03 enero 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2007/MDCA

Cerro Azul, 28 de diciembre de 2007

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
El Informe Nº 149-2007-MDCA/GAT, expedido por la Gerencia de Administración Tributaria que precisa la necesidad de regular el costo único por concepto de tasa por el servicio de
estacionamiento vehicular en el distrito de cerro Azul.

CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 023 - 2007/MDCA, de fecha 09 de Noviembre de 2007, establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Cerro Azul, siendo de media hora por S/. 1.00 (Un Nuevo Sol), la misma que ha sido ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 089 de fecha 19 de Diciembre de 2007.
Que, viendo la situación que la Municipalidad Distrital de Cerro Azul que sólo recauda por el concepto de tasa de Estacionamiento Vehicular los meses de enero, febrero y marzo que es la época de apogeo en el distrito teniendo en cuenta que el distrito es un balneario; acogiendo masivamente a lugareños y turistas por la temporada de verano.
Que, por tal motivo, se requiere establecer un precio único y uniforme respecto al cobro por tasa de estacionamiento vehicular en el distrito de Cerro Azul.
Que, la primera Disposición Complementaria de la mencionada Ordenanza  se faculta al Despacho de Alcaldía que mediante decreto de alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza.

SE RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Establecer de acuerdo al artículo 7º de la Ordenanza Nº 023.-2007/MDCA que establece la aplicación de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de Cerro Azul, el costo único por dicho concepto, siendo de la siguiente manera.
S/. 5.00 AUTOMÓVILES
S/. 10.00 CUSTER Y/O COMBIS
S/. 15.00 OMNIBUS
 
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA

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