18 agosto 2010

NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO… BRINDARA A LA POBLACION UN SISTEMA PROCESAL, PROYECTADO A LA CELERIDAD, TRANSPARENCIA, PUBLICIDAD, EFICIENCIA Y EFICACIA…
Sostiene Presidenta De la Corte Cañetana, Dr. Silvia Rueda Fernández…


El lunes último, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, se llevó a cabo la ceremonia de implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, teniendo como ilustres visitantes al Presidente del Poder Judicial, Dr. Javier Villa Stein; al Dr. José Luis Espinoza, y el Dr. Dario Palacios Dextre, miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; al Señor Miguel Angel Saavedra Parra, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica; altas autoridades civiles, políticas y policiales; de los magistrados de la corte cañetana.
Silvia Consuelo Rueda Fernández, dio las palabras de bienvenida al Presidente del Poder Judicial, Dr. Javier Villa Stein, agradeciendo su presencia en la ceremonia de Implementación de la nueva Ley Procesal de Trabajo en el distrito judicial de Cañete.
Rueda Fernández, en su alocución señaló que «la Justicia es una aspiración de todos los pueblos, y la mayoría de los países del mundo, incluso los llamados desarrollados, están comprometidos en mejorar permanentemente los sistemas, hacia una alta calidad de justicia, compatible con el desarrollo socioeconómico sostenible, una justicia con transparencia, consistencia, coherente con los derechos fundamentales, para contar con los reglamentos procesales que la hagan más viable, ágil, efectiva y eficiente».
Silvia Rueda indicó que en las Jornadas Académicas de la Universidad de Murcia, España, el 1° de Junio del año en curso, los expositores, políticos y especialistas, coincidieron con que «mejorar el sistema de justicia era hacerla más próxima al ciudadano… que sin una administración de justicia eficiente es imposible consolidar la confianza necesaria para mejorar la competitividad de la economía española, y por tanto, también la recuperación económica del país; y por eso, invertir en justicia es apostar por salir de la crisis».
Resaltó también el hecho de que Alemania dedica el doble de recursos por persona, a la justicia… hay más jueces y fiscales por habitantes, logrando una mayor capacidad de gestión de todos los asuntos… Rueda Fernández, destacó igualmente que otro punto fuerte en el sistema alemán, es el uso de la tecnología que acaba acelerando los procedimientos y los diferentes sistemas.
La Presidenta del Poder Judicial indicó también que estudios realizados por especialistas en el tema, llevado en 37 países incluido los latinoamericanos, concluyen como respuestas correctoras a las deficiencias de la administración de justicia, que para mejorar la efectividad de los sistemas judiciales a nivel mundial, se debe reducir los altos niveles de complejidad procesal y administrativa inherentes en todos los códigos procesales; disminuir la discrecionalidad sustantiva procesal y administrativa; reducir los costos de acceso a la justicia y falta de información de los pasos a seguir en las diferentes etapas del proceso judicial, posteriores a la presentación de las demandas; disminuir la excesiva duración de los procesos judiciales y el abuso de recursos que ocasionan dilaciones innecesarias; superar las defectuosas asignación de recursos presupuestales que no presta atención al impacto que el aumento de ciertas partidas claves, tienen en el aumento de la oferta y la demanda de servicios judiciales; promover la instalación, uso y manejo de tecnología en la gestión de los procesos judiciales, aplicando la modernidad en beneficio del servicio de justicia.
De otro lado, indicó que, el destacado jurista Roberto Mc Kline, precisa entre los factores de cambio hacia la eficiencia en los sistemas de justicia, la permanente revisión y mejora de los procesos administrativos, la infraestructura física, y el apoyo tecnológico adecuado; el impacto concreto cuantificado de la justicia en la comunidad, clave de la gobernabilidad y de la vigencia social de las leyes. Mc. Kline, en su artículo titulado, «Reformar la justicia, de qué se trata», trabajo de investigación realizado durante las misiones del Banco Mundial, afirma que «la única meta con sentido político, económico o social de las reformas, es el mejorar los servicios que da el sistema a los usuarios».
Rueda Fernández, indicó que «La nueva Ley Procesal de Trabajo se proyecta como propuesta de solución a varios aspectos antes señalados; inmersa en la tendencia actual de simplificación de los sistemas procesales dirigidos a un mayor acceso a la justicia, a la oralidad y publicidad; tiene como etapa estelar la audiencia, el juez cumple un rol protagónico en la dirección del proceso y preservación de las garantías en la administración de justicia, y respeto de los derechos fundamentales. Prevalece la oralidad sobre la escrituralidad; se rige por los principios de inmediación, concentración, celeridad, economía procesal y veracidad».
«Los Jueces deben evitar que la desigualdad entre las partes, afecten el desarrollo o resultado del proceso; procuran alcanzar la igualdad real de las partes, privilegian el fondo sobre la forma, observan el debido proceso, la tutela jurisdiccional y el principio de razonabilidad; éstos deberes de los jueces se acentúan en el caso de la madre gestante, los menores de edad y personas con discapacidad», agregó.
De otro lado indicó que, «El ámbito de aplicación de ésta ley, es para todas las pretensiones que se originan con ocasión de prestación de servicios de carácter personal, de naturaleza laboral, formativa, cooperativista o administrativa; en casos de conflictos jurídicos, sean individuales, plurales o colectivos, referidos a aspectos sustanciales o conexos, incluso previos o posteriores a la prestación efectiva del servicio».
«La nueva Ley, constituye un cambio del sistema procesal escrito a la prevalencia de la oralidad y de lo actuado y de lo sucedido en audiencia; se concentra las etapas del proceso, a la audiencia de conciliación y de juzgamiento, posibilitando que una causa pueda concluir en la primera audiencia, en los casos en que se produzca la conciliación, reduciendo los términos y que los plazos máximos de duración se reduzcan de los promedios actuales de muchos años, a seis meses», señaló.
Rueda Fernández, indicó que: «La nueva norma procesal, con trámites más sencillos y fáciles de comprender, brinda y garantiza un mayor acceso a la justicia, y establece que en algunos casos se pueda comparecer sin necesidad de abogado y utilizar un formato de demanda que simplifica y facilita el ejercicio de derecho de acción en protección de derechos laborables; permite la reincorporación provisional, y la asignación de montos provisional mensual; la interposición del recurso de casación no suspende la ejecución de la sentencia, lo que desalentará el mal uso de este recurso para dilatar innecesariamente los procesos judiciales».
«En nuestra sede, se ha implementado una red electrónica, que permite la notificación de las resoluciones por correo electrónica y su publicación simultánea en el portal web del Poder Judicial. El uso de las nuevas tecnologías de la información, y equipos de audio y video que registrarán con mayor fidelidad lo ocurrido en las audiencias, las que quedan grabadas en soportes informáticos», refirió.
La Presidenta de la Corte cañetana, señaló que «El Distrito Judicial de Cañete, fue designado como la segunda Corte a nivel nacional, en la que se implementa la nueva Ley Procesal del Trabajo con el respaldo del Presidente del Poder Judicial, Dr. Javier Villa Stein, el apoyo del equipo técnico laboral, funcionarios de gerencia general, con el esfuerzo común de jueces y servidores jurisdiccionales y administrativos, se ha preparado para la entrada en vigencia de esta nueva Ley, que brindará a la población un sistema procesal proyectado a la celeridad, transparencia, publicidad, eficiencia y eficacia».
«Solo me resta citar a Roberto Mc. Kline, ex magistrado de la Corte Suprema, ex Presidente del Comité Jurídico Interamericano que en su artículo «Sistema de Justicia para el habitante común en un Continente culturalmente fracturado», señala: «la justicia y sus reformas para hacerla realidad, efectiva, garantizarla y volverla accesible para todos, no es cuestión de leyes o de juristas, ni de fórmulas, métodos o ocasiones; sino de hechos, acciones, y principalmente de stándares para medirlos y evaluarlos en un lenguaje común. Es esencial que éste lenguaje tenga como meta y denominador común, el servicio eficiente de compatibilización de intereses en conflicto, que sea de fácil acceso y comprensión para el habitante común de cualquier país, en cualquier época, en cualquier sistema, cualquier clase de vocabularios, fuentes, clasificaciones, categorías, métodos de racionamiento y proceso; todo ello solo es accesorio, accidental y efectivo para una justicia global, en la que la medida única y común es la del servicio como resultado final, la satisfacción de los usuarios, y el impacto cuantitativo numérico y estadístico de la comunidad», señaló finalmente.

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