos permanentes; se tendrá una gama de aspectos en la Sunat, la cual será fortalecida; y se darán más acciones de control», declaró en TVPerú.
Sostuvo que el objetivo del fortalecimiento de la Sunat será darle mayor efectividad a sus intervenciones.
Recordó que el gobierno del presidente Ollanta Humala Tasso se ha impuesto metas muy ambiciosas como aumentar la presión tributaria, la cual estuvo estancada en los últimos años entre 14.5 y 15.5 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI).
«Esto se tiene que atacar en múltiples frentes: uno es combatir la evasión, que es muy alta y donde el 50 por ciento del Impuesto a la Renta se evade y no se paga; además hay un conjunto muy grande de trabajadores independientes que no paga impuestos», acotó.
Asimismo manifestó que se luchará de manera frontal contra el contrabando, ya que constituye el tres por ciento de las importaciones que realiza Perú.
«Tendremos una lucha frontal al contrabando, y las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP) van a desempeñar el rol importante de cuidar las fronteras, que son unas coladeras», enfatizó.
Refirió que por la frontera sur, norte y la parte de la selva transita libremente el contrabando, lo que hace daño a la industria nacional y perjudica los ingresos del tesoro público.
Además mencionó que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) trabajará para cobrar las deudas tributarias que están acumulándose en el Tribunal Fiscal, o las que se judicializan para evitar su pago.
«Esto involucra no sólo a empresas pequeñas, sino también a empresas muy grandes que no pagan sus impuestos o que arguyen a ciertas formas legales para eludir el pago», subrayó.
El ministro señaló que para combatir el 35 por ciento de evasión en el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) se trabajarán mejoras a los mecanismos de detracciones y percepciones, ya que permiten un mejor cobro de dicho impuesto.
«Pero también debe haber un tema de conciencia tributaria en el país, que se logra desde colegio. Es bueno comenzar a aprender, desde chicos, que parte de una obligación de ciudadanía es pagar sus impuestos», expresó.
Finalmente, el ministro descartó que se vayan a crear más impuestos o se vayan a aumentar los que se pagan en la actualidad.
La Comisión Organizadora cumplió con premiar a los escolares que ocuparon los primeros puestos en la XII Olimpiada de razonamiento matemático que se desarrolló como parte de las actividades por el 455 aniversario de fundación española de la provincia de Cañete.
La premiación de los tres primeros puestos de cada grado, así como a los colegios que acumularon los mayores puntajes se realizó en la plaza de armas con la presencia de los alumnos, profesores y padres de familia.
EN PRIMARIA... MIGUEL PALOMINO QUISPE DE MALA... Y SAN FRANCISCO DE ASIS CAMPEON...
En el nivel primario, el alumno Miguel Ángel Palomino Quispe de la Institución educativa de acción conjunta Apóstol San Pedro (MALA), obtuvo el mayor puntaje, llevándose el titulo de campeón la Institución Educativa San Francisco de Asís(MALA).
EN SECUNDARIA EL JOSE ANTONIO ENCINAS...
Por su parte, en el nivel secundario Sayuri Yosioka Barahona de la institución educativa privada «José Antonio Encinas», obtuvo el mayor puntaje, llevándose además de medalla, diploma y dinero en efectivo, un obsequio de la Universidad Nacional de Cañete.
SAN JOSE CAMPEONO EN SECUNDARIA
El centro educativo de Acción Conjunta San José de Cerro Alegre, se llevó el trofeo de campeón en el nivel secundario.
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HOY JUICIO ORAL A JOSÉ ARIAS Y COMPAÑÍA EN EL»CASO TELEFÓNICA»
Sala Penal, comienza ajustar lentamente a los involucrados
El juicio oral del expediente 1075-2005 donde se encuentran acusados ex alcalde, ex regidores y funcionarios, además terceras personas, por cobros indebidos a la empresa Telefónica del Perú, comprendidos todos en la modalidad concusión, colusión y otros, se encuentra en trámite.
Fueron las versiones del Dr. Robert Deza Quispe, Procurador Anticorrupción de la Provincia de Cañete, quien defiende al Estado en el sonado caso de las cuentas embargadas a Telefónica del Perú, en la anterior del alcalde, José Arias Chumpitaz.
Dijo que el proceso se ha avanzado bastante bien y su despacho ha presentado pruebas y conocimiento de hechos más esclarecedores de los que se evidenciaron durante las investigaciones.
«Se va a seguir aportando medios probatorios importantes durante este juicio oral, no obstante que no es la fase donde se tiene que aportar, pero de todas maneras se tiene que hacer dado que la etapa de investigación de instrucción, se llevó de manera muy pobre», precisó Deza
Puntualizó que los informes del juez instructor denota la falta de una serie de actos de investigación considerable, pero eso no ha sido óbice para complementar durante el proceso del juicio oral.
«Lo importante de este caso y se ha podido ventilar en el juicio oral es que se está demostrando que lo que algunas vez dijeron todos los involucrados que aparentemente la contratación de una empresa llamada L y C Asesores y Consultores para el trabajo de fiscalización del tendido de fibra óptica a lo largo de la jurisdicción del distrito de Asia, fue una contratación directa sin proceso de selección, haciéndose pagos de porcentajes y cobros indebidos, ahora dicen lo contrario.
Deza sustenta en este punto que la Municipalidad Distrital de Asia, no contaba con la legislación, es decir con el derecho de cobrar las tasas y licencias, menos contó con los mecanismos coercitivos para tal fin.
«Lo lamentable es que lo ejecutó por la fuerza de su Ejecutor Coactivo y un supuesto convenio realizado con el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Cieneguilla en Lima, finalmente, parando el dinero a las arcas del municipio», éxpresó
Precisó que el monto embargado a las cuentas de Telefónica del Perú, no benefició a la comunidad de Asia, porque en sendos juicios civiles les ha ganado «declarando nulo el procedimiento de cobranza» y les tendrá que ser devueltos.
Puntualizó que todo fue una mera ilusión temporal y tendrán que responder todos los funcionarios desde el alcalde (José Arias), regidores y profesionales de línea por la forma indebida de estos cobros.
Destacó la labor del Fiscal, Dr. Félix Bendrel, de quien dijo que su participación ha sido muy acorde y a la altura de las circunstancias del caso, profesional que ha demostrado siempre su trayectoria.
Deza tiene las esperanzas que de manera coordinada puedan aportar para el esclarecimiento de este hecho y eventualmente haya una ejemplar sanción, penal y lo más importante una sanción crematística pecuniario ante una reparación civil. a los que resulten responsables.
Dijo que a lo largo del proceso se ha venido cuestionando a uno de los procesados principales que es don Luis Alberto Bernal Saavedra quien tiene por estos mismos o similares hechos en otras municipalidades del país, incluyendo Cañete, sendos procesos judiciales iniciados.
Además tiene procesos judiciales en la RENIEC por contar con tres documentos de identidad, siendo uno de ellos dos números distintos con el mismo nombre Luis Alberto Bernal Saavedra y un tercero que responde al nombre de Luis Alberto Kawanichi Villalta.
CASO LUNAHUANÁ
Precisó también que viene siendo investigado por la Fiscalía Penal de Cañete que despacha la Dra. Elizabeth Vadillo en el famoso proceso del embargo a las cuentas de Telefónica del Perú de la Municipalidad de Lunahuaná.
Deza dijo que curiosamente este personaje, acudió a la Sala Civil con los documentos de identidad «vencidos o cancelados» por la RENIEC y de manera satisfactoria no ha dado a conocer su domicilio real, menos laboral.
Dijo que frente a esta situación, se solicitó a la Sala Penal que despacha el Dr. Moisés Martínez Meza, el impedimento de salida del país y hacer el cambio de mandato de comparecencia simple por la de detención.
Empero, la Sala Penal con la autonomía que tiene, declaró improcedente el pedido; pero hizo el apercibimiento de que en una nueva ausencia al juicio oral, su mandato de comparecencia será cambiado por la de detención.
En el resto de los acusados ya sea el alcalde José Arias, su ex asesora Liliana Torres, Régulo Navarrete, Antonio Quispe y otros, continuarán acudiendo al juicio oral con el mandato de comparecencia simple, siendo revocada en caso de una ausencia injustificada.
El impedimento de la salida del país de los procesados, tampoco prosperó y el proceso continuará el próximo martes (hoy) seis de Setiembre a las tres de la tarde, tras la suspensión del pasado 26 de agosto.
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POBLACION INDIGNADA EXIGE CADENA PERPETUA PARA AUTORES DE ASESINATOS QUE VIENEN OCURRIENDO EN NUESTRA PROVINCIA...
Escribe: Juan Vladimir Rojas Hinostroza
Cansados de esperar justicia y con pancartas en manos familiares de diversas victimas asesinadas despiadadamente en los últimos tiempos en nuestra provincia, realizaron un plantón frente al moderno edificio de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
«Lo que queremos es cadena perpetua para los asesinos de nuestros familiares» fueron las expresiones de los manifestantes. Fueron cinco las familias quienes no dudaron en realizar esta protesta pacífica para llamar la atención y la conciencia del juzgador.
EL CASO DE LA FISCAL VICTORIA LARA...
Entre los casos que concitaron la atención nacional se encuentran el de la fiscal Victoria Lara Ñopo que fuera asesinada 17 de febrero del 2010. Su hermana Luzmila Lara preciso que espera le den cadena perpetua a Walter Flores Ochoa y realicen la detención de 2 cómplices mas en este macabro crimen que aun se encuentran en libertad.
ALEXIS...
De igual manera la muerte por asfixia de Carlos Alexis Negrón Vicente el 6 de febrero del 2009, joven moto taxista que fuera encontrado ahorcado en su vehículo de trabajo queda aún impune con su victimario libre.
Su abuelo Alejandro Vicente Cama exige la recaptura de Richard Alberto Goycochea Miranda que aun se encuentra en libertad.
EL QUE MURIO EN LA CARCELETA POLICIAL...
La muerte aún por esclarecer de Luis Ravello Aparicio en la carceleta de la Comisaria de San Vicente sucedido el 18 de junio del 2011 continúa en investigación. Estelinda Ravello Aparicio pidió que caiga todo el peso de la ley contra los suboficiales de la policía qué están involucrados al igual que el general PNP Abel Gamarra, coronel Henry Lizzetti y el comandante PNP Juan Cotito Huallanca.
DANIEL PISCONTI...
Así mismo la muerte de Daniel Pisconti Luyo ocurrido el 1 de julio del 2010 en la panamericana sur. El hermano de la victima Abel Soriano Luyo lamentó que su victimario santos Isaac Huamani Salvador se encuentre en libertad sin que la justicia haya hecho pesar todo su peso contra el.
EL CRIMEN DEL MOTOTAXISTA MARCO SULCA
Para terminar, el horrendo crimen contra el joven moto taxista Marco Antonio Sulca Pareja el 25 de julio del 2010 que fue hallado sin vida atado de manos y pies en un canal de regadío continua aun impune sin sentencia. Lucinda Pareja Llactahuman madre del joven asesinado entre lagrimas clamo justica y el encarcelamiento de Santos Tomas Quispe Lazo que se encuentra en libertad.
Estos son algunos de los casos que aun esperan justica en los pasillos de la Corte Superior de Justicia de Cañete que viene redoblando esfuerzos para que el accionar del nuevo código procesal penal sea contundente contra los denunciados ahora en libertad.
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DEPREDADORES DEL CAMARÓN DE RÍO CON LOS DÍAS CONTADOS
Autoridades de la Región Lima acuerdan defender el recurso
El Gobierno Regional de Lima, a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente comprometió hoy a todos los involucrados en la crianza, explotación y defensa del camarón de río, a realizar acciones concretas para la defensa de este importante recurso que en las últimas semanas fue sobreexplotado en la cuenca del río Pativilca.
Para este importante acuerdo participaron el Ing. Abel Valdez Guerra, Gerente Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente; Uldarico Castillo Ramos, Alcalde del Distrito de Pativilca; las biólogas Rosario Alcántara Medrano y Sheyla Zacarías, de la Región Lima y del Instituto del Mar Peruano, IMARPE, respetivamente; la Ing. Antonia Chávez Oporto, del Gobierno Regional de Arequipa; el Lic. Héctor Romero Camarena, de la Universidad José Faustino Sánchez Carrión de Huacho; el Msc. Carlos Adrianzén Panduro, Gerente de Energía Renovable y Medio Ambiente de la Compañía Eléctrica el Platanal S.A. (CELEPSA); además de representantes de los gremios de extractores de los ríos Pativilca, Cañete y Chincha.
La cita se realizó en la Casa de la Cultura de Huacho, en el marco del «Taller de capacitación y mesa de trabajo para la defensa del recurso camarón del Río en la Región Lima», que tuvo como principal objetivo proteger a las poblaciones de camarones de los ríos de la costa peruana, especialmente de las regiones Lima y Arequipa, donde los depredadores utilizan químicos para su muerte y captura masiva.
De esta manera el Gobierno Regional de Lima, viene concientizando a todos los pescadores de camarón a la no sobreexplotación y no contaminación de aguas, e impulsar acciones para la conservación de la flora y fauna autóctona de la región siendo un crustáceo endémico del sur del Perú.
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¿ACASO QUIEREN CAUSAR LA MUERTE DE LA MADRE DEL PRESIDENTE DE LA REGIÓN LIMA?
Escribe: M. Antonio Agapito Manco
JAVIER ALVARADO CUESTIONA A QUIENES UTILIZAN COMO «CABALLITO DE BATALLA» LA HONORABILIDAD DE SU SEÑORA MADRE PARA DESPRESTIGIARLO… RECIBE RESPALDO Y CRECE REPUDIO GENERAL POR ATAQUE COBARDE A SU ANCIANA MADRE (83 AÑOS).
PODER POLÍTICO: Como en la religión, en la política «eres frio o caliente» los tibios no tienen lugar, no hay espacio para el mediocre, éste columnista ha nadado siempre contra la corriente, jamás seriamos capaces de desearle el mal a aquellos «enemigos gratuitos» que nos ganamos consciente o inconscientemente en el ejercicio de nuestra labor periodística, esa lacra de mafiosos y corruptos que en todos sus niveles, no tienen escrúpulos y hay que enfrentarlos para dignificar nuestra profesión/oficio.
CASO DE UNA ANCIANA DE 83 AÑOS
Hace unos días el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete, que despacha el señor Juez Dr. José Isaías Ascencio Ortiz, emitió una sentencia desfavorable (Patrimonio) contra la Sra. Rosa Ysabel Alvarado Gonzales del Valle (46) y Sra. Ercila Gonzales del Valle Cubillas Vda. de Alvarado (83) hermana y madre del Presidente Regional de Lima, Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle respectivamente, como agraviada se consigna a la Sra. Enma Evaristo Ordoñez Centeno.
HACIENDO LEÑA... EMBISTEN AL TORO DONDE MAS DUELE
Muchas veces los términos jurídicos son bien utilizados por la sabia interpretación del erudito, como en otras por el de mente pagana, quien a todo llama delincuente, mi experiencia particular es el mejor testimonio; en el 2009 fui denunciado por el propietario del Prostíbulo «Café Rojo» del distrito de Mala (Orlando Benjamín Tapia Ramírez) – mi delito fue dar a conocer una noticia real y objetiva de la ilegalidad del procedimiento que por el Silencio Administrativo Positivo había obtenido la licencia favorable con el amén del municipio maleño – el propósito del denunciante fue acallar la voz de quien aún arriesgando su propia vida, entiende que es mejor habitar con los principios y valores morales... la denuncia fue una condecoración a mi trabajo, el mejor tesoro que permite ver fijamente el rostro de la gente, más aún si nos atrevemos a defender a la sociedad desguarnecida e indefensa. Luego de 8 meses de lucha judicial triunfó la verdad y aquí me tienen escribiendo hasta cuando DIOS
–no el hombre– lo decida. Pregunto en voz alta, ¿el haber sido denunciado alguna vez me convierte en delincuente?.
REPUDIABLE: «SICARIOS DEL PERIODISMO» PUEDEN CAUSARLE LA MUERTE
Éste problema de intereses privados, no convierte en delincuente a la anciana mujer, a quien cobardemente se enfrentan el día de hoy, utilizando medios de comunicación con claro interés político de desacreditar al Presidente Regional, es repudiable el hecho que podría hasta originar incluso la muerte de la anciana por razones emotivas, estos sicarios no han reparado, si está mal de salud o por lo menos respetarla por los años de vida que tiene. Ustedes amigos cibernautas y lectores, pueden encontrar en éste blog y/o en mi columna del Diario «Al Día Con Matices» registros periodísticos en estos 9 meses de administración regional, donde practicamos la critica, pero sana, objetiva y constructiva, un ejemplo es la crónica del 18 de enero 2011 que terminaba así: «…tiene una doble responsabilidad, como cañetano dejar en alto nuestro nombre, que el Perú sepa que somos personas de bien, y como político demostrar que es capaz de refundar la política peruana, empezar la recolección de firmas a partir del 28 de julio del 2011, es un tiempo prudencial para esperar, Javier Alvarado debe tener paciencia y calma, caso contrario pronto tendrá un nuevo frente compuesto por la reserva moral de la región que el pueblo sabrá identificar».
OPOSICIÓN DESTRUCTIVA, PASA AL PLAN «B» CON OPERACIÓN DEMOLICIÓN...
MALAS ARTES Y SINIESTRO PLAN GENERA RECHAZO EN LA REGIÓN LIMA
Conocido es que Javier Alvarado, sólo contó con un 10% de la prensa a favor de su campaña rumbo a la presidencia, el otro 90% era favorable a su contendor el cuestionado Nelson Chui Mejía, candidato a la reelección, quien derrochó dinero a diestra y siniestra, hubo una polarización muy fuerte, el saliente buscó por todos los medios continuar con la mamadera, hoy sabemos que efectivamente fue un pésimo gobierno, cuestionado y con altos visos de corrupción que se investigan o están judicializados; los analistas refieren que fue el peor gobierno de las 25 regiones del Perú.
Es evidente que Nelson Chui, seguidores, otros opositores, o un sector de la prensa, que se ha ido reduciendo paulatinamente con el paso de los meses, no le perdonen la osadía.
«MENTIRAS VERDADERAS»
El sector opositor refiere algo que la señora no ha manifestado, es decir que estuviera abandonada o en conflicto con su hijo, como maquiavélicamente se da a entender, la sentencia fue ejecutada el 6 de agosto del 2009, curiosamente después de 2 años y 30 días, cuando se acerca el plazo de ley para el proceso de consulta popular (revocatoria) puedo presumir que empieza la fase o plan «B» de la OPERACIÓN DEMOLICIÓN, que no es otra que resquebrajar la imagen del presidente regional, no importa maltratando a su anciana madre que ya tiene bastante con la sentencia emitida
TODOS LOS CASOS NO SON IGUALES
Es muy conocido el caso de Rómulo Uribe Medina, preso en el penal Sarita Colonia, el es padre de Daniela y Mirtha Uribe que portan la camiseta bicolor y han logrado darse un nombre en el vóley peruano, son dos hijas fuertes, luchadoras, que han dado la cara en medio de la vergüenza en lo que falló su padre, mucha gente ha pedido el perdón presidencial que no ha llegado hasta el día de hoy, otro sonado caso fue la del Congresista Yehude Simón Munaro, preso 8 años por la mafia fuji-montesinista, sindicado por «apologia de terrorismo» o de ser el lider del ala legal del MRTA... con la vuelta a la democracia se demostró que todo fue venganza por razones políticas… Como vemos cada caso es distinto al otro, lo que para un ciudadano puede ser correcto, para la justicia no lo es, pero «no miremos la paja en ojo ajeno, si primero no sacamos la enorme viga que tenemos» un principio bíblico, básico para entender que «el que no cae, resbala alguna vez».
Lo cierto es que la señora Sra. Ercila Gonzales del Valle Cubillas Vda. de Alvarado, antes no ha tenido antecedentes judiciales, soy respetuoso de la decisión judicial, cuya legitimidad no observo, en cuanto cada uno debe responder por sus actos, es más esta crónica lo que cuestiona no es la sentencia (el juez conoce la ley) sino la mala utilización que corrompe y deforma la esencia noticiosa, siendo utilizada por terceros para intereses subalternos y políticos.
Por lo expuesto, debemos dar la noticia en su verdadero contexto y a quien corresponde, no hacerlo, o deformarlo quizá conlleve a victimizar al que hoy usted quiere satanizar y algo más, el hombre valiente se enfrenta con los más fuertes, sean buenos o malos, pero nunca lo hagas con los débiles, mucho menos con una anciana, aún haya pecado o sea madre de un presidente regional, quien justamente en el mitin final, su señora madre, haciendo uso de la palabra, tuvo las frases más elogiosas y hermosas para su hijo que ha quedado registrado en audios y videos.
Creo que en los peores momentos se conocen a los hombres, es preciso que Javier Alvarado se esfuerce mucho más para honrar la memoria viva de su madre, los sueños de ser Presidente de la República es un derecho ciudadano, lo es mucho más por ahora hacer un buen gobierno, honesto y transparente, que recuerde que tiempo hay para todo, pero no debe descuidar la casa grande que se llama REGIÓN LIMA donde todos habitamos, si mira el reloj sólo le queda 3 años, 3 meses y 24 días.
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CON VISITA AL TERRENO DE SAN LUIS... SE VIENE CONSOLIDANDO LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE...
El Mg. Augusto Hidalgo Sánchez, Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete y el Presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzáles, y sus respectivos equipos de trabajo visitaron el terreno de San Luis, donde se construirá la Ciudad Universitaria de la primera Universidad Nacional de la provincia de Cañete.
Al término de este recorrido, el Presidente de la Región Lima, Javier Alvarado, expresó su satisfacción porque considera que la entrega de este terreno vía donación por parte de la Municipalidad Provincial de Cañete, es un paso importante para la consolidación de la Universidad. «Es un sueño que se va haciendo realidad», precisó.
«Se logró la Ley de Creación, el presupuesto, luego de un trabajo coordinado entre los miembros de la Comisión Organizadora y el Gobierno Regional. Se han conseguido dos millones de soles para el funcionamiento de la Universidad. Ahora viene la tarea del Gobierno Regional de construir los primeros edificios. Hoy estamos con los arquitectos para ver el diseño del primer edifico, así como para la instalación del agua, desagüe y la luz, que va a correr a cuenta de nuestra gestión», precisó Alvarado Gonzáles en diálogo con la prensa.
Con respecto a las fechas el Presidente Regional señaló que en dos o tres meses se deben iniciar las obras de agua, desagüe y luz y sobre la construcción del primer edifico refirió que se hará paso a paso, para lo cual se empezará con la elaboración del expediente técnico, que estará listo el próximo año.
«La elaboración de los expedientes para el edificio toma entre 8 meses a un año, en agosto del próximo año debemos estar con estos documentos terminados para poder sacarlos a licitación», subrayó.
UN SUEÑO HECHO REALIDAD
El Presidente Regional también se dirigió a los jóvenes cañetanos y les dijo que el sueño de hace muchos años de sus padres y abuelos se hace realidad con la consolidación de la Universidad en la provincia de Cañete.
«Ahora lo único que queda es trabajar todos juntos, concretar las primeras aulas para que ellos puedan estudiar. La Comisión Organizadora determinará en su momento cuando convocará a examen de admisión, no es fácil, pero necesitamos las aulas, el sueño ya es una realidad y por parte de la región se invertirá todo lo que sea necesario en la universidad, que es un sueño que nació hace 40 años y que se consolidó en los últimos 4 años», recalcó el Presidente Regional.
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INICIAN CAMPAÑA DE USO SEGURO DE BICICLETA Y ESTILO DE VIDA SALUDABLE...
El Ministerio de Salud inició una campaña del uso seguro de la bicicleta y de respeto de las normas de tránsito, con el fin de promover estilos de vida saludables que mejoren la calidad de vida de la población.
Para el efecto, el ministro de Salud, Alberto Tejada Noriega, el alcalde de Miraflores, Jorge Muñoz Wells, y el representante de la Organización Panamericana de la Salud en el Perú, Fernando Leanes, recorrieron en bicicleta las principales calles del distrito de Miraflores.
«El objetivo es sensibilizar a la población sobre la importancia del respeto a las normas de tránsito y el compromiso de los peatones y conductores en la protección de un tránsito seguro y saludable», sostuvo el titular de Salud.
Tejada Noriega dijo que debemos darle espacios adecuados a los ciclistas, así como a los peatones para respetar las normas de transito. «Es una excelente iniciativa el poder disfrutar de espacios para la vida; utilizarlos e imitar nuevos estilos de vida», precisó.
Por primera vez, las autoridades del Minsa, municipio de Miraflores y de la OPS / OMS Perú recorrieron más de 30 cuadras de la avenida Arequipa, desde su intersección de la cdra. 27 con la Av. Javier Prado hasta el Parque Kennedy en Miraflores, impulsando la promoción del uso de vehículos no motorizados, los cuales mejoran la calidad de vida de la población.
La Semana de Tránsito Seguro y Saludable se inició el último domingo y se prolongará hasta el 9 de septiembre, para lo cual se tienen previstas actividades como el foro de evidencias de políticas públicas para la prevención de accidentes de tránsito; las Conferencias Por un Conductor Saludable, que orientará a los conductores en prácticas saludables que optimicen sus funciones durante sus labores.
En el Perú los accidentes de tránsito son considerados la tercera causa de carga de enfermedad; habiéndose convertido en un problema de desarrollo para el país.
Entre el 2005 y 2010 se han producido 487,773 accidentes de tránsito, 63.8% de ellos en Lima. Solo el año pasado se produjeron 2,856 muertes y 15,794 heridos de acuerdo a cifras de la Policía Nacional del Perú.
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SUNAT DUPLICARA OPERATIVOS PARA LUCHAR CONTRA LA EVASION TRIBUTARIA...
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) duplicará el número de sus operativos de fiscalización tributaria con el objetivo de luchar contra la evasión de impuestos, anunció el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.
«Vamos a más que duplicar los operativos de fiscalización, para llegar a tener más recursos permanentes; se tendrá una gama de aspectos en la Sunat, la cual será fortalecida; y se darán más acciones de control», declaró en TVPerú.
Sostuvo que el objetivo del fortalecimiento de la Sunat será darle mayor efectividad a sus intervenciones.
Recordó que el gobierno del presidente Ollanta Humala Tasso se ha impuesto metas muy ambiciosas como aumentar la presión tributaria, la cual estuvo estancada en los últimos años entre 14.5 y 15.5 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI).
«Esto se tiene que atacar en múltiples frentes: uno es combatir la evasión, que es muy alta y donde el 50 por ciento del Impuesto a la Renta se evade y no se paga; además hay un conjunto muy grande de trabajadores independientes que no paga impuestos», acotó.
Asimismo manifestó que se luchará de manera frontal contra el contrabando, ya que constituye el tres por ciento de las importaciones que realiza Perú.
«Tendremos una lucha frontal al contrabando, y las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP) van a desempeñar el rol importante de cuidar las fronteras, que son unas coladeras», enfatizó.
Refirió que por la frontera sur, norte y la parte de la selva transita libremente el contrabando, lo que hace daño a la industria nacional y perjudica los ingresos del tesoro público.
Además mencionó que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) trabajará para cobrar las deudas tributarias que están acumulándose en el Tribunal Fiscal, o las que se judicializan para evitar su pago.
«Esto involucra no sólo a empresas pequeñas, sino también a empresas muy grandes que no pagan sus impuestos o que arguyen a ciertas formas legales para eludir el pago», subrayó.
El ministro señaló que para combatir el 35 por ciento de evasión en el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) se trabajarán mejoras a los mecanismos de detracciones y percepciones, ya que permiten un mejor cobro de dicho impuesto.
«Pero también debe haber un tema de conciencia tributaria en el país, que se logra desde colegio. Es bueno comenzar a aprender, desde chicos, que parte de una obligación de ciudadanía es pagar sus impuestos», expresó.
Finalmente, el ministro descartó que se vayan a crear más impuestos o se vayan a aumentar los que se pagan en la actualidad.
PACIFICO RECLAMA AL DIM... Y NO HAY DOBLETE EN MALA...
El Pacífico FC no se durmió y presentó reclamo contra el DIM de Miraflores por la participación de Raúl Maguiña Quiróz quien no debía jugar por haber acumulado tres tarjetas amarillas, en los partidos que se han jugado anteriormente.
Según fuentes de la Liga Departamental de Fútbol de Lima, la Comisión de Justicia emitirá su fallo el día de hoy, el martes 6 dándole la razón al equipo de San Martín de Porres.
Con esto el encuentro del domingo será entre el San Lorenzo de Porococha y el Pacífico F.C.
De otro lado, los delegados maleños no se pusieron de acuerdo, y finalmente decidieron jugar por separado. El Estudiantes Condestable decidió jugar solo el sábado frente al elenco del Anselmo Bazalar, mientras que el San Lorenzo de Porococha programó su encuentro para el día domingo 11 de Setiembre, a partir de las 03:30 p. m. contra el elenco del Pacífico F.C., si el fallo le es favorable.
El Pacífico FC no se durmió y presentó reclamo contra el DIM de Miraflores por la participación de Raúl Maguiña Quiróz quien no debía jugar por haber acumulado tres tarjetas amarillas, en los partidos que se han jugado anteriormente.
Según fuentes de la Liga Departamental de Fútbol de Lima, la Comisión de Justicia emitirá su fallo el día de hoy, el martes 6 dándole la razón al equipo de San Martín de Porres.
Con esto el encuentro del domingo será entre el San Lorenzo de Porococha y el Pacífico F.C.
De otro lado, los delegados maleños no se pusieron de acuerdo, y finalmente decidieron jugar por separado. El Estudiantes Condestable decidió jugar solo el sábado frente al elenco del Anselmo Bazalar, mientras que el San Lorenzo de Porococha programó su encuentro para el día domingo 11 de Setiembre, a partir de las 03:30 p. m. contra el elenco del Pacífico F.C., si el fallo le es favorable.
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por JOSÉ JESÚS BUGOSEN CHALUJA (SUCESOR PROCESAL DE DANJEN S.A. Y ESTA SUCESOR PROCESAL DE BANCO CONTINENTAL) CONTRA Don RENZO ALDO VEGA GATTI y su esposa Dona MATILDE ZARATE SANCHEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 02999-2000-0-1401-JR-CI-01, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, a cargo del señor Juez Dr. Alfredo Aguado Semino, Especialista legal: Dr. José Antonio Bravo Soto, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la UBICACIÓN RURAL PARCELACIÓN RÚSTICA ZONA LA QUERENCIA SUB LOTE 26-B, Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 21000121 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US $ 500,000.000 (Quinientos mil y 00/100 Dólares Americanos)
PRECIO BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la valorización ascendente a US$ 333,333.33 (Trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Dólares Americanos)
AFECTACIONES:
a) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00001 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 210000121, de propiedad del ejecutado Renzo Aldo Vega Gatti, a favor del Banco Continental - Sucursal Ica, hasta por la suma de US $ 54,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones y las de su cónyuge Doña Matilde Zárate Sánchez, con la entidad bancaria. Así consta de la Escritura Publica del 27/02/1998 otorgada ante Notario Juan Azula Aguinaga por licencia concedida al titular Notario Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 04/03/1998 a las 01:11:00 PM horas, bajo el N° 1998-00000711 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/. 256.10 Nuevos Soles, con Recibo 00000870. Cañete, 16/03/1998. Registrador Público: Víctor Villanueva Rivera. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.
b) AMPLIACIÓN DE HIPOTRECA registrada en el Asiento D00002 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida electrónica ha sido ampliada hasta por la suma de US $ 160,000.00 Dólares Americanos, a fin de asegurar las obligaciones contraídas con el Banco. Así consta de la Escritura Pública del 11/02/1999, otorgada ante Notario Público de Lima, Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 14/05/99 a las 10:49:44 horas, bajo el N° 1999-00001522 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/ 547.60 Nuevos Soles, con Recibos Números 00001886, 00002170. Cañete, 07/06/99. Registrador público: Luis Antonio Vargas Rivas. Zona Registral N° IX – Sede Lima
c) CESIÓN DE DERECHOS registrada en el Asiento D00003 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. DANJEN S.A. debidamente registrado en la Partida 0129615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, es el nuevo acreedor de las hipotecas registradas en el asiento D00001 y su ampliación registrada en el asiento D00002 de la presente partida, en mérito a la cesión de derechos de créditos celebrados con su anterior acreedor el Banco Continental, valorizándose dicha cesión en la suma de US$ 50, 000.00 Dólares Americanos. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 23.02.2008, otorgada ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Fernandini Barrera. El Título fue presentado el 05/10/2009 a las 11:31.48 A.M horas, bajo el N° 2009-00009097 del Tomo diario 0083. Derechos cobrados: S/. 461.75 Nuevos Soles, con Recibos Números 00007976-01, 00009866-01. Cañete, 09 de Diciembre del 2009. Registrados Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
d) Renovación de Hipoteca, registrada en el asiento D00004 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, la misma que ha sido ampliada en el asiento D00002 y cedida a favor del nuevo acreedor DANJEN S.A. en el asiento D00003; ha sido renovada por cuanto a la fecha no se ha extinguido la obligación garantizada con la misma. Se procede de conformidad con el Art. 93 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, mediante solicitud con firma legalizada del representante del nuevo acreedor Daniel Malamud Wechselblatt. El Título fue presentado el 29/12/2010 a las 02:34:24 PM horas, bajo el N° 2010-00010034 del Tomo Diario 0083. Derechos cobrados: S/. 35.00 Nuevos Soles, con Recibos Números 00000309-01, 00011133-01 Cañete, 14 de enero de 2011. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
e) Cesión de Hipoteca, registrada en el asiento D00005 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. José Jesús Bugosen Chaluja, soltero, identificado con D.N.I. N° 07913007, es el nuevo acreedor de la hipoteca inscrita en el Asiento D00001, ampliada en el Asiento D00002 cedida en el Asiento D00003 y renovada en el Asiento D00004 de la presente Partida Electrónica, en merito a la cesión de derecho hipotecario celebrada con DANJEN S:A:, inscrita en la Partida N° 01269615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima . Así consta de la Escritura Publica, de fecha 11/07/2011 otorgada ante Notaria de Lima, Cecilia Hidalgo Moran. Cañete, 08 de agosto de 2011. Registrador Público: Manuel Alejandro Guevara Chilin. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: EL día 19 de setiembre de 2011 a las 14:00 horas (Dos de la Tarde).
LUGAR DEL REMATE: En el local de Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica – Sede Central, ubicado en Calle Ayacucho N° 500 (frente a la Plaza Sebastián Barranca), Provincia y Departamento de Ica.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello de No Negociable) girado a su nombre y presentaran su arancel judicial (con copia del arancel y del D.N.I.) suscribiendo dicho arancel, con numero de expediente y generales de ley; en caso de ser persona jurídica presentarán copia de poderes correspondientes y R.U.C. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el articulo 732° del código Procesal Civil y están afectados al IGV. Ica, 15 de agosto de 2011. MARTILLERO: GUILLERMO JOSÉ RIVAROLA COLE, ABOGADO, MARTILLERO PÚBLICO. Reg. N° 232.
Guillermo Rivarola Cole
Martillero Público Reg. N° 232
Abogado
José Antonio Bravo Soto
Secretario Judicial - Primer Juzgado Civil de Ica
Publicar: 29, 31 de Agosto, 1, 2, 5 y 6 de Setiembre.
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
EDICTOS PENALES
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Aroni; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-342-2010-67; a JORGE LUIS GUTIERREZ VILLALOBOS que ha sido declarado Reo Contumaz y se ha ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Se emplaza a Audiencia de Juicio Oral. Resol. 06. Delito Omisión a la asistencia Familiar. Agraviados Menores M.N.G.F. y A.C.G.F. Especialista Huari. Cañete 24.08.2011
EXP.-522-2010-2; a JESUS ANGEL CALDERON ZAMUDIO que ha sido declarado Reo ausente y se ha ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Se emplaza a Audiencia de Juicio Oral. Delito Omisión a la asistencia Familiar. Agraviados Mery Virginia Soriano Espilco. Especialista Huari. Cañete 22.08.2011
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Soto; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-671-2010-6; a JEAN MARCO HUAROTO MUNAYCO. Con resol 02 del 26.08.2011. Se resuelve: Tener por no instalada la Audiencia de Juicio Oral. Reprogramarla para el Día Martes 18.10.2011 a horas 9:00a.m; bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Asistente Ochoa. Cañete 31.08.2011
JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE; Juez: Soto; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-225-2010-24; a FREDDY WILFREDO DE LA PAZ CUYA. Con resol 02 del 24.08.2011. Se resuelve: Tener por no instalada la Audiencia de Juicio Oral. Reprogramarla para el Día Lunes 21.11.2011 a horas 9:00a.m; bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Asistente Ochoa. Cañete 31.08.2011
Por un día.
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-191, seguido por JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO, sobre PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES; la señora Juez Dra. Norma Gonzales Ventura, ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. 21-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) NOTIFICAR a la demandada SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO por el plazo especial de SESENTA DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal (…).- Una firma, Dra. Norma Gonzáles Ventura – Juez.- Una firma, Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 02 de Setiembre de 2011.
DR. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 06 y 07 de Setiembre
EDICTO JUDICIAL
Exp. 2008-0052, por ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez José De La Cruz Vargas, ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 1 (04/07/2008) se resuelve admitir la demanda interpuesta por Agrícola Santa Bárbara S.A., representada por su Gerente General Máximo Palomino Vargas contra Gerardo Daniel Suárez Durand y Rosa Angélica Rojas Machacuay sobre Reinvindicación y Restitución Posesoria del Predio Rústico, vía proceso de conocimiento. RESOLUCION N° 35 (03/08/2011) Se resuelve: SUSPENDER el presente proceso hasta que se emplace a la Sucesión de Gerardo Daniel Suárez Durand, para que en el plazo de sesenta días, comparezca al proceso y haga valer su dercho con arreglo a ley; bajo apercibimiento de proseguirsele el proceso con un curador procesal, debiendo para tal fin notificar por edictos tanto el Diario Oficial “El Peruano”, y el Diario Local “Al Día Con Matices”, por tres días hábiles. Fdo. José De La Cruz Vargas, y Jovanna Hernández Vásquez - Secretaria Judicial. Cañete, 03 de Agosto del 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
2, 5 y 6 de Setiembre
NOTARÍA GARRAFA
RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, don WILLIAMS JOSE OLIVEROS MENESES con DNI N° 15436632 y ELIZABETH JOSEFINA DE LA CRUZ GARCIA con DNI N° 15431186, solicitan el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, respecto de la unión libre, voluntaria y sin impedimento matrimonial que mantiene desde hace 10 (diez) años aproximadamente.
Lo que se publica a efecto de que los que tengan que formular alguna oposición, se apersonen dentro del plazo de 15 días. Cañete, 26 de Agosto del 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
EDICTO
Expediente: 2010-066-CI. Por ante el Juzgado Mixto y Penal Unipersonal de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretario Judicial John Galarza Silva; por resolución número nueve de fecha once de Agosto del dos mil once, en vía del proceso ABREVIADO se admitió a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesto por MARÍA BENILDA RAYMONDI AYALA contra PATROCINIO MAURO HUAPAYA RUIZ, JUANA PAULA HUAPAYA SARIANO y JUAN CARLOS BARRETO ÁNGELES, a fin de que se declare propietario del predio ubicado en la Avenida Antigua Panamericana Sur Kilómetro ochenta y seis punto cinco, distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida número 003080037, del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete, concediéndosele el plazo de DIEZ días al demandado para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse su proceso en su rebeldía; por ofrecidos los medios probatorios y agréguense los autos a los anexos. Mala, 05 de Setiembre de 2011.
John Galarza Silva
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 06, 12 y 16 de Setiembre.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73 manda publicar; que con Expediente N° 3834-2011MDQ de fecha 02 de Setiembre del presente año, que AMANCIO GUILLERMO CABALLERO RAYMONDI solicita la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de corregir la omisión del apellido materno del padre del titular del acta debiendo decir JACINTO CABALLERO VIVAS; asimismo corregir la omisión del apellido materno de la madre del titular del acta debiendo decir EFIGENIA RAYMONDI TINTAYO y no como se encuentra registrado en el libro N° 28 folio 172, año 1961.
Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la ley arriba indicada. Quilmaná, 05 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don CHRISTIAN YOBANI SANCHEZ SANCHEZ, de 21 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 70357651, con domicilio en Jr. Junín Mz. 43, Lote 4 Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación obrero, y doña MELISSA KAROL CASTILLO DE LA CRUZ, de 20 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47019903, de estado civil soltera, de profesión Técnica en Computación, domiciliada en Buenos Aires Mz. J Lote 19 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que: don CESAR ESTEBAN CAYCHO CALAGUA, de 41 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 15356779 con domicilio en Jr. Cuzco N° 400 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación militar y doña GREGORIA ROSA SANCHEZ SANCHEZ, de 46 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15401747, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. Cuzco N° 400 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que: don LUIS ALBERTO YAYA MANCO, de 27 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 42051903, con domicilio en Prolongación Tacna s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación chofer, y doña GABRIELA ELIZABETH DE LA CRUZ TASAYCO, de 25 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 43524172, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Prolongación Tacna s/n – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don RICHARD JHON GUTIERREZ AGUILAR, de 31 años de edad, natural del distrito de Comas – Lima, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 42406120, con domicilio en el Anexo La Huerta Mz. J Lote 1 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación obrero y y doña CARMEN LUZ QUISPE SALVADOR, de 32 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 40195619, de estado civil soltera, de ocupación obrera, domiciliada en Jr. Arequipa s/n Buenos Aires – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 01 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
EDICTO
Exp. N° 359-2011, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Luis Miguel Yalán Ahedo; Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández, DOMITILA SOTO DE BAUTISTA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su señora madre DIONISIA ROBLES QUISPE fallecida el 27 de Agosto del 2008. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia. Imperial, 05 de Setiembre del 2011.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
En los seguidos por JOSÉ JESÚS BUGOSEN CHALUJA (SUCESOR PROCESAL DE DANJEN S.A. Y ESTA SUCESOR PROCESAL DE BANCO CONTINENTAL) CONTRA Don RENZO ALDO VEGA GATTI y su esposa Dona MATILDE ZARATE SANCHEZ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expediente N° 02999-2000-0-1401-JR-CI-01, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, a cargo del señor Juez Dr. Alfredo Aguado Semino, Especialista legal: Dr. José Antonio Bravo Soto, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la UBICACIÓN RURAL PARCELACIÓN RÚSTICA ZONA LA QUERENCIA SUB LOTE 26-B, Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 21000121 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US $ 500,000.000 (Quinientos mil y 00/100 Dólares Americanos)
PRECIO BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la valorización ascendente a US$ 333,333.33 (Trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Dólares Americanos)
AFECTACIONES:
a) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA registrada en el Asiento D00001 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 210000121, de propiedad del ejecutado Renzo Aldo Vega Gatti, a favor del Banco Continental - Sucursal Ica, hasta por la suma de US $ 54,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar sus obligaciones y las de su cónyuge Doña Matilde Zárate Sánchez, con la entidad bancaria. Así consta de la Escritura Publica del 27/02/1998 otorgada ante Notario Juan Azula Aguinaga por licencia concedida al titular Notario Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 04/03/1998 a las 01:11:00 PM horas, bajo el N° 1998-00000711 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/. 256.10 Nuevos Soles, con Recibo 00000870. Cañete, 16/03/1998. Registrador Público: Víctor Villanueva Rivera. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.
b) AMPLIACIÓN DE HIPOTRECA registrada en el Asiento D00002 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida electrónica ha sido ampliada hasta por la suma de US $ 160,000.00 Dólares Americanos, a fin de asegurar las obligaciones contraídas con el Banco. Así consta de la Escritura Pública del 11/02/1999, otorgada ante Notario Público de Lima, Eduardo Laos Mora. El Título fue presentado el 14/05/99 a las 10:49:44 horas, bajo el N° 1999-00001522 del Tomo Diario 0013. Derechos: S/ 547.60 Nuevos Soles, con Recibos Números 00001886, 00002170. Cañete, 07/06/99. Registrador público: Luis Antonio Vargas Rivas. Zona Registral N° IX – Sede Lima
c) CESIÓN DE DERECHOS registrada en el Asiento D00003 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. DANJEN S.A. debidamente registrado en la Partida 0129615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, es el nuevo acreedor de las hipotecas registradas en el asiento D00001 y su ampliación registrada en el asiento D00002 de la presente partida, en mérito a la cesión de derechos de créditos celebrados con su anterior acreedor el Banco Continental, valorizándose dicha cesión en la suma de US$ 50, 000.00 Dólares Americanos. Así consta de la Escritura Pública, de fecha 23.02.2008, otorgada ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Fernandini Barrera. El Título fue presentado el 05/10/2009 a las 11:31.48 A.M horas, bajo el N° 2009-00009097 del Tomo diario 0083. Derechos cobrados: S/. 461.75 Nuevos Soles, con Recibos Números 00007976-01, 00009866-01. Cañete, 09 de Diciembre del 2009. Registrados Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
d) Renovación de Hipoteca, registrada en el asiento D00004 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. La hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, la misma que ha sido ampliada en el asiento D00002 y cedida a favor del nuevo acreedor DANJEN S.A. en el asiento D00003; ha sido renovada por cuanto a la fecha no se ha extinguido la obligación garantizada con la misma. Se procede de conformidad con el Art. 93 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, mediante solicitud con firma legalizada del representante del nuevo acreedor Daniel Malamud Wechselblatt. El Título fue presentado el 29/12/2010 a las 02:34:24 PM horas, bajo el N° 2010-00010034 del Tomo Diario 0083. Derechos cobrados: S/. 35.00 Nuevos Soles, con Recibos Números 00000309-01, 00011133-01 Cañete, 14 de enero de 2011. Registrador Público: Carmen Elizabeth Martínez Galván. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
e) Cesión de Hipoteca, registrada en el asiento D00005 sobre el inmueble inscrito en la Partida N° 21000121. José Jesús Bugosen Chaluja, soltero, identificado con D.N.I. N° 07913007, es el nuevo acreedor de la hipoteca inscrita en el Asiento D00001, ampliada en el Asiento D00002 cedida en el Asiento D00003 y renovada en el Asiento D00004 de la presente Partida Electrónica, en merito a la cesión de derecho hipotecario celebrada con DANJEN S:A:, inscrita en la Partida N° 01269615 del Registro de Personas Jurídicas de Lima . Así consta de la Escritura Publica, de fecha 11/07/2011 otorgada ante Notaria de Lima, Cecilia Hidalgo Moran. Cañete, 08 de agosto de 2011. Registrador Público: Manuel Alejandro Guevara Chilin. Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Registral Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: EL día 19 de setiembre de 2011 a las 14:00 horas (Dos de la Tarde).
LUGAR DEL REMATE: En el local de Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica – Sede Central, ubicado en Calle Ayacucho N° 500 (frente a la Plaza Sebastián Barranca), Provincia y Departamento de Ica.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia (sin sello de No Negociable) girado a su nombre y presentaran su arancel judicial (con copia del arancel y del D.N.I.) suscribiendo dicho arancel, con numero de expediente y generales de ley; en caso de ser persona jurídica presentarán copia de poderes correspondientes y R.U.C. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el articulo 732° del código Procesal Civil y están afectados al IGV. Ica, 15 de agosto de 2011. MARTILLERO: GUILLERMO JOSÉ RIVAROLA COLE, ABOGADO, MARTILLERO PÚBLICO. Reg. N° 232.
Guillermo Rivarola Cole
Martillero Público Reg. N° 232
Abogado
José Antonio Bravo Soto
Secretario Judicial - Primer Juzgado Civil de Ica
Publicar: 29, 31 de Agosto, 1, 2, 5 y 6 de Setiembre.
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2005-831 a CARLOS PUMA ATENCIO. Lectura de Sentencia. Día 20.09.2011 a horas 12:00a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Contra la Administración Pública. Agraviado; El estado. Secretario Yaya. Cañete 25.08.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-93 a AURELIO AGUILAR BLAS. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:15a.m. Delito; Contra el orden Financiero y Monetario. Agraviado; Banco Central de Reserva del Perú.
EXP.-2009-321 a GUMER DANIEL MORENO LUNA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:15a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Justino Eleuterio Gutierrez Mosqueta.
EXP.-2007-160 a CORNELIO FRANCISCO FELIX VAN OORDT VAN OORDT Y OTRO. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 10:45a.m. Delito; Usurpación Agravado. Agraviado; Julio Menchelli Corsi y otro.
EXP.-2008-252 a DANIEL IGNACIO NAPA ESPICHAN. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 12:15a.m. Delito; Omisión a la asistencia familiar. Agraviado; Daniela Elizabeth Napa Castillo.
Secretaria Valiente
Mala 31.08.2011
AUXILIO JUDICIAL
EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE.- Juez Flores; Cita bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal a:
EXP.-2010-054; Resolución 02; Admite demanda contra la interdicta DORIS URIARTE BUSTAMANTE interpuesta por el Ministerio Público. Traslado por el término de cinco días para contestar la demanda; Resolución 09 del 15.08.2011: Notifíquese a los familiares de la presunta Interdicta por el plazo de QUINCE días, a fin de que se apersone al proceso y haga valer su derecho.
EXP.-2011-270; Resolución 01. ADMITE demanda contra JOSE ENRIQUE LUYO BLAS por VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO; agraviado: Verónica Dense Sacramento Puente. Resolución 04; Córrase traslado al demandado por el término: QUINCE DÍAS.
Secretaria Mesías
Cañete 26.08.2011
EXP.-365-2011; Resolución 05. SE RESUELVE.- Notificar a la agraviado ESTELA VELASQUEZ ALARCON, El Juzgado hace saber que se ha iniciado un proceso de Violencia Familiar contra Casimiro Huaman Espinoza y se ordena su notificación mediante edictos. Secretaria Lázaro. Cañete 24.08.2011
6, 7 y 8 de Setiembre
EDICTOS PENALES
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Aroni; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-342-2010-67; a JORGE LUIS GUTIERREZ VILLALOBOS que ha sido declarado Reo Contumaz y se ha ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Se emplaza a Audiencia de Juicio Oral. Resol. 06. Delito Omisión a la asistencia Familiar. Agraviados Menores M.N.G.F. y A.C.G.F. Especialista Huari. Cañete 24.08.2011
EXP.-522-2010-2; a JESUS ANGEL CALDERON ZAMUDIO que ha sido declarado Reo ausente y se ha ordenado su ubicación y captura a nivel nacional. Se emplaza a Audiencia de Juicio Oral. Delito Omisión a la asistencia Familiar. Agraviados Mery Virginia Soriano Espilco. Especialista Huari. Cañete 22.08.2011
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Soto; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-671-2010-6; a JEAN MARCO HUAROTO MUNAYCO. Con resol 02 del 26.08.2011. Se resuelve: Tener por no instalada la Audiencia de Juicio Oral. Reprogramarla para el Día Martes 18.10.2011 a horas 9:00a.m; bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Asistente Ochoa. Cañete 31.08.2011
JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE; Juez: Soto; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-225-2010-24; a FREDDY WILFREDO DE LA PAZ CUYA. Con resol 02 del 24.08.2011. Se resuelve: Tener por no instalada la Audiencia de Juicio Oral. Reprogramarla para el Día Lunes 21.11.2011 a horas 9:00a.m; bajo apercibimiento de ser declarado reo Ausente o Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Asistente Ochoa. Cañete 31.08.2011
Por un día.
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-191, seguido por JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO, sobre PARTICIÓN JUDICIAL DE BIENES; la señora Juez Dra. Norma Gonzales Ventura, ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. 21-06-2010.
AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: (…) NOTIFICAR a la demandada SUCESIÓN MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO por el plazo especial de SESENTA DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal (…).- Una firma, Dra. Norma Gonzáles Ventura – Juez.- Una firma, Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial. Cañete, 02 de Setiembre de 2011.
DR. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 06 y 07 de Setiembre
EDICTO JUDICIAL
Exp. 2008-0052, por ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez José De La Cruz Vargas, ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 1 (04/07/2008) se resuelve admitir la demanda interpuesta por Agrícola Santa Bárbara S.A., representada por su Gerente General Máximo Palomino Vargas contra Gerardo Daniel Suárez Durand y Rosa Angélica Rojas Machacuay sobre Reinvindicación y Restitución Posesoria del Predio Rústico, vía proceso de conocimiento. RESOLUCION N° 35 (03/08/2011) Se resuelve: SUSPENDER el presente proceso hasta que se emplace a la Sucesión de Gerardo Daniel Suárez Durand, para que en el plazo de sesenta días, comparezca al proceso y haga valer su dercho con arreglo a ley; bajo apercibimiento de proseguirsele el proceso con un curador procesal, debiendo para tal fin notificar por edictos tanto el Diario Oficial “El Peruano”, y el Diario Local “Al Día Con Matices”, por tres días hábiles. Fdo. José De La Cruz Vargas, y Jovanna Hernández Vásquez - Secretaria Judicial. Cañete, 03 de Agosto del 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
2, 5 y 6 de Setiembre
NOTARÍA GARRAFA
RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, don WILLIAMS JOSE OLIVEROS MENESES con DNI N° 15436632 y ELIZABETH JOSEFINA DE LA CRUZ GARCIA con DNI N° 15431186, solicitan el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, respecto de la unión libre, voluntaria y sin impedimento matrimonial que mantiene desde hace 10 (diez) años aproximadamente.
Lo que se publica a efecto de que los que tengan que formular alguna oposición, se apersonen dentro del plazo de 15 días. Cañete, 26 de Agosto del 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete
EDICTO
Expediente: 2010-066-CI. Por ante el Juzgado Mixto y Penal Unipersonal de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretario Judicial John Galarza Silva; por resolución número nueve de fecha once de Agosto del dos mil once, en vía del proceso ABREVIADO se admitió a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesto por MARÍA BENILDA RAYMONDI AYALA contra PATROCINIO MAURO HUAPAYA RUIZ, JUANA PAULA HUAPAYA SARIANO y JUAN CARLOS BARRETO ÁNGELES, a fin de que se declare propietario del predio ubicado en la Avenida Antigua Panamericana Sur Kilómetro ochenta y seis punto cinco, distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida número 003080037, del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete, concediéndosele el plazo de DIEZ días al demandado para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse su proceso en su rebeldía; por ofrecidos los medios probatorios y agréguense los autos a los anexos. Mala, 05 de Setiembre de 2011.
John Galarza Silva
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 06, 12 y 16 de Setiembre.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73 manda publicar; que con Expediente N° 3834-2011MDQ de fecha 02 de Setiembre del presente año, que AMANCIO GUILLERMO CABALLERO RAYMONDI solicita la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de corregir la omisión del apellido materno del padre del titular del acta debiendo decir JACINTO CABALLERO VIVAS; asimismo corregir la omisión del apellido materno de la madre del titular del acta debiendo decir EFIGENIA RAYMONDI TINTAYO y no como se encuentra registrado en el libro N° 28 folio 172, año 1961.
Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la ley arriba indicada. Quilmaná, 05 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don CHRISTIAN YOBANI SANCHEZ SANCHEZ, de 21 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 70357651, con domicilio en Jr. Junín Mz. 43, Lote 4 Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación obrero, y doña MELISSA KAROL CASTILLO DE LA CRUZ, de 20 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47019903, de estado civil soltera, de profesión Técnica en Computación, domiciliada en Buenos Aires Mz. J Lote 19 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que: don CESAR ESTEBAN CAYCHO CALAGUA, de 41 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 15356779 con domicilio en Jr. Cuzco N° 400 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación militar y doña GREGORIA ROSA SANCHEZ SANCHEZ, de 46 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15401747, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. Cuzco N° 400 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que: don LUIS ALBERTO YAYA MANCO, de 27 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 42051903, con domicilio en Prolongación Tacna s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación chofer, y doña GABRIELA ELIZABETH DE LA CRUZ TASAYCO, de 25 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 43524172, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Prolongación Tacna s/n – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 02 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don RICHARD JHON GUTIERREZ AGUILAR, de 31 años de edad, natural del distrito de Comas – Lima, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 42406120, con domicilio en el Anexo La Huerta Mz. J Lote 1 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación obrero y y doña CARMEN LUZ QUISPE SALVADOR, de 32 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 40195619, de estado civil soltera, de ocupación obrera, domiciliada en Jr. Arequipa s/n Buenos Aires – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 01 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
EDICTO
Exp. N° 359-2011, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Luis Miguel Yalán Ahedo; Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández, DOMITILA SOTO DE BAUTISTA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su señora madre DIONISIA ROBLES QUISPE fallecida el 27 de Agosto del 2008. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia. Imperial, 05 de Setiembre del 2011.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
05 septiembre 2011
AUTORIDADES DE NUEVO AYACUCHO EXIGEN CONSTRUCCION DE UN PUENTE AEREO PARA EVITAR ACCIDENTES... COVIPERU TIENE LA PALABRA...
Las autoridades y moradores del CPM Nuevo Ayacucho, exigieron la construcción inmediata de un puente aéreo que permita conectar con la nueva vía de la Panamericana Sur y evitar los accidentes de transito.
El alcalde del lugar, Joaquín Escalante, expresó que la nueva vía aisló por completo a su Centro Poblado que se ubica en el límite con la provincia iqueña de Chincha.
«Muchos de nuestros coterráneos caminan cerca de media hora para abordar los vehículos y viajar a la localidad de San Vicente», expresó Ayala remarcando que urge la construcción del puente.
Por su parte, la Jueza de Paz del lugar, Susana Carrera, manifestó que ya existen algunas denuncias por accidente de tránsito, tal es el caso de la señora Alejandrina Huamán Rodríguez quien fue embestida por un vehículo que se dio a la fuga y se encuentra postrada en su cama.
«Algunos negocios como restaurantes, grifos y tiendas, tuvieron que cerrar sus puertas por el sorpresivo desvío de la carretera, perjudicando el ingreso mínimo en la zona», expresó la representante del Poder Judicial.
Por su parte, el teniente gobernador del lugar, Percy Castro, se comprometió realizar las gestiones antes las instancias del Poder Ejecutivo y exigió a la firma COVI – Perú, concesionaria de la Red Vial la construcción del puente en la zona.
Expresaron que ya existe un proyecto, no sólo para la construcción de un puente aéreo sino de un trébol, obra que deben exigir las autoridades de la Municipalidad Provincial de Cañete o el Gobierno Regional de Lima.
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ANTAURO HUMALA: EL DELITO Y LA CONDENA
Por ceguferno
No puedo negar que me ha causado preocupación las declaraciones desafortunadas del vicepresidente de la República, Omar Chehade y del ministro de Defensa, Daniel Mora, quienes refiriéndose a los crímenes de Andahuaylas, afirman que Antauro no tuvo acción directa en los sucesos, dejando entrever como una conducta atípica y exculpatoria; algo parecido aducen algunos otros como el periodista y ex congresista cañetano, don Andrés Yactayo Padilla y algunos políticos humalistas, tratando de interferir en las decisiones del colegiado que procesa el caso; sin embargo lo que desarmaría a cualquier ciudadano son las impropias declaraciones del connotado jurista y penalista Javier Villa Stein cuando refiriéndose a Antauro, dice: «no es cualquier ciudadano, es el hermano del Presidente (de la República)», dándole un estatus no contemplado en norma alguna.
Si algo caracteriza al régimen democrático es el estado de derecho que se caracteriza por el imperio de la ley, entendido como la defensa de los derechos fundamentales, la división de poderes, donde el ejecutivo administra el aparato estatal; el Legislativo emite las normas y el Poder Judicial aplica las normas. El estado de derecho es el estado sometido al derecho, entendido como el conjunto de normas que ordena la convivencia del ser humano y cuya eficacia está garantizada por la utilización de la coerción organizada por el Estado, para lograr la justicia.
Así entendido, el Derecho Penal es un instrumento formalizado de Control social; es un derecho de advertencia y condiciones de castigo: avisa al ciudadano qué comportamientos no se toleran porque se reputan de atentatorios para la indemnidad de los bienes jurídicos que la norma tutela. La intervención sancionadora del Estado establece las conductas prohibidas y a las que de operarse, se les castigará con una pena; esto es, se asocia al crimen, como el hecho, con la pena, como su legítima consecuencia. La misión del derecho penal es la protección de los bienes jurídicos.
Uno de los principales derechos fundamentales de toda persona es a la igualdad ante la ley; la ley penal es igual para todos los ciudadanos y la Constitución reconoce está garantía en el inciso 2 del artículo 2; y lo reafirma el Código Penal en su artículo 10, y este mismo artículo habla de excepciones personales nacidas de Derecho Constitucional en razón del cargo político y estas excepciones son:»inviolabilidad» para congresistas, Defensor del Pueblo y miembros de TC (art. 93), «inmunidad»(art.161) para los mismos, además del Presidente de la República, y «antejuicio», privilegio de los anteriormente nombrados, además de ministros, miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, jueces y fiscales supremos y Contralor General (art.99); entonces hace mal Villa Stein dándole un estatus del que no goza Antauro Humala por el hecho de ser hermano del Presidente de la República, nadie puede ser objeto de discriminación (positiva o negativa) y todos gozan de la misma tutela penal, inclusive los deudos de los policías muertos durante la revuelta de Andahuaylas; entonces la responsabilidad y la pena deben considerarse en base al principio de igualdad ante la ley.
Pero también hacen mal vicepresidente, ministros y congresistas humalistas pretendiendo interferir en las funciones propias del colegiado supremo; ello por la separación de poderes que consagra la Constitución y «por la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional. Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones (…), art. 139, inciso 2.
¿Pero cuáles son los bienes jurídicos que ha vulnerado Antauro Humala y que le han valido una sentencia de 25 años de pena privativa de libertad? a saber: contra los poderes del Estado y el orden constitucional (delito de rebelión), contra la libertad personal de los policías de la comisaria de Andahuaylas (delito de secuestro) y contra la vida (delito de homicidio contra los cuatro policías muertos).
¿Pero, fueron delitos los actos de Ollanta Humala?... Simplistamente diríamos que delito es toda conducta que el legislador sanciona con una pena, sin embargo la definición moderna del delito nos dice que «es una acción típica, antijurídica y culpable».
Es típica porque el hecho ilícito esta previsto en una norma (homicidio, art. 106, secuestro, art. 152 y rebelión, art.346) y además no concurre ninguna de los elementos de atipicidad, esto es, fuerza irresistible (no hubo coacción sobre el agente), ni estado de inconsciencia (Antauro y sus coautores actuaron conscientes de lo que hacían), ni acto reflejo (instintivos y ajenos a la voluntad).
Es antijurídica, en cuanto los hechos ocurridos con motivo de la rebelión de Andahuaylas contradicen a las normas jurídicas y esta afirmado en cuanto hay ausencia de causas de justificación, esto es, no se obro por legítima defensa, ni por estado de necesidad justificante ni hubo consentimiento, etc.
Es una acción culpable en cuanto es una acción imputable (con una pena); los actores conocían de la antijuricidad de su acción, y porque además no concurren ninguno de los supuestos de inculpabilidad como serían minoría de edad, anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia, miedo insuperable.
¿Es una causal exculpatoria que la defensa de Antauro invoque el artículo 82 de la constitución del 79?... la constitución vigente es la constitución de 1993 y al entrar en vigencia derogo la constitución del 79, la misma que no se puede invocar, en todo caso, es una simple postura; pero por otro lado, tanto la constitución del 79, como el artículo 46 de la constitución del 93, hablan de insurgencia contra un gobierno usurpador y el gobierno de Toledo (2001-2006) era un gobierno constitucional y legitimo.
¿Las acciones de Andahuaylas fueron sedición como afirma Isaac Humala?...Isaac Humala, el patriarca de los Humala Tasso, piensa más como padre que como jurista: Sedición según el artículo 347 del Código Penal es «el que se alza en armas sin desconocer al gobierno legítimamente constituido (…)», por el contrario el artículo 346 del mismo cuerpo de leyes define rebelión como; «el que se alza en armas para deponer el gobierno o variar, suprimir o modificar el régimen constitucional» y el ánimo de la revuelta de Andahuaylas era deponer a Toledo y cambiar la constitución del 93; recordemos su arenga cuando pide la renuncia del Presidente (de la República) y la restitución de la Constitución del 79, poco importa aquí si su rebelión haya fracasado al punto que dos días después depuso las armas.
Acá tampoco cabe la exención de la pena por desistir de su rebelión (artículo 351), porque allí se habla de perturbación momentánea; y en Andahuaylas hubo tiroteo y seis muertos, y la rendición se produjo porque Antauro no avizoro futuro en una rebelión localista en donde tenía desventajas en hombres y armamento; la tesis del «puente de plata» al enemigo que huye o desiste voluntariamente, lo aborda el artículo 18: «Si el agente desiste voluntariamente de proseguir los actos de ejecución del delito o impide que se produzca el resultado, será penado sólo cuando los actos practicados constituyen por si otros delitos». El colegiado parece considerar que la rendición de Antauro y sus huestes no fue voluntaria sino condicionada por las fuerzas del orden.
CONCURSO DE DELITOS
Lo que sucedió en Andahuaylas es un concurso de delitos que de acuerdo a un criterio finalista, hay una unidad de propósito (rebelión) en el tiempo y espacio, y varios delitos; además de rebelión, hay secuestro y homicidio entre los más resaltantes. Es importante este criterio porque según el artículo 48 (concurso ideal), «se reprime hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementarse hasta en una cuarta parte»; en el caso: si rebelión está penado entre 10 a 20 años, secuestro de 20 a 30 años y homicidio de 6 a 20 años; entonces el tope de la pena corresponde al máximo de secuestro, esto es, 30 años, pudiendo incrementarse hasta un máximo de 35 años ( la pena más alta de nuestro ordenamiento), tal como lo pidió la fiscalía. Pero claro, esta es la pena legal; la pena judicial la evalúa el juzgador y para cada caso lo individualiza en consideración a atenuantes (edad del agente, grado de participación, arrepentimiento, confesión sincera, reparación espontánea) y agravantes (cualificación del agente, crueldad, alevosía, recompensa, reincidencia, móviles racistas, etc.)
TIPIFICACIÓN
En los delitos de Andahuaylas hay dolo, lo que implica el elemento cognitivo (conocimiento) y volitivo (voluntad), esto es el agente sabe que su acto lesiona el bien jurídico pero además quiere el acto.
Esto es claro en la rebelión, hay la intención del autor dado que él persigue la realización del delito (dolo de primer grado).
En los casos de secuestro y especialmente homicidio, los agentes no perseguían la realización, pero sabían, advierten y se lo representaban como inevitable o como consecuencia necesaria de la actuación (dolo de segundo grado); esto es, ellos querían la rebelión con el objeto de tomar la comisaria y declarar «zona liberada» Andahuaylas, pero sabían, advertían como seguro (o casi seguro) que deberían tomar (secuestrar) a los policías, o era otra posibilidad, el homicidio de los efectivos del orden o ambas, como finalmente sucedió.
Heridos y secuestrados los policías, fueron victimados lo que configuraría alevosía (inciso 2, art. 108) y por cualificación de los sujetos pasivos (miembros de la policía nacional), (art.108, inciso 5), tenemos dos agravantes y ya estamos tipificando homicidio calificado (asesinato), sin embargo es discutible el agravante por cualificación del sujeto pasivo en tanto la naturaleza del delito de rebelión ya lo subsume (delito contra poderes del Estado), de modo tal que estaríamos agravando un delito de por si agravado.
Alega la defensa de Antauro que se disparo sobre cadáver; esto es lo que la doctrina conoce como tentativa inidónea o delito imposible; aquí había homicidio imposible pues no cabe admitir que se mata a quien ya estaba muerto cuando recibió el disparo.
Sin embargo las imágenes de video descartan estas afirmaciones; sin embargo la defensa de Humala refiere que lo que se ve por imágenes es el chaleco antibalas (de la victima) que semeja como se levanta el cuerpo; sin embargo los medios probatorios parecen claros.
Respecto a la autoría, está claro en la doctrino (de Roxin) que sigue la legislación peruana, que no solo es autor quien ejecuta por mano propia (dominio de la acción) sino también lo es quien instrumentaliza a otro (dominio de la voluntad consciente) y es coautor quien realiza una parte necesaria del plan global (dominio funcional del hecho), plasmada en el art. 23, « el que realiza por sí o por medio de otro el hecho punible y los que lo cometan conjuntamente (…)»; entonces queda claro que Antauro Humala como jefe de la banda rebelde tenía el dominio de hecho, planifico (conspiración), acordó el ataque, distribuyo los roles y formo parte en la fase de ejecución, por tanto su participación se tipifica como autoría mediata, esto es, tiene el dominio superior de la decisión y se sirvió de otras personas como instrumento; cierto, el no halo el gatillo, pero, en su condición de jefe de banda, tenía el poder de interrumpir la realización del delito, el mismo que ya se había previsto en la fase de preparación (conspiración).
Hay una parte de la doctrina (Jakob) que considera que la autoría mediata no es otras cosa que una autoría directa disfrazada, en consecuencia, de cara al tipo, el jefe de banda es coautor y no autor mediato; sin embargo, es irrelevante como criterio para la determinación de la pena porque tanto autor y coautor están subsumidos en el ar
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CON ROTUNDO EXITO SE LLEVO ACABO EL «I FORUM IDENTIDAD CULTURAL Y MULTILINGUISMO JAQ-ARU» DENTRO DE LA SEMANA DECAÑETE 2011
Con la masiva participación de escolares, estudiantes de institutos y universidades; así como de público en general; se llevó a cabo el I FORUM «IDENTIDAD CULTURAL Y MULTILINGUISMO JAQ-ARU», el cual se desarrolló en la Casa de la Cultura, sito en el Coliseo Lolo Fernández, San Vicente de Cañete los días Jueves 25, Viernes 26 y Domingo 28 de Agosto de 2011, en el horario de 9:00 AM a 01:00 PM. Evento apoyado por la Comisión Central de Fiesta de Cañete 2011 y organizado y coordinado por el Promotor Cultural Prof. Rogelio Castro Ramírez y el Periodista Elías Cárdenas Achata Director de la Revista Regional «Detrás de las Noticias».
El primer día (Jueves 25 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ceremonia Protocolar de Inauguración de este evento la cual estuvo presidida por el Pdte. de la Comisión de la Semana de Cañete Regidor CPC Manuel García Huamán, luego de ello de dio inició a la primera Ponencia la cual estuvo a cargo del Mag. Manuel Gil Hernández Director del Instituto Superior Pedagógico Yauyos-Catahuasi y Director de la Institución Pedagógica Amistad- Foro: Cosmovisión Andina, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la parte artística en la cual se efectuó la Presentación Artística del Centro Cultural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, cerrando el evento con la Presentación Artística de la Cantante ARACELY PAYANO (La Dulce Tupinita).
El Segundo día (Viernes 26 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Fernando Antonio Flores Limo - Foro: Cultura y Religión, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la parte artística en la cual se efectuó la Presentación Artística de la Cantante ROSITA CUEVAS (La Auténtica Tupinita).
El Tercer día (Viernes 26 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Víctor Hugo Ruíz Quispe - Foro: Interculturalidad, luego de ello se efectuó la Presentación Artística de la Cantante ROSITA CUEVAS (La Auténtica Tupinita) la cual interpretó temas en el idioma Jaq-Aru, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la Segunda Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Carlos Alberto Baldeón Arce - Foro: Construcción de la Identidad Nacional. Continuando con la programación elaborada para el día final del evento se llevó a cabo la Ponencia a cargo del Lic. Manuel Rodríguez Lastra – Foro: Diversidad Cultural, y ya para finalizar las ponencias se tuvo la participación del Prof. Rogelio Castro Ramírez - Foro: Cultura Jaq-Aru, quien de manera inmediata estuvo a cargo de la descripción de las vestimentas de cada una de las damas que estuvieron participando del Desfile de atuendos de la mujer de Tupe-Yauyos. Como participación artística de fondo estuvo la participación Artística de la Cantante ARACELY PAYANO (La Dulce Tupinita), interpretando canciones en el idioma Jaq- Aru. Cuando ya se daría inicio a la Entrega de reconocimientos por parte de la Municipalidad Provincial de Cañete y la Comisión SEMANA DE CAÑETE 2011 a los destacados ponentes que participaron en el evento, la Señorita Cañete 2011 Enma Celena Flores Farfán y su corte de honor se hicieron presentes en el escenario principal de la Casa de la Cultura vestidas con los trajes típicos de la Mujer de Tupe; con su acompañamiento y dentro de ese marco especial se procedió a llevar a cabo la Ceremonia de Clausura brindando todos al final el típico «Quemadito», licor elaborado en la zona altina de Yauyos el cual fue ofrecido por las pobladoras tupinas a los asistentes. Luego de ello se efectuó la entrega representativa de los certificados a los asistentes a este primer evento cultural.
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EL PUEBLO SE IDENTIFICA CON UN VERDADERO COMPATRIOTA «OLLANTA HUMALA»
Escribe: Ing. Armando Samaniego Orellana
«No estoy por encima de ustedes, me han elegido para servirlos a ustedes y para eso voy a trabajar». Su familia proviene de un lugar pequeño llamado Oyolo Ayacucho y que con la educación su padre logró transformar a su familia, por eso le interesa trasladar esa transformación a la siguiente generación. Por ello cabe la reflexión que como padres, profesionales, autoridades debemos darle tiempo y dedicación a los hijos, que sean responsable de su libertad, que se puede ser metódicos para una educación de calidad que nos abra las puertas a nuevas oportunidades de superación y éxito. Lo padres son los primeros responsable del destino de sus hijos, por que «La verdadera educación de un hombre comienza varias generaciones atrás».
LA NUTRICIÓN, SALUD Y EDUCACIÓN son la plataforma del desarrollo, por lo que su Gobierno trabaja en esos frentes para garantizar que el Estado invierta en la educación de niños y jóvenes que tengan capacidad de asimilarlo. En esa línea, el presidente considera que los recursos naturales son importantes, pero que sin educación no habrá cómo hacer que estos recursos naturales se conviertan en desarrollo y mejoren la calidad de vida. El jefe de Estado aseguró además que su Gobierno elabora políticas de desarrollo e inclusión social. La Primera Dama de la Nación, Nadine Heredia, ratificó que «La inclusión social es el eje central de este gobierno y su éxito exige un trabajo articulado entre los sectores de la Producción, Educación, Cultura, y Salud para atender de manera integral y eficaz los problemas de pobreza y pobreza extrema en el país».
IMPUESTO A MINERAS
Este nuevo impuesto, que inicialmente ascendería a S/. 3 mil millones anuales, permitirá realizar importantes avances en cuanto a programas sociales, sin afectar la recaudación fiscal. «El compromiso de mantener la estabilidad macroeconómica permitirá que el país continúe dentro de una senda de crecimiento sostenible»
SEGURIDAD CIUDADANA
Al iniciar su mandato, el presidente Ollanta Humala dijo que la seguridad ciudadana será una de las prioridades de su gestión, y se comprometió a revertir la ausencia de liderazgo político y la carencia de una política de estado eficaz en materia de lucha contra la criminalidad.
Si inicialmente alguien dudaba del gobierno, ahora no lo creo. Se proyecta una imagen de coordinación entre todos los Ministros. Hasta hoy el gobierno es coherente con las propuestas de campaña. Esta recuperación de la confianza de los mercados, tanto nacionales como internacionales, es el mayor logro del primer mes de gobierno.
LOS VALORES
Los valores son convicciones profundas de los seres humanos que determinan su manera de ser y orientan su conducta. Hoy cada día vamos conociendo a los nuevos lideres del gobierno que irradiar valores de integridad, dignidad, solidaridad, respeto, justicia , libertad, etc… el pueblo le da la confianza al presidente para que siga trabajando en bien de todos los peruanos. Ollanta Humala ya esta en el corazón de los peruanos y escribe con su trabajo dedicado las paginas de la historia.
«Lo que mueve a cambiar al hombre es el ejemplo de vida». «Cada persona jorja su grandeza». «El hombre honesto no teme la luz ni la oscuridad». «Los valores morales nos dan identidad y autonomía». El pueblo se identifica con un verdadero compatriota «Ollanta Humala»
Las autoridades y moradores del CPM Nuevo Ayacucho, exigieron la construcción inmediata de un puente aéreo que permita conectar con la nueva vía de la Panamericana Sur y evitar los accidentes de transito.
El alcalde del lugar, Joaquín Escalante, expresó que la nueva vía aisló por completo a su Centro Poblado que se ubica en el límite con la provincia iqueña de Chincha.
«Muchos de nuestros coterráneos caminan cerca de media hora para abordar los vehículos y viajar a la localidad de San Vicente», expresó Ayala remarcando que urge la construcción del puente.
Por su parte, la Jueza de Paz del lugar, Susana Carrera, manifestó que ya existen algunas denuncias por accidente de tránsito, tal es el caso de la señora Alejandrina Huamán Rodríguez quien fue embestida por un vehículo que se dio a la fuga y se encuentra postrada en su cama.
«Algunos negocios como restaurantes, grifos y tiendas, tuvieron que cerrar sus puertas por el sorpresivo desvío de la carretera, perjudicando el ingreso mínimo en la zona», expresó la representante del Poder Judicial.
Por su parte, el teniente gobernador del lugar, Percy Castro, se comprometió realizar las gestiones antes las instancias del Poder Ejecutivo y exigió a la firma COVI – Perú, concesionaria de la Red Vial la construcción del puente en la zona.
Expresaron que ya existe un proyecto, no sólo para la construcción de un puente aéreo sino de un trébol, obra que deben exigir las autoridades de la Municipalidad Provincial de Cañete o el Gobierno Regional de Lima.
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ANTAURO HUMALA: EL DELITO Y LA CONDENA
Por ceguferno
No puedo negar que me ha causado preocupación las declaraciones desafortunadas del vicepresidente de la República, Omar Chehade y del ministro de Defensa, Daniel Mora, quienes refiriéndose a los crímenes de Andahuaylas, afirman que Antauro no tuvo acción directa en los sucesos, dejando entrever como una conducta atípica y exculpatoria; algo parecido aducen algunos otros como el periodista y ex congresista cañetano, don Andrés Yactayo Padilla y algunos políticos humalistas, tratando de interferir en las decisiones del colegiado que procesa el caso; sin embargo lo que desarmaría a cualquier ciudadano son las impropias declaraciones del connotado jurista y penalista Javier Villa Stein cuando refiriéndose a Antauro, dice: «no es cualquier ciudadano, es el hermano del Presidente (de la República)», dándole un estatus no contemplado en norma alguna.
Si algo caracteriza al régimen democrático es el estado de derecho que se caracteriza por el imperio de la ley, entendido como la defensa de los derechos fundamentales, la división de poderes, donde el ejecutivo administra el aparato estatal; el Legislativo emite las normas y el Poder Judicial aplica las normas. El estado de derecho es el estado sometido al derecho, entendido como el conjunto de normas que ordena la convivencia del ser humano y cuya eficacia está garantizada por la utilización de la coerción organizada por el Estado, para lograr la justicia.
Así entendido, el Derecho Penal es un instrumento formalizado de Control social; es un derecho de advertencia y condiciones de castigo: avisa al ciudadano qué comportamientos no se toleran porque se reputan de atentatorios para la indemnidad de los bienes jurídicos que la norma tutela. La intervención sancionadora del Estado establece las conductas prohibidas y a las que de operarse, se les castigará con una pena; esto es, se asocia al crimen, como el hecho, con la pena, como su legítima consecuencia. La misión del derecho penal es la protección de los bienes jurídicos.
Uno de los principales derechos fundamentales de toda persona es a la igualdad ante la ley; la ley penal es igual para todos los ciudadanos y la Constitución reconoce está garantía en el inciso 2 del artículo 2; y lo reafirma el Código Penal en su artículo 10, y este mismo artículo habla de excepciones personales nacidas de Derecho Constitucional en razón del cargo político y estas excepciones son:»inviolabilidad» para congresistas, Defensor del Pueblo y miembros de TC (art. 93), «inmunidad»(art.161) para los mismos, además del Presidente de la República, y «antejuicio», privilegio de los anteriormente nombrados, además de ministros, miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, jueces y fiscales supremos y Contralor General (art.99); entonces hace mal Villa Stein dándole un estatus del que no goza Antauro Humala por el hecho de ser hermano del Presidente de la República, nadie puede ser objeto de discriminación (positiva o negativa) y todos gozan de la misma tutela penal, inclusive los deudos de los policías muertos durante la revuelta de Andahuaylas; entonces la responsabilidad y la pena deben considerarse en base al principio de igualdad ante la ley.
Pero también hacen mal vicepresidente, ministros y congresistas humalistas pretendiendo interferir en las funciones propias del colegiado supremo; ello por la separación de poderes que consagra la Constitución y «por la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional. Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones (…), art. 139, inciso 2.
¿Pero cuáles son los bienes jurídicos que ha vulnerado Antauro Humala y que le han valido una sentencia de 25 años de pena privativa de libertad? a saber: contra los poderes del Estado y el orden constitucional (delito de rebelión), contra la libertad personal de los policías de la comisaria de Andahuaylas (delito de secuestro) y contra la vida (delito de homicidio contra los cuatro policías muertos).
¿Pero, fueron delitos los actos de Ollanta Humala?... Simplistamente diríamos que delito es toda conducta que el legislador sanciona con una pena, sin embargo la definición moderna del delito nos dice que «es una acción típica, antijurídica y culpable».
Es típica porque el hecho ilícito esta previsto en una norma (homicidio, art. 106, secuestro, art. 152 y rebelión, art.346) y además no concurre ninguna de los elementos de atipicidad, esto es, fuerza irresistible (no hubo coacción sobre el agente), ni estado de inconsciencia (Antauro y sus coautores actuaron conscientes de lo que hacían), ni acto reflejo (instintivos y ajenos a la voluntad).
Es antijurídica, en cuanto los hechos ocurridos con motivo de la rebelión de Andahuaylas contradicen a las normas jurídicas y esta afirmado en cuanto hay ausencia de causas de justificación, esto es, no se obro por legítima defensa, ni por estado de necesidad justificante ni hubo consentimiento, etc.
Es una acción culpable en cuanto es una acción imputable (con una pena); los actores conocían de la antijuricidad de su acción, y porque además no concurren ninguno de los supuestos de inculpabilidad como serían minoría de edad, anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia, miedo insuperable.
¿Es una causal exculpatoria que la defensa de Antauro invoque el artículo 82 de la constitución del 79?... la constitución vigente es la constitución de 1993 y al entrar en vigencia derogo la constitución del 79, la misma que no se puede invocar, en todo caso, es una simple postura; pero por otro lado, tanto la constitución del 79, como el artículo 46 de la constitución del 93, hablan de insurgencia contra un gobierno usurpador y el gobierno de Toledo (2001-2006) era un gobierno constitucional y legitimo.
¿Las acciones de Andahuaylas fueron sedición como afirma Isaac Humala?...Isaac Humala, el patriarca de los Humala Tasso, piensa más como padre que como jurista: Sedición según el artículo 347 del Código Penal es «el que se alza en armas sin desconocer al gobierno legítimamente constituido (…)», por el contrario el artículo 346 del mismo cuerpo de leyes define rebelión como; «el que se alza en armas para deponer el gobierno o variar, suprimir o modificar el régimen constitucional» y el ánimo de la revuelta de Andahuaylas era deponer a Toledo y cambiar la constitución del 93; recordemos su arenga cuando pide la renuncia del Presidente (de la República) y la restitución de la Constitución del 79, poco importa aquí si su rebelión haya fracasado al punto que dos días después depuso las armas.
Acá tampoco cabe la exención de la pena por desistir de su rebelión (artículo 351), porque allí se habla de perturbación momentánea; y en Andahuaylas hubo tiroteo y seis muertos, y la rendición se produjo porque Antauro no avizoro futuro en una rebelión localista en donde tenía desventajas en hombres y armamento; la tesis del «puente de plata» al enemigo que huye o desiste voluntariamente, lo aborda el artículo 18: «Si el agente desiste voluntariamente de proseguir los actos de ejecución del delito o impide que se produzca el resultado, será penado sólo cuando los actos practicados constituyen por si otros delitos». El colegiado parece considerar que la rendición de Antauro y sus huestes no fue voluntaria sino condicionada por las fuerzas del orden.
CONCURSO DE DELITOS
Lo que sucedió en Andahuaylas es un concurso de delitos que de acuerdo a un criterio finalista, hay una unidad de propósito (rebelión) en el tiempo y espacio, y varios delitos; además de rebelión, hay secuestro y homicidio entre los más resaltantes. Es importante este criterio porque según el artículo 48 (concurso ideal), «se reprime hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementarse hasta en una cuarta parte»; en el caso: si rebelión está penado entre 10 a 20 años, secuestro de 20 a 30 años y homicidio de 6 a 20 años; entonces el tope de la pena corresponde al máximo de secuestro, esto es, 30 años, pudiendo incrementarse hasta un máximo de 35 años ( la pena más alta de nuestro ordenamiento), tal como lo pidió la fiscalía. Pero claro, esta es la pena legal; la pena judicial la evalúa el juzgador y para cada caso lo individualiza en consideración a atenuantes (edad del agente, grado de participación, arrepentimiento, confesión sincera, reparación espontánea) y agravantes (cualificación del agente, crueldad, alevosía, recompensa, reincidencia, móviles racistas, etc.)
TIPIFICACIÓN
En los delitos de Andahuaylas hay dolo, lo que implica el elemento cognitivo (conocimiento) y volitivo (voluntad), esto es el agente sabe que su acto lesiona el bien jurídico pero además quiere el acto.
Esto es claro en la rebelión, hay la intención del autor dado que él persigue la realización del delito (dolo de primer grado).
En los casos de secuestro y especialmente homicidio, los agentes no perseguían la realización, pero sabían, advierten y se lo representaban como inevitable o como consecuencia necesaria de la actuación (dolo de segundo grado); esto es, ellos querían la rebelión con el objeto de tomar la comisaria y declarar «zona liberada» Andahuaylas, pero sabían, advertían como seguro (o casi seguro) que deberían tomar (secuestrar) a los policías, o era otra posibilidad, el homicidio de los efectivos del orden o ambas, como finalmente sucedió.
Heridos y secuestrados los policías, fueron victimados lo que configuraría alevosía (inciso 2, art. 108) y por cualificación de los sujetos pasivos (miembros de la policía nacional), (art.108, inciso 5), tenemos dos agravantes y ya estamos tipificando homicidio calificado (asesinato), sin embargo es discutible el agravante por cualificación del sujeto pasivo en tanto la naturaleza del delito de rebelión ya lo subsume (delito contra poderes del Estado), de modo tal que estaríamos agravando un delito de por si agravado.
Alega la defensa de Antauro que se disparo sobre cadáver; esto es lo que la doctrina conoce como tentativa inidónea o delito imposible; aquí había homicidio imposible pues no cabe admitir que se mata a quien ya estaba muerto cuando recibió el disparo.
Sin embargo las imágenes de video descartan estas afirmaciones; sin embargo la defensa de Humala refiere que lo que se ve por imágenes es el chaleco antibalas (de la victima) que semeja como se levanta el cuerpo; sin embargo los medios probatorios parecen claros.
Respecto a la autoría, está claro en la doctrino (de Roxin) que sigue la legislación peruana, que no solo es autor quien ejecuta por mano propia (dominio de la acción) sino también lo es quien instrumentaliza a otro (dominio de la voluntad consciente) y es coautor quien realiza una parte necesaria del plan global (dominio funcional del hecho), plasmada en el art. 23, « el que realiza por sí o por medio de otro el hecho punible y los que lo cometan conjuntamente (…)»; entonces queda claro que Antauro Humala como jefe de la banda rebelde tenía el dominio de hecho, planifico (conspiración), acordó el ataque, distribuyo los roles y formo parte en la fase de ejecución, por tanto su participación se tipifica como autoría mediata, esto es, tiene el dominio superior de la decisión y se sirvió de otras personas como instrumento; cierto, el no halo el gatillo, pero, en su condición de jefe de banda, tenía el poder de interrumpir la realización del delito, el mismo que ya se había previsto en la fase de preparación (conspiración).
Hay una parte de la doctrina (Jakob) que considera que la autoría mediata no es otras cosa que una autoría directa disfrazada, en consecuencia, de cara al tipo, el jefe de banda es coautor y no autor mediato; sin embargo, es irrelevante como criterio para la determinación de la pena porque tanto autor y coautor están subsumidos en el ar
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CON ROTUNDO EXITO SE LLEVO ACABO EL «I FORUM IDENTIDAD CULTURAL Y MULTILINGUISMO JAQ-ARU» DENTRO DE LA SEMANA DECAÑETE 2011
Con la masiva participación de escolares, estudiantes de institutos y universidades; así como de público en general; se llevó a cabo el I FORUM «IDENTIDAD CULTURAL Y MULTILINGUISMO JAQ-ARU», el cual se desarrolló en la Casa de la Cultura, sito en el Coliseo Lolo Fernández, San Vicente de Cañete los días Jueves 25, Viernes 26 y Domingo 28 de Agosto de 2011, en el horario de 9:00 AM a 01:00 PM. Evento apoyado por la Comisión Central de Fiesta de Cañete 2011 y organizado y coordinado por el Promotor Cultural Prof. Rogelio Castro Ramírez y el Periodista Elías Cárdenas Achata Director de la Revista Regional «Detrás de las Noticias».
El primer día (Jueves 25 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ceremonia Protocolar de Inauguración de este evento la cual estuvo presidida por el Pdte. de la Comisión de la Semana de Cañete Regidor CPC Manuel García Huamán, luego de ello de dio inició a la primera Ponencia la cual estuvo a cargo del Mag. Manuel Gil Hernández Director del Instituto Superior Pedagógico Yauyos-Catahuasi y Director de la Institución Pedagógica Amistad- Foro: Cosmovisión Andina, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la parte artística en la cual se efectuó la Presentación Artística del Centro Cultural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, cerrando el evento con la Presentación Artística de la Cantante ARACELY PAYANO (La Dulce Tupinita).
El Segundo día (Viernes 26 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Fernando Antonio Flores Limo - Foro: Cultura y Religión, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la parte artística en la cual se efectuó la Presentación Artística de la Cantante ROSITA CUEVAS (La Auténtica Tupinita).
El Tercer día (Viernes 26 de Agosto de 2011), se llevó a cabo la Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Víctor Hugo Ruíz Quispe - Foro: Interculturalidad, luego de ello se efectuó la Presentación Artística de la Cantante ROSITA CUEVAS (La Auténtica Tupinita) la cual interpretó temas en el idioma Jaq-Aru, luego de ello se ofreció un refrigerio a los asistentes; y ya en la segunda parte se dio inicio a la Segunda Ponencia la cual estuvo a cargo del Lic. Carlos Alberto Baldeón Arce - Foro: Construcción de la Identidad Nacional. Continuando con la programación elaborada para el día final del evento se llevó a cabo la Ponencia a cargo del Lic. Manuel Rodríguez Lastra – Foro: Diversidad Cultural, y ya para finalizar las ponencias se tuvo la participación del Prof. Rogelio Castro Ramírez - Foro: Cultura Jaq-Aru, quien de manera inmediata estuvo a cargo de la descripción de las vestimentas de cada una de las damas que estuvieron participando del Desfile de atuendos de la mujer de Tupe-Yauyos. Como participación artística de fondo estuvo la participación Artística de la Cantante ARACELY PAYANO (La Dulce Tupinita), interpretando canciones en el idioma Jaq- Aru. Cuando ya se daría inicio a la Entrega de reconocimientos por parte de la Municipalidad Provincial de Cañete y la Comisión SEMANA DE CAÑETE 2011 a los destacados ponentes que participaron en el evento, la Señorita Cañete 2011 Enma Celena Flores Farfán y su corte de honor se hicieron presentes en el escenario principal de la Casa de la Cultura vestidas con los trajes típicos de la Mujer de Tupe; con su acompañamiento y dentro de ese marco especial se procedió a llevar a cabo la Ceremonia de Clausura brindando todos al final el típico «Quemadito», licor elaborado en la zona altina de Yauyos el cual fue ofrecido por las pobladoras tupinas a los asistentes. Luego de ello se efectuó la entrega representativa de los certificados a los asistentes a este primer evento cultural.
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EL PUEBLO SE IDENTIFICA CON UN VERDADERO COMPATRIOTA «OLLANTA HUMALA»
Escribe: Ing. Armando Samaniego Orellana
«No estoy por encima de ustedes, me han elegido para servirlos a ustedes y para eso voy a trabajar». Su familia proviene de un lugar pequeño llamado Oyolo Ayacucho y que con la educación su padre logró transformar a su familia, por eso le interesa trasladar esa transformación a la siguiente generación. Por ello cabe la reflexión que como padres, profesionales, autoridades debemos darle tiempo y dedicación a los hijos, que sean responsable de su libertad, que se puede ser metódicos para una educación de calidad que nos abra las puertas a nuevas oportunidades de superación y éxito. Lo padres son los primeros responsable del destino de sus hijos, por que «La verdadera educación de un hombre comienza varias generaciones atrás».
LA NUTRICIÓN, SALUD Y EDUCACIÓN son la plataforma del desarrollo, por lo que su Gobierno trabaja en esos frentes para garantizar que el Estado invierta en la educación de niños y jóvenes que tengan capacidad de asimilarlo. En esa línea, el presidente considera que los recursos naturales son importantes, pero que sin educación no habrá cómo hacer que estos recursos naturales se conviertan en desarrollo y mejoren la calidad de vida. El jefe de Estado aseguró además que su Gobierno elabora políticas de desarrollo e inclusión social. La Primera Dama de la Nación, Nadine Heredia, ratificó que «La inclusión social es el eje central de este gobierno y su éxito exige un trabajo articulado entre los sectores de la Producción, Educación, Cultura, y Salud para atender de manera integral y eficaz los problemas de pobreza y pobreza extrema en el país».
IMPUESTO A MINERAS
Este nuevo impuesto, que inicialmente ascendería a S/. 3 mil millones anuales, permitirá realizar importantes avances en cuanto a programas sociales, sin afectar la recaudación fiscal. «El compromiso de mantener la estabilidad macroeconómica permitirá que el país continúe dentro de una senda de crecimiento sostenible»
SEGURIDAD CIUDADANA
Al iniciar su mandato, el presidente Ollanta Humala dijo que la seguridad ciudadana será una de las prioridades de su gestión, y se comprometió a revertir la ausencia de liderazgo político y la carencia de una política de estado eficaz en materia de lucha contra la criminalidad.
Si inicialmente alguien dudaba del gobierno, ahora no lo creo. Se proyecta una imagen de coordinación entre todos los Ministros. Hasta hoy el gobierno es coherente con las propuestas de campaña. Esta recuperación de la confianza de los mercados, tanto nacionales como internacionales, es el mayor logro del primer mes de gobierno.
LOS VALORES
Los valores son convicciones profundas de los seres humanos que determinan su manera de ser y orientan su conducta. Hoy cada día vamos conociendo a los nuevos lideres del gobierno que irradiar valores de integridad, dignidad, solidaridad, respeto, justicia , libertad, etc… el pueblo le da la confianza al presidente para que siga trabajando en bien de todos los peruanos. Ollanta Humala ya esta en el corazón de los peruanos y escribe con su trabajo dedicado las paginas de la historia.
«Lo que mueve a cambiar al hombre es el ejemplo de vida». «Cada persona jorja su grandeza». «El hombre honesto no teme la luz ni la oscuridad». «Los valores morales nos dan identidad y autonomía». El pueblo se identifica con un verdadero compatriota «Ollanta Humala»
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