04 abril 2007

Cumplan con sus obligaciones
EL 11 VENCE DECLARACION DE IMPUESTO A LA RENTA
Ente recaudador amplía horarios de atención e incrementa puntos de servicio a contribuyentes…

El próximo 11 de Abril, vence la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, para todos los que tienen como último número de su RUC el Nº 1… antes el próximo 9 de Abril les toca a los que tengan como último número el 9, y el 10 de Abril a los que tengan como último número el 0… una de las obligaciones tributarias más importantes que corresponde a las personas naturales y empresas generadoras de rentas de Tercera Categoría. Este año, los contribuyentes vienen presentando las declaraciones correspondientes a la campaña de regularización del ejercicio gravable 2006.
Como resultado de las facilidades y mayores servicios implementados por la SUNAT, miles de contribuyentes ya presentaron la declaración, lo que demuestra el interés de la ciudadanía por cumplir, oportunamente, con sus obligaciones tributarias.
El ente recaudador aprobó, a fines del año pasado, el cronograma de vencimientos para presentar las declaraciones, que se define de acuerdo con el último dígito del número de RUC de los contribuyentes y establece los plazos definitivos para cumplir con esta obligación.
Además la SUNAT siempre con la finalidad de dar mayores facilidades a los contribuyenes, ha implementado diversos servicios para facilitar su presentación como la atención personalizada con horario ampliado –hasta las 7 p.m. – en todas sus sedes y en la Central de Consultas telefónicas, así como tres puntos de servicio adicionales en Lima; así como lo propio ha hecho en la Municipalidad Distrital de Imperial.
En los puntos de servicio adicionales denominados Cabinas PDT–, se viene recibiendo orientación sobre el llenado de la declaración y obtener el archivo personalizado a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), documento informático que contiene datos "referenciales" sobre las rentas y pago de impuestos realizados el año pasado.
Por otro lado, el ente recaudador ha ampliado sus horarios de atención desde el 27 de marzo. Así, los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país y la Central de Consultas telefónicas con número 0-801-12-100, atenderán con un horario ampliado de lunes a viernes hasta las 7 p.m.

Personas Naturales
Hay que recordar que están obligados a presentar la Declaración Anual todas las personas naturales cuyos ingresos por servicios profesionales, considerados como Rentas de Cuarta Categoría, hayan superado –durante el año pasado– los S/. 29,750.
La presentación de esta información se realiza utilizando el Programa de Declaración Telemática (PDT- Formulario Virtual N° 657), que se podrá obtener a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) y en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.
Tal como ocurrió el año pasado, las personas naturales cuyos domicilios fiscales se ubiquen en zonas alejadas, podrán presentar sus declaraciones utilizando formularios impresos.

Tercera Categoría
Igualmente, deben cumplir con esta obligación todos los contribuyentes que generen rentas de Tercera Categoría, comprendidos en el Régimen General. La presentación se realizará también a través del medio virtual, en este caso con el Programa de Declaración Telemática (PDT - Formulario Virtual N° 658).
Por otro lado, los Principales Contribuyentes deben presentar la declaración en las oficinas y lugares designados por el ente recaudador. El trámite también se podrá realizar a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) en caso hubieran sido notificados para hacerlo.

No hay comentarios.: