PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL
En los seguidos por SCOTIABANK PERÚ S.A.A., contra INVERSIONES Y SERVICIOS MARISOL S.R.L., ELOY FLORENTINO HINOSTROZA TORRES y VALERIA QUISPE LLANOS, Expediente N° 00700-2017-0-1408-JR-CI-01 sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, en el Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, a cargo del Juez Dr. Rey Jesús García Carrizales, Especialista Legal Dr. Luis Alberto Angulo Félix, ha dispuesto sacar a Remate Público los siguientes inmuebles:
EN PRIMERA CONVOCATORIA
1.- El bien inmueble ubicado en Urbanización Los Huertos de San Leonardo, Mz. B, Lote 10, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 21237800 de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN.- US$ 41,354.00 (cuarenta y un mil trescientos cincuenta y cuatro con 00/100 dólares americanos).
PRECIO BASE.- US$ 27,569.33 (veintisiete mil quinientos sesenta y nueve con 33/100 dólares americanos), que representan las dos terceras partes de tasación.
AFECTACIONES, GRAVÁMENES Y CARGAS
PARTIDA N° 21237800, ASIENTO D00001.- HIPOTECA: Constituida por sus propietarios a favor del BANCO WIESE SUDAMERIS, debidamente representado por Juan Samuel Aguado Apolaya y Cesar Miguel León Castillo, hasta por la suma de US$ 14,939.00 dólares americanos, (no se exhibe medio de pago) respaldando las obligaciones que en forma expresa han asumido esto ante la citada entidad bancaria, en el instrumento público que da origen a este asiento. Asi consta de la Escritura Pública de fecha 02/08/2005 extendida ante el Notario Público Dra. Rosa Angélica Nakasone Dizama.
PARTIDA N° 21237800, ASIENTO D00002.- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: La propietaria ha AMPLIADO la hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. (antes Banco Wiese Sudameris), a fin de garantizar las nuevas obligaciones de pago que por extenso se detallan en el titulo que se archiva. Asi consta de la Escritura Pública del 30/11/2011 otorgada ante la Notaria de Cañete Ítala Andrea Garrafa Peña.
LUGAR DE REMATE.- En el local del Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, sito en la Plaza de Armas N° 412, cuarto piso del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, del departamento de Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE.- El día Lunes 04 de Junio del 2018 a las 10:00 a.m.
OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (NEGOCIABLE) y copia del mismo; presentarán la tasa o arancel judicial y copia de la misma con el número de Expediente, indicación del Juzgado y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia.
SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO, Martillero Público con Registro N° 342.
EN PRIMERA CONVOCATORIA
2.- El bien inmueble ubicado en Urbanización Los Huertos de San Leonardo, Mz. B, Lote 10A, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 21237801 de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN.- US$ 41,354.00 (cuarenta y un mil trescientos cincuenta y cuatro con 00/100 dólares americanos).
PRECIO BASE.- US$ 27,569.33 (veintisiete mil quinientos sesenta y nueve con 33/100 dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación.
AFECTACIONES, GRAVÁMENES Y CARGAS
PARTIDA N° 21237801, ASIENTO D00001.- HIPOTECA: Constituida por sus propietarios a favor del BANCO WIESE SUDAMERIS, debidamente representado por Juan Samuel Aguado Apolaya y Cesar Miguel León Castillo, hasta por la suma de US$ 14,939.00 dólares americanos, (no se exhibe medio de pago) respaldando las obligaciones que en forma expresa han asumido esto ante la citada entidad bancaria, en el instrumento público que da origen a este asiento. Asi consta de la Escritura Pública de fecha 02/08/2005 extendida ante el Notario Público Dra. Rosa Angélica Nakazone Dizama.
PARTIDA N° 21237801, ASIENTO D00002.- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: La propietaria ha AMPLIADO la hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. (antes Banco Wiese Sudameris), a fin de garantizar las nuevas obligaciones de pago que por extenso se detallan en el titulo que se archiva. Asi consta de la Escritura Pública del 30/11/2011 otorgada ante la Notaria de Cañete Ítala Andrea Garrafa Peña.
LUGAR DE REMATE.- En el local del Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, sito en la Plaza de Armas N° 412, cuarto piso, del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, del departamento de Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE.- El día Lunes 04 de Junio del 2018 a las 11:00 a.m.
OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (NEGOCIABLE) y copia del mismo; presentarán la tasa o arancel judicial y copia de la misma con el número de Expediente, indicación del Juzgado y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia.
SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con Registro N° 342.
EN PRIMERA CONVOCATORIA
3.- El bien inmueble ubicado en Urbanización Los Huertos de San Leonardo, Mz. B, Lote 10B, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 21237802 de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN.- US$ 41,292.00 (cuarenta y un mil doscientos noventa y dos con 00/100 dólares americanos)
PRECIO BASE.- US$ 27,528.00 (veintisiete mil quinientos veintiocho con 00/100 dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación.
AFECTACIONES, GRAVÁMENES Y CARGAS
PARTIDA N° 21237802, ASIENTO D00001.- HIPOTECA: Constituida por sus propietarios a favor del BANCO WIESE SUDAMERIS, debidamente representado por Juan Samuel Aguado Apolaya y Cesar Miguel León Castillo, hasta por la suma de US$ 14,939.00 dólares americanos, (no se exhibe medio de pago) respaldando las obligaciones que en forma expresa han asumido esto ante la citada entidad bancaria, en el instrumento público que da origen a este asiento. Asi consta de la Escritura Pública de fecha 02/08/2005 extendida ante el Notario Público Dra. Rosa Angélica Nakasone Dizama.
PARTIDA N° 21237802, ASIENTO D00002.- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: la propietaria ha AMPLIADO la hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. (antes Banco Wiese Sudameris), a fin de garantizar las nuevas obligaciones de pago que por extenso se detallan en el titulo que se archiva. Asi consta de la Escritura Pública del 30/11/2011 otorgada ante la Notaria de Cañete Ítala Andrea Garrafa Peña.
LUGAR DE REMATE.- En el local del Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, sito en la Plaza de Armas N° 412, cuarto piso del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, del departamento de Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE.- El día Lunes 04 de Junio del 2018 a las 12:00 m.
OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (NEGOCIABLE) y copia del mismo; presentarán la tasa o arancel judicial y copia de la misma con el número de Expediente y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia.
SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con Registro N° 342.
EN PRIMERA CONVOCATORIA
4.- El bien inmueble ubicado en Urbanización Los Huertos de San Leonardo, Mz. B, Lote 10C, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 21237803 de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN.- US$ 26,140.50 (veintiséis mil ciento cuarenta con 50/100 dólares americanos)
PRECIO BASE.- US$ 17,427.00 (diecisiete mil cuatrocientos veintisiete con 00/100 dólares americanos) que representan las dos terceras partes del valor de tasación.
AFECTACIONES, GRAVÁMENES Y CARGAS
PARTIDA N° 21237803, ASIENTO D00001.- HIPOTECA: Constituida por sus propietarios a favor del BANCO WIESE SUDAMERIS, debidamente representado por Juan Samuel Aguado Apolaya y Cesar Miguel León Castillo, hasta por la suma de US$ 14,939.00 dólares americanos, (no se exhibe medio de pago) respaldando las obligaciones que en forma expresa han asumido esto ante la citada entidad bancaria, en el instrumento público que da origen a este asiento. Asi consta de la Escritura Pública de fecha 02/08/2005 extendida ante el Notario Público Dra. Rosa Angélica Nakasone Dizama.
PARTIDA N° 21237803, ASIENTO D00002.- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: La propietaria ha AMPLIADO la hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. (antes Banco Wiese Sudameris), a fin de garantizar las nuevas obligaciones de pago que por extenso se detallan en el titulo que se archiva. Asi consta de la Escritura Pública del 30/11/2011 otorgada ante la Notaria de Cañete Ítala Andrea Garrafa Peña.
LUGAR DE REMATE.- En el local del Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, sito en la Plaza de Armas N° 412, cuarto piso, del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, del departamento de Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE.- El día Lunes 04 de Junio del 2018 a las 02:00 p.m.
OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (NEGOCIABLE) y copia del mismo; presentarán la tasa o arancel judicial y copia de la misma con el número de Expediente, indicación del Juzgado y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia.
SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con Registro N° 342.
EN PRIMERA CONVOCATORIA
5.- El bien inmueble ubicado en Urbanización Los Huertos de San Leonardo, Mz. B, Lote 10D, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 21237804 de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN.- US$ 26,179.75 (veintiséis mil ciento setenta y nueve con 75/100 dólares americanos)
PRECIO BASE.- US$ 17,453.17 (diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y tres con 17/100 dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación.
AFECTACIONES, GRAVÁMENES Y CARGAS
PARTIDA N° 21237804, ASIENTO D00001.- HIPOTECA: Constituida por sus propietarios a favor del BANCO WIESE SUDAMERIS, debidamente representado por Juan Samuel Aguado Apolaya y Cesar Miguel León Castillo, hasta por la suma de US$ 14,939.00 dólares americanos, (no se exhibe medio de pago) respaldando las obligaciones que en forma expresa han asumido esto ante la citada entidad bancaria, en e l instrumento público que da origen a este asiento. Asi consta de la Escritura Pública de fecha 02/08/2005 extendida ante el Notario Público Dra. Rosa Angélica Nakasone Dizama.
PARTIDA N° 21237804, ASIENTO D00002.- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: La propietaria ha AMPLIADO la hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. (antes Banco Wiese Sudameris), a fin de garantizar las nuevas obligaciones de pago que por extenso se detallan en el titulo que se archiva. Asi consta de la Escritura Pública del 30/11/2011 otorgada ante la Notaria de Cañete Ítala Andrea Garrafa Peña.
LUGAR DE REMATE.- En el local del Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, sito en la Plaza de Armas N° 412, cuarto piso, del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, del departamento de Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE.- El día Lunes 04 de Junio del 2018 a las 03:00 p.m.
OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (NEGOCIABLE) y copia del mismo; presentarán la tasa o arancel judicial y copia de la misma con el número de Expediente, indicación del Juzgado y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia.
SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con Registro N° 342.
EN PRIMERA CONVOCATORIA
6.- El bien inmueble ubicado en Urbanización Los Huertos de San Leonardo, Mz. B, Lote 10E, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 21237805 de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN.- US$ 26,179.75 (veintiséis mil ciento setenta y nueve con 75/100 dólares americanos)
PRECIO BASE.- US$ 17,453.17 (diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y tres con 17/100 dólares americanos), que representan las dos terceras partes del valor de tasación.
AFECTACIONES, GRAVÁMENES Y CARGAS
PARTIDA N° 21237805, ASIENTO D00001.- HIPOTECA: Constituida por sus propietarios a favor del BANCO WIESE SUDAMERIS, debidamente representado por Juan Samuel Aguado Apolaya y Cesar Miguel León Castillo, hasta por la suma de US$ 14,939.00 dólares americanos, (no se exhibe medio de pago) respaldando las obligaciones que en forma expresa han asumido esto ante la citada entidad bancaria, en el instrumento público que da origen a este asiento. Asi consta de la Escritura Pública de fecha 02/08/2005 extendida ante el Notario Público Dra. Rosa Angélica Nakasone Dizama.
PARTIDA N° 21237805, ASIENTO D00002.- AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: La propietaria ha AMPLIADO la hipoteca inscrita en el asiento D00001 de la presente partida, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. (antes Banco Wiese Sudameris), a fin de garantizar las nuevas obligaciones de pago que por extenso se detallan en el titulo que se archiva. Asi consta de la Escritura Pública del 30/11/2011 otorgada ante la Notaria de Cañete Ítala Andrea Garrafa Peña.
LUGAR DE REMATE.- En el local del Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, sito en la Plaza de Armas N° 412, cuarto piso, del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, del departamento de Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE.- El día Lunes 04 de Junio del 2018 a las 04:00 p.m.
OBLAJE, TASA JUDICIAL Y PAGO DE HONORARIOS.- Los postores abonarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (NEGOCIABLE) y copia del mismo; presentarán la tasa o arancel judicial y copia de la misma con el número de Expediente, indicación del Juzgado y los generales de ley del postor; asimismo el DNI del postor en original y copia.
SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio dentro del tercer día de cerrada el acta.
FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE.- GONZALO EFRAIN ECHEVARRIA CAMARGO Martillero Público con Registro N° 342.
En todos los casos, el postor deberá suscribir o rubricar de puño y letra: el original y copia de la tasa o arancel judicial, consignando sus datos y firma.
De conformidad con el inciso 2 del Artículo 736° del Código Procesal Civil, se dará preferencia a quien ofrezca adquirir conjuntamente los inmuebles señalados líneas arriba. Chincha, 19 de Abril de 2018.
Abog. Luis A. Angulo Félix - Secretario - Juzgado Civil de Chincha
Gonzalo E. Echevarria Camargo
Martillero Público - Reg. N° 342
Publicar: Del 21 al 26 de Mayo de 2018.
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ASIA.- Juez: Quispe Nestares; Especialista Judicial Vera-Tudela Benza ha dispuesto notificar lo siguiente:
EXPEDIENTE N° 0014-2017-20-0805-JR-PE-01- Se notifica a SANDY MANUEL YAYA VILLALOBOS, la Resolución N° 02 de fecha 27.04.2018: «ADMITIR A TRÁMITE LA ACUSACIÓN EN SU CONTRA POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA -CONDUCCION DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD- EN AGRAVIO DEL ESTADO, CÓRRASE TRASLADO POR DIES». Especialista Judicial Terse Vera-Tudela Benza, Distrito de Asia.27.04.2018.
EL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE.- Juez: Anco Gutiérrez, Especialista Vargas Correa, ha dispuesto notificar lo siguiente:
EXPEDIENTE N° 0026-2017-88.- En el proceso seguido contra el acusado JHEAN MARCO MENDEZ ALAYO por el delito Contra El Patrimonio-Receptación Agravada- en agravio de Juana Eva Chevez Burga ordenó publicar lo siguiente: 1°) .Resolución N° 01: CITAR A JUICIO ORAL el día JUEVES 21 DE JUNIO DEL 2018 A HORAS 11.00.A.M. (hora exacta), en la SALA DE AUDIENCIAS «F» del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cañete (sede Av. Benavides 657-SVC), Notificándose vía edicto a la agraviada JUANA EVA CHEVEZ BURGA de dicha diligencia de carácter INAPLAZABLE, en el proceso que se le sigue al inculpado por Receptación Agravada.- Especialista. Vargas Correa. Cañete, 11.05.2018.
Publicar: 22, 23 y 24 de Mayo de 2018.
EDICTO PENAL
(03 DÍAS)
El segundo Juzgado de Proceso Inmediato de Cañete, Expediente N° 0151-2018-0-0801-JR-PE-02; RESUELVE: REPROGRAMAR Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, para el DOCE DE JUNIO del año dos mil dieciocho, a horas 03:30 PM, en la Sala de «A» del Módulo Penal; COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al investigado ERICK LUCIO GONZALES AVELLANEDA, a que concurra a la misma en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Familia – OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Ángeles Daniela Gonzales Murga. Juez: Aroni y Especialista de Causa: Juana Camacho.
Publicar: 22, 23 y 24 de Mayo de 2018
EDICTO JUDICIAL
(03 DÍAS)
El Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cañete, ha ordenado la publicación de edictos en el proceso N° 1059-2017-49; JUEZ: Cuya García, Resolución N° 06: REPROGRAMAR la Audiencia de Juicio Inmediato para el día 24 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 8:15 A.M. (HORA EXACTA) en la SALA DE AUDIENCIAS «K» DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE, Notificándose VIA EDICTO al imputado ANDY CESAR ROJAS ARIAS, DECLARANDOSE dicha diligencia de carácter INAPLAZABLE. Bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, ser declarado REO CONTUMAZ O AUSENTE. En el proceso que se sigue por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Andy Cesar y Bryan Smith Rojas Saldivar. Asist. de causas. Vargas.
Publicar: 23, 24 y 25 de Mayo de 2018.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
Cañete – Lima – Perú
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego Matrimonial don CHRISTIAN HERNAN YACTAYO OBREGON, de 35 años de edad, identificado con DNI N° 41705648, natural de Miraflores – Lima – Lima, de nacionalidad peruana, estado civil soltero, domiciliado en calle Bolognesi N° 442 – Cerro Azul, ocupación Hostelería y Turismo, hijo de don Wualter Hernan Yactayo Luyo y doña Nancy Marlene Obregon Sanchez, y doña GLORIA ELIZABETH LA MADRID ROSADO, de 37 años de edad, identificada con DNI N° 40870149, natural de San Vicente – Cañete – Lima, nacionalidad peruana, estado civil soltera, domiciliada en calle Bolognesi N° 442 – Cerro Azul, ocupación Hostelería y Turismo, hija de don Jose Luis la Madrid Francia y doña Gloria Elizabeth Rosado Flores.
Pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de ocho días conforme a Ley.
Cerro Azul, 22 de Mayo de 2017.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, GUILLERMO LAZARO RODRIGUEZ LLANOS, con DNI N° 15345808, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo MARIANO ANDRES RODRIGUEZ PADILLA, fallecido el día 09 de Mayo del 2018, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 21 de Mayo de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaria Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MOISES SOLIS CARDENAS, con DNI N° 41441136 y OLGA LIDIA LAURA LLOCLLA, con DNI N° 43102144, solicitan el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, respecto de la unión libre, voluntaria y sin impedimento matrimonial que mantienen desde hace 02 (años) aproximadamente. Lo que se publica a efecto de que los que tengan que formular alguna oposición se apersonen dentro del plazo de 15 días.
San Vicente de Cañete, 19 de Mayo de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaria Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, GUILLERMO QUISPE VILCA, con DNI N° 10150128 y YESSICA QUETI TELLO ORE, con DNI N° 10173967, solicitan el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, respecto de la unión libre, voluntaria y sin impedimento matrimonial que mantienen desde hace 02 (años) aproximadamente. Lo que se publica a efecto de que los que tengan que formular alguna oposición se apersonen dentro del plazo de 15 días.
San Vicente de Cañete, 19 de Mayo de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS EN ADICION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR, Juez Ramón Renzo Vite, y el Secretario Judicial Rony Ramos, ha dispuesto publicar lo siguiente:
EXP. N° 182-2004.- Un extracto de la Resolución S/N de fecha veinticuatro de Abril, en donde se cita a la agraviada ANA PATRICIA RODRIGUEZ SARAVIA para la diligencia de confrontación para el día MIERCOLES 06 DE JUNIO DEL 2018 A LAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11.30 a.m.), del proceso seguido por la agraviada Menor de Iniciales A.P.R.S contra el denunciado Francisco Paulino Valeriano, por el delito contra la Libertad Sexual – Violación de la Libertad Sexual, notifíquesele por edictos en el diario oficial El Peruano y en el diario oficial Al Dia con Matices de la Provincia de Cañete. Secretario Judicial Rony Ramos Silva. Yauyos 24.04.2018
23, 24 y 25 de Mayo
MUNICIPALIDA DISTRITAL DE SAN ANTONIO
EDICTO
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad de San Antonio, se ha presentado el ciudadano CARLOS CAYCHO YACTAYO, identificado con DNI N° 08050902, generándose el Exp. N° 01203-2018 del día 22 de Mayo del presente, solicitando la Rectificación Administrativa en el Acta de Nacimiento N° 121, perteneciente al titular CARLOS CAYCHO YACTAYO, en el sentido de adicionar el primer prenombre del padre del titular, corregir su apellido paterno y suprimir la letra «y» consignado entre sus apellidos es «EMILIO ROMÁN CAYCHO CUYA», asimismo corregir el apellido paterno del titular y suprimir la letra «i» consignado entre sus apellidos, es «CARLOS CAYCHO YACTAYO», y no como se encuentran consignados.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con el artículo 73° del D.S. 015-98-PCM.
San Antonio, 23 de Mayo del 2018
Leah Ivonne Huapaya Chumpitaz
Oficina de Registro Civil
24 mayo 2018
RINCÓN CONCILIATORIO
«No soy sicóloga, ni chamán ni maga: soy una abogada convencida que LA CONCILIACIÓN ES LA JUSTICIA PARA EL QUE VIVE DE SU TRABAJO: DEJA O DETÉN LOS JUICIOS QUE TE AHOGAN: ¡BIENVENIDOS!»
Rocío López Luna -
Directora del Centro De Conciliación «Madre De Cristo Conciliadora»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE - Cel. 999 210 236, T. 01 3005603, Rpm 103 931
No dejo escapar ninguna oportunidad para agradecer, y con motivo del frustrado robo a mi oficina en que acabé ‘choreando al choro’ quiero hacerlo con la tranquilidad de un profundo suspiro:
· GRACIAS A MIS VECINAS CECILIA Y DIANA QUE ME TRANQUILIZARON Y LLAMARON A SERENAZGO.
· GRACIAS A LOS EFECTIVOS DE SERENAZGO QUE LLEGARON AL INSTANTE, HICIERON UNA INSPECCIÓN INMEDIATA Y ME ACOMPAÑARON A LA COMISARÍA, NEGÁNDOSE A RECIBIR UN DINERITO QUE LES OFRECI PARA COMPENSARLES TANTO ESFUERZO: ¡MIS RESPETOS!
· GRACIAS AL LADRÓN FRUSTRADO POR TENER MIEDO Y QUIEN NO HA DE SER MUY MALVADO PORQUE NO ME HIRIÓ NI MATÓ.
· GRACIAS A LAS MUCHÍSIMAS PERSONAS QUE SE ME ACERCARON PARA FELICITARME UNAS Y OTRAS PARA ACONSEJARME QUE TENGA PRUDENCIA.
· GRACIAS UDO, PADRES, HIJOS, HERMANA, PUES SIN MI AMADA FAMILIA NO TENDRÍA FUERZAS NI GANAS DE SEGUIR LUCHANDO POR UNA HERMOSA AVENTURA LLAMADA ‘VIDA’.
Encontré una página mejicana llamada VECINOS ALERTA: tal vez puedas hacer algo parecido en tu barrio, yo lo intentaré:
En caso de peligro tú agradecerías mucho contar con la ayuda de tus vecinos, como ellos agradecerían la tuya.
En muchas ciudades se ha comprobado que la mejor protección contra robos, asaltos, plagios, violaciones y demás delitos, ha sido la ayuda indirecta que han prestado sus vecinos, a los afectados, aún cuando nunca lo hubieren solicitado.
Aparte de lo que cada uno de nosotros está haciendo para protegerse a sí mismo, y para cuidar de su familia y su patrimonio, la mejor alternativa que tenemos es UNIRNOS ante la inseguridad en el vecindario y en la ciudad.
· No organizarnos
· No actuar
· No comprometernos
Nos ha llevado a la situación de violencia y deterioro que vivimos actualmente en todos los ámbitos del país.
Aprendamos como han hecho otros ciudadanos en varias delegaciones del D.F., en el Estado de
México, en el Sur de la Ciudad de México, que ya se están organizando para prevenir la delincuencia y autoprotegerse.
Además de lo que cada uno de nosotros está haciendo para protegerse a sí mismo y para cuidar de su familia y su patrimonio, la mejor manera que se tiene para abatir la inseguridad en el vecindario y por consecuencia en el Municipio y convertirse en observadores del entorno estando dispuestos a reportar cualquier incidente que altere la tranquilidad es UNIRSE.
Vecinos en Alerta es un programa de prevención del delito creado por el Club Rotario de la Ciudad de México hace más de 20 años y que ha demostrado que en aquellas calles donde se aplica adecuadamente, se incrementa el índice de seguridad considerablemente.
Tareas del Vecino en Alerta
· Tener una lista con todos los datos y teléfonos de los vecinos que forman el grupo.
· Organizar reuniones periódicas de vecinos.
· Reportar a la policía y a otros grupos de calle de la zona actividades sospechosas que considere peligrosas.
· Involucrar como Vecinos en Alerta, a los comerciantes, a los que atienden puestos, al recolector de basura, etc. que conviven diariamente en su calle.
· Vigilar vehículos no familiares y reportarlos.
· Reportar a la policía cualquier actividad sospechosa.
· Hacer que sus casas siempre parezcan habitadas.
· Cuando salgas por varios días avisar a su coordinador de grupo y a sus vecinos.
· Si un vecino se mantiene aislado, no se sabrá si existe, ni mucho menos si está en dificultades, y no se le podrá ayudar.
· Establece con tus vecinos la hora más conveniente para ser localizado y en qué lugar.
· Cuando observes acciones o individuos sospechosos, notifica a la policía o Serenazgo. Es más fácil verificar en el momento, que cuando ya huyó un presunto delincuente.
· Nunca te enfrentes a un sospechoso pues no es tu función, ni estás preparado. Llevarías la de perder y es peligroso.
Si bien el problema de inseguridad pública es multifactorial, los ciudadanos por falta de información y muchas veces por descuido se convierten en víctimas propiciatorias, ya que ventanas rotas, puertas frágiles, pastos sobrecrecidos, basura tirada en las aceras, casas sin número y callejones oscuros, son una invitación a los delincuentes y proclaman que los habitantes de esa zona son indiferentes a las necesidades de su comunidad y delegan la responsabilidad del control de los delitos únicamente a la policía.
Por el contrario; los delincuentes calculan todos los riesgos cuidadosamente. Ellos saben que los puntos de ataque más sencillos, son áreas NO vigiladas por los propios ciudadanos.
Procedimiento para reportar a la policía
· Identifica el tipo de ilícito que estás reportando. Robo, asalto, etc.
· Di si el delito está ocurriendo en ese momento, o cuándo ocurrió.
· Precisa donde está ocurriendo o dónde ocurrió, para facilitar la localización.
· Si es posible, di si la persona que lo comete está armada y con qué: pistola, cuchillo, etc.
· Proporciona la descripción física del delincuente, si es que lo viste: estatura, complexión, color de piel, vestimenta, color de cabello, sexo, etc.
· Proporciona las características del automóvil sospechoso, si es que lo hubo: tamaño, color marca, placas, etc.
· Di hacia donde se dirigió el maleante, si es que lo ves.
· Di que artículos de valor se llevó, si fuera el caso.
· Di cómo se introdujo al lugar: por la ventana, puerta, etc.
Y PARA QUE TÚ TAMBIÉN ROMPAS LAS CADENAS DEL MIEDO Y SE VAYAN CORRIENDO LOS ‘CHORITOS’ DE ESTOS MARES, TE OFREZCO QUERIDA LECTORA, QUERIDO LECTOR, UN PENSAMIENTO CHIQUITO Y BONITO DE FACUNDO CABRAL, UNO QUE QUIZÁS ME AYUDÓ EN AQUEL MOMENTO EN QUE DECIDÍ NO SER VÍCTIMA SINO GUERRERA AMAZONA:
«SE GANA Y SE PIERDE, SE SUBE Y SE BAJA, SE NACE Y SE MUERE. Y SI LA HISTORIA ES TAN SIMPLE, ¿POR QUÉ TE PREOCUPAS TANTO?»
HISTORIA «DE PARCELERO A JORNALERO» I PARTE
Esta Historia se moría de ganas de ser publicada desde hace mucho tiempo. No cedí a la tentación de seguirla aplazando porque hay otra fantástica que me acaba de contar un simpatiquísimo mototaxista, pero «al César lo que es del César».
Ya verás…
Rufino con sus 5 hermanos heredaron 2 hectáreas y media de su padre, un huancaíno trabajador y fuerte, don Anselmo, que en paz descanse.
Cuando don Anselmo decidió que ya era tiempo de reunirse con ‘su Imelda’, antes de partir aconsejó a sus hijos en sus últimas palabras:
- No traicionen a la Pachamama hijos ¡no vendan la chacra!
Pero ellos lógicamente… vendieron.
Si quieres saber cómo continúa esta Historia ¡la encontrarás en el próximo MATICES!
Y DE POSTRE: AVENTURAS EN MI CHACRA «NATURWASI»:
En verano llegaba, me ponía la ropa de baño y ¡Plash! al agua patos…
Pero hoy será lindo también: en la noche me sacaré los zapatos, caminaré descalza y abrazaré árboles. No esperaré al fin de semana.
Nuestros perritos estarán felices por el paseíto.
LA CHACRA ENSEÑA QUE LA FELICIDAD ESTÁ A NUESTRO COSTADO Y NOSOTROS ¡NO LA VEMOS!
TE ESPERAMOS EN «NATURWASI», ESTAMOS EN LA CARRETERA IHUANCO –ROLDÁN S/N AL LADO DE LA CURVA DE «PASAMAYITO», informes allá mismo, al 999 210 236, o Av. Benavides 610 San Vicente.
AFECTUOSAMENTE,
Abogada ROCÍO LÓPEZ LUNA
Directora Del Centro De Conciliación «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE
Cel. 999 210 236 (Con numeral delante si quieres Rpm), T. 01 3005603.
LISTA DE QUIENES CREEN EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA:
* EDICIONES PJK, Jr. 28 de Julio 629 Imperial.
* LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU «TSOM TSOM» que ahora funciona en NATURWASI.
Y SI QUIERES SER PARTE DE ESTA LISTA ¡CLARO QUE TAMBIÉN TE ESPERO!
Rocío López Luna -
Directora del Centro De Conciliación «Madre De Cristo Conciliadora»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE - Cel. 999 210 236, T. 01 3005603, Rpm 103 931
No dejo escapar ninguna oportunidad para agradecer, y con motivo del frustrado robo a mi oficina en que acabé ‘choreando al choro’ quiero hacerlo con la tranquilidad de un profundo suspiro:
· GRACIAS A MIS VECINAS CECILIA Y DIANA QUE ME TRANQUILIZARON Y LLAMARON A SERENAZGO.
· GRACIAS A LOS EFECTIVOS DE SERENAZGO QUE LLEGARON AL INSTANTE, HICIERON UNA INSPECCIÓN INMEDIATA Y ME ACOMPAÑARON A LA COMISARÍA, NEGÁNDOSE A RECIBIR UN DINERITO QUE LES OFRECI PARA COMPENSARLES TANTO ESFUERZO: ¡MIS RESPETOS!
· GRACIAS AL LADRÓN FRUSTRADO POR TENER MIEDO Y QUIEN NO HA DE SER MUY MALVADO PORQUE NO ME HIRIÓ NI MATÓ.
· GRACIAS A LAS MUCHÍSIMAS PERSONAS QUE SE ME ACERCARON PARA FELICITARME UNAS Y OTRAS PARA ACONSEJARME QUE TENGA PRUDENCIA.
· GRACIAS UDO, PADRES, HIJOS, HERMANA, PUES SIN MI AMADA FAMILIA NO TENDRÍA FUERZAS NI GANAS DE SEGUIR LUCHANDO POR UNA HERMOSA AVENTURA LLAMADA ‘VIDA’.
Encontré una página mejicana llamada VECINOS ALERTA: tal vez puedas hacer algo parecido en tu barrio, yo lo intentaré:
En caso de peligro tú agradecerías mucho contar con la ayuda de tus vecinos, como ellos agradecerían la tuya.
En muchas ciudades se ha comprobado que la mejor protección contra robos, asaltos, plagios, violaciones y demás delitos, ha sido la ayuda indirecta que han prestado sus vecinos, a los afectados, aún cuando nunca lo hubieren solicitado.
Aparte de lo que cada uno de nosotros está haciendo para protegerse a sí mismo, y para cuidar de su familia y su patrimonio, la mejor alternativa que tenemos es UNIRNOS ante la inseguridad en el vecindario y en la ciudad.
· No organizarnos
· No actuar
· No comprometernos
Nos ha llevado a la situación de violencia y deterioro que vivimos actualmente en todos los ámbitos del país.
Aprendamos como han hecho otros ciudadanos en varias delegaciones del D.F., en el Estado de
México, en el Sur de la Ciudad de México, que ya se están organizando para prevenir la delincuencia y autoprotegerse.
Además de lo que cada uno de nosotros está haciendo para protegerse a sí mismo y para cuidar de su familia y su patrimonio, la mejor manera que se tiene para abatir la inseguridad en el vecindario y por consecuencia en el Municipio y convertirse en observadores del entorno estando dispuestos a reportar cualquier incidente que altere la tranquilidad es UNIRSE.
Vecinos en Alerta es un programa de prevención del delito creado por el Club Rotario de la Ciudad de México hace más de 20 años y que ha demostrado que en aquellas calles donde se aplica adecuadamente, se incrementa el índice de seguridad considerablemente.
Tareas del Vecino en Alerta
· Tener una lista con todos los datos y teléfonos de los vecinos que forman el grupo.
· Organizar reuniones periódicas de vecinos.
· Reportar a la policía y a otros grupos de calle de la zona actividades sospechosas que considere peligrosas.
· Involucrar como Vecinos en Alerta, a los comerciantes, a los que atienden puestos, al recolector de basura, etc. que conviven diariamente en su calle.
· Vigilar vehículos no familiares y reportarlos.
· Reportar a la policía cualquier actividad sospechosa.
· Hacer que sus casas siempre parezcan habitadas.
· Cuando salgas por varios días avisar a su coordinador de grupo y a sus vecinos.
· Si un vecino se mantiene aislado, no se sabrá si existe, ni mucho menos si está en dificultades, y no se le podrá ayudar.
· Establece con tus vecinos la hora más conveniente para ser localizado y en qué lugar.
· Cuando observes acciones o individuos sospechosos, notifica a la policía o Serenazgo. Es más fácil verificar en el momento, que cuando ya huyó un presunto delincuente.
· Nunca te enfrentes a un sospechoso pues no es tu función, ni estás preparado. Llevarías la de perder y es peligroso.
Si bien el problema de inseguridad pública es multifactorial, los ciudadanos por falta de información y muchas veces por descuido se convierten en víctimas propiciatorias, ya que ventanas rotas, puertas frágiles, pastos sobrecrecidos, basura tirada en las aceras, casas sin número y callejones oscuros, son una invitación a los delincuentes y proclaman que los habitantes de esa zona son indiferentes a las necesidades de su comunidad y delegan la responsabilidad del control de los delitos únicamente a la policía.
Por el contrario; los delincuentes calculan todos los riesgos cuidadosamente. Ellos saben que los puntos de ataque más sencillos, son áreas NO vigiladas por los propios ciudadanos.
Procedimiento para reportar a la policía
· Identifica el tipo de ilícito que estás reportando. Robo, asalto, etc.
· Di si el delito está ocurriendo en ese momento, o cuándo ocurrió.
· Precisa donde está ocurriendo o dónde ocurrió, para facilitar la localización.
· Si es posible, di si la persona que lo comete está armada y con qué: pistola, cuchillo, etc.
· Proporciona la descripción física del delincuente, si es que lo viste: estatura, complexión, color de piel, vestimenta, color de cabello, sexo, etc.
· Proporciona las características del automóvil sospechoso, si es que lo hubo: tamaño, color marca, placas, etc.
· Di hacia donde se dirigió el maleante, si es que lo ves.
· Di que artículos de valor se llevó, si fuera el caso.
· Di cómo se introdujo al lugar: por la ventana, puerta, etc.
Y PARA QUE TÚ TAMBIÉN ROMPAS LAS CADENAS DEL MIEDO Y SE VAYAN CORRIENDO LOS ‘CHORITOS’ DE ESTOS MARES, TE OFREZCO QUERIDA LECTORA, QUERIDO LECTOR, UN PENSAMIENTO CHIQUITO Y BONITO DE FACUNDO CABRAL, UNO QUE QUIZÁS ME AYUDÓ EN AQUEL MOMENTO EN QUE DECIDÍ NO SER VÍCTIMA SINO GUERRERA AMAZONA:
«SE GANA Y SE PIERDE, SE SUBE Y SE BAJA, SE NACE Y SE MUERE. Y SI LA HISTORIA ES TAN SIMPLE, ¿POR QUÉ TE PREOCUPAS TANTO?»
HISTORIA «DE PARCELERO A JORNALERO» I PARTE
Esta Historia se moría de ganas de ser publicada desde hace mucho tiempo. No cedí a la tentación de seguirla aplazando porque hay otra fantástica que me acaba de contar un simpatiquísimo mototaxista, pero «al César lo que es del César».
Ya verás…
Rufino con sus 5 hermanos heredaron 2 hectáreas y media de su padre, un huancaíno trabajador y fuerte, don Anselmo, que en paz descanse.
Cuando don Anselmo decidió que ya era tiempo de reunirse con ‘su Imelda’, antes de partir aconsejó a sus hijos en sus últimas palabras:
- No traicionen a la Pachamama hijos ¡no vendan la chacra!
Pero ellos lógicamente… vendieron.
Si quieres saber cómo continúa esta Historia ¡la encontrarás en el próximo MATICES!
Y DE POSTRE: AVENTURAS EN MI CHACRA «NATURWASI»:
En verano llegaba, me ponía la ropa de baño y ¡Plash! al agua patos…
Pero hoy será lindo también: en la noche me sacaré los zapatos, caminaré descalza y abrazaré árboles. No esperaré al fin de semana.
Nuestros perritos estarán felices por el paseíto.
LA CHACRA ENSEÑA QUE LA FELICIDAD ESTÁ A NUESTRO COSTADO Y NOSOTROS ¡NO LA VEMOS!
TE ESPERAMOS EN «NATURWASI», ESTAMOS EN LA CARRETERA IHUANCO –ROLDÁN S/N AL LADO DE LA CURVA DE «PASAMAYITO», informes allá mismo, al 999 210 236, o Av. Benavides 610 San Vicente.
AFECTUOSAMENTE,
Abogada ROCÍO LÓPEZ LUNA
Directora Del Centro De Conciliación «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE
Cel. 999 210 236 (Con numeral delante si quieres Rpm), T. 01 3005603.
LISTA DE QUIENES CREEN EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA:
* EDICIONES PJK, Jr. 28 de Julio 629 Imperial.
* LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU «TSOM TSOM» que ahora funciona en NATURWASI.
Y SI QUIERES SER PARTE DE ESTA LISTA ¡CLARO QUE TAMBIÉN TE ESPERO!

El Presidente de la República, publicó en el diario El Peruano en su Edición Año 192 / N° 25914 Miércoles 23 de mayo 2018, en su sección de Normas Legales página 05 se publica LA LEY N° 30773, LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, REFERIDO A LA PUBLICIDAD DE LAS NORMAS MUNICIPALES.
Esta Ley permitirá que que las municipalidades Provinciales y Distritales de la Región Lima provincias publiquen sus normas municipales en diarios locales de sus respectivas jurisdicciones equiparándolos con los demás municipios Provinciales y Distritales de las regiones del país.
Esta Ley no solo beneficiará a las municipalidades Provinciales y Distritales de la Región Lima Provincias, si no también a los propios habitantes de dicha región, todos los habitantes tendrán a su dispocisión información sobre las normas emitidas en su jurisdicción y sobre todo por que en dichas zonas no compran el diario EL PERUANO.
30 noviembre 2017
EDICTOS
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2017-00503, seguido por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra ROSA ANGELICA ROJAS DE SUAREZ Y OTROS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 02 la cual transcribe: SE RESUELVE:
RESOLUCIÓN N° 02
1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra GERARDO DANIEL SUAREZ DURAN y ROSA ANGÉLICA ROJAS DE SUAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, teniéndose como pretensión principal: se le declare propietario del bien inmueble denominado Lote 31 Cerro Azul, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados y como pretensión accesoria: la independización del área 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados de la Partida Registral N° 90243381, tomo 19, fojas 432 de los Registros de Predios y la inscripción registral de la sentencia.
2°) TRAMÍTESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO y córrase TRASLADO de la misma, escrito de subsanación, demanda, anexos y auto admisorio a la parte accionada, para los efectos que la conteste en el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDÍA. PÓNGASE a conocimiento, de los propietarios o posesionarios de los predios colindantes, la demanda, anexos y auto admisorio, a efecto que hagan valer su derecho, si lo consideran conveniente. Una firma, Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Dra. Katherine Claudio Guevara – Secretaria Judicial.
Cañete, 25 de Octubre de 2017.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 28, 29 y 30 de Noviembre de 2017.
PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, Plaza Constitución s/n – Yauyos – Lima, CONSUELO JULIA ESPÍRITU REYES DE JIMENEZ, con DNI N° 07117710, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de DIONICIO ESPIRITU RICRA, fallecido el 03 de Marzo de 1999, en el Agustino – Lima, teniendo como último domicilio en el distrito de Huañec, provincia Yauyos – Lima. Lo que comunico para los fines de Ley.
Yauyos, 10 de Noviembre de 2017.
S. César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución s/n, distrito y provincia de Yauyos – Lima, se ha presentado ISABEL CONSUELO FERNANDEZ PIZARRO, con DNI N° 08428269, solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, sentada en la Municipalidad de La Victoria, provincia y departamento de Lima, hoy a cargo de la RENIEC, el nombre de su madre dice CONSUELO PIZARRO, debe decir ANDREA CONSUELO PIZARRO VIVAS. Se publica para los fines de Ley.
Yauyos, 13 de Noviembre de 2017.
S. César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
NOTARÍA CAMACHO GÁLVEZ
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña ESPERANZA NAPA CASTILLA DE MARTINEZ, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don MARCELINO MARTINEZ LOBATON, quien falleció AB-INTESTADO el día 04 de Setiembre del año 2017, a efecto de que se declare como heredera a su cónyuge ESPERANZA NAPA CASTILLA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 18 de Setiembre de 2017.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el suscrito Notario, sito en Jr. Jorge Chávez N° 291 – Imperial – Cañete, TERESA AUGUSTA GARCIA CAMPOS, solicita la SUCESIÓN INTESTADA, de quien en vida fuera su cónyuge GUILLERMO CONCEPCION ALBARRACIN FUENTES, fallecido el veintidós de Julio del año dos mil dos, indicando que tuvo como último domicilio en Cañete y como presunta y única heredera a TERESA AUGUSTA GARCIA CAMPOS (cónyuge del causante). Se publica para efectos legales y se presenten los que se consideren con derecho, dentro del plazo y conforme a Ley.
Imperial – Cañete, 28 de Noviembre de 2017.
Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. N° 5534-2017-MDCA
El Jefe de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, Cañete, en mérito al Exp. N° 5534-2017-MDCA, don MAURO ALEJANDRO FRANCIA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 12, folio 19, año 1963, en el extremo que se ha consignado erróneamente el nombre del padre del titular como VICTOR FRANCIA GUTIERREZ, siendo lo correcto VICTOR ENRIQUE FRANCIA GUTIERREZ, quedando intacto registrados los demás datos anotados en el instrumento público.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil N° 26497, D.S. N° 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva 415-GRC-032, “Rectificación Administrativa de Actas por Error u Omisión No Atribuible al Registrador Civil”, aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC.
Cerro Azul, 28 de Noviembre de 2017.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXP. 352-2003-0 La SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION SALA PENAL LIQUIDADORA DE CAÑETE, que preside el señor Juez Superior Luis Enrique García Huanca, CITA y EMPLAZA a: JUAN CARLOS BUENDIA ANTIALON, a fin de que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para su juzgamiento por encontrarse reservado su juzgamiento. Lugar: Avenida Mariscal Benavides N° 657 – Sala de Audiencias de la Sala de Apelaciones – San Vicente de Cañete; Delito: Violación Sexual de Menor de Edad. Agraviado: Menor de iniciales J.R.F.C. Especialista Judicial de Sala. Luz Xiomara Gutiérrez Flores.- San Vicente de Cañete, 22 de noviembre del 2017.
EXPEDIENTE: N° 62-2011-2 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: Menor de edad de iniciales M.B.H.S.; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
EXPEDIENTE: N° 158-1995-0 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado ANTERO GUILLERMO YASHILA CAZUZOL, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO. Agraviada: El Estado; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
EDICTO
En el Expediente N° 00177-2017-0-0801-JP-CI-01, ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de San Vicente de Cañete, que despacha la Sra. Juez Carmen Nelly Rangel Purilla y Secretaria Martha Maritza Sifuentes Puma, doña FELICITA VICTORIA VALENCIA GUTIERREZ, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO correspondiente en el extremo de no habérseme consignado su segundo nombre (de la solicitante), habiéndose consignado como FELICITA VALENCIA GUTIERREZ, siendo lo correcto FELICITA VICTORIA VALENCIA GUTIERREZ. Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 14 de Setiembre de 2017.
Martha Maritza Sifuentes Puma
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio
Corte Superior de Justicia de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2017-00503, seguido por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra ROSA ANGELICA ROJAS DE SUAREZ Y OTROS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 02 la cual transcribe: SE RESUELVE:
RESOLUCIÓN N° 02
1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra GERARDO DANIEL SUAREZ DURAN y ROSA ANGÉLICA ROJAS DE SUAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, teniéndose como pretensión principal: se le declare propietario del bien inmueble denominado Lote 31 Cerro Azul, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados y como pretensión accesoria: la independización del área 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados de la Partida Registral N° 90243381, tomo 19, fojas 432 de los Registros de Predios y la inscripción registral de la sentencia.
2°) TRAMÍTESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO y córrase TRASLADO de la misma, escrito de subsanación, demanda, anexos y auto admisorio a la parte accionada, para los efectos que la conteste en el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDÍA. PÓNGASE a conocimiento, de los propietarios o posesionarios de los predios colindantes, la demanda, anexos y auto admisorio, a efecto que hagan valer su derecho, si lo consideran conveniente. Una firma, Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Dra. Katherine Claudio Guevara – Secretaria Judicial.
Cañete, 25 de Octubre de 2017.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 28, 29 y 30 de Noviembre de 2017.
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXPEDIENTE: 00281-2017-31-0806-JR-PE-01. JUEZ: ARTURO ROLANDO AYALA CUENCA. ESPECIALISTA JUDICIAL: JUANA DINA HUAMÁN GUTIÉRREZ. El Juzgado Penal Unipersonal de Mala, cita y emplaza al acusado: LIDIO LÓPEZ GODOS, con Documento de Identidad N° 03360629 en mérito a la Resolución número uno de fecha veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, mediante la cual se señala Audiencia de Juicio Oral para el día JUEVES VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las ONCE DE LA MAÑANA, la misma que es de CARÁCTER INAPLAZABLE, a llevarse a cabo en el local del Juzgado Penal Unipersonal sito en el Pasaje San José N° 100 – Mala – Cañete, para que se presente y se defienda de los cargos formulados en su contra por la presunta comisión del delito contra la Familia – OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de Pilar López Godos y otros, bajo apercibimiento de declararse reo contumaz o ausente en caso de inasistencia. Mala, 23 de noviembre del 2017.
El 1° Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete que despacha el Señor Juez: Gary Martin Nolasco Velezmoro, Exp. 1209-2017-0-0801-JR-PE-01, NOTIFICA al imputado GUADALUPE JARA SALVADOR, por el delito de Violación Sexual de menor de edad (Mayor de 10 y menor de 14), en agravio de la menor de iniciales T.K.B.V., la Res. N° 04 que resuelve: CITAR a AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA, para el día veinte de diciembre del presente año a las nueve de la mañana (09:00am., a realizarse en la sala de Audiencias “C” del Módulo Penal de Cañete, ubicado en la Av. Mariscal Benavides N° 657. Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete: Diego David Huamán Rodríguez.
Publicar: 30 de Noviembre, 01 y 02 de Noviembre de 2017
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
El Segundo Juzgado de Proceso Inmediato de Cañete, EXP. 1139-2017-0 REPROGRAMA Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, para el MARTES DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), en Sala de Audiencia “A” del Módulo Penal; COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al investigado SANTIAGO CRISTOBAL ACUÑA CONDOR, con DNI N° 80070716 a que concurra a la misma en la investigación que se le sigue por Delito Contra la Familia – OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BRYAN FELIPE Y NADIA MARILU ACUÑA RAFAEL.- Juez: ARONI MALDONADO. ESPC. DE AUDIENCIAS: NIMIS BARBOZA.
San Vicente de Cañete, 23 noviembre del 2017.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2017-00503, seguido por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra ROSA ANGELICA ROJAS DE SUAREZ Y OTROS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 02 la cual transcribe: SE RESUELVE:
RESOLUCIÓN N° 02
1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra GERARDO DANIEL SUAREZ DURAN y ROSA ANGÉLICA ROJAS DE SUAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, teniéndose como pretensión principal: se le declare propietario del bien inmueble denominado Lote 31 Cerro Azul, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados y como pretensión accesoria: la independización del área 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados de la Partida Registral N° 90243381, tomo 19, fojas 432 de los Registros de Predios y la inscripción registral de la sentencia.
2°) TRAMÍTESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO y córrase TRASLADO de la misma, escrito de subsanación, demanda, anexos y auto admisorio a la parte accionada, para los efectos que la conteste en el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDÍA. PÓNGASE a conocimiento, de los propietarios o posesionarios de los predios colindantes, la demanda, anexos y auto admisorio, a efecto que hagan valer su derecho, si lo consideran conveniente. Una firma, Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Dra. Katherine Claudio Guevara – Secretaria Judicial.
Cañete, 25 de Octubre de 2017.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 28, 29 y 30 de Noviembre de 2017.
PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, Plaza Constitución s/n – Yauyos – Lima, CONSUELO JULIA ESPÍRITU REYES DE JIMENEZ, con DNI N° 07117710, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de DIONICIO ESPIRITU RICRA, fallecido el 03 de Marzo de 1999, en el Agustino – Lima, teniendo como último domicilio en el distrito de Huañec, provincia Yauyos – Lima. Lo que comunico para los fines de Ley.
Yauyos, 10 de Noviembre de 2017.
S. César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución s/n, distrito y provincia de Yauyos – Lima, se ha presentado ISABEL CONSUELO FERNANDEZ PIZARRO, con DNI N° 08428269, solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, sentada en la Municipalidad de La Victoria, provincia y departamento de Lima, hoy a cargo de la RENIEC, el nombre de su madre dice CONSUELO PIZARRO, debe decir ANDREA CONSUELO PIZARRO VIVAS. Se publica para los fines de Ley.
Yauyos, 13 de Noviembre de 2017.
S. César Ramos Ramos
Abogado Notario Público
Registro N° 6 Colegio de Notarios del Callao
NOTARÍA CAMACHO GÁLVEZ
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña ESPERANZA NAPA CASTILLA DE MARTINEZ, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don MARCELINO MARTINEZ LOBATON, quien falleció AB-INTESTADO el día 04 de Setiembre del año 2017, a efecto de que se declare como heredera a su cónyuge ESPERANZA NAPA CASTILLA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 18 de Setiembre de 2017.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el suscrito Notario, sito en Jr. Jorge Chávez N° 291 – Imperial – Cañete, TERESA AUGUSTA GARCIA CAMPOS, solicita la SUCESIÓN INTESTADA, de quien en vida fuera su cónyuge GUILLERMO CONCEPCION ALBARRACIN FUENTES, fallecido el veintidós de Julio del año dos mil dos, indicando que tuvo como último domicilio en Cañete y como presunta y única heredera a TERESA AUGUSTA GARCIA CAMPOS (cónyuge del causante). Se publica para efectos legales y se presenten los que se consideren con derecho, dentro del plazo y conforme a Ley.
Imperial – Cañete, 28 de Noviembre de 2017.
Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. N° 5534-2017-MDCA
El Jefe de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, Cañete, en mérito al Exp. N° 5534-2017-MDCA, don MAURO ALEJANDRO FRANCIA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 12, folio 19, año 1963, en el extremo que se ha consignado erróneamente el nombre del padre del titular como VICTOR FRANCIA GUTIERREZ, siendo lo correcto VICTOR ENRIQUE FRANCIA GUTIERREZ, quedando intacto registrados los demás datos anotados en el instrumento público.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil N° 26497, D.S. N° 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva 415-GRC-032, “Rectificación Administrativa de Actas por Error u Omisión No Atribuible al Registrador Civil”, aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC.
Cerro Azul, 28 de Noviembre de 2017.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXP. 352-2003-0 La SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION SALA PENAL LIQUIDADORA DE CAÑETE, que preside el señor Juez Superior Luis Enrique García Huanca, CITA y EMPLAZA a: JUAN CARLOS BUENDIA ANTIALON, a fin de que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para su juzgamiento por encontrarse reservado su juzgamiento. Lugar: Avenida Mariscal Benavides N° 657 – Sala de Audiencias de la Sala de Apelaciones – San Vicente de Cañete; Delito: Violación Sexual de Menor de Edad. Agraviado: Menor de iniciales J.R.F.C. Especialista Judicial de Sala. Luz Xiomara Gutiérrez Flores.- San Vicente de Cañete, 22 de noviembre del 2017.
EXPEDIENTE: N° 62-2011-2 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: Menor de edad de iniciales M.B.H.S.; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
EXPEDIENTE: N° 158-1995-0 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado ANTERO GUILLERMO YASHILA CAZUZOL, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO. Agraviada: El Estado; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
EDICTO
En el Expediente N° 00177-2017-0-0801-JP-CI-01, ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de San Vicente de Cañete, que despacha la Sra. Juez Carmen Nelly Rangel Purilla y Secretaria Martha Maritza Sifuentes Puma, doña FELICITA VICTORIA VALENCIA GUTIERREZ, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO correspondiente en el extremo de no habérseme consignado su segundo nombre (de la solicitante), habiéndose consignado como FELICITA VALENCIA GUTIERREZ, siendo lo correcto FELICITA VICTORIA VALENCIA GUTIERREZ. Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 14 de Setiembre de 2017.
Martha Maritza Sifuentes Puma
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio
Corte Superior de Justicia de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2017-00503, seguido por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra ROSA ANGELICA ROJAS DE SUAREZ Y OTROS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 02 la cual transcribe: SE RESUELVE:
RESOLUCIÓN N° 02
1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra GERARDO DANIEL SUAREZ DURAN y ROSA ANGÉLICA ROJAS DE SUAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, teniéndose como pretensión principal: se le declare propietario del bien inmueble denominado Lote 31 Cerro Azul, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados y como pretensión accesoria: la independización del área 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados de la Partida Registral N° 90243381, tomo 19, fojas 432 de los Registros de Predios y la inscripción registral de la sentencia.
2°) TRAMÍTESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO y córrase TRASLADO de la misma, escrito de subsanación, demanda, anexos y auto admisorio a la parte accionada, para los efectos que la conteste en el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDÍA. PÓNGASE a conocimiento, de los propietarios o posesionarios de los predios colindantes, la demanda, anexos y auto admisorio, a efecto que hagan valer su derecho, si lo consideran conveniente. Una firma, Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Dra. Katherine Claudio Guevara – Secretaria Judicial.
Cañete, 25 de Octubre de 2017.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 28, 29 y 30 de Noviembre de 2017.
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXPEDIENTE: 00281-2017-31-0806-JR-PE-01. JUEZ: ARTURO ROLANDO AYALA CUENCA. ESPECIALISTA JUDICIAL: JUANA DINA HUAMÁN GUTIÉRREZ. El Juzgado Penal Unipersonal de Mala, cita y emplaza al acusado: LIDIO LÓPEZ GODOS, con Documento de Identidad N° 03360629 en mérito a la Resolución número uno de fecha veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, mediante la cual se señala Audiencia de Juicio Oral para el día JUEVES VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las ONCE DE LA MAÑANA, la misma que es de CARÁCTER INAPLAZABLE, a llevarse a cabo en el local del Juzgado Penal Unipersonal sito en el Pasaje San José N° 100 – Mala – Cañete, para que se presente y se defienda de los cargos formulados en su contra por la presunta comisión del delito contra la Familia – OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de Pilar López Godos y otros, bajo apercibimiento de declararse reo contumaz o ausente en caso de inasistencia. Mala, 23 de noviembre del 2017.
El 1° Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete que despacha el Señor Juez: Gary Martin Nolasco Velezmoro, Exp. 1209-2017-0-0801-JR-PE-01, NOTIFICA al imputado GUADALUPE JARA SALVADOR, por el delito de Violación Sexual de menor de edad (Mayor de 10 y menor de 14), en agravio de la menor de iniciales T.K.B.V., la Res. N° 04 que resuelve: CITAR a AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA, para el día veinte de diciembre del presente año a las nueve de la mañana (09:00am., a realizarse en la sala de Audiencias “C” del Módulo Penal de Cañete, ubicado en la Av. Mariscal Benavides N° 657. Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete: Diego David Huamán Rodríguez.
Publicar: 30 de Noviembre, 01 y 02 de Noviembre de 2017
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
El Segundo Juzgado de Proceso Inmediato de Cañete, EXP. 1139-2017-0 REPROGRAMA Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, para el MARTES DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), en Sala de Audiencia “A” del Módulo Penal; COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al investigado SANTIAGO CRISTOBAL ACUÑA CONDOR, con DNI N° 80070716 a que concurra a la misma en la investigación que se le sigue por Delito Contra la Familia – OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BRYAN FELIPE Y NADIA MARILU ACUÑA RAFAEL.- Juez: ARONI MALDONADO. ESPC. DE AUDIENCIAS: NIMIS BARBOZA.
San Vicente de Cañete, 23 noviembre del 2017.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
29 noviembre 2017
CRISTIAN PÉREZ SE RIÓ DE LA DESAPARICIÓN Y COBRO IRREGULAR DE CHEQUES
No tuvo ningún reparos en reírse a carcajadas cuando Infored Comunicaciones le preguntó por lo expresado por su propio contador en plena sesión de Concejo. Cristian Pérez Franco, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luís, demostró su alegría luego de que el responsable del área de Contabilidad de su comuna, Guillermo Ávalos Ramírez, se ratificara públicamente sobre lo reportado el 8 de junio de este año a través del Informe 006-2017, donde advierte la sustracción de cheques y el cobro irregular de los mismos por la suma total de S/. 8550 soles.
El burgomaestre aseveró que tal pronunciamiento de su funcionario fue un lapsus y un error por el cual el contador se ha disculpado en privado. Sin embargo Ávalos Ramírez fue claro al manifestarnos que como profesional no va a cambiar de parecer porque son hechos que él mismo descubrió a través de una conciliación bancaria.
LA RISA DE CRISTIAN PÉREZ
Nuestro reportero tiene que reconocer que quedó estupefacto por la actitud adoptada por la máxima autoridad edil de San Luís de Cañete y de su extraño comportamiento frente a cámaras.
INFORED: Alcalde, hoy ha llegado Guillermo Ávalos, contador, a ratificarse sobre la desaparición de cheques, un tema que, en primera instancia, usted aceptó ante este medio, personalmente a mí. Días después lo negó. Ahora su contador nos ha dado la razón. ¿Cuál es su proceder con respecto a ese tema?
CRISTIAN PÉREZ: No tengo mis ojos brillosos. ja, ja, ja. [...]. Bueno, el mismo Guillermo Ávalos ha cometido un lapsus, porque en interno me dijo que había cometido un lapsus y que había sido un error lo que había mencionado.
INFORED: «Pero en concreto, alcalde. Cosa seria. ¿En qué va a terminar este tema?.
CRISTIAN PÉREZ: Ja, ja, ja, ja, ja.
INFORED: ¿Usted está borracho, alcalde?
CRISTIAN PÉREZ: No, yo te preguntaría a ti también. No sé. Porque esa vez me pidió un aliento, ¿no? Un aliento, un tufito y bacán.

LA RESPUESTA DEL CONTADOR
Guillermo Ávalos Ramírez no se rió, más bien fue serio y coherente con respecto a este tema: él se ratificó en su reporte.
«Hoy en la mañana yo me pronuncié en sesión de Concejo, la pregunta que me hizo el regidor Villalta. A ustedes les digo lo mismo. Yo soy un profesional y no voy a cambiar de parecer porque son hechos que yo mismo los he descubierto. Por lo cual yo me ratifico en la desaparición de esos cheques. Se hizo una conciliación bancaria y llegamos a descubrir que esos cheques figuran cobrados, y para eso están los estados de cuenta en la Municipalidad […] Yo lo pasé a Alcaldía, Asesoría Legal, Gerencia Genera y a tesorería», manifestó.

El burgomaestre aseveró que tal pronunciamiento de su funcionario fue un lapsus y un error por el cual el contador se ha disculpado en privado. Sin embargo Ávalos Ramírez fue claro al manifestarnos que como profesional no va a cambiar de parecer porque son hechos que él mismo descubrió a través de una conciliación bancaria.
LA RISA DE CRISTIAN PÉREZ
Nuestro reportero tiene que reconocer que quedó estupefacto por la actitud adoptada por la máxima autoridad edil de San Luís de Cañete y de su extraño comportamiento frente a cámaras.
INFORED: Alcalde, hoy ha llegado Guillermo Ávalos, contador, a ratificarse sobre la desaparición de cheques, un tema que, en primera instancia, usted aceptó ante este medio, personalmente a mí. Días después lo negó. Ahora su contador nos ha dado la razón. ¿Cuál es su proceder con respecto a ese tema?
CRISTIAN PÉREZ: No tengo mis ojos brillosos. ja, ja, ja. [...]. Bueno, el mismo Guillermo Ávalos ha cometido un lapsus, porque en interno me dijo que había cometido un lapsus y que había sido un error lo que había mencionado.
INFORED: «Pero en concreto, alcalde. Cosa seria. ¿En qué va a terminar este tema?.
CRISTIAN PÉREZ: Ja, ja, ja, ja, ja.
INFORED: ¿Usted está borracho, alcalde?
CRISTIAN PÉREZ: No, yo te preguntaría a ti también. No sé. Porque esa vez me pidió un aliento, ¿no? Un aliento, un tufito y bacán.

LA RESPUESTA DEL CONTADOR
Guillermo Ávalos Ramírez no se rió, más bien fue serio y coherente con respecto a este tema: él se ratificó en su reporte.
«Hoy en la mañana yo me pronuncié en sesión de Concejo, la pregunta que me hizo el regidor Villalta. A ustedes les digo lo mismo. Yo soy un profesional y no voy a cambiar de parecer porque son hechos que yo mismo los he descubierto. Por lo cual yo me ratifico en la desaparición de esos cheques. Se hizo una conciliación bancaria y llegamos a descubrir que esos cheques figuran cobrados, y para eso están los estados de cuenta en la Municipalidad […] Yo lo pasé a Alcaldía, Asesoría Legal, Gerencia Genera y a tesorería», manifestó.

LOS TORIBIANITOS REGRESAN AL VALLE BENDITO ESTA NAVIDAD PADRE FELIX CUZCANO RETOMA ORGRANIZACION DEL CONCURSO DE VILLANCICOS Y PASION DE CAÑETE.
Luego del meritorio paso del padre Fredy Nolazco en la dirección general de los dos principales eventos públicos y de difusión de la fe que se realizan en Cañete por parte la Iglesia Católica, La Pasión de Cañete y El Concurso del Villancicos, el padre Felix Cuzcano vuelve a tomar las riendas del mismo.
El siempre entusiasta sacerdote ya está finiquitando acciones para que el evento de canto que reune a familias enteras pueda contar nuevamente con la participación de Los Toribianitos en la gran final que se realizará en el Santuario Madre del Amor Hermoso.
Cuzcano además ya está planeando las acciones necesarias para la puesta en escena de la Pasión de Cañete el próximo año dando pase a una nueva hornada de jóvenes actores que con el acompañamiento de los ya curtidos interpretes de los últimos días de Cristo nos hagan revivir la Pasión de nuestro Señor.
Se vienen sorpresas!!!!!!!!
El siempre entusiasta sacerdote ya está finiquitando acciones para que el evento de canto que reune a familias enteras pueda contar nuevamente con la participación de Los Toribianitos en la gran final que se realizará en el Santuario Madre del Amor Hermoso.
Cuzcano además ya está planeando las acciones necesarias para la puesta en escena de la Pasión de Cañete el próximo año dando pase a una nueva hornada de jóvenes actores que con el acompañamiento de los ya curtidos interpretes de los últimos días de Cristo nos hagan revivir la Pasión de nuestro Señor.
Se vienen sorpresas!!!!!!!!
ESTE ES EL PRESUPUESTO PÚBLICO 2018: CONOZCA LA DISTRIBUCIÓN POR SECTORES
El Presupuesto Público para el Año Fiscal 2018 que asciende a 157,159 millones de soles tiene carácter reactivador de la economía peruana y un impacto descentralizador, según lo planteado por el Gobierno ante el Congreso de la República.
Tomando en cuenta que el Producto Bruto Interno (PBI) para el próximo año está proyectado en 748,000 millones de soles, aproximadamente, el monto total del presupuesto público 2018 (157,159 millones de soles) representa el 21% del PBI peruano.
El sector Educación, con 27,430 millones de soles, tiene la participación más importante (17.5%) en el presupuesto público 2018, teniendo como objetivos principales el fortalecer las capacidades de los docentes y directores, mejorar la calidad de los aprendizajes y la infraestructura educativa, y consolidar la educación superior.
El segundo sector es Salud, con 16,027 millones de soles (10.2% de participación), para mejorar los servicios, fortalecer la implementación de los programas orientados a la disponibilidad de insumos médicos, garantizar el financiamiento de las prestaciones de salud y garantizar la operatividad de los nuevos establecimientos.
Luego vienen los sectores de Transportes con 15,111 millones de soles (9.6%) para reducir la brecha de infraestructura vial en el país, y Previsión Social con 12,604 millones de soles (8%) para atender los compromisos previsionales con la población.
Seguridad ciudadana
También está el sector Orden Público y Seguridad, con 9,366 millones de soles (6%) que se orientarán principalmente al patrullaje de 4,765 localidades a nivel nacional para contrarrestar la comisión de delitos y faltas, así como a la disponibilidad de servicios básicos para el servicio a la comunidad de más de 1,000 comisarías.
Otros sectores importantes son Protección Social con 6,028 millones de soles (3.8%) para financiar los programas sociales que atienden a la población de menores recursos, y Saneamiento con 4,292 millones de soles (2.7%) para la ejecución de proyectos de inversión de agua y alcantarillado en los ámbitos urbano y rural.
Con relación al presupuesto en Vivienda y Desarrollo Urbano se destina 2,420 millones de soles (1.5%), de los cuales 940 millones de soles serán para la entrega de bonos habitacionales (vivienda nueva, mejoramiento de vivienda y construcción en sitio propio).
Reconstrucción
Cabe indicar que se ha destinado 7,078 millones de soles para el Plan de la Reconstrucción con Cambios correspondientes al 2018, en respuesta a los efectos de El Niño Costero que afectó al país, principalmente a la zona norte.
El dictamen del proyecto sobre el presupuesto público 2018 fue presentado por el Ejecutivo en setiembre de este año y ha sido aprobado recientemente por la Comisión de Presupuesto del Parlamento Nacional, por lo cual está siendo debatido en el Pleno del Congreso, y se espera que el día de hoy sea aprobado finalmente.
Tomando en cuenta que el Producto Bruto Interno (PBI) para el próximo año está proyectado en 748,000 millones de soles, aproximadamente, el monto total del presupuesto público 2018 (157,159 millones de soles) representa el 21% del PBI peruano.
El sector Educación, con 27,430 millones de soles, tiene la participación más importante (17.5%) en el presupuesto público 2018, teniendo como objetivos principales el fortalecer las capacidades de los docentes y directores, mejorar la calidad de los aprendizajes y la infraestructura educativa, y consolidar la educación superior.
El segundo sector es Salud, con 16,027 millones de soles (10.2% de participación), para mejorar los servicios, fortalecer la implementación de los programas orientados a la disponibilidad de insumos médicos, garantizar el financiamiento de las prestaciones de salud y garantizar la operatividad de los nuevos establecimientos.
Luego vienen los sectores de Transportes con 15,111 millones de soles (9.6%) para reducir la brecha de infraestructura vial en el país, y Previsión Social con 12,604 millones de soles (8%) para atender los compromisos previsionales con la población.
Seguridad ciudadana
También está el sector Orden Público y Seguridad, con 9,366 millones de soles (6%) que se orientarán principalmente al patrullaje de 4,765 localidades a nivel nacional para contrarrestar la comisión de delitos y faltas, así como a la disponibilidad de servicios básicos para el servicio a la comunidad de más de 1,000 comisarías.
Otros sectores importantes son Protección Social con 6,028 millones de soles (3.8%) para financiar los programas sociales que atienden a la población de menores recursos, y Saneamiento con 4,292 millones de soles (2.7%) para la ejecución de proyectos de inversión de agua y alcantarillado en los ámbitos urbano y rural.
Con relación al presupuesto en Vivienda y Desarrollo Urbano se destina 2,420 millones de soles (1.5%), de los cuales 940 millones de soles serán para la entrega de bonos habitacionales (vivienda nueva, mejoramiento de vivienda y construcción en sitio propio).
Reconstrucción
Cabe indicar que se ha destinado 7,078 millones de soles para el Plan de la Reconstrucción con Cambios correspondientes al 2018, en respuesta a los efectos de El Niño Costero que afectó al país, principalmente a la zona norte.
El dictamen del proyecto sobre el presupuesto público 2018 fue presentado por el Ejecutivo en setiembre de este año y ha sido aprobado recientemente por la Comisión de Presupuesto del Parlamento Nacional, por lo cual está siendo debatido en el Pleno del Congreso, y se espera que el día de hoy sea aprobado finalmente.
SE LE ACABA EL TIEMPO A LA UNDC… De no lograr su licenciamiento quien les otorgara el título profesional a nombre de la Nación a sus estudiantes
En diciembre del 2017 – termina el plazo para que la Universidad Nacional de Cañete (UNDC) – logre su licencia de funcionamiento de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU).
En caso no realicen este proceso obligatorio, en el año 2018, ya no tendrán la potestad de convocar a procesos de admisión y tampoco podrán emitirán títulos universitarios para sus profesionales egre-sados, Advirtió la Comisión Técnica de licenciamiento.
Transcendió que hasta la fecha – se desconoce en qué situación está la UNDC – que dirige la Comisión Organizada integrada por Carlos Eduardo Villanueva Aguilar (Presidente), José Octavio Ruiz Tejada (Vicepre-sidente Académico) y Edwin Vegas Gallo (Vicepresidente de Investigación).
Para lograr el licenciamiento – la UNDC – tendría que demostrar el cumplimiento de las condiciones mínimas que debe tener para ofrecer una calidad educativa al futuro profesional.
NOTA DE REDACCIÓN: El SUNEDU precisa que el licenciamiento es un proceso obligatorio que determina si las universidades cumplen con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para poder operar. Es decir, el umbral por debajo del cual ninguna universidad puede funcionar. La acreditación es un proceso voluntario que evalúa la mejora continua de la universidad. Ambos son pilares de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria del Ministerio de Educación.
En caso no realicen este proceso obligatorio, en el año 2018, ya no tendrán la potestad de convocar a procesos de admisión y tampoco podrán emitirán títulos universitarios para sus profesionales egre-sados, Advirtió la Comisión Técnica de licenciamiento.
Transcendió que hasta la fecha – se desconoce en qué situación está la UNDC – que dirige la Comisión Organizada integrada por Carlos Eduardo Villanueva Aguilar (Presidente), José Octavio Ruiz Tejada (Vicepre-sidente Académico) y Edwin Vegas Gallo (Vicepresidente de Investigación).
Para lograr el licenciamiento – la UNDC – tendría que demostrar el cumplimiento de las condiciones mínimas que debe tener para ofrecer una calidad educativa al futuro profesional.
NOTA DE REDACCIÓN: El SUNEDU precisa que el licenciamiento es un proceso obligatorio que determina si las universidades cumplen con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para poder operar. Es decir, el umbral por debajo del cual ninguna universidad puede funcionar. La acreditación es un proceso voluntario que evalúa la mejora continua de la universidad. Ambos son pilares de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria del Ministerio de Educación.
CAMPAÑA DE SALUD OCULAR EN CAÑETE…
Cerca de un centenar de menores de edad de las provincias de Cañete y Huarochirí – se beneficiaron con la Campaña de Salud Ocular que organizó la Red de Salud Chilca-Mala.
Niños entre los 3 a 11 años de edad provenientes de los distritos de Mala, San Antonio, Asia y Coayllo (Cañete); así como del sector de Cuculí y Piedra Grande (Huarochirí) –recibieron la atención especializada de los profesionales de la salud en servicios de medición de la vista, refracción, agudeza visual, descarte de enfermedades visuales, medida de la presión ocular, fondo de ojo, asesoría óptica, entre otros.
Los médicos instaron a los padres de familia a realizar revisiones visuales periódicas a sus hijos, para evitar truncar el desarrollo formativo de los educandos en sus primeros años de vida.
Niños entre los 3 a 11 años de edad provenientes de los distritos de Mala, San Antonio, Asia y Coayllo (Cañete); así como del sector de Cuculí y Piedra Grande (Huarochirí) –recibieron la atención especializada de los profesionales de la salud en servicios de medición de la vista, refracción, agudeza visual, descarte de enfermedades visuales, medida de la presión ocular, fondo de ojo, asesoría óptica, entre otros.
Los médicos instaron a los padres de familia a realizar revisiones visuales periódicas a sus hijos, para evitar truncar el desarrollo formativo de los educandos en sus primeros años de vida.
RINCÓN CONCILIATORIO... «No soy sicóloga, ni chamán ni maga: soy una abogada convencida que LA CONCILIACIÓN ES LA JUSTICIA PARA EL QUE VIVE DE SU TRABAJO: DEJA O DETÉN LOS JUICIOS QUE TE AHOGAN: ¡BIENVENIDOS!» Rocío López Luna Directora del Centro De Conciliación «Madre De Cristo Conciliadora» AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE - Cel. 999 210 236, T. 01 3005603, Rpm 103 931
No soy sicóloga, eso ya te lo he comentado muchas veces.
Sin embargo en mi trabajo en la CONCILIACIÓN EXTRAJU-DICIAL y MEDIACIÓN FAMI-LIAR, noté este 2017, que día a día aumentaba el número de mamás y papás que querían ser mejores padres, necesidad más imperiosa aún en el caso de niños con necesidades espe-ciales…
Indagué buscando a la per-sona adecuada, sin embargo, no encontraba al profesional capacitado y práctico a la vez, con quien poder resolver ese problemita: el de la crianza de los hijos, hasta que: ¡SE HIZO REALIDAD UN GRAN SUE-ÑO!. Ayer, apuraditos y sin champán firmamos un convenio con el sicólogo EDINSON JUNIOR MERINO FARIAS…
Este maravilloso joven, no sólo cuenta con un carácter jovial y sencillo sino que, al margen de contar con la habilitación vigente del Colegio de Psicólogos del Perú, cuenta con una espe-cialidad en Psicología Forense, Criminal, Penitencia. T, y, -¡cómo si fuera poco!- tiene en su haber una Maestría en Psicología Clínica y referida a personas con necesidades especiales, además de Diplo-mados de Salud Pública y Comunitaria, Violencia Familiar, Salud Ocupacional, etc., etc., etc.… ¡¿qué te parece?!, ¿sí o no que valió la pena esperarlo? ;). Es con tan digno profesional que te anunciamos:
INAUGURAREMOS EN EL FUNDO “NATURWASI” DES-DE EL DOMINGO 07 DE ENERO DEL 2018 UNA ESCUELA DOBLE DE PADRES: PARA NIÑOS ESPECIALES Y ESCUELA DE PADRES ESTÁNDAR.
- LOS DÍAS DOMINGOS DESDE EL MENCIONADO 07.01.2018:
* DE 9 A 12 AM OFRECEREMOS UNA EFECTIVA ESCUELA DE PADRES CON HIJOS CON NECESIDADES ESPECIALES: HIPERACTIVOS, AUTISTAS, CON SÍNDROME DE DAWN, ETC. EN EL QUE SE DESARROLLARÁN ACTIVIDADES RECREATIVAS, DE MEJORAMIENTO DE RELACIONES INTERPERSONALES Y ACTIVIDADES SOCIALES, ENTRE OTROS.
* DE 2 PM A 5 PM OFRECEREMOS UNA MARAVILLOSA ESCUELA DE PADRES CON HIJOS DE CONDUCTA ESTÁNDAR DIRIGIDO A LA POBLACIÓN FAMILIAR EN GENERAL. EN EL QUE SE PRETENDE MEJORAR EL ESTILO DE CRIANZA, MEJORANDO LA RELACIÓN PATERNO-FILIAL.
Antes de la asistencia a dicha Escuela de Padres es REQUISITO PREVIO a la inscripción pedir cita para una CONSULTA-EVALUATIVA realizada por el Doctor EDINSON.
Si deseas informes y/o citas esperamos tu visita en la AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE, Tel. 300 56 03 o tu llamada a los Celulares: 999 210 236, 990 152 354.
NO ESPERES EL ÚLTIMO MOMENTO, RESERVA TU CITA YA: ¡DÁTE UN VERDADERO Y HERMOSO REGALO DE NAVIDAD!: MAMÁ O PAPÁ QUE ME LEES, YO SÉ QUE QUIERES SER UNA MEJOR PERSONA A TRAVÉS DE TU HIJO: ¡AHORA SÍ TE PUEDO RECOMENDAR UNA SOLUCIÓN YA!
HISTORIA “SOY PROSTITUTA”
I PARTE
Este es el testimonio real de una mujer que me pidió que publique su historia.
“No crea que comencé así de frente, a ser, Usted ya sabe… -comenzó Marta a balbucear carraspeando- No fue como tirarse a la piscina a ciegas. Fue como esa canción tan pegadiza “Pasito a paso, suave suavecito…”
“Lo primerito que marcó mi destino fue mi casa: ¡yo no quería seguir viviendo en ese infierno de golpes e insultos con mi madre y hermanos!…”
No te pierdas el final de esta Historia esta semana en MATICES…
RECUERDA EL REFRÁN POPULAR “MAL DE MUCHOS, CONSUELO DE TONTOS”. SI CREES QUE EL TEMA DE LA VIOLENCIA FAMILIAR NO ES TAN TERRIBLE PORQUE SE HA VUELTO ‘NORMAL’: ¡VEN, YO TE ESPERO PARA AYUDARTE A SER FELIZ, Y MÁS AÚN, AL LADO DE TUS SERES QUERIDOS, ESPECIALMENTE AHORA QUE VIENE LA NAVIDAD!
Y para despedirme, por ahora, y para reafirmarte ¡qué hermosa es la vida!:
AVENTURAS EN MI CHACRA “NATURWASI”:
Hucky, nuestra gata atigrada y con un ojo, parió hace 2 años 7 hijos, de los cuales a su lado sólo quedó el primogénito, Alcino (que en griego significa “valiente, decidido”).
Llegaron más gatitos rescatados a nuestra chacra y Hucky los cuida, los limpia, y espera que hayan terminado de comer para acercarse por fin al plato, tal y como lo hacía con sus cachorritos...
LA CHACRA ENSEÑA QUE CUANDO TE VUELVES MADRE O PADRE, TUS HIJOS SON TODOS LOS NIÑOS DEL MUNDO Y NO SÓLO LOS QUE LLEVAN TU SANGRE.
TE ESPERAMOS EN“NATURWASI”, NUESTRA CHACRA, QUE ES UN FUNDO RECREATIVO NATURAL EN EL QUE TIENES ALOJAMIENTO Y/O LA POSIBILIDAD DE PUNTO PARTICIPAR DE REUNIONES DESESTRESANTES O EN NUESTRA ESCUELA DE PADRES Y /O PAREJAS… ESTAMOS EN LA CARRETERA IHUANCO –ROLDÁN S/N AL LADO DE LA CURVA DE “PASAMAYITO”, informes allá mismo o al 999 210 236, o Av. Benavides 610 San Vicente.
AFECTUOSAMENTE,
Abogada ROCÍO LÓPEZ LUNA
Directora Del Centro De Conciliación «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE
Cel. 999 210 236 (Con numeral delante si quieres Rpm), T. 01 3005603.
LISTA DE QUIENES CREEN EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA:
* EDICIONES PJK, Jr. 28 de Julio 629 Imperial.
* LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU “TSOM TSOM” que ahora funciona en NATURWASI.
* ARTES GRÁFICAS SELECTA en Jr. Ayacucho 639, 1° piso, Imperial
Y SI QUIERES SER PARTE DE ESTA LISTA ¡CLARO QUE TAMBIÉN TE ESPERO!
Sin embargo en mi trabajo en la CONCILIACIÓN EXTRAJU-DICIAL y MEDIACIÓN FAMI-LIAR, noté este 2017, que día a día aumentaba el número de mamás y papás que querían ser mejores padres, necesidad más imperiosa aún en el caso de niños con necesidades espe-ciales…
Indagué buscando a la per-sona adecuada, sin embargo, no encontraba al profesional capacitado y práctico a la vez, con quien poder resolver ese problemita: el de la crianza de los hijos, hasta que: ¡SE HIZO REALIDAD UN GRAN SUE-ÑO!. Ayer, apuraditos y sin champán firmamos un convenio con el sicólogo EDINSON JUNIOR MERINO FARIAS…
Este maravilloso joven, no sólo cuenta con un carácter jovial y sencillo sino que, al margen de contar con la habilitación vigente del Colegio de Psicólogos del Perú, cuenta con una espe-cialidad en Psicología Forense, Criminal, Penitencia. T, y, -¡cómo si fuera poco!- tiene en su haber una Maestría en Psicología Clínica y referida a personas con necesidades especiales, además de Diplo-mados de Salud Pública y Comunitaria, Violencia Familiar, Salud Ocupacional, etc., etc., etc.… ¡¿qué te parece?!, ¿sí o no que valió la pena esperarlo? ;). Es con tan digno profesional que te anunciamos:
INAUGURAREMOS EN EL FUNDO “NATURWASI” DES-DE EL DOMINGO 07 DE ENERO DEL 2018 UNA ESCUELA DOBLE DE PADRES: PARA NIÑOS ESPECIALES Y ESCUELA DE PADRES ESTÁNDAR.
- LOS DÍAS DOMINGOS DESDE EL MENCIONADO 07.01.2018:
* DE 9 A 12 AM OFRECEREMOS UNA EFECTIVA ESCUELA DE PADRES CON HIJOS CON NECESIDADES ESPECIALES: HIPERACTIVOS, AUTISTAS, CON SÍNDROME DE DAWN, ETC. EN EL QUE SE DESARROLLARÁN ACTIVIDADES RECREATIVAS, DE MEJORAMIENTO DE RELACIONES INTERPERSONALES Y ACTIVIDADES SOCIALES, ENTRE OTROS.
* DE 2 PM A 5 PM OFRECEREMOS UNA MARAVILLOSA ESCUELA DE PADRES CON HIJOS DE CONDUCTA ESTÁNDAR DIRIGIDO A LA POBLACIÓN FAMILIAR EN GENERAL. EN EL QUE SE PRETENDE MEJORAR EL ESTILO DE CRIANZA, MEJORANDO LA RELACIÓN PATERNO-FILIAL.
Antes de la asistencia a dicha Escuela de Padres es REQUISITO PREVIO a la inscripción pedir cita para una CONSULTA-EVALUATIVA realizada por el Doctor EDINSON.
Si deseas informes y/o citas esperamos tu visita en la AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE, Tel. 300 56 03 o tu llamada a los Celulares: 999 210 236, 990 152 354.
NO ESPERES EL ÚLTIMO MOMENTO, RESERVA TU CITA YA: ¡DÁTE UN VERDADERO Y HERMOSO REGALO DE NAVIDAD!: MAMÁ O PAPÁ QUE ME LEES, YO SÉ QUE QUIERES SER UNA MEJOR PERSONA A TRAVÉS DE TU HIJO: ¡AHORA SÍ TE PUEDO RECOMENDAR UNA SOLUCIÓN YA!
HISTORIA “SOY PROSTITUTA”
I PARTE
Este es el testimonio real de una mujer que me pidió que publique su historia.
“No crea que comencé así de frente, a ser, Usted ya sabe… -comenzó Marta a balbucear carraspeando- No fue como tirarse a la piscina a ciegas. Fue como esa canción tan pegadiza “Pasito a paso, suave suavecito…”
“Lo primerito que marcó mi destino fue mi casa: ¡yo no quería seguir viviendo en ese infierno de golpes e insultos con mi madre y hermanos!…”
No te pierdas el final de esta Historia esta semana en MATICES…
RECUERDA EL REFRÁN POPULAR “MAL DE MUCHOS, CONSUELO DE TONTOS”. SI CREES QUE EL TEMA DE LA VIOLENCIA FAMILIAR NO ES TAN TERRIBLE PORQUE SE HA VUELTO ‘NORMAL’: ¡VEN, YO TE ESPERO PARA AYUDARTE A SER FELIZ, Y MÁS AÚN, AL LADO DE TUS SERES QUERIDOS, ESPECIALMENTE AHORA QUE VIENE LA NAVIDAD!
Y para despedirme, por ahora, y para reafirmarte ¡qué hermosa es la vida!:
AVENTURAS EN MI CHACRA “NATURWASI”:
Hucky, nuestra gata atigrada y con un ojo, parió hace 2 años 7 hijos, de los cuales a su lado sólo quedó el primogénito, Alcino (que en griego significa “valiente, decidido”).
Llegaron más gatitos rescatados a nuestra chacra y Hucky los cuida, los limpia, y espera que hayan terminado de comer para acercarse por fin al plato, tal y como lo hacía con sus cachorritos...
LA CHACRA ENSEÑA QUE CUANDO TE VUELVES MADRE O PADRE, TUS HIJOS SON TODOS LOS NIÑOS DEL MUNDO Y NO SÓLO LOS QUE LLEVAN TU SANGRE.
TE ESPERAMOS EN“NATURWASI”, NUESTRA CHACRA, QUE ES UN FUNDO RECREATIVO NATURAL EN EL QUE TIENES ALOJAMIENTO Y/O LA POSIBILIDAD DE PUNTO PARTICIPAR DE REUNIONES DESESTRESANTES O EN NUESTRA ESCUELA DE PADRES Y /O PAREJAS… ESTAMOS EN LA CARRETERA IHUANCO –ROLDÁN S/N AL LADO DE LA CURVA DE “PASAMAYITO”, informes allá mismo o al 999 210 236, o Av. Benavides 610 San Vicente.
AFECTUOSAMENTE,
Abogada ROCÍO LÓPEZ LUNA
Directora Del Centro De Conciliación «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE
Cel. 999 210 236 (Con numeral delante si quieres Rpm), T. 01 3005603.
LISTA DE QUIENES CREEN EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA:
* EDICIONES PJK, Jr. 28 de Julio 629 Imperial.
* LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU “TSOM TSOM” que ahora funciona en NATURWASI.
* ARTES GRÁFICAS SELECTA en Jr. Ayacucho 639, 1° piso, Imperial
Y SI QUIERES SER PARTE DE ESTA LISTA ¡CLARO QUE TAMBIÉN TE ESPERO!
EL CASO PAOLO GUERRERO PODRÍA RESOLVERSE FINALMENTE EL DÍA DE MAÑANA...
El miembro del Comité Disciplinario de la FIFA, Leonardo Stagg, dio a conocer que el caso de Paolo Guerrero se podría resolver el mismo día, jueves 30 de noviembre, cuando el jugador se presente ante su organismo parar saber de su castigo que le impondrán por dar positivo en una prueba antidoping en el partido ante Argentina, el 5 de octubre.
Stagg también precisó, que ese mismo día de los alegatos de la defensa jurídica del delantero, también podrían pedirse alguna prueba adicional para resolver el caso.
«Las disposiciones FIFA impiden que miembros del Comité que pertenezcan a Conmebol puedan conocer los pormenores del proceso», contó el ecuatoriano Stagg a ‘Negrini lo Sabe’ de Radio Ovación.
Dijo que normalmente, en los casos de doping, se notifica a la parte interesada osea al jugador para que éste presente las pruebas. Usualmente lo hace a través de un abogado autorizado.
«Deben reunirse un mínimo de 3 miembros, incluyendo al presidente. Si de acuerdo a lo que se va revisando, la Comisión considera que se puede resolver en ese momento, lo resuelve. Pero puede darse el caso que requieran una prueba adicional», finalizó.
Stagg también precisó, que ese mismo día de los alegatos de la defensa jurídica del delantero, también podrían pedirse alguna prueba adicional para resolver el caso.
«Las disposiciones FIFA impiden que miembros del Comité que pertenezcan a Conmebol puedan conocer los pormenores del proceso», contó el ecuatoriano Stagg a ‘Negrini lo Sabe’ de Radio Ovación.
Dijo que normalmente, en los casos de doping, se notifica a la parte interesada osea al jugador para que éste presente las pruebas. Usualmente lo hace a través de un abogado autorizado.
«Deben reunirse un mínimo de 3 miembros, incluyendo al presidente. Si de acuerdo a lo que se va revisando, la Comisión considera que se puede resolver en ese momento, lo resuelve. Pero puede darse el caso que requieran una prueba adicional», finalizó.
EDICTOS
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2017-00503, seguido por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra ROSA ANGELICA ROJAS DE SUAREZ Y OTROS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 02 la cual transcribe: SE RESUELVE:
RESOLUCIÓN N° 02
1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra GERARDO DANIEL SUAREZ DURAN y ROSA ANGÉLICA ROJAS DE SUAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, teniéndose como pretensión principal: se le declare propietario del bien inmueble denominado Lote 31 Cerro Azul, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados y como pretensión accesoria: la independización del área 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados de la Partida Registral N° 90243381, tomo 19, fojas 432 de los Registros de Predios y la inscripción registral de la sentencia.
2°) TRAMÍTESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO y córrase TRASLADO de la misma, escrito de subsanación, demanda, anexos y auto admisorio a la parte accionada, para los efectos que la conteste en el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDÍA. PÓNGASE a conocimiento, de los propietarios o posesionarios de los predios colindantes, la demanda, anexos y auto admisorio, a efecto que hagan valer su derecho, si lo consideran conveniente. Una firma, Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Dra. Katherine Claudio Guevara – Secretaria Judicial. Cañete, 25 de Octubre de 2017.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 28, 29 y 30 de Noviembre de 2017.
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
El Segundo Juzgado de Proceso Inmediato de Cañete, EXP. 1139-2017-0 REPROGRAMA Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, para el MARTES DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), en Sala de Audiencia “A” del Módulo Penal; COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al investigado SANTIAGO CRISTOBAL ACUÑA CONDOR, con DNI N° 80070716 a que concurra a la misma en la investigación que se le sigue por Delito Contra la Familia – OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BRYAN FELIPE Y NADIA MARILU ACUÑA RAFAEL.- Juez: ARONI MALDONADO. ESPC. DE AUDIENCIAS: NIMIS BARBOZA. San Vicente de Cañete, 23 noviembre del 2017.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXP. 352-2003-0 La SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION SALA PENAL LIQUIDADORA DE CAÑETE, que preside el señor Juez Superior Luis Enrique García Huanca, CITA y EMPLAZA a: JUAN CARLOS BUENDIA ANTIALON, a fin de que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para su juzgamiento por encontrarse reservado su juzgamiento. Lugar: Avenida Mariscal Benavides N° 657 – Sala de Audiencias de la Sala de Apelaciones – San Vicente de Cañete; Delito: Violación Sexual de Menor de Edad. Agraviado: Menor de iniciales J.R.F.C. Especialista Judicial de Sala. Luz Xiomara Gutiérrez Flores.- San Vicente de Cañete, 22 de noviembre del 2017.
EXPEDIENTE: N° 62-2011-2 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: Menor de edad de iniciales M.B.H.S.; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
EXPEDIENTE: N° 158-1995-0 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado ANTERO GUILLERMO YASHILA CAZUZOL, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO. Agraviada: El Estado; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
EDICTO JUDICIAL (03 DÍAS)
EXPEDIENTE N° 27-2017. Magistrada Contralora: Dra. Milagros Serena Requena Vargas. Asistente de procedimientos: Abg. Narda Elías Napán. Ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura Cañete, a cargo de la Dra. Milagros Requena Vargas, se tramita Investigación Disciplinaria Exp. N° 27-2017, contra la magistrada María de los Milagros Luyo Sánchez, donde se ha ordenado la publicación de la Resolución N° 05 de fecha 24-03-2017; Se resuelve: (…) 2° Iniciar procedimiento Administrativo Disciplinario contra los magistrados María de los Milagros Luyo Sánchez (…), por sus actuaciones como Jueces del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, por falta grave prevista en el artículo 47.2 de la Ley N° 29277, Ley de la Carrerea Judicial. Resolución N° 06 de fecha 25-03-2017, Se Resuelve: Declárese consentida la precitada resolución número cinco y archívese definitivamente los actuados en dicho extremo (…). Resolución N° 07 de fecha 14-06-2017, Se Resuelve: Córrase traslado a los magistrados y a la servidora judicial antes nominados, por la presunta irregularidad funcional (…). Resolución N° 11 de fecha 20-09-2017. Se Resuelve: 1° Declarar improcedente el recurso de nulidad deducida por la magistrada María de los Milagros Luyo Sánchez. 2° Declarar de oficio la nulidad del acto de notificación de la resolución número siete que ordena correr traslado (…). Resolución N° 15 de fecha 22-11-2017, Se Resuelve: 1° Notificar por esta vez por edictos a la investigada María de los Milagros Luyo Sánchez, para que en el plazo de cinco días, a partir de la última publicación, cumpla con absolver el traslado conferido, señalando además casilla electrónica para los efectos de notificación, bajo apercibimiento de tenerse presente su conducta procesal y continuarse el proceso según su estado. Deberá de apersonarse a recabar los recaudos de la investigación, en la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Cañete, sito en la Av. Mariscal Benavides N° 657, Segundo piso – San Vicente de Cañete. Asimismo de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementarias y Finales del Manual para el Procedimiento y Uso adecuado del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 175-2014-J-OCMA/PJ, señala: “…Si el investigado no se apersona al nuevo procedimiento instaurado dentro del plazo de ley, de existir una Casilla Electrónica asignada al mismo, el órgano de control procederá a tener por válida la Casilla Electrónica asignada a dicho titular a cuyo domicilio electrónico se le notificará a partir de la segunda notificación y/o actuación que se emita en el Procedimiento Administrativo Disciplinario respectivo” Publíquese un extracto de la resolución número cinco de fecha 24 de marzo de 2017, resolución número seis de fecha 25 de marzo de 2017, la resolución número siete de fecha 14 de junio de 2017, resolución número once de fecha 20 de septiembre de 2017 y de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “Matices” de esta localidad, por tres veces con intervalo de tres días (…) 2° Ordeno que las resoluciones sucesivas sean notificadas a la Magistrada María de los Milagros Luyo Sánchez, a su casilla judicial signada por la Corte Superior de Justicia de Cañete, a efectos de no vulnerar su derecho de defensa y continuar con el procedimiento administrativo instaurado en su contra. Notifíquese y ofíciese.- Fdo. Dra. Milagros Serena Requena Vargas Magistrada Contralora ODECMA Cañete y Asistente de Procedimientos: Narda Elías Napán.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 250 del Código Civil, se hace saber, que ante el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Imperial se han presentado ROBERTO CARLOS LOBATÓN CAMA, de 33 años de edad, de estado civil soltero, natural del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, identificado con DNI N° 42365208; y TRINIDAD TAIPE ARTICA, de 35 años de edad, de estado civil soltera, natural del distrito de Chupaca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, domiciliado en el Asentamiento Humano San Antonio, Mz. “A”, Lte. “17”, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento Lima, identificada con DNI N° 44296496; quienes pretenden contraer Matrimonio en esta Municipalidad. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de ocho días conforme a Ley.
Imperial, 28 de Noviembre del 2017.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente de Registro Civil
EDICTO
En el Expediente N° 0218-2017-0-0801-JP-CI-01, ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de San Vicente de Cañete, que despacha la Sra. Juez Carmen Nelly Rangel Purilla y Secretaria Martha Maritza Sifuentes Puma, don MAXIMO JULIO BERROCAL CHUQUISPUMA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su señor padre MAXIMO BERROCAL AGUILAR, fallecido el 06 de Setiembre de 2011, en el Hospital II EsSalud Cañete. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 17 de Noviembre de 2017.
Martha Maritza Sifuentes Puma
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 11881-2017
El Registrador Civil de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 11881-2017, doña Alicia Candela de Sánchez, identificada con DNI N° 15420388, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 85, folio 21, del año 1946, en el sentido que se ha consignado con error/omisión en la parte textual de la Partida los nombres y apellidos de la madre de la titular como GRABIELA FLORES, debiendo ser lo correcto GABRIELA FLORES CERVANTES; asimismo se ha consignado con omisión de la firma y huella del Registrador Civil de la época, dejando intacto los demás datos.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la “Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época”, aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Abog. Leyda Mariela Carlos Herrera
Sub Gerente de Registro Civil
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2017-00503, seguido por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra ROSA ANGELICA ROJAS DE SUAREZ Y OTROS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, el Sr. Juez ha dictado la siguiente Res. 02 la cual transcribe: SE RESUELVE:
RESOLUCIÓN N° 02
1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PERCY ALFREDO TENORIO JURADO contra GERARDO DANIEL SUAREZ DURAN y ROSA ANGÉLICA ROJAS DE SUAREZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, teniéndose como pretensión principal: se le declare propietario del bien inmueble denominado Lote 31 Cerro Azul, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados y como pretensión accesoria: la independización del área 2 hectáreas y 9826 metros cuadrados de la Partida Registral N° 90243381, tomo 19, fojas 432 de los Registros de Predios y la inscripción registral de la sentencia.
2°) TRAMÍTESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO y córrase TRASLADO de la misma, escrito de subsanación, demanda, anexos y auto admisorio a la parte accionada, para los efectos que la conteste en el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDÍA. PÓNGASE a conocimiento, de los propietarios o posesionarios de los predios colindantes, la demanda, anexos y auto admisorio, a efecto que hagan valer su derecho, si lo consideran conveniente. Una firma, Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Dra. Katherine Claudio Guevara – Secretaria Judicial. Cañete, 25 de Octubre de 2017.
Dra. Katherine L. Claudio Guevara
Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 28, 29 y 30 de Noviembre de 2017.
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
El Segundo Juzgado de Proceso Inmediato de Cañete, EXP. 1139-2017-0 REPROGRAMA Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, para el MARTES DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), en Sala de Audiencia “A” del Módulo Penal; COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al investigado SANTIAGO CRISTOBAL ACUÑA CONDOR, con DNI N° 80070716 a que concurra a la misma en la investigación que se le sigue por Delito Contra la Familia – OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BRYAN FELIPE Y NADIA MARILU ACUÑA RAFAEL.- Juez: ARONI MALDONADO. ESPC. DE AUDIENCIAS: NIMIS BARBOZA. San Vicente de Cañete, 23 noviembre del 2017.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXP. 352-2003-0 La SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION SALA PENAL LIQUIDADORA DE CAÑETE, que preside el señor Juez Superior Luis Enrique García Huanca, CITA y EMPLAZA a: JUAN CARLOS BUENDIA ANTIALON, a fin de que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para su juzgamiento por encontrarse reservado su juzgamiento. Lugar: Avenida Mariscal Benavides N° 657 – Sala de Audiencias de la Sala de Apelaciones – San Vicente de Cañete; Delito: Violación Sexual de Menor de Edad. Agraviado: Menor de iniciales J.R.F.C. Especialista Judicial de Sala. Luz Xiomara Gutiérrez Flores.- San Vicente de Cañete, 22 de noviembre del 2017.
EXPEDIENTE: N° 62-2011-2 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado VICTOR MOISES MENDOZA YAURI, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Agraviada: Menor de edad de iniciales M.B.H.S.; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
EXPEDIENTE: N° 158-1995-0 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidia por el señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza al acusado ANTERO GUILLERMO YASHILA CAZUZOL, para que se pongan a derecho ante la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Cañete para iniciarse su juzgamiento por tener la condición de mandato de detención, habiéndose ordenado su ubicación y captura por la autoridad policial. Lugar: Av. Mariscal Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete; Delito: USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO. Agraviada: El Estado; Secretaria: Luz Xiomara Gutiérrez Flores.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
EDICTO JUDICIAL (03 DÍAS)
EXPEDIENTE N° 27-2017. Magistrada Contralora: Dra. Milagros Serena Requena Vargas. Asistente de procedimientos: Abg. Narda Elías Napán. Ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura Cañete, a cargo de la Dra. Milagros Requena Vargas, se tramita Investigación Disciplinaria Exp. N° 27-2017, contra la magistrada María de los Milagros Luyo Sánchez, donde se ha ordenado la publicación de la Resolución N° 05 de fecha 24-03-2017; Se resuelve: (…) 2° Iniciar procedimiento Administrativo Disciplinario contra los magistrados María de los Milagros Luyo Sánchez (…), por sus actuaciones como Jueces del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, por falta grave prevista en el artículo 47.2 de la Ley N° 29277, Ley de la Carrerea Judicial. Resolución N° 06 de fecha 25-03-2017, Se Resuelve: Declárese consentida la precitada resolución número cinco y archívese definitivamente los actuados en dicho extremo (…). Resolución N° 07 de fecha 14-06-2017, Se Resuelve: Córrase traslado a los magistrados y a la servidora judicial antes nominados, por la presunta irregularidad funcional (…). Resolución N° 11 de fecha 20-09-2017. Se Resuelve: 1° Declarar improcedente el recurso de nulidad deducida por la magistrada María de los Milagros Luyo Sánchez. 2° Declarar de oficio la nulidad del acto de notificación de la resolución número siete que ordena correr traslado (…). Resolución N° 15 de fecha 22-11-2017, Se Resuelve: 1° Notificar por esta vez por edictos a la investigada María de los Milagros Luyo Sánchez, para que en el plazo de cinco días, a partir de la última publicación, cumpla con absolver el traslado conferido, señalando además casilla electrónica para los efectos de notificación, bajo apercibimiento de tenerse presente su conducta procesal y continuarse el proceso según su estado. Deberá de apersonarse a recabar los recaudos de la investigación, en la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Cañete, sito en la Av. Mariscal Benavides N° 657, Segundo piso – San Vicente de Cañete. Asimismo de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementarias y Finales del Manual para el Procedimiento y Uso adecuado del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 175-2014-J-OCMA/PJ, señala: “…Si el investigado no se apersona al nuevo procedimiento instaurado dentro del plazo de ley, de existir una Casilla Electrónica asignada al mismo, el órgano de control procederá a tener por válida la Casilla Electrónica asignada a dicho titular a cuyo domicilio electrónico se le notificará a partir de la segunda notificación y/o actuación que se emita en el Procedimiento Administrativo Disciplinario respectivo” Publíquese un extracto de la resolución número cinco de fecha 24 de marzo de 2017, resolución número seis de fecha 25 de marzo de 2017, la resolución número siete de fecha 14 de junio de 2017, resolución número once de fecha 20 de septiembre de 2017 y de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “Matices” de esta localidad, por tres veces con intervalo de tres días (…) 2° Ordeno que las resoluciones sucesivas sean notificadas a la Magistrada María de los Milagros Luyo Sánchez, a su casilla judicial signada por la Corte Superior de Justicia de Cañete, a efectos de no vulnerar su derecho de defensa y continuar con el procedimiento administrativo instaurado en su contra. Notifíquese y ofíciese.- Fdo. Dra. Milagros Serena Requena Vargas Magistrada Contralora ODECMA Cañete y Asistente de Procedimientos: Narda Elías Napán.
29, 30 de Noviembre y 01 de Diciembre
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 250 del Código Civil, se hace saber, que ante el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Imperial se han presentado ROBERTO CARLOS LOBATÓN CAMA, de 33 años de edad, de estado civil soltero, natural del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, identificado con DNI N° 42365208; y TRINIDAD TAIPE ARTICA, de 35 años de edad, de estado civil soltera, natural del distrito de Chupaca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, domiciliado en el Asentamiento Humano San Antonio, Mz. “A”, Lte. “17”, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento Lima, identificada con DNI N° 44296496; quienes pretenden contraer Matrimonio en esta Municipalidad. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de ocho días conforme a Ley.
Imperial, 28 de Noviembre del 2017.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente de Registro Civil
EDICTO
En el Expediente N° 0218-2017-0-0801-JP-CI-01, ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de San Vicente de Cañete, que despacha la Sra. Juez Carmen Nelly Rangel Purilla y Secretaria Martha Maritza Sifuentes Puma, don MAXIMO JULIO BERROCAL CHUQUISPUMA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su señor padre MAXIMO BERROCAL AGUILAR, fallecido el 06 de Setiembre de 2011, en el Hospital II EsSalud Cañete. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 17 de Noviembre de 2017.
Martha Maritza Sifuentes Puma
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 11881-2017
El Registrador Civil de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 11881-2017, doña Alicia Candela de Sánchez, identificada con DNI N° 15420388, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 85, folio 21, del año 1946, en el sentido que se ha consignado con error/omisión en la parte textual de la Partida los nombres y apellidos de la madre de la titular como GRABIELA FLORES, debiendo ser lo correcto GABRIELA FLORES CERVANTES; asimismo se ha consignado con omisión de la firma y huella del Registrador Civil de la época, dejando intacto los demás datos.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la “Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época”, aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Abog. Leyda Mariela Carlos Herrera
Sub Gerente de Registro Civil
07 enero 2017
GEUNI BECA A DOS ALUMNOS DEL COLEGIO DE NUEVO AYACUCHO PARA CURSO VACACIONAL VERANO 2017
Los alumnos de la IEP "Andrés Avelino Cáceres" del C.P. Nuevo Ayacucho, Gonzalo Victoria Cáceres y Rosmery Ruiz Flores, fueron becados por la Academia GEUNI para el curso vacacional Verano 2017 que se inicia este lunes nueve de enero.
Los alumnos que calificaron la más alta nota en el citado plantel y obtuvieron el "Premio Excelencia 2016" de manos de su director Lic. Eddy Céspedes Pozo, ingresan al tercer grado de educación secundaria en el presente año.
Ambos agradecieron el gesto de la Academia GEUNI y manifestaron que no desaprovecharán esta oportunidad, puesto que sus metas son claras: convertirse en grandes profesionales, Dios mediante.
Pero, el objetivo cercano de ambos es postular al Colegio de Alto Rendimiento (COAR) de la Región Lima que en marzo se debe convocar el primer examen para seleccionar a los mejores alumnos de esta parte del país.
Los alumnos que estuvieron acompañados de sus mamas Rosario Cáceres y Alfreda Flores, dieron las "mil gracias" a los promotores del también colegio cañetano, por este gesto filantrópico,
VICKY CÁCERES EN EL RECUERDO.
Lo anecdótico de esta pequeña, pero significativa ceremonia, fue que Rubén Auqui vio en una de las diplomas el nombre de Victoria Cáceres, nombre de su recordada madre, el mismo que le embargó la emoción.
"Pensé que era el nombre de la niña. Pero, era el apellido paterno del niño. Igual, lleva el nombre de mi madre... Esto me parece una premonición para un bien de ambos alumnos", alcanzó a comentar el popular "Jito":
Pero, sea cuál fuera la premonición, en el lugar donde se encuentre Victoria Cáceres de Auqui, debe estar muy contenta y feliz, al lado del maestro, Mario Auqui, por esta loable acción que emprendieron con ese principio y que su progenitor lo continúa con éxito. (Wilfredo Cayllahua)
Los alumnos que calificaron la más alta nota en el citado plantel y obtuvieron el "Premio Excelencia 2016" de manos de su director Lic. Eddy Céspedes Pozo, ingresan al tercer grado de educación secundaria en el presente año.
Ambos agradecieron el gesto de la Academia GEUNI y manifestaron que no desaprovecharán esta oportunidad, puesto que sus metas son claras: convertirse en grandes profesionales, Dios mediante.
Pero, el objetivo cercano de ambos es postular al Colegio de Alto Rendimiento (COAR) de la Región Lima que en marzo se debe convocar el primer examen para seleccionar a los mejores alumnos de esta parte del país.
Los alumnos que estuvieron acompañados de sus mamas Rosario Cáceres y Alfreda Flores, dieron las "mil gracias" a los promotores del también colegio cañetano, por este gesto filantrópico,
VICKY CÁCERES EN EL RECUERDO.
Lo anecdótico de esta pequeña, pero significativa ceremonia, fue que Rubén Auqui vio en una de las diplomas el nombre de Victoria Cáceres, nombre de su recordada madre, el mismo que le embargó la emoción.
"Pensé que era el nombre de la niña. Pero, era el apellido paterno del niño. Igual, lleva el nombre de mi madre... Esto me parece una premonición para un bien de ambos alumnos", alcanzó a comentar el popular "Jito":
Pero, sea cuál fuera la premonición, en el lugar donde se encuentre Victoria Cáceres de Auqui, debe estar muy contenta y feliz, al lado del maestro, Mario Auqui, por esta loable acción que emprendieron con ese principio y que su progenitor lo continúa con éxito. (Wilfredo Cayllahua)
COPROSEC CAÑETE 2017... JURAMENTARON AYER...
Las principales autoridades de la Provincia de Cañete juramentaron como integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de esta Provincia.
Ellos serán los que organicen, acuerden, hagan cumplir las normas y cumplan las metas que se planteen para este año 2017, todo ello con la finalidad de que los ciudadanos de la provincia de Cañete, con su participación claro está, puedan vivir en una sociedad pacífica.
Lo que llamo poderosamente la atención en esta juramentación es que solo tres alcaldes, el de Imperial, Nuevo Imperial y Mala juramentaron en este CORPROSEC, el resto brilló por su ausencia.
Ojalá que estas ausencias pasen a ser solo una anécdota, y que el trabajo serio y responsable que deben de aportar las autoridades distritales, sea un común denominador en esta lucha contra la delincuencia, que tiene que ser como dice un slogan señala, una tarea de todos. Lo que si es necesario recalcar, que la autoridad y el liderazgo debe de asumirlo con mucha entereza y energía, el alcalde provincial, Alexander Julio Bazán Guzmán.
Ellos serán los que organicen, acuerden, hagan cumplir las normas y cumplan las metas que se planteen para este año 2017, todo ello con la finalidad de que los ciudadanos de la provincia de Cañete, con su participación claro está, puedan vivir en una sociedad pacífica.
Lo que llamo poderosamente la atención en esta juramentación es que solo tres alcaldes, el de Imperial, Nuevo Imperial y Mala juramentaron en este CORPROSEC, el resto brilló por su ausencia.
Ojalá que estas ausencias pasen a ser solo una anécdota, y que el trabajo serio y responsable que deben de aportar las autoridades distritales, sea un común denominador en esta lucha contra la delincuencia, que tiene que ser como dice un slogan señala, una tarea de todos. Lo que si es necesario recalcar, que la autoridad y el liderazgo debe de asumirlo con mucha entereza y energía, el alcalde provincial, Alexander Julio Bazán Guzmán.
JOSELYN CHYCLLA FAJARDO... ES LA SOBERANA SANLUISINA...
ACOGERSE A LA CONFESIÓN SINCERA...
El hombre de leyes, Martín Yactayo Cama, recomendó al ex tesorero de la Municipalidad Distrital de Imperial (MDI), Carlos Marlon Vásquez Sánchez, solicitar la ampliación de su declaración a través de la modalidad de la confesión sincera.
Tras precisar que el caso del robo de más de medio millón de soles de la comuna imperialina, se encuentra en etapa preliminar, informó que el imputado en cualquier estado de la investigación puede presentar los medios probatorios que crea conveniente, contradiciendo de esta forma a lo expresado por el discutido gerente municipal Jaime Cubillas Caycho.
«El inculpado puede acogerse al beneficio de la confesión sincera y su declaración tendrá un valor legal cuando haya sido confirmada con otros elementos de convicción», explicó.
Acotó que la ley solo exige que las declaraciones sean espontáneas, sinceras y se encuentren corroboradas con medios probatorios idóneos.
ALCALDE DE IMPERIAL NO QUISO DECLARAR…
La singular autoridad de la otrora capital comercial de Cañete, Carlos Pariona, alcalde de Imperial, fue abordado luego de dejar la ceremonia de juramentación de los nuevos integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) en el Salón de Sesiones de la comuna local.
Carlos Pariona Lizana evitó hablar de la escandalosa acusación de su ex tesorero Marlon Vásquez Sánchez, que lo involucra en la pérdida o robo de más de medio millón de soles de las arcas ediles.
Al carecer de un léxico abundante que le facilite las cosas al momento de hablar en público, Carlos Pariona Lizana, no encontró mejor estrategia que evitar a la prensa y no dar declaraciones luego que los reporteros de Infored Comunicaciones lo abordaran y le solicitaran una entrevista para conocer su versión/descargo sobre la escandalosa acusación de su ex tesorero Marlon Vásquez Sánchez, quien lo ha incluido en el robo de más de medio millón de soles de las arcas ediles.
«¡Estoy apurado! ¡No tengo tiempo!», dijo – Pariona – para de inmediato emprender su partida con rumbo desconocido.
DIVERSOS MEDIOS SE PRONUNCIARON SOBRE LAS DECLARACIONES DE MARLON VÁSQUEZ
Luego de darse a conocer la primera parte de la entrevista brindada por Carlos Marlon Vásquez Sánchez a Jesús Ludeña de Infored Comunicaciones, los diversos medios de comunicación tocaron el tema de diferentes formas.
Todos de una forma u otra, reconocieron a Carlos Marlon Vásquez Sánchez, como el que cometió un delito... sin embargo, unos trataron de derivar toda la culpa en él, mientras otros lo hicieron incluyendo al alcalde imperialino en la comisión de dicho delito.
Aquí hay que entender que nadie señala que Marlon Vásquez no sea culpable... sino que las declaraciones vertidas por él, señalan a una autoridad que disponía la entrega del dinero como si fuera suyo.
Es evidente que todo señala a que Vásquez Sánchez recibía la orden de entregar el dinero... y lógicamente si no lo hacia, de patitas en la calle... En este caso, es evidente que lo digno hubiese sido renunciar... no lo hizo... y por eso es que hoy está recibiendo un cargamontón desde todos los sectores.
Entre las opiniones de mucha gente que llamaron a los diversos medios radiales que tocaron el tema, no faltó quien comparó éste robo con lo que sucedió en la época del ex Alcalde Javier Alvarado Gonzales del Valle, y Manuel Marquez en la desaparición de varios millones de soles del FINVER.
Nuevamente un funcionario que hace uso y abuso del dinero que circuló entre sus manos... En dicho caso, lo que se evidenció fue la denuncia de Javier Alvarado sobre la desaparición del dinero del FINVER. Las posteriores investigaciones señalaron a Marquez y otros funcionarios como quienes hicieron su festin con el dinero desaparecido.
En algún momento, Marquez señaló que había muchos responsables, y que la autoridad de turno conocía de los hechos.
Situación similar a la que se vive en la actualidad.
Y de ese caso, ya van varios años, y todavía la justicia no se pronuncia sobre la culpabilidad de los funcionarios o de las ex autoridades.
Ojalá que el presente caso, no duerma el sueño de los justos, como tantas denuncias por corrupción han culminado en dicha situación.
Hay que señalar que en el distrito, el ciudadano Gustavo Adolfo Payano Auris, viene promoviendo una marcha contra la corrupción existente en el distrito imperialino, para el día 19 de Enero, en horas de la tarde... su face, día a día, tiene muchas adhesiones... y cada vez más personas se suman a esta iniciativa que trata de demostrar la indignación de la población.
Tras precisar que el caso del robo de más de medio millón de soles de la comuna imperialina, se encuentra en etapa preliminar, informó que el imputado en cualquier estado de la investigación puede presentar los medios probatorios que crea conveniente, contradiciendo de esta forma a lo expresado por el discutido gerente municipal Jaime Cubillas Caycho.
«El inculpado puede acogerse al beneficio de la confesión sincera y su declaración tendrá un valor legal cuando haya sido confirmada con otros elementos de convicción», explicó.
Acotó que la ley solo exige que las declaraciones sean espontáneas, sinceras y se encuentren corroboradas con medios probatorios idóneos.
ALCALDE DE IMPERIAL NO QUISO DECLARAR…
La singular autoridad de la otrora capital comercial de Cañete, Carlos Pariona, alcalde de Imperial, fue abordado luego de dejar la ceremonia de juramentación de los nuevos integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) en el Salón de Sesiones de la comuna local.
Carlos Pariona Lizana evitó hablar de la escandalosa acusación de su ex tesorero Marlon Vásquez Sánchez, que lo involucra en la pérdida o robo de más de medio millón de soles de las arcas ediles.
Al carecer de un léxico abundante que le facilite las cosas al momento de hablar en público, Carlos Pariona Lizana, no encontró mejor estrategia que evitar a la prensa y no dar declaraciones luego que los reporteros de Infored Comunicaciones lo abordaran y le solicitaran una entrevista para conocer su versión/descargo sobre la escandalosa acusación de su ex tesorero Marlon Vásquez Sánchez, quien lo ha incluido en el robo de más de medio millón de soles de las arcas ediles.
«¡Estoy apurado! ¡No tengo tiempo!», dijo – Pariona – para de inmediato emprender su partida con rumbo desconocido.
DIVERSOS MEDIOS SE PRONUNCIARON SOBRE LAS DECLARACIONES DE MARLON VÁSQUEZ
Luego de darse a conocer la primera parte de la entrevista brindada por Carlos Marlon Vásquez Sánchez a Jesús Ludeña de Infored Comunicaciones, los diversos medios de comunicación tocaron el tema de diferentes formas.
Todos de una forma u otra, reconocieron a Carlos Marlon Vásquez Sánchez, como el que cometió un delito... sin embargo, unos trataron de derivar toda la culpa en él, mientras otros lo hicieron incluyendo al alcalde imperialino en la comisión de dicho delito.
Aquí hay que entender que nadie señala que Marlon Vásquez no sea culpable... sino que las declaraciones vertidas por él, señalan a una autoridad que disponía la entrega del dinero como si fuera suyo.
Es evidente que todo señala a que Vásquez Sánchez recibía la orden de entregar el dinero... y lógicamente si no lo hacia, de patitas en la calle... En este caso, es evidente que lo digno hubiese sido renunciar... no lo hizo... y por eso es que hoy está recibiendo un cargamontón desde todos los sectores.
Entre las opiniones de mucha gente que llamaron a los diversos medios radiales que tocaron el tema, no faltó quien comparó éste robo con lo que sucedió en la época del ex Alcalde Javier Alvarado Gonzales del Valle, y Manuel Marquez en la desaparición de varios millones de soles del FINVER.
Nuevamente un funcionario que hace uso y abuso del dinero que circuló entre sus manos... En dicho caso, lo que se evidenció fue la denuncia de Javier Alvarado sobre la desaparición del dinero del FINVER. Las posteriores investigaciones señalaron a Marquez y otros funcionarios como quienes hicieron su festin con el dinero desaparecido.
En algún momento, Marquez señaló que había muchos responsables, y que la autoridad de turno conocía de los hechos.
Situación similar a la que se vive en la actualidad.
Y de ese caso, ya van varios años, y todavía la justicia no se pronuncia sobre la culpabilidad de los funcionarios o de las ex autoridades.
Ojalá que el presente caso, no duerma el sueño de los justos, como tantas denuncias por corrupción han culminado en dicha situación.
Hay que señalar que en el distrito, el ciudadano Gustavo Adolfo Payano Auris, viene promoviendo una marcha contra la corrupción existente en el distrito imperialino, para el día 19 de Enero, en horas de la tarde... su face, día a día, tiene muchas adhesiones... y cada vez más personas se suman a esta iniciativa que trata de demostrar la indignación de la población.
MUNICIPALIDADES DE CAÑETE ENTRE EL 87% Y EL 26% EN LA EJECUCION REAL DEL GASTO CERRANDO ASI EL 2016 Y AHORA CUAL SERAN LAS EXCUSAS, DECIMOS SIEMPRE QUE NO HAY PLATA??? SIN EMBARGO NO SABEMOS GASTAR LO QUE TENEMOS….
De acuerdo al Portal de Transparencia Económica la Ejecución del Gasto a nivel de la provincia de Cañete culmino en algunos casos en pésimas condiciones, es por ello que tenemos a la Municipalidad Distrital de Pacarán con solo 26.2% de Ejecución seguidos de las Municipalidades de Coayllo con 58.9% y Asia con 59% de gasto; sin embargo en los primeros lugares se encontrarían las Municipalidades de Quilmana con 90.7%, Calango con 87.5% e Imperial con 84.9%. Debemos indicar que la ejecución del Gasto resulta de la división del monto del Devengado y del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) según lo calculado por el Ministerio de Economía y Finanzas lo cual no estamos de acuerdo porque la ejecución real del gasto seria cuando se efectúa la cancelación a los proveedores o sea de la fase Pagado. De ser el caso y tomando como referencia la fase Pagado de acuerdo al cuadro mostrado por Consulta amigable (http://apps5.mineco.gob.pe/) encontramos sorpresas y justamente en el distrito que lidera la Ejecución que la diferencia entre el devengado y pagado es de S/. 2,903,799.00 equivalente a 25% del PIM, similar caso sucede con Coayllo que dicha diferencia es de S/. 605,349.00 equivalente al 13% del PIM lo que variaría su ejecución real de gasto. Dichos importes se ven reflejados en el siguiente cuadro:

Bajo esta óptica de analizar la ejecución presupuestal a nivel de pagado, la Municipalidad que lidera la Ejecución del Gasto serian Calango con 87.5% seguidos de Zuñiga con 83% y de Mala con 82%. Y en las ultimas posiciones se mantendrían las Municipalidades de Pacaran con 26%, Coayllo con 46% y Asia con 54%. Debemos resaltar que la Municipalidad de Quilmana caería desde el 1º lugar al puesto 11 en su ejecución.
CONGRESO APROBÓ 15 LEYES POR UNANIMIDAD EN LA PRIMERA LEGISLATURA…
El Congreso aprobó 15 leyes por unanimidad durante la primera legislatura ordinaria de agosto a diciembre de 2016 y siete de ellas fueron propuestas por el Poder Ejecutivo, informó el Parlamento.
Según el reporte de la Oficina de Gestión de la Información y Estadística del Parlamento una de las iniciativas que tuvo respaldo unánime fue la de la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo, con 117 adhesiones.
También la norma que autoriza al Seguro Integral de Salud (SIS) efectuar modificaciones presu-puestales a nivel institucional a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, que tuvo 119 votos a favor.
De este listado de normas aprobadas por unanimidad, aparece la ley que establece la trayectoria del resultado fiscal estructural del sector público no financiero para los años fiscales 2017, 2018, 2019, 2010 y 2021 y la que sancionó el quinto tramo del aumento remunerativo para los efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Otra norma legal aprobada por unanimidad es aquella que establece disposiciones para el financiamiento de proyectos de inversión pública y dicta otras medidas prioritarias; y aquella que fuera solicitada por la Contraloría General de la República para que no sea exigible la conciliación extrajudicial en las acciones legales indemnizatorias ejercidas por el ente contralor.
AMPLIACIÓN DE SEDE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE...
La ampliación de la sede de la Universidad Nacional de Cañete fue aprobada con 95 votos a favor, mientras que una propuesta de la Contraloría para extender la obligación de los funcionarios públicos para que presenten sus declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas, obtuvo 112 adhesiones.
Otra norma que alcanzó alta votación parlamentaria fue aquella que prorroga el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) para las micro y pequeñas empresas -más conocida como el IGV Justo- que consiguió 107 votos a favor.
La ley que autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias para la implementación de las acciones previstas en el decreto legislativo 1153 obtuvo 90 votos de respaldo; mientras que la ley que modifica la Ley 30001 -de Reinserción Económica y Social para el Migrante Peruano- consiguió 96 votos.
DECRETOS LEGISLATIVOS SON REVISADOS EXHAUSTIVAMENTE POR EL CONGRESO…
De otro lado, hay que señalar que los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo, al amparo de las facultades que le delegó el parlamento, son examinados de forma exhaustiva y profunda en la Comisión de Constitución de Congreso de la República, sostuvo su presidente, Miguel Ángel Torres.
Detalló que esa revisión está a cargo de un grupo de trabajo presidido por la legisladora Úrsula Letona (FP), cuya labor incluye la emisión de informes que servirán de insumo para que la Comisión de Constitución, en posteriores sesiones, dictamine si estos decretos proceden o no.
«El tema de revisión ya se inició. Aspiramos a que en febrero podamos concluir con esta labor para no dilatar la agenda que ya es recargada en la comisión, porque en marzo (tras el receso parlamentario) retoma-mos nuestras sesiones ordinarias», indicó Torres.
El legislador explicó que la comisión que preside podrá dar su conformidad a los decretos legislativos o, en su defecto, derogarlos parcial o totalmente; esto último, siempre y cuando el Ejecutivo haya excedido los límites establecidos en la delegación de facultades.
Agregó que incluso el Congreso podrá emitir normas que complementen algunos decretos dictados por el Ejecutivo.
Según consideró, en caso sean derogados algunos decretos, esto no debería ser tomado como una actitud obstruccionista por parte del Congreso de la República, pues este poder del Estado solo cumple con su trabajo y su función establecida por la Constitución.
«Este Congreso no le teme al trabajo y cumple con sus promesas, porque nosotros delegamos las facultades y señalamos claramente que haríamos una revisión exhaustiva de los decretos, uno por uno, a diferencia de Congresos anteriores», aseveró.
Torres, de las filas de Fuerza Popular, indicó que en el periodo legislativo 2015-2016 solo fue revisado un único decreto legislativo, de un total de 62 que fueron emitidos por el gobierno anterior, por lo que esta vez -remarcó- será revisado el 100% de las normas dictadas.
Informó también que el jefe del gabinete ministerial, Fernando Zavala, ha sido invitado a esta comisión para que el miércoles 11 de enero, a las 09:45 horas, pueda explicar el contenido de los decretos emitidos y absolver las dudas e inquietudes que existan al respecto.
«Estoy seguro que el Premier no va a tener ningún problema en visitarnos junto con los ministros que lo acompañen», apuntó el parlamentario.
Según el reporte de la Oficina de Gestión de la Información y Estadística del Parlamento una de las iniciativas que tuvo respaldo unánime fue la de la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo, con 117 adhesiones.
También la norma que autoriza al Seguro Integral de Salud (SIS) efectuar modificaciones presu-puestales a nivel institucional a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, que tuvo 119 votos a favor.
De este listado de normas aprobadas por unanimidad, aparece la ley que establece la trayectoria del resultado fiscal estructural del sector público no financiero para los años fiscales 2017, 2018, 2019, 2010 y 2021 y la que sancionó el quinto tramo del aumento remunerativo para los efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Otra norma legal aprobada por unanimidad es aquella que establece disposiciones para el financiamiento de proyectos de inversión pública y dicta otras medidas prioritarias; y aquella que fuera solicitada por la Contraloría General de la República para que no sea exigible la conciliación extrajudicial en las acciones legales indemnizatorias ejercidas por el ente contralor.
AMPLIACIÓN DE SEDE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE...
La ampliación de la sede de la Universidad Nacional de Cañete fue aprobada con 95 votos a favor, mientras que una propuesta de la Contraloría para extender la obligación de los funcionarios públicos para que presenten sus declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas, obtuvo 112 adhesiones.
Otra norma que alcanzó alta votación parlamentaria fue aquella que prorroga el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) para las micro y pequeñas empresas -más conocida como el IGV Justo- que consiguió 107 votos a favor.
La ley que autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias para la implementación de las acciones previstas en el decreto legislativo 1153 obtuvo 90 votos de respaldo; mientras que la ley que modifica la Ley 30001 -de Reinserción Económica y Social para el Migrante Peruano- consiguió 96 votos.
DECRETOS LEGISLATIVOS SON REVISADOS EXHAUSTIVAMENTE POR EL CONGRESO…
De otro lado, hay que señalar que los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo, al amparo de las facultades que le delegó el parlamento, son examinados de forma exhaustiva y profunda en la Comisión de Constitución de Congreso de la República, sostuvo su presidente, Miguel Ángel Torres.
Detalló que esa revisión está a cargo de un grupo de trabajo presidido por la legisladora Úrsula Letona (FP), cuya labor incluye la emisión de informes que servirán de insumo para que la Comisión de Constitución, en posteriores sesiones, dictamine si estos decretos proceden o no.
«El tema de revisión ya se inició. Aspiramos a que en febrero podamos concluir con esta labor para no dilatar la agenda que ya es recargada en la comisión, porque en marzo (tras el receso parlamentario) retoma-mos nuestras sesiones ordinarias», indicó Torres.
El legislador explicó que la comisión que preside podrá dar su conformidad a los decretos legislativos o, en su defecto, derogarlos parcial o totalmente; esto último, siempre y cuando el Ejecutivo haya excedido los límites establecidos en la delegación de facultades.
Agregó que incluso el Congreso podrá emitir normas que complementen algunos decretos dictados por el Ejecutivo.
Según consideró, en caso sean derogados algunos decretos, esto no debería ser tomado como una actitud obstruccionista por parte del Congreso de la República, pues este poder del Estado solo cumple con su trabajo y su función establecida por la Constitución.
«Este Congreso no le teme al trabajo y cumple con sus promesas, porque nosotros delegamos las facultades y señalamos claramente que haríamos una revisión exhaustiva de los decretos, uno por uno, a diferencia de Congresos anteriores», aseveró.
Torres, de las filas de Fuerza Popular, indicó que en el periodo legislativo 2015-2016 solo fue revisado un único decreto legislativo, de un total de 62 que fueron emitidos por el gobierno anterior, por lo que esta vez -remarcó- será revisado el 100% de las normas dictadas.
Informó también que el jefe del gabinete ministerial, Fernando Zavala, ha sido invitado a esta comisión para que el miércoles 11 de enero, a las 09:45 horas, pueda explicar el contenido de los decretos emitidos y absolver las dudas e inquietudes que existan al respecto.
«Estoy seguro que el Premier no va a tener ningún problema en visitarnos junto con los ministros que lo acompañen», apuntó el parlamentario.
GOBIERNO DICTA MEDIDAS DE PROTECCIÓN A DENUNCIANTES DE CORRUPCIÓN…
El Gobierno dictó medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción en el Estado, y sanciones para las denuncias que se hagan de mala fe, a fin de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de un hecho de corrupción pueda denunciarlo.
Mediante un decreto legislativo, dictado al amparo de las facultades que el Congreso delegó al Poder Ejecutivo, se busca proteger los derechos personales o laborales de los denunciantes y testigos de actos de corrupción en la administración estatal, en cuanto fuere aplicable.
Entre las medidas de protección figura la absoluta reserva de la identidad del denunciante, a quien se considera como un tercero colaborador de la administración pública y del Sistema de Justicia.
De esta manera, la denuncia que se presente ante la entidad debe registrarse reemplazando la identidad del denunciante por un código cifrado.
La protección de la identidad puede mantenerse, incluso, con posterioridad a la culminación de los procesos de investigacióny sanción de la falta contraria a la ética pública denunciada.
Además de la reserva de la identidad, la autoridad administrativa competente puede otorgar las medidas de protección laboral necesarias y adecuadas, se señala en el decreto, publicado en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se establece también que las medidas de protección que otorga la entidad son ejecutadas por la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, previa evaluación de su viabilidad operativa, salvo la referida a la reserva de la identidad.
Del mismo modo, se establece que la denuncia presentada por un postor o contratista no puede perjudicar su posición como postor en el proceso de contratación en el que participa o su posición en la relación contractual establecida con la entidad.
Tampoco puede perjudicarlo en futuros procesos en los que participe. Si la denuncia se dirige contra servidores civiles que tengan a su cargo el proceso de contratación en el que participa el denunciante, la entidad dispondrá, previa evaluación, apartarlo del mismo.
Se recalca, además, que la interposición de una denuncia no servirá en ningún caso para paralizar un proceso de contratación del Estado.
De acuerdo con el decreto, los autores y partícipes de actos de corrupción que decidan denunciarlos pueden ser beneficiados con algunas de medidas de protección, sin que ello signifique la exculpación por las conductas lesivas a la ética pública.
Su colaboración oportuna y pertinente significa la reducción de la sanción administrativa a imponer.
El otorgamiento de las medidas de protección se extiende mientras dure el peligro que las motiva, incluso con posterioridad a los procedimientos que conduzcan a la sanción de la falta.
También podrán extenderse estas medidas a personas distintas del denunciante, si las circunstancias del caso lo justifican.
Las medidas de protección establecidas en el presente decreto legislativo no afectan las competencias de la Contraloría General de la República, se indica en el dispositivo legal.
Obligaciones de los protegidos
Las personas protegidas deben cumplir ciertas obligaciones orientadas a garantizar la salvaguarda del procedimiento administrativo iniciado como consecuencia de la denuncia presentada, según el presente decreto.
Por ejemplo, deberán cooperar en las diligencias necesarias, a convocatoria de la entidad, y mantener un comportamiento adecuado que preserve la eficacia de las medidas de protección otorgadas, asegurando su propia integridad y seguridad.
Salvaguardar la confidencia-lidad de las operaciones y condiciones que se den con las medidas de protección, incluso cuando cesen las mismas, es otra de las obligaciones de las personas protegidas.
En tanto, las personas naturales o jurídicas que, en un trámite ante una entidad pública, detecten un acto de corrupción y lo denuncien ante la autoridad competente, son beneficiados con la devolución de los costos administrativos que le generó dicho trámite.
Denuncia de mala fe
Se considera denuncia falsa cuando esta se realiza, a sabiendas de que los actos de corrupción denunciados no se han cometido o cuando se simulan pruebas o indicios de la comisión de un acto de corrupción.
Los denunciantes y testigos que denuncien actos de corrupción de mala fe, conforme a los supuestos son excluidos inmediatamente de las medidas de protección otorgadas, sin perjuicio de las responsabilidades de naturaleza civil, penal y administrativa a que hubiese lugar.
El Reglamento del presente Decreto Legislativo se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, en el plazo de 60 días contados a partir del día siguiente de su publicación.
La norma lleva las firmas del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; así como del titular del Consejo de Ministros, Fernando Zavala; y de la ministra de Justicia y Derechos Humanos, María Soledad Pérez Tello.
Mediante un decreto legislativo, dictado al amparo de las facultades que el Congreso delegó al Poder Ejecutivo, se busca proteger los derechos personales o laborales de los denunciantes y testigos de actos de corrupción en la administración estatal, en cuanto fuere aplicable.
Entre las medidas de protección figura la absoluta reserva de la identidad del denunciante, a quien se considera como un tercero colaborador de la administración pública y del Sistema de Justicia.
De esta manera, la denuncia que se presente ante la entidad debe registrarse reemplazando la identidad del denunciante por un código cifrado.
La protección de la identidad puede mantenerse, incluso, con posterioridad a la culminación de los procesos de investigacióny sanción de la falta contraria a la ética pública denunciada.
Además de la reserva de la identidad, la autoridad administrativa competente puede otorgar las medidas de protección laboral necesarias y adecuadas, se señala en el decreto, publicado en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se establece también que las medidas de protección que otorga la entidad son ejecutadas por la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, previa evaluación de su viabilidad operativa, salvo la referida a la reserva de la identidad.
Del mismo modo, se establece que la denuncia presentada por un postor o contratista no puede perjudicar su posición como postor en el proceso de contratación en el que participa o su posición en la relación contractual establecida con la entidad.
Tampoco puede perjudicarlo en futuros procesos en los que participe. Si la denuncia se dirige contra servidores civiles que tengan a su cargo el proceso de contratación en el que participa el denunciante, la entidad dispondrá, previa evaluación, apartarlo del mismo.
Se recalca, además, que la interposición de una denuncia no servirá en ningún caso para paralizar un proceso de contratación del Estado.
De acuerdo con el decreto, los autores y partícipes de actos de corrupción que decidan denunciarlos pueden ser beneficiados con algunas de medidas de protección, sin que ello signifique la exculpación por las conductas lesivas a la ética pública.
Su colaboración oportuna y pertinente significa la reducción de la sanción administrativa a imponer.
El otorgamiento de las medidas de protección se extiende mientras dure el peligro que las motiva, incluso con posterioridad a los procedimientos que conduzcan a la sanción de la falta.
También podrán extenderse estas medidas a personas distintas del denunciante, si las circunstancias del caso lo justifican.
Las medidas de protección establecidas en el presente decreto legislativo no afectan las competencias de la Contraloría General de la República, se indica en el dispositivo legal.
Obligaciones de los protegidos
Las personas protegidas deben cumplir ciertas obligaciones orientadas a garantizar la salvaguarda del procedimiento administrativo iniciado como consecuencia de la denuncia presentada, según el presente decreto.
Por ejemplo, deberán cooperar en las diligencias necesarias, a convocatoria de la entidad, y mantener un comportamiento adecuado que preserve la eficacia de las medidas de protección otorgadas, asegurando su propia integridad y seguridad.
Salvaguardar la confidencia-lidad de las operaciones y condiciones que se den con las medidas de protección, incluso cuando cesen las mismas, es otra de las obligaciones de las personas protegidas.
En tanto, las personas naturales o jurídicas que, en un trámite ante una entidad pública, detecten un acto de corrupción y lo denuncien ante la autoridad competente, son beneficiados con la devolución de los costos administrativos que le generó dicho trámite.
Denuncia de mala fe
Se considera denuncia falsa cuando esta se realiza, a sabiendas de que los actos de corrupción denunciados no se han cometido o cuando se simulan pruebas o indicios de la comisión de un acto de corrupción.
Los denunciantes y testigos que denuncien actos de corrupción de mala fe, conforme a los supuestos son excluidos inmediatamente de las medidas de protección otorgadas, sin perjuicio de las responsabilidades de naturaleza civil, penal y administrativa a que hubiese lugar.
El Reglamento del presente Decreto Legislativo se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, en el plazo de 60 días contados a partir del día siguiente de su publicación.
La norma lleva las firmas del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; así como del titular del Consejo de Ministros, Fernando Zavala; y de la ministra de Justicia y Derechos Humanos, María Soledad Pérez Tello.
DECRETOS LEGISLATIVOS AHORRARÁN TIEMPO Y DINERO A TRABAJADORES Y EMPRESARIOS…
El MTPE destacó hoy que las empresas y trabajadores ahorrarán tiempo y costos con la simplificación administrativa emprendida por el Gobierno, a través de los Decretos Legislativos 1246 y 1310, aprobados en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso.
Con el Decreto Legislativo 1246 que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, se eliminó la obligación de presentar formalmente, sea vía física o medios electrónicos, los contratos de trabajo sujetos a modalidad.
«Antes se exigía a los emplea-dores el registro de los contratos, pese a que la información de los mismos ya era declarada por ellos a través de la planilla electrónica. Entonces el Gobierno eliminó este registro (…) Se destrabó la contratación», sostuvo el asesor del Gabinete del MTPE, Enzo Flores.
El plazo para que los empleadores presenten los contratos de trabajo era de 15 días (de haber sido celebrados) y además tenían que pagar por registrar esos contratos en dicho plazo, de lo contrario tenían que pagar un recargo por registro extemporáneo, recordó.
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), los empleadores debían pagar una tasa de 11.70 soles por presentar los contratos de trabajo sujetos a modalidad y su presentación extemporánea generaba un pago de una tasa de 30.15 soles.
Destacó que con este Decreto no se deroga ningún derecho de los trabajadores, ni se elimina la obligación de celebrar los contratos por escrito y entregarlos al trabajador dentro de los tres días hábiles desde su celebración.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) cumplirá una labor importante de gestión en la verificación del cumplimiento de las obligaciones referidas a los contratos modales, con la información que recoja de la planilla electrónica, refirió el MTPE.
Personal extranjero
El MTPE indicó además que con ese Decreto se simplificó los requisitos para la presentación de los contratos de personal extranjero, exigiéndose solamente la presentación del contrato de trabajo y una declaración jurada general.
«Se exigían algunos requisitos adicionales (antes) como que el extranjero presente sus títulos validados, trámite que demoraba y retrasaba la contratación formal de trabajadores del exterior y la idea es que su contratación formal sea rápida para que hagan sus labores», precisó Flores.
Antes conjuntamente con el contrato de trabajo de personal extranjero, el empleador debía presentar una declaración jurada del cumplimiento de los porcentajes limitativos, copias apos-tilladas de los títulos profesionales y de las constancias de trabajo; así como acreditar la garantía de retorno del trabajador y su familia a su país de origen al finalizar la relación laboral.
Asimismo, no se deroga ningún derecho de los trabajadores extranjeros, ni se eliminan las obligaciones de cumplir con los porcentajes limitativos, ni que los extranjeros cuenten con títulos y certificados que correspondan conforme a ley.
Tampoco se deja de garantizar el retorno del trabajador y su familia su familia a su país de origen. Sólo que todo ello, no debe ser presentado a la Autoridad Administrativa de Trabajo.
El cumplimiento de estas obligaciones podrá ser exigido por la Autoridad de Trabajo, independientemente de la multa que pudiera imponer la Autoridad Inspectiva.
Sunafil cumplirá una labor importante de gestión en la verificación del cumplimiento de las obligaciones referidas a los contratos de extranjeros, con la información que recoja de la planilla electrónica.
Convenios formativos
De otro lado, el MTPE señaló que se eliminó con el referido decreto, la exigencia de los requisitos mínimos de los planes de capacitación para las modalidades formativas y de la obligación de presentar formalmente, sea en físico o vía medios electrónicos, tales planes y convenios ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.
«No se derogó ningún derecho de los jóvenes en formación (que no son trabajadores) ni se eliminó la obligación de celebrar los convenios por escrito y entregarlos a los beneficios, ni se eliminó la obligación de contar con un plan de capacitación», resaltó Flores.
Precisó que se derogó la exigencia de un contenido mínimo de los planes de capacitación para todas las modalidades. Las empresas deberán elaborar un plan de capacitación a criterio de ésta y teniendo en cuenta la modalidad de la cual se trata, así como las características específicas en cada caso concreto y del joven beneficiado.
Boletas de pago digitales
El Decreto Legislativo 1310, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, busca facilitar algunos documentos de gestión y permite así, realizar la firma digital en documentos laborales como en la boleta de pago.
También permite la entrega de boletas digitales por parte del empleador, siempre y cuando el pago de las obligaciones laborales económicas se realice a través de entidades financieras, y además el trabajador pueda tener acceso a ellos, comentó.
Flores, refirió que ahora la entrega de documentos como todos los contratos de los trabajadores requeridos por la autoridad en una inspección laboral u otras diligencias, por ejemplo, pueden presentarse en formato digital, entre otras.
«Se está otorgando facilidades a las empresas para que cumplan con sus obligaciones y en unos tres meses se puede mostrar resultados preliminares de los beneficios de la simplificación administrativa», puntualizó.
Con el Decreto Legislativo 1246 que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, se eliminó la obligación de presentar formalmente, sea vía física o medios electrónicos, los contratos de trabajo sujetos a modalidad.
«Antes se exigía a los emplea-dores el registro de los contratos, pese a que la información de los mismos ya era declarada por ellos a través de la planilla electrónica. Entonces el Gobierno eliminó este registro (…) Se destrabó la contratación», sostuvo el asesor del Gabinete del MTPE, Enzo Flores.
El plazo para que los empleadores presenten los contratos de trabajo era de 15 días (de haber sido celebrados) y además tenían que pagar por registrar esos contratos en dicho plazo, de lo contrario tenían que pagar un recargo por registro extemporáneo, recordó.
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), los empleadores debían pagar una tasa de 11.70 soles por presentar los contratos de trabajo sujetos a modalidad y su presentación extemporánea generaba un pago de una tasa de 30.15 soles.
Destacó que con este Decreto no se deroga ningún derecho de los trabajadores, ni se elimina la obligación de celebrar los contratos por escrito y entregarlos al trabajador dentro de los tres días hábiles desde su celebración.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) cumplirá una labor importante de gestión en la verificación del cumplimiento de las obligaciones referidas a los contratos modales, con la información que recoja de la planilla electrónica, refirió el MTPE.
Personal extranjero
El MTPE indicó además que con ese Decreto se simplificó los requisitos para la presentación de los contratos de personal extranjero, exigiéndose solamente la presentación del contrato de trabajo y una declaración jurada general.
«Se exigían algunos requisitos adicionales (antes) como que el extranjero presente sus títulos validados, trámite que demoraba y retrasaba la contratación formal de trabajadores del exterior y la idea es que su contratación formal sea rápida para que hagan sus labores», precisó Flores.
Antes conjuntamente con el contrato de trabajo de personal extranjero, el empleador debía presentar una declaración jurada del cumplimiento de los porcentajes limitativos, copias apos-tilladas de los títulos profesionales y de las constancias de trabajo; así como acreditar la garantía de retorno del trabajador y su familia a su país de origen al finalizar la relación laboral.
Asimismo, no se deroga ningún derecho de los trabajadores extranjeros, ni se eliminan las obligaciones de cumplir con los porcentajes limitativos, ni que los extranjeros cuenten con títulos y certificados que correspondan conforme a ley.
Tampoco se deja de garantizar el retorno del trabajador y su familia su familia a su país de origen. Sólo que todo ello, no debe ser presentado a la Autoridad Administrativa de Trabajo.
El cumplimiento de estas obligaciones podrá ser exigido por la Autoridad de Trabajo, independientemente de la multa que pudiera imponer la Autoridad Inspectiva.
Sunafil cumplirá una labor importante de gestión en la verificación del cumplimiento de las obligaciones referidas a los contratos de extranjeros, con la información que recoja de la planilla electrónica.
Convenios formativos
De otro lado, el MTPE señaló que se eliminó con el referido decreto, la exigencia de los requisitos mínimos de los planes de capacitación para las modalidades formativas y de la obligación de presentar formalmente, sea en físico o vía medios electrónicos, tales planes y convenios ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.
«No se derogó ningún derecho de los jóvenes en formación (que no son trabajadores) ni se eliminó la obligación de celebrar los convenios por escrito y entregarlos a los beneficios, ni se eliminó la obligación de contar con un plan de capacitación», resaltó Flores.
Precisó que se derogó la exigencia de un contenido mínimo de los planes de capacitación para todas las modalidades. Las empresas deberán elaborar un plan de capacitación a criterio de ésta y teniendo en cuenta la modalidad de la cual se trata, así como las características específicas en cada caso concreto y del joven beneficiado.
Boletas de pago digitales
El Decreto Legislativo 1310, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, busca facilitar algunos documentos de gestión y permite así, realizar la firma digital en documentos laborales como en la boleta de pago.
También permite la entrega de boletas digitales por parte del empleador, siempre y cuando el pago de las obligaciones laborales económicas se realice a través de entidades financieras, y además el trabajador pueda tener acceso a ellos, comentó.
Flores, refirió que ahora la entrega de documentos como todos los contratos de los trabajadores requeridos por la autoridad en una inspección laboral u otras diligencias, por ejemplo, pueden presentarse en formato digital, entre otras.
«Se está otorgando facilidades a las empresas para que cumplan con sus obligaciones y en unos tres meses se puede mostrar resultados preliminares de los beneficios de la simplificación administrativa», puntualizó.
EDICTOS JUDICIALES
EDICTO PENALES (03 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE YAUYOS: Juez Dr. Julio Cesar Parvina Melgar: Especialista: Víctor Raúl Silva Pérez: Ha ordenado la publicación siguiente:
EXP. N° 00028-2011-01: Resolución número 05 de fecha 15-12-2016, que dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE ACUSACIÓN FISCAL, para el DÍA MARTES DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO 2017, A HORAS TRES DE LA TARDE, hora exacta a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Yauyos, sito en plaza de armas s/n – Provincia de Yauyos; Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del Fiscal , de los acusados y del abogado defensor de su propia elección de los acusados; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de este ultimo, de nombrase en el acto un abogado defensor de oficio, a fin de que asuma la defensa necesaria de los imputados: notifíquese por edictos a los imputados WALTER CLEMENTE CONDOR, CRISTHIAN ESPINOZA MARTINEZ y FROYLAN RICARDO CLEMENTE QUISPE, cursándose los oficios respectivos; asimismo cúrsese oficio a la defensoría publica de Yauyos, a efecto de que asuma la defensa necesaria de los imputados citados. Notifíquese y Ofíciese.
6, 7 y 9 de Enero
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don GUIMY ROSARIO ALVITES HUAROTO, de 28 años de edad, natural del distrito de San Luis – Cañete, de nacionalidad peruana, identificado con DNI N° 45507522, con domicilio en Vía Jesús Salvador Mz. K Lote 13 del distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima, de estado civil soltero, de profesión albañil y LUZ MARINA SAAVEDRA BARRIOS, de 25 años de edad, natural de San Luis, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47451843, de estado civil soltera, de profesión Contadora, domiciliada en Asentamiento Humano Vía Jesús Salvador Mz. K Lote 1 del distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima.
Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad Distrital de San Luis, el día 27 de Enero de 2017, a horas 3:00 p.m., en el local de la Municipalidad de San Luis. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Cristian Alfredo Pérez Franco
Alcalde
Marlene Rosario Quispe Cama
Encargada de la Ofic. Registro Civil
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE YAUYOS: Juez Dr. Julio Cesar Parvina Melgar: Especialista: Víctor Raúl Silva Pérez: Ha ordenado la publicación siguiente:
EXP. N° 00028-2011-01: Resolución número 05 de fecha 15-12-2016, que dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE ACUSACIÓN FISCAL, para el DÍA MARTES DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO 2017, A HORAS TRES DE LA TARDE, hora exacta a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Yauyos, sito en plaza de armas s/n – Provincia de Yauyos; Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del Fiscal , de los acusados y del abogado defensor de su propia elección de los acusados; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de este ultimo, de nombrase en el acto un abogado defensor de oficio, a fin de que asuma la defensa necesaria de los imputados: notifíquese por edictos a los imputados WALTER CLEMENTE CONDOR, CRISTHIAN ESPINOZA MARTINEZ y FROYLAN RICARDO CLEMENTE QUISPE, cursándose los oficios respectivos; asimismo cúrsese oficio a la defensoría publica de Yauyos, a efecto de que asuma la defensa necesaria de los imputados citados. Notifíquese y Ofíciese.
6, 7 y 9 de Enero
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don GUIMY ROSARIO ALVITES HUAROTO, de 28 años de edad, natural del distrito de San Luis – Cañete, de nacionalidad peruana, identificado con DNI N° 45507522, con domicilio en Vía Jesús Salvador Mz. K Lote 13 del distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima, de estado civil soltero, de profesión albañil y LUZ MARINA SAAVEDRA BARRIOS, de 25 años de edad, natural de San Luis, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47451843, de estado civil soltera, de profesión Contadora, domiciliada en Asentamiento Humano Vía Jesús Salvador Mz. K Lote 1 del distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima.
Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad Distrital de San Luis, el día 27 de Enero de 2017, a horas 3:00 p.m., en el local de la Municipalidad de San Luis. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Cristian Alfredo Pérez Franco
Alcalde
Marlene Rosario Quispe Cama
Encargada de la Ofic. Registro Civil
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