26 noviembre 2009

SE IMPLEMENTA NUEVA ORGANIZACIÓN DE DESPACHOS JUDICIALES CON MIRAS A LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL…

Con motivo de la implementación del nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Cañete, que será de aplicación a partir del 1° de Diciembre, se ha dispuesto que el Poder Judicial implemente una organización de despachos judiciales para conocer los nuevos procesos penales bajo el criterio de carga cero; contando a su vez con jueces dedicados exclusivamente a concluir con los procesos penales iniciados antes de la vigencia de la citada norma procesal.
Como se sabe en el Distrito Judicial de Cañete, se atiende jurisdiccionalmente a las provincias de Yauyos y Cañete, con una población total aproximada de 228,163 habitantes, conforme al último Censo de Población y Vivienda, en donde solamente funcionan una Sala Superior Penal, tres Juzgados especializados Penales, dos Juzgados Mixtos y ocho Juzgados de Paz Letrados.

CRITERIOS PARA IMPLEMENTACION...
Con la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, se han dispuesto algunos criterios a tomar en cuenta, para la organización de los despachos judiciales.
Entre ellos tenemos, la conversión de los actuales órganos jurisdiccionales penales en los necesarios bajo el nuevo sistema procesal penal. Creación de los órganos jurisdiccionales indispensables en caso que la conversión resulte insuficiente para diseñar la organización del nuevo despacho judicial. Creación de los Juzgados Liquidadores en número necesario para procurar liquidar los expedientes tramitados bajo el sistema procesal anterior, en el menor tiempo posible. Crear una organización flexible a efectos que de acuerdo al flujo de carga procesal los Jueces de los juzgados unipersonales, puedan conformar Juzgado Penal Colegiado. Por razones de carga procesal, acceso a la justicia y racionalización de recursos, excepcionalmente los Juzgados Mixtos en adición a sus funciones pueden asumir competencias de Juzgados Unipersonales o de la investigación preparatoria respectivamente; y por razones de carga procesal, acceso a la justicia y racionalización de recursos , excepcionalmente los Juzgados de Paz Letrados en adición a sus funciones pueden asumir competencia de Juzgado de la investigación preparatoria.

MEDIDAS...
Por ello, mediante Resolución Administrativa 379-2009 emitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 23 de Noviembre del presente año, se ha dispuesto lo siguiente:
Convertir en el Distrito Judicial de Cañete, los siguientes órganos jurisdiccionales, en la forma que se indica a continuación:
A partir del 1° de Diciembre del 2009.
En San Vicente de Cañete, la Sala Penal de la Sede de la Corte Superior de Justicia, en Sala Plena de Apelaciones, con competencia en todo el Distrito Judicial de Cañete.
El Primer, segundo y tercer Juzgado Especializado Penal, en Primer, Segundo y Tercer Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en los distritos de San Vicente, Imperial, Nuevo Imperial, Pacarán, Quilmaná, San Luis, Zúñiga y Cerro Azul.
En el distrito de Mala, el Juzgado Mixto, se convierte también en adición a sus funciones, en Juzgado Penal Unipersonal de Mala, con igual competencia territorial que el actual Juzgado Mixto del mencionado distrito.
En el Distrito de Asia, el Juzgado de Paz Letrado se convierte también en adición a sus funciones como Juzgado de Investigación Preparatoria de Asia, con igual competencia que el actual Juzgado de Paz Letrado del mencionado distrito.
En el distrito de Lunahuaná, el Juzgado de Paz Letrado se convierte también en adición a sus funciones como Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, con igual competencia que el actual Juzgado de Paz Letrado del mencionado distrito.
En la provincia de Yauyos, el Juzgado Mixto de Yauyos se convierte también en adición a sus funciones, en Juzgado Penal Unipersonal y como Juzgado Penal Liquidador, con igual competencia territorial que el actual Juzgado Mixto de la referida provincia.
El Juzgado de Paz Letrado de Yauyos, el Juzgado de Paz Letrado se convierte también en adición a sus funciones como Juzgado de Investigación Preparatoria, con igual competencia que el actual Juzgado de Paz Letrado de la referida provincia.
El Juzgado de Paz Letrado de Ayaviri, el Juzgado de Paz Letrado se convierte también en adición a sus funciones como Juzgado de Investigación Preparatoria, con igual competencia que el actual Juzgado de Paz Letrado del referido distrito.

CREACION DE NUEVOS DESPACHOS JUDICIALES...
De otro lado, a partir del 24 de Noviembre del presente año, se crea la Sala Penal Liquidadora transitoria con competencia territorial en todo el distrito judicial. Igualmente, se crea el primer y segundo Juzgado Penal Liquidadores transitorios, con igual competencia territorial que la que actualmente tienen los Juzgados Penales.
A partir del 1° de Diciembre se crea en el distrito de San Vicente el primer y segundo Juzgado Penal Unipersonal con competencia territorial en los distritos de San Vicente, Imperial, Nuevo Imperial, Pacarán, Quilmaná, San Luis, Zúñiga, Cerro Azul y Lunahuaná. Cuando la exigencia del juzgamiento lo requiera conformarán el Juzgado Penal Colegiado, con competencia en todo el distrito judicial.
El Juzgado Mixto, en adición a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal sólo para formar Colegiado, con competencia territorial en los distritos de San Vicente, Imperial, Nuevo Imperial, Pacarán, Quilmaná, San Luis, Zúñiga, Cerro Azul y Lunahuaná. Cuando la exigencia del juzgamiento lo requiera conformará Juzgado Penal Colegiado con competencia en todo el distrito judicial.
En el distrito de Mala, se crea el Juzgado de la Investigación Preparatoria de Mala, con competencia territorial correspondiente al actual Juzgado de Paz Letrado de la referida provincia.
Hay que precisar que los órganos jurisdiccionales que asuman los procesos conforme al Nuevo Código Procesal Penal, lo harán bajo el criterio de «carga cero», excepto los Juzgados Mixtos.
Hay que precisar también, que los Juzgados Penales Unipersonales del distrito judicial de Cañete, conformarán cuando el sistema lo requiera Juzgados Penales Colegiados.
De igual forma, hay que señalar que se ha dispuesto que las Salas Penales Liquidadoras asumirán la carga procesal de todos los procesos tramitados bajo el régimen procesal penal anterior hasta su culminación.
Hay que indicar que los órganos jurisdiccionales creados como liquidadores con carácter transitorio, tendrán un funcionamiento de seis meses, cuya prórroga, conversión o reubicación será decidida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Así también los Juzgados Penales Colegiados estarán conformados por Jueces Especializados Penales.
Finalmente hay que agregar que se faculta a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución y una adecuada implementación del Código Procesal Penal.

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