21 junio 2012

CASO LILIANA TORRES: HABEAS CORPUS CONTRA UNA ORDEN DE DETENCIÓN ARBITRARIA

Escribe: Edgar Cama Quispe

Miguel Reale decía: «Dime como conceptúas el derecho y te diré como interpretas» *1 , implica esto que la interpretación es una concepción sobre el derecho y su punto de partida es filosófica.
En un sentido amplio, la interpretación, es buscar el sentido de la norma para poder aplicarla, no es el prejuicio, el interés político, interés económico de alguien, sino que supone un cierto tipo de razonamiento que envuelve una gran variedad de elementos que se deben tomar en cuenta.
Sabemos que la Constitución «consagra una determinada fórmula política que en rigor significa un estilo de vida, una concepción de la sociedad y del Estado, y una filosofía de lo que debe ser el manejo del aparato político»*2 , en buena cuenta detrás de un texto constitucional está un modelo, una forma de sociedad política.
Pero hay aspectos que son medulares en todo tipo de sociedad, que debe ser establecida en el texto constitucional y esta son los derechos fundamentales de la persona, derechos naturales constitucionalizados sobre la base de la soberanía popular, que por tal carácter ejercen la supremacía sobre todas las demás normas del ordenamiento y en particular sobre la ley.
Uno de los derechos fundamentales de toda persona es el derecho a la libertad personal, así lo consagra la Constitución Política del Perú en el art. 2, numeral 24. Y al hablar del derecho a la libertad estamos hablando de su objetivo inmediato que es el de» proteger al individuo de cualquier arresto o detención arbitraria, o de cualquier privación ilícita de la libertad que pueda interferir con el ejercicio de la misma»*3 , en concreto esto nos muestra que este derecho es una garantía contra la privación de la libertad.
Siendo ello así, sintetizamos que es tácita la prohibición de la privación arbitraria o ilícita de la libertad. En el Estudio del derecho a no ser arbitrariamente detenido, preso, ni desterrado, el Comité Ad-Hoc de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas señala que: «el término ‘arbitrario’ no es sinónimo de ilegal y denota un concepto más amplio» y que « la detención o prisión sería arbitraria cuando se efectúe: a) por motivos o conforme a procedimientos distintos a los prescritos por la ley; o, b) conforme a una ley cuya finalidad fundamental sea incompatible con el respeto del derecho del individuo a la libertad y la seguridad»*4
Hemos hecho esta breve introducción doctrinaria para enfocar la arbitrariedad del mandato de detención de la Dra. Liliana Torres, que ha merecido la interposición de un proceso constitucional de Habeas Corpus (HC).
¿Por qué un HC? Porque es un proceso que «se convierte en el único instrumento de defensa de la libertad, constreñida por una resolución que no se ajusta al derecho constitucional»*5 y se interpone cuando la violación del derecho a la libertad se produce por un acto arbitrario de cualquier persona o autoridad.
En el presente caso corresponde interponer un Habeas Corpus conexo, ya que esta se utiliza cuando se presentan situaciones no previstas como es la amenaza a la privación de la libertad, que si bien no hace referencia a la privación o restricción en sí de la libertad física o de la locomoción, guarda, empero, un grado razonable de vínculo y enlace con éste.

¿COMPARECENCIA SIMPLE ó COMPARECENCIA RESTRINGIDA?
De acuerdo al auto admisorio del HC, la Dra. Torres Castillo habría tenido mandato de comparecencia simple y la Sala Liquidadora (conforme se puede observar en el video de la sentencia) ante el planteamiento de la defensa de la enfermedad de la Dra. Torres determinó arbitrariamente revocar la comparecencia, señalando con aparente subjetividad que ella tenía mandato de comparecencia restringida y que debía cumplir ciertas normas de conducta como por ejemplo no salir de la provincia, aspecto concreto que ya el Tribunal Constitucional (TC) se ha pronunciado en el EXP. N.° 3629-2005-PHC/TC (PUNO).
De acuerdo al Art. 143º del Código Procesal Penal, la comparecencia simple se otorga cuando no corresponde la medida de detención, por falta de pruebas o «cuando la sanción a imponerse en caso de condena no superaría los 4 años de privación de la libertad y/o no exista suficiente peligro de fuga»*6 .
En la comparecencia simple se prescinde de las restricciones porque el «hecho punible denunciado está penado con una sanción leve o las pruebas aportadas no la justifican» como señala el último extremo del párrafo final del art. 143.
San Martin Castro señala que se considera «hecho punible leve cuando la sanción conminada en abstracto no supera, en ningún caso, los cuatro años de privación de libertad.
En estos supuestos la posibilidad de una pena privativa de libertad efectiva es de difícil imposición, por cuanto cabe suspender la ejecución de la pena (art. 57º.1 del Código Penal), reservar el fallo condenatorio (art. 62º.1 del Código Penal) o, en su defecto, convertir la pena privativa de libertad a multa, prestación de servicios comunitarios o limitación de días libres»*7.
Por otro lado llama la atención que la Sala Liquidadora no haya observado el tercer párrafo del art. 269, del Código de Procedimientos Penales que contempla la enfermedad del acusado en el Juicio Oral y da pautas si este no se reincorpora cuando se haya llegado al estado de sentencia*8; más aún que a la Dra. Torres aún le falta hacer uso de la autodefensa (art. 279).
Ha sido evidente y confirmada la enfermedad de la Dra. Torres, un problema antiguo que se le ha agudizado en los últimos meses derivado de los continuos viajes por las provincias de la región descuidando su salud. Prueba de lo anterior son las diversas atenciones realizadas en el Hospital de Chancay (hace aproximadamente un año), Hospital de Huacho, en el Rezola y en clínicas particulares; reparando incluso que fue el mismo colegiado quien le otorgó permiso de salida del juicio oral ante el mal estado de salud de la Dra. Torres.
En la Comparecencia restringida hay dos casos: la obligatoria, que se aplica a mayores de 65 años con serios problemas de salud y que no tienen peligro de fuga; y, la facultativa, que aplica restricciones, cuando no corresponda mandato de detención ni obligatoriamente detención domiciliaria y siempre que exista determinado riesgo de no comparecencia o entorpecimiento de la actividad probatoria.

JURISPRUDENCIA que permite enjuiciar las razones para variar un mandato de comparecencia por detención.
Un aspecto no tomado en cuenta por la Sala Liquidadora de la Corte Superior de Cañete es que en el hipotético caso que la Dra. Torres haya tenido comparecencia restringida, lo que manda la norma es que ante un incumplimiento de las normas de conducta se debe hacer el requerimiento respectivo. Un caso emblemático fue el de Giuliana Llamoja en el que se le revocó la libertad condicional por una falta a las medidas de restricción, posteriormente la Sala Penal declaró nula la resolución por que la Juez no hizo el requerimiento respectivo.
A nivel del TC tenemos el EXP. N.° 3364-2005-PHC/TC (PUNO), que en un primer momento señala que el habeas corpus es la vía idónea para cuestionar actos judiciales irregulares; señala el TC:
«2. A juicio del Tribunal Constitucional, una acción de garantía constituye la vía idónea para evaluar la legitimidad constitucional de los actos o hechos practicados por quienes ejercen funciones jurisdiccionales, en la medida en que de ellas se advierta una violación de los derechos al debido proceso y a la tutela jurisdiccional».
Algunos iletrados jurídicos han salido a decir que interponer un proceso de Habeas Corpus es «un alarde de soberbia sin límite» del perjudicado y que «es un desafío a la majestad de la justicia» evidentemente esas ideas esconden detrás un interés personal antes que la defensa de los principios constitucionales a la presunción de inocencia, al debido proceso y a la tutela jurisdiccional efectiva.
Veamos la parte medular y lo que nos interesa jurídicamente en cuanto al necesario requerimiento:
«11. El artículo 144° del Código Procesal Penal establece las consecuencias en caso de infracción de la comparecencia, y, en su segundo párrafo, estipula que «si el imputado no cumple con las restricciones impuestas en el artículo 143° del mismo, previo requerimiento realizado por el Fiscal o por el Juzgador en su caso, se revocará la medida y se dictará mandato de detención (...)». Así, del estudio de las instrumentales obrantes en autos se aprecia que el juzgado no ha cumplido el requisito procesal del requerimiento bajo apercibimiento, lo que constituye una violación a la tutela procesal efectiva del peticionario, en la modalidad de afectación del derecho a la defensa, protegido en el artículo 4°, tercer párrafo, del Código Procesal Constitucional.» Al final declaró fundado el HC.
Otro aspecto a tomar en cuenta, es lo referente a la razonabilidad y proporcionalidad que se deben tener en cuenta al momento de revocar una comparecencia por una orden de detención. El TC en el EXP. N° 3629-2005-PHC/TC (PUNO) señala en el fundamento 4 lo que el Juez o Sala debe observar antes de emitir su opinión:
«4. Por ello, la única manera de determinar si la detención judicial preventiva de un individuo responde a una decisión razonable y proporcional del juez, pasa por la observancia de determinados elementos objetivos que en este caso son los señalados en el Artículo 135 del Código Procesal Penal que deben cumplirse copulativamente, permitiendo concluir que, más allá de que existan indicios o medios probatorios que vinculan razonablemente al inculpado con la comisión del hecho delictivo y más allá del quantum de la eventual pena a imponerse, exista el peligro de fuga o peligro de entorpecimiento de la actividad probatoria. La existencia de estos dos últimos riesgos es lo que en doctrina se denomina como peligro procesal».
Y respecto a la razonabilidad y proporcionalidad que se debe tomar en cuenta cuando los procesados son autoridades, el TC dice:
«6. Este Tribunal considera que la existencia o no del peligro procesal debe determinarse a partir del análisis de una serie de circunstancias que pueden tener lugar antes o durante el desarrollo del proceso y que están ligadas, fundamentalmente con los antecedentes del procesado, su situación profesional, el cargo que detenta, su situación familiar y social dentro de la comunidad con las actitudes y valores morales del procesado, su ocupación, sus bienes, sus vínculos familiares y todo otro factor que permita concluir, con un alto grado de objetividad, que la libertad del inculpado, previa a la determinación de su eventual responsabilidad, pone en serio riesgo el correcto desenvolvimiento de la labor de investigación y la eficacia del proceso, además deben existir elementos que permitan prever que el imputado cometa actos que perturben la actividad probatoria». Señalando que «debe tenerse en consideración si el hecho de haberse ausentado del lugar de su residencia sin autorización judicial constituye prueba suficiente para concluir que el recurrente eludirá la actuación de la justicia o perturbara la actividad probatoria».
Al analizar el caso concreto:
«8. Que tratándose el recurrente de un Presidente de una Región (Puno) tiene por función propia de su cargo la Coordinación interinstitucional de su Gobierno con el Gobierno Central y otros Gobiernos Regionales similares así como la necesidad de realizar gestiones en el exterior a efectos de cumplir con los objetivos de desarrollo regional lo que obliga al recurrente a viajar continuamente y en oportunidades que en veces exigen su presencia inmediata lo que no permite esperar una respuesta del juzgado autorizándolo para viajar. Si a esto se agrega que por la mecánica de trabajo y por la carga procesal que soporta el Poder Judicial se tiene que para hacer efectiva una solicitud de autorización judicial se tendría que esperar un mínimo de 7 días hábiles, la labor del Presidente se vería frustrada en perjuicio su gobierno y por ende de su comunidad».
Sancionando:
«10. En consecuencia este Tribunal Constitucional puede afirmar que del examen de la cuestionada resolución emitida por la Sala Penal emplazada no contiene elementos de convicción que determinen plenamente que la medida de detención impuesta al beneficiario haya sido dictada en forma objetiva, por cuanto en su fundamentación obvia todo juicio de razonabilidad atinente a uno de los presupuestos básicos que legitiman esta grave medida de coerción personal, como es la existencia de peligro procesal, que pudiera serle atribuible al beneficiario mediante la constatación de actos que manifiesten una inequívoca voluntad de obstruir la actividad probatoria o evadir la acción de la justicia, condición cardinal establecida en el artículo 135° del Código Procesal Penal»
Todos estos elementos han permitido enjuiciar que la orden de detención es ilegal y arbitraria, es inconstitucional porque viola los principios de presunción a la inocencia, al debido proceso, esto enmarcado dentro de la tutela jurisdiccional efectiva y legalmente viola los mandatos establecidos en el Código de Procedimientos Penales y el Código Procesal Penal. Por estas consideraciones consideramos que el Habeas Corpus debería ser declarado fundada porque la Constitución y las leyes la amparan.

(*)
1. GARCIA BELAUNDE, Domingo.
«La interpretación constitucional como problema» p. 59. En Selección de Textos de Derecho Constitucional. PUCP Facultad de Derecho: LIMA 2006: p. 15.

2. Id. p. 25.

3. FAUNDEZ LEDESMA, Héctor.
«El derecho a la libertad y Seguridad personal». En Lecturas Constitucionales Andinas Nº 1: p. 144

4. Id. p. 159

5. LANDA, César.
«Habeas Corpus y corrupción» p. 19-23. En Diálogo con la Jurisprudencia. Especial sobre el fallo del Tribunal Constitucional: Caso Bedoya de Vivanco. Nº 41. Gaceta Jurídica Editores: Lima 2002.

6. SAN MARTIN CASTRO, César.
«Medidas Cautelares personales». En Derecho Procesal Penal. Grijley: V. I: p. 844.

7. Id. p. 844.

8. Art. 269 Código de Procedimientos Penales
«En caso de enfermedad del acusado se suspenderá la prosecución del juicio oral,… Vencido este término sin que el acusado se reincorpore, estando probada la causal de enfermedad y existiendo otros acusados, la audiencia podrá continuar sin la presencia del inasistente, pero con el concurso de su defensor. Si el juicio llegara al estado de sentencia sin que se haya reincorporado el acusado impedido, el Tribunal mandará reservar el proceso respecto de él, a menos que la sentencia sea absolutoria»

EDICTOS JUDICIALES

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza a las siguientes personas; a que se apersonen al local de la Sala de Audiencia de la Corte Superior y respondan por los cargos que se le imputa :
EXP.-2002-097; a AVILIO LUIS PEREZ PONCE. Día: 03-07-2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2003-0134; a HENRY ROSARIO MATEO PAUCAR Día: 22-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales Y.C.G. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2004-0105; a HERNAN MOLLEDA HUAMAN, VICTOR GREGORIO ROMAN VALENTIN, ADRIAN NESTOR HUAMAN ORDOÑEZ, MELENDEZ MELANTON TORALBA CHUPAYO, MEDALID ROSARIO CASTRO MOLLEDA Y ORLANDO OPEINYMER SULCA MOLLEDA. Día: 03-07-2012. Hora: 11:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2006-0257; a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA. Día: 27-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.

EXP.-2006-0715; a GUTIERREZ ROMERO OSWALDO GERMAN , a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0507; a PEDRO VICENTE PEREZ CISNERO Día: 26-06-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Víctor Arturo Yataco Santa. Bajo apercibimiento de revocarse su COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCION y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2007-0578; a MEDINA HERNANDEZ ALEJANDRO. Día: 27-06-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2008-0099; a ROLAN ZEGARRA MORALES Día: 27-06-2012. Hora: 10:45 a.m. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Antonio Baca Mamani. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ Día: 27-06-2012. Hora: 11:00 a.m. Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa. Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-092; a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA. Día: 27-06-2012. Hora: 10:30 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0363; a ALEJANDRO BERNABE GERONIMO RAMOS Día: 27-06-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS Día: 26-06-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse su libertad condicional y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0009; a JACINTO NARCISO JIMENEZ ALVARO, CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA y SONIA HAYDEE SOTO SOTO. Día: 03-07-2012. Hora: 10:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Colusión y Otro. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0022; a SANDOVAL SANTO JOSE BERNABE, CHANCA ODRIA CHARLY WILLIAMS Y SANTOS ANGELES RONALD JASON. Día: 03-07-2012. Hora: 10:15 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2010-0027; a JESUSI MORALES CELSO MARCELINO. Día: 03-07-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0070; a ANDRES ROBERTO REYES ISLA, ESAUL FORTUNATO JIMENEZ ESPIRITU, GERMAN FLAVIO RAMOS JIMENEZ, AMADEO B. SOTO JIMENEZ y GUILLERMO EDGUE RIVERA ALVARO. Día: 04-07-2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0140; a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA, JULIO LORENZO COMPOSANO DOMINGUEZ Y JOSE OSCAR HUARCAYA LIMA. Día: 04-07-2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0157; a HERNANDO LEON CLEMENTE DE LA CRUZ y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE Día: 03-07-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2011-004; a LESCANO FLORES GREGORIO. Día: 26-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2011-0057; a CURILLA SANES WALTER RODOLFO Día: 27-06-2012. Hora: 10:45 a.m. Delito: Contra la Administración-Cohecho Activo Genérico. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
19, 20 y 21 de Junio

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Expediente Nº 054-2005 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO SETENTA.- Cañete primero de Agosto del año 2011 (…) EMPLAZAR a la sucesión de don LEONIDAS ZACARIAS NOLASCO ZAPATA a fin de que en el plazo máximo de TREINTA DIAS, de notificados por EDICTOS comparezcan al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO de NOMBRÁRSELE UN CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Al Día Con Matices» de esta localidad un extracto de la presente resolución (SETENTA); por TRES VECES con intervalo de TRES DÍAS. José De La Cruz Vargas Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón Secretario Judicial.
Cañete, 11 de Enero de 2012.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 11, 15 y 21 de Junio.

EDICTO
Exp. Nº 2009-163-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Katia Herrera Quispe por Resolución número quince de fecha tres de Mayo del año dos mil doce, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO interpuesta por HUGO MÁRIO PEDEMONTE THOMPSON, en contra de los demandados JUAN MARTINEZ GARAY y ESPOSA CLELIA LERCARI FLORES, a fin de que se le declare propietarios por prescripción del bien inmueble de un área de 1,183.60 m2. más 88.00 m2. de pasaje interno conforme el testimonio de compraventa de fecha 21 de Mayo de 1997 del predio urbano llamado Ex Fundo Chacalla ubicado en la Mz. D sub lote 3º jurisdicción del distrito de Asia – Cañete – Lima. EMPLAZANDO a los demandados y a los que crean tener interés en el proceso, para que contesten dentro del plazo de diez días, notificándose también a los predios colindantes.
Mala, 14 de Junio de 2012.
Dra. Katia Gissela Herrera Quispe
Secretaria
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar 21, 25 y 27 de Junio.

EDICTO JUDICIAL
Expediente Nº 25-2012 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal y Secretaria Giovanna Mendoza Magallanes, se tramita el Expediente Nº 25-2012 seguido por MANUEL GASPAR SANCHEZ YACTAYO contra NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS se expidió la Resolución número Dos (25-05-2012); 1) ADMÍTASE A TRÁMITE LA DEMANDA sobre DESLINDE interpuesta por MANUEL GASPAR SANCHEZ YACTAYO, contra NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS, debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. 2) TRASLADO de la demanda a NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS para que dentro del plazo de DIEZ DIAS absuelva la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de declararse su REBELDÍA y proseguirse el proceso según su estado 3) Téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante para ser calificados en la estación procesal correspondiente. 4) ORDENAR LA PUBLICACIÓN del extracto del autoadmisorio de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de la localidad «Al Día Con Matices», por TRES VECES con intervalo de TRES DÍAS. Firmado por el Juez y Secretaria Judicial.
Cañete, 25 de Mayo de 2012.
Abog. Giovana E. Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial
1º Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Junio y 04 de Julio.

EDICTO
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Juez Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos se tramita el Exp. Nº 0087-2012 seguidos por Diómedes Heredia Palomino y Clara Mercedes Velorio Kuramoto contra Manuel Lizarme García y Regina Carbajal Cahuana sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: SE RESUELVE ADMITIR a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble ubicado en la Urbanización El Olivar Mz. B, Lote 07 del distrito de Cerro Azul de Cañete de un área de UN MIL CIENTO TRES PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, en proceso abreviado y se confiere traslado a la parte demandada por el término de diez días, se ordena publicar un extracto de la demanda para que se puedan apersonar los que crean tener derecho y los ejerzan como corresponde. Firma Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos – Juez.- Fdo. Dr. Henry Manuel Dantas Aparcana.
Cañete, ocho de Mayo del dos mil doce.
Henry M. Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Junio y 04 de Julio.

PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución Nº 120 de la ciudad de Yauyos – Lima, se ha presentado CELESTINO BONIFACIO LOPEZ HUAMAN solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su señor padre ROGELIO LOPEZ ESPEJO, fallecido sin otorgar testamento el tres de Marzo de 1982, en el pueblo de Vitis, distrito de Vitis, provincia de Yauyos, departamento de Lima. Lo que se comunica para los fines de ley.
Yauyos, 12 de Junio de 2012.
S. César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro Nº 6
Colegio de Notarios del Callao

AVISO DE PUBLICACIÓN RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS, Exp. Nº 1834-2012 de don MEJIA TARAMONA FERMIN JESUS, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE MATRIMONIO de Julián Mejia Cervantes y Isabel Taramona Yactayo, libro Nº 005, folio Nº 439, año 1947, que erróneamente no se ha consignado en el cuerpo y sumilla de la Partida el nombre de la contrayente no se escribió correctamente el primer nombre dice Ysabel debe decir ISABEL TERESA TARAMONA YACTAYO, quedando los demás datos sin ninguna modificación.
Esto amparado a la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26479, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75 Directiva DI-263-GRC/017, Rectificación Administrativa de Acta por Error ú Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 20 de Junio de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 6039-2012, doña Ceferina Margarita Gonzales Salazar, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 118, folio 181, año 1956, en el extremo que se consigna como nombre de la madre del titular MARGARITA SALAZAR, siendo lo correcto SEGUNDA MARGARITA SALAZAR VERA, asimismo se consigna como nombre del padre del titular JUAN GONZALES, siendo lo correcto JUAN ALFREDO GONZALES ROJAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 6038-2012, don Manuel Wilfredo Gonzales Salazar, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 136, folio 122, año 1958, en el extremo que se consigna como nombre de la madre del titular MARGARITA SALAZAR, siendo lo correcto SEGUNDA MARGARITA SALAZAR VERA, asimismo se consigna como nombre del padre del titular JUAN GONZALES, siendo lo correcto JUAN ALFREDO GONZALES ROJAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 6037-2012, don Juan Teobaldo Gonzales Salazar, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 106, folio 193, año 1953, en el extremo que se consigna como nombre de la madre del titular MARGARITA SALAZAR, siendo lo correcto SEGUNDA MARGARITA SALAZAR VERA, asimismo se consigna como nombre del padre del titular ALFREDO GÓNZALES, siendo lo correcto JUAN ALFREDO GONZALES ROJAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 05490-2012, don Luis Alberto Castillo Samanamud, solicita la RECTIFICACIÓN de la PARTIDA DE NACIMIENTO de Luis Alberto Castillo Samanamu, inscrita en esta Municipalidad en el libro 109, folio 152, año 1954, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular JULIO ADILBERTO CASTILLO y CLARY SAMANAMU, siendo lo correcto JULIO ADILBERTO CASTILLO LA CHIRA y CLARI SAMANAMUD QUINECHE.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

20 junio 2012

CLASICO CAÑETANO DE TODAS MANERAS SE JUEGA EN EL OSCAR RAMOS...

SE TOMAN DIVERSAS MEDIDAS PARA BRINDAR SEGURIDAD AL AFICIONADO

1.- Se cerrarán algunas calles de acceso al Estadio de acuerdo al Plan Operativo de Defensa Civil
2.- Prohíbido el ingreso con mochilas, bolsos, botellas de vidrios, objetos punzocortantes y armas de fuego.
3.- No habrá ingreso al estadio de ningún vehículo motorizado como autos, motos, mototaxis y triciclos, etc.
4.- Prohibido el ingreso de carretillas de venta de alimentos al interior del Estadio Oscar Ramos Cabieses.
5.- Prohibido la venta de licor, y el ingreso al estadio de personas en estado de ebriedad.

PROPUESTA INDECENTE: «HAY QUE REPARTIR LAS PAMPAS ENTRE CAÑETE Y CHINCHA Y SE ACABA EL PROBLEMA DE LOS LIMITES TERRITORIALES»

Escribe: Víctor Hugo Cárdenas Torres

Los políticos y politicastros de la Región Ica, ya no saben que más inventar para seguir «vendiendo falsas ilusiones» a la población chinchana en torno a un inexistente diferendo limítrofe con la vecina y hermana provincia de Cañete.
El año 2,002,inició su drama «hindú», él entonces congresista chinchano José Miguel Devéscovi, quien aprovechándose de la nefasta alianza de gobierno Perú Posible-Frente Independiente Moralizador, pretendió que se apruebe una ley de demarcación territorial que fije los limites norte de Chincha en las márgenes del Rio Cañete. Se terminó el quinquenio de esa vergonzosa alianza de gobierno y fracasaron todas sus trapacerías. Cuando, posteriormente quiso reelegirse en el Congreso de la República, el pueblo chinchano le dio la espalda.
Otros politicastros que le hicieron el juego a los «sueños de opio» de Devéscovi, corrieron su misma suerte política-electoral, lo que demuestra claramente que la mayoría de la población chinchana no se dejó embaucar por los vendedores de «sebos de culebra».
En esta época aparece sosteniendo la afiebrada «tesis Devéscovi»,el intrascendente congresista d fujimorista , José Luis Elías Avalos, quien , demostrando una supina ignorancia en el referido tema limítrofe, refiere a la prensa regional y nacional, así como ante el propio Congreso de la República, que luchará hasta las últimas consecuencias para que se respeten los «históricos límites» de Chincha hasta el Rio Cañete.
También, el otro congresista fujimorista iqueño, Eduardo Cabrera Ganoza, siguiendo el estribillo de los nombrados anteriormente, dice con todo desparpajo, que los chinchanos son víctimas del centralismo limeño encabezado por Javier Alvarado y María Montoya, quienes han sembrado de habitantes golondrinos las pampas chinchanas desde Nuevo Ayacucho hasta el Rio Cañete, por tanto, emulando al bíblico sabio Salomón, ha planteado: «repartirse las pampas, mitad para Chincha, mitad para Cañete y, solucionado el conflicto». Este despistado parlamentario ignora el elemental y universal principio demarcatorio territorial que establece que los límites territoriales se fijan tomando en cuenta accidentes geográficos naturales como: Montañas, Desembocaduras de Ríos, Quebradas etc. etc. Es por ello, que la técnica-científica Dirección Nacional de Demarcación Territorial, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, fijó definitivamente los limites Cañete-Chincha en la margen izquierda de la Quebrada de Topará. Núnca se hace a mitad de pampa.
Otro manotazo de ahogado lo protagoniza el Consejo del Gobierno Regional de Ica, que a sabiendas de una rotunda derrota en una eventual Consulta Vecinal entre Nuevo Ayacucho y el Rio Cañete, opta por desconocer la aplicación del Decreto Supremo N°063-2012-PCM, curándose en
Salud. Es más, la ministra iqueña del oficialismo ollantista, Ana Jara, salió muy solícitamente a «tranquilizar» al pueblo chinchano afirmando contundentemente que dicho Decreto Supremo no se aplicará al caso Chincha-Cañete. ¿la sensualidad del poder, le ha hecho olvidar que el Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, aprobó dicho Decreto con la finalidad de iniciar el proceso de saneamiento de los límites territoriales en todo el país?...¿Ollantismo contra Ollanta?...
Hay que sentarse a comer canchita en espera de la aparición de otro «sabio y justiciero» politicastro iqueño defendiendo lo indefendible.

EL MINISTERIO DE SALUD, GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, A TRAVÉS DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD ATENDIERON A INTERNOS DE PENAL CANTERA EN CAÑETE

El Ministerio de Salud, el Gobierno Regional de Lima, a través de la Dirección Regional de Salud, realizaron una importante «Campaña de Salud Integral», en el penal de cantera en Cañete, donde atendieron a más de 200 internos en las especialidades de neumología, oftalmología, dermatología, laboratorio, farmacia, medicina interna, entre otros.
La actividad buscó principalmente frenar el avance de la tuberculosis, afecciones a la piel y los males respiratorios en las cárceles; Se instalaron carpas en las que el personal médico atendió a los internos en los diversos servicios, además de consejería en TB y exámen rápido de VIH.
Asimismo, en el marco de la campaña de salud Juntos contra la Tuberculosis también se realizó la búsqueda de personas internas que presenten tos y flema por más de 15 días (sintomáticos respiratorios), y poder así darles el tratamiento adecuado y proteger a aproximadamente medio millón de personas que anualmente visitan a los internos.
Esta importante campaña de salud como derecho de todo ser humano, más aún a las personas privadas de su libertad, estuvo monitoreado por funcionarios del MINSA, DIRESA, el Director Ejecutivo de la Red de Salud Cañete Yauyos y la Directora Ejecutiva del Hospital Rezola de Cañete.

«HABEAS CORPUS ES UNA MANIOBRA LEGAL PARA EVITAR LA VACANCIA»

«El habeas corpus es una garantía constitucional para asegurar la libertad e integridad de cualquier ciudadano, pero es sumario y temporal, y en modo alguno puede suspender o anular una sentencia judicial, así que me parece más bien una maniobra para poder asistir a la próxima sesión de consejo sin ser detenida y evitar la vacancia», señaló Vicente Sánchez Vásquez, secretario general del movimiento regional «Confianza Perú» al ser consultado sobre la presentación del recurso por parte de la consejera Liliana Torres en un juzgado de Chincha.
«El artículo 30 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que un consejero regional vaca por inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas, y parece que en su caso la próxima sesión de Consejo sería la tercera. No sé si lo más importante ahora para la consejera sea aferrarse al poder o encarar su grave situación judicial. Creo que debería ser lo segundo. Lo que sí estoy seguro es que la próxima sesión concitará toda la atención regional»finalizó.

CAÑETE, POTENCIAL ENERGETICO

El desarrollo y generación de energía en el Perú, viene convirtiendo a la provincia de Cañete en un territorio con determinadas ventajas estratégicas, que considero una adecuada oportunidad para el desarrollo integral de la provincia. Su cercanía a la Capital y la infraestructura vial adecuada, así como la existencia de mano de obra (producto de la migración), constituyen factores fundamentales al momento de explicar el incremento de inversión de esta actividad económica en la provincia.
En los últimos años, en diferentes distritos de la provincia y en diversas áreas cercanas al territorio cañetano la inversión en generación de energía ya es una realidad, convirtiéndose de este modo en centros demandantes de mano de obra y fuentes de mejora en la calidad de vida de muchas familias cañetanas.
Por la magnitud de estas inversiones, la actividad energética en la provincia empieza a convertirse en factor estratégico del desarrollo de la provincia, debiendo ser incluido en el análisis y como parte de la perspectiva estratégica de los planes de mediano y largo plazo.

KALLPA GENERACION
Entre las inversiones más importantes podemos señalar, los siguientes:
Kallpa Generación S.A. ha logrado la instalación del más grande generador de energía del Perú (2011), de 280 megavatios de capacidad. El generador de más de 270 toneladas de peso se transportó exitosamente desde el Puerto del Callao hasta su planta de operaciones ubicada en Chilca, distrito de la provincia de Cañete. El proyecto de conversión consta de tres turbinas (Kallpa I, II, III), con un costo aproximado de US$ 400 millones, que la convertirá en la central termoeléctrica más grande y eficiente del país, a partir del inicio de su operación comercial el tercer trimestre de 2012. La capacidad de generación futura de Kallpa será de 850 MW. A través de sus tres turbinas, produce hoy 570 MW que aportan el 14% de la demanda del Sistema Interconectado Nacional (SIN), consolidando su liderazgo como la principal generadora de energía a gas del Perú.

EL PLATANAL
La Central Hidroeléctrica El Platanal (inaugurado 2010), constituye la más grande inversión de capitales peruanos en este rubro de los últimos 30 años. Ubicada en la cuenca del río Cañete – Yauyos, esta gran obra, desarrollada por Compañía Eléctrica El Platanal significa un aporte de 220 megavatios de energía limpia, equivalente al consumo de 200,000 hogares peruanos. El Platanal significa un gran logro del empresariado nacional que con una visión de largo plazo apostó y asumió los retos de construir en el país, la central hidroeléctrica más grande realizada con capitales privados peruanos. Esta iniciativa aprovecha de manera eficiente el recurso hidroenergético que nos provee el río Cañete, siendo esta la primera etapa de un proyecto integral para el uso multipropósito de los recursos renovables de la cuenca. La inversión alcanza los US$ 350 Millones.

HIDROCAÑETE S.A.
Se tiene también conocimiento que el Ministerio de Energía y Minas mediante Resolución Ministerial Nº 595-2008-MEM/DM, otorgó concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Hidrocañete S.A., para la generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Nuevo Imperial, provincia de Cañete, aprobando el contrato de concesión correspondiente. Hidrocañete S.A., solicitó la concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, con una potencia instalada de 3,970 KW, utilizando los recursos hídricos del río Cañete.

CENTRAL TERMICA SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS Y CENTRAL TERMICA FENIX
Por otro lado, se conoce la inversión de la Central Térmica Santo Domingo de los Olleros con una potencia instalada de 197 Mw, y la Central Térmica Fénix con 326 Mw, ambas ubicadas en el distrito de Chilca, provincia de Cañete (Lima). También el proyecto de la empresa de generación eléctrica Enersur, del grupo GDF Suez, que convertirá su central térmica Chilca Uno en un proyecto de ciclo combinado que tendrá una potencia instalada de 262 Mw.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE LLEVÓ A CABO IMPORTANTE JORNADA CIVICA EN CENTRO POBLADO NUEVO AYACUCHO

Población del Centro Poblado Nuevo Ayacucho, participaron de la Jornada Cívica, programada el fin de semana por la Municipalidad Provincial de Cañete.
La Gerencia de Desarrollo Social, de la Municipalidad Provincial de Cañete, programó la Gran Jornada Cívica, que se realizó el domingo 17 de junio, donde participaron diversos programas que atienden este sector de la población.
María Montoya Conde, alcaldesa de provincia de Cañete, mencionó que se viene atendiendo en Nuevo Ayacucho, con los diversos programas que vienen funcionando en la Gerencia de Desarrollo Social, como es la Sub Gerencia de Asistencia Alimentaria y PRONAA, con la atención, con dos Comités de Vaso de Leche: Richaiyacta y Quinuapata.
Asimismo, refirió que se ha reaperturado el comedor popular, Musuq-kallpa, donde se atiende a niños, adultos mayores, madres gestantes, lactantes y en situación de abandono.
Esta jornada de atención a la población, sirvió también para que las alumnas del programa de alfabetización, tejido, bordado y cosmetología, puedan mostrar lo aprendido en las clases que se vienen llevando a cabo los días sábados, en el horario de de 02:30 pm. a 6:00 pm. a través de la Sub Gerencia de Promoción y Desarrollo de la Mujer.
La Oficina Municipal de Asistencia con personas con Discapacidad (OMAPED), realizó la recolección de información de personas con discapacidad, con la finalidad de tramitar la documentación ante la Comisión Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) para que puedan recibir el apoyo de diversos programas sociales.
Al finalizar, la autoridad provincial, rindió un merecido homenaje a los padres en su día, haciendo entrega de regalos a los asistentes.

ORGANIZACIONES POLITICASDEBERAN PRESENTAR A LA ONPE INFORMACION FINANCIERA ANUAL 2011

Las organizaciones políticas tienen plazo hasta el jueves 28 de junio de 2012 para presentar su información financiera anual 2011 ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la misma que deberá incluir el Balance General, el Estado de Ingresos y Egresos, las Notas a los Estados Financieros y la Información Complementaria correspondiente.

FORMA DE PRESENTAR
La información financiera anual 2011 deberá ser presentada en los formatos aprobados por la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) de la ONPE, en medio magnético e impreso, debidamente foliado y suscrito por el tesorero y el contador del partido político. También debe estar acompañada de una carta firmada por el representante legal del partido.

INFORMACION SERA PUBLICADA EN PAGINA WEB DE ONPE
La información que proporcionen las organizaciones políticas será publicada en la página web de la ONPE y sometida a un proceso de verificación y control, de conformidad con lo establecido en la Ley de Partidos Políticos y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios de la institución electoral.
Los formatos pueden descargarse en: http://www.web.onpe.gob.pe/verificacion-control-fond

JAVIER ALVARADO: «CHUI TENÍA LAS MANOS SUCIAS Y NUNCA VINO A COMER EN LA MESA SERVIDA POR EL ÉXITO DE NUESTRA GESTIÓN»

En una amplia entrevista realizada por el blog «actualidad cañetana», Javier Alvarado salió a responderle a Nelson Chui sobre la capacidad de gasto en la Región Lima, precisando que están muy contentos por el primer lugar «llevamos 2 semanas en que el Ministerio de Economía y Finanzas lo ha señalado… le digo a Chui, que dice a los cuatro vientos que dejo la mesa servida ¿por qué no se sentó a comer? o es ¿que derrepente tenía las manos sucias?, nunca superó la eficiencia de gestión en un gobierno mediocre, seguro le debe causar un poco de envidia que nosotros alcancemos tanta eficiencia en año y medio de gobierno, hoy en todo el Perú se habla de la Región Lima provincias, en el congreso hablan de la región nos felicitan, hasta el mismo presidente Ollanta Humala ve nuestro trabajo eficiente» preciso Alvarado en sus primeras declaraciones.

LÍMITES CON CHINCHA
En un tema que ha causado bastante revuelo y ha sido analizado por la crema y nata de la sociedad cañetana, Javier Alvarado ha pedido en el congreso que mantengan la calma y no lleguen a los enfrentamientos; «ahora la normatividad permite la consulta popular para definir el tema de límites, esperemos que al final de nuestro mandato se termine todo este tema en toda la Región Lima con las hermanas regiones de Ancash, Junín».
Afirmo a la vez que en Nuevo Ayacucho «la mayoría de la población sabe que pertenecen a Cañete y que no nos preocupa el tema de la consulta popular porque saldremos airosos»
«nosotros hemos invertido en nuestro territorio, cuando fui alcalde hemos construido aulas recuerden que se ha construido el tanque más grande de agua en Cañete en esta zona con la empresa UNICOM con 14 kilómetros de tubería que lleva agua a esta zona; la inversión seguirá, nunca espere ser presidente de la región y seguiremos avanzando reafirmando nuestros límites naturales»

¿EL CONGRESISTA JOSE LUIS ELIAS...?
«Yo respeto siempre las decisiones del congresista Elías, no buscamos el protagonismo en este tema, la tarea está en la oficina de demarcación territorial de la PCM que deberá reenviar el informe al congreso y definan este tema…. no podemos buscar enfrentamientos, la versión que brinde el congresista José Luis Elías Avalos no tiene efecto vinculantes sobre los límites que se puedan decidir más adelante».

LILIANA TORRES
Sobre la situación jurídica de la consejera regional de Cañete, Alvarado preciso «creo que el tema es netamente político, yo creo en la honestidad y capacidad de la Dra. Liliana Torres, estoy seguro que va a salir airosa de este tema y tiene todo mi respaldo; ella, es una gran persona, es una lideresa que ha trabajado muchísimo por Cañete, el tiempo como regidora impulso mucho los programas sociales y como consejera con su capacidad ha permitido hacer obras con los hermanos de Cañete y Yauyos, por eso se ha avanzado bastante….. La situación de ella se va revertir».

CASO TELEFÓNICA
Acuciosos en este tema que involucra a muchos ex alcaldes distritales, Javier Alvarado tampoco está exento y hablo sobre este tema. «en Lunahuaná se procedió de acuerdo a ley, el tema es como es la interpretación del colegiado… se comenta, se dice que no debimos firmar el contrato personalísimo, la normatividad de aquel entonces «Permitía» que si el consejo aprobaba, se firmaba los contratos, ahora desde el 2004 la normatividad dice que se debe convocar a concurso público, entonces la interpretación que se está dando en la fiscalía y el poder judicial es ¿por qué no se hizo un concurso público?… ellos, lo que deben hacer es revisar la norma de esa fecha y la cosa queda ahí.

¿QUE HIZO CON ESE DINERO?
«Mire, por fiscalizar a una empresa poderosa se hizo mucho en mi pueblo, la decisión fue la mejor y si tendría que tomar la decisión otra vez lo volvería hacer, la defensa de los ex alcaldes no ha sido la más adecuada por eso lo que están pasando.

SE SIENTE PERSEGUIDO...?
«Lo único que yo creo es que existe una fuerte presión política que buscan incomodar a unos mandos de Patria Joven como viene ocurriendo, nuestra gestión es hasta el 2014 y luego veremos el ordenamiento político».

PECULADO O COLUSION?
«Nosotros no tenemos una denuncia por peculado el tema es de colusión, Lunahuaná ´progreso considerablemente en esos tiempos con muchas obras que existen aún….
¿Por quÉ la fiscal señalo que la ex alcaldesa dice que nunca ingreso ese dinero a la municipalidad?
«No, no... lo que dice la fiscal es que la ex alcaldesa expreso en los documentos que no habían dejado dinero en las cuentas, lo que paso es que se dejó todo saneado…. el tema fue político, ocurrió en los primeros 6 meses de gestión de la ex alcaldesa Elizabeth Canales, ahora pregúntele ¿después que termino su mandato piensa igual?».

LITA ROMÁN
Se habló mucho sobre la vicepresidenta regional, si trabajaba o no en las últimas semanas en la región, ¿esta trabajando?
«Sí tiene el tiempo y las ganas de trabajar por la región que lo haga, hay tantas cosas por hacer, tantas actividades donde se requiere su presencia que debería ponerse a trabajar y no estar buscando cuestionamientos y cosas sin sentido.
¿Usted se lo permite?
La oficina de la vicepresidenta está ahí, no se le ha cambiado ni la chapa ni la llave…. yo creo que si debe servir lo debe hacer, porque el pueblo te eligió en un cargo, lamentablemente a algunas personas le gusta la vida fácil y no quieren ir a trabajar…..sobre la denuncia por lavado de activos esperemos el dictamen final y el gobierno regional se pronunciara».

JOSE ARIAS
¿Se equivocó Javier Alvarado al escoger a su vicepresidenta? Bueno, nosotros cuando partimos confiamos en la gente de buena voluntad, se invitó a la vicepresidente; en el camino, en el trabajo siempre no mostro ninguna incomodidad durante la gestión hasta el día que yo viajo a Israel donde realizo una aventura que no tenía sentido con Taboada que busca un protagonismo haciendo daño a las personas en mi caso e iniciado una acción legal contra el quien deberá probar todo lo dicho.

JOSÉ ARIAS
Sobre la situación legal del actual alcalde de Asia, preciso «fíjense lo que ha hecho José fue una decisión valiente, miren quien cambio a Asia, se cobró a telefónica y con ese dinero hizo muchas obras en su distrito y ahora lo están persiguiendo, espero que todo esto se revierta».
La entrevista concluye después de más de 20 minutos de dialogo directo con él. El trabajo lo llama y sale raudamente a continuar con su agenda.

MINISTERIO DE ECONOMÍA RATIFICA AL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA EN EL PRIMER LUGAR DEL RANKING NACIONAL EN EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA

La actual administración del Gobierno Regional de Lima que lidera Javier Alvarado Gonzales Del Valle ha cumplido 20 días ocupando el primer lugar del Ranking Nacional en Ejecución de Proyectos de Inversión Pública, con un 62.5% de avance presupuestal.
Así lo indican las cifras publicadas -hoy- en el portal web del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que ratifica una vez más la eficiencia en gestión que demuestra el presidente Javier Alvarado al frente de la región Lima.
Esta publicación es alentadora para las nueve provincias, porque de continuar con ese modelo de gestión, basado en el cumplimiento de plazos, se estaría obteniendo un nuevo incentivo económico por alcanzar las metas presupuestarias establecidas por el Gobierno Central, que redundará en la ejecución de nuevos proyectos para beneficio de la población.
«Al inicio de nuestra gestión encontramos a la región Lima en los últimos lugares en el ranking nacional de ejecución presupuestal, de a poco hemos ascendido hasta llegar al ansiado primer lugar. Un gran esfuerzo de todo el personal de la institución», remarcó el presidente Javier Alvarado, quien anunció que cerrará este mes con un 67% de inversión.
En el segundo lugar del Ranking Nacional en Ejecución de Proyectos de Inversión Pública se ubica la región Callao con la ejecución del 48.7%, más atrás siguen Tumbes, Cajamarca, San Martín, entre otros.
El Mandatario Regional hizo de conocimiento esta información durante su participación en la Audiencia Regional de Elaboración del Plan Nacional de Derechos Humanos 2012 -2016, que se realizó en Huacho.

CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA NESTOR ANTONIO VALQUI MATOS VISITA IMPERIAL

El Congresista de la República Néstor Antonio Valqui Matos ha visitado en la fecha el distrito de Imperial para entrevistarse con su alcalde Eddy César del Mazo Tello.
La autoridad edilicia entabló un abierto diálogo con el parlamentario a quien le expuso las gestiones que viene realizando en diversos ministerios para obtener la aprobación de obras a favor de la población imperialina.
Valqui Matos asumió el compromiso de gestionar para que los proyectos sean canalizados prontamente ante los ministerios, así como ofreció sus buenos oficios para la capacitación de los funcionarios de la municipalidad.
El parlamentario mostró su satisfacción y felicitó al alcalde imperialino por la construcción del Skatepark en el parque del centro poblado «Cerro Alegre» y ofreció realizar una conferencia de prensa en el congreso para difundir tal obra que es un importante recurso turístico dentro del distrito.
A su turno el alcalde Del Mazo Tello, agradeció el apoyo mostrado por el congresista, que a pesar de no ser de nuestra región –ya que es de Cerro de Pasco- se interesa por los temas y necesidades de la población del distrito de Imperial.
Cabe anotar que Valqui Matos es miembro titular de la Comisión de Presupuesto, así como integra las comisiones de Energía y Minas y la de Transportes y Comunicaciones.

EDICTOS JUDICIALES

AVISO DE PUBLICACIÓN RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS EXP. Nº 1755-2012 de don Aldo Ricardo Dodero Ortiz de Zevallos, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la Partida de Nacimiento de Félix Oton Dodero, libro Nº 024, folio Nº 192, año 1918, que, erróneamente no se ha consignado en el cuerpo y sumilla de la Partida el apellido materno del titular donde se consigna Félix Oton Dodero, debiendo decir FÉLIX OTON DODERO HERMOZA, asimismo en los datos de sus progenitores dice Amadeo Dodero debe decir: AMADEO SIXTO DODERO SANCHEZ y Maria Hermosa, debe decir MARIA MAXIMA HERMOZA CARDENAS, como también en la parte del cuerpo del Acta donde se consigna la palabra hijo: se colocó natural legítimo y solo debe decir: HIJO LEGITIMO, quedando los demás datos sin ninguna modificación.
Esto amparado a la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26479, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75 Directiva DI-263-GRC/017, Rectificación Administrativa de Acta por Error ú Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 15 de Junio de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5832-2012, doña Carmen Aurora Condori Reyna, inscrita en esta Municipalidad en el libro 96, folio 102, año 1965, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular LUCIO CONDORE, siendo lo correcto LUCIO CONDORI SARAVIA, asimismo el nombre del titular se consigna como BASILIO CONDORE REYNA, siendo lo correcto BASILIO CONDORI REYNA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 19 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial sito en Plaza Constitución Nº 120 de la ciudad de Yauyos – Lima, se ha presentado ESTELITA ERASMA BALLARTA MICHUY, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su madre CELERINA MICHUY RAMOS VIUDA DE BALLARTA, fallecida el 16 de Enero de 1991, teniendo como último domicilio el Centro Poblado de San Juan de Malleuran, distrito de Quinches, provincia de Yauyos, Lima. Lo que comunico para los fines de ley.
Yauyos, 15 de Junio de 2012.
S. César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro Nº 6
Colegio de Notarios del Callao

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza a las siguientes personas; a que se apersonen al local de la Sala de Audiencia de la Corte Superior y respondan por los cargos que se le imputa :
EXP.-2002-097; a AVILIO LUIS PEREZ PONCE. Día: 03-07-2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2003-0134; a HENRY ROSARIO MATEO PAUCAR Día: 22-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales Y.C.G. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2004-0105; a HERNAN MOLLEDA HUAMAN, VICTOR GREGORIO ROMAN VALENTIN, ADRIAN NESTOR HUAMAN ORDOÑEZ, MELENDEZ MELANTON TORALBA CHUPAYO, MEDALID ROSARIO CASTRO MOLLEDA Y ORLANDO OPEINYMER SULCA MOLLEDA. Día: 03-07-2012. Hora: 11:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2006-0257; a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA. Día: 27-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.

EXP.-2006-0715; a GUTIERREZ ROMERO OSWALDO GERMAN , a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0507; a PEDRO VICENTE PEREZ CISNERO Día: 26-06-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Víctor Arturo Yataco Santa. Bajo apercibimiento de revocarse su COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCION y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2007-0578; a MEDINA HERNANDEZ ALEJANDRO. Día: 27-06-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2008-0099; a ROLAN ZEGARRA MORALES Día: 27-06-2012. Hora: 10:45 a.m. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Antonio Baca Mamani. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ Día: 27-06-2012. Hora: 11:00 a.m. Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa. Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-092; a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA. Día: 27-06-2012. Hora: 10:30 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0363; a ALEJANDRO BERNABE GERONIMO RAMOS Día: 27-06-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS Día: 26-06-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse su libertad condicional y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0009; a JACINTO NARCISO JIMENEZ ALVARO, CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA y SONIA HAYDEE SOTO SOTO. Día: 03-07-2012. Hora: 10:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Colusión y Otro. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0022; a SANDOVAL SANTO JOSE BERNABE, CHANCA ODRIA CHARLY WILLIAMS Y SANTOS ANGELES RONALD JASON. Día: 03-07-2012. Hora: 10:15 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2010-0027; a JESUSI MORALES CELSO MARCELINO. Día: 03-07-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0070; a ANDRES ROBERTO REYES ISLA, ESAUL FORTUNATO JIMENEZ ESPIRITU, GERMAN FLAVIO RAMOS JIMENEZ, AMADEO B. SOTO JIMENEZ y GUILLERMO EDGUE RIVERA ALVARO. Día: 04-07-2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0140; a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA, JULIO LORENZO COMPOSANO DOMINGUEZ Y JOSE OSCAR HUARCAYA LIMA. Día: 04-07-2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0157; a HERNANDO LEON CLEMENTE DE LA CRUZ y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE Día: 03-07-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2011-004; a LESCANO FLORES GREGORIO. Día: 26-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2011-0057; a CURILLA SANES WALTER RODOLFO Día: 27-06-2012. Hora: 10:45 a.m. Delito: Contra la Administración-Cohecho Activo Genérico. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
19, 20 y 21 de Junio

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Se hace saber que don RIGOBERTO ELOY AYQUIPA ACHULLA, de 30 años, natural de Cabana – Lucanas – Ayacucho, de ocupación obrero, con DNI Nº 41426574, domiciliado en CP. La Arena Baja Mz. J Lote 51 – San Vicente, y doña ROSARIO TUEROS ARANDIA, de 26 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI Nº 43549246, de ocupación ama de casa, domiciliada en CP. La Arena Baja Mz. J Lote 51 – San Vicente, van a contraer matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Lunes 16 de Julio de 2012. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 19 de Junio de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe del RR.CC.

AGRICOLA TERCER MUNDO S.A.
CONVOCATORIA
Sr. (a)
AGRÍCOLA TERCER MUNDO S.A., por acuerdo del Directorio y conforme a los artículos 43 y 294 de la Ley General de Sociedades y Artículo 14 del Estatuto, se convoca a Junta General de Accionistas a realizarse el día 30 de Junio de 2012, a horas 9:30 a.m. en Primera Convocatoria y para el 05 de Julio de 2012, a horas 9:30 a.m. en Segunda Convocatoria, a realizarse en el local institucional de la Empresa, en los Jardines de la Casa Hacienda Montalván, ubicado en la Panamericana Sur Km. 143.5, distrito de San Vicente – Cañete, a fin de tratar la siguiente
AGENDA:
1.- Modificación parcial del Estatuto y su aprobación
2.- Designación de representantes: Al Presidente del Directorio y a la Gerente General de Agrícola Tercer Mundo S.A. para que firmen la Minuta y Escritura Pública.
San Vicente de Cañete, 18 de Junio de 2012.
El Directorio

AVISO DE PUBLICACIÓN RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
EL JEFE DEL AREA DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS EXP. Nº 1756-2012 de don Aldo Ricardo Dodero Ortiz de Zevallos, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la Partida de Matrimonio de Amadeo Dodero Sánchez y María Hermoza Cárdenas, libro Nº 005, folio Nº 253, año 1937, que, erróneamente no se ha consignado en el cuerpo y sumilla de la Partida el segundo nombre de ambos contrayentes donde se consigna del contrayente dice Amadeo Dodero Sánchez debiendo decir: AMADEO SIXTO DODERO SANCHEZ y de la contrayente dice María Hermoza Cárdenas, debiendo decir MARIA MAXIMA HERMOZA CARDENAS, asimismo los datos de sus progenitores dice: hijo de don Constantino Dodero, debe decir: HIJO DE DON LUIGI FRANCESCO COSTANTINO DODERO CUNEO y Margarita Sánchez, debe decir: MARGARITA SANCHEZ MUGARRA, quedando los demás datos sin ninguna modificación.
Esto amparado a la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26479, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75 Directiva DI-263-GRC/017, Rectificación Administrativa de Acta por Error ú Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 15 de Junio de 2012.
Rosario Milagros Sueng Chávez
Jefa de Registro Civil

19 junio 2012

COMISIÓN DE ÉTICA APROBÓ PEDIR SUSPENSIÓN POR 120 DÍAS DEL CONGRESISTA WILDER RUIZ ACUSADO DE HABER MENTIDO EN SU HOJA DE VIDA PRESENTADA AL JNE

La Comisión de Ética del Congreso aprobó que recomendará al Pleno que se sanciones con suspensión de 120 días al congresista Walter Acha , por relación sexual indebida; así como a Federico Pariona Galindo y Wilder Ruiz Loayza, por falsedad de documentos.
El grupo de trabajo legislativo, presidido por  Humberto Lay,   sometió  a evaluación el proyecto de informe final preparado por la secretaría técnica que confirmó que Acha abusó sexualmente de su ex asesora de prensa.  Idelia Antonieta Calderón Ramos.
«Él reconoce, dice que sí, que hubo una relación sexual. Nuestro informe final no dice que hubo violación sino relación sexual con una persona de su despacho en viaje de trabajo, lo cual es una falta ética grave. Si existió delito de ultraje lo tiene que evaluar el Ministerio Público. De confirmarse, ello agravaría el caso de Acha», explicó Lay.
Precisó que la aparente propuesta de aborto hecha por Acha no fue abordada «pues quedan dudas al respecto», pese a que la secretaría técnica había dado cuenta que el mencionado legislador sí propuso a Idelia Antonieta Calderón Ramos no tener a su hijo en gestación.
Este caso irá a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, según lo ha recomendado también la Comisión de Ética, donde se podría decidir el levantamiento de su inmunidad parlamentaria y una sanción penal.
Se recomendó la misma sanción para los legisladores Federico Pariona Galindo (Fuerza 2011) y Wilder Ruiz Loayza (Gana Perú) por contemplar información falsa en sus respectivas hojas de vida como candidatos al Congreso.
«Se sanciona la mentira, efectivamente. La hoja de vida es una declaración jurada que presenta el candidato y en base a la cual el electorado emite su voto», señaló Lay. Pariona consignó en su declaración jurada de aspirante al Parlamento que egresó de la Facultad de Administración de la Universidad de San Martín de Porres, pero esta lo negó.
Ruiz anotó que había egresado de la Escuela de Economía de la Universidad Faustino Sánchez Carrión, en Huacho, cuando solo cursó hasta el cuarto ciclo.

RINCÓN CONCILIATORIO...

Dra. Rocío López Luna - Av. Benavides 799, 2do. Piso, San Vicente de Cañete, Tel. 01 300 56 03

En este espacio trataremos casos de la vida real ADAPTADOS a nuestra realidad cañetana a fin de acercar al pueblo de una manera rápida, económica y efectiva a la justicia que evite la violencia familiar y social. 

SEGUNDO CASO:
Una joven pareja se acerca a nuestro Centro de Conciliación para establecer la Pensión Alimenticia que le corresponde a su menor niño de dos años, pues se habían separado hacía un mes, y desde el rompimiento no se dirigían la palabra pero el padre quería cumplir frente a su pequeño. Primero los calmé, les dije que nos concentraríamos en el niño y las obligaciones que AMBOS debían cumplir como padres, evitando el tema de pareja, a fin que la separación produzca el MENOR DAÑO EMOCIONAL AL NIÑO. Y dado que el padre es policía y trabaja en Puerto Maldonado, les recomendé  realizar una CONCILIACIÓN CONJUNTA, es decir, sin necesidad de notificar, se prepara el Expediente «al momento», confeccionamos  el Acta de Acuerdo Total y se emite esta INMEDIATAMENTE, propuesta que ambos aceptaron gustosos. Acordaron  que el monto de dicha Pensión sea el que prescribe la ley, es decir del 60% no sólo de los ingresos mensuales sino también de las gratificaciones, escolaridad, asignación familiar y demás beneficios que perciba en su calidad de Técnico de Policía. El padre solicitó por su parte, que el pago no sea por Descuento Judicial para tener la posibilidad de solicitar créditos, por lo que sugerí a la madre que acepte sea esta por transferencia bancaria, PREVIA Copia de sus Haberes para hacer el cálculo respectivo. De esa forma la Pensión será aproximadamente de S/.720.- si el padre ganase un neto de S/. 1,200.-. Propuse también establecer un Régimen de Visitas pues consideramos muy importante PARA EL MENOR el contacto con el padre, especialmente, respecto de su futura identidad sexual, pero adecuado este Régimen a su horario y ritmo de trabajo, idea que a ambos les pareció igualmente correcta, es así que este podrá ver a su niño cada 20 días de 9 am a 4 pm, durante los primeros meses. Durante la sesión el niño dejó de llorar y se divirtió con su padre y los juguetitos que tenemos a disposición en la oficina, le invitamos canchita, y de una forma muy asequible se despidieron agradecidos de nuestros servicios, en conclusión: llegó una familia confundida y dolida, sin embargo se fue otra tranquila y armoniosa… ¡¡¡¡¡FELICIDADES A AQUELLOS PADRES QUE LOGRAN DIFERENCIAR LA RELACIÓN DE PAREJA DE SUS OBLIGACIONES FRENTE A SUS HIJOS!!!!!

LUNAHUANÁ DENTRO DE LAS TRES OPCIONES PARA APROVECHAR EL FERIADO LARGO DE FIN DE MES

Hay numerosas opciones para disfrutar de la naturaleza en el próximo fin de semana largo.Dentro de las más cercanas a Lima, capital de la república, se encuentra el distrito de Lunahuaná, zona turística cañetana que goza de un prodigioso clima, en donde el sol ilumina su cielo los 12 meses del año. Conozca los tres lugares cercanos a Lima, que ofrecen una gran posibilidad de distracción y contacto con la naturaleza este feriado largo de fin de mes.
Huaraz: Del 26 de junio al 1 de julio se llevará a cabo la semana del andinismo Cordillera Blanca 2012, una fiesta de deportes de aventura que tendrá como escenario el nevado Pastoruri, y en la que habrá competencias de esquí, downhill, parapente y escalada, así como mucha adrenalina a más de 5.000 metros sobre el nivel del mar. Una buena excusa para visitar los bellos entornos naturales de la capital de Áncash, como por ejemplo Llanganuco (donde están las lagunas Chinancocha y Orconcocha, así como el sendero de María Josefa), el nevado Huascarán y la laguna de Churup, entre otros.
Oxapampa: El sábado 30 de junio se llevará a cabo la cuarta edición del festival de música y arte al aire libre Selvámonos. Los asistentes podrán deleitarse con artistas como UCHPA, Laguna Pai o Los Protones, y con DJ como Chakruna y Rastacore. Esta fiesta a las orillas del río se llevará a cabo en el fundo Albegrin, donde se implementará un área especial para camping. El fin de semana largo permitirá también que los visitantes puedan recorrer los distintos atractivos de la zona.
Lunahuaná: Este distrito de Cañete, ubicado a dos horas y media de Lima en auto, se ha convertido en uno de los destinos preferidos por los amantes de los deportes de aventura, quienes llegan hasta aquí para practicar canotaje y kayak, así como para deleitarse con los diversos platillos preparados a base de camarones. Los visitantes a este cálido valle también pueden visitar otros atractivos como el Complejo Arqueológico de Incahuasi y las bodegas vitivinícolas.

UNIVERSIDAD DE CAÑETE: APOYAR PROYECTO DE LEY QUE BUSCA PRORROGAR PLAZO DE LEY 29780

Uno de los problemas medulares que tiene la Provincia de Cañete es que su Universidad creada en el 2009 no funciona, ni siquiera es admitida a trámite su solicitud de autorización de funcionamiento, más aún que hay riesgo en ciernes de su no autorización pues este 28 de Julio vence el plazo para que la CONAFU pueda autorizarla, de acuerdo a la Ley 29780.

PROBLEMAS DE LA UNDC EN SU SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO.
La Universidad Nacional de Cañete (UNDC) presentó su solicitud junto con su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) el 13 de Diciembre 2011. De acuerdo al Reglamento de Autorización de Funcionamiento del CONAFU su Consejería de Asuntos Académicos y su Comisión Jurídica en cinco días debió de haber señalado si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas de CONAFU, a cuyo término debieron de emitir sus informes respectivos.
Se tiene conocimiento que la solicitud de la UNDC fue observada, por consiguiente debió haber sido notificada que tenía cinco días hábiles para absolver las observaciones, e incluso pudo tener una prórroga de 8 días hábiles más. Hagamos un parangón al respecto, la Universidad Nacional de Barranca presentó su solicitud de autorización el 16 de Diciembre de 2011 (3 días después que la nuestra), CONAFU observó su solicitud el 25 de Enero de 2012; la Universidad presentó un escrito absolviendo las observaciones el 13 de marzo 2012, ese mismo día la Comisión Académica del CONAFU señaló que se había levantado las observaciones y sugirió que se admita a trámite la solicitud de la UNAB. Curiosamente al día siguiente, 14 de marzo, el Pleno del CONAFU aprueba admitir a trámite la solicitud de autorización provisional.
Si la UNAB después de 34 días hábiles presentó la subsanación de las observaciones y al otro día admitieron a trámite su solicitud, nos preguntamos ¿qué pasa con la Universidad Nacional de Cañete que no absuelve las observaciones? Se menciona que CONAFU no fija fecha para la entrevista con la Comisión Organizadora, este es otro de los requisitos establecidos para admitir a trámite la solicitud (art. 19º del reglamento); pero esto es bien raro, toda vez que el art. 4º del reglamento menciona que si el administrado (UNDC) no efectúa ningún acto de impulso de procedimiento en el transcurso de 30 días hábiles, el CONAFU puede declarar abandonado el procedimiento.
Requerimos conocer cuál es la realidad del trámite que está siguiendo la Comisión Organizadora de la UNDC. Algunos dicen que es por culpa de las autoridades que no van a CONAFU a presionar. No considero que esto sea la razón, hay algo más que no se dice y como ciudadanos cañetanos que luchamos por la Universidad demandamos que haya un pronunciamiento público de la Comisión Organizadora sobre la situación actual de los trámites ante CONAFU.

APOYEMOS DECIDIDAMENTE EL PROYECTO DE LEY Nº 1236-2011-CR
El congresista fujimorista Julio Pablo Rosas Huaranca, apoyado entre las firmas por Elard Melgar y Aurelia Tan, ha presentado, el 12 de Junio pasado, un Proyecto de Ley que busca modificar la Ley 29780. La mencionada Ley señala en su Primera Disposición Complementaria Final que el plazo para evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades (15) es de un año, venciendo dicho plazo este 28 de Julio próximo.
La propuesta busca modificar esta disposición agregando el siguiente contenido: «Vencido el plazo antes señalado (un año), el CONAFU continuará ejerciendo la competencia antes descrita solo respecto de los proyectos y solicitudes de funcionamiento que ingresaron antes de cumplido el plazo establecido en la presente disposición».
Evidentemente a este Proyecto de Ley hay que apoyarlo teniendo en cuenta que estamos entrampados por no tener una Comisión Organizadora completa, ni admitido a trámite nuestra solicitud. Otro aspecto que abona a este apoyo es que el proyecto de ley estableciendo una moratoria de 3 años para la creación de nuevas universidades, creación de nuevas facultades, ha sufrido un traspié con la presentación de un dictamen en minoría que la debilita y posterga su discusión en el Congreso.
Esperemos que nuestras autoridades regionales y locales agoten sus oficios y aceleren la entrevista de la Comisión Organizadora con la CONAFU; así como darle apoyo al Proyecto de Ley de Rosas Huaranca. De lo que conocemos el Proyecto ya ha sido decretado a la Comisión de Educación aunque sus funciones las desarrolle restringidamente toda vez que se cerró la legislatura y debemos esperar la próxima de Agosto, salvo que se acelere en Comisiones y se vea el tema en la Comisión Permanente que funciona desde el 16 de Junio hasta el 20 de Julio, pudiendo incluirse en Agenda a través de la Junta de Portavoces.

EDICTOS JUDICIALES

EDICTOS PENALES (1 día)
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Ventura; ordena publicar:
EXP.-00554-2012-0; RESOLUCION 01 (Fecha 12-06-2012): DISPOSICION 02-2011: FORMALIZACION DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA contra JUNIOR SANDRO MACHA MENDOZA. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Maria Liudia Huamán Campusano. Asistente: Romero.
EXP.-00554-2012-36; RESOLUCION 01 (Fecha 12-06-2012): DISPOSICION 03-2011: REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA contra JUNIOR SANDRO MACHA MENDOZA. Señala fecha AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA. Día: 27.06.2012 Hora: 3:00 p.m. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Maria Liudia Huaman Campusano. Asistente: Romero.

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Valdivieso; notifica a los agraviados:
EXP.-00235-2012-0-0801-JR-PE-02; RESOLUCION 01 (Fecha 29-03-2012): TENER PRESENTE LA COMUNICACIÓN FISCAL DE FORMALIZACION Y CONTINUACION DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA contra MARGARITA RAMONA RIVERA LOPEZ por la presunta comisión del Delito Contra el Patrimonio-Hurto Agravado; y Contra el Patrimonio-Usurpación Agravada en Agravio de Migdonio Heber Hualpa Bendezu y Desiree Manoli Vivanco Pradine. Conforme a lo solicitado por el representante del Ministerio Publico requiriendo se dicte comparecencia simple contra la investigada: ESTÉSE a lo señalado en el articulo 286° del Código Procesal Penal. Asistente: Anchiraico.

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Flores; Cita y emplaza:
EXP. 00652-2011-89; Resol 02 (Fecha 13-06-2012): a MARTIN ALEJANDRO RAMOS LUYO para Audiencia de Juicio Oral. Día 03.07.2012 a Horas: 11:30 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Lugar: Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales. Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: L.Y.R.V. Asistente: Acosta.

TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza:
EXP. 0054-2012-7; Resol 01 (Fecha 23-05-2012): a MARCO ANTONIO GONZALES LIFONSO para Audiencia de Juicio Oral. Día 14.08.2012 a Horas: 3:00 p.m., bajo apercibimiento de ser declarado Reo contumaz o Ausente. Lugar: Sala de Audiencias «D». Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Marco Luis Gonzáles Porta . Asistente: Salinas.

JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza:
EXP.-0469-2011-53; Resolución 03(fecha:11.06.2012): a JUAN MANUEL MORE SOTO para Audiencia de Juicio Oral; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz o Ausente y disponerse su ubicación y captura a nivel nacional. Día 26.07.2012 hora: 2:45 p.m. Lugar: Sala de Audiencia del Juzgado Penal Colegiado. Delito: Contra la Libertad Sexual-Violación Sexual de menor de edad. Agraviado: CH.H.A.J.P. Asistente: Acosta.

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; cita y emplaza a las siguientes personas; a que se apersonen al local de la Sala de Audiencia de la Corte Superior y respondan por los cargos que se le imputa :
EXP.-2002-097; a AVILIO LUIS PEREZ PONCE. Día: 03-07-2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2003-0134; a HENRY ROSARIO MATEO PAUCAR Día: 22-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de iniciales Y.C.G. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2004-0105; a HERNAN MOLLEDA HUAMAN, VICTOR GREGORIO ROMAN VALENTIN, ADRIAN NESTOR HUAMAN ORDOÑEZ, MELENDEZ MELANTON TORALBA CHUPAYO, MEDALID ROSARIO CASTRO MOLLEDA Y ORLANDO OPEINYMER SULCA MOLLEDA. Día: 03-07-2012. Hora: 11:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2006-0257; a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA. Día: 27-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.

EXP.-2006-0715; a GUTIERREZ ROMERO OSWALDO GERMAN , a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada.
EXP.-2007-0507; a PEDRO VICENTE PEREZ CISNERO Día: 26-06-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Víctor Arturo Yataco Santa. Bajo apercibimiento de revocarse su COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCION y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2007-0578; a MEDINA HERNANDEZ ALEJANDRO. Día: 27-06-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2008-0099; a ROLAN ZEGARRA MORALES Día: 27-06-2012. Hora: 10:45 a.m. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Antonio Baca Mamani. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ Día: 27-06-2012. Hora: 11:00 a.m. Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa. Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-092; a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA. Día: 27-06-2012. Hora: 10:30 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0363; a ALEJANDRO BERNABE GERONIMO RAMOS Día: 27-06-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2009-0594; a DANTE OMAR MARTINEZ VARGAS Día: 26-06-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse su libertad condicional y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0009; a JACINTO NARCISO JIMENEZ ALVARO, CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA y SONIA HAYDEE SOTO SOTO. Día: 03-07-2012. Hora: 10:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Colusión y Otro. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0022; a SANDOVAL SANTO JOSE BERNABE, CHANCA ODRIA CHARLY WILLIAMS Y SANTOS ANGELES RONALD JASON. Día: 03-07-2012. Hora: 10:15 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2010-0027; a JESUSI MORALES CELSO MARCELINO. Día: 03-07-2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0070; a ANDRES ROBERTO REYES ISLA, ESAUL FORTUNATO JIMENEZ ESPIRITU, GERMAN FLAVIO RAMOS JIMENEZ, AMADEO B. SOTO JIMENEZ y GUILLERMO EDGUE RIVERA ALVARO. Día: 04-07-2012. Hora: 9:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0140; a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA, JULIO LORENZO COMPOSANO DOMINGUEZ Y JOSE OSCAR HUARCAYA LIMA. Día: 04-07-2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2010-0157; a HERNANDO LEON CLEMENTE DE LA CRUZ y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE Día: 03-07-2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaces y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
EXP.-2011-004; a LESCANO FLORES GREGORIO. Día: 26-06-2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de identidad reservada. Bajo apercibimiento de revocarse la comparecencia por la detención.
EXP.-2011-0057; a CURILLA SANES WALTER RODOLFO Día: 27-06-2012. Hora: 10:45 a.m. Delito: Contra la Administración-Cohecho Activo Genérico. Agraviado: Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional.
19, 20 y 21 de Junio

18 junio 2012

A PROPOSITO DE LAS REVOCATORIAS

Escribe: Jorge Roberto Landa Galiano

Durante estos últimos años, se escucha hablar con mayor énfasis del derecho que como ciudadano tiene toda persona a revocar a sus autoridades, ya sean regionales o municipales, sobre todo de aquellas personas que lideran algún movimiento político o encabezan cierto grupo de poder en la sociedad civil, o los que actúan señalando tener la representación ciudadana.
Sin embargo, nadie habla del principal actor en esta trama, el ciudadano.
Realmente, la persona de a pie, el taxista o el bodeguero del barrio, el empleado, el transeúnte ¿está realmente informado de lo que significa participar en un proceso de revocatoria, a quién o quiénes se puede revocar?

¿A quién o quiénes realmente les está sirviendo este proceso de revocatorias?
Nuestra Constitución Política del Estado, en su artículo 2, numeral 17, señala que «toda persona tiene derecho a la elección, remoción o revocación de autoridades».
Desde esta perspectiva, nuestra Carta Política reconoce como derecho fundamental de todo ciudadano el de participar en la vida política del país, sin exclusión alguna, motivo por el cual se expide la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, modificada Ley Nº 28421, por la cual se regulan los mecanismos para ejercer este derecho fundamental de participación y control.
En ese sentido, el artículo 20 de la citada norma señala: «La revocatoria es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a :
a) Alcaldes y regidores.
b) Autoridades regionales que provengan de elección popular.
Existen razones legítimas que pueden justificar una revocatoria, como, por ejemplo, actos flagrantes de corrupción, mal uso de los recursos públicos debidamente comprobados, entre otros.
Pero cuando se argumenta «incapacidad para gobernar» o «no es buen gobernante porque no hizo caso en lo que le dije», ahí entramos en el terreno subjetivo, de las interpretaciones personales.
Estos argumentos, en la mayoría de veces, son esgrimidos por «políticos» que no salieron favorecidos por el voto popular y por algunos otros que por diferentes motivos e ideologías no comulgan con el plan de gobierno trazado.
En consecuencia, no deberíamos dejarnos engañar ni influenciar por personas que solo buscan el bienestar particular, mas no el bienestar general, y que en muchos casos solo provocan inestabilidad política y atraso socioeconómico, además de generar conflictos sociales que en no pocas veces llegan a la violencia física y ruptura de relaciones saludables en la localidad.
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), mediante Resolución Nº 0604-2011-JNE, ha establecido el 30 de setiembre de este año la realización de la primera consulta popular de revocatoria de autoridades regionales y municipales del período 2011-2014.
La fecha límite para presentar las solicitudes de revocatoria en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) fue el 25 de mayo de 2012, previo trámite de comprobación de adherentes ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Exhortamos a la población a que asimile el proceso de revocatoria como algo serio y responsable, que signifique una evaluación seria de la gestión de una autoridad.

PRESIDENTES REGIONALES RENDIRAN CUENTA UNA VEZ AL AÑO AL CONGRESO…

El legislador Rogelio Canches informó que al interior de la Comisión de Descentralización del Congreso se trabaja una propuesta para que los presidentes regionales rindan cuentas de su gestión, una vez al año, ante el Pleno del Parlamento.
Precisó que la iniciativa es diseñada por el subgrupo de trabajo encargado de mejorar la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que preside, a fin de instituir mejores mecanismos de control político sobre los gobiernos subnacionales.
«Se busca que los presidentes regionales asistan una vez al año ante el Pleno del Congreso para que den cuentas de su gestión, de manera obligatoria y en resguardo de los intereses de la nación».
Recordó que actualmente los ministros de Estado tienen que dar cuenta al Congreso de su labor, durante la denominada Estación de Preguntas, y las autoridades regionales deben también informar al Congreso de su gestión.
Asimismo, señaló, el subgrupo parlamentario de la Comisión de Descentralización propondrá ampliar las causales de vacancia para sancionar a los presidentes regionales que participen o financien conflictos sociales.
Subrayó que dicha propuesta pretende separar a las autoridades que no cumplen con su obligación de gobernar a favor de su pueblo y se dedican a utilizar el poder otorgado por el pueblo para fines particulares y políticos.

EN CAÑETE A MANO ARMADA ROBARON 50 MIL NUEVOS SOLES

La ayuda internacional llega a los más necesitados de recursos económicos en Cañete y los delincuentes no midieron  el daño que ocasionaron a muchas familias cañetanas.
Todo sucedió el sábado 16 al promediar las 10:30 de la mañana cuando decenas de personas se encontraban en el interior del instituto Pedagógico San José María en San Vicente y fueron testigos presenciales del robo que sufrieron sus benefactores.
Cada 3 meses El Padrinazgo De Niños De La Parroquia «Sagrado Corazón De Jesús» De Cádiz- España envía dinero para sus ahijados que luego serán utilizados en el tratamiento que reciben por la enfermedad que sufren.
Los indeseables llegaron en motos lineales y minutos antes uno de ellos ingreso vestido de sacerdote recibiendo el saludo de todos pero nadie esperaba que luego sacara debajo de la sotana un arma de fuego para amenazarlos y golpear al cajero para que entregara el dinero. Ya con el botín en la mano huyeron como viles miserables amenazando a las sufridas madres que vociferaban y maldecían su accionar.

PESE A LLAMADO TELEFONICO NI POLICIA, NI SERENAZGO LLEGO A TIEMPO
Testigos presenciales precisaron que mientras se realizaba el atraco llamaron asustadas a la policía y al serenazgo en un descuido de los delincuentes pero estos nunca llegaron rápidamente.
La policía demoró 30 minutos en llegar a pesar que la comisaria se encuentra a 4 cuadras del lugar del robo y el serenazgo ni se asomó cuando todo estaba consumado.
Duro trabajo de las autoridades quienes tendrán que redoblar la seguridad y evitar futuros asaltos. Muchos pequeñines se quedaron sin los 346 nuevos soles que reciben de sus padrinos de España cada 3 meses.

DISCRIMINACION RACIAL EN LA CUNA Y CAPITAL DEL ARTE NEGRO NACIONAL

Figura En el artículo 323 del Código Penal. La discriminación racial ha sido tipificada como un delito en el Perú. Indignación y malestar ha causado entre quienes concurren a la autodenominada discoteca turística «Anubis» en San Vicente de Cañete, del público maltrato del que fuera víctima un joven afro descendiente a quien se le impidió el ingreso , argumentando que por estar mal vestido no podía unirse al lugar.
Este hecho, calificado por propios y extraños como un abierto caso de discriminación racial por quienes representan a la referida discoteca, generó la irritación de quienes continuamente ingresan cada fin de semana en busca de diversión y aparente sano entretenimiento.
Los testigos de lo ocurrido, dijeron no entender que en plena Cuna y Capital del Arte Negro Nacional, se permite que empresarios foráneos maltraten a ciudadanos cañetanos por su aspecto físico y color de su piel.

ANOTACION:
«La ley 28867 promulgada establece penas de hasta tres años de prisión para quienes discriminen u obliguen a otros a discriminar, con la finalidad de sancionar a los propietarios de locales racistas».
APRODEH considera lamentable que continúen funcionando locales en algunas ciudades donde se produzcan estas prácticas discriminatorias y confía en que INDECOPI y sobre todo las autoridades de la zona, continúen realizando labores de supervisión para que cesen estas malas prácticas.

PRESIDENTE REGIONAL JAVIER ALVARADO SUPERVISO ENTREGA DE SILLAS DE RUEDAS EN CAÑETE…

Con la supervisión del titular del pliego, Javier Alvarado Gonzáles del Valle, el Gobierno Regional de Lima (GORE LIMA), a través de la ONG Tower of Hope y la Misión Cristiana «Camino de Vida», entregó en Cañete un promedio de 200 sillas de ruedas a personas discapacitadas y de bajos recursos económicos.
«Quiero agradecer y felicitar el trabajo conjunto de nuestras autoridades. En la provincia de Cañete ya hemos entregado más de 300 sillas de ruedas, en Mala se entregó 120 y ahora en San Vicente aproximadamente 200 sillas de ruedas es una labor de la gerencia regional de Desarrollo Social, de la dirección regional de Salud y el apoyo de las ONGs amigas con el único objetico de buscar el bienestar de nuestros hermanos discapacitados», expresó el mandatario regional en la Plaza de Armas de la ciudad de San Vicente.
La Ceremonia contó también con la presencia y participación de la primera autoridadf edil, María Montoya Conde, del Director Regional de salud Dr. Marco Antonio Montoya Cieza, del Gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur Ing. Genaro de Paz Moreno, de los regidores provinciales Alexander Bazán y José Caico, del director de la ONG Tower of Hope Alex Zapana, la Srta. Liliana Guerrero de la Misión Cristiana «Camino de Vida», el comisario de San Vicente comandante PNP. Rudy León y el coordinador de la Gerencia Regional de Desarrollo Social Felix Choquehuanca.

SE VIENE II FESTIVAL CULTURAL KUTUKA EN CAÑETE…

Revivir las vivencias ancestrales, revalorar y rescatar la cultura afroperuana, es uno de los objetivos del denominado «II Festival Cultural Kutuká» a realizarse los días 18 y 19 de agosto del 2012 en Cañete.
A través de conferencias, documentales, talleres y proyecciones audiovisuales en la Casa de la Cultura en San Vicente, el Festival del Kutuká, buscará que explicar el momento y circunstancias histórica en que se dieron sus diversas manifestaciones (danzas, arte, historia oral y otros).
Los organizadores de este importante evento, informaron que a través de estas actividades seguirán sentando las bases de una nueva visión de la cultura negra en el Perú.
Como se recuerda, el primer festival contó con la participación de destacados investigadores y promotores de la Cultura Afroperuana como: CHALENA VÁSQUEZ (Musicóloga, compositora y cantante. Directora del Centro de Música y Danza (CEMDUC) de la PUCP) / JOSÉ «CHECHE» CAMPOS (Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle (La Cantuta) / «LALO» IZQUIERDO (Reconocido percusionista, danzante, coreógrafo y fundador de Perú Negro) / MILAGROS CARAZAS SALCEDO (Investigadora de la tradición oral y especialista en literatura afroperuana.

JAIME CAYO LUEGO DE HURTAR CASA EN IMPERIAL... EMPEÑO LAPTOP HURTADA

Entraron como si fuera su casa y se llevaron valiosos objetos de valor para Ricardo Rene Rivera Ruiz quien vive en la Urb. La Portada de Imperial.
Los hechos sucedieron el, último sábado a las 2 de la tarde cuando una gavilla de ladronzuelos ingresó a la vivienda de Ricardo Rivera cuando nadie se encontraba. De la vivienda se llevaron una tv de 42" y una laptop ACER.
La policía del sector en un rápido trabajo de investigación dio con la identificación de los presuntos facinerosos y luego de realizar un rápido recorrido por las principales calles del distrito comercial del sur chico intervinieron a Jaime Luis De La Cruz de 22 años por la cuadra 5 del jirón Sucre al promediar las 10:40 de la noche.
Jaime reconoció haber participado en el hurto y se procedió a recuperar parte del botin en »las Malvinas» donde fue empeñado por 50 soles.

CNM RATIFICA A VICTOR DURAND PRADO Y A ONCE MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL

El pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, dando inicio a los procesos de evaluación y ratificación de magistrados, ratificó la semana que pasó a once magistrados del Poder Judicial.
Los magistrados ratificados son Marco Cerna Bazán, Víctor Durand Prado, Luis Gamero Vildoso, Elizabeth Minaya Huayaney, Silvia Núñez Riva y Rose Mary Parra Rivera.
Asimismo fueron ratificados Ana Prado Castañeda, Carlos Quispe Montesinos, Miguel Rivera Gamboa, Rosa Rodríguez Lecaros, Jaime Román Pérez.
Las entrevistas personales de evaluación y ratificación continuarán el lunes 18 de junio y culminarán el próximo 3 de julio del presente.

CON MÁS FUERZA QUE NUNCA... ¡CAÑETE NO SE VENDE, CAÑETE SE DEFIENDE!

La Dirección Nacional Técnica De Demarcación Territorial De La Presidencia Del Consejo De Ministros, dirigiéndose a esta ministra, mediante oficio n° 332-2012-PCM/DNTDT del 15.06.2012, señala expresamente que el D.S. N° 063-2012-PCM que modifica el reglamento de la ley de demarcación y organización territorial, «no es aplicable al tema de límites entre Chincha (Ica) Y Cañete (Lima)». 
Aclaró públicamente que esta disposición no fue contemplada por el consejo de ministros , sino que fue expedida por la oficina de la PCM, al punto que la firma el propio sector (premier) y lleva rubrica del Pdte. De la república, más no de los demás ministros.
Es de esta manera que quedamos en la misma privilegiada posición que nos da la verdad, la historia, la documentación y los informes que harán realidad la definitiva demarcación territorial de nuestras provincias y Regiones y de esta manera generar un polo de desarrollo empresarial para los jóvenes a futuro.
Quedamos pues a la espera de la Invitación formal de la Municipalidad Provincial de Cañete para la conformación de la Comisión Especial de Límites, la misma que no solo debe revisar este tema sino fiscalizar a las nuevas organizaciones posesionadas de estas tierras y que dedican su paso al tráfico de tierra con la beneplacencia de las autoridades judiciales, policiales y municipales. (Jorge Brignole Santolalla)

EDICTOS JUDICIALES

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324, San Vicente – Cañete, se presentó don NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, manifestando ser hijo de quien fuera en vida don VICTOR VALERIANO AVALOS LEVANO, quien falleció AB-INTESTADO el día 13 de Diciembre del año 1996, a efecto se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge doña BENITA PORTUGUEZ SANCHEZ y a su hijo NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 18 de Junio de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del señor Juez Doctor Raúl Cuentas Lagos y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentado por Carmen Rosa Gamarra Mora, de quien en vida fuera su conviviente Luis Alberto Gaspar Chalán, fallecido el 21-01-2012, AB INTESTATO, en el distrito de Pucusana - Lima. Conunicándose para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria. Lo que se publica para los fines legales y pertinentes.
Mala, 04 de Mayo del 2012.
Paola Esmealda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA - CAÑETE
UNIDAD DE REGISTROS CIVILES
AVISO MATRIMONIAL
Art. 250° - Código Civil
Nombre del Contrayente: Carlos Ramón Paucar Tocasca.
Natural de El Agustino. Nacionalidad Peruano.
Profesión, ocupación ú oficio: Obrero.
Edad: 34 años; Domicilio;Mz. F, Lote 14, Cuarta Etapa San José - Chilca.
Nombre de la Contrayente: Betty Quispe García.
Natural de San Vicente; nacionalidad peruana.
Profesión, ocupación ú oficio: Ama de casa.
Edad: 32 años;. domicilio en Mz. F, Lote 14, Cuarta Etapa, San José - Chilca.
Lugar de Matrimonio: Local municipal.
NOTA: El Art. 253 establece que las personas que tengan interés legítimo pueden oponerse a la celebración del matrimonio cuando exista algún impedimento.
La oposición se formula por escrito fundamentando la causa legal ante el Señor Alcalde de esta Municipalidad.
Chilca, 15 de Junio del 2012.
María Felícita Camacho Porras
Oficina de Registro Civil