12 junio 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2008-MDI

Imperial, 28 de Mayo del 2008

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 09 de Mayo del 2008, visto el Informe Nº 198-UR-MDI-2008, y;

CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanzas Nº 020-2007-MDI y Nº 021-2007-MDI se dispone diversas acciones cuya finalidad es beneficiar a los damnificados por el sismo ocurrido en el Distrito, el 15 de Agosto del 2007;

Que mediante Decreto de Urgencia Nº 023-2007-PCM se dispone el otorgamiento de ayuda económico - social a la población damnificada que sufrió pérdidas materiales en el sismo ocurrido el 15 de Agosto del 2007, destinadas a aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas, por el monto de S/. 6,000.00;

Que mediante Decreto Supremo N° 091-2007-PCM el Gobierno Central aprueba el Reglamento para la entrega de la ayuda económico-social al Jefe de Hogar;

Que mediante Decreto de Alcaldía N° 010-2007-MDI se dispuso aprobar el Programa de Licencias de Obra de proyectos de vivienda en el Distrito de Imperial, que aprueba el Banco de Proyectos de la Municipalidad Distrital de Imperial (Provimp) el procedimiento para otorgar licencia de obra Provimp, licencia para obras menores Provimp, certificado de finalización de obras Provimp, y declaratoria de fábrica Provimp, para los programas de vivienda que otorgue el Estado y que promueva la Municipalidad Distrital de Imperial;

Que es necesario dictar las acciones complementarias que permitan que la población de menores recursos y específicamente los beneficiarios de los bonos de S/. 6,000.00 accedan a una vivienda digna respetando las normas de procedimiento y edificatorias existentes;

Que mediante Informe N° 024-2008-JCQ-DO-OPC-MDI, remitido por el Departamento de Obras, Desarrollo Urbano y Rural se presenta el proyecto de autorización;

Que el mencionado proyecto, busca disminuir en nuestro Distrito las construcciones precarias, elevando de ésta manera la calidad de vida de nuestros habitantes;

Que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del título preliminar de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

Estando a lo expuestos y en uso de facultades atorgadas en la ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 09 de Mayo del 2008, aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el Programa de Licencias de Obra Provimp (Licencias de Obra de Proyectos de Vivienda en el Distrito de Imperial), formada por el Banco de Proyectos de la Municipalidad Distrital de Imperial, la Licencia de Obra Provimp, Licencia para Obras menores Provimp, Certificado de Finalización de Obras Provimp, y Declaratoria de Fábrica Provimp, que beneficia a los sectores de menores recursos económicos de nuestro Distrito, a cargo de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural e incorporar los trámites al TUPA de la Municipalidad, los mismos que se Anexan a la presente Ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO.- Aprobar el procedimiento de Autorización para ejecución de obra para los Beneficiarios del Bono de S/. 6,000.00, en la jurisdicción del Distrito de Imperial..

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde


Licencia de Obra PROVIMP
· La LICENCIA DE OBRA PROVIMP será otorgada para un área techada no mayor de 90.00 m2, para el uso de vivienda, con etapas de crecimiento, generará un pago único de S/. 100.00 que incluye derecho de trámite, inspección ocular y la emisión de la respectiva licencia (actualmente se exonera de dicho pago por Acuerdo de Concejo N° 020 y 021 hasta el mes de Diciembre) y será otorgado en un plazo que no excederá de 05 (cinco) días hábiles de ingresado al área de Obras Privadas.
· La LICENCIA DE OBRA PROVIMP será otorgada cumpliendo los requisitos exigidos en el TUPA y según el Decreto de Alcaldía dado para su implementación y funcionamiento, para lo que los administrados solamente traerán la siguiente documentación:
- Solicitud dirigida al Alcalde firmado por el propietario
- Hoja de trámite por duplicado debidamente llenada y firmada por el propietario y/o responsable del trámite.
- FUO Formulario Único Oficial - Parte 1 por triplicado, debidamente llenado y firmado por el propietario y abogado el mismo que emitirá dictamen respecto a la suficiencia del título del predio.
- Copia literal de dominio de registros públicos completa y vigente (max. 2 meses de antigüedad) fedatizada por la Municipalidad.
- Listado de ambientes que se desea construir firmado por el propietario.
- Planos del Banco de Proyectos de la Municipalidad de Imperial
- Copia del documento de identidad del solicitante y del responsable del trámite.
- Pago único por derechos de trámite y de emisión de la Licencia de Obra.
· Las Supervisiones de obra serán ejecutadas por personal calificado según los modelos aprobados por el Banco de Proyectos de la Municipalidad de Imperial.

Certificado de Finalización de Obra y Zonificación PROVIMP
· El CERTIFICADO DE FINALIZACIÓN DE OBRA Y ZONIFICACIÓN PROVIMP será otorgado en un plazo que no excederá de los 3 (tres) días hábiles de ingresado al área de Obras Privadas y generará un pago único de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 nuevos soles) que incluye derecho a trámite, inspección ocular y la emisión del respectivo certificado.
· El CERTIFICADO DE FINALIZACIÓN DE OBRA Y ZONIFICACIÓN PROVIMP será otorgado cumpliendo los requisitos exigidos en el TUPA; para las personas de escasos recursos económicos y solamente tendrán que traer la siguiente documentación.
- Solicitud dirigida al Alcalde firmada por el propietario
- Hoja de trámite por duplicado debidamente llenada y firmada por el propietario y/o responsable del trámite.
- FOM Formulario Oficial Múltiple, debidamente llenado y firmado por el profesional responsable de la obra, el (los) propietarios y y Abogado, el mismo que emitirá dictamen respecto a la suficiencia del título del predio.
- Copia literal de dominio de registros públicos completa y vigente (max. 2 meses de antigüedad) fedateada por la Municipalidad
- Planos del Banco de Proyectos de la Municipalidad de Imperial
- Copia del documento de identidad del solicitante y del responsable del trámite.
- Pago único por derechos de trámite y de emisión de la Licencia de Obra.

Declaratoria de Fábrica PROVIMP
· La DECLARATORIA DE FABRICA PROVIMP será otorgado en un plazo que no excederá de los 5 (cinco) días hábiles de ingresado a la Sub-Gerencia de Obras Privadas y generará un pago único de S/. 100.00 (Cien y 00/100 nuevos soles) que incluye derecho a trámite, y la emisión de la respectiva Declaratoria de Fábrica.
· La Declaratoria de Fábrica es el documento mediante el cual se declara una obra de edificación sobre un terreno o loa ampliación de una fábrica existente y sirve para la inscripción de la edificación y el valor de la misma en los Registros Públicos.
La DECLARATORIA DE FABRICA PROVIMP será otorgada cumpliendo los requisitos exigidos en el TUPA y según el Decreto de Alcaldía dado para su funcionamiento; para las personas de escasos recursos económicos solo tendrán que traer la siguiente documentación:
- Solicitud dirigida al Alcalde firmado por el propietario
- Hoja de trámite por duplicado debidamente llenada y firmada por el propietario y/o responsable del trámite.
- FUO Formulario Único Oficial - Parte 2 por triplicado, debidamente llenado y firmado por el (los) propietarios, abogado, arquitecto proyectista, profesional responsable de obra o constatador (arquitecto o ingeniero civil colegiados) los mismos que serán dispuestos por la Municipalidad.
- Copia literal de dominio de registros públicos completa y vigente (max. 2 meses de antigüedad) fedateada por la Municipalidad.
- Hoja de datos estadísticos debidamente llenados.
- Copia de los Planos aprobados con los que se sacó el Certificado de Finalización de Obra y zonificación (01 juego) estos son:
Plano de ubicación y localización
Plano de Distribución de Arquitectura por cada piso.
- Copia fedateada del documento de identidad del solicitante y del responsable del trámite.
- Pago único por derechos de trámite y de emisión de Certificado.

Licencia de Obra Menor PROVIMP
· La LICENCIA DE OBRA MENOR PROVIMP será otorgada para un área techada no mayor de 30.00 m2, para el uso de vivienda, con etapas de crecimiento, generará un pago único de S/. 100.00 que incluye derecho de trámite, inspección ocular y la emisión de la respectiva licencia (actualmente se exonera de dicho pago por Acuerdo de Concejo N° 020 y 021 hasta el mes de Diciembre) y será otorgado en forma automática con el sello de ingreso a trámite documentario; para ampliaciones de obras existentes se otorgará en un plazo que no excederá de 05 (cinco) días hábiles de ingresado al departamento de obras.
· La LICENCIA DE OBRA MENOR PROVIMP será otorgada cumpliendo los requisitos exigidos en el TUPA y según el Decreto de Alcaldía dado para su implementación y funcionamiento, para lo que los administrados solamente traerán la siguiente documentación:
- Solicitud dirigida al Alcalde firmado por el propietario
- Hoja de trámite por duplicado debidamente llenada y firmada por el propietario y/o responsable del trámite.
- FUO Formulario Único Oficial - Parte 1 por triplicado, debidamente llenado y firmado por el propietario y abogado
- Documento que acredite la propiedad.
- Memoria Descriptiva conteniendo el detalle de la Obra a realizar, indicando fecha de inicio, plazo de ejecución y presupuesto estimado de obra.
- Plano de Ubicación firmado por el propietario y el responsable de obra sea arquitecto o ingeniero.
- Carta de seguridad de obra suscrita por el arquitecto o Ingeniero Civil colegiado, responsable de la obra.
- Copia del documento de identidad del solicitante y del responsable del trámite.
- Pago único por derechos de trámite y de emisión de la Licencia de Obra.

Autorización para Ejecución de Obra
· La AUTORIZACION PARA EJECUCION DE OBRA será otorgada para obras que no cuenten con área techada, generará un pago único de S/. 50.00 que incluye derecho de trámite, inspección ocular y la emisión de la respectiva autorización (actualmente se exonera de dicho pago por Acuerdo de Concejo N° 020 y 021 hasta el mes de Diciembre) y será otorgado en forma automática con el sello de ingreso a trámite documentario.
· La AUTORIZACION PARA EJECUCION DE OBRA será otorgada cumpliendo los requisitos exigidos en el TUPA y según el Decreto de Alcaldía dado para su implementación y funcionamiento, para lo que los administrados solamente traerán la siguiente documentación:
- Solicitud dirigida al Alcalde firmado por el propietario
- Hoja de trámite por duplicado debidamente llenada y firmada por el propietario y/o responsable del trámite.
- FOM Formulario Oficial Múltiple por triplicado, debidamente llenado y firmado por el propietario y profesional arquitecto o ingeniero civil.
- Documento que acredite la propiedad.
- Memoria Descriptiva conteniendo el detalle de la Obra a realizar, indicando fecha de inicio, plazo de ejecución y presupuesto estimado de obra.
- Plano de Ubicación firmado por el propietario y el responsable de obra sea arquitecto o ingeniero civil.
- Carta de seguridad de obra suscrita por el arquitecto o Ingeniero Civil colegiado, responsable de la obra.
- Copia del documento de identidad del solicitante y del responsable del trámite.
- Pago único por derechos de trámite y de emisión de la autorización..

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