06 diciembre 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011- 2010/MDCH.

Chilca, 02 de Diciembre de 2010.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DELIMA.

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en Sesión Ordinaria de la fecha: y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 018-2010/MDCH; se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, correspondiente para el ejercicio del año 2010, y ratificada por la Municipalidad provincial de Cañete, mediante Acuerdo de Concejo Nº 091-2009-MPC., para la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Chilca, con la finalidad de facilitar su administración, y para garantizar su equitativa distribución entre los contribuyentes;

Que, de conformidad con el Articulo 69° del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, las tasas por servicios públicos se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio según el número de contribuyentes beneficiados así como a los criterios que justifiquen incrementos de ser el caso.

Que, resulta necesario establecer los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, para el ejercicio 2011.

Que, a fin de no incrementar la carga económica a los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Chilca se ha considerado conveniente aplicar los mismos importes del ejercicio 2010, para el año 2011;

Estando a lo dispuesto por los incisos: 8 y 9 del Artículo 9°, Artículo 40° y numeral 2) del Artículo 69º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Distrital de Chilca, ha dado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL:

ARTICULO UNICO.- Aplíquese para el ejercicio 2011 las disposiciones de la Ordenanza Nº 018- 2010/MDCH, de fecha 14 de Diciembre del 2010, ratificada por la Municipalidad provincial de Cañete, mediante Acuerdo de Concejo Nº 091-2009-MPC., que estableció los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, para el ejercicio 2010.

POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase

PABLO NALDA QUIROZ
ALCALDE

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