24 julio 2007

CONVOCATORIA A ELECCIONES MUNICIPALESDE CENTROS POBLADOS DE LA PROVINCIA DE YAUYOS

Yauyos, 07 de Julio del 2007.

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 38-2007-MPY/A

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Centros Poblados, establece que corresponde al Alcalde Provincial convocar a Elecciones para Alcaldes y Regidores de Centros Poblados;
Que, asimismo, de acuerdo a la norma citada en el párrafo precedente, concordante con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, la convocatoria a Elecciones de Centros Poblados deberá hacerse con una anticipación de 120 días naturales, a la fecha de su realización;
De conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centro Poblado Ley 28440 y con lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Convocatoria de Elecciones de Centros Poblados.-
Convocase a elecciones de alcalde y regidores de Centros Poblados de la Provincia de Yauyos que han sido creados y adecuados a la presente Ordenanza; para el domingo 26 de Agosto del presente año.

Diomedes A. Dionisio Inga
Alcalde

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