17 julio 2008

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 019-2008-MPC
Cañete, 08 de julio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha sobre el embanderamiento y pintado de fachada de los inmuebles en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, con motivo de las próximas Fiestas Patrias.
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio de 2008, la Nación celebra el 187º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Que, es deber del Gobierno Local realizar este magno acontecimiento patrio, incentivando la participación cívica del vecindario y afirmado el respecto a los símbolos de la patria;
Que, además, siendo trascendental dicha fecha en nuestra historia, es obligación de los vecinos presentar una ciudad con fachadas limpias, debidamente pintadas, mejorando el ornato, y proceder al embanderamiento de la ciudad, como manifestación Cívico Patriótico de la ciudadanía Cañetana.
Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidad Ley Nº 27972, con el voto unánime de los Señores Regidores, y con la dispensa de lectura y aprobación del acta; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA DE EMBANDERAMIENTO Y PINTADO EN EL DISTRITO DE SAN VICENTE
Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO general del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2008, con motivo de celebrarse el 187º Aniversario de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios sean privados o públicos, de vivienda o comercio
Artículo 2º.- INVOCAR el ESPIRITU CIVICO de la población y vecinos de la ciudad de San Vicente de Cañete, a efectos de que procedan al pintado y/o limpieza de sus fachadas de los inmuebles que ocupan el ámbito urbano y rural de la ciudad; manteniéndose el color uniforme de las fachadas, dentro del perímetro de la Plaza de Armas con el tono similar al del Edificio de la Municipalidad.
Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia de Servicios Públicos a través de la División de la Policía Municipal, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, a efectos que la entidad edil adopte las medidas pertinentes para sancionar a los que no cumplan con el presente.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE

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