27 abril 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC – YAUYOS

ORDENANZA Nº 01-2007-MDV

Viñac, 13 de Marzo del 2007.

El Concejo de la Municipalidad Distrital de Viñac,

POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal del Asesor Legal Externo,

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Organos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;

Que, el Art. 195º numeral 3 y 4 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes de desarrollo, por lo que tienen competencia para: Administrar sus bienes, rentas, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;

Que, el numeral 36.1 del artículo 36º de la Ley de Procedimientos Administrativos General – Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en los casos de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA;

Que, el Art. 29º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General, establece que, se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencia tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados;

Que, la norma precitada precisa que en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, publicándose en su integridad cada dos años, pudiendo hacerlo antes cuando se considere que las modificaciones producidas en el mismo lo amerite;

Que, mediante informe de Visto, de fecha 2 de Marzo del 2007, el Asesor Legal Externo remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad – TUPA, el cual se ha elaborado de conformidad a lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y a la Ley de Procedimientos Administrativo General – Ley Nº 27444;

Que, del informe Legal se infiere que el proyecto propuesto ha sido elaborado en coordinación estricta con las unidades orgánicas que tienen bajo responsabilidad procedimientos, el mismo que se encuentra acorde con la estructura orgánica de la Municipalidad, habiendo tenido presente los dispositivos legales en que se sustentan los diversos procedimientos y costos, enmarcados dentro de la Ley Nº 27444;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC

Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativo – TUPA y Servicios prestados en exclusividad, de la Municipalidad Distrital de Viñac; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º.- Derogar toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de ratificación del Cuadro de Tasas – Derechos por tramitación de los procedimientos contenidos en el presente Texto Unico de Procedimientos Administrativos emitido por la Municipalidad Provincial de Yauyos.

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique, Comunique y Cumpla

Teodardo D. Carrión Huamán
Alcalde


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC – YAUYOS

ORDENANZA Nº 02-2007-MDV

Viñac, 14 de Marzo del 2007.

El Concejo de la Municipalidad Distrital de Viñac,

POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal del Asesor Legal Externo,

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Organos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;

Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha se ha aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y en la Ley de Procedimientos Administrativo General – Ley Nº 27444;

Que, las Tasas Derechos correspondiente a la tramitación de los procedimientos a cargo de la Municipalidad, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, deben ser aprobados de conformidad con lo establecido en el artículo 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; el cual establece que los mismos no excederán del costo de prestación del servicio y su rendimiento será destinado exclusivamente al financiamiento del mismo. En ningún caso el monto de las tasas por servicio administrativo o por derechos podrán ser superior a una (1) UIT, en caso que estas superen dicho monto se requiere acogerse al régimen de excepción que será establecido por Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Finanzas conforme a lo dispuesto por la Ley de Procedimientos Administrativo General. Las Tasas que se cobre por tramitación de procedimientos administrativos, sólo serán exigibles al contribuyente cuando consten en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 4 del Artículo 195º y por el Art. 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley. En aplicación de lo dispuesto por la Constitución se establece las siguientes normas generales: a) La creación y modificación de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza, con los límites dispuestos por el presente Título, así como por lo dispuesto en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Informe de Visto, de fecha 03 de Marzo del 2007, el Asesor Legal Externo remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Cuadro de Tasas – Derechos de la tramitación de los procedimientos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad – TUPA, el cual se ha elaborado de conformidad a lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y a la Ley de Procedimientos Administrativo General – Ley Nº 27444 y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156º-2004-EF;

Que, del Informe Legal se infiere que el proyecto propuesto ha sido elaborado en coordinación estricta con las unidades orgánicas que tiene bajo responsabilidad los procedimientos, el mismo que se encuentra acorde con la estructura orgánica de la Municipalidad, habiendo tenido presente los dispositivos legales en que se sustentan los diversos procedimientos y costos enmarcados dentro de las normas legales referidas;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE TASAS – DERECHOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO CONTENIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC

Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro de Tasas – Derechos de los Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Viñac; y la Estructura de Costos que lo sustenta; los mismos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º.- Derogar toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación del Acuerdo de Concejo de ratificación del Cuadro de Tasas – Derechos emitido por la Municipalidad Provincial de Yauyos.

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique, Comunique y Cumpla

Teodardo D. Carrión Huamán
Alcalde


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2007.

Yauyos, 18 de Abril del 2007.

VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 05 de Abril de 2007, el Oficio Nº 015-2007-MDV, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Viñac solicita la Ratificación de la Ordenanza Nº 002-2007-MDV que aprueba el Cuadro de Tasas y Derechos por procedimiento contenidos en su respectivo TUPA; y,

CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. 60º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante D.S. Nº 156-2004-EF; establece la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanza en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad;

Que, la Municipalidad Distrital de Viñacc, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza materia de ratificación, remitiéndola con tal fin a la Municipalidad Provincial de Yauyos, conjuntamente con la información sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de declaración jurada;

Que, la Comisión de Administración, Planificación, Presupuesto y Rentas ha emitido su Dictamen de Comisión Nº 002-2007/MPY/COM.APPR, mediante el cual opina por la ratificación de lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Viñac;

Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Consejo por Unanimidad ORDENA lo siguiente:

Artículo 1º.- Fines y Objetivos de la Ordenanza: RATIFICAR la Ordenanza Nº 02-2007-MDV, que aprueba el cuadro de Tasas y Derechos por Procedimientos contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Viñac.c

Artículo 2º.- Publicación: Disponer que la Municipalidad Distrital de Viñac cumpla con la publicación de la presente Ordenanza, para garantizar su vigencia y aplicación conforme a Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Diomedes A. Dionisio Inga
Alcalde

1 comentario:

Anónimo dijo...

SERIA ESTUPENDO QUE PUBLIQUEN EL CUADRO CON LAS DESCRIPCIONES DEL PROCEDIMIENTO LA AUTORIDAD QUE LA APRUEBA, REQUISITOS, TIPO DE PROCEDIMIENTO AUTOMATICO O NO, COSTO EXPRESADO EN %UIT, EL TIEMPO QUE SE DEMORA EN APROBAR EL TRAMITE. ESTAS ORDENANZAS NO DICEN NADA AL ADMINISTRADO.
CUANDO LE TOCARA A NUESTRO DISTRITO DE IMPERIAL Y A LA PROVINCIA DE CAÑETE. LA LEY OBLIGA QUE SE PUBLIQUEN CADA DOS AñOS. MUY MAL HECHO PARA TODAS AQUELLAS AUTORIDADES QUE NO LO HACEN. SEÑORES ALCALDES Y REGIDORES POR FAVOR HAGANLO EN ARAS A LA LIBRE TRANSPARENCIA E acceso a la INFORMACION PUBLICA.