EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2010-037, por ante el Segundo Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO DOS.- Cañete, 10 de Junio del año 2010, ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA sobre DIVISION Y PARTICION interpuesta por la SUCESION DE PABLO SANTIAGO CASAS CRISOSTOMO representado por sus herederos JOSE DANTE CASAS SANTOS y MARIA EDITA CASAS SANTOS, contra ANTONIO MENESES CRISOSTOMO, MARIA YSABEL RIVAS DE MENESES y la SUCESION DE DOÑA MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO debiendo tramitarse en la VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO (…) EMPLACESE la demanda a la SUCESION DE DOÑA MANUELA LUISA CASAS CRISOSTOMO para que dentro de SESENTA DIAS de notificado por EDICTO absuelva la demanda, bajo APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL, en caso de incumplimiento (…) PUBLIQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad un extracto de la presente resolución (Auto Admisorio); por tres veces con intervalo de tres días. José De La Cruz Vargas, Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón, Secretario Judicial. Cañete, 02 de Agosto del 2010.
Carlos Coñes Falcón - Secretario Judicial
Segundo Juzgado Mixto de Cañete - Corte Superior de Justicia de Cañete.
3, 9 y 13 de Agosto.
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