19 mayo 2008

TERCERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL
En el proceso seguido por Cooperativa Agraria de Usuarios Cerro Alegre Ltda.. Nº 187, contra Luis Espejo Pisconti, materia OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente Nº 1255-2000, el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del Juez Doctor Jacinto A. Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Julio Parvita Melgar, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en TERCERA CONVOCATORIA al inmueble Predio Rústico denominado Pío Ex Fundo Hervía Bajo – Parcela Nº 185, con Código Catastral Nº 11069, registrado como predio P03080473 de la Oficina Registral SUNARP – Cañete, de 4,900 Has., situado en la CAU Hervía, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento Lima. VALOR DE TASACION: US $ 43,180.81 (cuarenta y tres mil ciento ochenta y 81/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US $ 20,798.75 (veinte mil setecientos noventa y ocho y 75/100 dólares americanos) es decir las dos terceras partes del valor de tasación, menos dos veces quince por ciento por tratarse de tercera convocatoria. CARGAS: 1) INSCRIPCION DE EMBARGO: Por Resolución Nº 01 de fecha 01.07.2003, expedida por el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Juez Dr. Jacinto Cama Quispe, Secretario Julio César Parvina Melgar, se resuelve: trabar embargo en forma de inscripción hasta por la suma de US $ 6,500.00 dólares americanos, sobre el inmueble inscrito en esta partida. En los seguidos por Cooperativa Agraria de Usuarios Cerro Alegre Ltda.., contra Luis Espejo Pisconti, sobre embargo en forma de inscripción. GRAVAMENES: 1) TRASLADO DE HIPOTECA LEGAL – CONSTITUCION: A favor de la CAU hervía, por el saldo del precio pendiente de pago, de acuerdo a los artículos 1118 y siguientes del Código Civil. Monto de la deuda: S/. 10´186,562.00. Monto del Gravamen: S/. 10´186,562.00. Interés Pactado: 4% anual. 2) HIPOTECA COMUN – CONSTITUCION: A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica – Agencia Cañete, a fin que el prestatario (propietario del predio) pueda responder por todas las obligaciones contraídas directa o indirectamente y las que pudiera contraer con relación a la línea de crédito otorgada hasta por la suma de S/. 26,000.00 nuevos soles, siendo el gravamen de S/. 26,000.00 nuevos soles. 3) HIPOTECA COMUN – CONSTITUCION: A favor de Tiendas Unidas S.A. las partes convienen en valorizar el predio inscrito en ésta partida en US $ 34,300.00 dólares americanos. Interviene en el contrato la Sra. Teofila Capcha Mendez como cónyuge del titular. 4) HIPOTECA COMUN – CONSTITUCION: A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica Sociedad Anónima – Agencia Cañete. El propietario (fiador) constituye la presente hipoteca a fin de responder por todas las obligaciones contraídas directa o indirectamente por el prestatario Sr. Fidel Andía De La Cruz con relación a la Línea de Crédito otorgada hasta por la suma de S/. 26,000 nuevos soles. Siendo el gravamen S/. 26,000.00 nuevos soles. Las partes convienen valorizar el inmueble para el caso que tuviera que llevarse a cabo una ejecución la suma de S/. 26,000.00 nuevos soles. DIA Y HORA DEL REMATE: Veintiséis de Mayo del año dos mil ocho, a las 12:00 m. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de los Juzgados del Distrito Judicial de Cañete, sito en Panamericana Sur Km. 144 – San Vicente de Cañete. Distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento Lima. LOS POSTORES: presentarán su DNI y arancel judicial consignando el número de DNI del postor, número de expediente y juzgado respectivo (con copia de DNI y arancel), y oblarán el 10% del valor de tasación en cheque de gerencia a nombre del postor (con copia) o en efectivo. Los honorarios del Martillero Público correrán por cuenta del adjudicatario de conformidad con la Ley del Martillero, su Reglamentación y el Artículo 732º del Codigo Procesal Civil, y están afectos al IGV.
Lima, 28 de Abril del 2008.
Julio César Parvina Melgar
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Carolina Teresa Barriga Sánchez
Martillero Público a Nivel Nacional
Registro Nº 192.

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