MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2010-MDSL
San Luís, 09 de Marzo del 2010.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
POR CUANTO:
Reunido los integrantes del Concejo de San Luís – Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Marzo del 2010, y estando al proyecto de Ordenanza presentado por el Despacho de Alcaldía, respecto a la Amnistía Tributaria y No Tributaria «Deuda Cero», y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 74 de la Constitución Política del Estado y el Artículo 9º Inc. 9º de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades reconocen a los Gobiernos Locales autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos que son de su competencia.
Que, el Artículo 41° del D. S. N° 135-99-EF T. U. O. Código Tributario establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren.
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, en su Título II, Capítulo I. establece el Impuesto Predial, su definición, su alcance, base imponible y metodología, siendo norma de cumplimiento obligatorio en el territorio de las Municipalidades durante cada Ejercicio Fiscal;
Que, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 74° de la Constitución Política del estado, así como de la Norma IV del Código Tributario, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
Que, mediante informe Nº. 0030-2010-AR-MDSL, de la Jefatura de Rentas, comunica la necesidad de implementar un plan de reactivación económica con la finalidad de recuperar los adeudos tributarios que mantienen nuestros contribuyentes correspondientes a impuestos y arbitrios de años anteriores, así como facilidades para que regularicen su situación de contribuyente.
Que, estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas en la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo aprobó por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza.
ORDENANZA DE AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA
«DEUDA CERO 2010»
ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR Amnistía Tributaria y no Tributaria «Deuda Cero 2010», del Distrito de San Luís - Cañete.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer el Beneficio de Pago Único del 10 % de las Multas Administrativas generadas al 31 de Diciembre del 2009
ARTÍCULO TERCERO.- Otorgar el Beneficio Tributario:
Deuda Tributaria por Impuesto Predial.- generándose la exoneración del 100% de interés moratorio para deudas vencidas al 31 de Diciembre del 2009 por el pago total de cada Ejercicio Fiscal.
Deudas Tributarias por concepto de Arbitrios .- Municipales: Para todos los años, generándose la Exoneración del 100% del interés moratorio.
ARTÍCULO CUARTO.- El plazo para acogerse al Beneficio Tributario rige a partir del día 15 de Marzo hasta el 31 de Mayo del presente año.
ARTÍCULO QUINTO.- FACULTESE, al Señor Alcalde, que por Decreto de Alcaldía, prorrogue el plazo de la Amnistía Tributaria «Deuda Cero 2010».
ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Jefatura de Rentas y a la Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís
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