09 junio 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»

ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-2010/MDCA

Cerro Azul, 07 de Junio del 2010

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

VISTO:
en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha cuatro de junio del dos mil diez, los Informes Nº 033-2010 C.E.P/ MDCA del 19 de mayo del 2010, del Presidente del Comité Especial Permanente; Nº 871-2010 GA-MDCA del 24 de mayo del 2010 de la Gerencia de Administración y el Informe de la Asesoría Legal Externa de fecha 01 de junio del 2010.

CONSIDERANDO:
Que, el Presidente del Comité Especial Permanente mediante Informe de visto, señala que con fecha 26 de abril del presente año, se llevó a cabo el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro de la Adjudicación Directa Selectiva (SUBASTA INVERSA PRESENCIAL) Nº 002-2010 C.E.P primera convocatoria. llevada a cabo para la adquisición de combustible para uso de las unidades vehiculares y maquinarias de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul; siendo el caso que conforme aparece en el ACTA Nº 018 de la misma fecha, no se presentó ningún Postor, habiendo adquirido Bases sólo la empresa ESTACION CERRO AZUL S.A.C.; declarándose DESIERTO en aplicación de lo señalado en el ultimo párrafo del articulo 32º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 en virtud del cual «Para otorgar la buena pro en los procesos de selección convocados bajo la modalidad de Subasta Inversa, se requerirá la existencia de dos (2) ofertas válidas como mínimo, de lo contrario, el proceso se declarará como DESIERTO» y el articulo 95º párrafo diez del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo No. 184-2008 EF.

Que, el Presidente del referido Comité informa asimismo, que el 07 de mayo del 2010, se llevó a cabo el acto público de presentación de Propuestas, Puja y Otorgamiento de Buena Pro en la Adjudicación de Menor Cuantía, (Subasta Inversa Presencial) Nº 005-2010 C.E.P-MDCA, para la adquisición del mismo producto, no habiéndose presentado ningún Postor, habiendo adquirido Bases únicamente la empresa ESTACION CERRO AZUL S.A.C., declarándose DESIERTO el proceso como consta en el Acta Nº 020 de la misma fecha, recomendando que se exonere del proceso de selección, la mencionada adquisición.

Que, el Gerente de Administración en su Informe Nº 871-2010 GA-MDCA del 24 de mayo del 2010, señala que se requiere adoptar medidas de carácter urgente a fin de no paralizar los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, por falta de combustible que abastezca a los unidades vehiculares y maquinarias de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul que se utilizan en dichos servicios, ya que la paralización pondría en grave riesgo la salud y seguridad de la población del Distrito. Asimismo dicha Gerencia, informa que en el presente año, se repite la misma situación del año pasado. En el Distrito solo existe un grifo a la altura del Km.131.25 de la Panamericana Sur, los demás se encuentran en Distritos vecinos y la mayoría no cuenta con la documentación necesaria para contratar con el Estado ni muestran interés en ello. Asimismo señala que la distancia de los grifos aumenta la cantidad de combustible necesario para la operación de los vehículos y obviamente incrementa el gasto a realizarse en la adquisición del combustible, por lo que recomienda someter a consideración del concejo la exoneración de un nuevo proceso de selección. Señala que la adquisición debe efectuarse en forma definitiva, es decir por el combustible que se necesite hasta diciembre del presente año, siendo el valor referencial de S/ 42,927.00 (Cuarenta y dos mil novecientos veintisiete y 00/100 Nuevos Soles).

Que, la Asesoría Legal Externa mediante Informe de fecha 01 de Junio del presente año, opina en el sentido que se trata de una situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia del bien a adquirir, en este caso el combustible compromete la continuidad en la prestación de servicios básicos que se brinda a la población como son aquellos de recojo y traslado de desechos y basura, mantenimiento de áreas verdes y de seguridad, con la movilidad necesaria para cubrir la jurisdicción del Distrito; situación que se enmarca en lo establecido en artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y artículo 129º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No.184- 2008 EF. Asimismo opina que procede realizar la contratación definitiva del total de combustible que se necesita para el resto del año y que no corresponde asignar responsabilidad administrativa, existiendo evidencia de que no se dan las condiciones del mercado favorables para llevar adelante un nuevo proceso de selección.

De conformidad con el artículo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo No.1017; estando a los Informes Técnico y Legal, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;

ACORDÓ:
ARTICULO 1º.- EXONENAR del proceso de selección, Menor Cuantía (SUBASTA INVERSA PRESENCIAL) por DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisición de combustible para uso de las unidades vehiculares y maquinarias de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, cuyo valor referencial es de S/ 42,927.00 (Cuarenta y dos mil novecientos veintisiete y 00/100 Nuevos Soles )
ARTICULO 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimientos de la Gerencia de Administración, la formalización de la Contratación Directa, de acuerdo a Ley.

ARTICULO 3º.- PUBLÍCAR en el plazo de diez días hábiles el presente acuerdo en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado SEACE, registrándose además los Informes Técnico y Legal respectivos, para los efectos a que se contrae la Directiva Nº 001-2009 CG/CA aprobada por Resolución de Contraloría Nº 080-2009 CG del 07 de julio del 2009 y en su oportunidad la información relativa a las contrataciones.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE

JUANA RASPA VDA. DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

No hay comentarios.: