13 abril 2007

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho, Bolognesi 324, San Vicente, Cañete, se presentó IRMA GISSELA CALLE FLORES, manifestando ser hija de quien fuera en vida CARMEN ADRIANA FLORES SIANCAS; quien falleció intestada en esta provincia el 19-03-2007, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos al cónyuge supérstite don LUIS ALBERTO CALLE CUETO y a su hija: IRMA GISSELA CALLE FLORES. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 11 de Abril del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho, Bolognesi 324, San Vicente, Cañete, se presentó don VICENTE YACTAYO CAMPOS, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO de su hijo JULIAN FERNANDO YACTAYO LOPEZ, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se han consignado erróneamente los siguientes datos:
(PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL PADRE DEL INSCRITO: DICE: Inocente Yactayo Campos. DEBE DECIR: Vicente Yactayo Campos. Lo que comunico para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Abril del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

SUCESION INTESTADA
Exp. 2007-098.- Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente – Cañete, que despacha la Juez Dra. Solano y Secretaria Dra. Zamudio; María del Rosario Farfán Martínez solicita SUCESION INTESTADA de quien en vida fue su cónyuge AMERICO SANCHEZ MINAYA, fallecido el 05 de Mayo del 2002, en el distrito de San Vicente, provincia Cañete, departamento Lima. Lo que comunico a los que se consideren con derecho a heredar.
San Vicente, 29 de Marzo del 2007.
Dra. Teresa E. Zamudio Ojeda
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado – San Vicente

AVISO DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA
Expediente 2006-0150, en los seguidos por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas con Helen Zelmira Pascual Baldeón y otros, sobre Ejecución de Garantías, por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Doctor Jacinto Cama Quispe, y Secretaria Judicial Patricia Razzeto Zavala, ubicado en la Av. Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande), distrito de San Vicente de Cañete; se ha dispuesto: sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien dado en garantía, constituido por la Parcela Catastral número treinta y dos mil seiscientos veinticinco, ubicado en el Proyecto de Adjudicación Río Amarillo California IC-IIB, del distrito de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, cuyo dominio corre anotado en la Ficha número doce mil trescientos sesentiséis – PR del Registro de Predios de la Zona Registral número VIII – Sede La Merced, cuya tasación convencional asciende a la suma de $ 11,200.00 (once mil doscientos dólares americanos); siendo la base de la postura las dos terceras partes de dicha tasación ascendente a la suma de $ 7,466.66 (siete mil cuatrocientos sesentiséis dólares americanos con sesentiséis centavos); señálese para la citada diligencia el próximo CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL SIETE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA; siendo requisito para ser postor depositar antes de la diligencia una suma no menor del diez por ciento de la valorización del inmueble y pagar el arancel judicial por derecho de participar en la diligencia.
GRAVAMENES Y CARGAS: Hipoteca a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito de Cañete, hasta por la suma de $ 8,000.00, inscrita en el Asiento D-1, de la Ficha 12366-PR del Registro de Predios de la Oficina Registral de La Merced.- Cañete, 23 de Marzo del 2007.
Dra. Patricia Razzeto Zavala
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
Del 13 al 19 de Abril.

EDICTO PENAL
EL JUZGADO PENAL, Juez Ascencio, Cita y emplaza a los siguientes procesados, para que se apersonen en el proceso que se les sigue y se defiendan de los cargos en su contra, habiéndoseles declarado REOS AUSENTES:
Exp. 2006-0684, a ELVIO EVERTH AGUADO YAURI; Delito: Lesiones Culposas graves; agraviado: Julio César Uribe Rodríguez. Cañete, 30/03/2007.
Exp. 2006-0717, a JUNER NINASQUE HUARINGA; Delito de Peligro Común- Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad-; agraviado: La Sociedad. Cañete, 29/03/2007.
Secretaria: Castillo.

EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente Dr. Martínez, cita y emplaza a los siguientes procesados para que concurran poniéndose a derecho, y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 1998-0182 a ERNESTO ENCARNACIÓN MELGAREJO, delito: Violación Sexual; Agraviado: menor R.V.T.M.. Cañete, 29/03/2007.
EXP. 1999-0690 a PEDRO POMA MANTURANO; delito: Violación Sexual en grado de Tentativa; Agraviado: menor L.E.P.H. Cañete, 29/03/2007.
EXP. 2000-0092 a LUIS ALVARO ZACARIAS VILCA, delito: Violación Sexual; Agraviado: menor R.B.A.P.. Cañete, 29/03/2007.
EXP. 2002-0119 a REYBER HERNAN CARDENAS LOZA, YSABEL MARILU ESCORZA VELASQUEZ, ZOSIMO MELCIADES ROQUE HUAMANLAZO, ELISA OBED CENTENO SANCHEZ Y ESTHER HUMBERTA VILCA CHAUPIN; delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano y Otro. Cañete, 29/03/2007.
EXP. 2004-0599 a CESAR ANTONIO SANCHEZ QUISPE, delito: Robo Agravado; Agraviado: Enrique Agapito Gallegos y Otros. Cañete, 29/03/2007.
EXP. 2005-0430 a VICTOR RAUL SANTOS RESURRECCIÓN; delito: Robo Agravado; Agraviado: Fredy Enrique Bramon Javier. Cañete, 29/03/2007.
EXP. 2006-0161 a RAUL TEOBALDO CAMPOS; delito: Homicidio Calificado; Agraviado: Carlos Eduardo Yataco Sanchez. Cañete, 02/04/2007.
Secretario: Peralta, de los edictos mencionados.

EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente Dr. Martínez, cita y emplaza a los siguientes procesados para que concurran poniéndose a derecho, y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 1998-0538 a LUIS QUISPE BAUTISTA, delito: Violación Sexual, en grado de Tentativa; Agraviado: menor D.S.R.. Cañete, 09/04/2007.
EXP. 2001-1700 a EULALIO SALVADOR ORIHUELA; delito: Robo Agravado; Agraviado: Ernesto Ricardo Luyo Calderón. Cañete, 09/04/2007.
EXP. 2002-0115 a BLADIMIR LENIN TUPIÑO FABIÁN Ó BLADIMIR TUPIÑO FABIAN, delito: Homicidio Calificado; Agraviado: Elio Hermógenes Pampas Zurichaqui. Cañete, 09/04/2007.
EXP. 2002-0711 a CARLOS ROBERTO ARAGON ARIAS; delito: Homicidio Calificado; Agraviado: Milton Javier Francia Talla. Cañete, 09/04/2007.
EXP. 2002-0761 a HENRY HORACIO ROJAS VICENTE, delito: Robo Agravado; Agraviado: Martina Segundina De la Cruz. Cañete,09/04/2007.
Secretario: Peralta, de los edictos mencionados.

DIRIMENCIAS
SALA CIVIL .- EXPEDIENTE NRO: 2004- 1116-0-0801-JR-FA-01
Interdicción Civil
RESOLUCION NUMERO SEIS: Cañete, veintiséis de marzo del dos mil siete.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como quedó anotado en la resolución número cuatro su fecha veintinueve de diciembre del año dos mil seis , efectuada la votación en la presente causa los Señores Vocales, Ricardo Astoquilca Medrano y Walter Reategui Rios emiten su voto para que se apruebe la sentencia que viene en consulta que declara fundada la demanda, y el Señor Vocal doctor Paulo Vivas Sierra emite su voto para que se desapruebe la resolución consultada declarándose nula la sentencia e insubsistente de elevar en consulta la sentencia y ordena que el órgano jurisdiccional emita nueva sentencia. SEGUNDO: Que, por lo indicado no contándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución al tratarse la resolución consultada una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se produjo discordia en el presente proceso, por lo que se efectuó el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal citado para su dirimencia. TERCERO: Que, efectuada la vista de la causa por la Vocal Dirimente, la doctora Judith Marcelo Ciriaco emite su VOTO para que se DESAPRUEBE la sentencia consultada de fecha diez de octubre del año dos mil seis que declara fundada la demanda y declara interdicto a don Prospero Guillermo Lezama Ruiz por incapacidad relativa por la causal contenida en el inciso tres del artículo 44° del Código Civil, con lo demás que lo contiene, y se ordena que el A quo expida nueva sentencia; por que subsiste aún la discordia presentada en el proceso, la misma que debe ser dirimida conforme a ley. CUARTO: Que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos, a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otros servicios, honorarios u otros conceptos, por lo que debe de omitirse la publicación en el diario oficial “Peruano” lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada ley orgánica, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. Por las consideraciones expuestas: LLAMARON a la Señora Vocal doctora LUZ GLADIS ROQUE MONTESILLO para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para la VISTA DE LA CAUSA para la Vocal dirimente , el día VEINTISEIS DE ABRIL del presente año a horas OCHO CON VEINTICINCO minutos de la mañana; Y DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia “ Al Día con Matices” por el término de UN DIA; en los seguidos por Delia Rosario Tamara Ruiz contra Prospero Guillermo Lezama Ruiz y otros, sobre Interdicción Civil. Interviene el doctor Durand Prado para los efectos del llamado de la Señora Vocal dirimente. Notificándose.
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
MARCELO CIRIACO

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