SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña ESMERALDA CONSUELO MASCARO NOLASCO, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don AMADEO PINEDO PEREZ, quien falleció AB-INTESTADO el día 17 de Diciembre de 2008, a efecto de que se declare como única y universal heredera a su cónyuge supérstite doña ESMERALDA CONSUELO MASCARO NOLASCO. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 17 de Diciembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don JOSE FLORENTINO RIVERA YALLE, manifestando ser hijo de quien fuera en vida don FLORENTINO RIVERA ROMERO, quien falleció AB-INTESTADO el día 20 de Diciembre del 2011, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite doña SINFOROSA YALLE GUTIERREZ y a sus hijos: PEDRO EUSEBIO RIVERA YALLE, JOSE FLORENTINO RIVERA YALLE, TEODORO ALBERTO RIVERA YALLE, VALENTINA DESIDERIA RIVERA YALLE y DINA SONIA RIVERA YALLE respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 29 de Noviembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO
Que por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, doña MARGARITA PUCAMAYO TOMAYA, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hijo José Luis Sánchez Pumacallo, donde por error se ha consignado en dicha acta los apellidos de la madre como PUMACALLO TOMAYO, debiendo ser lo correcto PUMACAYO TOMAYA, quedando intacto los demás datos que contiene. Firmado Juez Raúl Cuentas Lagos. Firmado Secretaria Judicial Paola Ramos Condori. Expediente 096-2013. Lo que se publica para los fines legales pertinentes. Mala, 21 de Marzo de 2013.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en mérito al Exp. Nº 1375-2013-MDCA, doña María Isabel Ccollahua Monzón, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hija JAZMIN ISABEL FRANCIA CCOLLAHUA, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 03, folio 65337082, año 2007, en el extremo que se ha consignado:
Datos de la titular: dice: JAZMIN ISABEL FRANCIA COLLAHUA, debe decir: JAZMIN ISABEL FRANCIA CCOLLAHUA
Datos de la madre: dice: MARIA ISABEL COLLAHUA MONZON, debe decir: MARIA ISABEL CCOLLAHUA MONZON.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 04 de Abril de 2013.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2558-2013, don José Campos Laos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de LUIS EMILIO CAMPOS LAOS, inscrita en el libro 115, folio 166, año 1955, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular EMILIO CAMPOS y MARGARITA LAOS, siendo lo correcto EMILIO JULIAN CAMPOS CALAGUA y MARGARITA LAOS CHUMPITAZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2560-2013, don José Alberto Campos Laos, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 123, folio 12, año 1957, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular EMILIO CAMPOS y MARGARITA LAOS, siendo lo correcto EMILIO JULIAN CAMPOS CALAGUA y MARGARITA LAOS CHUMPITAZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2562-2013, don José Alberto Campos Laos, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Margarita Elvira Campos Laos, inscrita en el libro 110, folio 35, año 1954, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular EMILIO CAMPOS y MARGARITA LAOS, siendo lo correcto EMILIO JULIAN CAMPOS CALAGUA y MARGARITA LAOS CHUMPITAZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2793-2013, don Manuel Augusto Marquez Sánchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Agustin, inscrita en el libro 151, folio 128, año 1963, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular AGUSTÍN MARQUEZ, siendo lo correcto AGUSTÍN MARQUEZ CASAS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2792-2013, don Manuel Augusto Marquez Sánchez solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Sofia Amelia, inscrita en el libro 129, folio 132, año 1958, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular AGUSTÍN MARQUEZ siendo lo correcto AGUSTÍN MARQUEZ CASAS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2791-2013, don Manuel Augusto Marquez Sánchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en el libro 121, folio 111, año 1956, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular AGUSTÍN MARQUEZ, siendo lo correcto AGUSTÍN MARQUEZ CASAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2796-2013, don Manuel Augusto Marquez Sánchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Rosario Dolores Márquez Sánchez, inscrita en el libro 112, folio 180, año 1954, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular AGUSTÍN MARQUEZ, siendo lo correcto AGUSTÍN MARQUEZ CASAS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2796-2013, don Manuel Augusto Marquez Sánchez solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Roberto Eduardo Marquez Sánchez, inscrita en el libro 106, folio 178, año 1953, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular AGUSTÍN MARQUEZ, siendo lo correcto AGUSTÍN MARQUEZ CASAS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
EDICTO PENAL (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Durand, cita, emplaza, notifica a:
EXP.- 2009-0275; a MAGLORIA CONDOR DE RAMOS, a efecto que se apersone a Sala de Audiencia de la Sala Penal Liquidadora, el Día 09.04.2013; hora 11.00a.m y responda por los cargos que se le imputa. Delito: PECULADO, en agravio del Estado; bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia a la diligencia señalada. Secretaria Gonzáales. Cañete 25.03.2013.
EXP.- 2009-0092;a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA, a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 17.04.2013; hora 10.30a.m y responda por los cargos que se les imputa; Delito: PECULADOeculado; agraviado El Estado y otro; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz ; en caso de inconcurrencia. Secretaria Gonzáleso Yovera. Cañete, 22.02.2013.
EXP.- 200810-0213009;a SONIA HAYDEE SOTO SOTO, CARLOS ALBERTO ZARATE SULCA y JACINTO NARCISO JIMENEZ ALVARO FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS, a efectos que se apersonen a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 1702.04.2013; hora 110:00a.m y respondan por los cargos que se les imputan. Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edadPeculado.; Agraviado: Menor de edad de identidad reservadaEl Estado y Otro; bajo apercibimiento de ser REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN, declarados Reo Contumazen caso de inconcurrencia. Secretariao GonzálesYovera. Cañete 225.023.2013.
EXP.- 200411-003204;a FERNANDO SEGUNDO CASTILLO TITO, EGORIO LESCANO FLORES a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 024.04.2013; hora 10:30a.m y responda por los cargo que se le imputa. Delito: Cohecho ActivoViolación Sexual de Menor de Edad. A Genérico; Agraviado: El EstadoMenor de Edad de Identidad Reservada; bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN. Secretariao GonzálesYovera. Cañete 225.023.2013.
EXP.- 2010-0197;a SATURNINA CESPEDES DIAZ y JOSE MARIA MODESTO HUAPAYA a efectos que se apersonen a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 02.04.2013; hora 11:00a.m y respondan por los cargos que se les imputan. Delito: Usurpación Agravada. Agraviado: Justino Gutiérrez; bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz. ; en caso de inconcurrencia .Secretario Yovera. Cañete 22.02.2013
EXP.- 2011-0051;a JESUS ALEJANDRO RUIZ CAYCHO a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 03.04.2013; hora 09:00a.m y responda por los cargo que se le imputa. Delito: Violación Sexual de Menor de Edad. Agraviado: Menor de Edad de Identidad Reservada; bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz en caso de inconcurrencia a la Diligencia señalada. Secretario Yovera. Cañete 22.02.2013.
EXP.- 2009-0700;a JAIME SANTOS SALAZAR GAMBOA a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 03.04.2013; hora 09:30a.m y responda por los cargo que se le imputa. Delito: RECEPTACION. Agraviado: Ronald Mois{es Vicente Guevara; bajo apercibimiento de declararse Reo Ausente en caso de inconcurrencia a la Diligencia señalada. Secretario Yovera. Cañete 07.12.2012.
EXP.- 2010-0156;a MARCO ANTONIO CHAVEZ ARRARTE, ANTONIO AURELIO MONTES ANYAPOMA y JOSE AGUSTIN CORREA TASAYCO a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 03.04.2013; hora 11:00a.m y responda por los cargo que se le imputa. Delito: PECULADO. Agraviado: Estado; bajo apercibimiento de declararse Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia a la Diligencia señalada. Secretario Yovera. Cañete 22.02.2013.
SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Dr. Aroni, notifica a:
EXP.-00408-2012; SANTOS ROJAS ORELLANA la Resolución 03(05/03/2013): Que, Cita a los sujetos Procesales a la AUDIENCIA PROGRAMADA para el Día 18.03.2013 a horas 12:30p.m hora exacta; la misma que se llevará a cabo en las Salas de Audiencias de esta Corte Superior de Justicia, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657- San Vicente-Cañete,en los seguidos contra Rosario Del Pilar Peña Pilca Viuda De Bustamante en agravio de Santos Rojas Orellana por presunta comisión del Delito Contra el Patrimonio-Daños Agravados. Asistente de Causas: ANCHIRAICO. Cañete 04/03/2013.
EXP.- 2011-0062; a VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, a efectos que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 30.04.2013; hora 10.30a.m y respondan por los cargos que se les imputan. Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor de edad de identidad reservada; bajo apercibimiento de ser REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN, en caso de inconcurrencia. Secretaria Gonzáles. Cañete 11.03.2013.
EXP.- 2010-0049; a WENCESALO ARBIZU REYNOSO, a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 08.05.2013; hora 11.00a.m y responda por los cargos que se les imputa; Delito: PECULADO; agraviado El Estado; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz ; en caso de inconcurrencia. Secretaria Gonzáles. Cañete, 22.02.2013.
EXP.- 2010-0188; a EDGAR GENARO SANCHEZ AGUADO Y SERGIO FAUSTO ROMERO HUARI, a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 08.05.2013; hora 11.30a.m y responda por los cargos que se le imputa; Delito: PECULADO; agraviado El Estado; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz ; en caso de inconcurrencia. Secretaria Gonzáles. Cañete, 25.03..2013.
EXP.- 2010-0125; a JOSE ACEVEDO TOLENTINO, a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 15.05.2013; hora 10.00a.m y responda por los cargos que se le imputa; Delito: PECULADO DOLOSO EN GRADO DE TENTATIVA; agraviado El Estado; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional; en caso de inconcurrencia. Secretaria Gonzáles. Cañete, 20.03..2013.
EXP.- 2010-0059; a FRANCISCO JUSTINO CAYETANO JAVIER, ROMAN JUSTO CHAMILCO LOPEZ, JUAN MIGUEL PEÑA RUIZ, Y ENRIQUE ALBERTO CARRION LOZADA, a efecto que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 15.05.2013; hora 10.30a.m y responda por los cargos que se le imputa; Delito: PECULADO DOLOSO AGRAVADO POR EXTENSIÓN; agraviado El Estado-FONCODES; bajo apercibimiento de ser declarado ReoS Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional; en caso de inconcurrencia. Secretaria Gonzáles. Cañete, 20.03..2013.
EXP.- 2009-0300; a GRIMALDO EUSEBIO CALDERON APOLAYA, a efectos que se apersone a Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, el Día 22.05.2013; hora 10.00a.m y respondan por los cargos que se les imputan. Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor de edad de identidad reservada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Secretaria Gonzáles. Cañete 25.03.2013.
SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Dr. Aroni, notifica a:
EXP.-0672-2012-23; a RICARDO FIDEL BARRANTES OYAGUE, hace conocer la fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, DIA: 16.04.2013,; HORA: 10.30am., en la investigación que se sigue en su contra por la presunta comisión de Delito: Usurpación Agravada; Agraviada: Hortensia Irene Sánchez Chiok;. Especialista Judicial: T.Zamudio. Cañete 25/03/2013.
TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Dra. Solano, notifica a:
EXP.-0017-2013-0; a GUILLERMO JORGE ACEVEDO CHINCHAY, hace conocer la comunicación fiscal de ACUSACION en la investigación que se sigue en su contra por la presunta comisión de Delito: Peligro Común-Uso de Armas en estado de ebriedad; Agraviado: El Estado; .corriéndose traslado por diez días a fin que se apersone al proceso señalando domicilio real y procesal dentro del radio urbano. Especialista Judicial: T.Zamudio. Cañete 25/03/2013.
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez, notifica a:
EXP.-2012-0055-JIPL-CSJCÑ-PJ-CUADERNO DE CONTROL DE ACUSACION; a ALEX MILTON LUYO CUZCANO; Resolución N° 6, del 01.04.2013, dispone citar a AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, DIA: 16.04.2013,; HORA: 10.00am., en la investigación que se sigue en su contra por Delito: Omisión a la Asistencia Familiar; agraviada: su menor hija Alexandra Elena Luyo Gutiérrez;. Especialista Judicial: L.Rodríguez. Lunahuaná 01.04.2013.
5, 6 y 8 de Marzo.
DIRIMENCIA
SALA CIVIL - Sede Central
EXPEDIENTE N° 00158-2009-0-0801-JR-CI-01
MATERIA: Nulidad de Convocatoria y otros
DEMANDADO: Gilberto Gutiérrez Torres y otros
DEMANDANTE: Germán Urbano Chumpitaz Lara
RESOLUCION NUMERO SEIS.-
Cañete, primero de Abril de dos mil trece.-
AUTOS Y VISTOS; Y, CONSIDERANDO: ——————————————Primero.- Que, en la votación de la presente causa la señorita Juez Superior doctora Judith Marcelo Ciriaco (Ponente) y la señora Juez Superior doctora María Esther Limas Uribe, emiten su VOTO para que Se CONFIRME la resolución número veintitrés ( sentencia), de fecha diez de septiembre del dos mil doce, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda de fojas ochenta y siete y siguientes interpuesta por Germán Urbano Chumpitaz Lara contra Gilberto Gutiérrez Torres, sobre Nulidad de Convocatoria, Asamblea y Asiento Registral; sin costos ni costas.———————————————————
Segundo.- Que, el señor Juez Superior doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe, emite su voto en discordia para que se declare NULA la Sentencia de fecha diez de setiembre del año dos mil doce (Resolución número veintitrés) dictada por el Primer Juzgado Mixto de Cañete, que declara Improcedente la demanda de fojas ochenta y siete; y se DISPONGA que el A quo emita nueva sentencia con observancia a lo expuesto en parte Considerativa de la presente resolución de vista.—
Tercero.- Siendo así, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto legal acotado.-
Cuarto.- Que, el artículo 144° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, señala que si resulta discordia, se publica y notifica el punto que lo motiva, bajo sanción de nulidad, asimismo, precisa que en la misma resolución se llama al Juez superior dirimente expedito y se señala día y hora para la vista de la causa por él.———————————————Quinto.- En ese sentido, y habiéndose producido discordia, estando a lo establecido por el artículo 145° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resulta pertinente disponer el llamamiento al Juez Superior que corresponda, debiendo efectuarse dicho llamamiento de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Número 040-2012-P-CSJCÑ-PJ, de fecha diecinueve de enero del dos mil doce; asimismo deberá publicarse la presente resolución en el Diario Oficial de la Provincia.—
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Juez Superior doctor ÁNGEL POLANCO TINTAYA, para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha de VISTA DE LA CAUSA para dicha dirimencia el día Martes NUEVE DE ABRIL del año en curso, a horas nueve de la mañana con diez minutos. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Provincia “Al Día con Matices” por el término de UN DIA. Notifíquese y Publíquese.
J.S.
CAMA QUISPE
MARCELO CIRIACO
LIMAS URIBE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2797-2013, don Manuel Augusto Marquez Sánchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Maria Elena Márquez Sánchez, inscrita en el libro 100, folio 4, año 1951, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular AGUSTÍN MARQUEZ, siendo lo correcto AGUSTIN MARQUEZ CASAS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 3015-2013, doña Herminia Maria Cuyagua Monzón, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Abel Jesús Collahua, inscrita en el libro 268, folio 148, año 1981, en el extremo que se ha consignado como apellido paterno del padre del titular y apellido paterno del titular COLLAHUA, siendo lo correcto CCOLLAHUA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 3013-2013, doña Herminia Maria Cuyagua Monzón, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Alejandro Collahua Monzon, inscrita en el libro 227, folio 119, año 1977, en el extremo que se ha consignado como apellido paterno del padre del titular y apellido paterno del titular COLLAHUA, siendo lo correcto CCOLLAHUA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 3014-2013, doña Herminia Maria Cuyagua Monzón, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Maritza Magdalena Collahua Monzon, inscrita en el libro 245, folio 3, año 1979, en el extremo que se ha consignado como apellido paterno del padre del titular y apellido paterno del titular COLLAHUA, siendo lo correcto CCOLLAHUA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 3012-2013, doña Herminia Maria Cuyagua Monzón solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Luis Alberto Collahua Monzon, inscrita en el libro 210, folio 33, año 1974, en el extremo que se ha consignado como apellido paterno del padre del titular y apellido paterno del titular COLLAHUA, siendo lo correcto CCOLLAHUA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 3009-2013, doña Herminia Maria Cuyagua Monzón solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 161, folio 52, año 1965, en el extremo que se ha consignado como apellido paterno del padre del titular y apellido paterno del titular CUYAGUA, siendo lo correcto CCOLLAHUA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 3011-2013, doña Herminia Maria Cuyagua Monzón, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Pedro Celestino Collahua Monzon, inscrita en el libro 169, folio 95, año 1967, en el extremo que se ha consignado como apellido paterno del padre del titular y apellido paterno del titular COLLAHUA, siendo lo correcto CCOLLAHUA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 04 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
05 abril 2013
04 abril 2013
DITOE Y LA UGEL 08 CAPACITAN A 200 DOCENTES EN SEGURIDAD VIAL...
Con una significativa participación, docentes de los diferentes Instituciones Educativas de Educación Básica Regular (EBR) participaron de la inauguración del «Curso- Taller de Educación en Seguridad Vial» que organiza la UGEL 08 de Cañete y la (DITOE).
El Curso-Taller fue inaugurado, ayer por funcionarios de la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa (DITOE) del Ministerio de Educación y el profesor José Caico Fernández Director de la UGEL Nº 08 de Cañete.
El objetivo de esta capacitación es crear conciencia vial en los alumnos y está dirigido a docentes activos, coordinadores de Tutoría y Orientación Educativa y Auxiliares de Educación Inicial, quienes implementaran el Programa de Educación en Seguridad Vial (PRONACESVI) en sus respectivas instituciones educativas.
Los 200 docentes que asistieron a la Casa de la Cultura de San Vicente, donde será el centro de capacitación para los docentes que asisten al curso de seguridad vial que organiza PRONACESVI del MINEDU.
El Curso-Taller fue inaugurado, ayer por funcionarios de la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa (DITOE) del Ministerio de Educación y el profesor José Caico Fernández Director de la UGEL Nº 08 de Cañete.
El objetivo de esta capacitación es crear conciencia vial en los alumnos y está dirigido a docentes activos, coordinadores de Tutoría y Orientación Educativa y Auxiliares de Educación Inicial, quienes implementaran el Programa de Educación en Seguridad Vial (PRONACESVI) en sus respectivas instituciones educativas.
Los 200 docentes que asistieron a la Casa de la Cultura de San Vicente, donde será el centro de capacitación para los docentes que asisten al curso de seguridad vial que organiza PRONACESVI del MINEDU.
SE INICIARÁN TALLERES DESCENTRALIZADOS DE SENSIBILIZACIÓN PARA EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL AÑO FISCAL 2014 EN IMPERIAL
Con la finalidad de que la sociedad civil imperialina tome conocimiento de los beneficios de participar del presupuesto participativo, la Municipalidad Distrital de Imperial iniciará este lunes 08 de abril diversos talleres de sensibilización.
La oficina de Participación Vecinal es la encargada de llevar a cabo un cronograma de talleres descentralizados con la finalidad de sensibilizar a la población imperialina sobre el Presupuesto Participativo del año fiscal 2014.
El ciclo de talleres se iniciará este Lunes 08 de abril en el anexo «Vista Alegre» y donde han sido invitados los pobladores de «Cristo Rey» y «Santa Ana».
Se continuará en los siguientes días y lugares:
Miércoles 10 de Abril: Cerro Candela; Viernes 12 de Abril: San Isidro; Domingo 14 de Abril: Alto Valle Hermoso; Lunes 15 de Abril: San Benito; Miércoles17 de Abril: Cerro Alegre; Viernes 19 de Abril: AA.HH «Asunción 8»; Lunes 22 de Abril: AA.HH «Josefina Ramos»; Miércoles 24 de Abril: Anexo «Villarreal»; Miércoles 26 de Abril: AA.HH «Ramos Larrea»; Lunes 29 de Abril: A los Regidores.
La oficina de Participación Vecinal es la encargada de llevar a cabo un cronograma de talleres descentralizados con la finalidad de sensibilizar a la población imperialina sobre el Presupuesto Participativo del año fiscal 2014.
El ciclo de talleres se iniciará este Lunes 08 de abril en el anexo «Vista Alegre» y donde han sido invitados los pobladores de «Cristo Rey» y «Santa Ana».
Se continuará en los siguientes días y lugares:
Miércoles 10 de Abril: Cerro Candela; Viernes 12 de Abril: San Isidro; Domingo 14 de Abril: Alto Valle Hermoso; Lunes 15 de Abril: San Benito; Miércoles17 de Abril: Cerro Alegre; Viernes 19 de Abril: AA.HH «Asunción 8»; Lunes 22 de Abril: AA.HH «Josefina Ramos»; Miércoles 24 de Abril: Anexo «Villarreal»; Miércoles 26 de Abril: AA.HH «Ramos Larrea»; Lunes 29 de Abril: A los Regidores.
LEVE SISMO CON EPICENTRO EN DISTRITO DE CALANGO SORPRENDIÓ A CAÑETANOS
A las 08:40 horas de la mañana del día de ayer, miércoles 3 de abril, un sismo de 3.8 grados en la escala de Richter se sintió en el distrito de Calango, en la provincia de Cañete, región Lima.
Según el Instituto Geofísico del Perú (IGP), el epicentro se ubicó a 28 kilómetros al norte de este distrito, tuvo una profundidad de 82 kilómetros y una intensidad de II en Lima. Hasta el momento no se han reportado daños personales ni materiales.
Según el Instituto Geofísico del Perú (IGP), el epicentro se ubicó a 28 kilómetros al norte de este distrito, tuvo una profundidad de 82 kilómetros y una intensidad de II en Lima. Hasta el momento no se han reportado daños personales ni materiales.
NINGUN CIVIL HARA EL SERVICIO MILITAR EN CONTRA DE SU VOLUNTAD...
Los jóvenes que, pese a ser sorteados para el servicio militar, no cumplan con acudir a ese llamado y se nieguen a pagar la multa respectiva, no serán forzados a cumplir con el reclutamiento, aseguró el jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, José Cueto Aservi.
Precisó que, como ocurre con los omisos al sufragio, los civiles que no paguen la multa por incumplir con el servicio militar simplemente se verán perjudicados con la denominada «muerte civil», es decir, no podrán, entre otras cosas, realizar algunos trámites ni celebrar contratos.
El alto mando militar explicó que así se encuentra considerado en la legislación actual y que en ningún caso se forzará u obligará al omiso sorteado a cumplir con este servicio acuartelado en contra de su voluntad, pues «lo forzado ya no existe ni existirá».
«Hay ‘muerte civil’, como cuando se vota (…). El chico que sale sorteado y no quiere ir (al servicio militar), no va y se atañe a lo que dice la ley (…). Acá nadie lo va a ir a buscar, pero ojo que se sujeta a lo que dice la ley», refirió.
Dijo que entre las excepciones a la prestación del servicio militar (que duraría dos años) figura el caso de los jóvenes menores de 25 años, entre hombres y mujeres, que sean el sostén de sus familias, es decir, cuando de ellos dependa la manutención de sus cónyuges e hijos.
«La ley dice que si el chico está casado, es el sostén de la familia y demuestra eso, está exceptuado y no paga la multa, así se le ibera, porque la multa es para quien no cumple con ir al servicio (sin estar exceptuado) y califica para el sorteo», manifestó.
El jefe del CCFFAA dijo también que en los cuarteles existe un déficit de personal que debe ser superado mediante una campaña de estímulos a los jóvenes, para que se sientan atraídos hacia la carrera militar.
Ratificó, además, que ningún recluta del servicio militar será enviado al Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem), y que existe un estigma en torno al tema, porque es sabido que en ese lugar sólo interviene un cuerpo militar de élite que ha sido debidamente entrenado para tal labor.
«Ir al Vraem no es malo. Es una zona que está en conflicto interno con un grupo de renegados y terroristas, y hay narcotráfico. En todo el país donde hay esto los soldados están expuestos, pero ellos reciben un entrenamiento especial para ir a esa zona», reiteró Cueto Aservi.
Precisó que, como ocurre con los omisos al sufragio, los civiles que no paguen la multa por incumplir con el servicio militar simplemente se verán perjudicados con la denominada «muerte civil», es decir, no podrán, entre otras cosas, realizar algunos trámites ni celebrar contratos.
El alto mando militar explicó que así se encuentra considerado en la legislación actual y que en ningún caso se forzará u obligará al omiso sorteado a cumplir con este servicio acuartelado en contra de su voluntad, pues «lo forzado ya no existe ni existirá».
«Hay ‘muerte civil’, como cuando se vota (…). El chico que sale sorteado y no quiere ir (al servicio militar), no va y se atañe a lo que dice la ley (…). Acá nadie lo va a ir a buscar, pero ojo que se sujeta a lo que dice la ley», refirió.
Dijo que entre las excepciones a la prestación del servicio militar (que duraría dos años) figura el caso de los jóvenes menores de 25 años, entre hombres y mujeres, que sean el sostén de sus familias, es decir, cuando de ellos dependa la manutención de sus cónyuges e hijos.
«La ley dice que si el chico está casado, es el sostén de la familia y demuestra eso, está exceptuado y no paga la multa, así se le ibera, porque la multa es para quien no cumple con ir al servicio (sin estar exceptuado) y califica para el sorteo», manifestó.
El jefe del CCFFAA dijo también que en los cuarteles existe un déficit de personal que debe ser superado mediante una campaña de estímulos a los jóvenes, para que se sientan atraídos hacia la carrera militar.
Ratificó, además, que ningún recluta del servicio militar será enviado al Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem), y que existe un estigma en torno al tema, porque es sabido que en ese lugar sólo interviene un cuerpo militar de élite que ha sido debidamente entrenado para tal labor.
«Ir al Vraem no es malo. Es una zona que está en conflicto interno con un grupo de renegados y terroristas, y hay narcotráfico. En todo el país donde hay esto los soldados están expuestos, pero ellos reciben un entrenamiento especial para ir a esa zona», reiteró Cueto Aservi.
RECOMIENDAN UN SERVICIO MILITAR CON INCENTIVOS ECONOMICOS Y DE ESTUDIOS
La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR) recomendó la entrega de incentivos económicos y la posibilidad de desarrollar estudios profesionales para los jóvenes que acudan al servicio militar en el país.
Javier Atkins, titular de la ANGR, sostuvo que el servicio militar constituye un factor importante en la lucha contra la inseguridad ciudadana, pero consideró que debe impulsarse una mayor motivación entre los jóvenes para que participen.
«Vemos como buena iniciativa el servicio militar pero creemos que se requiere contar con opciones que hagan que los jóvenes acudan a las Fuerzas Armadas. Más que sanciones se necesitan motivaciones», remarcó.
Dijo que el servicio militar contrarresta la posibilidad de que muchos jóvenes acaben en pandillas por falta de oportunidades. «Allí pueden estudiar un oficio y realizarse luego como emprendedores», manifestó.
Si a ello se le suma un incentivo pecuniario y la oportunidad de seguir estudios profesionales en alguna universidad, las posibilidades de contar con más jóvenes se incrementará, refirió.
Atkins recordó que el personal de las Fuerzas Armadas cumple un papel importante no solo en el tema de seguridad sino también en el apoyo ante las situaciones de emergencia o desastres naturales.
El Gobierno trabaja en mejorar la Ley del Servicio Militar para brindar oportunidades educativas a los jóvenes, con programas de capacitación y becas, y así contribuir a formar buenos ciudadanos.
Javier Atkins, titular de la ANGR, sostuvo que el servicio militar constituye un factor importante en la lucha contra la inseguridad ciudadana, pero consideró que debe impulsarse una mayor motivación entre los jóvenes para que participen.
«Vemos como buena iniciativa el servicio militar pero creemos que se requiere contar con opciones que hagan que los jóvenes acudan a las Fuerzas Armadas. Más que sanciones se necesitan motivaciones», remarcó.
Dijo que el servicio militar contrarresta la posibilidad de que muchos jóvenes acaben en pandillas por falta de oportunidades. «Allí pueden estudiar un oficio y realizarse luego como emprendedores», manifestó.
Si a ello se le suma un incentivo pecuniario y la oportunidad de seguir estudios profesionales en alguna universidad, las posibilidades de contar con más jóvenes se incrementará, refirió.
Atkins recordó que el personal de las Fuerzas Armadas cumple un papel importante no solo en el tema de seguridad sino también en el apoyo ante las situaciones de emergencia o desastres naturales.
El Gobierno trabaja en mejorar la Ley del Servicio Militar para brindar oportunidades educativas a los jóvenes, con programas de capacitación y becas, y así contribuir a formar buenos ciudadanos.
JAVIER ALVARADO: «CAÑETE Y LA REGIÓN LIMA TENDRÁN A FUTURO UN HIJO QUE POSTULARÁ A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA»
Se había anunciado que a la audiencia programada para el 1 de Abril, en el Penal de Cantera donde se vería lo relacionado al inicio del proceso oral del sonado caso de Telefónica en Lunahuaná en el cual se encuentra involucrado el actual presidente regional Javier Alvarado Gonzáles del Valle, éste no asistiría.
Oficialmente se conocía que cumpliría con un acto de entrega de laptops en el colegio «San Martín de Porres» del distrito de Quilmaná y hasta allí llegamos con la finalidad de conocer sus apreciaciones en torno a tan delicado y espinoso tema, porque todo apuntaba a que tenía que decir algo.
Y vaya que dijo varias cosas entre ellas su ya evidente postulación a la presidencia de la república.
Seguidamente reproducimos textualmente parte del mensaje expuesto.
«En el año 99 era alcalde de Lunahuaná, postulé a la alcaldía cuando tenía 28 años de edad. Ya tenía la empresa, que les comentaba a los jóvenes, tuve la oportunidad a los 21 años de recorrer todo el Perú , a los 22 fui a Bolivia, Brasil, Uruguay, Paraguay, Argentina, Chile; luego tuve la oportunidad de ir a Suiza, Francia e Italia.
Cuando llegué a un país desarrollado, entendí que no todo es dinero en la vida., porque ya tenía todo lo que un joven desea tener. Decidí entregar mi vida al servicio de mi país postulando a la alcaldía de Lunahuaná porque los diez primeros años de mi vida que estudié en el colegio nacional 20148, colegio nacional de Lunahuaná, no había energía eléctrica y estudié con lamparín. El agua llegaba cada dos días y yo decía a los 28 años, Dios porqué me das esta oportunidad de desarrollarme empresarialmente, de ser exitoso, de recorrer muchos países en el mundo; entendí que todo no era lo económico y decidí postular a la alcaldía de Lunahuaná, muy jovencito.
En aquella oportunidad con muchos sueños y como hasta el día de hoy con mucho amor por el país. En aquella oportunidad, saben cuánto recibía un municipio para hacer obras, yo tenía once trabajadores, tenía que pagar todos los servicios de la ciudad y recibía de transferencia seis mil soles mensuales. Esa era la realidad que me tocó vivir como alcalde.
Trabajamos mucho para ordenar Lunahuaná no había recursos y qué decidimos, poner mano dura, hay que fiscalizar a todas las empresas de ser vicios de Lunahuaná y a una empresa que estaba instalando los cables de teléfonos, que había puesto sus postes y sus antenas de repetición; a la empresa Telefónica.
Fiscalizamos y qué logramos, logramos que el cien por ciento de Lunahuaná se quede con agua potable, logramos que el cien por ciento de Lunahuaná incluyendo (los anexos) Ramadilla y Concón tengan energía eléctrica, logramos construir una moderna sala de partos, porque las madres cuando yo era alcalde daban a luz en sus casas y en la madrugada que hacía (los vecinos) tocaban las puertas al alcalde. Señor alcalde está dando a luz tal vecina, yo les decía, yo no soy el papá, pero igual tenía que ir; pero esa madre corría riesgo al alumbrar en su casa. Frente a ello, (construimos) una moderna sala de partos, uno de los mejores ecógrafos que tenía en aquella oportunidad la provincia de Cañete estaba en Lunahuaná.
Las calles eran pura tierra se cambió toda la red de agua y desagüe y se asfaltó toda la ciudad. Había un solo estadio y dejamos tres estadios de futbol en Catapalla y San Gerónimo. No había una losa deportiva en los colegios dejamos todos los colegios con losas deportivas incluyendo mi colegio el 20148 y el sueño más grande, pues yo decía la provincia de Cañete tiene que tener una universidad ; y saben qué me decían, este jovencito está loquito, cómo va a querer instalar una universidad en Lunahuaná.
Firmamos el convenio y el rector me dijo en aquella oportunidad, si usted construye un edificio de tres pisos yo le doy dos escuelas: turismo y hotelería e industrias alimentarias. Saben cuánto costaba el edificio en aquella oportunidad un millón cincuenta y cinco mil soles y yo recibía mensualmente seis mil.
Acepté el reto y los alcaldes (distritales de Cañete) me apoyaron donando ladrillos para construir la universidad. Frente a ello se tuvo un gobierno extraordinario, Lunahuaná en cuatro años avanzó como si fuesen veinte años. Se puso las bases para lo que es hoy Lunahuaná que recibe 120 mil turistas.
Y cómo es la vida, cuando decido postular a la provincia de Cañete se inicia una investigación para ver porqué se le cobró a Telefónica, la fiscalía investigó y archivó. Luego cuando decido postular a la región nuevamente, otra vez, abren el proceso para investigar a Alvarado y se volvió a archivar. Cuando decido ahora formar un movimiento nacional que permita una postulación a la presidencia de la república, otra vez reabren el proceso por tercera vez. Es increíble, frente a ello, un fiscal jovencito, que está actuando, considero yo, de una manera no correcta, porque no se adecua a las normas del Código Penal de entonces, no revisa la Ley Orgánica de Municipalidades; y pretende cuestionar la gestión de Javier Alvarado.
Yo he trabajado muchísimo por formar una carrera política, por servir con patriotismo al distrito de Lunahuaná, a la provincia de Cañete y hoy como presidente de la región. El día de hoy, el señor juez tendrá que determinar si se inicia un proceso judicial o no, pero yo espero que prime la sensatez en el señor juez, porque el señor fiscal, aparte de poner argumentos que nos son sólidos incluye en el proceso a dos personas que ya fallecieron. La premura por hacer daño a Alvarado los lleva a cometer grandes errores que yo podría denunciarlos, pero en aras de que se lleve un proceso transparente actuaré al final de ello.
Se comete errores, se comete imprudencias y qué es lo más triste, cuando no trabaja con amor, con pasión y con honestidad buscan los opositores cuestionar a Alvarado. Pero lo que hemos hechos hasta hoy es avanzar en la consolidación de una partido nacional y saben cuántos hermanos peruanos hoy respaldan nuestra candidatura y la formación de nuestro partido, tenemos cien mil peruanos en todo el país con 77 comités formados en todas las provincias para consolidar nuestro partido.
Yo no voy a rehuir jamás en un tema en el cual quieren cuestionarme. Estaré siempre al frente, lo único que pido es que el señor juez actúe de una manera imparcial, porque de esa manera se iniciaría recién un camino largo de un proceso. No hay ninguna sentencia no hay un proceso, nunca en mi vida he tenido un proceso judicial, pero incomoda ello, incomoda muchísimo; y hay cientos de peruanos, no solamente de la región Lima, que se unen para alzar la voz frente a cosas que no son buenas y no se están llevando de la mejor manera.
Yo agradezco a todos, a mis hermanos de Cañete, Yauyos, Huarochirí, Huaral, Huaura, Barranca, Cajatambo y de Oyón que respaldan a su presidente. Estaremos siempre juntos y seguiré batallando porque la región necesita maestros con más latops, porque nuestros distritos necesitan ambulancias, porque mi hermano agricultor necesita revestir sus canales, mi hermano ganadero necesita su mejoramiento genético, pero espero que Dios ilumine al señor juez para que actúe de la mejor manera; porque qué queremos, unión y no queremos estar alzando la voz a futuro frente a cosas no justas.
Es algo que es importante que se conozca pero sí les puedo asegurar que ésta traba la vamos a pasar mañana y que la provincia de Cañete a futuro tendrá un hijo, y la región Lima, que postulará a la presidencia de la república.
Tenemos que estar unidos hermanos porque no es una vanidad lo que les voy a decir. En la historia de nuestro país no hay ningún otro político que haya hecho una carrera de alcalde distrital, de alcalde provincial, de presidente regional y no perder ninguna elección. Nos queda el último peldaño y si estamos todos unidos; y yo confío en mis maestros de la región y mis maestros del Perú que nos darán su respaldo para consolidar el último peldaño que nos falta.
Mis queridos hermanos, yo agradezco a todos por su apoyo y su respaldo. Seguiremos trabajando y díganles a sus colegas maestros que Javier Alvarado honrará su palabra, que Javier Alvarado cumplirá con todos los maestros, que son más de 11 mil en la región, este año antes de diciembre y también este viernes queridos hermanos así como cuando fui alcalde de la provincia (de Cañete) y entregué ambulancias, también tenemos este año de los 128 distritos, 100 distritos de la región recibirán sus ambulancias.
Cuántas vidas vamos a salvar, mis hermanos de Yauyos, Chocos, Azángaro, Madeán, Huangascar, Cacra, Hongos, Lincha, usted va a esos pueblos y hay alguna ambulancia, no lo hay. Se va a Huarochirí, Canta, Oyón y no hay ambulancias; yo les prometí a ellos las ambulancias y este viernes haremos la presentación oficial en la Plaza de Armas de Huacho haremos la bendición, porque como me decían mis amigos que es mi cumpleaños, es cierto, pero el mejor regalo que Dios me va a dar es saber que muchas hermanas que están gestando que van a dar a luz y no pueden ser evacuadas a un hospital, vamos a salvar la vida de ella y de sus hijos...
Una vez más cumplimos nuestra palabra…Agradezco el respaldo de hombres y mujeres que hoy alzan su voz y que frente a injusticias las vamos a alzar siempre. A trabajar unidos.» (Elarquim)
Oficialmente se conocía que cumpliría con un acto de entrega de laptops en el colegio «San Martín de Porres» del distrito de Quilmaná y hasta allí llegamos con la finalidad de conocer sus apreciaciones en torno a tan delicado y espinoso tema, porque todo apuntaba a que tenía que decir algo.
Y vaya que dijo varias cosas entre ellas su ya evidente postulación a la presidencia de la república.
Seguidamente reproducimos textualmente parte del mensaje expuesto.
«En el año 99 era alcalde de Lunahuaná, postulé a la alcaldía cuando tenía 28 años de edad. Ya tenía la empresa, que les comentaba a los jóvenes, tuve la oportunidad a los 21 años de recorrer todo el Perú , a los 22 fui a Bolivia, Brasil, Uruguay, Paraguay, Argentina, Chile; luego tuve la oportunidad de ir a Suiza, Francia e Italia.
Cuando llegué a un país desarrollado, entendí que no todo es dinero en la vida., porque ya tenía todo lo que un joven desea tener. Decidí entregar mi vida al servicio de mi país postulando a la alcaldía de Lunahuaná porque los diez primeros años de mi vida que estudié en el colegio nacional 20148, colegio nacional de Lunahuaná, no había energía eléctrica y estudié con lamparín. El agua llegaba cada dos días y yo decía a los 28 años, Dios porqué me das esta oportunidad de desarrollarme empresarialmente, de ser exitoso, de recorrer muchos países en el mundo; entendí que todo no era lo económico y decidí postular a la alcaldía de Lunahuaná, muy jovencito.
En aquella oportunidad con muchos sueños y como hasta el día de hoy con mucho amor por el país. En aquella oportunidad, saben cuánto recibía un municipio para hacer obras, yo tenía once trabajadores, tenía que pagar todos los servicios de la ciudad y recibía de transferencia seis mil soles mensuales. Esa era la realidad que me tocó vivir como alcalde.
Trabajamos mucho para ordenar Lunahuaná no había recursos y qué decidimos, poner mano dura, hay que fiscalizar a todas las empresas de ser vicios de Lunahuaná y a una empresa que estaba instalando los cables de teléfonos, que había puesto sus postes y sus antenas de repetición; a la empresa Telefónica.
Fiscalizamos y qué logramos, logramos que el cien por ciento de Lunahuaná se quede con agua potable, logramos que el cien por ciento de Lunahuaná incluyendo (los anexos) Ramadilla y Concón tengan energía eléctrica, logramos construir una moderna sala de partos, porque las madres cuando yo era alcalde daban a luz en sus casas y en la madrugada que hacía (los vecinos) tocaban las puertas al alcalde. Señor alcalde está dando a luz tal vecina, yo les decía, yo no soy el papá, pero igual tenía que ir; pero esa madre corría riesgo al alumbrar en su casa. Frente a ello, (construimos) una moderna sala de partos, uno de los mejores ecógrafos que tenía en aquella oportunidad la provincia de Cañete estaba en Lunahuaná.
Las calles eran pura tierra se cambió toda la red de agua y desagüe y se asfaltó toda la ciudad. Había un solo estadio y dejamos tres estadios de futbol en Catapalla y San Gerónimo. No había una losa deportiva en los colegios dejamos todos los colegios con losas deportivas incluyendo mi colegio el 20148 y el sueño más grande, pues yo decía la provincia de Cañete tiene que tener una universidad ; y saben qué me decían, este jovencito está loquito, cómo va a querer instalar una universidad en Lunahuaná.
Firmamos el convenio y el rector me dijo en aquella oportunidad, si usted construye un edificio de tres pisos yo le doy dos escuelas: turismo y hotelería e industrias alimentarias. Saben cuánto costaba el edificio en aquella oportunidad un millón cincuenta y cinco mil soles y yo recibía mensualmente seis mil.
Acepté el reto y los alcaldes (distritales de Cañete) me apoyaron donando ladrillos para construir la universidad. Frente a ello se tuvo un gobierno extraordinario, Lunahuaná en cuatro años avanzó como si fuesen veinte años. Se puso las bases para lo que es hoy Lunahuaná que recibe 120 mil turistas.
Y cómo es la vida, cuando decido postular a la provincia de Cañete se inicia una investigación para ver porqué se le cobró a Telefónica, la fiscalía investigó y archivó. Luego cuando decido postular a la región nuevamente, otra vez, abren el proceso para investigar a Alvarado y se volvió a archivar. Cuando decido ahora formar un movimiento nacional que permita una postulación a la presidencia de la república, otra vez reabren el proceso por tercera vez. Es increíble, frente a ello, un fiscal jovencito, que está actuando, considero yo, de una manera no correcta, porque no se adecua a las normas del Código Penal de entonces, no revisa la Ley Orgánica de Municipalidades; y pretende cuestionar la gestión de Javier Alvarado.
Yo he trabajado muchísimo por formar una carrera política, por servir con patriotismo al distrito de Lunahuaná, a la provincia de Cañete y hoy como presidente de la región. El día de hoy, el señor juez tendrá que determinar si se inicia un proceso judicial o no, pero yo espero que prime la sensatez en el señor juez, porque el señor fiscal, aparte de poner argumentos que nos son sólidos incluye en el proceso a dos personas que ya fallecieron. La premura por hacer daño a Alvarado los lleva a cometer grandes errores que yo podría denunciarlos, pero en aras de que se lleve un proceso transparente actuaré al final de ello.
Se comete errores, se comete imprudencias y qué es lo más triste, cuando no trabaja con amor, con pasión y con honestidad buscan los opositores cuestionar a Alvarado. Pero lo que hemos hechos hasta hoy es avanzar en la consolidación de una partido nacional y saben cuántos hermanos peruanos hoy respaldan nuestra candidatura y la formación de nuestro partido, tenemos cien mil peruanos en todo el país con 77 comités formados en todas las provincias para consolidar nuestro partido.
Yo no voy a rehuir jamás en un tema en el cual quieren cuestionarme. Estaré siempre al frente, lo único que pido es que el señor juez actúe de una manera imparcial, porque de esa manera se iniciaría recién un camino largo de un proceso. No hay ninguna sentencia no hay un proceso, nunca en mi vida he tenido un proceso judicial, pero incomoda ello, incomoda muchísimo; y hay cientos de peruanos, no solamente de la región Lima, que se unen para alzar la voz frente a cosas que no son buenas y no se están llevando de la mejor manera.
Yo agradezco a todos, a mis hermanos de Cañete, Yauyos, Huarochirí, Huaral, Huaura, Barranca, Cajatambo y de Oyón que respaldan a su presidente. Estaremos siempre juntos y seguiré batallando porque la región necesita maestros con más latops, porque nuestros distritos necesitan ambulancias, porque mi hermano agricultor necesita revestir sus canales, mi hermano ganadero necesita su mejoramiento genético, pero espero que Dios ilumine al señor juez para que actúe de la mejor manera; porque qué queremos, unión y no queremos estar alzando la voz a futuro frente a cosas no justas.
Es algo que es importante que se conozca pero sí les puedo asegurar que ésta traba la vamos a pasar mañana y que la provincia de Cañete a futuro tendrá un hijo, y la región Lima, que postulará a la presidencia de la república.
Tenemos que estar unidos hermanos porque no es una vanidad lo que les voy a decir. En la historia de nuestro país no hay ningún otro político que haya hecho una carrera de alcalde distrital, de alcalde provincial, de presidente regional y no perder ninguna elección. Nos queda el último peldaño y si estamos todos unidos; y yo confío en mis maestros de la región y mis maestros del Perú que nos darán su respaldo para consolidar el último peldaño que nos falta.
Mis queridos hermanos, yo agradezco a todos por su apoyo y su respaldo. Seguiremos trabajando y díganles a sus colegas maestros que Javier Alvarado honrará su palabra, que Javier Alvarado cumplirá con todos los maestros, que son más de 11 mil en la región, este año antes de diciembre y también este viernes queridos hermanos así como cuando fui alcalde de la provincia (de Cañete) y entregué ambulancias, también tenemos este año de los 128 distritos, 100 distritos de la región recibirán sus ambulancias.
Cuántas vidas vamos a salvar, mis hermanos de Yauyos, Chocos, Azángaro, Madeán, Huangascar, Cacra, Hongos, Lincha, usted va a esos pueblos y hay alguna ambulancia, no lo hay. Se va a Huarochirí, Canta, Oyón y no hay ambulancias; yo les prometí a ellos las ambulancias y este viernes haremos la presentación oficial en la Plaza de Armas de Huacho haremos la bendición, porque como me decían mis amigos que es mi cumpleaños, es cierto, pero el mejor regalo que Dios me va a dar es saber que muchas hermanas que están gestando que van a dar a luz y no pueden ser evacuadas a un hospital, vamos a salvar la vida de ella y de sus hijos...
Una vez más cumplimos nuestra palabra…Agradezco el respaldo de hombres y mujeres que hoy alzan su voz y que frente a injusticias las vamos a alzar siempre. A trabajar unidos.» (Elarquim)
RINCON CONCILIATORIO
Directora Abogada Rocío López Luna
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
Av. Benavides 767(a 1 cuadra de la Corte Superior de Cañete), San Vicente
Cel. 999 210 236, T. 01 3005603
Muy asustado llegó el señor Juan, porque un tramitador le redactó por 4 nuevos soles un Contrato de Alquiler. Se trata de una pequeña casa de adobe de 16 metros cuadrados, en un Asentamiento Humano de nuestro Cañete. Es una casita humilde que heredó de sus abuelitos que lo criaron, y con la que pudo cubrir parte de sus gastos de estudiante por casi 5 años. Pero «lo barato sale caro» dice el dicho, y eso le ocurrió al señor Juan, al descubrir que en el contrato de alquiler que celebrara con su inquilina… ¡NO EXISTÍA CLÁUSULA PENAL!, es decir, cuál era la sanción en caso de incumplimiento en el pago del alquiler (llamada «merced conductiva»). La verdad que la inquilina era una señora que no le había inspirado confianza, por eso evitó el contrato verbal que había celebrado con inquilinos anteriores, que fueron personas correctas y que pagaron siempre puntualmente. Pero a ese formato bajado de Internet. le faltaba lo que a un arroz con pollo… sin pollo, es decir, qué pasaría si la señora simplemente le dice abiertamente que no pagaría porque no tenía por qué hacerlo… que eso le había recomendado un pariente abogado, un mal abogado que olvidó el Cuarto Mandamiento del Decálogo del Abogado de Eduardo Couture: ¡Lucha, y cuando tengas que escoger entre el derecho y la justicia, decídete por la justicia!... En fin, el señor Juan tiene una prueba, pero tratando de aprender de los errores, que para eso sirven, le recomiendo…
Le recomiendo al señor Juan y todas aquellas personas que alquilan: casas, cuartos, puestos de mercado, tiendas, mototaxis, combis, helicópteros o estadios de fútbol, QUE CELEBREN UN BUEN CONTRATO DE ALQUILER JUNTO CON UNA CONCILIACIÓN CONJUNTA, para evitar un futuro juicio de Desalojo. Si no lo ha hecho hasta ahora, y desea dormir tranquila/o, invierta una mínima cantidad en esta modalidad conciliatoria de la que ya se están beneficiando a muchas personas aquí en Cañete, especialmente, aquellas de la tercera edad, que no están con ánimo y salud para perder en largos juicios, y que en muchos casos, tienen como única fuente de ingresos para subsistir, esos arriendos.
¿Qué ocurrió con el Señor Juan?... No, no lo he olvidado amigos ;), pero la historia continuará en nuestro próximo artículo: ¡NO SE LO PIERDAN!
Afectuosamente los abraza, ROCÍO DEL PILAR LÓPEZ LUNA
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
Av. Benavides 767(a 1 cuadra de la Corte Superior de Cañete), San Vicente
Cel. 999 210 236, T. 01 3005603
Muy asustado llegó el señor Juan, porque un tramitador le redactó por 4 nuevos soles un Contrato de Alquiler. Se trata de una pequeña casa de adobe de 16 metros cuadrados, en un Asentamiento Humano de nuestro Cañete. Es una casita humilde que heredó de sus abuelitos que lo criaron, y con la que pudo cubrir parte de sus gastos de estudiante por casi 5 años. Pero «lo barato sale caro» dice el dicho, y eso le ocurrió al señor Juan, al descubrir que en el contrato de alquiler que celebrara con su inquilina… ¡NO EXISTÍA CLÁUSULA PENAL!, es decir, cuál era la sanción en caso de incumplimiento en el pago del alquiler (llamada «merced conductiva»). La verdad que la inquilina era una señora que no le había inspirado confianza, por eso evitó el contrato verbal que había celebrado con inquilinos anteriores, que fueron personas correctas y que pagaron siempre puntualmente. Pero a ese formato bajado de Internet. le faltaba lo que a un arroz con pollo… sin pollo, es decir, qué pasaría si la señora simplemente le dice abiertamente que no pagaría porque no tenía por qué hacerlo… que eso le había recomendado un pariente abogado, un mal abogado que olvidó el Cuarto Mandamiento del Decálogo del Abogado de Eduardo Couture: ¡Lucha, y cuando tengas que escoger entre el derecho y la justicia, decídete por la justicia!... En fin, el señor Juan tiene una prueba, pero tratando de aprender de los errores, que para eso sirven, le recomiendo…
Le recomiendo al señor Juan y todas aquellas personas que alquilan: casas, cuartos, puestos de mercado, tiendas, mototaxis, combis, helicópteros o estadios de fútbol, QUE CELEBREN UN BUEN CONTRATO DE ALQUILER JUNTO CON UNA CONCILIACIÓN CONJUNTA, para evitar un futuro juicio de Desalojo. Si no lo ha hecho hasta ahora, y desea dormir tranquila/o, invierta una mínima cantidad en esta modalidad conciliatoria de la que ya se están beneficiando a muchas personas aquí en Cañete, especialmente, aquellas de la tercera edad, que no están con ánimo y salud para perder en largos juicios, y que en muchos casos, tienen como única fuente de ingresos para subsistir, esos arriendos.
¿Qué ocurrió con el Señor Juan?... No, no lo he olvidado amigos ;), pero la historia continuará en nuestro próximo artículo: ¡NO SE LO PIERDAN!
Afectuosamente los abraza, ROCÍO DEL PILAR LÓPEZ LUNA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2013-A/MDA
Asia, 14 de Marzo del 2013.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE ASIA
VISTO:
En Sesión de Concejo de fecha 13.03.2013, el proyecto de Ordenanza, presentado por la Oficina de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Asia, quien sugiere crear las AGENCIAS MUNICIPALES en los Anexos del Distrito de Asia, como órganos de coordinación y descentralización de la Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art. 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II del título preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 279725, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económico y Administrativo en los asuntos de su competencia.
Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 en su Art. 7 señala que el Estado y el Gobierno se constituyen y organiza a nivel nacional regional y local
Que, en virtud a lo expuesto es necesario crear las Agencias Municipales en los Centros Poblados y Anexos del Distrito de Asia.
Que, siendo decisión del actual Gestión Municipal el mantener los principios de coordinación entre el Gobierno Local y la Comunidad organizada en aplicación con las Normas Legales Vigentes y con el voto unánime de los Miembros de Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del día trece de marzo del dos mil trece, y con la dispensa de la lectura del Acta, se aprueba la siguiente
ORDENANZA
Que aprueba la creación de Agencia Municipales en los Centros Poblados y Anexos del Distrito de Asia
ARTÍCULO PRIMERO: Crease las Agencias Municipales en los Anexos del Distrito de Asia, a fin de facilitar la Administración Municipal, garantizando una mayor y efectiva participación de la Comunidad en el desarrollo Local y distrital; estos son:
- EL ROSARIO
- SANTA ROSA
- LA ESQUINA
- EL PLATANAL
- SANTA CRUZ
- NUEVE DE OCTUBRE
- LA JOYA
- PALMA ALTA
- PALMA BAJA
- CHOCALLA
- LA ISLA
ARTICULO SEGUNDO: Las Delegaturas Vecinales de los Anexos indicados en el ARTÍCULO PRIMERO, que a la fecha han venido funcionado, serán convertidos en AGENCIAS MUNICIPALES, pudiendo la Alcaldía designar a sus representantes Legales que son los AGENTES MUNICIPALES, de conformidad con las facultades que le otorga la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en su Art. 9° inc) 19.
ARTICULO TERCERO: Encargar a la oficina de Participación Vecinal, implementar los requisitos necesarios para inscribir a las Agencias Municipales en el Libro de Registro Municipal.
POR LO TANTO:
MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
José Arias Chumpitaz
Alcalde
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2013-A/MDA
Asia, 14 de Marzo del 2013.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE ASIA
VISTO:
En Sesión de Concejo de fecha 13.03.2013, el proyecto de Ordenanza, presentado por la Oficina de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Asia, quien sugiere crear las AGENCIAS MUNICIPALES en los Anexos del Distrito de Asia, como órganos de coordinación y descentralización de la Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art. 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II del título preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 279725, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económico y Administrativo en los asuntos de su competencia.
Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 en su Art. 7 señala que el Estado y el Gobierno se constituyen y organiza a nivel nacional regional y local
Que, en virtud a lo expuesto es necesario crear las Agencias Municipales en los Centros Poblados y Anexos del Distrito de Asia.
Que, siendo decisión del actual Gestión Municipal el mantener los principios de coordinación entre el Gobierno Local y la Comunidad organizada en aplicación con las Normas Legales Vigentes y con el voto unánime de los Miembros de Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del día trece de marzo del dos mil trece, y con la dispensa de la lectura del Acta, se aprueba la siguiente
ORDENANZA
Que aprueba la creación de Agencia Municipales en los Centros Poblados y Anexos del Distrito de Asia
ARTÍCULO PRIMERO: Crease las Agencias Municipales en los Anexos del Distrito de Asia, a fin de facilitar la Administración Municipal, garantizando una mayor y efectiva participación de la Comunidad en el desarrollo Local y distrital; estos son:
- EL ROSARIO
- SANTA ROSA
- LA ESQUINA
- EL PLATANAL
- SANTA CRUZ
- NUEVE DE OCTUBRE
- LA JOYA
- PALMA ALTA
- PALMA BAJA
- CHOCALLA
- LA ISLA
ARTICULO SEGUNDO: Las Delegaturas Vecinales de los Anexos indicados en el ARTÍCULO PRIMERO, que a la fecha han venido funcionado, serán convertidos en AGENCIAS MUNICIPALES, pudiendo la Alcaldía designar a sus representantes Legales que son los AGENTES MUNICIPALES, de conformidad con las facultades que le otorga la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en su Art. 9° inc) 19.
ARTICULO TERCERO: Encargar a la oficina de Participación Vecinal, implementar los requisitos necesarios para inscribir a las Agencias Municipales en el Libro de Registro Municipal.
POR LO TANTO:
MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
José Arias Chumpitaz
Alcalde
EDICTOS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en mérito al Exp. Nº 1270-2013-MDCA, don Luis Javier Padilla Huapaya, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hermano Víctor Enrique padilla Huapaya, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 11, folio 26, año 1960, en el extremo que se ha consignado:
DATOS DEL PADRE: dice: CARLOS ALBERTO PADILLA QUISPE, debe decir: CARLOS PADILLA QUISPE. Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 03 de Abril de 2013.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña NANCY IMELDA VALDIVIA RODRIGUEZ, manifestando ser hija de quien fuera en vida don NAZARIO BENITO VALDIVIA BASURCO, quien falleció AB-INTESTADO el día 06 de Enero de 2003, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos NANCY IMELDA VALDIVIA RODRIGUEZ y JORGE LUIS VALDIVIA RODRIGUEZ respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 14 de Febrero de 2013.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don TOMAS VICTOR GARCIA VEGA, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña MODESTA VEGA QUIROZ, quien falleció AB-INTESTADA el día 19 de Diciembre del 2000, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su hijo TOMAS VICTOR GARCIA VEGA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 08 de Marzo de 2013.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña YSABEL OLIVIA SANTIAGO CASTRO, manifestando ser hija de quien fuera en vida don URBANO SANTIAGO GUERRA, quien falleció AB-INTESTADO el día 10 de Setiembre del año 1996, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos YSABEL OLIVIA SANTIAGO CASTRO y JESUS ALTURO SANTIAGO CASTRO respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 13 de Junio de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTOS (AUXILIO JUDICIAL 03 DÍAS)
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Jueza: Pérez, cita, llama, emplaza y notifica:
EXP. 2013-0098- FA; a los agraviados RAYDER YARASCA FERNANDEZ, NERINA CHAVEZ ROJAS, RONALD JOSMEL CHULLUNCUY AGUADO, ESTHER ANDREA LAZARO QUISPE y PILAR JESSICA CHUQUISPUMA TORIBIO con la Resolución N° 14, fecha 01.04.2013; SE FIJA FECHA PARA LECTURA DE SENTENCIA EL 04.04.2013, en los seguidos contra los Adolescentes: KRISS DELMAR FLORES RODRIGUEZ(16) y JESUS ALFREDO CARDENAS CRISOSTOMO(17) por Infracción a la Ley Penal-Delito contra el Patrimonio- ROBO AGRAVADO en Agravio de RAYDER YARASCA FERNANDEZ, NERINA CHAVEZ ROJAS, RONALD JOSMEL CHULLUNCUY AGUADO, ESTHER ANDREA LAZARO QUISPE y PILAR JESSICA CHUQUISPUMA TORIBIO, NOTIFIQUESE con la presente resolución a los agraviados. Secretaría CLAUDIO GUEVARA. Cañete 01.04.2013.
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. Nº 2013-098, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Miguel Eduardo Morán Ruiz y Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz, doña ROSA MARIA NAVARRO RIVERA solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su progenitor CIPRIANO NAVARRO SULCA, fallecido en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, el 27 de Octubre del 2003. Lo que se publica conforme a ley para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Cañete, 20 de Marzo de 2013.
Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Paz Letrado
Jesús Gonzalo Canales Alfaro
Abogado
CAL. Nº 12,159
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2847-2013, don Luis Alberto Casas Carbonel, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Elisabeth Maria Casas Carbonel, inscrita en el libro 137, folio 155, año 1960, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre de la titular ANTONIO CASAS, siendo lo correcto ANTONIO CASAS BONIFACIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 03 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2846-2013, don Luis Alberto Casas Carbonel, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Raul Guillermo Casas Carbonel, inscrita en el libro 158, folio 120, año 1964, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular ANTONIO CASAS y ALEJANDRINA CARBONEL CUBILLAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 03 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
A San Judas Tadeo
Gracias por los favores recibidos. Te pido que sigas derramando tus bendiciones en nuestro hogar y todos los hogares del mundo entero.
Kathy
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en mérito al Exp. Nº 1270-2013-MDCA, don Luis Javier Padilla Huapaya, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hermano Víctor Enrique padilla Huapaya, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 11, folio 26, año 1960, en el extremo que se ha consignado:
DATOS DEL PADRE: dice: CARLOS ALBERTO PADILLA QUISPE, debe decir: CARLOS PADILLA QUISPE. Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 03 de Abril de 2013.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña NANCY IMELDA VALDIVIA RODRIGUEZ, manifestando ser hija de quien fuera en vida don NAZARIO BENITO VALDIVIA BASURCO, quien falleció AB-INTESTADO el día 06 de Enero de 2003, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos NANCY IMELDA VALDIVIA RODRIGUEZ y JORGE LUIS VALDIVIA RODRIGUEZ respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 14 de Febrero de 2013.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don TOMAS VICTOR GARCIA VEGA, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña MODESTA VEGA QUIROZ, quien falleció AB-INTESTADA el día 19 de Diciembre del 2000, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su hijo TOMAS VICTOR GARCIA VEGA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 08 de Marzo de 2013.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña YSABEL OLIVIA SANTIAGO CASTRO, manifestando ser hija de quien fuera en vida don URBANO SANTIAGO GUERRA, quien falleció AB-INTESTADO el día 10 de Setiembre del año 1996, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos YSABEL OLIVIA SANTIAGO CASTRO y JESUS ALTURO SANTIAGO CASTRO respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 13 de Junio de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTOS (AUXILIO JUDICIAL 03 DÍAS)
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Jueza: Pérez, cita, llama, emplaza y notifica:
EXP. 2013-0098- FA; a los agraviados RAYDER YARASCA FERNANDEZ, NERINA CHAVEZ ROJAS, RONALD JOSMEL CHULLUNCUY AGUADO, ESTHER ANDREA LAZARO QUISPE y PILAR JESSICA CHUQUISPUMA TORIBIO con la Resolución N° 14, fecha 01.04.2013; SE FIJA FECHA PARA LECTURA DE SENTENCIA EL 04.04.2013, en los seguidos contra los Adolescentes: KRISS DELMAR FLORES RODRIGUEZ(16) y JESUS ALFREDO CARDENAS CRISOSTOMO(17) por Infracción a la Ley Penal-Delito contra el Patrimonio- ROBO AGRAVADO en Agravio de RAYDER YARASCA FERNANDEZ, NERINA CHAVEZ ROJAS, RONALD JOSMEL CHULLUNCUY AGUADO, ESTHER ANDREA LAZARO QUISPE y PILAR JESSICA CHUQUISPUMA TORIBIO, NOTIFIQUESE con la presente resolución a los agraviados. Secretaría CLAUDIO GUEVARA. Cañete 01.04.2013.
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. Nº 2013-098, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Miguel Eduardo Morán Ruiz y Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz, doña ROSA MARIA NAVARRO RIVERA solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su progenitor CIPRIANO NAVARRO SULCA, fallecido en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, el 27 de Octubre del 2003. Lo que se publica conforme a ley para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Cañete, 20 de Marzo de 2013.
Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Paz Letrado
Jesús Gonzalo Canales Alfaro
Abogado
CAL. Nº 12,159
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2847-2013, don Luis Alberto Casas Carbonel, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Elisabeth Maria Casas Carbonel, inscrita en el libro 137, folio 155, año 1960, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre de la titular ANTONIO CASAS, siendo lo correcto ANTONIO CASAS BONIFACIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 03 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2846-2013, don Luis Alberto Casas Carbonel, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Raul Guillermo Casas Carbonel, inscrita en el libro 158, folio 120, año 1964, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular ANTONIO CASAS y ALEJANDRINA CARBONEL CUBILLAS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 03 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
A San Judas Tadeo
Gracias por los favores recibidos. Te pido que sigas derramando tus bendiciones en nuestro hogar y todos los hogares del mundo entero.
Kathy
03 abril 2013
EL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD DEL JUICIO
Escribe: Marlon Max Cuzcano Castillo
Se fundamenta en el deber de que asume el Estado de efectuar un juzgamiento transparente, esto es facilitar que la Nación conozca por qué, cómo, con qué pruebas, quiénes, etc. realizan el juzgamiento de un acusado. El principio de publicidad está garantizado por el inciso 4 del artículo 139 de la Constitución Política, por los tratados internacionales, el inciso 2 del artículo I del Título Preliminar y el art. 357º del CPP. «Toda persona tiene derecho a un juicio previo, oral, público y contradictorio…». Este principio de vital importancia es una forma de control ciudadano al juzgamiento.
HASSEMER señala, además, que este principio es una forma de auto legitimación de las decisiones de los órganos que administran justicia . Consiste en garantizar al público la libertad de presenciar el desarrollo del debate y en consecuencia de controlar la marcha de él y la justicia de la decisión misma. La publicidad es considerada como una garantía del ciudadano sometido a juicio y a la vez como un derecho político del cualquier ciudadano a controlar la actividad judicial.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (S. 8-12-83) ha señalado que, «la función política de control del poder judicial que cumplen los particulares, a través de su presencia en un acto judicial público, consiste, precisamente, en la verificación del cumplimiento de las condiciones, requisitos y presupuestos jurídicos por parte de quienes desempeñan la tarea de administrar justicia».
La finalidad de la publicidad es que el procesado y la comunidad tengan conocimiento sobre la imputación, la actividad probatoria y la manera como se juzga, así la comunidad podrá formarse un criterio propio sobre la manera como se administra justicia y la calidad de la misma. La regla general es que los juicios deben ser públicos, salvo cuando sea necesario para preservar los intereses de la justicia, de este modo ha sido recogido en la Convención Americana de Derechos Humanos (art. 8 inc. 5). Nuestra Ley señala la excepción al Principio de Publicidad cuando se trate de tutelar intereses superiores, tal es el caso del derecho al honor de una persona y en los casos de delitos contra la libertad sexual. Los juicios por responsabilidad de los funcionarios públicos, por los delitos cometidos por medio de la prensa y por la afectación de derechos fundamentales, siempre serán públicos.
La publicidad de los juicios está también referida a la facultad de los medios de comunicación de poder informar sobre el desenvolvimiento de un juzgamiento y hacer efectivo el derecho de control ciudadano; pero la información propalada debe ser objetiva e imparcial, el medio de comunicación no debe convertirse en medio de presión o de sensacionalismo. Sin embargo, la difusión por estos medios no deja de presentar algunos problemas, por lo que algunas legislaciones han previsto restricciones para la prensa cuando se colisiona con otros intereses que deben ser igualmente protegidos. Así el art. 357º ha previsto esta restricción autorizando al Juez para que mediante auto especialmente motivado pueda disponer que el acto oral se realice total o parcialmente en privado en los casos expresamente previstos en dicha norma.
Se fundamenta en el deber de que asume el Estado de efectuar un juzgamiento transparente, esto es facilitar que la Nación conozca por qué, cómo, con qué pruebas, quiénes, etc. realizan el juzgamiento de un acusado. El principio de publicidad está garantizado por el inciso 4 del artículo 139 de la Constitución Política, por los tratados internacionales, el inciso 2 del artículo I del Título Preliminar y el art. 357º del CPP. «Toda persona tiene derecho a un juicio previo, oral, público y contradictorio…». Este principio de vital importancia es una forma de control ciudadano al juzgamiento.
HASSEMER señala, además, que este principio es una forma de auto legitimación de las decisiones de los órganos que administran justicia . Consiste en garantizar al público la libertad de presenciar el desarrollo del debate y en consecuencia de controlar la marcha de él y la justicia de la decisión misma. La publicidad es considerada como una garantía del ciudadano sometido a juicio y a la vez como un derecho político del cualquier ciudadano a controlar la actividad judicial.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (S. 8-12-83) ha señalado que, «la función política de control del poder judicial que cumplen los particulares, a través de su presencia en un acto judicial público, consiste, precisamente, en la verificación del cumplimiento de las condiciones, requisitos y presupuestos jurídicos por parte de quienes desempeñan la tarea de administrar justicia».
La finalidad de la publicidad es que el procesado y la comunidad tengan conocimiento sobre la imputación, la actividad probatoria y la manera como se juzga, así la comunidad podrá formarse un criterio propio sobre la manera como se administra justicia y la calidad de la misma. La regla general es que los juicios deben ser públicos, salvo cuando sea necesario para preservar los intereses de la justicia, de este modo ha sido recogido en la Convención Americana de Derechos Humanos (art. 8 inc. 5). Nuestra Ley señala la excepción al Principio de Publicidad cuando se trate de tutelar intereses superiores, tal es el caso del derecho al honor de una persona y en los casos de delitos contra la libertad sexual. Los juicios por responsabilidad de los funcionarios públicos, por los delitos cometidos por medio de la prensa y por la afectación de derechos fundamentales, siempre serán públicos.
La publicidad de los juicios está también referida a la facultad de los medios de comunicación de poder informar sobre el desenvolvimiento de un juzgamiento y hacer efectivo el derecho de control ciudadano; pero la información propalada debe ser objetiva e imparcial, el medio de comunicación no debe convertirse en medio de presión o de sensacionalismo. Sin embargo, la difusión por estos medios no deja de presentar algunos problemas, por lo que algunas legislaciones han previsto restricciones para la prensa cuando se colisiona con otros intereses que deben ser igualmente protegidos. Así el art. 357º ha previsto esta restricción autorizando al Juez para que mediante auto especialmente motivado pueda disponer que el acto oral se realice total o parcialmente en privado en los casos expresamente previstos en dicha norma.
FISCALÍA DE HUAURA FORMALIZA INVESTIGACIÓN CONTRA NELSON CHUI MEJÍA Y OTROS POR COMPRA IRREGULAR DE 441 COMPUTADORAS DURANTE SU GESTIÓN EN GOBIERNO REGIONAL
La Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaura, encontró razones suficientes para formalizar la investigación contra el ex presidente del Gobierno Regional de Lima, Nelson Chui Mejía y los ex funcionarios Carmen Rosa Bermeo Ramírez, Sonia Benilda Arce Serpa, Jean Martín Ramón Toledo Nava, Ronald Germán Jurado Hinostroza, Wilbert Nemesio Flores Guerra, Wiston Rogger Vera Gutti y Juan Carlos Vicente Huapalla, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Incumplimiento de Deberes Funcionales y Colusión, en agravio del Estado.
El Fiscal que suscribe el documento, Dr. Yuri Iván García Cano, también pide al Juez a cargo de la investigación, una medida coercitiva de Comparecencia con Restricciones, en contra de los imputados antes mencionados, de conformidad al Código Procesal Penal.
El caso investiga la adquisición irregular de 441 computadoras, el 15 de octubre del año 2008, para las instituciones educativas de las provincias de Oyón, Cajatambo, Canta, Huarochirí, Huaral y Barranca, sin cumplir con las especificaciones técnicas consignadas en las bases de dicha licitación e incluso adquiriéndose equipos malogrados. El supuesto fraude ascendería a la suma de 451 mil 704 Nuevos soles.
En la tercera parte de los considerandos, el fiscal infiere que desde el inicio de las licitaciones los denunciados favorecieron a los dos postores que ganaron la Buena Pro para la venta de 441 computadoras: Ingeniería de la Informática S.A. y Silicon System S.A.C.
El Fiscal que suscribe el documento, Dr. Yuri Iván García Cano, también pide al Juez a cargo de la investigación, una medida coercitiva de Comparecencia con Restricciones, en contra de los imputados antes mencionados, de conformidad al Código Procesal Penal.
El caso investiga la adquisición irregular de 441 computadoras, el 15 de octubre del año 2008, para las instituciones educativas de las provincias de Oyón, Cajatambo, Canta, Huarochirí, Huaral y Barranca, sin cumplir con las especificaciones técnicas consignadas en las bases de dicha licitación e incluso adquiriéndose equipos malogrados. El supuesto fraude ascendería a la suma de 451 mil 704 Nuevos soles.
En la tercera parte de los considerandos, el fiscal infiere que desde el inicio de las licitaciones los denunciados favorecieron a los dos postores que ganaron la Buena Pro para la venta de 441 computadoras: Ingeniería de la Informática S.A. y Silicon System S.A.C.
JUEZ DECLARA INFUNDADA MEDIDA CAUTELAR PARA RESTITUIR SUELDO REBAJADO DE VICEPRESIDENTA REGIONAL LITA ROMÁN
El Primer Juzgado Civil de la Provincia de Huaura emitió la Resolución Nro. 01, de fecha 18 de marzo del presente año, declarando INFUNDADA la medida cautelar presentada por Lita Román Bustinza, contra el Gobierno Regional de Lima, a través de la cual exigía que se le restituya el sueldo de 9 mil 500 nuevos soles que fue recortado por el Consejo Regional en la sesión del 29 de enero.
De esta manera se confirma la ejecución del Acuerdo de Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima de enero pasado, donde, en sesión extraordinaria el Consejero Regional por Huarochirí, Hugo Fredy Gonzales Carhuavilca, pidió la disminución del sueldo de la vicepresidenta regional a un promedio de 2 mil 400 nuevos soles debido al escaso nivel de productividad de sus funciones, la cual fue aprobada por mayoría.
De esta manera se confirma la ejecución del Acuerdo de Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima de enero pasado, donde, en sesión extraordinaria el Consejero Regional por Huarochirí, Hugo Fredy Gonzales Carhuavilca, pidió la disminución del sueldo de la vicepresidenta regional a un promedio de 2 mil 400 nuevos soles debido al escaso nivel de productividad de sus funciones, la cual fue aprobada por mayoría.
MULTITUDINARIO RESPALDO DE LOS POBLADORES DE LA REGIÓN LIMA RECIBIÓ EL LÍDER DEL PARTIDO POLÍTICO TRIUNFA PERÚ, JAVIER ALVARADO
El líder de Triunfa Perú y actual presidente regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle, anunció su virtual candidatura a la Presidencia de la República en los próximos comicios electorales del año 2016.
Así lo reveló durante un encuentro que sostuvo con cientos de pobladores de las diferentes provincias de la región Lima que se congregaron en la Plaza de Armas de San Vicente de Cañete para darle su respaldo a su nuevo objetivo trazado en su carrera política, la misma que se inició como alcalde distrital, provincial y ahora presidente regional de Lima.
Los simpatizantes se hicieron presentes en la ciudad de Cañete a fin de respaldar al líder del torito frente a una citación que le hiciera el juzgado de investigación preparatoria de Lunahuaná por un supuesto cobro indebido de impuesto a la empresa telefónica cuando era alcalde del distrito de Lunahuaná.
«Hoy más de 100 mil compatriotas de todo el país nos están dando su apoyo para consolidar el nacimiento de nuestro partido político. Estamos a un 80% de lograr la cantidad de firmas y para julio debemos haber completado lo establecido por los organismos electorales», informó Javier Alvarado a los simpatizantes.
Minutos después afirmó que superará los obstáculos que actualmente ciertos grupos e intereses políticos desean frenarlo con denuncias que anteriormente quedaron archivadas. «Estoy seguro que pasaremos las trabas y pronto Cañete y la región Lima tendrán un hijo que postulará a la Presidencia de la República», agregó. En respaldo a la autoridad regional también se hicieron presentes alcaldes distritales y provinciales, así como consejeros de diversas provincias.
Después aseguró que como presidente regional de Lima cumplirá con todas sus promesas que hizo en campaña electoral, tales como: laptops para todos los maestros, ambulancias para los 128 distritos, revestimiento de canales, adquisición del helicóptero, mejoramiento genético, asfaltado de las principales carreteras, entre otros.
«Será la primera vez en la historia de nuestro país que un ex alcalde distrital, provincial y presidente regional se lance a buscar el sillón de Francisco Pizarro», puntualizó.
Así lo reveló durante un encuentro que sostuvo con cientos de pobladores de las diferentes provincias de la región Lima que se congregaron en la Plaza de Armas de San Vicente de Cañete para darle su respaldo a su nuevo objetivo trazado en su carrera política, la misma que se inició como alcalde distrital, provincial y ahora presidente regional de Lima.
Los simpatizantes se hicieron presentes en la ciudad de Cañete a fin de respaldar al líder del torito frente a una citación que le hiciera el juzgado de investigación preparatoria de Lunahuaná por un supuesto cobro indebido de impuesto a la empresa telefónica cuando era alcalde del distrito de Lunahuaná.
«Hoy más de 100 mil compatriotas de todo el país nos están dando su apoyo para consolidar el nacimiento de nuestro partido político. Estamos a un 80% de lograr la cantidad de firmas y para julio debemos haber completado lo establecido por los organismos electorales», informó Javier Alvarado a los simpatizantes.
Minutos después afirmó que superará los obstáculos que actualmente ciertos grupos e intereses políticos desean frenarlo con denuncias que anteriormente quedaron archivadas. «Estoy seguro que pasaremos las trabas y pronto Cañete y la región Lima tendrán un hijo que postulará a la Presidencia de la República», agregó. En respaldo a la autoridad regional también se hicieron presentes alcaldes distritales y provinciales, así como consejeros de diversas provincias.
Después aseguró que como presidente regional de Lima cumplirá con todas sus promesas que hizo en campaña electoral, tales como: laptops para todos los maestros, ambulancias para los 128 distritos, revestimiento de canales, adquisición del helicóptero, mejoramiento genético, asfaltado de las principales carreteras, entre otros.
«Será la primera vez en la historia de nuestro país que un ex alcalde distrital, provincial y presidente regional se lance a buscar el sillón de Francisco Pizarro», puntualizó.
JAVIER ALVARADO PIDE SENSATEZ A MAGISTRADO QUE VERÁ CASO TELEFÓNICA DE LUNAHUANÁ...
Pide sensatez. El presidente de la región Lima Javier Alvarado se pronunció sobre las acusaciones que la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Cañete está atribuyéndole en el caso de un supuesto cobro indebido de Impuestos a la compañía Telefónica, cuando fue alcalde distrital de Lunahuaná, en el periodo 1998 -2001.
Hoy -durante la ceremonia de entrega de laptops a los maestros que viene haciendo realidad su gobierno- Javier Alvarado exhortó al juez de Investigación Preparatoria, Luis Chávez Acharte, a que actúe con sensatez en esta etapa del proceso judicial, dado que «el fiscal está actuando con errores, ya que sus denuncias carecen de fundamentos sólidos y porque en la investigación ha considerado a dos personas fallecidas».
Recordó que por tercera vez es investigado en el caso Telefónica. «La primera vez me investigaron cuando quise postular a la alcaldía de Cañete, en esa oportunidad se archivó el caso. Después, reabrieron el caso cuando buscaba llegar al sillón de la presidencia de la región Lima y nuevamente quedó archivado. Ahora, que busco formar un movimiento nacional, otra vez me investigan», contó.
El presidente de la región Lima lamentó que en diversas oportunidades se intente cuestionar su carrera política en base a acciones que carecen de sustento legal. «He trabajado mucho por servir con patriotismo en los diversos niveles de gobierno, por lo que no permitiré que se pretenda cuestionar mi gestión», argumentó.
ALCALDE DE LUNAHUANÁ
Javier Alvarado informó que en su gestión como alcalde de Lunahuaná fiscalizó a todas las empresas que se instalaron en ese distrito, siendo uno de ellos Telefónica que en ese tiempo realizó trabajos de cableado e instalación de redes.
«Cuando asumí la alcaldía de Lunahuaná contaba con 11 trabajadores y un presupuesto de seis mil soles mensuales, pese a esos obstáculos logramos ordenar nuestro distrito a través de la recaudación de impuestos a las empresas para la ejecución de obras de servicio básico, asfaltado de todas las calles, construcción del edificio para la universidad José Faustino Sánchez Carrión, edificación de sala de parto y otros proyectos, siendo el inicio del desarrollo que hoy muestra Lunahuaná», explicó.
Hoy -durante la ceremonia de entrega de laptops a los maestros que viene haciendo realidad su gobierno- Javier Alvarado exhortó al juez de Investigación Preparatoria, Luis Chávez Acharte, a que actúe con sensatez en esta etapa del proceso judicial, dado que «el fiscal está actuando con errores, ya que sus denuncias carecen de fundamentos sólidos y porque en la investigación ha considerado a dos personas fallecidas».
Recordó que por tercera vez es investigado en el caso Telefónica. «La primera vez me investigaron cuando quise postular a la alcaldía de Cañete, en esa oportunidad se archivó el caso. Después, reabrieron el caso cuando buscaba llegar al sillón de la presidencia de la región Lima y nuevamente quedó archivado. Ahora, que busco formar un movimiento nacional, otra vez me investigan», contó.
El presidente de la región Lima lamentó que en diversas oportunidades se intente cuestionar su carrera política en base a acciones que carecen de sustento legal. «He trabajado mucho por servir con patriotismo en los diversos niveles de gobierno, por lo que no permitiré que se pretenda cuestionar mi gestión», argumentó.
ALCALDE DE LUNAHUANÁ
Javier Alvarado informó que en su gestión como alcalde de Lunahuaná fiscalizó a todas las empresas que se instalaron en ese distrito, siendo uno de ellos Telefónica que en ese tiempo realizó trabajos de cableado e instalación de redes.
«Cuando asumí la alcaldía de Lunahuaná contaba con 11 trabajadores y un presupuesto de seis mil soles mensuales, pese a esos obstáculos logramos ordenar nuestro distrito a través de la recaudación de impuestos a las empresas para la ejecución de obras de servicio básico, asfaltado de todas las calles, construcción del edificio para la universidad José Faustino Sánchez Carrión, edificación de sala de parto y otros proyectos, siendo el inicio del desarrollo que hoy muestra Lunahuaná», explicó.
CAÑETE: DISPONEN PRIMERA INSCRIPCIÓN A FAVOR DEL ESTADO DE TERRENO ERIAZO UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO…Y LUEGO ¿A QUIÉN LE ENTREGARÁN LOS 143 300, 01 M2?
POR: MARCELINO ANTONIO AGAPITO MANCO
Una Resolución publicado en el Diario Oficial El Peruano el domingo 24 de marzo 2013 pone nuevamente en el ojo de la tormenta el destino de disponer la primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 143 300,01 m², de terreno eriazo ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete.
Esta inscripción de Dominio a favor del Estado presumiblemente debería alegrarnos, pero no es así, al contrario tan igual como el Estado le dio a la Municipalidad Provincial de Cañete la facultad de disponer los destinos de los terrenos eriazos y ribereños al mar, el mismo que después del retorno de la democracia algunos irresponsables alcaldes provinciales se dedicaron solo a vender sin piedad dicho patrimonio, dejándonos una amarga experiencia y privándonos de libre ingreso a las playas públicas, por ello esta disposición gubernamental también me preocupa si su destino sería luego disponer entregarles a terceras personas o manos privadas como se acostumbró siempre cobardemente.
Además es necesario dar a conocer que en esta zona se encuentran gran parte de restos arqueológicos.
Espero equivocarme, si fuera así resaltaré que algún día llegó un gobierno que luchó por proteger el patrimonio de todos los peruanos, aunque una frase popular escuché alguna vez decir a mi abuelo materno: «Hijo solo una vez se capa al chancho». …Y LUEGO ¿A QUIÉN LE ENTREGARÁN LOS 143,300,01 M2?.
Es el momento que el Pueblo de San Antonio se muestre vigilante, porque ya se escuchan voces que esto tendría un fin no tan santo, que rueden las apuestas y para mejor explicación les presento el por ahora trascendental documento.
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE BIENES
ESTATALES
Disponen primera inscripción de a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima.
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 029-2013/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 18 de marzo de 2013
Visto, el Expediente Nº 036-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 143 300,01 m², ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 143 300,01 m², ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral;
Que, realizada la inspección técnica el 22 de enero de 2013, se verificó que este terreno es de naturaleza eriaza, con pendiente suave hacia el mar, suelo de textura arenosa, comprende zona de playa y zona de dominio restringido, parcialmente ocupado por restaurantes, que funcionan en época de verano, dentro del terreno existe una vía afirmada que va paralela a la Panamericana Sur;
Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 13 de marzo de 2013, emitido sobre la base del Informe Técnico Nº 2994-2013-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC, la Oficina de Catastro de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, informó que para la zona en consulta, se visualiza gráficamente en zona donde no se observan graficados perímetros con antecedentes registrales; se encuentra ubicada en zona de Playa debiendo tenerse en cuenta lo establecido por la Ley Nº 26856, y no le es posible determinar superposiciones gráficas con predios inscritos que aún no se encuentran digitalizados;
Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 248-2008-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el Informe Técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;
Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA, establece que la inmatriculación de la Zona de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la Zona de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuará mediante Resolución de la SBN;
Que el artículo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVENDA, dispone que la inmatriculación en el Registro de Predios de los predios ubicados en zona de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las zona de dominio restringido corresponde a la SBN, la que deberá disponerse mediante resolución respectiva, y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimétrico – ubicación que la sustente, constituyen título suficiente para todos los efectos legales;
Que, el terreno en cuestión se sitúa en zona de playa y zona de dominio restringido que constituye bien de dominio público, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 143 300,01 m², de conformidad con los artículos 38º y 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, concordado con el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia de la SBN, así como emitir resoluciones en materias de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº007-2008 VIVIENDA y modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA;Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0018-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 18 de marzo de 2013;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 143 300,01 m², ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno descrito en el artículo 1º, en el Registro de Predios de Cañete.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCIA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
Una Resolución publicado en el Diario Oficial El Peruano el domingo 24 de marzo 2013 pone nuevamente en el ojo de la tormenta el destino de disponer la primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 143 300,01 m², de terreno eriazo ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete.
Esta inscripción de Dominio a favor del Estado presumiblemente debería alegrarnos, pero no es así, al contrario tan igual como el Estado le dio a la Municipalidad Provincial de Cañete la facultad de disponer los destinos de los terrenos eriazos y ribereños al mar, el mismo que después del retorno de la democracia algunos irresponsables alcaldes provinciales se dedicaron solo a vender sin piedad dicho patrimonio, dejándonos una amarga experiencia y privándonos de libre ingreso a las playas públicas, por ello esta disposición gubernamental también me preocupa si su destino sería luego disponer entregarles a terceras personas o manos privadas como se acostumbró siempre cobardemente.
Además es necesario dar a conocer que en esta zona se encuentran gran parte de restos arqueológicos.
Espero equivocarme, si fuera así resaltaré que algún día llegó un gobierno que luchó por proteger el patrimonio de todos los peruanos, aunque una frase popular escuché alguna vez decir a mi abuelo materno: «Hijo solo una vez se capa al chancho». …Y LUEGO ¿A QUIÉN LE ENTREGARÁN LOS 143,300,01 M2?.
Es el momento que el Pueblo de San Antonio se muestre vigilante, porque ya se escuchan voces que esto tendría un fin no tan santo, que rueden las apuestas y para mejor explicación les presento el por ahora trascendental documento.
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE BIENES
ESTATALES
Disponen primera inscripción de a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima.
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN Nº 029-2013/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 18 de marzo de 2013
Visto, el Expediente Nº 036-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 143 300,01 m², ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 143 300,01 m², ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral;
Que, realizada la inspección técnica el 22 de enero de 2013, se verificó que este terreno es de naturaleza eriaza, con pendiente suave hacia el mar, suelo de textura arenosa, comprende zona de playa y zona de dominio restringido, parcialmente ocupado por restaurantes, que funcionan en época de verano, dentro del terreno existe una vía afirmada que va paralela a la Panamericana Sur;
Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 13 de marzo de 2013, emitido sobre la base del Informe Técnico Nº 2994-2013-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC, la Oficina de Catastro de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, informó que para la zona en consulta, se visualiza gráficamente en zona donde no se observan graficados perímetros con antecedentes registrales; se encuentra ubicada en zona de Playa debiendo tenerse en cuenta lo establecido por la Ley Nº 26856, y no le es posible determinar superposiciones gráficas con predios inscritos que aún no se encuentran digitalizados;
Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 248-2008-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el Informe Técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;
Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales;
Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA, establece que la inmatriculación de la Zona de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la Zona de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuará mediante Resolución de la SBN;
Que el artículo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVENDA, dispone que la inmatriculación en el Registro de Predios de los predios ubicados en zona de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las zona de dominio restringido corresponde a la SBN, la que deberá disponerse mediante resolución respectiva, y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimétrico – ubicación que la sustente, constituyen título suficiente para todos los efectos legales;
Que, el terreno en cuestión se sitúa en zona de playa y zona de dominio restringido que constituye bien de dominio público, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 143 300,01 m², de conformidad con los artículos 38º y 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, concordado con el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia de la SBN, así como emitir resoluciones en materias de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº007-2008 VIVIENDA y modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA;Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0018-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 18 de marzo de 2013;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 143 300,01 m², ubicado en la Playa La Ensenada, en el distrito de San Antonio, provincia de Cañete y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno descrito en el artículo 1º, en el Registro de Predios de Cañete.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCIA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
PROFESORES RECIBIERON LAPTOPS Y JÓVENES EMPRESARIOS PREMIO DE CUATRO MIL SOLES EN CAÑETE DE MANOS DE PRESIDENTE REGIONAL
En un ambiente de fiesta, el presidente regional de Lima, Javier Alvarado, cumplió el sueño de 256 profesores de la provincia de Cañete al entregarles las modernas laptops que les servirán para fortalecer la aplicación de las nuevas tecnologías de información y comunicación en sus aulas de clases.
Este nuevo grupo de maestros que laboran en 24 instituciones educativas de los distritos de Quilmaná, San Vicente, San Luis, San Antonio, Imperial y Santa Cruz de Flores, forman parte de los seis mil educadores que ya han recibido el equipo informático del Gobierno Regional de Lima, cuyo propósito es modernizar el sistema educativo.
La ceremonia se llevó a cabo en la IE. N° 20177 «San Martín de Porres», del distrito de Quilmaná, a las 8:30 de la mañana, en presencia de los consejeros regionales por Cañete, Dra. Liliana Torres; de Cajatambo, Lic. Anselmo Ventocilla; de Huaral, Sr. Oswaldo Merino y de Huarochirí, Lic. Hugo Gonzales.
«Lima Provincias es la primera región del Perú que invierte más de 8 millones de soles en la adquisición de laptops para que sus maestros puedan innovar su metodología de enseñanza y así lograr que sus alumnos puedan entender sus clases», expresó el presidente Javier Alvarado.
Luego reafirmó su compromiso de culminar su mandato entregando las laptops a los 16 mil maestros de la región Lima e instalar los sistemas de internet inalámbrico en las principales Plazuelas de las nueve provincias.
Por su parte, la consejera regional por Cañete, Dra. Liliana Torres Castillo, resaltó el cambio del sistema educativo que viene realizando la máxima autoridad de la región Lima. «Ahora no volverán a utilizar las tizas o motas, pues con las laptops elaborarán sus clases virtuales», refirió.
«Estamos muy contento con el presidente Javier Alvarado porque es la primera autoridad regional que invierte en educación. Ahora nos toca utilizar esta herramienta en beneficio de nuestros niños», señalaron los docentes beneficiarios.
En esta ceremonia también estuvo presente la alcaldesa provincial de Cañete, Lic. María Montoya; de Quilmaná, Celestino Yactayo Villalobos; el Gerente General Regional, Aobg. Luis Fernández Estrella; el Gerente de Desarrollo Social, Lic. Marcelo Lévano; el director regional de Educación, Prof. Ricardo Dolorier; el sub gerente de Administración, CPC. Próspero Senosaín; el director de Trabajo y Promoción del Empleo, Dr. Carlos Ormeño, entre otros funcionarios de la región Lima.
GANADORES DEL PROGRAMA «JOVEN EMPRESARIO» EN LA PROVINCIA DE CAÑETE RECIBIERON 28 MIL SOLES PARA EMPRENDER SUS PROYECTOS DE NEGOCIO
Siete jóvenes de la provincia de Cañete recibieron un total de 28 mil soles, como capital semilla, para que inicien la ejecución de sus proyectos de negocio a través del Programa «Joven Empresario» que impulsa el presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle.
Los beneficiarios, antes de recibir el dinero, participaron en talleres para la elaboración de sus propuestas de negocio; luego sustentaron sus proyectos y tras una exhaustiva evaluación de un Jurado integrado por especialistas del Gobierno Central y Regional, fueron seleccionados para recibir el incentivo económico que les permitan formar sus empresas.
Este innovador programa se encuentra a cargo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo y de Producción, cuyo propósito es insertar a la población juvenil, entre los 18 a 29 años, en el sector empresarial a través de negocios sostenibles, socialmente responsables y que aseguren la generación de nuevos puestos laborales en sus localidades.
En esta oportunidad, los ganadores son: Braulio Quispe (San Vicente), con su proyecto Elaboración de Bebidas y Aperitivos a base de Pisco en Barra Móvil; Elver López (San Luis), con el Cultivo de Tubérculos; Ericka Rueda (Quilmaná), con Producción de Abono Natural; Yaneth García (Imperial), con Crianza de Cuyes; Dennis Gutiérrez (Zúñiga), con Viveros de Plantones de Palta Hass.
Completan la lista Diana Uribe, con Crianza de Cuyes y Saúl Herreros, con Transformación de Frutas, ambos del distrito de San Vicente de Cañete.
«Cuando somos jóvenes y queremos emprender un negocio propio buscamos préstamos en las entidades financieras, sin embargo, estas piden demasiados requisitos que mayormente no contamos para acceder al financiamiento. Por ello, nuestra gestión hace el esfuerzo por facilitarles a nuestros jóvenes para que generen sus empresas», afirmó el presidente Javier Alvarado.
En representación de los beneficiados, el joven Elver López Berrocal, agradeció al mandatario regional por permitirle acceder a préstamos a cero intereses y, a la vez, se comprometió en destinar eficientemente los recursos en su empresa. «Utilizaremos con responsabilidad el capital semilla que nos han entregado para luego devolverlo y favorecer a otros jóvenes», señaló.
De otro lado, el director regional de Trabajo, Dr. Carlos Ormeño, señaló que los siete jóvenes recibirán asistencia técnica a cargo de especialistas para asegurar que sus negocios logren los objetivos trazados.
En tanto, la responsable de «Joven Empresario», Lic. Carolina Otazú, directora de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, manifestó que su área continuará promoviendo la inserción de la población juvenil al sector empresarial.
Este nuevo grupo de maestros que laboran en 24 instituciones educativas de los distritos de Quilmaná, San Vicente, San Luis, San Antonio, Imperial y Santa Cruz de Flores, forman parte de los seis mil educadores que ya han recibido el equipo informático del Gobierno Regional de Lima, cuyo propósito es modernizar el sistema educativo.
La ceremonia se llevó a cabo en la IE. N° 20177 «San Martín de Porres», del distrito de Quilmaná, a las 8:30 de la mañana, en presencia de los consejeros regionales por Cañete, Dra. Liliana Torres; de Cajatambo, Lic. Anselmo Ventocilla; de Huaral, Sr. Oswaldo Merino y de Huarochirí, Lic. Hugo Gonzales.
«Lima Provincias es la primera región del Perú que invierte más de 8 millones de soles en la adquisición de laptops para que sus maestros puedan innovar su metodología de enseñanza y así lograr que sus alumnos puedan entender sus clases», expresó el presidente Javier Alvarado.
Luego reafirmó su compromiso de culminar su mandato entregando las laptops a los 16 mil maestros de la región Lima e instalar los sistemas de internet inalámbrico en las principales Plazuelas de las nueve provincias.
Por su parte, la consejera regional por Cañete, Dra. Liliana Torres Castillo, resaltó el cambio del sistema educativo que viene realizando la máxima autoridad de la región Lima. «Ahora no volverán a utilizar las tizas o motas, pues con las laptops elaborarán sus clases virtuales», refirió.
«Estamos muy contento con el presidente Javier Alvarado porque es la primera autoridad regional que invierte en educación. Ahora nos toca utilizar esta herramienta en beneficio de nuestros niños», señalaron los docentes beneficiarios.
En esta ceremonia también estuvo presente la alcaldesa provincial de Cañete, Lic. María Montoya; de Quilmaná, Celestino Yactayo Villalobos; el Gerente General Regional, Aobg. Luis Fernández Estrella; el Gerente de Desarrollo Social, Lic. Marcelo Lévano; el director regional de Educación, Prof. Ricardo Dolorier; el sub gerente de Administración, CPC. Próspero Senosaín; el director de Trabajo y Promoción del Empleo, Dr. Carlos Ormeño, entre otros funcionarios de la región Lima.
GANADORES DEL PROGRAMA «JOVEN EMPRESARIO» EN LA PROVINCIA DE CAÑETE RECIBIERON 28 MIL SOLES PARA EMPRENDER SUS PROYECTOS DE NEGOCIO
Siete jóvenes de la provincia de Cañete recibieron un total de 28 mil soles, como capital semilla, para que inicien la ejecución de sus proyectos de negocio a través del Programa «Joven Empresario» que impulsa el presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle.
Los beneficiarios, antes de recibir el dinero, participaron en talleres para la elaboración de sus propuestas de negocio; luego sustentaron sus proyectos y tras una exhaustiva evaluación de un Jurado integrado por especialistas del Gobierno Central y Regional, fueron seleccionados para recibir el incentivo económico que les permitan formar sus empresas.
Este innovador programa se encuentra a cargo de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo y de Producción, cuyo propósito es insertar a la población juvenil, entre los 18 a 29 años, en el sector empresarial a través de negocios sostenibles, socialmente responsables y que aseguren la generación de nuevos puestos laborales en sus localidades.
En esta oportunidad, los ganadores son: Braulio Quispe (San Vicente), con su proyecto Elaboración de Bebidas y Aperitivos a base de Pisco en Barra Móvil; Elver López (San Luis), con el Cultivo de Tubérculos; Ericka Rueda (Quilmaná), con Producción de Abono Natural; Yaneth García (Imperial), con Crianza de Cuyes; Dennis Gutiérrez (Zúñiga), con Viveros de Plantones de Palta Hass.
Completan la lista Diana Uribe, con Crianza de Cuyes y Saúl Herreros, con Transformación de Frutas, ambos del distrito de San Vicente de Cañete.
«Cuando somos jóvenes y queremos emprender un negocio propio buscamos préstamos en las entidades financieras, sin embargo, estas piden demasiados requisitos que mayormente no contamos para acceder al financiamiento. Por ello, nuestra gestión hace el esfuerzo por facilitarles a nuestros jóvenes para que generen sus empresas», afirmó el presidente Javier Alvarado.
En representación de los beneficiados, el joven Elver López Berrocal, agradeció al mandatario regional por permitirle acceder a préstamos a cero intereses y, a la vez, se comprometió en destinar eficientemente los recursos en su empresa. «Utilizaremos con responsabilidad el capital semilla que nos han entregado para luego devolverlo y favorecer a otros jóvenes», señaló.
De otro lado, el director regional de Trabajo, Dr. Carlos Ormeño, señaló que los siete jóvenes recibirán asistencia técnica a cargo de especialistas para asegurar que sus negocios logren los objetivos trazados.
En tanto, la responsable de «Joven Empresario», Lic. Carolina Otazú, directora de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, manifestó que su área continuará promoviendo la inserción de la población juvenil al sector empresarial.
EDICTOS
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
JUZGADO MIXTO DE MALA
EDICTO
HAGO SABER: Expediente 184-2012, Juzgado Mixto de Mala, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda, ha dispuesto conforme lo ordenado.
RESOLUCIÓN Nº 02 (08-08-2010): NOTIFÍQUESE con la resolución dos (auto admisorio), al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo por medio de edictos, en aplicación del artículo 165º del Código Procesal Civil, debiendo el demandante apersonarse al local del Juzgado a fin de recabar el extracto de la resolución para su publicación en el diario oficial «El Peruano» y en uno de mayor circulación; bajo responsabilidad en la demora; Notificándose.
PRIMERO.- ADMITIR A TRÁMITE en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por VIRGINIA ISABEL FLORES HUARACA contra TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y el MINISTERIO PÚBLICO sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO como pretensión principal objetiva y originaria, y como pretensión accesoria el establecimiento de la Pensión de Alimentos, Liquidación y Disolución de Sociedad de Gananciales y la indemnización por daños y perjuicios, en los términos expuestos, teniéndose por recibidos los medios probatorios, reservándose su admisión o procedencia en el estadío procesal correspondiente; SEGUNDO.- CÓRRASE TRASLADO de la demanda a TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y al MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA CIVIL Y DE FAMILIA DE MALA, para absolver con la incoada en el término de treinta días, notificándose con las formalidades previstas en ley a los demandados, debiendo pronunciarse los demandados, respecto de cada uno de los hechos expuestos en la demanda, así como también reconocer o denegar categóricamente la autenticidad de los documentos que se le atribuyen, o aceptar o negar de igual manera, teniéndose presente que el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica pueden ser apreciados por el Despacho como reconocimiento de verdad de los hechos alegados y aceptación de los documentos; Bajo Apercibimiento de NOTIFICAR por medio de EDICTOS al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo, por medio del Diario Oficial «El Peruano» y uno de mayor circulación conforme lo prevé el artículo 165º del Código Procesal Civil, NOMBRANDO CURADOR PROCESAL y de declararse REBELDE a los demandados conforme lo dispuesto por el artículo 458º del Código Adjetivo; AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE; Notificándose.
Jhezmyt N. Camargo Bonifacio
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 01, 02 y 03 de Abril.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA – CAÑETE
EDICTO
LA JEFA DE LA OFICINA DE LOS REGISTROS DEL ESTADO CIVIL de la Municipalidad Distrital de Asia, en mérito al Expediente Administrativo Nº 2140-13, el Sr. Eugenio Félix Chumpitaz Sáchez, ha solicitado con fecha veintiséis de Marzo del 2013, la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Partida de Nacimiento inscrita en esta Municipalidad Distrital de Asia, en el libro Nº 5, folio Nº 59, año 1959, donde en anotaciones marginales y el cuerpo del Acta del Titular, en su segundo prenombre FELIX en la letra «X» NO SE NOTA CLARO LA LETRA «x», debiendo ser lo correcto «Félix» y en su apellido materno SACHEZ, que figura en su DNI, debiendo ser lo correcto «SANCHEZ», y en la fecha quice de Noviembre, debiendo ser lo correcto «QUINCE», y en la palabra Noviembre, en la letra «N» y en el prenombre de la madre y el apellido SECUNDINA ZANCHEZ, EN LA LETRA «z» debiendo ser «S» debiendo ser lo correcto SEGUNDINA SANCHEZ ACUÑA, tal como lo demuestra en su Partida de Nacimiento de su progenitora y también se rectifique la firma y sellos por Omisión al Registrador Civil de esa época.
Que, al amparo de la Ley orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Ley 26497 D.S. 015-98 CMP, Art. 71 DI. 263-GRC/017 Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR, APROBADO POR RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
Asia, 02 de Abril de 2013.
Paula Felicita Napán Ruíz
Jefa de la Oficina de los Registros del Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. Nº 00662-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don DONATO HUAMANI AYALA solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su madre SUSANA AYALA VIUDA DE HUAMANI, fallecida el 04 de Marzo de 2005 en el Hospital de EsSalud – San Vicente- provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 26 de Diciembre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2do. Juzgado de Paz Letrado – Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, TEODORA RAMIREZ VDA. DE PALACIOS con DNI Nº 25623349, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge JUAN JOSE PALACIOS MATTOS, fallecido el 18 de Abril de 1988, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete – Lima. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ALICIA SANCHEZ CUADRADO, con DNI Nº 06170367, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge: MAURICIO OSCAR GUTIERREZ CHACON, fallecido el 24 de Mayo del 2006, teniendo como último domicilio el distrito de Cerro Azul – Cañete – Lima. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 26 de Marzo de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2607-2013, doña Flor Marina Garcia Angulo, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Exavier Alexander Avalos Garcia, inscrita en el libro 446, folio 61723883, año 2001, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular FLOR GARCIA ANGULO, siendo lo correcto FLOR MARINA GARCIA ANGULO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 02 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2804-2013, doña Carmen Luz Llancari Galvez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Luis Agustin Santini Sanchez, inscrita en el libro 163, folio 1492930, año 2010, en el extremo que se ha consignado como estado civil del fallecido SOLTERO, siendo lo correcto casado con CARMEN LUZ LLANCARI GÁLVEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 02 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente Nº 2013-0333, seguido por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 01 que sumariamente se transcribe: Se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO, del bien inmueble ubicado en el Jr. 28 de Julio Nº 138 (Mz. C Lote 08, del Centro Poblado Imperial), distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 136.60 m2., con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Frente: colinda con la calle 28 de Julio, mide 3.75 metros lineales. Por la derecha: con línea quebrada, mide 9.10 metros lineales y 25.8 metros lineales, colinda con el lote 7. Por la izquierda: con línea recta, mide 35.15 metros lineales, colinda con el lote 9. Por el fondo con línea recta, mide 3.95 metros lineales, colinda con los lotes 33 y 34, el bien inmueble materia de prescripción se encuentra inscrito en la Partida Registral P17035664 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO confiérase traslado a la demandada, por el plazo de DIEZ DIAS, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía; téngase por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguense a los autos los anexos que se acompañan: PUBLÍQUESE EL EXTRACTO DE LA DEMANDA EN EL DIARIO OFICIAL «EL PERUANO» Y EN EL DIARIO LOCAL «AL DÍA CON MATICES» por tres veces con intervalo de 3 días. Una firma Dr. Manuel Rigoberto Vargas Sánchez – Juez.- Una firma Dra. Erika Edith Herrera Taxa – Secretaria Judicial.
Cañete, 18 de Marzo de 2013.
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 03, 09 y 15 de Abril
JUZGADO MIXTO DE MALA
EDICTO
HAGO SABER: Expediente 184-2012, Juzgado Mixto de Mala, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda, ha dispuesto conforme lo ordenado.
RESOLUCIÓN Nº 02 (08-08-2010): NOTIFÍQUESE con la resolución dos (auto admisorio), al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo por medio de edictos, en aplicación del artículo 165º del Código Procesal Civil, debiendo el demandante apersonarse al local del Juzgado a fin de recabar el extracto de la resolución para su publicación en el diario oficial «El Peruano» y en uno de mayor circulación; bajo responsabilidad en la demora; Notificándose.
PRIMERO.- ADMITIR A TRÁMITE en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por VIRGINIA ISABEL FLORES HUARACA contra TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y el MINISTERIO PÚBLICO sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO como pretensión principal objetiva y originaria, y como pretensión accesoria el establecimiento de la Pensión de Alimentos, Liquidación y Disolución de Sociedad de Gananciales y la indemnización por daños y perjuicios, en los términos expuestos, teniéndose por recibidos los medios probatorios, reservándose su admisión o procedencia en el estadío procesal correspondiente; SEGUNDO.- CÓRRASE TRASLADO de la demanda a TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y al MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA CIVIL Y DE FAMILIA DE MALA, para absolver con la incoada en el término de treinta días, notificándose con las formalidades previstas en ley a los demandados, debiendo pronunciarse los demandados, respecto de cada uno de los hechos expuestos en la demanda, así como también reconocer o denegar categóricamente la autenticidad de los documentos que se le atribuyen, o aceptar o negar de igual manera, teniéndose presente que el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica pueden ser apreciados por el Despacho como reconocimiento de verdad de los hechos alegados y aceptación de los documentos; Bajo Apercibimiento de NOTIFICAR por medio de EDICTOS al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo, por medio del Diario Oficial «El Peruano» y uno de mayor circulación conforme lo prevé el artículo 165º del Código Procesal Civil, NOMBRANDO CURADOR PROCESAL y de declararse REBELDE a los demandados conforme lo dispuesto por el artículo 458º del Código Adjetivo; AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE; Notificándose.
Jhezmyt N. Camargo Bonifacio
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 01, 02 y 03 de Abril.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA – CAÑETE
EDICTO
LA JEFA DE LA OFICINA DE LOS REGISTROS DEL ESTADO CIVIL de la Municipalidad Distrital de Asia, en mérito al Expediente Administrativo Nº 2140-13, el Sr. Eugenio Félix Chumpitaz Sáchez, ha solicitado con fecha veintiséis de Marzo del 2013, la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su Partida de Nacimiento inscrita en esta Municipalidad Distrital de Asia, en el libro Nº 5, folio Nº 59, año 1959, donde en anotaciones marginales y el cuerpo del Acta del Titular, en su segundo prenombre FELIX en la letra «X» NO SE NOTA CLARO LA LETRA «x», debiendo ser lo correcto «Félix» y en su apellido materno SACHEZ, que figura en su DNI, debiendo ser lo correcto «SANCHEZ», y en la fecha quice de Noviembre, debiendo ser lo correcto «QUINCE», y en la palabra Noviembre, en la letra «N» y en el prenombre de la madre y el apellido SECUNDINA ZANCHEZ, EN LA LETRA «z» debiendo ser «S» debiendo ser lo correcto SEGUNDINA SANCHEZ ACUÑA, tal como lo demuestra en su Partida de Nacimiento de su progenitora y también se rectifique la firma y sellos por Omisión al Registrador Civil de esa época.
Que, al amparo de la Ley orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Ley 26497 D.S. 015-98 CMP, Art. 71 DI. 263-GRC/017 Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR, APROBADO POR RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
Asia, 02 de Abril de 2013.
Paula Felicita Napán Ruíz
Jefa de la Oficina de los Registros del Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Exp. Nº 00662-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don DONATO HUAMANI AYALA solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su madre SUSANA AYALA VIUDA DE HUAMANI, fallecida el 04 de Marzo de 2005 en el Hospital de EsSalud – San Vicente- provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 26 de Diciembre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2do. Juzgado de Paz Letrado – Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, TEODORA RAMIREZ VDA. DE PALACIOS con DNI Nº 25623349, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge JUAN JOSE PALACIOS MATTOS, fallecido el 18 de Abril de 1988, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete – Lima. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 25 de Marzo de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ALICIA SANCHEZ CUADRADO, con DNI Nº 06170367, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge: MAURICIO OSCAR GUTIERREZ CHACON, fallecido el 24 de Mayo del 2006, teniendo como último domicilio el distrito de Cerro Azul – Cañete – Lima. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 26 de Marzo de 2013.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2607-2013, doña Flor Marina Garcia Angulo, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Exavier Alexander Avalos Garcia, inscrita en el libro 446, folio 61723883, año 2001, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular FLOR GARCIA ANGULO, siendo lo correcto FLOR MARINA GARCIA ANGULO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 02 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2804-2013, doña Carmen Luz Llancari Galvez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de Luis Agustin Santini Sanchez, inscrita en el libro 163, folio 1492930, año 2010, en el extremo que se ha consignado como estado civil del fallecido SOLTERO, siendo lo correcto casado con CARMEN LUZ LLANCARI GÁLVEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 02 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente Nº 2013-0333, seguido por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 01 que sumariamente se transcribe: Se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO, del bien inmueble ubicado en el Jr. 28 de Julio Nº 138 (Mz. C Lote 08, del Centro Poblado Imperial), distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 136.60 m2., con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Frente: colinda con la calle 28 de Julio, mide 3.75 metros lineales. Por la derecha: con línea quebrada, mide 9.10 metros lineales y 25.8 metros lineales, colinda con el lote 7. Por la izquierda: con línea recta, mide 35.15 metros lineales, colinda con el lote 9. Por el fondo con línea recta, mide 3.95 metros lineales, colinda con los lotes 33 y 34, el bien inmueble materia de prescripción se encuentra inscrito en la Partida Registral P17035664 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO confiérase traslado a la demandada, por el plazo de DIEZ DIAS, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía; téngase por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguense a los autos los anexos que se acompañan: PUBLÍQUESE EL EXTRACTO DE LA DEMANDA EN EL DIARIO OFICIAL «EL PERUANO» Y EN EL DIARIO LOCAL «AL DÍA CON MATICES» por tres veces con intervalo de 3 días. Una firma Dr. Manuel Rigoberto Vargas Sánchez – Juez.- Una firma Dra. Erika Edith Herrera Taxa – Secretaria Judicial.
Cañete, 18 de Marzo de 2013.
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 03, 09 y 15 de Abril
02 abril 2013
02 DE ABRIL: DIA DEL ABOGADO
El Día del Abogado se celebra hoy, martes 02 de abril, en conmemoración al nacimiento del jurista Don Francisco García Calderón Landa, quien nació un día como ese el año 1834. Dicha fecha fue institucionalizada mediante Resolución Suprema del 14 de marzo de 1952, para posteriormente elevarse de categoría con la Ley N° 23248.
Por este motivo, en todos los Colegios de Abogados del país se realizarán actuaciones académicas destinadas a conmemorar la obra profesional de los jurisconsultos que han contribuido al progreso de la cultura jurídica de la nación. La misión del Abogado consiste como señaló Mario Alzamora Valdez, en encauzar los hechos dentro de las pautas de la norma jurídica, en dirigir la conducta humana hacia los valores sociales que la orientan; en propender a que se realice cada vez más plenamente el estado de Derecho.
Además de su quehacer cotidiano, el Abogado tiene una función ineludible de servicio al prójimo, aplicando la Ley y el Derecho. Su responsabilidad para con la sociedad y el Estado es norma que guía su actuación.
Por este motivo, en todos los Colegios de Abogados del país se realizarán actuaciones académicas destinadas a conmemorar la obra profesional de los jurisconsultos que han contribuido al progreso de la cultura jurídica de la nación. La misión del Abogado consiste como señaló Mario Alzamora Valdez, en encauzar los hechos dentro de las pautas de la norma jurídica, en dirigir la conducta humana hacia los valores sociales que la orientan; en propender a que se realice cada vez más plenamente el estado de Derecho.
Además de su quehacer cotidiano, el Abogado tiene una función ineludible de servicio al prójimo, aplicando la Ley y el Derecho. Su responsabilidad para con la sociedad y el Estado es norma que guía su actuación.
IE «JOSÉ DE ARIMATEA» DE NUEVO IMPERIAL, CELEBRA SU 12° ANIVERSARIO DE FUNDACIÓN
Con diferentes actividades sociales, culturales y deportivas, se viene desarrollando el decimosegundo aniversario de la IEPr. José De Arimatea de esta localidad que dirige con mucha responsabilidad la Lic. Paulina Juárez Gómez.
Como todos los años, la participación de los profesores, padres de familia y los alumnos, participan de este aniversario con fervor y algarabía para culminar con éxito la festividad de una de las instituciones más representativas de Nuevo Imperial.
El Lic. Alfonso Luyo Campos, promotor del mencionado plantel que se ubica en el Anexo de Carrizales Mz C Lote 2 de Nuevo Imperial, invitó a participar en esta fecha importante, cuya fecha central será este domingo.
«Seguimos apostando por la educación en nuestro país y agradecemos el apoyo de la gente de Nuevo Imperial por confiar en nuestra institución», expresó Alfonso Luyo.
Como todos los años, la participación de los profesores, padres de familia y los alumnos, participan de este aniversario con fervor y algarabía para culminar con éxito la festividad de una de las instituciones más representativas de Nuevo Imperial.
El Lic. Alfonso Luyo Campos, promotor del mencionado plantel que se ubica en el Anexo de Carrizales Mz C Lote 2 de Nuevo Imperial, invitó a participar en esta fecha importante, cuya fecha central será este domingo.
«Seguimos apostando por la educación en nuestro país y agradecemos el apoyo de la gente de Nuevo Imperial por confiar en nuestra institución», expresó Alfonso Luyo.
SE INICIO CURSO PARA JOVENES EMPRENDEDORES DEL DISTRITO DE IMPERIAL
Cerca de 50 jóvenes imperialinos han iniciado sus clases en el curso «Jóvenes a la Obra», que dictan profesionales de la Universidad Nacional Mayor de «San Marcos».
El alcalde de Imperial, Eddy del Mazo Tello, participó de una breve ceremonia que permitió dar la bienvenida a los jóvenes que podrán capacitarse gratuitamente en este curso.
En los primeros 9 días se les enseñará cómo generar sus negocios, a los 28 días se les enseñará cómo realizar sus negocios. El curso tendrá una duración de 35 días y los que ocupen los primeros lugares participarán de un concurso que premiará hasta con S/.2,500 soles a los ganadores.
Este curso se dicta los días lunes, miércoles y viernes, en doble turno, en la institución educativa 20147.
La capacitación que reciben los jóvenes imperialinos ha sido posible, gracias al convenio con el programa «Jóvenes a la obra» del Ministerio de Trabajo, con quienes anteriormente se logró beneficiar a otro grupo con un curso dictado por profesionales de la Universidad Nacional del Callao.
El alcalde de Imperial, Eddy del Mazo Tello, participó de una breve ceremonia que permitió dar la bienvenida a los jóvenes que podrán capacitarse gratuitamente en este curso.
En los primeros 9 días se les enseñará cómo generar sus negocios, a los 28 días se les enseñará cómo realizar sus negocios. El curso tendrá una duración de 35 días y los que ocupen los primeros lugares participarán de un concurso que premiará hasta con S/.2,500 soles a los ganadores.
Este curso se dicta los días lunes, miércoles y viernes, en doble turno, en la institución educativa 20147.
La capacitación que reciben los jóvenes imperialinos ha sido posible, gracias al convenio con el programa «Jóvenes a la obra» del Ministerio de Trabajo, con quienes anteriormente se logró beneficiar a otro grupo con un curso dictado por profesionales de la Universidad Nacional del Callao.
DISPARADOR POLITICO
Escribe: Ceguferno
Con el pronunciamiento del Fiscal Superior Penal, Jesús Mávila, se ha destrabado el proceso que se sigue contra Javier Alvarado y sus coprocesados en el caso Telefónica de Lunahuaná y se espera la segunda audiencia en que se ha dividido la etapa intermedia: ya se realizó la de control de sobreseimiento y ahora toca la de control de acusación y después de ello estaremos asistiendo al Juicio Oral contra el actual Presidente Regional. Remontémonos un poco atrás para intentar comprender el complejo proceso en que se halla inmerso la autoridad regional a raíz de su infortunada actuación como alcalde del distrito, capital turística de Cañete.
ORLANDO DE LA CRUZ Y VADILLO
Después de un archivamiento provisional (la fiscal lo llamó definitivo) por parte de la Fiscal Provincial Elizabeth Vadillo, el ciudadano de Lúcumo, Orlando De La Cruz consiguió en base a su persistencia que se reabra el caso (art.335.2 del Cpp) y amparado en sendos informes de la DIRCORCOR la controvertida fiscal se vio obligada a acusar a Alvarado y coprocesados por colusión y malversación, empero y de manera increíble pidió el sobreseimiento por los delitos de Falsedad Ideológica y Peculado.
EL CONTROL DE SOBRESEIMIENTO
Como quiérase que hubiera un requerimiento mixto de la fiscalía (acusación y sobreseimiento), el Juez de Lunahuaná, Chávez Acharte, de acuerdo al art. 348.3 del Cpp llamó en primer lugar a la audiencia de control de sobreseimiento y la posición de la fiscal Vadillo fue contradicha por la procuradora Rommy García, y Chávez Acharte considero improcedente el requerimiento de Vadillo y elevo un auto dirigido al Fiscal Superior para que se pronuncie sobre la solicitud de la fiscal provincial (art.346.1).
EL PECULADO
Se refiere a pagos irregulares por asesoría legal externa a favor de Enrique Fernández Estrella (hoy Gerente Regional) sustentados en los comprobantes de pago 1195 (se pagó asesoría del 2000) y 1194 con el que se cancela asesoría del 2001, ambos pagos efectuados el 11 de noviembre del 2002; sin embargo se hallo que la asesoría del 2000 ya había sido cancelada con comprobante 884 del 22 de diciembre del 2000 y que en abril del 2001 se pago con comprobante 309 la asesoría de enero y febrero del mismo 2001. Aquí cabe puntualizar que en este 2001 también se hallaron comprobantes de pago de asesoría legal girados a favor de Pedro Noriega Altamirano (entonces notario de Lunahuaná) y Rosa Liliana Torres (actual Consejera Regional), todos estos personajes años después tomarían parte del gobierno provincial del Alcalde Alvarado, Fernández Estrella como gerente de Transporte, Noriega y Torres como regidores.
Aquí Mavila considera que se ha realizado un pago indebido con los caudales dinerarios de la Administración Pública y que Javier Alvarado en su calidad de Alcalde ordenó el pago mediante memorándum al jefe de tesorería, Rolando Luyo Alcalá, a quien considera coautor por no haber cuestionado dicho pago que no contaba con documentación suficiente para sustentar el desembolso. Después de ello Mavila considera que tipifica peculado doloso en contra de Javier Alvarado y Rolando Luyo y desecha la forma culposa.
Se advierte claramente que si bien Alvarado tiene la administración de los bienes municipales (art. 387, primer párrafo), la apropiación se dirige a favor de Fernández Estrella, cuya responsabilidad a todas luces aparece clara, sin embargo al no haber sido incluido en la formalización de la investigación preparatoria, no se puede incluir en esta etapa del proceso, «favor» imputable a la Fiscal Provincial Elizabeth Vadillo.
LA FALSEDAD
IDEOLÓGICA
Se sustenta en tres hechos: primero se consigna en la clausula segunda del contrato de locación de servicios que el contrato entre REFTEN y la municipalidad de Lunahuaná fue aprobada en sesión de concejo y se emitió una resolución de alcaldía, sin embargo revisados los libros de actas de sesión de concejo del año 2002 no se hallo ninguna aprobación del concejo ni tampoco se emitió resolución de alcaldía sobre la contratación de la citada empresa. Es más, no se hallo documentación sobre informes técnicos ni ningún expediente sobre el proceso de contratación y Javier Alvarado recién informo al concejo sobre el contrato el 10 de setiembre del 2002 (sesión de concejo N°34).
Segundo hecho: se habría insertado la declaración del RAS en la acta de sesión de concejo del 17 de marzo del 2000, lo cual sería falsa al ubicarse en archivos solo la aprobación del TUPA y no así del RAS. Además la validez del TUPA y RAS está condicionada a la ratificación de la Municipalidad Provincial de Cañete y esta solo tomo conocimiento del TUPA 2004 de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná.
Tercer hecho: La susodicha acta habría sido llenada posteriormente según dictamen de pericia grafotécnica por la secretaria de la entidad edil, Amelia Tovar Nolasco-
Respecto al caso, no hay duda alguna que el insertar declaraciones falsas en las sesiones de concejo tenían la finalidad de que REFTEN preste servicios de fiscalización de tributos, así fue con respecto a la presunta aprobación del contrato o del RAS, todas ellas declaraciones falsas.
VADILLO Y
LA PRESCRIPCIÓN
Respecto al plazo de prescripción, respecto a este ilícito es de seis años contados a partir del momento en que se produce la falsificación, sin embargo al dictarse la formalización de la investigación preparatoria, hablaríamos de un plazo extraordinario (el plazo ordinario más la mitad de dicho plazo), por tanto hablaríamos de nueve años y tanto uno como otro hecho delictivo habrían prescrito gracias a que en ningún caso al Fiscal Provincial acuso ni al Presidente Regional ni a sus coinculpados.
CONCLUSIONES
1°.-La Fiscalía Superior está de acuerdo con la posición del Juez de Lunahuaná y acusa por peculado doloso a Javier Alvarado y el tesorero, sin embargo al no incluirse a Fernández Estrella, en el estado del proceso no se puede incluir a este que al fin de cuentas es el beneficiario del delito de peculado. El actual Gerente Regional debe agradecer esta deferencia a la Fiscal Provincial-
2°.-No queda duda que se adulteraron documentos y falsearon declaraciones para favorecer los trabajos de REFTEN y para ello hubo una confabulación (DIRCORCOR refiere de una organización criminal) entre Alcalde y funcionarios, pero al solo incluirse a la secretaria y por el tiempo transcurrido ha prescrito la acción y ello nuevamente se le debe a la Fiscal Provincial.
3°.-Las conclusiones aquí expuestas y basadas algunas de ellas en el propio pronunciamiento del Fiscal Superior están apuntaladas por la medida cautelar interpuesta contra los aquí procesados y donde uno de los fundamental de tal medida ha tenido que ser la verosimilitud de derecho.
4°.-Si como se puede presumir con las pruebas preconstituidas hay suficientes indicios de culpabilidad y estando algunos de los implicados ejerciendo función pública y manejando fondos públicos, el tiempo que transcurre antes de la sentencia es tiempo a favor de los procesados y un potencial perjuicio de fondos públicos.
Con el pronunciamiento del Fiscal Superior Penal, Jesús Mávila, se ha destrabado el proceso que se sigue contra Javier Alvarado y sus coprocesados en el caso Telefónica de Lunahuaná y se espera la segunda audiencia en que se ha dividido la etapa intermedia: ya se realizó la de control de sobreseimiento y ahora toca la de control de acusación y después de ello estaremos asistiendo al Juicio Oral contra el actual Presidente Regional. Remontémonos un poco atrás para intentar comprender el complejo proceso en que se halla inmerso la autoridad regional a raíz de su infortunada actuación como alcalde del distrito, capital turística de Cañete.
ORLANDO DE LA CRUZ Y VADILLO
Después de un archivamiento provisional (la fiscal lo llamó definitivo) por parte de la Fiscal Provincial Elizabeth Vadillo, el ciudadano de Lúcumo, Orlando De La Cruz consiguió en base a su persistencia que se reabra el caso (art.335.2 del Cpp) y amparado en sendos informes de la DIRCORCOR la controvertida fiscal se vio obligada a acusar a Alvarado y coprocesados por colusión y malversación, empero y de manera increíble pidió el sobreseimiento por los delitos de Falsedad Ideológica y Peculado.
EL CONTROL DE SOBRESEIMIENTO
Como quiérase que hubiera un requerimiento mixto de la fiscalía (acusación y sobreseimiento), el Juez de Lunahuaná, Chávez Acharte, de acuerdo al art. 348.3 del Cpp llamó en primer lugar a la audiencia de control de sobreseimiento y la posición de la fiscal Vadillo fue contradicha por la procuradora Rommy García, y Chávez Acharte considero improcedente el requerimiento de Vadillo y elevo un auto dirigido al Fiscal Superior para que se pronuncie sobre la solicitud de la fiscal provincial (art.346.1).
EL PECULADO
Se refiere a pagos irregulares por asesoría legal externa a favor de Enrique Fernández Estrella (hoy Gerente Regional) sustentados en los comprobantes de pago 1195 (se pagó asesoría del 2000) y 1194 con el que se cancela asesoría del 2001, ambos pagos efectuados el 11 de noviembre del 2002; sin embargo se hallo que la asesoría del 2000 ya había sido cancelada con comprobante 884 del 22 de diciembre del 2000 y que en abril del 2001 se pago con comprobante 309 la asesoría de enero y febrero del mismo 2001. Aquí cabe puntualizar que en este 2001 también se hallaron comprobantes de pago de asesoría legal girados a favor de Pedro Noriega Altamirano (entonces notario de Lunahuaná) y Rosa Liliana Torres (actual Consejera Regional), todos estos personajes años después tomarían parte del gobierno provincial del Alcalde Alvarado, Fernández Estrella como gerente de Transporte, Noriega y Torres como regidores.
Aquí Mavila considera que se ha realizado un pago indebido con los caudales dinerarios de la Administración Pública y que Javier Alvarado en su calidad de Alcalde ordenó el pago mediante memorándum al jefe de tesorería, Rolando Luyo Alcalá, a quien considera coautor por no haber cuestionado dicho pago que no contaba con documentación suficiente para sustentar el desembolso. Después de ello Mavila considera que tipifica peculado doloso en contra de Javier Alvarado y Rolando Luyo y desecha la forma culposa.
Se advierte claramente que si bien Alvarado tiene la administración de los bienes municipales (art. 387, primer párrafo), la apropiación se dirige a favor de Fernández Estrella, cuya responsabilidad a todas luces aparece clara, sin embargo al no haber sido incluido en la formalización de la investigación preparatoria, no se puede incluir en esta etapa del proceso, «favor» imputable a la Fiscal Provincial Elizabeth Vadillo.
LA FALSEDAD
IDEOLÓGICA
Se sustenta en tres hechos: primero se consigna en la clausula segunda del contrato de locación de servicios que el contrato entre REFTEN y la municipalidad de Lunahuaná fue aprobada en sesión de concejo y se emitió una resolución de alcaldía, sin embargo revisados los libros de actas de sesión de concejo del año 2002 no se hallo ninguna aprobación del concejo ni tampoco se emitió resolución de alcaldía sobre la contratación de la citada empresa. Es más, no se hallo documentación sobre informes técnicos ni ningún expediente sobre el proceso de contratación y Javier Alvarado recién informo al concejo sobre el contrato el 10 de setiembre del 2002 (sesión de concejo N°34).
Segundo hecho: se habría insertado la declaración del RAS en la acta de sesión de concejo del 17 de marzo del 2000, lo cual sería falsa al ubicarse en archivos solo la aprobación del TUPA y no así del RAS. Además la validez del TUPA y RAS está condicionada a la ratificación de la Municipalidad Provincial de Cañete y esta solo tomo conocimiento del TUPA 2004 de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná.
Tercer hecho: La susodicha acta habría sido llenada posteriormente según dictamen de pericia grafotécnica por la secretaria de la entidad edil, Amelia Tovar Nolasco-
Respecto al caso, no hay duda alguna que el insertar declaraciones falsas en las sesiones de concejo tenían la finalidad de que REFTEN preste servicios de fiscalización de tributos, así fue con respecto a la presunta aprobación del contrato o del RAS, todas ellas declaraciones falsas.
VADILLO Y
LA PRESCRIPCIÓN
Respecto al plazo de prescripción, respecto a este ilícito es de seis años contados a partir del momento en que se produce la falsificación, sin embargo al dictarse la formalización de la investigación preparatoria, hablaríamos de un plazo extraordinario (el plazo ordinario más la mitad de dicho plazo), por tanto hablaríamos de nueve años y tanto uno como otro hecho delictivo habrían prescrito gracias a que en ningún caso al Fiscal Provincial acuso ni al Presidente Regional ni a sus coinculpados.
CONCLUSIONES
1°.-La Fiscalía Superior está de acuerdo con la posición del Juez de Lunahuaná y acusa por peculado doloso a Javier Alvarado y el tesorero, sin embargo al no incluirse a Fernández Estrella, en el estado del proceso no se puede incluir a este que al fin de cuentas es el beneficiario del delito de peculado. El actual Gerente Regional debe agradecer esta deferencia a la Fiscal Provincial-
2°.-No queda duda que se adulteraron documentos y falsearon declaraciones para favorecer los trabajos de REFTEN y para ello hubo una confabulación (DIRCORCOR refiere de una organización criminal) entre Alcalde y funcionarios, pero al solo incluirse a la secretaria y por el tiempo transcurrido ha prescrito la acción y ello nuevamente se le debe a la Fiscal Provincial.
3°.-Las conclusiones aquí expuestas y basadas algunas de ellas en el propio pronunciamiento del Fiscal Superior están apuntaladas por la medida cautelar interpuesta contra los aquí procesados y donde uno de los fundamental de tal medida ha tenido que ser la verosimilitud de derecho.
4°.-Si como se puede presumir con las pruebas preconstituidas hay suficientes indicios de culpabilidad y estando algunos de los implicados ejerciendo función pública y manejando fondos públicos, el tiempo que transcurre antes de la sentencia es tiempo a favor de los procesados y un potencial perjuicio de fondos públicos.
CADA VEZ SE HACE MÁS PESADA LA CRUZ DE PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN QUE HABRÍA COMETIDO EL PRESIDENTE REGIONAL DE LIMA SIENDO ALCALDE DE LUNAHUANÁ
El día de hoy, 2 de abril se abrirán las puertas de la cárcel de Cantera- provincia de Cañete, región Lima, para iniciar el juicio a Javier Jesús Alvarado Gonzáles del Valle, actual presidente del gobierno regional de Lima, por los delitos de COLUSIÓN Y PECULADO DOLOSO, tal como consta en la citación del Juez sobre el caso telefónica cuando fue alcalde de la Municipalidad distrital de Lunahuaná.
En este proceso también estaría encausados el actual gerente general regional Luis Enrique Fernández Estrella y el presidente del IPD región Lima Jorge Robles Dávila, toda vez que los mencionados funcionarios de confianza del mandatario regional, de alguna forma abrían tenido injerencia en este cuestionable caso, que cada día se convierte una cruz pesadísima para los que ahora buscan que triunfe el Perú y triunfe la región.
Hoy la defensa del encausado presidente regional tiene que rebatir la acusación fiscal que evidencia cierta complicidad de la entonces gestión municipal de Javier Alvarado con la empresa REFTEN SAC, pues la contrataron directamente, sin lo ordenado por la ley, y sin existir aprobación de acuerdo municipal, y que por ese contrato recibió un pago de 1´221,153.45 de nuevos soles.
La neurálgica audiencia judicial se desarrollará en el penal de Cantera por cuanto algunos de los encausados ya vienen purgando condena en dicho centro penitenciario por otro caso similar al de Lunahuaná pero en otra jurisdicción
En este proceso también estaría encausados el actual gerente general regional Luis Enrique Fernández Estrella y el presidente del IPD región Lima Jorge Robles Dávila, toda vez que los mencionados funcionarios de confianza del mandatario regional, de alguna forma abrían tenido injerencia en este cuestionable caso, que cada día se convierte una cruz pesadísima para los que ahora buscan que triunfe el Perú y triunfe la región.
Hoy la defensa del encausado presidente regional tiene que rebatir la acusación fiscal que evidencia cierta complicidad de la entonces gestión municipal de Javier Alvarado con la empresa REFTEN SAC, pues la contrataron directamente, sin lo ordenado por la ley, y sin existir aprobación de acuerdo municipal, y que por ese contrato recibió un pago de 1´221,153.45 de nuevos soles.
La neurálgica audiencia judicial se desarrollará en el penal de Cantera por cuanto algunos de los encausados ya vienen purgando condena en dicho centro penitenciario por otro caso similar al de Lunahuaná pero en otra jurisdicción
FISCALÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y PNP REALIZARON OPERATIVOS EN SEMANA SANTA
De acuerdo con las competencias y atribuciones la Fiscalía de Prevención del Delito del distrito fiscal de Cañete, en coordinación con la PNP y la Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial, se realizaron los operativos programados para esta «Semana Santa 2013», con la finalidad de prevenir el incumplimiento de las normas de tránsito y las debidas licencias para el transporte de pasajeros a nivel provincial.
EN CERRO AZUL
Con fecha 28 de marzo del presente año, a las 10:00 a.m., el fiscal de prevención del delito, Dr. Walter Gutiérrez Méndez, se constituyó con el apoyo del personal de la Comisaría del distrito de Cerro Azul, para dar inicio al plan de operativos «Semana Santa 2013», a la altura del Km. 130 de la Panamericana Sur de este distrito.
En este primer operativo se intervinieron a diversos vehículos que transportaban pasajeros, de los cuales un total de 16 de estos infringían las normas de tránsito y transportes de esta provincia ya que no contaban con la respectiva licencia para trasladar pasajeros. Lo cual conlleva un grave riesgo para los tripulantes, toda vez que de ocurrir un accidente de tránsito el SOAT, no cubriría la asistencia de los pasajeros. Por lo cual se les emitió la sanción correspondiente.
EN LUNAHUANÁ.
El día 29 de marzo a las 20:00 horas, la fiscal adjunto provincial penal Dra. Lissbeth Adriazola Begazo, se apersonó a la altura del Km. 37 de la Carretera Cañete- Yauyos del distrito de Lunahuaná, junto a efectivos de la PNP, para realizar el operativo de Alcoholemia respectivo, exhortándose a un total de 25 vehículos para que se sometan a la prueba de campo, resultando que 2 conductores arrojaron positivo procediéndoseles a efectuar la prueba sanguínea de dosaje etílico y luego aplicárseles las sanciones correspondientes.
De esta manera y con la presencia del representante de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete, el perito de la sanidad y efectivos de la comisaria de Lunahuaná, se previno la ocurrencia de algún accidente de tránsito por conducción en estado de ebriedad.
Con fecha 30 de marzo a las 11:00 horas, la Dra. Carmen Aguado Huayta, fiscal adjunto provincial penal, realizó el operativo de Seguridad Vial y Control de Identidad a unos 200 metros de la ubicación del peaje de Lunahuaná, interviniéndose diversos vehículos resultando que fueron 5 los conductores que infringieron las normas de tránsito y transportes de esta provincia.
EN CERRO AZUL
Con fecha 28 de marzo del presente año, a las 10:00 a.m., el fiscal de prevención del delito, Dr. Walter Gutiérrez Méndez, se constituyó con el apoyo del personal de la Comisaría del distrito de Cerro Azul, para dar inicio al plan de operativos «Semana Santa 2013», a la altura del Km. 130 de la Panamericana Sur de este distrito.
En este primer operativo se intervinieron a diversos vehículos que transportaban pasajeros, de los cuales un total de 16 de estos infringían las normas de tránsito y transportes de esta provincia ya que no contaban con la respectiva licencia para trasladar pasajeros. Lo cual conlleva un grave riesgo para los tripulantes, toda vez que de ocurrir un accidente de tránsito el SOAT, no cubriría la asistencia de los pasajeros. Por lo cual se les emitió la sanción correspondiente.
EN LUNAHUANÁ.
El día 29 de marzo a las 20:00 horas, la fiscal adjunto provincial penal Dra. Lissbeth Adriazola Begazo, se apersonó a la altura del Km. 37 de la Carretera Cañete- Yauyos del distrito de Lunahuaná, junto a efectivos de la PNP, para realizar el operativo de Alcoholemia respectivo, exhortándose a un total de 25 vehículos para que se sometan a la prueba de campo, resultando que 2 conductores arrojaron positivo procediéndoseles a efectuar la prueba sanguínea de dosaje etílico y luego aplicárseles las sanciones correspondientes.
De esta manera y con la presencia del representante de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete, el perito de la sanidad y efectivos de la comisaria de Lunahuaná, se previno la ocurrencia de algún accidente de tránsito por conducción en estado de ebriedad.
Con fecha 30 de marzo a las 11:00 horas, la Dra. Carmen Aguado Huayta, fiscal adjunto provincial penal, realizó el operativo de Seguridad Vial y Control de Identidad a unos 200 metros de la ubicación del peaje de Lunahuaná, interviniéndose diversos vehículos resultando que fueron 5 los conductores que infringieron las normas de tránsito y transportes de esta provincia.
DIRIGENTE DE JICAMARCA DENUNCIA INDIFERENCIA DE JAVIER ALVARADO Y ROSA VÁSQUEZ POR CERCENACIÓN DEL TERRITORIO DE LA REGIÓN LIMA
El presidente del Anexo 24 de la Comunidad Campesina de Jicamarca (Huarochirí), Román Paredes Barturín, denunció que continúa la cercenación de los territorios de la región Lima por parte de algunos alcaldes distritales de la Municipalidad Provincial de Lima Metropolitana, sin que las autoridades regionales ni provincial, hagan algo al respecto.
Precisa que la zona de Jicamarca siempre está en el caos y la zozobra dado que hay hasta dos juntas directivas en la Comunidad Campesina de Jicamarca, quienes lejos de conciliar se han enfrascado en vender todos los bienes comunales.
«El tráfico de tierras, las amenazas, las invasiones y los desalojos son el pan de cada día en este lugar, sin que las autoridades hagan algo para poner coto a las seudas asociaciones que son las promotoras de las incertidumbres», expresó el dirigente.
Invocó a las autoridades del Consejo Regional, principalmente al de Huarochirí Hugo Gonzales Carhuavilca que de una vez por todas fije su posición; al igual que el de Yauyos, Ulises Rodríguez y la de Cañete, Dra. Liliana Torres.
Del presidente regional Javier Alvarado, recuerdan que estuvo en una oportunidad en el distrito de San Antonio de Chaclla participando en una ceremonia, sin embargo, hasta ahora no se ha preocupado en dar solución a este problema social, menos de la alcaldesa distrital Evelyn Feliciano Ordoñez. De la alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, Rosita Vásquez Cuadrado, ni qué decir. «Esperemos que fije una posición firme frente a este atropello y que no viva ajeno a la realidad de su provincia», invocó Paredes.
«Es tiempo de poner paralé a fin que el alcalde Luis Bueno de Chosica, el burgomaestre de San Juan de Lurigancho, Carlos Burgos, y otras autoridades de Comas, Indepenpendencia, Carabayllo de Lima, hagan del distrito de San Antonio su Chacra», sentenció en tono enérgico.
Precisa que la zona de Jicamarca siempre está en el caos y la zozobra dado que hay hasta dos juntas directivas en la Comunidad Campesina de Jicamarca, quienes lejos de conciliar se han enfrascado en vender todos los bienes comunales.
«El tráfico de tierras, las amenazas, las invasiones y los desalojos son el pan de cada día en este lugar, sin que las autoridades hagan algo para poner coto a las seudas asociaciones que son las promotoras de las incertidumbres», expresó el dirigente.
Invocó a las autoridades del Consejo Regional, principalmente al de Huarochirí Hugo Gonzales Carhuavilca que de una vez por todas fije su posición; al igual que el de Yauyos, Ulises Rodríguez y la de Cañete, Dra. Liliana Torres.
Del presidente regional Javier Alvarado, recuerdan que estuvo en una oportunidad en el distrito de San Antonio de Chaclla participando en una ceremonia, sin embargo, hasta ahora no se ha preocupado en dar solución a este problema social, menos de la alcaldesa distrital Evelyn Feliciano Ordoñez. De la alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, Rosita Vásquez Cuadrado, ni qué decir. «Esperemos que fije una posición firme frente a este atropello y que no viva ajeno a la realidad de su provincia», invocó Paredes.
«Es tiempo de poner paralé a fin que el alcalde Luis Bueno de Chosica, el burgomaestre de San Juan de Lurigancho, Carlos Burgos, y otras autoridades de Comas, Indepenpendencia, Carabayllo de Lima, hagan del distrito de San Antonio su Chacra», sentenció en tono enérgico.
RINCON CONCILIATORIO
Directora Abogada Rocío López Luna
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
Av. Benavides 767(a 1 cuadra de la Corte Superior de Cañete), San Vicente
Cel. 999 210 236, T. 01 3005603
Largas fueron las Pascuas, especialmente cuando hay tantos conflictos que resolver en nuestra provincia, en nuestro querido Cañete. Igual, fue útil relajarse, airearse un poquito, conversar sin prisa con la familia y los amigos. Hoy lunes primero de abril ya hemos dado consultas a varias personas, y les adelanto que el próximo artículo trataremos el tema de Desalojo, pero ahora, en homenaje a que Cañete es cristiano, aprovechando estos días que nos recuerdan especialmente que Cristo fue, además de hijo de Dios, un valiente, permítanme compartir un rezo creado por la mujer más admirable y buena que conozco: ¡MI MADRE!
ORACIÓN DE CONCILIACIÓN
Señor Jesús, tú que eres el juez más justo, el más fiel abogado que nos defiende de todo lo malo cuando acudimos a ti de corazón, tú que eres excelentísimo Maestro con tus sabias leyes, los mandamientos, tú que eres el médico que cura nuestros males a través de la oración…
Te pedimos ahora y siempre que nos ilumines y permitas llegar a una sabia solución para resolver nuestros conflictos, porque todos cometemos errores, y sólo tú eres perfecto, y aún así perdonaste a los que te ofendieron, te flagelaron, te crucificaron, y pedimos a tu madre, la Virgen María Conciliadora que interceda para lograr que logremos encontrar la mejor solución para la familia, en especial para los niños. Amén.
Gloria al padre, al hijo y al espíritu santo como era en un principio ahora y siempre, por los siglos de los siglos, amén.
Nota.- Esta oración la lee mi adorada progenitora en el fervor de su genuina fe, y no imaginan amigos, ¡cuántos conflictos ha resuelto! Recuerden que las consultas son gratuitas…
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
Av. Benavides 767(a 1 cuadra de la Corte Superior de Cañete), San Vicente
Cel. 999 210 236, T. 01 3005603
Largas fueron las Pascuas, especialmente cuando hay tantos conflictos que resolver en nuestra provincia, en nuestro querido Cañete. Igual, fue útil relajarse, airearse un poquito, conversar sin prisa con la familia y los amigos. Hoy lunes primero de abril ya hemos dado consultas a varias personas, y les adelanto que el próximo artículo trataremos el tema de Desalojo, pero ahora, en homenaje a que Cañete es cristiano, aprovechando estos días que nos recuerdan especialmente que Cristo fue, además de hijo de Dios, un valiente, permítanme compartir un rezo creado por la mujer más admirable y buena que conozco: ¡MI MADRE!
ORACIÓN DE CONCILIACIÓN
Señor Jesús, tú que eres el juez más justo, el más fiel abogado que nos defiende de todo lo malo cuando acudimos a ti de corazón, tú que eres excelentísimo Maestro con tus sabias leyes, los mandamientos, tú que eres el médico que cura nuestros males a través de la oración…
Te pedimos ahora y siempre que nos ilumines y permitas llegar a una sabia solución para resolver nuestros conflictos, porque todos cometemos errores, y sólo tú eres perfecto, y aún así perdonaste a los que te ofendieron, te flagelaron, te crucificaron, y pedimos a tu madre, la Virgen María Conciliadora que interceda para lograr que logremos encontrar la mejor solución para la familia, en especial para los niños. Amén.
Gloria al padre, al hijo y al espíritu santo como era en un principio ahora y siempre, por los siglos de los siglos, amén.
Nota.- Esta oración la lee mi adorada progenitora en el fervor de su genuina fe, y no imaginan amigos, ¡cuántos conflictos ha resuelto! Recuerden que las consultas son gratuitas…
TANTA EXIGE AL GOBIERNO REGIONAL CULMINACIÓN DE CARRETERA ABANDONADA HACE TRES AÑOS...
La alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Tanta, Gloria Reyes Trigo, exigió a las autoridades del Gobierno Regional de Lima, la culminación de la carretera Tanta - Vilcas y de esta manera culminar el circuito turístico de la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas.
Precisó que la obra se inició el año 2010 con un tractor oruga (Caterpillar D 8 ) de la Dirección Regional de Agricultura que estaba en desuso en la localida de Huaral y cuya reparación con los gastos de los municpios de Tanta y Vitis respectivamente.
La obra se avanzó en siete kilómetros en la anterior gestión y falta otro igual para culminar con el proyecto, gracias al apoyo y esfuerzo que ponen los alcaldes de ambos distritos Gloria Reyes (Tanta) y Max Reynonozo Fernan {Vitis).
La reelecta alcaldesa de Tanta y aprobada en igual número de veces en la consultua popular de revocatoria, enaltece a la mujer dado que es la única autoridad en su genero que gobierna con gran acierto en el ande limeño, hará hasta lo imposible de culminar el proyecto.
Pero, ante el olvido de las autoridades regionales y la inclemencia del tiempo, el tractor oruga se viene malogrando y desmantelando sus pieza por los amigos de lo ajeno, dado a su abandono total.
Lo criticable es que el Gobierno Regional de Lima, tiene en sus arcas un presupuesto de cinco millones de soles y pareciera que su presidente regional Javier Alvarado se ha olvidado del distrito de Tanta.
Ante esta situación, la alcaldesa Reyes Trigo, anunció que en los próximos días cursará un oficio a los 130 congresistas de la república, al Defensor del Pueblo y la Contralóría General de la República en contra del presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle para que en el presente año se ejecute el proyecto «sí o sí».
Pero, la la indiferencia, no sólo proviene de las autoridades regionales sino con el alcalde de Huancaya Isaías Ravichagua quien no ha dicho nada sobre los trabajos,. a pesar formar parte de esta reserva paisajística, lo que extraña su comportamiento a más de un yauyino.
Del alcalde de la Municipalidad Provincial de Yauyos, Diomides Dionisio Inga, ni qué decir. Los pobladores recuerdan que la última vez que lo vieron fue en el 2010 durante su campaña electoral «ofreciendo el oro y el moro» para el desarrollo de Tanta . ¡Y ahora...? ¡Nada!.
OTRO PROYECTO
Por otro lado, la alcaldesa exigió la culminación del proyecto de la vía Tanta - Huachipampa - Carhuapampa - San Juan de Tantaranche y llegar a la cuenca del río Mala para unir las provincias hermanas de Yauyos, Cañete y Huarochirí.
Precisa que en este tramo sólo faltan 6.920 km para culminar el proyecto y cruzar el majestuoso Pariacaca, nevado de donde nacen las aguas del río Cañete y Mala, además de servir para las afluentes de Mantaro (Junín) y otros ríos de Huarochirí.
Precisó que la obra se inició el año 2010 con un tractor oruga (Caterpillar D 8 ) de la Dirección Regional de Agricultura que estaba en desuso en la localida de Huaral y cuya reparación con los gastos de los municpios de Tanta y Vitis respectivamente.
La obra se avanzó en siete kilómetros en la anterior gestión y falta otro igual para culminar con el proyecto, gracias al apoyo y esfuerzo que ponen los alcaldes de ambos distritos Gloria Reyes (Tanta) y Max Reynonozo Fernan {Vitis).
La reelecta alcaldesa de Tanta y aprobada en igual número de veces en la consultua popular de revocatoria, enaltece a la mujer dado que es la única autoridad en su genero que gobierna con gran acierto en el ande limeño, hará hasta lo imposible de culminar el proyecto.
Pero, ante el olvido de las autoridades regionales y la inclemencia del tiempo, el tractor oruga se viene malogrando y desmantelando sus pieza por los amigos de lo ajeno, dado a su abandono total.
Lo criticable es que el Gobierno Regional de Lima, tiene en sus arcas un presupuesto de cinco millones de soles y pareciera que su presidente regional Javier Alvarado se ha olvidado del distrito de Tanta.
Ante esta situación, la alcaldesa Reyes Trigo, anunció que en los próximos días cursará un oficio a los 130 congresistas de la república, al Defensor del Pueblo y la Contralóría General de la República en contra del presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle para que en el presente año se ejecute el proyecto «sí o sí».
Pero, la la indiferencia, no sólo proviene de las autoridades regionales sino con el alcalde de Huancaya Isaías Ravichagua quien no ha dicho nada sobre los trabajos,. a pesar formar parte de esta reserva paisajística, lo que extraña su comportamiento a más de un yauyino.
Del alcalde de la Municipalidad Provincial de Yauyos, Diomides Dionisio Inga, ni qué decir. Los pobladores recuerdan que la última vez que lo vieron fue en el 2010 durante su campaña electoral «ofreciendo el oro y el moro» para el desarrollo de Tanta . ¡Y ahora...? ¡Nada!.
OTRO PROYECTO
Por otro lado, la alcaldesa exigió la culminación del proyecto de la vía Tanta - Huachipampa - Carhuapampa - San Juan de Tantaranche y llegar a la cuenca del río Mala para unir las provincias hermanas de Yauyos, Cañete y Huarochirí.
Precisa que en este tramo sólo faltan 6.920 km para culminar el proyecto y cruzar el majestuoso Pariacaca, nevado de donde nacen las aguas del río Cañete y Mala, además de servir para las afluentes de Mantaro (Junín) y otros ríos de Huarochirí.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
RESOLUCION DE ALCALDIA
N° 205-2013-ALC/MDI
Imperial, 27 de Marzo del 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE
VISTO:
El Informe N° 122A-2013-SGRRHH-MDI de fecha 20 de Marzo del 2013, de la Sub-gerencia de Recursos Humanos; y
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28067, en concordancia con el II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. En ese sentido el espíritu de la norma dispone que los actos de gobierno deban ser emitidos en concordancia con todas las normas legales vigentes que regulan las actividades relacionadas al caso de evaluación de no hacerlo configuran actos administrativos arbitrarios. Por su parte el Artículo 26° del mismo cuerpo normativo establece que la administración municipal (…) se rige por los principios de legalidad, economía transparencia (…), y por los contenidos en la Ley N° 27444;
Que, los Gobiernos Locales bajo el Principio de Estado Unitario, están sujetos a las disposiciones legales que de manera general y de conformidad a la Constitución y las Leyes, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico Nacional;
Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 7.1 de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva N° 26979, se establece que la designación de Auxiliar Coactivo se efectuara mediante Concurso Publico de Merito. Y el Artículo 5° de la mencionada norma señala expresamente los requisitos para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo y en concordancia con la Ley N° 27204 se precisa que el cargo de Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza;
Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 022-2013-CMDI, se aprobó las bases administrativas para dar inicio a la Etapa de Convocatoria del Proceso CAS N° 001-2013-MDI, y estando a ello se tiene la convocatoria para la contratación de Un (01) Auxiliar Coactivo para la Oficina de Ejecutoria Coactiva de la Gerencia de Tributación Municipal, bajo el régimen del D. Leg. 1057 y su reglamento aprobado mediante D.S N° 075-2008-PCM y su modificatoria D.S. N° 065-2011-PCM;
Que, según el Informe N° 122A-2013-SGRRHH-MDI de fecha 20 de Marzo del 2013, la Sub-gerencia de Recursos Humanos comunica la conclusión del Proceso CAS N° 001-2013-MDI, habiendo sido declarada ganadora la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete;
Estando a lo expuesto; y en uso de la facultades conferidas en el Numeral 6) del Artículo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR como GANADORA del CONCURSO PUBLICO mediante PROCESO CAS N° 001-2013-MDI, a la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES con Registro C.A.C N° 246, para la Contratación de Un Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete; de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- DESIGNAR mediante Contrato Administrativo de Servicios N° 011-2013-MDI a la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES con Registro C.A.C N° 246, como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete, a partir del 16 de Marzo del 2013 hasta el 30 de Junio del 2013.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente resolución.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, Sub-gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
ARTICULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Informática la publicación de la presente Resolución en el Portal de la Municipalidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
RESOLUCION DE ALCALDIA
N° 205-2013-ALC/MDI
Imperial, 27 de Marzo del 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE
VISTO:
El Informe N° 122A-2013-SGRRHH-MDI de fecha 20 de Marzo del 2013, de la Sub-gerencia de Recursos Humanos; y
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28067, en concordancia con el II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. En ese sentido el espíritu de la norma dispone que los actos de gobierno deban ser emitidos en concordancia con todas las normas legales vigentes que regulan las actividades relacionadas al caso de evaluación de no hacerlo configuran actos administrativos arbitrarios. Por su parte el Artículo 26° del mismo cuerpo normativo establece que la administración municipal (…) se rige por los principios de legalidad, economía transparencia (…), y por los contenidos en la Ley N° 27444;
Que, los Gobiernos Locales bajo el Principio de Estado Unitario, están sujetos a las disposiciones legales que de manera general y de conformidad a la Constitución y las Leyes, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico Nacional;
Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 7.1 de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva N° 26979, se establece que la designación de Auxiliar Coactivo se efectuara mediante Concurso Publico de Merito. Y el Artículo 5° de la mencionada norma señala expresamente los requisitos para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo y en concordancia con la Ley N° 27204 se precisa que el cargo de Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza;
Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 022-2013-CMDI, se aprobó las bases administrativas para dar inicio a la Etapa de Convocatoria del Proceso CAS N° 001-2013-MDI, y estando a ello se tiene la convocatoria para la contratación de Un (01) Auxiliar Coactivo para la Oficina de Ejecutoria Coactiva de la Gerencia de Tributación Municipal, bajo el régimen del D. Leg. 1057 y su reglamento aprobado mediante D.S N° 075-2008-PCM y su modificatoria D.S. N° 065-2011-PCM;
Que, según el Informe N° 122A-2013-SGRRHH-MDI de fecha 20 de Marzo del 2013, la Sub-gerencia de Recursos Humanos comunica la conclusión del Proceso CAS N° 001-2013-MDI, habiendo sido declarada ganadora la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete;
Estando a lo expuesto; y en uso de la facultades conferidas en el Numeral 6) del Artículo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR como GANADORA del CONCURSO PUBLICO mediante PROCESO CAS N° 001-2013-MDI, a la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES con Registro C.A.C N° 246, para la Contratación de Un Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete; de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- DESIGNAR mediante Contrato Administrativo de Servicios N° 011-2013-MDI a la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES con Registro C.A.C N° 246, como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete, a partir del 16 de Marzo del 2013 hasta el 30 de Junio del 2013.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente resolución.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, Sub-gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
ARTICULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Informática la publicación de la presente Resolución en el Portal de la Municipalidad.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
EDICTOS
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
JUZGADO MIXTO DE MALA
EDICTO
HAGO SABER: Expediente 184-2012, Juzgado Mixto de Mala, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda, ha dispuesto conforme lo ordenado.
RESOLUCIÓN Nº 02 (08-08-2010): NOTIFÍQUESE con la resolución dos (auto admisorio), al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo por medio de edictos, en aplicación del artículo 165º del Código Procesal Civil, debiendo el demandante apersonarse al local del Juzgado a fin de recabar el extracto de la resolución para su publicación en el diario oficial «El Peruano» y en uno de mayor circulación; bajo responsabilidad en la demora; Notificándose.
PRIMERO.- ADMITIR A TRÁMITE en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por VIRGINIA ISABEL FLORES HUARACA contra TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y el MINISTERIO PÚBLICO sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO como pretensión principal objetiva y originaria, y como pretensión accesoria el establecimiento de la Pensión de Alimentos, Liquidación y Disolución de Sociedad de Gananciales y la indemnización por daños y perjuicios, en los términos expuestos, teniéndose por recibidos los medios probatorios, reservándose su admisión o procedencia en el estadío procesal correspondiente; SEGUNDO.- CÓRRASE TRASLADO de la demanda a TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y al MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA CIVIL Y DE FAMILIA DE MALA, para absolver con la incoada en el término de treinta días, notificándose con las formalidades previstas en ley a los demandados, debiendo pronunciarse los demandados, respecto de cada uno de los hechos expuestos en la demanda, así como también reconocer o denegar categóricamente la autenticidad de los documentos que se le atribuyen, o aceptar o negar de igual manera, teniéndose presente que el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica pueden ser apreciados por el Despacho como reconocimiento de verdad de los hechos alegados y aceptación de los documentos; Bajo Apercibimiento de NOTIFICAR por medio de EDICTOS al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo, por medio del Diario Oficial «El Peruano» y uno de mayor circulación conforme lo prevé el artículo 165º del Código Procesal Civil, NOMBRANDO CURADOR PROCESAL y de declararse REBELDE a los demandados conforme lo dispuesto por el artículo 458º del Código Adjetivo; AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE; Notificándose.
Jhezmyt N. Camargo Bonifacio
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 01, 02 y 03 de Abril.
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente Nº 2013-0333, seguido por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 01 que sumariamente se transcribe: Se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO, del bien inmueble ubicado en el Jr. 28 de Julio Nº 138 (Mz. C Lote 08, del Centro Poblado Imperial), distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 136.60 m2. con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Frente: colinda con la calle 28 de Julio, mide 3.75 metros lineales. Por la derecha: con línea quebrada, mide 9.10 metros lineales y 25.8 metros lineales, colinda con el lote 7. Por la izquierda: con línea quebrada, mide 9.10 metros lineales y 25.8 metros lineales, colinda con el lote 9. Por el fondo con línea recta, mide 3.95 metros lineales, colinda con los lotes 33 y 34, el bien inmueble materia de prescripción se encuentra inscrito en la Partida Registral P17035664 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO confiérase traslado a la demandada, pro el plazo de DIEZ DIAS, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía; téngase por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguense a los autos los anexos que se acompañan: PUBLÍQUESE EL EXTRACTO DE LA DEMANDA EN EL DIARIO OFICIAL «EL PERUANO» Y EN EL DIARIO LOCAL «AL DÍA CON MATICES» por tres veces con intervalo de 3 días. Una firma Dr. Manuel Rigoberto Vargas Sánchez – Juez.- Una firma Dra. Erika Edith Herrera Taxa – Secretaria Judicial. Cañete, 18 de Marzo de 2013.
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 19, 25 de Marzo y 02 de Abril.
EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2013-0014, JORGE MARAVI PARRA, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, a fin de que se RECTIFIQUE la edad que tenía al contraer matrimonio que figura como «veintinueve», siendo lo correcto «TREINTAINUEVE», asimismo respecto al lugar de nacimiento debe figurar como el distrito de «SINCOS».
Lunahuaná, 01 de Abril de 2013.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don NICOMEDES CABRERA SOLIS, manifestando ser esposo de quien fuera en vida doña LUCILA NICOLASA LARA ESPICHAN, quien falleció AB-INTESTADA el día 28 de Diciembre del 2012, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su cónyuge supérstite don NICOMEDES CABRERA SOLIS. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 04 de Marzo de 2013.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1496-2013, doña Isabel Carbonell Licas, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 87, folio 158, año 1947, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular HAYDEÉ MORALES, siendo lo correcto HAYDEÉ LICAS OCHOA, asimismo se ha consignado como apellido de la titular MORALES, siendo lo correcto LICAS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2882-2013, doña Liliana Jenny Matayoshi Kina, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 182, folio 121, año 1970, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre de la titular ROSA KINA GUSUKUMA, siendo lo correcto ROSA KINA KINA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 01 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
JUZGADO MIXTO DE MALA
EDICTO
HAGO SABER: Expediente 184-2012, Juzgado Mixto de Mala, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda, ha dispuesto conforme lo ordenado.
RESOLUCIÓN Nº 02 (08-08-2010): NOTIFÍQUESE con la resolución dos (auto admisorio), al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo por medio de edictos, en aplicación del artículo 165º del Código Procesal Civil, debiendo el demandante apersonarse al local del Juzgado a fin de recabar el extracto de la resolución para su publicación en el diario oficial «El Peruano» y en uno de mayor circulación; bajo responsabilidad en la demora; Notificándose.
PRIMERO.- ADMITIR A TRÁMITE en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por VIRGINIA ISABEL FLORES HUARACA contra TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y el MINISTERIO PÚBLICO sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO como pretensión principal objetiva y originaria, y como pretensión accesoria el establecimiento de la Pensión de Alimentos, Liquidación y Disolución de Sociedad de Gananciales y la indemnización por daños y perjuicios, en los términos expuestos, teniéndose por recibidos los medios probatorios, reservándose su admisión o procedencia en el estadío procesal correspondiente; SEGUNDO.- CÓRRASE TRASLADO de la demanda a TEODORO MAURICIO BRAVO CRISOSTOMO y al MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA CIVIL Y DE FAMILIA DE MALA, para absolver con la incoada en el término de treinta días, notificándose con las formalidades previstas en ley a los demandados, debiendo pronunciarse los demandados, respecto de cada uno de los hechos expuestos en la demanda, así como también reconocer o denegar categóricamente la autenticidad de los documentos que se le atribuyen, o aceptar o negar de igual manera, teniéndose presente que el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica pueden ser apreciados por el Despacho como reconocimiento de verdad de los hechos alegados y aceptación de los documentos; Bajo Apercibimiento de NOTIFICAR por medio de EDICTOS al demandado Teodoro Mauricio Bravo Crisóstomo, por medio del Diario Oficial «El Peruano» y uno de mayor circulación conforme lo prevé el artículo 165º del Código Procesal Civil, NOMBRANDO CURADOR PROCESAL y de declararse REBELDE a los demandados conforme lo dispuesto por el artículo 458º del Código Adjetivo; AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE; Notificándose.
Jhezmyt N. Camargo Bonifacio
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 01, 02 y 03 de Abril.
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente Nº 2013-0333, seguido por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 01 que sumariamente se transcribe: Se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA OJEDA CUZCANO contra ANTONIA LAZARO EUSCATE DE CARBONERO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO, del bien inmueble ubicado en el Jr. 28 de Julio Nº 138 (Mz. C Lote 08, del Centro Poblado Imperial), distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 136.60 m2. con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Frente: colinda con la calle 28 de Julio, mide 3.75 metros lineales. Por la derecha: con línea quebrada, mide 9.10 metros lineales y 25.8 metros lineales, colinda con el lote 7. Por la izquierda: con línea quebrada, mide 9.10 metros lineales y 25.8 metros lineales, colinda con el lote 9. Por el fondo con línea recta, mide 3.95 metros lineales, colinda con los lotes 33 y 34, el bien inmueble materia de prescripción se encuentra inscrito en la Partida Registral P17035664 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO confiérase traslado a la demandada, pro el plazo de DIEZ DIAS, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía; téngase por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguense a los autos los anexos que se acompañan: PUBLÍQUESE EL EXTRACTO DE LA DEMANDA EN EL DIARIO OFICIAL «EL PERUANO» Y EN EL DIARIO LOCAL «AL DÍA CON MATICES» por tres veces con intervalo de 3 días. Una firma Dr. Manuel Rigoberto Vargas Sánchez – Juez.- Una firma Dra. Erika Edith Herrera Taxa – Secretaria Judicial. Cañete, 18 de Marzo de 2013.
Dra. Erika Edith Herrera Taxa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 19, 25 de Marzo y 02 de Abril.
EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2013-0014, JORGE MARAVI PARRA, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, a fin de que se RECTIFIQUE la edad que tenía al contraer matrimonio que figura como «veintinueve», siendo lo correcto «TREINTAINUEVE», asimismo respecto al lugar de nacimiento debe figurar como el distrito de «SINCOS».
Lunahuaná, 01 de Abril de 2013.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don NICOMEDES CABRERA SOLIS, manifestando ser esposo de quien fuera en vida doña LUCILA NICOLASA LARA ESPICHAN, quien falleció AB-INTESTADA el día 28 de Diciembre del 2012, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su cónyuge supérstite don NICOMEDES CABRERA SOLIS. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 04 de Marzo de 2013.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 1496-2013, doña Isabel Carbonell Licas, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 87, folio 158, año 1947, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular HAYDEÉ MORALES, siendo lo correcto HAYDEÉ LICAS OCHOA, asimismo se ha consignado como apellido de la titular MORALES, siendo lo correcto LICAS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Febrero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 2882-2013, doña Liliana Jenny Matayoshi Kina, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 182, folio 121, año 1970, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre de la titular ROSA KINA GUSUKUMA, siendo lo correcto ROSA KINA KINA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 01 de Abril de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
01 abril 2013
5 MILLONES EN OBRAS DA REGION A SANTA CRUZ DE FLORES
Una vez más honrando la palabra empeñada el Sr. Presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, entregó una moderna máquina trituradora de uva en el día central de celebraciones del Tradicional Festival de la Vendimia en el distrito de Santa Cruz de Flores, Provincia de Cañete.
El alcalde del distrito Dr. Pedro Riega Guerra, el Presidente de la Asociación Vitivinícola Arnaldo Ruiz Julca y la Sra. Susana Ludeña, madrina de la ceremonia fueron los encargados de recibir el flamante artefacto que servirá para estrujar grandes cantidades de uva en contados minutos en directo beneficio de los productores de vinos y piscos de la localidad.
«Hemos decidido tecnificar, que quiere decir eso, que mis hermanos que se dedicaban ocho horas para triturar tres mil kilos de uva en un lagar, hoy lo podrán hacer en una hora con esta moderna moledora, esto es tecnología, esto es avance y la Región Lima está presente para los productores de Santa Cruz de Flores», enfatizó el presidente regional Javier Alvarado.
En otro momento la autoridad regional anunció la construcción del sistema de agua potable para el distrito de Santa Cruz de Flores por un valor referencial de 1 millón 289 mil soles y la inversión de más de 4 millones para la instalación del alcantarillado y agua potable de la también llamada «Balcón del Cielo» Azpitia.
«Hoy querido alcalde frente a su pueblo ratifico mi compromiso de que el Gobierno Regional asumirá esta obra e invertirá 1 millón 289 mil soles para que Santa Cruz de Flores tenga agua las 24 horas del día. Asimismo financiaremos el expediente que son más de 200 mil y los 4 millones para hacer realidad el agua potable y alcantarillado de Azpitia» reafirmó el presidente regional.
LAS AMBULANCIAS
De la misma forma en apoyo a la salud, la máxima autoridad de la Región Lima, informó que ya se encuentran en los almacenes del gobierno regional 64 ambulancias más y se prevé que al culminar el año 2013 se habrán entregado 100 ambulancias beneficiando a un total de 100 distritos de los 128 de la región.
El Festival de la Vendimia en su Decima Primera Edición contó con la participación de la alcaldesa de Huarochirí Rosa Vásquez Cuadrado, del rector de la Universidad Federico Villareal Dr. José Maria Viaña, la alcaldesa de Cañete Maria Montoya, el Gobernador del distrito Eugenio Trigueros, el Director de la UGEL 8 Cañete José Caico, el Director Regional de Producción Manuel Díaz Carrillo, el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo Humberto Barba Mitrani y la Reyna de la Vendimia 2013 Srta. Angie Cuya Huapaya.
El alcalde del distrito Dr. Pedro Riega Guerra, el Presidente de la Asociación Vitivinícola Arnaldo Ruiz Julca y la Sra. Susana Ludeña, madrina de la ceremonia fueron los encargados de recibir el flamante artefacto que servirá para estrujar grandes cantidades de uva en contados minutos en directo beneficio de los productores de vinos y piscos de la localidad.
«Hemos decidido tecnificar, que quiere decir eso, que mis hermanos que se dedicaban ocho horas para triturar tres mil kilos de uva en un lagar, hoy lo podrán hacer en una hora con esta moderna moledora, esto es tecnología, esto es avance y la Región Lima está presente para los productores de Santa Cruz de Flores», enfatizó el presidente regional Javier Alvarado.
En otro momento la autoridad regional anunció la construcción del sistema de agua potable para el distrito de Santa Cruz de Flores por un valor referencial de 1 millón 289 mil soles y la inversión de más de 4 millones para la instalación del alcantarillado y agua potable de la también llamada «Balcón del Cielo» Azpitia.
«Hoy querido alcalde frente a su pueblo ratifico mi compromiso de que el Gobierno Regional asumirá esta obra e invertirá 1 millón 289 mil soles para que Santa Cruz de Flores tenga agua las 24 horas del día. Asimismo financiaremos el expediente que son más de 200 mil y los 4 millones para hacer realidad el agua potable y alcantarillado de Azpitia» reafirmó el presidente regional.
LAS AMBULANCIAS
De la misma forma en apoyo a la salud, la máxima autoridad de la Región Lima, informó que ya se encuentran en los almacenes del gobierno regional 64 ambulancias más y se prevé que al culminar el año 2013 se habrán entregado 100 ambulancias beneficiando a un total de 100 distritos de los 128 de la región.
El Festival de la Vendimia en su Decima Primera Edición contó con la participación de la alcaldesa de Huarochirí Rosa Vásquez Cuadrado, del rector de la Universidad Federico Villareal Dr. José Maria Viaña, la alcaldesa de Cañete Maria Montoya, el Gobernador del distrito Eugenio Trigueros, el Director de la UGEL 8 Cañete José Caico, el Director Regional de Producción Manuel Díaz Carrillo, el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo Humberto Barba Mitrani y la Reyna de la Vendimia 2013 Srta. Angie Cuya Huapaya.
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