07 julio 2010

EN APLICACIÓN DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL, CONDENAN A POLICIA POR DETENCION ARBITRARIA A 3 PERSONAS…

El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de nuestra provincia, condenó a un agente policial a un año de pena privativa de libertad e inhabilitación, al haber abusado de sus atribuciones al detener arbitrariamente a un adulto y dos menores de edad, en los primeros días de vigencia del nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Cañete.
La sentencia se dictó luego de que se realizara el juzgamiento oral en tan sólo cuatro horas, los que resultaron suficientes para que la Fiscal Provincial Coordinadora de Cañete, Victoria Allemant, probara, no obstante que la Defensoría de Oficio sostenía la inocencia del procesado, que éste, en su calidad de miembro policial de la comisaría de Imperial de la provincia de Cañete, se había excedido en sus atribuciones en perjuicio de los agraviados.
«Esta sentencia refleja el éxito de la aplicación del nuevo CPP en Cañete y la preparación de los representantes del Ministerio Público para lograr una justicia más eficiente y eficaz», refirió la Fiscal Allemant.
Por dicho motivo ha ameritado resolución de reconocimiento emitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Cañete, por el desempeño de su función en dicho caso específico así como del equipo de investigación a su cargo.
Asimismo, la Fiscal Allemant recordó también que en 2008 le correspondió a su despacho el culminar, por primera vez en Cañete, un proceso penal en tan sólo 27 horas. »Cañete sigue haciendo historia», señaló la magistrada.
Hay que precisar que la sentencia de fecha 02 de Julio del año en curso condena a Juan Fermín Luyo Antialón, miembro de la Policía Nacional del Perú, como autor de la comisión del Delito Contra la Administración Pública – Abuso de autoridad, previsto en el Primer Párrafo del art. 376º del Código Penal, en agravio de: El Estado peruano, José Alexánder Changanaquí Martínez, Rafael Alexander Sánchez Salazar y Jesús Samán Ruiz, por lo cual se sanciona al imputado con un año de Pena Privativa de Libertad suspendida con reglas de conducta, y al pago de la reparación civil que asciende al monto de dos mil quinientos nuevos soles para cada uno de los agraviados.

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